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Herencia sin testamento

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En diferentes artículos nos hemos detenido en detallar de qué se trata una herencia, cuales son sus herederos, qué es y mo se gestiona un testamento. Además, te hemos contado cómo se reparte y de qué manera puede una persona aceptar o no su condición de heredero. En esta oportunidad nos detendremos en explicar cómo se gestiona una herencia con menores de edad.

Cuando una persona fallece, en una gran cantidad de casos, alguno de sus herederos no cumple con la mayoría de edad. Por lo tanto, para que el menor pueda hacer uso de su derecho debe llevarse adelante un proceso legal determinado para que una persona mayor pueda ejecutar la operación en su nombre. Esto se debe, a que la capacidad de un menor de heredar se encuentra disminuida por su grado de madurez en relación a este tipo de procedimientos legales.

Si quieres saber todo sobre la herencia y el testamento solo debes hacer clic aquí.

En herencias con menores de edad ¿Quiénes tiene la representación legal del menor?

Como dijimos, una herencia con un menor de edad requiere de un procedimiento en paralelo para poder realizar la repartición correcta de la misma. Ante estos casos, el menor deberá ser representado por una persona, la cual dispondrá de la capacidad para gestionar la sucesión.  

En regla general, la representación legar de menores es de lo padres en el caso de que ambos estén con vida. Para los casos de fallecimiento de uno de ellos, quien ostente la patria potestad del menor será el padre en vida. En estos casos, serán quienes podrán aceptar la herencia con menores de edad en su nombre. Sucede que la aceptación es comprendida como el acto menos perjudicial para los intereses de la persona menor al aceptar siempre a beneficio de inventario. Es decir, siempre y cuando la sucesión no implique la generación de deudas para el menor.  

En los casos en los cuales se desea rechazar la herencia como representante de un menor de edad será necesario solicitar una autorización judicial. A menos que el menor tenga 16 años. En estos casos, el mismo puede realizar una escritura pública en un notario.

Si ambos padres del menor han fallecido ¿Cómo continúa el trámite?

Ante la posibilidad de fallecimiento de los padres cuando sus hijos son menores de edad, estos tienen como alternativa establecer en el testamento quien será el tutor legal de sus hijos. Cuando esto suceda, la persona designada por testamento será quien tendrá el derecho de representar y administrar el patrimonio de la herencia con menores de edad.  

Siempre se recomienda a los padres que dejen como representantes de sus hijos a personas de gran confianza, considerando que será quien pueda acceder a todos los bienes heredados por los menores. A su vez, se recomienda nombrar personas alternativas por si ocurriese que dicha persona no se encuentre en condiciones o no quiera adjudicarse el cargo y responsabilidad.

Este tipo de cuestiones son de las que refuerzan la creencia de la importancia de la realización de un testamento donde se declaren las últimas voluntades del causante. A su vez, es de general recomendación que previo a la realización y a la elección de algún tipo de representación para el menor, se considere acudir a un abogado especialista en Derecho Hereditario.

En aquellas situaciones en los cuales los padres no hayan designado ningún representante legal se debería considerar el Artículo 234 del Código Civil español. El mismo el orden con el cual se designará el tutor:

  • Primer grado: Al designado por el propio tutelado, conforme al párrafo segundo del artículo 223 del mismo cuerpo legal.
  • Segundo Grado: Al cónyuge que conviva con el tutelado.
  • Tercer Grado: A los padres.
  • Cuarto grado: A la persona o personas designadas por éstos en sus disposiciones de última voluntad.
  • Quinto Grado: Al descendiente, ascendiente o hermano que designe el juez.

Además, de manera excepcional, el juez podrá modificar el orden de los grados de tutela en los casos en que el beneficio del menor así lo exigiere.

Lectura recomendada: conocer el paso a paso de como tramitar una herencia sin testamento.

Ante el fallecimiento de uno de los padres divorciados ¿de qué manera se gestiona la tutela en la herencia con menores de edad?

Otras de las situaciones que se tornan frecuentes en la actualidad es la cantidad de divorcios en los juzgados de familia. Cada vez se hace más habitual que haya, durante el proceso de separación legal, la presencia en el medio de hijos.

En el caso de que falleciese uno de los progenitores y no exista testamento, le corresponderá la patria potestad al otro progenitor de manera directa. Por lo tanto, será quien velará por los derechos del menor hasta que alcance la mayoría de edad, es decir, sus 18 años. Ante la posibilidad de conflictos de interés diversos, se recomienda siempre la realización, nuevamente, de un testamento en la que se explicite una persona, aparte del otro progenitor, como responsable del menor. Es una forma muy práctica de evitar problemas entre la persona responsable, es decir el progenitor con vida, y el menor que hereda.

¿En que circunstancias se pueden producir conflictos de intereses?

Una de las posibles causas en las cuales pueden surgir conflictos entre un progenitor y el menor en una herencia cuando el primero de ellos, es decir, el viudo o la viuda se otorguen determinados bienes en el pago de su usufructo o legado. En este caso se estaría en presencia de un conflicto de intereses, ya que el progenitor vivo podría alterar el modo de valoración de los bienes para su beneficio. En consecuencia, estaría perjudicando a la persona menor de edad. Para resolución se deberá acudir a un defensor judicial que pueda representar los intereses que le corresponden al menor.

Es preciso destacar que en lo casos en los cuales la legitima del menor sea respetada, no se producirán conflictos de intereses.

Por lo tanto, como mencionamos anteriormente, el modo de evitar cualquier tipo de inconveniente o conflicto es acudir a un asesoramiento legal que se especialice en derecho de herencias con menores de edad.  

Si te has quedado con alguna duda sobre la herencia con menores de edad puedes dejarnos tu comentario. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Como sabemos lo grande que el tema de la herencia, te recomendamos seguir indagando en nuestros artículos anteriores. Por ejemplo en el siguiente te contamos con detalle cuáles son los trámites que debes hacer si eres heredero:

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¿Has de heredar un piso u otro bien inmueble, pero no sabes cómo proceder con todos los trámites? En OI REAL ESTATE queremos ayudarte y por eso, hemos redactado esta guía. ¡Toma nota!

Sabemos que recibir una herencia puede resultar dificultoso, fundamentalmente por los trámites y los costes asociados al procedimiento. Sin embargo, ya sabes que la información es poder. Por lo tanto, conocer de antemano el paso a paso para heredar un inmueble te ahorrará tiempo y preocupaciones cuando llegue el momento. ¿Quieres saber más? ¡Continúa leyendo! Te brindamos todas las herramientas necesarias para que la recepción de la herencia sea sencilla.

Guía de procedimientos para heredar un piso

Cuando hayas superado el duelo por la pérdida de tu familiar y te sientas listo para proceder con la recepción de la herencia, deberás seguir una serie de pasos. Su complejidad dependerá del tipo de herencia, pero a continuación te detallaremos las diferencias. Veamos, por orden cronológico, cuáles son los trámites que tienes que realizar.

Paso 1: Obtención de los documentos necesarios para heredar un piso

Certificado de defunción

El certificado de defunción es un documento oficial que acredita el fallecimiento de la persona en cuestión. Puede ser solicitado por cualquier ciudadano que así lo requiera y que tenga interés legítimo, aunque existen algunas excepciones previstas por la legislación vigente.

Tal y como se indica en la página oficial de la Administración Pública, para obtenerlo debes entrar en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Puedes elegir entre recibir el certificado por correo ordinario al domicilio indicado en la solicitud o recogerlo en el Registro Civil correspondiente siempre que lo hayas indicado expresamente. En este caso será el propio Registro Civil el que te indicará a partir de qué fecha podrás recogerlo.

Certificado de actos de última voluntad

El certificado de últimas voluntades es un documento en donde consta si la persona fallecida redactó un testamento. En caso afirmativo, en este certificado se detallará la fecha exacta en que lo hizo y ante qué notario lo firmó. No obstante, todavía no conoceremos la voluntad del testador, ya que dicha información constará únicamente en el documento que custodia el notario.

Tal y como ocurre con el certificado de defunción, para solicitar el certificado de últimas voluntades debes tener interés legítimo, dado que existen algunas causas que impedirán su solicitud.

Puedes solicitar este documento por vía electrónica, accediendo a la página web del Ministerio de Justicia.

La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos quince días hábiles desde la fecha del fallecimiento.

Paso 2: Obtención de una copia autorizada del testamento

Si en el certificado de últimas voluntades consta que la persona fallecida ha dejado un testamento, entonces deberás dirigirte a la notaría en donde haya firmado el documento.  

Ahora bien, puedes encontrarte con diferentes situaciones, por lo que será conveniente conocer el modo de solucionar los imprevistos:

En el caso de que hubiera presentado varios testamentos, solo tendrá validez el más reciente.

Si el notario ha cambiado su domicilio o se ha jubilado, deberás acudir al Colegio Notarial de la comunidad autónoma en donde se autorizó. Allí te entregarán la copia autorizada del testamento o te brindarán la información relativa al notario que custodia el documento.

Para solicitar la copia del testamento, te pedirán los dos documentos que te hemos mencionado anteriormente: el certificado de defunción y el de últimas voluntades. Procura tenerlos en mano antes de proceder con esta solicitud.

Si te encuentras en una ciudad diferente a aquella en donde se firmó el testamento, podrás solicitar la copia en la notaría más cercana. Gracias al Sistema Integrado de Gestión del Notariado, entre notarios pueden enviar copias autorizadas telemáticas por Internet.

Respecto del tiempo, el plazo de obtención del documento oscila entre los dos y los siete días, dependiendo del notario.

Paso 3: Declaración de herederos si no hay testamento

Si en el certificado de últimas voluntades constara que la persona fallecida no redactó ningún testamento, será la ley quien establezca quiénes son los herederos legítimos. En estos casos, los gastos notariales son más altos que en aquellos casos en donde existe un testamento.

Ahora bien, tramitar la herencia de un piso sin testamento tiene algunas peculiaridades. La primera se refiere a la competencia de los notarios para autorizar un acta de declaración de herederos. En efecto, solo podrá llevar a cabo dicho trámite el notario que cumpla alguno de estos supuestos:

  • Ejercer en el municipio donde residía el difunto.
  • Tener el despacho profesional donde el causante tenía más bienes.
  • Ejercer en el lugar donde falleció el finado.
  • Ejercer en el lugar de residencia del requirente del acta.

La segunda peculiaridad se refiere a la repartición de la herencia. Al respecto, hemos escrito un artículo completo en donde te detallamos cómo pueden repartirse los bienes de herencia, ya sea con testamento o sin él.

Paso 4: Inventario de la herencia

En esta instancia podrás corroborar cuáles son los bienes y las deudas de la persona fallecida. En función de esta información, decidirás si quieres aceptar la herencia o renunciar a ella.

Heredar piso u otro bien inmueble

Para conocer el patrimonio inmobiliario de la persona fallecida, deberás dirigirte al Registro de la Propiedad. Lo más conveniente será solicitar una nota simple informativa en todos los municipios en donde creas que el fallecido podría tener una propiedad. Pero también podría ocurrir que el causante hubiera sido propietario de un piso que no se encuentra debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad. Esto sucede cuando se celebran contratos de compraventa privados. En consecuencia, también te recomendamos que solicites en la oficina del catastro un inventario de los bienes de la persona fallecida.

Si bien no es habitual que los herederos desconozcan la posesión de bienes inmuebles por parte de la persona fallecida, es recomendable realizar una investigación exhaustiva. Una búsqueda ineficiente podría derivar en la pérdida de un bien inmueble.

¿Qué ocurre con el ajuar doméstico?

Los bienes que se encuentren en el interior de la vivienda, por norma general, serán adjudicados al cónyuge, aunque los objetos de valor no están incluidos en este grupo. No obstante, si alguno de los herederos fuera beneficiario de un seguro del fallecido, tendrá que incluirse dentro de los receptores del ajuar doméstico o de los objetos de valor.

¿Y con las deudas?

Una vez que hayas realizado todo el inventario de los bienes de la persona fallecida, deberás proceder a comprobar todas sus deudas. En ocasiones, estas son tan altas que terminan por generar pérdidas en los herederos. Frente a ello, existen tres opciones posibles:

  • Renunciar a la herencia, lo que implica que no recibirás las deudas, pero tampoco los bienes.
  • Aceptar la herencia de forma pura y simple, lo que significa que aceptarás las deudas y los bienes del difunto.
  • Aceptar la herencia a beneficio de inventario, lo que significa que saldarás las deudas única y exclusivamente con los bienes heredados de la persona fallecida.

Paso 5: Partición de la herencia frente a un notario

Si todos los herederos están de acuerdo con el reparto de los bienes inmuebles del fallecido, se procederá a realizar la partición voluntaria. No obstante, si no tienes previsto inscribir las propiedades heredadas en el Registro de la Propiedad, no será necesario elevar a público el documento.

Si, por el contrario, no existiera unanimidad en la repartición de los bienes, será necesario acudir a la justicia. Este procedimiento es más costoso que el de repartición voluntaria y suele demorarse. Es por ello que siempre será más conveniente llegar a un acuerdo entre los herederos.

Redacción del cuaderno particional

El cuaderno particional es el documento donde se hacen constar las circunstancias personales del causante, el inventario de los bienes y las deudas, la liquidación y la adjudicación de la herencia. Es redactado por el notario y es uno de los últimos pasos para heredar un piso.

Paso 6: Liquidación de los impuestos correspondientes por heredar un piso

Existen dos tributos asociados a la herencia de un piso o de otro bien inmueble: el impuesto de sucesiones y donaciones y la plusvalía municipal.

Impuesto de sucesiones y donaciones

El plazo de pago del impuesto sobre sucesiones y donaciones es de seis meses a contar desde la fecha del fallecimiento de la persona. Sin embargo, durante los cinco primeros meses de dicho plazo, se puede solicitar una prórroga por otros seis meses adicionales.

Cada comunidad autónoma tiene la potestad de regular el pago de este impuesto, por lo que el importe variará según el lugar en donde se encuentre el inmueble heredado. En este artículo te enseñamos a calcular el impuesto de sucesiones y donaciones en Cataluña:

Plusvalía municipal

En lo que respecta a la plusvalía municipal, habrá de liquidarse en el ayuntamiento del lugar donde se ubique la propiedad en cuestión. El importe a pagar dependerá de los años transcurridos desde la anterior transmisión de la propiedad y de las bonificaciones aplicables a cada municipio. En este artículo te brindamos más información al respecto:

Paso 7: Inscribir los bienes en el Registro  

El último paso no es obligatorio, pero sí recomendable. Consiste en acudir al Registro de la Propiedad para inscribir los bienes heredados. Este trámite te aportará seguridad jurídica, transparencia y agilidad en todos los trámites posteriores.

Esperamos haber aclarado todas tus dudas respecto de los pasos necesarios para heredar un piso. Recuerda que, una vez que constes como titular del inmueble, puedes venderlo si así lo deseas.

En OI REAL ESTATE estamos para ayudarte. ¡No dudes en contactarnos!

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