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Si piensas que una construcción urbanística o la remodelación de una vivienda cercana no dispone de licencia, pueden estar en presencia de alguna irregularidad. En este post te informamos los pasos a seguir para la realización de denuncias de obras ilegales.

Regulación Catastral: Ley 48/2002

La Ley 48/2002 establece que el Catastro Inmobiliario es un “registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda en el que se describen los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales tal y como se definen en esta ley”, como lo define el artículo 1.

En el año 2013, el Ministerio de Hacienda de España puso en funcionamiento un plan de regularización catastral con el objetivo de detectar obras ilegales. A lo largo de este tiempo, se han detectado aproximadamente más de 3 millones de viviendas en esta situación.

El procedimiento de regulación busca incorporar a el catastro lo bienes y las alteraciones que se hayan realizado sin que se haya declarado la modificación en el este registro. De esta manera, la finalidad es garantizar la mayor correspondencia entre lo declarado y la realidad.
Ante la presencia de una irregularidad, una remodelación o alteración fuera de lo permitido necesita ser correctamente comunicado. Ten en cuenta que cualquier modificación en una obra que no esté regulada puede provocar peligros futuros, por lo que se recomienda realizar las denuncias por obras ilegales pertinente.

¿Quiénes pueden realizar una denuncia por obras ilegales?

En construcciones irregulares o no reglamentadas, el derribamiento de elementos verticales en edificaciones terminadas representan un peligro a futuro. Estos elementos pueden formar parte de la estructura que mantiene la estabilidad de la obra y que comúnmente se denominan o se conocen como «paredes de carga».
De esta manera, si no existe una supervisión profesional y técnica pueden aparecer fisuras y grietas en las viviendas que comparten dicha estructura en modificación. Y en casos extremos, puede concluir en un colapso del elemento que se sustenta (techo o forjado).
En estos aspectos recae la importancia de llevar adelante una denuncia en caso de presenciar algún tipo de obra ilegal, es decir, no reglamentada ni aprobada por el Catastro establecido por Hacienda.
Cuando se trata de situaciones en términos urbanísticos rige lo que se denomina «acción pública». Esto quiere decir que cualquier persona, natural o jurídica, puede denunciar unas obras ilegales para conseguir su demolición.
Se entiende el derecho a denuncia en el caso de que una obra urbanística presupone algún tipo de incumplimiento de alguna norma que afecta a:

*Parcelaciones, uso del suelo, altura y volumen.
*Situación de las edificaciones.
*Ocupación permitida de la superficie de las parcelas.
*Tipología de las edificaciones, protección ambiental y conservación de las mismas.

¿Se pueden realizar denuncias de manera anónima?

Ante el caso de presencia de una obra ilegal no es posible llevar adelante la denuncia de manera anónima, ya que las mismas deben ser presentadas mediante formularios escritos en el departamento de Licencias e Inspección del ayuntamiento de cada municipio. Por lo tanto, el proceso de denuncia debe ir acompañada con los datos de quien la realiza y su respectiva firma.
Si la intencionalidad fuese conservar el anonimato, debes comunicarte vía telefónica a la guardia urbana de tu municipio y presentar la inquietud. Sin embargo, desde a guardia te solicitarán los datos pertinentes de quien se comunica, pero si crees que puede resultar motivo de represalia en un futuro puedes no facilitarlos.
En la mayoría de los casos no siempre suelen haber resoluciones, por lo que se recomienda insistir en la queja con el objetivo que la guardia urbana se dirija hacia la vivienda u obra en cuestión para realizar la petición de los documentos que certifiquen la licencia de la obra.

¿Cuáles son los pasos a seguir para realizar una de denuncia de obras ilegales?

  • Corroborar la existencia de licencias

Uno de los primeros pasos para llevar adelante una denuncia por obras ilegales es preciso que corrobores si la vivienda en la cual se está produciendo la irregularidad dispone de permiso o licencia para realizar la modificación. El documento de la licencia debe estar a disposición de cada usuario de la comunidad. Este es un requisito obligatorio y por lo general se encuentran pegados en las puertas o en espacios de uso común.

  • Consultar con el propietario

En caso de no identificarlos, es recomendable directamente dirigirse al propietario y realizar la consulta pertinente ya que antes de proceder a la denuncia, debes comprobar la existencia o no de licencias consultando al ayuntamiento de tu comunidad.

  • Averiguar en el Ayuntamiento

Si al ayuntamiento te confirma que la obra no dispone de licencias o permisos, te encuentras en condiciones de iniciar el proceso de denunciar la obra. El trámite de denuncias por obras ilegales puede llevarse a cabo de manera online o de manera presencial. Esto va a depender de la reglamentación de cada ayuntamiento en particular.

¿Cómo tramitar la denuncia urbanística?

Para poder hacer efectiva la denuncia deberás solicitar en tu ayuntamiento el modelo específico de denuncia urbanística. Este formulario podrá presentarse en formato online o físico. En el mismo deberás introducir los siguientes datos obligatorios:

  • Datos personales del denunciante: Nombre, apellidos, DNI y dirección del denunciante (tus datos personales).
  • Dirección de las obras. Si es posible agregar la referencia catastral.
  • Descripción detallada de los hechos y de las obras realizadas y de las normas que se incumplen.
  • Aunque no es obligatorio, se recomienda adjuntar fotografías.

Luego de completar el formulario de denuncia, deberás presentarlo en el departamento de urbanismo del Ayuntamiento.

Si quieres continuar leyendo sobre la referencia catastral, te recomendamos la lectura de la siguiente nota:

Oi Real Estate

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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuál es el valor mínimo para escriturar una vivienda. Continúa leyendo el artículo para saber más.

valor mínimo para escriturar

Una práctica muy habitual dentro del mundo inmobiliario es la escrituración a un precio menor o mayor del que realmente vale la propiedad. Esto se hace, creyendo que por medio de esta maniobra se podrán evitar obligaciones impositivas. Se trata de un procedimiento para nada conveniente, de hecho, puede llevar al propietario a pagar una mayor cantidad de dinero cuando desee poner a la venta su propiedad.

Hay una fórmula matemática que se conforma con diferentes variables para realizar el cálculo del valor mínimo con el que se debe escriturar una vivienda. Este debe coincidir con el índice establecido por los diferentes ayuntamientos. En el siguiente artículo te contaremos cómo se calcula y cuáles son los valores a los que debes escriturar tu propiedad.

Valor mínimo para escriturar: ¿por qué los compradores modifican el precio real de la vivienda?

Muchas personas, al comprar un inmueble pone una cifra más baja o superior al valor oficial. Esto se debe a que este valor implicará una serie de obligaciones con Hacienda y otras entidades al abonar más o menos dinero. Según el monto que conste en los papeles de propiedad de la vivienda, los costes impositivos serán distintos.

Sin embargo, debes tener mucho cuidado. Estar mal asesorado en estos temas puede traer grandes inconvenientes.

¿Por qué se escritura a un precio más bajo?

Escriturar por debajo del precio de venta es una costumbre muy arraigada por la cual los compradores piensan que podrán pagar una menor cantidad de impuestos. Esto redundaría en un rédito económico que no será tal, ya que lo que se puede ahorrar al firmar la escritura a un valor inferior se perderá en los siguientes años en el caso de que se tenga intención de vender esa propiedad. Esto ocurre porque se deberá abonar un impuesto extra por esa plusvalía.

¿Qué consecuencias trae escriturar a un valor inferior al oficial?

En caso de que Hacienda investigue y descubra una escrituración llevada a cabo a menor precio que el de venta, estarás en problemas. Ya que cuenta con el derecho de imponer multas y sanciones al propietario, además de los intereses que corresponden a la falta de pago real.

Fórmula para calcular el valor mínimo de escritura

Para calcular el valor de escrituración de una propiedad será necesario multiplicar el Valor Catastral por un Coeficiente Multiplicador de Variación Catastral. Este último se obtiene con la siguiente fórmula:

CMVC= CVMI/(RM x CAVC)

CMVC: se trata del coeficiente por el que se debe multiplicar el valor catastral actualizado para obtener el valor real del bien inmueble.

CVMI: es el coeficiente de variación del mercado inmobiliario.

RM: se trata del coeficiente de referencia al mercado.

CAVC: es el coeficiente de actualización del valor catastral.

Es importante tener en cuenta que estos índices son calculados por cada municipio. En otras palabras, habrá que prestar atención a no escriturar por debajo del valor mínimo establecido al multiplicar el valor catastral por el coeficiente multiplicador que tenga el municipio donde se encuentre la vivienda.

¿Qué es el valor catastral?

El valor catastral nos da la valoración objetiva de un inmueble a partir de ciertos datos, por ejemplo, la ubicación de la vivienda, los metros cuadrados de construcción o los metros del terreno. Para calcularlo, se tiene en cuenta el valor en el Catastro del suelo y el de la construcción. 

Este valor, generalmente, se revisa cada año, en función de la evolución de la zona y de los valores. En los últimos años Hacienda y los ayuntamientos optaron por aumentar la periodicidad de sus revisiones. Esto se debe a que, el periodo de actualización media llegó a ubicarse en 21 años en 2013, con un 48% de los inmuebles con valoraciones previas a 2002.

Es importante no confundir el valor catastral con el valor de referencia de los inmuebles que ha comenzado a tener efectos el 1 de enero de 2022.

Actualización del valor catastral 2022

El valor catastral no tiene, necesariamente, que cambiar en todos los municipios todos los años. Por ejemplo, en 2020 grandes capitales como Madrid o Barcelona no registraron cambios en el catastro. No obstante, en Valencia se acordó una subida del 3% y en Sevilla del 2%, debido a que la variación dependió del año en el que actualizaron el catastro por última vez.

En los Presupuestos Generales del Estado de 2022 se contempla la actualización de los valores catastrales de hasta 825 000 inmuebles

¿Qué riesgos implica escriturar por el valor mínimo y no por el valor real de venta?

La escritura es un documento donde figuran los datos del propietario del bien inmueble en el cual aparecen los derechos y obligaciones que adquiere o hereda un inmueble. Para cubrirla es necesario establecer un valor mínimo, que puede variar dependiendo de los criterios estatales de las diferentes Comunidades y Ayuntamientos. Algunos de los costes que deben incluirse en la escrituración son:

  • Impuestos asociados a la compraventa

Este  coste variará según la Comunidad Autónoma en la que se lleve a cabo, por lo general, cuesta entre el 6 por ciento y el 12 por ciento del valor de la propiedad inmueble. 

  • Costes del Notario y gastos registrales

Estos tienen relación con los gastos asociados a la oficina notarial que hayamos elegido

Los coeficientes para aplicar a una escritura de compra venta también tendrán que ver con el año de la compraventa, así como del valor catastral que figura en el Impuesto de Bienes Inmuebles o IBI.

La importancia de poner información fehaciente en la escritura

Engañar con estos datos es muy peligroso, ya que se corre riesgo de que Hacienda imponga una sanción al dueño de una propiedad cuya escritura tenga un valor distinto al que debería tener. 

Estos valores mínimos son para evitar el fraude y los engaños con las ventas de las propiedades. Si se escritura a un valor distinto de lo que en realidad cuesta la vivienda el propietario deberá pagar una cantidad diferente de impuestos. Es por este motivo que las oficinas públicas se encargan de analizar el valor de las escrituras, de este modo se aseguran la valía real de las propiedades.

No resulta extraño que un inversor compre una propiedad con la escritura por debajo de su precio estipulado y después de pagar todos los impuestos Hacienda le solicite un pago de sus obligaciones fiscales.

¿Por qué escriturar por el valor de venta?

Es fundamental consultar las tablas de coeficientes para abonar lo que determina la entidad que regula el coeficiente multiplicador encargado de determinar el valor de la escritura. Esto puede parecer difícil, sine embargo no lo es para profesionales como inmobiliarias que se dedican constantemente a comprar y vender, tramitando a diario con clientes este tipo de documentos. En caso de duda, es aconsejable consultar a un experto y no poner un valor de escritura que no sea acorde con el que resultaría del cálculo del coeficiente multiplicador.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre el valor mínimo para escriturar una propiedad. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Así lo dispuso el Ministerio de Hacienda, a través de la Subdirección General de Operaciones Financieras, al considerar a las criptomonedas como bienes inmateriales. En tanto tales, las monedas virtuales, al ser aceptadas como medio de cambio pueden ser transferidas, almacenadas o negociadas electrónicamente. En otras palabras, si bien no son respaldadas por bancos, ni asociadas a una moneda legal, son fuente de ahorro y por ende, pagan ganancias. Esto es así, en principio, para evitar que las criptomonedas se conviertan en un sistema paralelo de valores y en ese camino, Hacienda aplica el marco legal de prevención del blanqueo de capitales.

En esta entrada te contamos los alcances y limitaciones de la normativa aplicada a las criptomonedas y en qué consiste la resolución de Hacienda al respecto.

Qué son las criptomonedas para Hacienda

Si bien las criptomonedas no forman parte del sistema económico financiero de ningún país, se sabe que significan un valor de cambio para muchas personas. Como tales, las monedas virtuales circulan con un “precio” acordado que, además, se cotiza. Por ello, desde el Ministerio de Hacienda consideran que las ganancias o pérdidas patrimoniales obtenidas en las transmisiones de las criptomonedas son renta del ahorro. En ese camino, son susceptibles de incluirse en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Y no sólo eso. La resolución emitida al respecto indica que tales operaciones se toman como rendimientos del capital mobiliario, con un tipo de entre el 19 % y el 26 %.

De esta manera, la Subdirección General de Operaciones Financieras, dependiente del Ministerio de Hacienda, sienta las bases para regular las monedas virtuales en el futuro. Por un lado, establece que todos los movivientos generados con el ellas son objeto de ahorro. Así es que deben ser declaradas e integradas al sistema de compensación económico impositivo.

No obstante ello, no siempre se compran criptomonedas a los fines de capitalizar bienes, lo cual genera aún cuestionamientos sobre la adopción de esta norma. Los argumentos en torno a esta crítica refieren a algo que cada vez va tomando mayor fuerza, que es el uso de la moneda virtual como parte del desarrollo de una actividad económica. En esos casos, aquella representa virtualmente un dinero circulante en el mercado y debería tributar entonces en la base imponible general del IRPF. Esta situación es diferente a lo señalado por Hacienda respecto del ahorro, cuyo fin no es que siga generando divisas o potenciando una actividad económica sino simplemente la preservación de un capital privado.

Pasos para calcular el impuesto a las criptomonedas

Cuando las criptomonedas son transmitidas o convertidas en dinero, cada una de ellas debe calcularse en forma independiente, respetando el orden de su adquisición. Es decir que en el caso de realizar ventas parciales de monedas adquiridas en diferentes momentos, debe considerarse el valor de las obtenidas en primer lugar. Con esos parámetros, el importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales de criptomonedas será la diferencia entre su valor de adquisición y el de transmisión.

Para definir el valor de la adquisición debe sumarse:

el importe real por el que se realizó la adquisición;

el coste de las inversiones en los bienes adquiridos;

los gastos y tributos inherentes a la adquisición (sin los intereses).

Por su parte, el valor de transmisión será el equivalente a:

el importe real por el que se vende o transmite la moneda; menos

los gastos y tributos correspondientes a la venta.

Si este cálculo arrojara un saldo negativo para el contribuyente, Hacienda habilita a su compensación en los cuatro ejercicios siguientes de la renta con las ganancias en concepto de transmisión de otros elementos patrimoniales.

El rigor administrativo: cómo se declaran las monedas virtuales

Una de las características de las monedas virtuales es que, aún sin ser esa la intención del contribuyente, su circulación “escapa” en algunos aspectos a los sistemas formales de registro. De allí que sea necesario también adaptarlas a un marco legal administrativo existente para definir el aspecto procedimental correcto. En ese sentido, el Ministerio de Hacienda encontró en la Ley General Tributaria la base de sus fundamentos. Allí se deriva la responsabilidad al contribuyente de justificar las operaciones financieras que realice en tanto rentas, gastos, ingresos, reducciones y deducciones que deban constar en sus declaraciones.

Por otra parte es válido recordar que las monedas virtuales también deberán tributar en Patrimonio y en Sucesiones y Donaciones, si acaso ha sido esa la vía de transmisión, y siempre que se cumplan los requisitos establecidos para ello.

La incorporación de las criptomonedas a los sistemas tradicionales

Todas las reglamentaciones adoptadas y adaptadas por Hacienda dan cuenta del cada vez mayor reconocimiento que se le otorga a las criptomonedas. Ya no se discute o critica su existencia sino que, al contrario, se modifican las herramientas para incluirlas dentro de los formularios habituales. Ejemplo de ello es lo que ha hecho la Agencia Tributaria, que a partir de este año incluyó en el modelo del IRPF un apartado donde se declaran los saldos de monedas virtuales. Hasta ahora, los mismos debían incluirse en un apartado genérico de bienes y derechos de contenido económico.

Los temas vinculados a las bitcoin o criptomonedas seguirán definitivamente generando controversias y acuerdos mientras se busque incorporarlas a los sistemas financieros tradicionales. Si te interesan estos temas puedes seguirlo en nuestro blog, en donde periódicamente obtendrás información actualizada sobre el mundo de las monedas virtuales, sus ventajas y sus normas.

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El primer semestre del año, la recaudación alcanzó una cifra récord de 475 millones de euros. Esto equivale a un 52 por ciento más de lo que ingresó hasta el mes de junio del año 2021. El gobierno, gracias al impuesto en el que se grava la compraventa de propiedades, ha logrado ingresar más dinero que nunca en la historia. Esta situación, podría lograr marcar un récord absoluto en cuanto a los ingresos tributarios si la tendencia de los primeros seis meses del año logra mantenerse. Desde OI REAL ESTATE te contamos todo acerca de los históricos ingresos en hacienda.

La puesta en marcha de las modificaciones en el impuesto a la compraventa de viviendas, ha generado una cifra récord de un total de 475 millones de euros. Si lo comparamos con el año 2021, hasta el mes de junio, se estima que es un 52 por ciento mayor, al primer semestre de lo que va del año.

Si la tendencia del primer semestre del año se mantiene, en el año 2022 puede llegar a marcar un récord absoluto en cuanto a los ingresos tributarios. Las transacciones realizadas de inmuebles, ha llegado a reportar una suma de ingresos equivalente a los 475 millones de euros, unos 162 millones más que los ingresos en hacienda registrados en el mismo período del año anterior.

ingresos en hacienda

Según los especialistas, estas cifras nunca antes vistas, tienen que ver con la fiebre por la compraventa de viviendas de lujo que se ha desatado en las Islas. Es importante destacar que el año anterior, también fue un extraordinario para la actividad inmobiliaria en Balears, pero se augura que el 2022 puede llegar a batir todos los registros. El gobierno, había previsto recaudar con este impuesto un valor de 679,6 millones de euros, aunque si el nivel de transacciones se mantiene al ritmo actual, podía llegar a ingresar un total de 950 millones.

Cuál es la opinión de Hacienda

Según Hisenda, no cree que la intensidad en las transacciones se mantenga en el ritmo actual del primer semestre del año. Desde la entidad, se prevé un ligero enfriamiento. Si bien aclaran este punto, también aseguran que pese a la posibilidad de una baja en las ventas, consideran que la recaudación final se encontrará por encima de las previsiones que se han establecido dentro de los Presupuestos estimados para el ejercicio del año 2022.

Por otra parte, el Govern, considera que no puede ser comparado el primer semestre del 2021 con el del año 2022. Esto se debe a que no se había reactivado la economía, de la forma en que se mejoró en el segundo semestre.

Cuáles son las causas de este aumento de ingresos en hacienda

Para lograr entender esta situación, es importante tener en cuenta un aspecto fundamental. La ley de Presupuesto del año 2022, traía consigo modificaciones respecto al impuesto. Estos cambios, tienen que ver con el refuerzo de la progresividad en el tramo más alto. Específicamente, para la compra de propiedades que estén tasadas en valores superiores al millón de euros. Las compraventas que se realizaron en lo que va de este año, deben abonar un impuesto del 11,5 por ciento. El año pasado, esta taza, era de un 11 por ciento.

Es importante aclarar que esa no fue la única modificación respecto al impuesto en la compra y venta de propiedades. El Govern aprobó una rebaja en el impuesto, para este año, en la adquisición de vivienda habitual, siempre que su precio sea inferior a los 200.000 euros. En este caso, en el año 2019, el impuesto, debía ser del 8 por ciento del valor de la propiedad, ahora, se ha reducido al 5 por ciento. Por otro lado, este año, se le agrega la posibilidad de adquirir el beneficio a quienes realicen la compra de la vivienda habitual, aunque ésta no sea la primera propiedad que adquieren. Esto será posible siempre que no cuente ya con algún otro derecho de propiedad de uso o disfrute de otro inmueble.

Rosario Sánchez, la consejera de Hacienda, debe considerar estas posibles rebajas fiscales que se encontrarán a discusión y revisión para poder decidir cuál será la previsión en los Presupuestos del próximo año. Otra de las posibilidades que podría ser analizada por Hacienda, tiene que ver con otro beneficio de rebaja impositiva. Este tiene que ver con disminuir el porcentaje del impuesto a quienes adquieran una primera vivienda, y cuyo valor sea menor a 250.000 euros. Esto permitiría aumentar la cantidad de beneficiaros de la reducción.

La llamativa cifra de la Ecotasa

En lo que va del primer semestre del corriente año, los datos de la cifra obtenida por la ecotasa, también es bastante llamativa. Según informan, la recaudación ha alcanzado los 50 millones de euros en los primeros seis meses del 2022. Es un monto irreal, ya que supone un aumento de un 1.687 por ciento. Pero esto es irreal, ya que en el año anterior, no se ha realizado el cobro de este impuesto a los hoteles y ha empezado a recaudarse este año. Un dato interesante, es que en el primer semestre del año 2021, cuando nos encontrábamos en plena ola de COVID 19, solo se ha llegado a recaudar un total de 2,8 millones de euros en concepto de la ecotasa, e incluso, eran ingresos que correspondían al año anterior.

Recordemos que la ecotasa, también es conocida como tasa turística, que engloba diferentes áreas. Tiene que ver con aspectos que van desde el reciclaje al turismo. El objetivo de este impuesto, tiene que ver con la protección del patrimonio y la promoción del turismo. Los ingresos que se recaudan, son utilizados para proyectos que estén relacionados con la rehabilitación de espacios turísticos o de turismo sustentable.

Próximos ejercicios de Hacienda

El aumento en los ingresos de hacienda, son sumamente importantes. Pero, Hacienda, en el 2023 se encontrará frente a un problema. Esto tiene que ver con que ya no llegarán fondos extraordinarios que puedan compensar los efectos de la pandemia COVID 19. En el año 2020 y 2021, Madrid y la Unión Europea, han aportado fondos. A partir del ejercicio del año que viene, solo podrán contar con el dinero que llega desde el departamento de Hacienda.

Esperamos desde OI REAL ESTATE que este post haya sido de tu interés y te haya resultado útil. No olvides dejarnos tus comentarios e inquietudes. Te dejamos a continuación otro link que puede resultar de tu interés.

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Recientemente, el Ministerio de Hacienda publicó un real decreto en el que informa que para el 2023 los contribuyentes deberán declarar sus operaciones con criptomonedas.

Contribuyentes deberán declarar sus operaciones con criptomonedas para el 2023

Los contribuyentes de España, titulares de monedas virtuales, a partir del 2023 deberán informar a la Agencia Tributaria sus operaciones con criptomonedas. La cantidad se deberá expresar en euros.

Esta obligación será extensible además a las operaciones realizadas con este tipo de activos. Este real decreto también es aplicable a los titulares de monedas virtuales situadas en el extranjero.

El documento publicado por el Ministerio de Hacienda, tiene como objetivo ampliar el desarrollo normativo vigente a los cambios introducidos a finales del pasado año en el impuesto sobre la renta relacionado con las operaciones de cirptomonedas.

El real decreto también pretende ampliar el desarrollo normativo del impuesto sobre sociedades, en el de patrimonio y en el de la renta de no residentes, vinculados todos ellos a este tipo de criptoactivos.

Entre las empresas afectadas están los creadores de monedas, las agencias de cambio y los monederos virtuales. Así como también los prestadores de servicios para salvaguardar claves criptográficas en nombre de terceros.

Activos en el extranjero deberán declararse

En el documento, Hacienda hace mención de los bienes situados en el extranjero. Esto podría servir de guía para el nuevo modelo 721 en el que trabaja el ministerio. En este modelo se sentarán las bases para declarar en el 2023, las criptomonedas depositadas en otros países.

Esta obligación recaerá en los titulares, pero también en los beneficiarios, autorizados y apoderados.

El documento da a entender que los activos en el extranjero serán “cuando la persona o entidad o establecimiento permanente que las custodie proporcionando servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros”.

Cómo expresar las operaciones con criptomonedas en euros

Para expresar la posesión en euros, la cartera que dirige María Jesús Montero explica que, los sujetos obligados –tengan los bienes dentro o fuera de España– tomarán la cotización media del activo a 31 de diciembre que ofrezcan las principales plataformas de negociación.

En este caso, se utilizarán mecanismos comúnmente utilizados de valoración que proporcionen una estimación razonable del valor de mercado.

El real decreto explica que también se deberá informar de la moneda fiduciaria destinada a proporcionar servicios de salvaguarda, almacenaje u operaciones de criptomonedas.

Información a suministrar en la declaración

En el apartado de las operaciones, los contribuyentes deben expresar el tipo de movimiento y la fecha de la operación. Además de las claves públicas o direcciones públicas de origen y destino asociadas a las monedas virtuales recibidas o entregadas.

Además de esto, se deberá dejar constancia del tipo y el número de unidades de moneda virtual adquirida, transmitida, permutada o transferida, el valor en euros por el que se efectúa la operación. En caso de ser necesario, las comisiones y gastos asociados y que vaya a percibir el sujeto obligado a proporcionar la información.

Adicional a esto, cuando la operación no lleve aparejada contraprestación en moneda fiduciaria en su totalidad, y, por tanto, resulte necesario efectuar la valoración de la operación en euros.

¿Te ha sido de utilidad este artículo? Cuéntanos en la sección de comentarios. ¡Nos encanta leerte!

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Cada vez que tenemos que vender una propiedad, debemos dar una parte de nuestras ganancias a las autoridades tributarias del país, para financiar gestiones gubernamentales. Los impuestos de la venta de una casa forman parte de estos aportes y es importante estar atento a ellos en cada compra y venta de propiedad.

En general, todas las personas que hacen estas transacciones tienen que pagar los impuestos que les correspondan en un plazo determinado, según cada pago necesario. Sin embargo, puede haber ciertas excepciones, aunque depende de muchas condiciones que cumplan las personas que son dueñas de las propiedades que están en venta.

Impuestos de venta de casa y sus características

Hay distintos tipos de impuestos, que son dirigidos a distintos niveles gubernamentales, principalmente a nivel municipal y estatal y que cumplen con un propósito tributario. Como explicamos antes, los impuestos sirven para financiar las actividades de administración pública que realizan las instituciones gubernamentales, para garantizar derechos legales de los ciudadanos.

Cuando una persona no cancela sus impuestos, reciben una multa proporcional a la falta y cuando son impuestos de venta de casa, suele ser alta. Esto debido a que los costos en el mercado inmobiliario son diferentes a los impuestos comunes en las compras diarias o por los servicios diarios.

Por eso es importante conocer cuáles son los impuestos que se deben cumplir y cómo se debe hacer la gestión en la institución que corresponda. A continuación, te explicaremos todos los gastos legales obligatorios que conlleva el vender una casa o vivienda.

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Este es un impuesto que tiene responsabilidad municipal y se paga luego de haber cumplido un año de propiedad o de vivienda en la casa. Cuando el inmueble se coloca en venta sin haber cumplido el año, se puede repartir por cantidad de meses con el nuevo propietario, según corresponda.

Quiere decir que, por ejemplo, si el propietario anterior vivió 6 meses y luego vendió, puede pagar 6 meses y el nuevo propietario el resto. Es un gasto que corresponde a la titularidad de un inmueble o una vivienda dentro de un municipio específico y es cobrado por los ayuntamientos.

Se tienen una serie de derechos sobre la propiedad con la titularidad y estos son garantizados por el sistema judicial que trabaja en el país. Al pagar este impuesto, se está garantizando que, en caso de un inconveniente, se obtendrá respuesta legal.

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IVITNU)

Otro impuesto que se paga a nivel municipal y que depende del valor catastral que el ayuntamiento ha puesto por tu propiedad antes de vender. Un valor catastral es el valor rentable que el municipio le da a cada uno de los inmuebles que se encuentren dentro de su territorio.

Aquí también se toman en cuenta las reformas o modificaciones que se le pudieron haber hecho a la propiedad y que pueden cambiar su valor. Por último, también influye el tiempo en el que una persona haya tenido la titularidad del inmueble, o si es una obra con poco tiempo.

Se trata de un impuesto que se está estudiando legalmente para que no afecte a los beneficios de la persona que está haciendo la venta. Aun así, sigue vigente dentro de la ley y se toma en cuenta en los gastos tributarios.

Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF)

Por último, el IRPF es el impuesto que le corresponde a Hacienda y tiene una responsabilidad estatal dentro del grupo de los gastos tributarios generales. Lo deben pagar las personas que viven en el país o los contribuyentes que obtienen rentas durante un año, por lo todos deben pagarlo obligatoriamente.

El mismo se calcula según el patrimonio que tiene una persona, los ingresos por actividad económica y las ganancias por la venta de una propiedad. En el caso de los trabajadores se aparta de una forma automática el impuesto para prevenir que la persona no realice el pago como corresponde.

Sin embargo, en el caso de la venta de una propiedad, el cálculo lo debe hacer una persona de forma individual, para evitar posibles multas. Hay que seguir una serie de pasos específicos para hacer bien el cálculo y pagar el impuesto.

Cálculo del IRPF

El primer paso es conocer el precio de compra de la propiedad y la inversión en mejoras y tributos que se han obtenido con anterioridad. A esto se le debe restar las amortizaciones y beneficios fiscales que se adquirieron por haber rentado la propiedad, porque pierde valor por el uso.

Al resultado se le resta los gastos por honorarios de inmobiliaria o los pagos restantes de las hipotecas o préstamos pendientes relacionados con la vivienda. Si queda ganancia, se le debe calcular el IRPF, que depende del precio: para menos de 6.000 euros corresponde un 19% de impuesto a pagar.

Entre los 6.000 y 50.000 euros corresponde un 21% de impuesto, desde los 50.000 a 200.000 euros un 23% y más de 200.000 un 26%. Se calcula anualmente con rentas y beneficios del año anterior, empezando en abril hasta finales de junio.

Excepciones de los impuestos de venta de casa

El único impuesto con el que se pueden hacer excepciones es el IRPF y dependiendo de ciertas características que aplican para los propietarios del inmueble. También se toma en cuenta si es la vivienda habitual de la persona o si es una segunda vivienda, además de las deudas que existan.

Si la persona que vende la propiedad tiene más de 65 años estará libre de pagar el IRPF si se trata de su vivienda habitual. Hay excepción cuando se vende la vivienda para vivir en otra o cuando se entrega la propiedad como pago de una deuda que se tenía.

Puedes dejar tus comentarios sobre el tema de impuestos de venta de vivienda y visitar nuestro blog OI REAL ESTATE para aprender más información interesante. También puedes entrar en la siguiente nota informativa, donde te explicaremos más curiosidades a detalle sobre el mercado inmobiliario dentro de España:

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A partir de hoy se puede presentar la declaración de la renta 2021: ¡Te enseñamos cómo y dónde hacerlo! Desde este miércoles 6 de abril es posible presentar la declaración de la renta 2021 a través de la plataforma de internet que preparó la Agencia Tributaria para que los contribuyentes puedan acceder a completar los formularios.

Luego de años convulsionados por la pandemia, la declaración de la renta vuelve a recuperar cierta normalidad. Y el primer paso es la presentación de lo generado durante el ejercicio 2021-2022 vía internet. En fechas posteriores se podrá iniciar el trámite telefónica o presencialmente.

Si como la mayoría de los trabajadores estás buscando información sobre cómo presentar la declaración ante la Hacienda, puedes continuar este artículo hasta el final. Te contaremos cuáles son las vías, fechas y requisitos. Sigue leyendo!

Declaración de la renta 2021: comienza la presentación vía online 

La Agencia Tributaria da hoy inicio formalmente a la recepción de formularios para la presentación de los ingresos generados por los contribuyentes en el período 2021-2022. Para tal fin, el ente gubernamental puso en funcionamiento la plataforma Renta Web. A través de este enlace es posible realizar un simulacro de presentación en el que los declarantes podrán hacer una prueba previa, antes de completar el borrador definitivo y confirmado.

Como cada año, el primer paso que se debe dar es la confección del borrador. Luego de considerar y verificar que cada uno de los puntos está completo correctamente, se procederá a presentarlo.  Esta se puede realizar por distintas vías.

Formas y fechas para presentar la declaración de la renta 2021

El borrador completo y chequeado se puede presentar:

  • A través de internet ( a partir de hoy 6 de abril), 
  • Por teléfono a partir del 5 de mayo.
  • Presencialmente a partir de junio.

declaración de la renta 2021

¿Cómo se realiza la presentación vía online?

La plataforma Renta Web es la vía telemática por la cual los contribuyentes pueden comenzar a presentar su borrador confirmado a partir de hoy. En esta instancia se deberá solicitar la realización del ingreso o devolución, según hayan sido los resultados del ejercicio de la renta.

Para poder acceder Renta Web se requiere un sistema de identificación, como sistema Cl@ve PIN o número de referencia, o bien un certificado electrónico reconocido.

Llegados hasta aquí hay tres condiciones a evaluar:

  • Declaración a ingresar con domiciliación bancaria: En esta opción se ingresará el número de cuenta IBAN y, en su caso, las opciones de fraccionamiento del pago. 
  • Declaración a ingresar sin domiciliación bancaria: Aquí se deberá  efectuar el ingreso y para confirmar el pago se indicará el Número de Referencia Completo (NRC) que le proporcione el banco. También podrá realizar el pago de forma simultánea a la presentación de la declaración.
  • Declaración a devolver o negativo: El contribuyente que ingrese esta opción tendrá que presentar su número de cuenta IBAN.

IMPORTANTE! Antes de realizar la confirmación, se recomienda chequear la fidelidad de todos los datos ingresados.

¿Cuáles son las otras vías para presentar la declaración de la renta 2021?

Los ingresos o devoluciones en la declaración de la renta se pueden presentar por vía telemática, telefónicamente o también presencialmente.

Declaración de la renta 2021 por vía telefónica

El borrador previamente cargado se puede confirmar a través de un llamado telefónico, que deberá agendar previamente. Las citas para la carga por esta vía se podrán concertar desde del 3 de mayo. Los turnos se darán a del 5 de mayo.

Para pedir cita telefónica:

  • Atención automática: 91 535 73 26 o 901 12 12 24
  • Atención personal: 91 553 00 71 o 901 22 33 44 en el horario de lunes a viernes, de 9 a 19 horas. 
  • Vía telemática: se puede pedir la cita previa para atención telefónica por internet.

Requisitos para la presentación vía telefónica

La persona que opte por esta opción deberá comunicar al operador:

  • Número de Identificación Fiscal (NIF),
  • Número de referencia o Cl@ve PIN,
  • Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN), en la que desee efectuar la citada domiciliación.

Luego de brindar esta información obtendrá un código seguro de verificación asociado a la presentación y el justificante de su presentación.

IMPORTANTE! Esta vía no se puede utilizar cuando el resultado es A INGRESAR pero el contribuyente no quiere optar por la domiciliación bancaria

Declaración de la renta 2021 por la vía presencial

Si se requiere de una atención personalizada y presencial, se deberá agendar una cita:

  • A través de internet:  a partir del 26 de mayo hasta el 29 de junio 

  • A través del teléfono: 91 553 00 71 o 901 22 33 44, de lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

En el momento de la cita presencial el contribuyente tendrá que asistir a la oficina de la Agencia tributaria con toda la información necesaria para la declaración:

  • Número de referencia del titular de la declaración,
  • DNI de todas las personas que figuren en la declaración
  • IBAN de cuenta bancaria y referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler

Cómo en las otras vías, lo escencial antes de confirmar la declaración es comprobar que los datos del borrador sean correctos.

IMPORTANTE! Esta vía no podrá utilizarse cuando el resultado del mismo sea a ingresar y el contribuyente no opte por la domiciliación bancaria

Esperamos haber sido de ayuda para en la confección de la declaración de la renta 2021. Si tienes algún comentario puedes hacerlo, ¡te estaremos contestando a la brevedad!

Y si quieres saber más sobre la declaración de la renta te recomendamos leer el siguiente artículo

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Comprar una vivienda significa un gran esfuerzo económico para cualquier persona: impuestos, gestoría, inmobiliaria e hipoteca son sólo algunos de los gastos a asumir. Quizás los más afectados en este sentido sean los jóvenes, que no suelen contar con ahorros suficientes para adquirir una casa. En estos casos y en muchos otros, es frecuente que la operación se lleve a cabo con ayuda de los padres u otros allegados. ¿Qué se debe tener en cuenta para comprar un piso con dinero donado? ¿Cuáles son los impuestos que se deben pagar? ¿Qué precauciones se deben tomar para evitar problemas con Hacienda? En este artículo te lo contamos.

Todas las personas que reciben donaciones dinerarias en España deben afrontar el pago de tributos. Las condiciones pueden variar según la comunidad autónoma en donde resida el beneficiario o si alguna de las partes vive en el extranjero. Por eso, es importante conocer con anticipación ciertas cuestiones para evitar problemas con el Ministerio de Hacienda. A continuación te contamos todo lo que debes saber al respecto. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué pasos se deben seguir y qué precauciones se deben tomar antes de comprar un piso con dinero donado?

Toda donación de dinero destinada a la compra de una vivienda puede realizarse a través de una transferencia, de un cheque bancario o en metálico. Siempre es conveniente documentar esta entrega de dinero, ya sea a través de un contrato privado o ante un notario. 

Si bien basta con la celebración de un documento privado, lo cierto es que la firma de una escritura pública por parte de los donantes y los donatarios, es un requisito imprescindible para poder acceder a determinados beneficios fiscales. Más adelante hablaremos de cuáles son los tributos a los que están sujetas este tipo de operaciones.

También existe la posibilidad de que el dinero donado sea de carácter colacionable, especialmente cuando se trate de una donación de padres a hijos. De esta manera, la entrega será considerada a cuenta de la herencia que deba recibir en un futuro el beneficiario. El objetivo es que este adelanto no perjudique al resto de herederos. Por esta razón es que antes de transferir el dinero se deben analizar todos los beneficios fiscales aplicables para evitar sorpresas, costes innecesarios y problemas con Hacienda.

¿Qué impuestos se deben pagar por recibir dinero donado para comprar un piso?

Todas aquellas personas que reciban dinero donado para comprar un piso que vaya a convertirse en su vivienda habitual deben pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Este tributo posee importantes ventajas fiscales que varían en función de la comunidad autónoma en donde reside el donatario. Para determinar cuál es su lugar de residencia se toma a la región en donde la persona haya pasado más días en los últimos cinco años anteriores a la donación.

Cabe aclarar que, para poder acceder a estos beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es necesario cumplir con ciertos requisitos. Si bien los mismos difieren en cada comunidad autónoma, uno de los más frecuentes es que la donación se formalice mediante escritura pública, como adelantamos. Antes de recibir la donación, es importante verificar cuáles son los beneficios fiscales que se aplican en la región correspondiente y qué requisitos se deben cumplir para disfrutar de ellos. En este artículo y este artículo te contamos todo lo que debes saber al respecto.

¿Qué ocurre cuando el donante vive en el extranjero y el donatario en España?

En caso de que el receptor de la donación viva en España pero el causante resida en el extranjero, la operación deberá formalizarse también en un documento. Como siempre, es preferible que el mismo se firme ante un notario. Si dicho documento se encuentra redactado en lengua extranjera, deberá ser traducido al español y apostillado para que tenga validez dentro del territorio español.

De todas formas, cabe mencionar que esta exigencia se ha flexibilizado dentro de la Unión Europea tras la entrada en vigencia del Reglamento (UE) 2016/1191 de 6 de julio de 2016. Por otro lado, si la donación se formaliza en alguno de los consulados de España en el extranjero, el documento será plenamente válido en el territorio y no habrá que traducirlo.

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Este tipo de donaciones dinerarias tributan en España y, según cada caso particular, también pueden llegar a hacerlo en el país extranjero. Teniendo en cuenta esto, el donatario podrá acceder a una deducción por doble imposición internacional, según lo prevé el artículo 23 de la Ley 29/1987. Al igual que en el caso anterior, es importante estudiar previamente la fiscalidad para saber con anticipación cuál será el coste total de la operación.

¿Qué ocurre cuando el donante vive en España y el donatario en el extranjero?

También puede darse el caso inverso: que el receptor de la donación sea quien viva en el extranjero y el causante resida en España. En ese caso, lo ideal es que la operación se formalice ante un notario dentro del territorio español para evitar traducciones y demás inconvenientes. En caso de que el beneficiario no pueda viajar a España para realizar el trámite, puede remitir un poder a favor del donante para que pueda hacerlo por su cuenta.

Ahora bien, aunque el donatario viva en el extranjero, igualmente deberá tributar en España por haber recibido una donación dineraria proveniente de España. En este sentido, puede apegarse a la normativa de la comunidad autónoma en donde haya estado depositado el dinero durante los últimos cinco años. No importa si se trata de una región distinta a aquella en donde residen los donantes. También debe presentar la declaración fiscal que corresponda ante la Oficina Nacional de Gestión Tributaria.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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La masificación del uso de las criptomonedas ha llevado a Estados y Naciones a tomar medidas para regularizar este mercado que no tiene límites. El modo en que tributan criptomonedas en nuestro país es de reciente aplicación y lo analizaremos detalladamente aquí.

Hay 8.000 criptomonedas actualmente en el mundo y cada día aparecen otras nuevas. Las generaciones jóvenes son las que se sienten más atraídas por estas nuevas formas de realizar las transacciones económicas.

La adopción de las monedas digitales para realizar diversos pagos crece día a día pero pocas personas realmente conocen cómo tributan criptomonedas en nuestro país y qué impuestos se deben abonar. Al utilizar la tecnología blockchain son muy seguras pero no están controladas por el Fisco, en su mayoría.

Sugerencia de lectura: Binance es la primera plataforma cripto registrada

¿En qué casos tributan criptomonedas?

Las criptomonedas tributan en el momento en que generan algún tipo de rentabilidad. Si una persona compra criptomonedas, este simple hecho no debe tributarse. Ahora, en el momento en que se vendan y aparezca la ganancia, ahí es cuando deben tributar.

Impuesto sobre el Patrimonio

Si la persona es residente de España, se debe declarar la posesión de las mismas en el Impuesto sobre el Patromonio en caso de superar los 2 millones de euros entre bienes totales. En estos casos, el poseedor de las monedas digitales deberá declararlas solamente por la mera tenencia, independientemente de que generen rentabilidad alguna.

Esto lo establece el artículo 24 de la Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio, que señala que el contribuyente debe anotar el precio económico de las criptomonedas que tenga en su poder en ese momento.

Otro detalle no menor es que si las monedas se hallan fuera del país, deberán declararse al superar los 50.000 euros y cada año posterior en que varíen en más de 20.000 euros también.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

El IRPF se tributa desde el momento en que la cripto comience a dar ganancias. Recordemos que la campaña comienza el próximo 6 de abril y finaliza el 30 de junio. Se deberán presentar las declaraciones de todos los contribuyentes que deban tributar.

Las cifras de estas monedas digitales deberán incluirse en la base imposible del ahorro del impuesto sobre la renta. Este impuesto es progresivo y su porcentaje se calcula entre el 19% y el 26% de la ganancia obtenida. Además influyen otras variables en la cuota final de este impuesto, como operaciones inmobiliarias e ingresos de otro tipo.

Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones

También tributan criptomonedas recibidas a modo de herencia o simple regalo. Esta tributación dependerá del monto y de las leyes estatales y de cada autonomía. La regulación estatal establece un porcentaje del 7,65% al 34% pero las autonómicas influyen ya que algunas comunidades permiten bonificaciones de hasta el 99%, como es el caso de Madrid.

Situación frente al IVA

La compra y la venta de criptomonedas están exentas del IVA

El caso particular de las staking

El staking es el proceso de adquirir criptomonedas y bloquearlas en wallets durante un determinado período para ganar recompensas, es una alternativa al minado tradicional. En este caso, deben tributar cuando se recibe la rentabilidad obtenida a través del IRPF.

Dichas ganancias se encuadrarían dentro de lo que se considera como la base del ahorro que tributa al IRPF según el importe:

  • 19% de impuestos en ganancias de hasta 6.000 euros.
  • 21%, en ganancias entre 6.000 y 50.000 euros.
  • 23% en rentabilidades de 50.000 a 200.000 euros.
  • 26% cuando la rentabilidad supere los 200.000 euros.

Especial mención se debe hacer a una reciente consulta vinculante a la DGT sobre si el staking debe abonar IVA y su respuesta ha sido afirmativa (no así sus ganancias).

Los países que más utilizan criptomonedas

Según la Encuesta Global de Consumidores de Statista, la población de Nigeria es la que más utiliza las divisas digitales. Un 32% de los nigerianos utilizan las criptos en su vida cotidiana, esto equivale a un tercio de su población. La explicación es que el alto costo para enviar dinero al exterior ha derivado en que en este país las personas adopten las monedas digitales.

Luego de Nigeria aparece los siguientes países:

  • Tailandia, con el 31% de su población utilizando criptos.
  • Filipinas, con el 28%
  • Vietnam, con un 27%
  • Turquía, con el 25%.

Con respecto a América Latina, Perú es el país que más uso hace de las criptos con un 16% de su población utilizándolas. Entre ellas, las que más destacan son el bitcoin, ethereum, litecoin, ripple, dogecoin.

Operaciones en donde tributan criptomonedas

A modo de paralelismo, y con el fin de ejemplificar un poco este universo nuevo de tributación, podemos afirmar que:

  • La compraventa de criptomonedas tributa del mismo modo que la transmisión clásica de divisas.
  • El staking tributa de la misma manera que un depósito común bancario.

El futuro formulario 721

El formulario 720, de Declaración Informativa sobre Bienes y Derechos en el extranjero ha sido tumbado por la Justicia europea, pero en su lugar se instalará el formulario 721 para declarar ingresos en el exterior superiores a 50.000 euros en criptomonedas. Este modelo de declaración aún se encuentra en desarrollo por parte de la Agencia Tributaria.

Hacienda retoma las inspecciones presenciales

Además de trabajar en el nuevo formulario 721 para declarar cripto divisas del extranjero, Haciendo vuelve a realizar inspecciones presenciales con el objeto de eliminar el fraude fiscal. El objetivo es reforzar el trabajo y encausarlo hacia la vigilancia fiscal de los contribuyentes.

Los planes de visitas han sido enfocados directamente hacia las pequeñas y medianas empresas, incluyendo a los gestores de pymes y autónomos. Además, se incluirán a los poseedores de criptomonedas y pisos de alquiler turístico.

Atención los dueños de criptos

Hacienda comenzará su control hacia los tenedores de criptomonedas realizando una explicación sobre los potenciales riesgos, avisos y advertencias que tienen este tipo de inversiones. También se controlarán las plusvalías de estas operaciones, tanto nacionales como internacionales.

Mientras tanto, el modelo 721 podría entrar en vigor los próximos meses, cuando el Ministerio de Hacienda termine de elaborarlo.

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El agente inmobiliario es, ante todo, un vendedor. Quienes deciden -o se encuentran más cómodos- trabajando de forma independiente cuentan con ventajas y desventajas respecto a sus colegas que prefieren hacerlo bajo el ala de una agencia. El ser autónomo no te vuelve mejor ni peor profesional que un empleado en relación de dependencia. Quienes se especializan en circuitos de trabajo freelance apuntan a un objetivo de trascendencia, considerado clave: mantenerse informado y capacitado de forma permanente para no recaer en faltas legales. Entonces, en este artículo de Oi Real Estate, veremos algunos errores evitables del agente inmobiliario autónomo que acaso puedan ayudarte en tu carrera en solitario. Te invitamos a leer para entender más.

La doble tarea del agente inmobiliario independiente

Para muchos, convertirse en agente inmobiliario independiente asegura una entrada de dinero turgente mes a mes y se destaca por obtener sus comisiones de manera rápida y sencilla. Pues nada más lejano a la realidad que estas aseveraciones, muy instaladas en el inconsciente colectivo. Y si bien dijimos en nuestra introducción que un agente especialista en bienes raíces es “un vendedor”, pues acaso se trate de una definición poco pretenciosa y vista desde arriba. Su tarea es ardua, compleja y altamente estresante.

¿Por qué? Por muchos motivos. Principalmente, porque un agente debe desdoblarse en su tarea cotidiana. Debe captar, conocer, entender y solucionar las diligencias encomendadas por sus clientes (quienes quieren vender o alquilar su propiedad) y por otro lado buscar, conseguir y convencer al interesado (en comprar o arrendar) que posee la vivienda ideal para él. ¿Te parece sencillo? Esta enorme y doble responsabilidad del agente inmobiliario no puede sino ir acompañada de una capacitación actualizada respecto a asuntos legales, sin la cual podría de buenas a primeras recaer en todo tipo de fallas evitables.

Errores evitables del agente inmobiliario

Desde nuestra sección de marketing en bienes raíces, hemos redactado sendos artículos acerca de errores evitables del agente inmobiliario desde el punto de vista de las mecánicas de ventas. Sin embargo, además de mantenerse al día respecto a cómo vender, tracción de clientes y atención al público en general, un agente inmobiliario deberá saber al pie de la letra cuáles son aquellos grises impositivos o legales que pueden ocasionarle inconvenientes a corto o mediano plazo.

Esos errores evitables, que acaso no signifiquen mucho para ti, o que no implicarían necesariamente que estés incurriendo en embauques voluntarios pueden despertar sospechas en Hacienda. Y ciertamente, nadie quiere tener problemas en este campo. Veamos solo algunos de ellos; tal vez te interese tenerlos en cuenta para darle una vuelta de tuerca a tu actividad desde el plano organizativo contable, desde hoy en adelante.

No dormirse en los laureles de las ventajas

Como suele decirse, comencemos por el principio. Coincidimos en que las ventajas de ser un agente inmobiliario son muchas. Pero si te desempeñas en esta tarea, ya sabrás que dormirse en los laureles de sus beneficios y libertades es uno de los peores errores que podrías cometer. Aprovechar y saber distribuir los horarios a tu gusto es vital para sacar un real provecho estratégico y a su vez minimizar las posibilidades de stress. Dicho esto, pasemos a aquellas eventuales fallas en tu contabilidad que podrían perjudicarte más de lo que imaginas.

¿Separas tus cuentas profesionales de las personales?

La pandemia COVID 19 ha eyectado a muchos agentes inmobiliarios de sus agencias y a ponerlos a trabajar de forma freelance; muchos de ellos lo han hecho con singular éxito. Bien por ellos. Sin embargo, tal vez el apuro y la demanda de ingresos económicos urgentes hayan propiciado que ni siquiera concurras al banco a solicitar la apertura de una nueva cuenta, especialmente dedicada a tu cara profesional. ¿Mezclas tu cuenta bancaria familiar con la que utilizas en tu faceta como agente inmobiliario?

Esto es muy poco recomendable y uno de los errores más comunes detectados entre quienes han debido iniciar su carrera independiente de la noche a la mañana. En este sentido, es indispensable que regularices tu situación bancaria y que separes las cuentas personales de las profesionales.

Entrada y salida irregular de ingresos

Otro de los errores evitables del agente inmobiliario independiente o autónomo radica en no llevar un régimen estricto de entrada y salida de ingresos. Cada ingreso y cada gasto deben contar con su asiento en tus planillas o libros contables. Dicho esto… ¿Posees tus libros al día?

Acaso hayas comenzado tu carrera de forma incipiente y con muy pocos movimientos económicos; si hasta el día de hoy te mantienes en esta actividad y no la has abandonado, es de suponer que te ha ido regularmente bien. El trajín diario y las corridas permanentes de todo agente inmobiliario tal vez hayan provocado que olvides pedir comprobantes a tus proveedores o que no consideres importante hacerlo. Procura tributar en cuanto te sea posible y (al igual que con las cuentas bancarias) regularizar hoy tu situación profesional contable para evitar dolores de cabeza mañana.

Errores en la contabilidad

El sector contable no es para cualquiera; de hecho, puede llegar a aburrir a muchos. Si permanecías bajo el ala de una agencia inmobiliaria hasta hace no mucho tiempo, seguramente el asunto contable no era de tu pertinencia; ya que un equipo profesional encargado del área se ocupaba de llevar los números. Al respecto… ¿Llevas de forma regular y correcta tus datos contables? Pues nunca es tarde para aprender a hacerlo. En todo caso, si está en tus posibilidades, lo más aconsejable es contratar y delegar a un contador esta compleja tarea. Evitar multas significativas y tener que perder tiempo compadeciendo ante el fisco por pequeñeces o errores propios de la inexperiencia y el desconocimiento minimizará la chance de tener que perder un tiempo que podrías estar empleando en vender más.

¿Sientes que estás cometiendo algún error evitable en tu vida profesional como agente inmobiliario? Nos encantaría conocer tus experiencias como freelance.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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