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Te contaremos cuáles son los gastos hipotecarios que implica llevar a cabo una subrogación de acreedor para mejorar las condiciones de hipoteca. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Cuando deseamos mejorar las condiciones de nuestro préstamo hipotecario debemos llevar a cabo una subrogación de acreedor. Este proceso consiste en cambiar tu hipoteca de banco. Sin embargo, debemos tener en cuenta que esta operación implica gastos hipotecarios a los que debes hacer frente. Te contaremos cuáles son, pon atención y toma nota si estás pensando en hacer este cambio.

Subrogación hipotecaria: ¿De qué se trata?

Existen dos tipos de subrogación hipotecaria, puede ser de acreedor o bien, de deudor. Aquí te explicamos en qué consiste cada una.

Subrogación de deudor

En este caso lo que cambia es la persona del deudor. Es decir, un tercero se integra en la relación jurídica, haciéndose cargo de los derechos y obligaciones que implica la misma. En otras palabras, a partir de ese momento deberá pagar la deuda, liberando de responsabilidad al deudor original.

Este tipo de subrogación, para llegar a ser efectiva, requiere que haya aprobación por parte del acreedor, es decir, del banco. Esto se debe a que este debe asegurarse de que el nuevo obligado tiene la solvencia necesaria.

Subrogación de acreedor

Cuando hablamos de llevar a cabo una subrogación de acreedor nos referimos a cambiar tu hipoteca de un banco a otro. El objetivo de esta operación es mejorar las condiciones de tu préstamo hipotecario. En este tipo de subrogaciónnos enfocaremos en este artículo.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar una subrogación de acreedor?

Si tienes pensado llevar a cabo un cambio de banco debes tener en cuenta que será necesario cumplir con algunos requisitos:

  • En primer lugar debes tener una hipoteca vigente.
  • Deberás llevar de uno a tres años abonando las cuotas mensuales sin atrasos. Ten en cuenta que se trata de una condición que no es obligatoria para todas las entidades bancarias.
  • El capital pendiente no debe superar el 80%.
  • Debes tener una situación laboral y financiera estable, para comprobarlo tendrás que presentar una copia del contrato indefinido o corroborando que como autónomo llevas tiempo facturando de forma constante.

Si vas a subrogar tu préstamo hipotecario cambiando de entidad bancaria, lo más aconsejable es informar a tu banco que has tomado esta decisión. Esto se debe a que, probablemente, tu entidad te presente una contraoferta, y, después de haber comparado opciones, puedes ponerte en contacto con la nueva entidad bancaria que hayas elegido para que ellos presenten una oferta vinculante a tu entidad vigente. Una vez que hayas hecho todos estos pasos, solo tendrás que elegir con qué oferta y entidad bancaria te conviene quedarte. Si optas por cambiar de banco, será necesario formalizar la subrogación ante notario.

¿Cuáles son las condiciones que permite mejorar una subrogación de hipoteca?

Cuando llevamos a cabo una subrogación de hipoteca se pueden mejorar las siguientes condiciones:

  • Podrás eliminar cláusulas abusivas.

¿Cómo afecta a los gastos hipotecarios?

Hay algunos gastos hipotecarios que deberás asumir al momento de cambiar de banco. No obstante, algunos de los gastos hipotecarios serán responsabilidad del propio titular, y otros correrán a cuenta de la entidad bancaria.

Los gastos hipotecarios a cargo de la entidad bancaria

La ley hipotecaria actual establece que el banco tendrá que hacerse cargo de los siguientes gastos hipotecarios:

  • Los aranceles de la notaría: estos aranceles representan entre el 0,2% y el 0,5% del capital pendiente subrogado.
  • Honorarios de la gestoría: de media rondan entre los 200 y los 500 euros, el coste puede variar dependiendo de cada gestoría.
  • Registro de la Propiedad de la subrogación: esto tiene un coste de, aproximadamente, unos 100 euros.

Los gastos hipotecarios a cargo del propietario

En el caso del propietario del préstamo hipotecario, deberá asumir los gastos hipotecarios que pertenecen a la comisión por la subrogación, en caso de que se especifique en el contrato. El precio de esta comisión puede variar según el momento en el que contrataste el préstamo hipotecario. No obstante, lo más común es que ronde entre un 0% y un 2% del total pendiente.

Por otro lado, debemos tener en cuenta que la comisión por subrogación siempre será gratuita cuando el objetivo es cambiar de tipo de interés variable al fijo o al mixto, con un tipo fijo inicial de tres años.

Busca la ayuda de un bróker hipotecario

Si estás interesado en cambiar tu hipoteca de entidad bancaria, contratar un bróker hipotecario puede ser de gran ayuda. Se trata de profesionales que se encargarán de buscar las condiciones que mejor se adapten a tu perfil y necesidades. Además, los bróker negociarán con las entidades bancarias de manera directa para tener acceso a la mejor hipoteca para ti. Sin lugar a dudas, se trata de una opción que te asegurará los mejores resultados.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los gastos hipotecarios que implica llevar a cabo una subrogación de la hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Aquí te contaremos todo lo que debes saber para reclamar gastos hipotecarios paso a paso. Continúa leyendo el artículo para saber más.

Hace algunos años, los clientes debían asumir todos los gastos que implica la solicitud de una hipoteca. Sin embargo, en junio de 2019, el Tribunal Supremo declaró que se trataba de una práctica abusiva y permitió reclamar los gastos hipotecarios. Te contamos paso a paso cómo reclamar estos gastos hipotecarios en 2024.

¿Quién puede reclamar los gastos hipotecarios?

El 28 de enero de 2021, el Tribunal Supremo aclaró que todas las personas que hayan contratado una hipoteca antes del 16 de junio de 2019 tenían derecho a reclamar los gastos de constitución del préstamo hipotecario. Aquí van los gastos que es posible recuperar:

En su momento, el organismo judicial estableció que se trata de gastos propios de la concesión de la hipoteca y beneficiaban al banco. Esto quiere decir que, eran las entidades bancarias las que debían ocuparse de estos gastos. Por este motivo que, en caso de que en su momento hayas abonado estos gastos al contratar un préstamo hipotecario, ahora tienes la posibilidad de reclamar estos gastos a tu banco.

A partir de ese momento, y hasta el día de hoy, el cliente únicamente abona el coste de la tasación de la vivienda. Por su parte, el banco debe asumir el resto de gastos.

En resumen, podrán reclamar los gastos hipotecarios al banco todos los que firmasen la misma antes de la Ley hipotecaria de 2019, y que abonaron gastos de notaría, registro, gestoría y tasación. Como el Tribunal Supremo declaró que se trata de una cláusula abusiva, los bancos deben devolver el 50% de los gastos notariales y la totalidad del resto de importes. Ten en cuenta que es posible reclamar estos gastos incluso si ya has cancelado el préstamo hipotecario.

¿Podrás recuperar todos los gastos?

La realidad es que no, debes tener en cuenta que hay una serie de gastos que deberás asumir tú como cliente. Se trata de los siguientes:

¿Hay un plazo para reclamar gastos hipotecarios?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó que el plazo para reclamar a los bancos el reembolso de los gastos derivados de la hipoteca comienza en el momento en el que el cliente es conocedor de su carácter abusivo y nulo. Esto deja la posibilidad de una ampliación del periodo de prescripción.

En un principio, el plazo para reclamar finalizaba el 23 de enero de 2024, cuando se cumplían 5 años desde que el Tribunal Supremo fijó doctrina e indicó que los gastos debían ser compartidos entre el cliente y el banco. El Código Civil contempla la prescripción en cinco años, sin embargo, diferentes asociaciones de consumidores reclamaban que el periodo debía ser mayor, ya que con motivo del confinamiento por la pandemia del COVID-19, los plazos administrativos se paralizaron.

Recientemente, el TJUE aclaró que el plazo comienza en el momento en el que el consumidor sabe de la existencia de una cláusula abusiva en su contrato, además de contemplar si este es conocedor de sus derechos y si cuenta con el tiempo para la preparar e interponer un recurso.

¿Qué documentos necesito para reclamar los gastos hipotecarios?

Al momento de reclamar los gastos hipotecarios en 2024, deberás reunir algunos documentos que te darán la posibilidad de demostrar que has pagado los gastos en cuestión. Aquí van los documentos más importantes que debes presentar:

Paso a paso para reclamar los gastos de la hipoteca en 2024

Reclamar tus gastos hipotecarios este 2024 es muy sencillo, aquí van los pasos que debes seguir para conseguirlo:

En primer lugar, será necesario reunir todas las facturas que correspondan a los gastos que has abonado al contratar tu hipoteca. Se trata de facturas que podrás obtener en tu propia entidad bancaria.

Realiza el reclamo en tu banco. Lo más aconsejable es intentar la vía extrajudicial y solicitar la devolución de los gastos hipotecarios directamente a tu entidad bancaria.

Lo siguiente será esperar la respuesta del banco. La entidad contará con un plazo máximo de un mes para dar una respuesta a tu solicitud. En caso de que tu banco acepte, recibirás el importe. De lo contrario, podrás elevar tu queja al Banco de España.

Demanda a tu entidad bancaria. En caso de que la respuesta sea negativa, demanda a tu banco ante el juzgado de primera instancia. Una vez que ganes el juicio, recibirás el importe de vuelta. Sin embargo, en caso de perder, tendrás que hacerte cargo de los gastos del proceso.

Reclamar los gastos de la hipoteca al banco

En caso de que la persona desee reclamar los gastos hipotecarios al banco debe enviar un reclamo al servicio de atención al cliente de su entidad financiera, de esta manera, tendrá constancia de la situación. Para hacerlo será necesario usar uno de los medios oficiales, esto puede ser, por medio de las hojas oficiales de reclamación, por correo certificado o burofax, o llamando al teléfono gratuito para incidencias y reclamaciones para pedir el número de referencia correspondiente.

Una vez que hayan pasado 30 días desde la solicitud y no hayas obtenido respuesta o bien, si la respuesta que obtienes no es positiva, tendrás que elevar al servicio de reclamaciones del Banco de España. En caso de que esto también fracase, puedes optar por la vía judicial. De ser así, un juez se encargará de determinar si se dan las condiciones para considerar que la cláusula es abusiva, y considerarla nula. Además, el tribunal también se ocupará de definir el alcance de la nulidad y el consumidor podrá recuperar las cantidades que haya pagado de más a la entidad bancaria.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre reclamar gastos hipotecarios. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Aquí te contaremos todo lo que debes saber para reclamar los gastos de hipoteca antes de que finalice el plazo. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Si estás pensando en reclamar los gastos de la hipoteca que fueron cobrados indebidamente por la entidad bancaria, debes tener en cuenta que es posible que el plazo para hacerlo esta cerca de llegar a su fin. Algunos juristas aseguran que el plazo para reclamar los gastos de la hipoteca puede caducar el 23 de enero de este año. En otras palabras, parece que queda poco tiempo. No obstante, la realidad es que aún no está claro si el plazo va a finalizar ese día. Lo más aconsejable es interponer la reclamación lo antes posible para evitar un disgusto.

Para que puedas hacerlo sin inconveniente, hemos decidido contarte cuáles son los pasos que debes seguir si no quieres perder el derecho a reclamar los gastos de la hipoteca. Además, te contaremos en qué momento se dará a conocer cuándo finaliza el plazo para exigir esa devolución y qué gastos son los que puedes recuperar.

¿En qué momento finaliza el plazo para reclamar los gastos de la hipoteca?

Para comprender por qué se dice que el plazo para reclamar los gastos de la hipoteca termina el próximo 23 de enero, debes saber que el Código Civil indica que tienes hasta cinco años (diez en Cataluña) para exigir la devolución de los gastos hipotecarios. No obstante, la realidad es que los juzgados logran ponerse de acuerdo con respecto a cuándo debe comenzar a correr el tiempo.

Algunos juristas consideran que ese plazo comenzó el 23 de enero de 2019, momento en que el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia por primera vez sobre qué gastos de constitución de hipoteca se podían reclamar. De ser así, el plazo para reclamar los gastos de la hipoteca finalizaría el 23 de enero de 2024.

Sin embargo, también hay juristas que opinan que el plazo inicia cuando un juzgado declara abusiva la cláusula de pago de los gastos contenida en la hipoteca del demandante. Por otro lado, algunos consideran que inició en julio de 2020, cuando el Supremo modificó su jurisprudencia.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se encontrará a cargo de decidir en qué momento llega a su fin la posibilidad de reclamar la devolución del dinero. Su primera sentencia sobre este tema tendrá lugar el próximo 25 de enero, si no hay ningún retraso sorpresivo.

¿Conviene reclamar lo antes posible extrajudicialmente?

Todavía no se sabe con certeza cuándo finalizará ese plazo, no obstante, lo más aconsejable en este caso es ser prudente e interponer lo antes posible tu reclamación. Lo ideal será reclamar directamente ante tu entidad bancaria antes del 23 de enero. Ten en cuenta que esto es gratuito y te dará la posibilidad de detener el tiempo.

¿Cuáles son los pasos a seguir para reclamar los gastos de la hipoteca?

Aquí van los pasos para reclamar los gastos de la hipoteca:

  • Recopilación de documentos: debes buscar las facturas de aquellos gastos de la hipoteca que abonaste indebidamente. Esto te dará la posibilidad de reclamar las cantidades a tu entidad bancaria. En caso de que no las encuentras, lo ideal será revisar tu escritura, esto se debe a que es posible que se desglosen allí.

  • Presentar reclamación: el siguiente paso es presentar tu reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de tu entidad bancaria. En caso de que no logra contactar con él, es posible buscarlo utilizando una herramienta de búsqueda del Banco de España.

  • Guardar mensaje: es importante guardar el mensaje o comunicación que enviaste a tu entidad bancaria para realizar el reclamo de los gastos de la hipoteca. De este modo, en caso de ser necesario, tendrás una manera de demostrar que has exigido la devolución del dinero antes de que el plazo para reclamar llegara a su fin.

Debes tener en cuenta que hay grandes posibilidades de que tu entidad bancaria rechace tu reclamo y te comunique que el plazo para exigir la devolución de los gastos ya ha llegado a su fin. Sin embargo, la realidad es que no debes hacerle caso, ya que la última palabra la tendrá la justicia europea. Es decir, si la justicia sentencia que ese plazo finaliza luego de que tú hayas presentado tu escrito, tendrás la posibilidad de reiniciar tu reclamación nuevamente.

¿Cuáles son los gastos de la hipoteca que se pueden reclamar?

Por otro lado, debes saber que no es posible reclamar la totalidad de lo que has abonado en la constitución de tu préstamo hipotecario. La jurisprudencia del Tribunal Supremo indica que los siguientes gastos son los que tendrás la posibilidad de recuperar en caso de que hayas firmado tu hipoteca antes del 16 de junio de 2019:

  • Todos los honorarios de la gestoría que tramitó la inscripción de tu préstamo hipotecario.

  • La totalidad de los honorarios del Registro de la Propiedad que inscribió tu hipoteca.

  • Todos los honorarios de la tasadora que tasó tu propiedad previo a la contratación del préstamo hipotecario.

  • La mitad de los honorarios de la notaría que escrituró tu hipoteca.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre cómo reclamar los gastos de la hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Si tu banco te cobró todos los gastos de formalización cuando contrataste tu hipoteca tienes derecho a recuperar parte del dinero. Aquí te contaremos cuándo vence el plazo para reclamar los gastos hipotecarios. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Probablemente, ya sabes que si tu banco te cobró los gastos de formalización de la hipoteca, tienes la posibilidad de reclamar parte de ese dinero. Hace tiempo, circulan rumores sobre el plazo para reclamar los gastos hipotecarios. Puntualmente, se dice que ese plazo está por terminar, para ser precisos, dentro de tres meses, el 23 de enero de 2024.

No obstante, la realidad es que no está del todo claro que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios finalice tan pronto. Es importante tener en claro que el caso se encuentra en manos de la justicia europea, de hecho, ni el Tribunal Supremo lo sabe. Por otro lado, incluso si caduca en tres meses, hay una forma muy simple de extender el tiempo. Aquí resolveremos todas tus dudas al respecto.

Los gastos hipotecarios: ¿Qué son y por qué son considerados abusivos?

En primer lugar, es necesario dejar en claro a qué nos referimos cuando hablamos de los gastos de un préstamo hipotecario. A la hora de contratar una hipoteca, se generan ciertos gastos de formalización, esto incluye notaría, registro, gestoría, tasación y el impuesto sobre actos jurídicos documentados. Las entidades bancarias, hasta hace poco tiempo, exigían al cliente el pago de todos, o casi todos.

Se trata de una práctica que fue declarada abusiva por los tribunales, que establecieron que el banco debía hacerse cargo del pago de la tasación, la gestoría, el registro y la mitad de la notaría. El 16 de junio de 2019 entró en vigor una ley que exige al banco abonar todos los gastos de formalización, excepto la tasación de la vivienda.

En otras palabras, si has contratado tu préstamo hipotecario previo al 16 de junio de 2019 y el banco te cobró gastos hipotecarios que tenía que abonar él, tienes derecho a reclamar el dinero que no debías pagar.

¿Hasta cuándo es posible reclamar los gastos hipotecarios?

La realidad es que el plazo para realizar el reclamo no durará para siempre. Según el Código Civil, cuentas con cinco años (diez en Cataluña) para solicitar la devolución de los gastos hipotecarios. No obstante, los juzgados no logran ponerse de acuerdo con respecto a cuándo empieza a correr ese período de prescripción.

Es aquí cuando aparece el Tribunal Supremo. En julio de 2021, el Tribunal Supremo preguntó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cuándo comienza ese plazo de cinco años. Puntualmente, el cuestionamiento es el siguiente.

Cuando la cláusula de pago de los gastos se declara abusiva

Si comienza cuando la cláusula de pago de los gastos de tu hipoteca se declara abusiva, los cinco años contarían a partir de que un juez analizara tu escritura y declarara abusiva esa cláusula. En otras palabras, en la práctica, no caducaría. Esto se debe a que en la misma demanda solicitarías la anulación de la cláusula y la devolución del dinero.

Cuando el Supremo sentó jurisprudencia sobre devolución de los gastos

Por otro lado, si comienza cuando el Supremo sentó jurisprudencia sobre la devolución de los gastos, el 23 de enero de 2019, el plazo finalizaría el 23 de enero de 2024.

Cuando la justicia europea sentó jurisprudencia sobre las operaciones sujetas a plazos de prescripción

Si comienza cuando la justicia europea sentó jurisprudencia sobre las operaciones sujetas a plazos de prescripción, el 9 de julio de 2020 y el 16 de julio de 2020, el plazo finalizaría el 9 de julio o el 16 de julio de 2025.

El TJUE tramitó esta situación, pero aún no se ha solucionado. Sin embargo, hace algunas semanas, se llevó a cabo una vista oral para tratar una cuestión prejudicial parecida mandada por un juzgado de Barcelona. Por ende, es probable que la justicia europea dicte sentencia en unos meses.

¿Es conveniente reclamar los gastos hipotecarios ahora?

Lo más aconsejable, es que reclames los gastos hipotecarios ante tu entidad bancaria. Mientras esperas la sentencia, lo ideal es comenzar a actuar por si el plazo para reclamar finaliza realmente el 23 de enero de 2024.

El artículo 1.973 del Código Civil, establece que “la prescripción de las acciones se interrumpe por su ejercicio ante los Tribunales, por reclamación extrajudicial del acreedor y por cualquier acto de reconocimiento de la deuda por el deudor”. Esto significa que, si optas por reclamar los gastos a tu entidad bancaria antes del 23 de enero de 2024, podrás detener el plazo de caducidad.

Lo más probable es que la entidad bancaria rechace tu reclamación y te diga que el plazo ya ha caducado, sin embargo, eso no es cierto. Una vez que la justicia europea se pronuncie sobre hasta cuándo es posible exigir la devolución del dinero, tendrás la posibilidad de reiniciar la reclamación, puede ser ante tu banco o en los tribunales. De este modo, no temerás que te afecte la prescripción.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre el plazo para reclamar los gastos hipotecarios. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Aquí te contaremos en qué comunidades es posible desgravar la hipoteca este año. Si bien es cierto que la desgravación por vivienda habitual fue eliminada de la Declaración de la Renta, aún hay contribuyentes que pueden acceder a ella. Continúa leyendo el artículo para saber cuáles son.

¿Qué es desgravar la hipoteca?

En primer lugar, es necesario aclarar en qué consiste desgravar la hipoteca. Cuando hablamos de la deducción por adquisición de vivienda habitual nos referimos a un beneficio fiscal que brinda la posibilidad de abonar menos por el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Se trata de una deducción de la hipoteca que se aplica sobre los gastos que se pagan al momento de comprar una vivienda incluyendo los gastos contratados para la financiación. Estos costes, serán descontados sobre el IRPF en el siguiente ejercicio de la Declaración de la Renta.

Entonces, la deducción por compra de vivienda habitual es una de las rebajas más grandes a las que se puede acceder en la declaración de la Renta. No obstante, la realidad es que no todos tienen la posibilidad de acceder al mismo tipo de deducción. Los factores más importantes para determinarlo son: el año de la compra y la localización de la vivienda. Dependerá de estos factores que puedas, o no, acogerte a ciertas deducciones si has comprado una vivienda. Aquí te contaremos en qué comunidades es posible desgravar la hipoteca este año y a cuánto subirá esta rebaja en cada una de ellas.

Desgravar hipoteca en 2023

La deducción de la hipoteca por la vivienda habitual se eliminó el 1 de enero de 2013. No obstante, la realidad es que varios contribuyentes aún tienen la posibilidad de acogerse a ella. Para conseguirlo, será necesario cumplir con algunos requisitos:

  • La vivienda hipotecada debe ser una vivienda habitual.
  • La compra de la vivienda debe haberse llevado a cabo previo al 1 de enero de 2013.
  • Será necesario que se haya aplicado una deducción para desgravar la hipoteca en el ejercicio de 2012 o en algún ejercicio de la Renta anterior.
  • La deducción por vivienda habitual en la Declaración de la Renta únicamente se encuentra disponible para quienes hayan realizado la compra antes del 1 de enero de 2013.
  • Más allá de la compra, esta deducción se encontrará disponible para aquellos que hayansolicitado un préstamo hipotecario para construir una casa, ampliar o rehabilitar una propiedad antes de esa fecha. Recuerda que debe ser una vivienda habitual.

¿Qué cantidad podré desgravar de la hipoteca?

La cantidad máxima a deducir por un préstamo hipotecario en la Declaración de la Renta es del 15% sobre las cantidades satisfechas en el año con un máximo de 9040 euros. No obstante, el 15% se dividirá en dos partes: un 7,5 % estatal y un 7,5 % autonómico.

Los contribuyentes tendrán la posibilidad de deducirse, como tope máximo, 9040 euros en la Declaración de la Renta en concepto de compra de vivienda habitual.

El tramo autonómico es del 7,5%, sin embargo, en Cataluña escala hasta un 9%. Eso sí, para conseguirlo será necesario cumplir con alguno de los siguientes requisitos:

  • Debe tratarse de compras de viviendas llevadas a cabo antes de agosto de 2021.
  • Tendrán que ser contribuyentes que tengan menos de 32 años.
  • Deberá haber estado en paro durante al menos la mitad del ejercicio de la Renta del año en curso.
  • Contar con un grado de discapacidad mayor al 65%.
  • Que haya al menos un hijo en la unidad familiar.

¿Sobre qué gastos es posible aplicar la deducción por vivienda habitual?

Se podrá incluir todo lo que se abone por el préstamo hipotecario de manera anual. Se trata de los gastos hipotecarios que incluyen los siguientes:

  • Cuotas hipotecarias.

  • Las comisiones hipotecarias, es decir, la comisión de apertura, amortización anticipada, novación, entre otros.

  • El coste de los productos asociados a la hipoteca, por ejemplo, seguro de vida, de protección de pagos, entre otros.

  • Amortización anticipada de la hipoteca.

  • Los gastos por modificación de condiciones del crédito.

  • Gastos de cancelación registral.

País Vasco y Navarra

La comunidad autónoma en la que se pueden incluir como deducción en la Declaración de la Renta la mayor cantidad de gastos hipotecarios es el País Vasco. Además, también incorpora gastos extra que podrán ser incluidos como deducción por hipoteca dentro de la Declaración de la Renta. Se trata de gastos de constitución, de compraventa, incluso las cantidades abonadas al contado por la compra de una propiedad.        

Por otro lado, País Vasco y Navarra aplican un régimen foral diferente al que manejan las demás comunidades. Es por esto que son excepciones a lo explicado anteriormente. En el caso del País Vasco, no hay una fecha límite para aplicar la deducción. Allí, los contribuyentes pueden acceder a una deducción de hasta el 18% de las cantidades satisfechas en concepto de hipoteca.

En Navarra, los contribuyentes tienen la posibilidad de acogerse a la deducción por vivienda habitual siempre que la vivienda hipotecada haya sido adquirida antes del 1 de enero de 2018. Aquí, la desgravación será hasta el 15% con un tope máximo de 7000 euros. 

Otras deducciones autonómicas para préstamos hipotecarios

Más allá de desgravar la hipoteca a nivel estatal, también hay una serie de deducciones en vivienda en cada comunidad autónoma. Entre ellas, se encuentran las deducciones por compra de vivienda en zonas en riesgo de despoblación, por rehabilitación energética, por compra de vivienda protegida o deducciones por compra de vivienda para menores de 35 años. En poco tiempo comenzará la campaña de la Renta 2022 y se podrá saber qué rebajas establece cada comunidad autónoma.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre en qué comunidades es posible desgravar la hipoteca este año. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que necesitas saber sobre la provisión de fondos de hipoteca y cuánto podría devolverte el banco. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Es muy probable que hayas oído hablar sobre el concepto provisión de fondos. Sin embargo, por lo general no suele ser un concepto que se comprende del todo para aquellos que aún no firmaron un contrato hipotecario. Si ya lo has firmado, es probable que te suene un poco más.

Probablemente, ya sabes que, para que te sea posible la concesión de un préstamo hipotecario para la compra de una vivienda será necesario contar con unos ahorros del 20% del valor de la casa. Esto se debe a que, en la mayoría de los casos, el banco te financiará solo un 80%. No obstante, a este 20% es necesario añadirle otro 10% o 12% aproximadamente. Este dinero se destina al pago de los gastos que se generan en la compraventa de la vivienda y la firma del préstamo hipotecario.

Aquí, te explicaremos de qué modo calcula la entidad bancaria este importe y qué dice la ley hipotecaria sobre la provisión de fondos de hipoteca.

¿De qué se trata la provisión de fondos de hipoteca?

Cuando hablamos de provisión de fondos nos referimos a una cantidad de dinero que el banco solicita por adelantado para lograr afrontar los servicios que nos van a prestar. La entidad bancaria, al concedernos un préstamo hipotecario, se encargará de realizar una estimación sobre cuáles son los gastos que tenemos afrontar para finalizar la operación compraventa de la vivienda. Como hemos mencionado, lo más habituales que ronde el 10% del valor total del inmueble hipotecado, se trata de un porcentaje que tendremos que tener ahorrado.

La entidad bancaria solicitará al cliente que ingrese una cantidad en la cuenta para afrontar los gastos que se generan con la compraventa y liquidar de manera correcta los costes iniciales de la operación.

Entonces, la provisión de fondos se trata de la cantidad de dinero que el banco solicita por adelantado a su cliente para abonar los servicios que nos van a prestar

¿Por qué motivos puede variar el importe de la provisión de fondos?

La provisión de fondos siempre ha incluido diferentes gastos, aquí te explicaremos cuáles son:

  • Tasación de la vivienda: se trata de la evaluación que realiza un técnico especializado para saber cuál es el valor de un inmueble. En el caso de que se haya negociado con el banco, la tasación puede ser uno de los gastos que se incluirá en la provisión de fondos

  • Gastos del crédito hipotecario: consiste en los gastos de apertura del préstamo hipotecario y las comisiones de la operación. Es muy importante que, previo a firmar, tengas en claro a cuánto ascienden estos gastos para poder comparar de manera correcta

  • ITP o IVA: en caso de que la vivienda que vayas a comprar sea de segunda mano, será necesario abonar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Por otro lado, si se trata de una construcción de obra nueva, el impuesto a pagar es el IVA.

  • Inscribirse en el Registro de la Propiedad: consiste en inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad. Se trata de un paso fundamental para el cambio de nombre y propiedad de la vivienda. La casa se escritura en torno a un 6 o 8% del valor de la propiedad.

  • Honorarios del notario: los precios por este tipo de servicio se encuentran entre 600 y 875 euros, esto puede variar según del precio del inmueble. El notario se ocupará de redactar el contrato de compraventa para que este cumpla con la ley vigente.

  • Honorarios de la gestoría: es muy habitual que la entidad bancaria facilite una gestoría para tramitar la operación. De este modo logra asegurarse de que se abonan correctamente los impuestos.

  • Impuestos de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): Es un impuesto de carácter autonómico que debemos abonar en caso de que deseemos comprar una vivienda. Su precio puede variar según la Comunidad Autónoma a la que pertenezca la vivienda en cuestión.

Gastos abusivos

A partir de que el Tribunal Supremo consideró nulos por abusivos ciertos gastos que hasta el momento debía pagar el cliente, el banco es el que debe abonar por los aranceles notariales, el registro, la gestoría o el IAJD. Al cliente únicamente le corresponde afrontar el gasto de la tasación de la vivienda. Es por este motivo que, hoy en día el importe de la provisión de fondos es bastante más bajo.

¿Cuánto tarda la entidad bancaria en devolver la provisión de fondos de un préstamo hipotecario?

El banco calcula al alza el valor de la provisión de fondos y, una vez que fueron pagadas las cantidades de los servicios, el sobrante debe ser liquidado por parte de la entidad bancaria. El banco puede tardar algunos meses en llevar a cabo la liquidación de la provisión de fondos. El importe que te podría devolver variará dependiendo de si el cálculo del banco fue ajustado o fue más alto de lo que realmente has terminado abonando.

La entidad bancaria deberá entregar las facturas y justificantes de cada uno de los cargos realizados y liquidará el importe restante. Tú tendrás que ocuparte de revisar que el importe corresponda al sobrante y aceptar la liquidación para que la entidad bancaria pueda ingresarlo nuevamente en tu cuenta. Ten en cuenta que la entidad nunca podrá quedarse con el sobrante de la provisión de fondos, ya que este dinero te corresponde.

¿Cómo reclamar si el banco te cobró de más?

Previo al 16 de junio de 2019, los bancos cobraban más de lo que debían a sus clientes por la concesión de un préstamo hipotecario. Es por este motivo que, si firmaste previo a esa fecha, cuentas con el derecho de solicitar los gastos de registro, gestoría, tasación y la mitad de los de la notaria. Para hacerlo deberás reunir cada una de tus facturas e interponer una reclamación al Servicio de Atención al Cliente de tu entidad bancaria si no te interesa ir a juicio, o bien, ante el juzgado de cláusulas abusivas de tu provincia.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la provisión de fondos de hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuáles son los ingresos anuales que requieres para afrontar el pago de la hipoteca sin inconvenientes. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Al momento de realizar la compra de una casa, existe una gran cantidad de factores que debemos tener en cuenta. Entre ellos, se encuentran los ahorros disponibles con los que contamos, los ingresos anuales de la familia, el valor del inmueble que se tiene intención de comprar, el descuento que se pueda llegar a obtener o las condiciones hipotecarias. Para poner un ejemplo, San Sebastián se trata de la capital con el desequilibrio más grande entre los actuales ingresos medios de los hogares que se ubica en unos 45 031 euros/año aproximadamente, y la ganancia teórica necesaria, que se trata de unos 62 891 euros/año, para poder abonar la cuota hipotecaria de una casa tipo piso por 437 000 euros, el valor medio de la oferta en la ciudad en el marketplace inmobiliario del sur de Europa.

Ingresos anuales familiares

Para comprenderlo, realizaremos un análisis del mercado de la vivienda por capitales de provincia en el último trimestre considerando el valor medio de los pisos en ese periodo. Además, llevaremos a cabo un estudio en el que definimos cuáles son los ingresos anuales familiares que se requieren para comprar un inmueble. Serán calculados a partir de un préstamo hipotecario a tipo fijo al 1,19% a 30 años, aportando el 20% del valor de la vivienda como entrada, considerando también el descuento de negociación por zonas, y conservando el criterio de los principales organismos económicos que aconsejan destinar, como mucho, un tercio de los ingresos a los gastos destinados a la hipoteca.

Por detrás de San Sebastián se ubican, Palma, Barcelona, Madrid y Bilbao. En cada una de ellas, es necesario que cada hogar ingrese más que actualmente para lograr acceder a una hipoteca que no represente grandes cargas.

Palma

En Palma, los ingresos medios por hogar hoy en día se sitúan en 45 000 euros anuales. Sin lugar a dudas, tampoco resultan suficientes para hacer frente un préstamo hipotecario con soltura para costear un piso comprado por 345 000 euros de media. El salario por hogar teórico subiría a 49 463 euros por año, se trata de un desequilibrio más bajo que en San Sebastián.

Barcelona

Por su lado, en Barcelona, la diferencia entre el salario teórico y el real crece nuevamente para lograr costear todo lo vinculado con una vivienda de 329 000 euros. Mientras, los ingresos reales por familia son de 38 413 euros al año, deberían escalar a unos 47 413 euros anuales para que sea posible destinar un tercio de ellos a la hipoteca.

Madrid

Madrid cuenta con un desequilibrio más bajo, si bien todavía no es suficiente con unos ingresos anuales medios de 42 824 euros para acceder con mejor solvencia un piso a un valor medio de 302 000 euros. El ingreso teórico por año debería ascender hasta unos 44 122 euros. No es tan lejano como el de San Sebastián, Palma y Barcelona.

Bilbao

Con Bilbao finalizamos este análisis de las capitales con los desequilibrios ingresos/gastos vivienda más amplios. En Bilbao, el ingreso medio por familia llega a los 34 824 euros al año. Por otro lado, los cálculos para que la cuota hipotecaria sea asequible nos indican que debería ascender hasta los 40 004 euros anuales para una vivienda mediana de 280 000 euros.

¿Dónde es más accesible hacer frente a la hipoteca?

Entre los lugares donde es más accesible pagar el préstamo hipotecario sobre la vivienda se encuentran Valencia, Málaga o Sevilla.

En las demás capitales de provincia, el pago de la cuota mensual hipotecaria de la vivienda implica un gasto bastante más equilibrado, en algunos casos más que otros. Sin embargo, siempre respetando la idea de destinar un tercio de los ingresos al pago de los gastos de la vivienda, y con los criterios aplicados para el cálculo de la cuota hipotecaria.

Mercados inmobiliarios importantes

En los mercados inmobiliarios más importantes como Málaga con unos 36 857 euros anuales, Valencia con 34 536 euros/año o Sevilla con 33 550 euros al año, las ganancias medias actuales de las familias son capaces de hacer frente al pago del préstamo hipotecario para la compra de un piso al precio medio de 198 000 euros, 191 000 euros o 175 000 euros, respectivamente. El cálculo teórico de los ingresos por vivienda en estas capitales para afrontar la hipoteca sería: Málaga a 28 841 euros/año, Valencia con 27 533 euros/año o Sevilla con 33 550 euros/año.

Ingresos anuales más bajos

Algunas capitales como Ávila, Huelva o Lleida son ciudades donde se requieren unos ingresos anuales menores para lograr hacer frente al pago del préstamo hipotecario si un hogar tuviera que hacer frente a la compra de un inmueble al precio medio ofertado hoy en día. Con los ingresos medios actuales por hogar de 26 478 euros anuales en Ávila, 23 873 euros anuales en Huelva y 23 660 euros anuales en Lleida, es suficiente para comprar un piso mediano de 100 000 euros, 99 000 euros, y 103 000 euros, respectivamente. Podrían asumir la cuota hipotecaria sin problemas. Ya que el saldo teórico en cada una de ellas sería de 13 918 euros anuales, 14 251 euros anuales y 14 366 euros anuales.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión los ingresos anuales que se requieren para hacer frente a la hipoteca sin inconvenientes. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Seguramente, en el último tiempo has escuchado hablar de los gastos de notaría. ¿A qué se debe esto? Es muy simple, se ha conocido recientemente que el Tribunal Supremo ha optado por mantener la línea jurisprudencial que ha sido delimitada por la sentencia expedida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el 16 de julio del año pasado, 2020. En este, se decreta que las entidades bancarias deben pagar una mitad de los gastos de notaría, mientras que la otra mitad queda a cargo del consumidor.  Por otra parte, los gastos que implican la gestoría serán totalmente atribuidos a los bancos. 

Siguiendo con esta continuidad jurisprudencial, la cual ya había sido delineada el año pasado por parte del Alto Tribunal español, es que una cosa se puede notar. La controversia que había causado la diferencia del criterio entre las distintas Audiencias Provinciales en lo que respecta a la imputación de gastos de notaría tiene un nuevo capítulo. Sigue leyendo si quieres saberlo todo al respecto!

Los gastos de notaría: A qué se debe que comiencen a ser pagados en parte iguales?

Es de público conocimiento que los gastos de notaría deben ser pagados entre ambas partes, es decir, el hipotecado y la entidad financiera que otorga el préstamo. De todas formas, ¿sabes a qué se debe esto? ¿Tenías noción de que hay una larga historia detrás de este decreto? A continuación pasamos a contarte un poco más al respecto.

Los gastos de notaría y un entorno de polémica

En el año 2010, dos consumidores del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, mejor conocido por sus siglas de BBVA, se suscribieron un contrato de un préstamo hipotecario con la entidad bancaria. Unos 6 años más tarde, en el 2017,  interponen una demanda de juicio ordinario contra el banco BBVA a causa de cláusulas abusivas del contrato. 

En primer lugar, una cláusula de suelo-techo. Esta cumplía el rol de limitar el tipo de interés a la baja.

En segundo lugar, ellos mencionaron el hecho de que la imputación de todos los gastos derivados a la hipoteca corrían, únicamente, por parte del consumidor.

Es de esta manera como, a causa de la demanda de juicio presentada que la instancia de Oviedo declara como nulas ambas cláusulas y condena al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a que devuelva un monto de €1.349,10. Este monto se dio en calidad de gastos de la escritura de la hipoteca, con los intereses legales devengados desde la fecha de la celebración del contrato.

Los gastos de notaría y la confusión en la Audiencia Provincial

En el año 2018, la entidad bancaria BBVA, la cual ya se encontraba condenada, aplicó el recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias. Esta institución estimó parcialmente el recurso y consideró que algunas cláusulas enmendadas por la primera instancia eran válidas. En consecuencia, muchos de los consumidores que se encontraban afectados por la entidad bancaria entraron en un estado de gran confusión. ¿A qué se debía esta incertidumbre? Es muy simple, pues era el prestatario el que estaba interponiendo una sentencia de apelación. Es decir, el monto que la entidad bancaria debía pagar se redujo enormemente, pues de los €1.349,10 que se habían calculado en la primera se redujeron a €477,23

El caso se eleva al Tribunal Supremo

Todas aquellas personas que estaban furiosas por lo decretado en la Audiencia Provincial de Asturias se unieron e interpusieron un recurso de casación. En este mismo invocaron dos artículos de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCyU):

En este recurso establecieron que hubo una infracción del artículo 89.3 de la TRLGDCyU, el cual decreta lo siguiente:

La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por ley corresponda al empresario. En particular, en la compraventa de viviendas.

Inciso obtenido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

También marcaron que hubo una infracción del artículo 82.2 de la TRLGDCyU, el cual decreta lo siguiente:

El hecho de que ciertos elementos de una cláusula o que una cláusula aislada se hayan negociado individualmente no excluirá la aplicación de las normas sobre cláusulas abusivas al resto del contrato.  El empresario que afirme que una determinada cláusula ha sido negociada individualmente, asumirá la carga de la prueba.

Inciso obtenido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

La resolución sobre los gastos de notaría

Luego de lo presentado por los hipotecados se llevó a cabo el recurso de casación. Recordemos que el tribunal no sólo actúa según su propia jurisprudencia, sino que tiene en cuenta las sentencias que el TJUE emana respecto a los criterios que guían la distribución de impuestos y gastos de los préstamos hipotecarios dispuestos con anterioridad. En este caso se enumeró la jurisprudencia más reciente en materia de créditos inmobiliarios. En efecto, se nombró la STS 457/2020 de 24-07-2020, la cual incorporó por primera vez en sus fundamentos a la sentencia realizada el 16 de julio de 2020 del TJUE.

Es entonces que el Supremo dejó en constancia lo siguiente:

  • En lo que respecta a los gastos de notaría siempre deben ser abonados por aquellos que se encuentren interesados. Teniendo en cuenta que en los préstamos hipotecarios ambas partes tienen atracción, es que deben abonarlos en partes iguales, es decir, abonar la mitad.
  • En lo que respecta a los gastos de gestoría, la entidad bancaria es la que debe realizar el pago si es que el contrato es celebrado de manera previa a la Ley 5/2019.

Es entonces que el fallo realizado por el tribunal estima, de manera parcial, la pretensión de los consumidores. En efecto, se decreta que los gastos de notaría deben dividirse entre ambas partes, mientras que los gastos de gestoría le corresponden en su totalidad a la entidad bancaria. A causa de que la sentencia se modifica, el banco BBVA debe devolverle a los afectados un total de €1006,4 euros.

Entonces…

Esperamos que te haya resultado útil e interesante el artículo del día de la fecha. A nosotros nos encantaría saber qué es lo que piensas al respecto, y para ello… ¡Déjanoslo saber en los comentarios!

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Luego de que se conociera la sentencia  que favoreció a un cliente en la disputa por el pago de los gastos hipotecarios, no hay demasiadas certezas con respecto a las fechas límite para reclamar al banco

No existen en la actualidad afirmaciones concluyentes sobre los plazos para hacer reclamos ante las entidades financieras. Es que, desde que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminase en julio de 2020 que los gastos y comisiones de apertura debían quedar a cargo de los bancos, no se vislumbra un plazo certero para hacer las reclamaciones o cuando ya no se puede.

Según esta sentencia, cada país miembro debe regular y distinguir el plazo para reclamar la nulidad de la cláusula y para la restitución que se deriva de dicha nulidad. Esto se debe dar siempre y cuando este último no haga difícil o imposible la reclamación a que tiene derecho el consumidor. Estos plazos podrán comenzar a correr desde el momento en el que el consumidor se anoticia de que puede reclamar.

Luego de esa declaración del Tribunal se volvió más turbia la decisión de los plazos para los reclamos en cada país. Y es que ya se tenía, por lo menos en España, preestablecido que los importes que se iban a reintegrar al consumidor tendrían el mismo recorrido que la nulidad de la cláusula de gastos, con lo cual se suponía que eran imprescriptibles.

Si quieres saber cuáles son las recomendaciones de los expertos para la fecha de reclamo ante los bancos, no dejes de leer este post!

Qué dictaminó el Tribunal Supremo respecto de los gastos hipotecarios?

Según las últimas sentencias del Tribunal Supremo, el banco deberá asumir el 100% de la tasación, de la gestoría y el registro, así como el 50% de la notaría. Esto corresponde a las escrituras firmadas con anterioridad a la sanción de  la ley hipotecaria en junio de 2019, y siempre que la cláusula de los gastos hipotecarios sea considerada nula. Por parte del cliente lo que le toca pagar es el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), así como el otro 50% de la notaría.

Cuándo es imprescriptible la presentación ante la justicia?

Hay varias consideraciones para hacer al respecto. En el caso de que se solicite la nulidad de la cláusula y sus consecuencias económicas, se deberían derivar dentro del mismo procedimiento las consecuencias económicas de dicha declaración de nulidad. Para tal fin los clientes deberán aportar a la demanda judicial que se presente, las facturas abonadas en ese período por ese concepto. En estas circunstancias para muchos juristas  la acción es imprescriptible.

Por otra parte, si se  solicita la nulidad de la cláusula y sus consecuencias, pero no se adjuntan a la demanda judicial las facturas para la determinación de los importes, los plazos varían. Aquí el consumidor tendrá 5 años a partir de la fecha de la sentencia que dictó la nulidad de la cláusula.

Cuáles son las fechas límite para reclamar que se conocen en la actualidad?

En diciembre pasado muchos consumidores entraron en alarma pensando que el último  día para reclamar los gastos hipotecarios era el 28 de ese mes. Lo que sucedió fue que se trataba del plazo más restrictivo y se trató como fecha límite de forma preventiva.

Sin embargo y a pesar de que no existen certezas, los juristas bajan varias fechas límite para presentarse.  El Ministerio de Consumo había anunciado que el plazo para reclamar finalizaba el pasado 21 de enero, teniendo como base la fecha de publicación de la primera Sentencia del Tribunal Supremo que se había pronunciado sobre la cláusula de gastos. Esta se decretó el 23 de diciembre de 2015 aunque luego fue publicada el 21 de enero de 2016. De todas maneras, el Ministerio no registró que a esa fecha habría que añadirle los 82 días del primer estado de alarma, por lo cual este plazo finalizaría el 13 de abril de 2021 próximo.

Otras fechas que se tienen sobre la mesa son las de las Sentencias del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2019. En ese momento el Tribunal hizo un reparto de los gastos que algunos tildaron de salomónico por lo cual se vio obligado a modificar. Estas diferencias las sustentó en las sentencias de octubre de 2020, refiriendose al gasto de la gestoría, y la de enero de 2021, que estableció el gasto referido a la factura de tasación. 

Cuáles son las recomendaciones de los expertos sobre las fechas límite para reclamar?

Es por esto que aún no se sabe cuál será el criterio que sirva de unificación a la cantidad de fechas de las que se habla. En todo caso deberá ser el Tribunal Supremo quien dirima esta polémica. Sin embargo,  ante tanta diversidad de opiniones  lo más razonable sería que el mismo empezara a correr desde que definitivamente el consumidor sabe cuál es el importe que se puede reclamar. Además sería importante que el cliente lleve la cuenta de lo que ha variado a lo largo de cuatro años. La última fecha que determinó que los gastos de tasación debían ser pagados por el banco fue el 27 de enero de 2021. Por lo tanto el plazo debería extenderse hasta el 27 de enero de 2026.

Lo más recomendable es no esperar de más y hacer la reclamación extrajudicial para poner el contador del plazo de la prescripción en cero.

De qué forma se reclaman los gastos hipotecarios

Presentar una reclamación ante el banco

El primer paso es reclamar ante el Servicio de Atención al Cliente de la entidad con la que se firmó el préstamo hipotecario. Si la entidad se fusionó o absorvió al bando que nos dio la hipoteca deberemos reclamar ante la nueva entidad.

Interponer la demanda judicial

Si transcurrieron dos meses desde que se presentó el reclamo y no hubieron respuestas o la misma fue negativa, el cliente puede interponer la correspondiente demanda judicial. Esta deberá ser asentada ante el partido judicial del domicilio del prestatario o deudor o del domicilio social del banco, indistintamente.

Qué se solicita en la demanda?

La demanda solicitará que el Juzgado plantee la nulidad de la cláusula por abusiva. Además en la misma se pedirá la restitución de los gastos abonados como consecuencia de dicho pacto. Estos deben estar correctamente adjuntados con documentos y facturas. Para este procedimiento será necesaria la intervención de un Abogado y Procurador.  Los gastos de este proceso correrán a cuenta del banco. Esto sucederá siempre y cuando la entidad no haya querido llegar a un acuerdo extrajudicial. Con esta decisión se sobreentiende que obligó al cliente a acudir a los tribunales a reclamar lo mismo. 

Qué necesito para reclamar los gastos hipotecarios?

Lo que se recomienda es reclamar todos los gastos más sus intereses legales desde la fecha del pago de cada uno de ellos. Para ello será necesario aportar las facturas en las que se acredite  lo que pagó por cada concepto.

¿Te fue útil esta información? Conocés más sobre las fechas límite para reclamar ante el banco? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, por lo que si tienes algo para comentarnos puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

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