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Gastos de notaría

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Aquí te contaremos quién debe hacerse cargo de los gastos de notaría en la compra de una vivienda. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Si tienes la idea de comprar una vivienda con hipoteca deberás, sí o sí, visitar al notario. De hecho, como mínimo, deberás ver al notario en dos ocasiones. Sin embargo, la realidad es que esto no quiere decir necesariamente que debas pagar los gastos de notaría por la compra de tu vivienda.

¿Quién es el notario?

En primer lugar debemos dejar en claro de qué se trata la figura del notario. Se trata de una figura fundamental en el proceso para acceder a un préstamo hipotecario y también en el de la compra de una vivienda. 

Cuando hablamos de un notario nos referimos a un funcionario público autorizado que se ocupa de dar fe, conforme a las leyes, de contratos y actos extrajudiciales. En el caso de un préstamo hipotecario y la compra de una vivienda, el notario tiene dos funciones:

  • Dar fe: por un lado, debe dar fe de la operación y elevarla a documento público. En otras palabras, se encarga de certificar por medio del acta notarial que lo que pone en el contrato cumple con la legalidad y que aquellos que dicen firmarlo lo hacen libremente.
  • Comprensión del contrato: además, el notario tiene la obligación de asegurarse que el cliente comprende el contenido del préstamo hipotecario o las implicaciones de la compra. Dicho de otro modo, el notario se encargará de aclarar cualquier duda que le puedas plantear con respecto al préstamo hipotecario.

En resumen, el notario es una figura que te ayudará con la operación, tanto la de la compra como la de la firma del préstamo hipotecario. Por ese motivo es obligatorio visitarlo como mínimo, diez días previos a la firma del contrato del préstamo hipotecario. De este modo, el notario tendrá la posibilidad de verificar que el préstamo hipotecario se encuentra en regla, que el cliente cuenta con toda la información que necesitas y además, que la comprende perfectamente.

¿Cuáles son los gastos de notaría para la compra de una vivienda?

Los gastos de notaría al comprar una vivienda y firmar el préstamo hipotecario se encuentran regulados por el Estado. En concreto, el coste de escriturar un inmueble es de, aproximadamente, entre el 0,2% y el 0,5% del valor de la vivienda que figura en el contrato. A partir de ahí, el notario tiene la posibilidad de aplicar un descuento del 10%.

¿Quién debe hacerse cargo de los gastos de notaría por la compra de la vivienda?

El vendedor es quien debe ocuparse de los gastos de notaría en la compra de una vivienda. Si eres comprador, únicamente, deberás hacerte cargo de abonar el coste de tu copia del documento.

¿Qué sucede con los gastos de notaría en una hipoteca?

Cuando se trata de un préstamo hipotecario el funcionamiento es bastante parecido. Los gastos de notaría deberán ser abonados por la entidad financiera. El cliente solo deberá pagar el precio de la copia de la escritura.

¿Cómo calcular el precio de la escritura de un inmueble?

Los gastos de notaría son uno de los gastos que aparecen al momento de comprar una vivienda. El precio dependerá de algunos factores:

  • El valor de la vivienda, es decir, la cantidad que hayas abonado por el inmueble.
  • La cantidad de folios del documento.
  • Las copias que deban realizarse del mismo.

Por otro lado, más allá de estos gastos, el coste final de escriturar una vivienda también incluirá:

El coste de inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad. Se trata de algo que puede hacer el mismo notario, una gestoría o bien, que puedes realizar por cuenta propia.

Los impuestos de la compra de la vivienda. Esto incluye el IVA o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para el comprador y la Plusvalía Municipal para el vendedor, del mismo modo que el Impuesto de Actos Jurídicos y Documentales.

¿El cliente tiene la posibilidad de elegir al notario que desee?

La respuesta es, sin lugar a dudas, sí. El cliente tiene la posibilidad de elegir el notario que desee para llevar a cabo la firma del préstamo hipotecario.

De hecho, desde el Consejo General del Notariado se ocupan de dejarlo en claro y de explicar que, siempre que una parte sea un consumidor y la otra una entidad financiera, un empresario o un promotor inmobiliario, el derecho a elegir siempre será para el consumidor. 

No existe una entidad financiera que tenga el derecho de imponer a su notario, lo que sí tienen permitido hacer es recomendarlo. El principal beneficio de llevar a cabo la firma con el notario con el que trabaja la entidad financiera es que, por lo general, el proceso para realizar la firma del préstamo hipotecario será algo más rápido. Esto se debe a que el notario estará al tanto sobre los préstamos hipotecarios que ofrece la entidad y también, conocerá a su departamento legal.

No obstante, es importante tener en claro que quien debe elegir el notario en el préstamo hipotecario eres tú.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre quién debe hacerse cargo de los gastos de notaría en la compra de una vivienda. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Seguramente, en el último tiempo has escuchado hablar de los gastos de notaría. ¿A qué se debe esto? Es muy simple, se ha conocido recientemente que el Tribunal Supremo ha optado por mantener la línea jurisprudencial que ha sido delimitada por la sentencia expedida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), el 16 de julio del año pasado, 2020. En este, se decreta que las entidades bancarias deben pagar una mitad de los gastos de notaría, mientras que la otra mitad queda a cargo del consumidor.  Por otra parte, los gastos que implican la gestoría serán totalmente atribuidos a los bancos. 

Siguiendo con esta continuidad jurisprudencial, la cual ya había sido delineada el año pasado por parte del Alto Tribunal español, es que una cosa se puede notar. La controversia que había causado la diferencia del criterio entre las distintas Audiencias Provinciales en lo que respecta a la imputación de gastos de notaría tiene un nuevo capítulo. Sigue leyendo si quieres saberlo todo al respecto!

Los gastos de notaría: A qué se debe que comiencen a ser pagados en parte iguales?

Es de público conocimiento que los gastos de notaría deben ser pagados entre ambas partes, es decir, el hipotecado y la entidad financiera que otorga el préstamo. De todas formas, ¿sabes a qué se debe esto? ¿Tenías noción de que hay una larga historia detrás de este decreto? A continuación pasamos a contarte un poco más al respecto.

Los gastos de notaría y un entorno de polémica

En el año 2010, dos consumidores del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, mejor conocido por sus siglas de BBVA, se suscribieron un contrato de un préstamo hipotecario con la entidad bancaria. Unos 6 años más tarde, en el 2017,  interponen una demanda de juicio ordinario contra el banco BBVA a causa de cláusulas abusivas del contrato. 

En primer lugar, una cláusula de suelo-techo. Esta cumplía el rol de limitar el tipo de interés a la baja.

En segundo lugar, ellos mencionaron el hecho de que la imputación de todos los gastos derivados a la hipoteca corrían, únicamente, por parte del consumidor.

Es de esta manera como, a causa de la demanda de juicio presentada que la instancia de Oviedo declara como nulas ambas cláusulas y condena al Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a que devuelva un monto de €1.349,10. Este monto se dio en calidad de gastos de la escritura de la hipoteca, con los intereses legales devengados desde la fecha de la celebración del contrato.

Los gastos de notaría y la confusión en la Audiencia Provincial

En el año 2018, la entidad bancaria BBVA, la cual ya se encontraba condenada, aplicó el recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias. Esta institución estimó parcialmente el recurso y consideró que algunas cláusulas enmendadas por la primera instancia eran válidas. En consecuencia, muchos de los consumidores que se encontraban afectados por la entidad bancaria entraron en un estado de gran confusión. ¿A qué se debía esta incertidumbre? Es muy simple, pues era el prestatario el que estaba interponiendo una sentencia de apelación. Es decir, el monto que la entidad bancaria debía pagar se redujo enormemente, pues de los €1.349,10 que se habían calculado en la primera se redujeron a €477,23

El caso se eleva al Tribunal Supremo

Todas aquellas personas que estaban furiosas por lo decretado en la Audiencia Provincial de Asturias se unieron e interpusieron un recurso de casación. En este mismo invocaron dos artículos de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (TRLGDCyU):

En este recurso establecieron que hubo una infracción del artículo 89.3 de la TRLGDCyU, el cual decreta lo siguiente:

La imposición al consumidor de los gastos de documentación y tramitación que por ley corresponda al empresario. En particular, en la compraventa de viviendas.

Inciso obtenido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

También marcaron que hubo una infracción del artículo 82.2 de la TRLGDCyU, el cual decreta lo siguiente:

El hecho de que ciertos elementos de una cláusula o que una cláusula aislada se hayan negociado individualmente no excluirá la aplicación de las normas sobre cláusulas abusivas al resto del contrato.  El empresario que afirme que una determinada cláusula ha sido negociada individualmente, asumirá la carga de la prueba.

Inciso obtenido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

La resolución sobre los gastos de notaría

Luego de lo presentado por los hipotecados se llevó a cabo el recurso de casación. Recordemos que el tribunal no sólo actúa según su propia jurisprudencia, sino que tiene en cuenta las sentencias que el TJUE emana respecto a los criterios que guían la distribución de impuestos y gastos de los préstamos hipotecarios dispuestos con anterioridad. En este caso se enumeró la jurisprudencia más reciente en materia de créditos inmobiliarios. En efecto, se nombró la STS 457/2020 de 24-07-2020, la cual incorporó por primera vez en sus fundamentos a la sentencia realizada el 16 de julio de 2020 del TJUE.

Es entonces que el Supremo dejó en constancia lo siguiente:

  • En lo que respecta a los gastos de notaría siempre deben ser abonados por aquellos que se encuentren interesados. Teniendo en cuenta que en los préstamos hipotecarios ambas partes tienen atracción, es que deben abonarlos en partes iguales, es decir, abonar la mitad.
  • En lo que respecta a los gastos de gestoría, la entidad bancaria es la que debe realizar el pago si es que el contrato es celebrado de manera previa a la Ley 5/2019.

Es entonces que el fallo realizado por el tribunal estima, de manera parcial, la pretensión de los consumidores. En efecto, se decreta que los gastos de notaría deben dividirse entre ambas partes, mientras que los gastos de gestoría le corresponden en su totalidad a la entidad bancaria. A causa de que la sentencia se modifica, el banco BBVA debe devolverle a los afectados un total de €1006,4 euros.

Entonces…

Esperamos que te haya resultado útil e interesante el artículo del día de la fecha. A nosotros nos encantaría saber qué es lo que piensas al respecto, y para ello… ¡Déjanoslo saber en los comentarios!

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Conocer los gastos de compraventa de una vivienda en 2021 nos permitirá calcular de antemano cuánto dinero necesitaremos para realizar la operación. Por eso, desde Oi Real Estate te acercamos un resumen de los principales gastos a los que deberás enfrentarte. ¡Toma nota!

Suele pensarse que los únicos gastos a los que debemos enfrentarnos al comprar una vivienda son los relacionados con la hipoteca. Por eso nos sorprendemos cuando llega el momento de pagar los impuestos o los gastos de notaría y del Registro. Una buena previsión de los costes evitará que nos enfrentemos a gastos inesperados y nos permitirá llevar a cabo la transacción con absoluta tranquilidad. Pero ¿cuáles son los gastos de compraventa? Para responderlo, los dividiremos en dos partes: aquellos que se relacionan con la operación en sí y aquellos que se generan con el préstamo hipotecario.

Gastos de compraventa en 2021

Gastos de notaría

La firma del contrato de compraventa siempre aporta seguridad jurídica a la operación. Sus honorarios están regulados por el Estado, por lo que el importe será el mismo independientemente del profesional que lo lleve a cabo. No obstante, sí se diferenciarán en la calidad de los servicios.

El precio dependerá del inmueble, pero oscila entre los 600 y los 1 000 euros. Por ejemplo, por un piso de cien mil euros, los gastos de notaría serán de, aproximadamente, 850 euros. Por una propiedad cuyo precio de compra sea de 250 mil euros, en cambio, habremos de pagar mil euros en concepto de notaría.

Gastos del Registro de la Propiedad

Las escrituras que firmamos frente al notario se inscriben en el Registro de la Propiedad y esto también tiene un coste. Los honorarios, al igual que los de notaría, dependen directamente del precio inmueble. En general, oscilan entre los 400 y los 650 euros.

Gastos de gestoría (opcionales)

Los gestores se encargarán de realizar la liquidación de los impuestos y de reunir la documentación necesaria para solicitar una hipoteca. Su contratación es opcional, aunque es conveniente en aquellos casos en donde no se conoce en profundidad la legalidad de la operación. Las tarifas de los gestores son libres, por lo que es difícil asegurar un importe definido de este gasto. No obstante, podemos estimarlo en unos trescientos euros.

Impuestos por comprar una casa

Los impuestos que deberemos pagar al comprar una casa dependerán de si es una vivienda nueva o de segunda mano.

  • Impuestos de una vivienda nueva

El más importante será el IVA, que representa el 10% del valor de compraventa del inmueble. Si adquieres un piso de cien mil euros, tendrás que abonar diez mil de IVA. Como puedes ver, no es una cuantía pequeña, por eso reiteramos la importancia de conocer los gastos de la compraventa antes de realizar la operación.

Cuando se trata de una vivienda pública, el IVA puede ser del 4%, pero variará en función de cada comunidad autónoma y del tipo de vivienda. Por otro lado, en Canarias el IVA es reemplazado por el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC), que asciende al 6,5% del valor de compraventa.

  • Impuestos de una vivienda de segunda mano

Cuando se trata de una vivienda de segunda mano, el tributo más significativo es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Se aplica sobre el precio escriturado y el gravamen varía en cada comunidad autónoma. En general, el porcentaje es de entre el 6% y el 10%, aunque para familias numerosas y miembros con discapacidad puede reducirse. En Madrid, por ejemplo, las familias numerosas que compran una vivienda solo pagan el 4% del precio escriturado en concepto de ITP.

Hasta aquí hemos repasado los gastos de una compraventa en 2021. Sin embargo, todavía nos falta considerar los que provienen del préstamo hipotecario. Veamos cuáles son.

Gastos de compraventa provenientes de la hipoteca en 2021

Cabe aclarar que estos gastos se sumarán únicamente cuando la adquisición se realice a través de un crédito hipotecario. En caso contrario, los únicos gastos serán los que hemos mencionado anteriormente.

Gastos de tasación

Desde la sanción de la nueva Ley Hipotecaria, al comprador le corresponde pagar únicamente los gastos de tasación. Estos suponen un valor aproximado de entre 250 y 600 euros, que dependerá del tipo de inmueble y de la entidad que realice la tasación. Su vigencia es de seis meses desde la fecha de emisión y a través de ella se pretende conocer el valor de la propiedad. El banco, generalmente, concede los préstamos por una cuantía igual al 80% del valor de tasación (aunque a veces se considera el de compraventa).

Los gastos de notaría de la inscripción del contrato hipotecario en el Registro y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados son responsabilidad del banco desde la entrada en vigencia de la nueva ley en 2019.

Comisión de apertura

Algunos bancos solicitan una comisión de apertura que ronda el 2% del capital prestado. Si bien muchas entidades no incluyen este coste a los préstamos, sí que suelen exigir otro tipo de vinculaciones como la contratación de un seguro del hogar o de un plan de pensiones.

Por último, recuerda que la mayoría de los bancos nos exigen un desembolso inicial del 20% del valor de la propiedad. Si bien esto no supone un gasto en sí mismo, sí representa una cuantía de dinero de la que deberemos disponer al momento de solicitar el crédito.

En definitiva, la recomendación suele ser ahorrar entre un 10% y un 12% del precio de la vivienda para enfrentar los gastos de compraventa en 2021, aunque la cuantía varía en cada comunidad autónoma.

Esperamos haberte proporcionado información de valor. ¿Quieres recibir más información sobre los gastos de compraventa? ¿Estás buscando tu casa ideal? ¡Contáctanos! Tenemos una increíble cartera de propiedades para enseñarte.

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