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Empresa Municipal de Vivienda y Suelo

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Te contamos en este artículo cómo serán las ayudas al alquiler 2021 en Madrid. Entérate quiénes se verán beneficiados y qué requisitos deberán cumplir las personas que quieran acceder a esta ayuda. Si estás buscando arrendamiento en Madrid, contáctate con asesores Oi Real Estate, contamos con una amplia cartera de ofertas de alquiler.

Bono vivienda

Las personas que busquen un piso en alquiler en el sector privado contarán con un Bono Vivienda en el marco del plan para ayudas al alquiler 2021. La Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) otorgará este beneficio que puede llegar hasta el monto de 900 euros. Todo dependerá de los ingresos particulares de cada familia y la situación socio-económica en la que se encuentre.

Para acceder a este concepto es obligatorio contar con cinco años de empadronamiento en la capital. También es necesario tener ingresos brutos mensuales que sean de entre 3 y 7,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Esta última condición se calculará en función del número de miembros que conforme la familia.

Analizando estas características, podemos definir que se trata de una ayuda destinada a la clase social media de Madrid. Esto corresponde al 22% de la población madrileña, según la información aportada por la Agencia Tributaria. Ese número surge de la declaración de renta de todos aquellos que demostraron formar parte de ese segmento de ingresos.

Por otro lado, los que se encuentran por debajo del 3,5 veces el IPREM resultan el 50% de declarantes en Madrid. Estos se pueden anotar como postulantes para solicitar el acceso al piso protegido.

En conclusión las distintas ayudas al alquiler 2021 cubrirán al 72% de los declarantes madrileños.

¿Cómo funciona el bono en el contexto del Plan Integral de Alquiler Municipal?

La Empresa Municipal de Vivienda y Suelo aplicará el Plan ReVIVA con el fin de conseguir la cesión de usufructo de un máximo de quince mil viviendas vacías y/o turísticas de Madrid. Lo fundamental de esta acción es captar las casas del mercado privado. Luego, la Empresa Municipal habilitará una lista de solicitantes que accedan a estos inmuebles por medio del bono vivienda. Como dijimos antes, se calculará a través de la evaluación de los ingresos, la cantidad de personas que forman parte de la unidad familiar y algunos otros requisitos.

Por ejemplo, en el caso de ser una persona sola, tienes que tener un ingreso que ronde entre los 2.700 y los 3.100 euros mensuales. De otro modo, si se trata de una pareja con, al menos, dos hijos (un equivalente a cuatro miembros), deben demostrar un ingreso de entre 3.300 y 6.500 euros brutos por mes. Si la familia consta con más de seis miembros, los montos pueden variar entre 3.500 y 7.400 euros brutos al mes. En conclusión, en cualquiera de las variantes, la finalidad está en que los solicitantes no abonen un coste mayor al 30% de sus ingresos por el arrendamiento.

Requisitos específicos para acceder a las ayudas de alquiler 2021

  • Ser menor de 35 años.
  • Tener más de 65 años.
  • Contar con una discapacidad igual o superior a un 33%.
  • Tener una dependencia de grado II o III.
  • Familias con hijos dependientes económicamente que tengan menos de 25 años de edad o embarazadas.
  • Familias con hijos dependientes económicamente a su cargo sin importar la edad, pero con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Personas separadas o divorciadas, que tengan hijos, que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio.

Casos que pueden surgir a partir de estas condiciones

Pareja de entre 51 y 52 años de edad con un niño pequeño

El coste de alquiler máximo por el que pueden optar es el de 30% de sus ingresos netos; esto es igual a, aproximadamente, 1.260 euros por mes. Al menos uno de los dos debe llevar empadronado al menos cinco años en Madrid y estar dentro del rango de ingresos.

Sumado a eso, por presentar la tenencia de un hijo dependiente, con menos de 25 años, obtendrán un Bono Vivienda de 160 euros mensuales si la renta de la casa donde quieren vivir es igual a 1.000 euros.

En resumen, esta unidad familiar opta por un piso cuyo alquiler equivale a 1.000 euros. El propietario de ese inmueble recibirá esos 1.000 euros de manera íntegra, habiendo cedido en usufructo a la EMVS. Pero, con respecto a los inquilinos, estos solo abonarán 840 euros mensuales por haber recibido la bonificación de ayuda de 160 euros. Si eligiesen una casa cuyo arrendamiento sea un poco más caro, algo asó como 1.200 euros mensuales (a raíz de sus límites salariales pueden elegir un alquiler de 1.260 euros que equivalen al 30% de sus ingresos), de ese modo el bono sería mayor, con un importe de 360 euros.

Aumento del monto de bono según ciertas condiciones

El bono se incrementa si se cumplen los requisitos siguientes:

  • La familia cuenta con una numerosa cantidad de integrantes.
  • La responsabilidad de los hijos depende de solo una de las partes.
  • Alguno presenta una discapacidad de igual o más del 66%.
  • Tener una dependencia de grado III.
  • Ser víctimas del terrorismo.
  • Comprobar ser víctima de violencia de género.

Pareja de entre 50 y 52 años con tres hijos

Podrán elegir un coste de renta de alquiler que no supere los 1.350 euros mensuales, equivalentes al 30% de sus ingresos NETOS. Al menos uno de la pareja debe acreditar cinco años de empadronamiento en Madrid y estar en el rango de ingresos. En este caso, se considera familia numerosa y, por tener tres hijos menores de edad, recibirán un Bono de Vivienda de 550 euros por mes. Esto último si la renta del inmueble es igual a 1.300 euros.

En síntesis, esta familia opta por un inmueble cuyo alquiler es de 1.300 euros. El propietario de esta casa quien cedió en usufructo a la EMVS, recibirá los 1.300 euros completos todos los meses. En cambio, los inquilinos únicamente van a abonar 750 euros, debido a la bonificación de ayuda de 550 euros.

Un solo integrante de la pareja (49 años de edad) con un hijo

Por ejemplo con una renta de 975 euros mensuales, monto que no supere el 30% de sus ingresos. Al estar en condición de separado con un hijo menor a cargo obtendrá 150 euros de bonificación.

Como en los otros ejemplos, el propietario recibirá la renta completa todos los meses por haber cedido en usufructo a la EMVS. El propietario pagará solamente 825 euros.

El bono en cualquiera de los casos no superará los 900 euros mensuales y el inquilino no pagará más del 30% de sus ingresos.

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