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En algún momento de la vida necesitamos saber qué es más rentable o beneficioso, si la herencia o donación en vida, porque no son iguales. Cada opción tiene un proceso diferente, además de que las instituciones de gobierno pueden dar bonificaciones a algunas de ellas, lo que trae mayores beneficios.

Sin embargo, también se tienen que pagar unos impuestos en cada caso, pero que pueden variar según cada Comunidad Autónoma o las características del proceso. Es muy importante conocer cómo se desarrolla esto en España y cuál es la opción más viable para las personas que quieran dejar un legado.

¿Por qué escoger entre Herencia o Donación en vida?

En España, las únicas dos opciones para dejar las propiedades y patrimonios como un legado para alguna persona son la herencia y donación en vida. Para las herencias, algunas Comunidades Autónomas dan bonos adicionales a las herencias, sin embargo, esto puede cambiar según la zona y la administración de ellas.

Además, para las dos opciones existe el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, además de otros que varían según el tipo de propiedad o patrimonio entregado. Y a esto se le suman los factores de la administración de la comunidad autónoma, el parentesco, el valor de la herencia y los inmuebles.

Por lo tanto, es importante evaluar las características de cada opción, tomando en cuenta el valor de lo que se va a heredar o donar. Lo más aconsejable es hablar con un experto para saber cómo son los procesos fiscales de cada opción y cuál conviene más según la necesidad.

Según el Código Civil de España, la donación en vida es cuando una persona decide dar de forma gratuita un bien o posesión a otra. La segunda persona lo recibe libremente, por lo que es un acto de voluntad que no tiene ganancias y se hace mientras se está vivo.

La herencia, por su parte, es la entrega de los bienes de un difunto según como lo estipuló en su última voluntad antes de morir. Se entregan a los herederos que él escogió, además de que se trata de los patrimonios que no se extinguen o desaparecen cuando este fallece.

En resumen, lo que caracteriza a la herencia es el legado que deja una persona o varias después de su muerte, repartiendo el patrimonio deseado. Por su parte, la donación es la entrega que se hace en vida, de forma voluntaria, y puede ser reversible luego de que se realice.

Características de las herencias y las donaciones en vida

Una razón para la reversión de una donación en vida es si hay un contrato de por medio y se incumplen las condiciones de este. También se puede revertir si la persona que recibió la donación comete un delito contra el donador, lo que anula de forma legal el proceso.

Por su parte, una persona puede modificar su testamento cuantas veces quiera hasta el momento cuando fallezca y un notario lea el documento a herederos. Cuando esto ocurra, esa versión es la última y la que se considera legal ante las instituciones legales y las personas involucradas en el proceso.

Cuando se quiere hacer una donación en vida habiendo formulado una herencia antes, la primera se tiene que restar de una parte de la segunda. A su vez, no puede reducir la tercera parte legal que corresponde a los impuestos que hay que pagar a las instituciones de la región.

El primer aspecto a tomar en cuenta es el proceso fiscal que se tiene que llevar a cabo en cada una de las opciones posibles. Para ello se necesita el apoyo de un experto en el área, para que determine cuál es la mejor, según los intereses y los objetivos.

La principal ventaja de la donación es que es directa, porque los bienes que se quieren entregar los reciben de forma inmediata, sin otros trámites. Por su parte, una herencia requiere de unos trámites y documentación legal necesaria, además de que se realizan luego de que la persona haya fallecido.

Se aconseja la donación cuando hay disputas de herederos, cuando la cantidad de dinero es muy alta y cuando también hay acciones de empresas involucradas. Sin embargo, es necesario que la donación sea de bienes sobrantes, porque al hacerla, se pierde el derecho sobre el bien, inmueble o propiedad entregada.

Los impuestos de la Herencia o Donación en vida

El impuesto obligatorio para las dos opciones es el de Sucesiones y Donaciones, donde es obligatorio pagar tributos a una Agencia Tributaria según ciertos factores. Entre ellos está la comunidad que la regula, y las personas involucradas, además de que puede haber exenciones y bonificaciones según sea el lugar correspondiente.

Para los casos donde se encuentran inmuebles, también se tiene que pagar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. A este también se le conoce como el Impuesto de la Plusvalía Municipal y debe ser pagado por los herederos y donatarios de los acuerdos.

En cuanto al IRPF, se hacen excepciones para las herencias, a menos que haya propiedades que generen ingresos como los alquileres y fondos de inversión. Pero para las donaciones, el donante debe declarar que la misma es una ganancia patrimonial para que sea aceptada por la ley y sus instituciones.

Para los aspectos generales fiscales, heredar es más económico y barato para las personas que reciben los bienes cuando el donante se encuentra en vida. Aunque esto también depende de las normas que tenga cada Comunidad Autónoma con respecto a los impuestos y las bonificaciones y el parentesco del heredero.

En caso de que haya dudas sobre este tema, lo mejor es contratar a expertos en el área para poder analizar las ganancias y pérdidas. Además de que es importante cumplir con todas las normas de las instituciones públicas, para evitar sanciones que sean mucho más fuertes en un futuro.

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Hoy nos detendremos en un tópico muchas veces consultado: las ventajas de donar en vida en comparación con la herencia. Esto suele suceder en casos en que se quiere favorecer a algún familiar en particular por sobre otro. Suele darse el caso de que el familiar por quien se quiere optar está en una circunstancia de necesidades y puede, de este modo, evitar algunos impuestos.

Una opción que no es muy utilizada, aunque es totalmente legal, es la donación en vida. Esta alternativa se destina en casos de no querer recurrir a la clásica herencia. Tal vez, el contribuyente desee favorecer a algún familiar por sobre otros por incontables razones. Una de ellas puede ser que la persona a quien se quiere beneficiar se encuentre en una situación de necesidad y podría, así, sortear una eventual alza del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En este artículo vamos a tratar cuáles son las ventajas de donar en vida y de qué manera planificar los pasos legales para llevar a cabo dicha transmisión.

1- Donación versus herencia: diferencias

Para empezar, en la donación una persona realiza la transmisión del patrimonio (puede ser bienes inmuebles o cuentas bancarias). La herencia, por su parte, se realiza a través del testamento. Allí se especifica la manera en que desea repartir sus bienes después de su muerte. Cabe destacar que las leyes españolas permiten desheredar a un hijo como lo explicamos en este post.

Una diferencia primordial entre donación y herencia es que la primera se puede realizar en vida. En tanto que para la segunda se debe esperar a que la persona fallezca.

Uno de los motivos por los cuales se llega a elegir la donación en vida es favorecer a algún familiar en particular por sobre otro. Suele darse el caso de que el familiar por quien se quiere optar está en una circunstancia de necesidades y puede, de este modo, evitar algunos impuestos. Particularmente, evitar la eventual alza del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esto puede producirse por los anuncios del Gobierno acerca de la concordancia fiscal, que va en detrimento de los habitantes de las regiones con impuestos más bajos.

2- Las ventajas de donar en vida

Si bien el factor tributario es importante al optar entre una donación o una herencia tradicional, existen otros ítems de índole personal o de patrimonio.

La ley contempla más deducciones sobre los bienes a los herederos que a los beneficiarios de la donación (donatarios), a pesar de que existen modificaciones según cada comunidad. En promedio, la herencia de la propiedad habitual está exenta en un 95% de su valor y con un límite de 122.606 euros por heredero. A pesar de esto, otras propiedades como una segunda vivienda, el garaje o un local, la donación constituye una rebaja importante respecto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Y lo mismo ocurre con el Impuesto de Patrimonio.

Como dijimos, cada comunidad se rige a su manera en este asunto. Las más favorables para abrazar la donación son: Madrid, País Vasco, Murcia, Cantabria, Andalucía, Castilla, Canarias y Navarra.

También es una herramienta práctica cuando se desea favorecer o proteger a ciertos herederos sobre otros. Cabe señalar que la donación no está sujeta a cambio, aunque su valor se calcula dentro de la herencia, mientras que el testamento puede modificarse en cualquier momento. Sin embargo, estos no son conceptos opuestos. Por tanto, una donación en vida puede considerarse como parte de una herencia legal, si así se desea.

3- Qué sucede con el aspecto fiscal

Si tomamos la cuestión desde su aspecto fiscal, una donación afecta tanto a quien lo recibe como a quien la genera. Los donatarios deben pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (según cada comunidad) sobre la cantidad recibida. En el caso de bienes inmuebles, deben pagar la plusvalía municipal. La diferencia primordial con los testadores es que el donante debe declarar la donación en el IRPF. Este es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que grava la renta obtenida en un año natural por las personas físicas residentes en España o contribuyentes. contribución a su impuesto a la renta. Se eximen en los casos de vivienda habitual y a personas mayores de 65 años, o cuando la donación es en efectivo.

Por otro lado, los nietos, bisnietos, padres, o personas adoptadas o adoptantes, se benefician con una serie de deducciones fiscales si cumplen unas determinadas condiciones, aunque todo depende de cada comunidad, como ya hemos planteado. Por ejemplo, es el caso de Madrid que la reducción será del 99% de la cuota tributaria. Al donar entre hermanos, la reducción será del 15% de dicha cuota, y para sobrinos y tíos será del 10%.

4- Otras ventajas de donar en vida

En otro orden de cosas, la donación entre personas vivas ofrece otros beneficios. Uno de ellos es la posibilidad de incluir condiciones y plazos al donatario. Estas pueden variar desde la promesa del cuidado de la propiedad obtenida, la obligación de visitar a un familiar periódicamente, o ciertas tareas específicas.

La donación inter vivos también ofrece otras ventajas, como la posibilidad de imponer condiciones y plazos al donatario, como la promesa de cuidado del bien recibido, la obligación de visitar periódicamente a un familiar, o el cumplimento de unas tareas específicas. Si no se cumplen las condiciones especificadas o si se establece que el receptor ha cometido malos tratos físicos o psicológicos, la donación puede perderse.

El donante también tiene derecho a disponer de parte de los bienes donados, y si muere sin ejercer sus derechos, el beneficiario se convierte en propietario. Asimismo, el donante puede hacer un pacto de reversión de dominio para que pueda volver a su propiedad cuando venza el plazo señalado o se cumplan las condiciones especificadas.

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Es frecuente que las personas quieran hacer donaciones en vida para distribuir su patrimonio entre los descendientes. Pues se cree que de esta manera será más sencillo realizar la sucesión. Pero esta opción no siempre es conveniente. En esta oportunidad queremos contarte cuáles son las principales diferencias entre herencias y donaciones para que puedas elegir la mejor opción para ti.

Tanto las herencias como las donaciones son vías para transmitir el patrimonio a otras personas que, en general, son los familiares más cercanos. Pero cada una de ellas tiene sus particularidades, fundamentalmente en el área impositiva. Por eso, dependiendo de las circunstancias, será más conveniente una u otra opción.

En el año 2017, por ejemplo, un total de 43 000 españoles renunciaron a las herencias por el coste impositivo que significaba llevarla a cabo. Lo que significa que recibir un bien gravaba tantos impuestos que las personas prefirieron rechazarlo.

Por razones como esta, muchos creen que realizar donaciones es más conveniente, pero esto no siempre es así y podrás deducirlo a lo largo de ese artículo porque te contaremos cuáles son los beneficios y las dificultades tanto de las herencias como de las donaciones.

Herencias y donaciones: principales diferencias

Una herencia es el acto jurídico mediante el cual una persona que fallece les transmite sus bienes, derechos y obligaciones a los herederos.

Una donación en vida, en cambio, se define en el código civil como “un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”.

Ahora bien, las donaciones funcionarán como anticipos de la herencia. Podrán comprender una parte o la totalidad de los bienes del donante siempre que este se reserve para sí todo lo necesario para vivir, ya sea en propiedad o en usufructo.

Pero, además, aunque el reparto del patrimonio se realice en vida, deberán respetarse las normas que rigen a la herencia. En otro artículo te contamos todo respecto de este asunto en particular y puedes leerlo aquí: ¿Qué es una herencia?  

Entonces, hasta aquí, la principal diferencia radica en que las donaciones se realizan durante la vida del donante mientras que las herencias se llevan a cabo cuando el titular ya ha fallecido.

Pero la segunda diferencia es quizás la que definirá si es más conveniente transmitir los bienes a través de una herencia o de una donación, porque se refiere a los impuestos asociados a cada operación, que son tres en total: la plusvalía municipal, el impuesto sobre sucesiones y donaciones y el IRPF.

Impuestos que deben pagarse por las herencias y donaciones

Para comenzar a analizar los impuestos debes saber que, desde el punto de vista fiscal, las donaciones funcionan igual que la compraventa, aunque no le genere ninguna ganancia al donante.

Este es un punto de quiebre a la hora de decidir entre realizar una herencia o una donación porque, a grandes rasgos, la primera opción será más económica. Veamos cada tributo en particular para que puedas alcanzar las conclusiones.

Impuesto de sucesiones y donaciones

El impuesto de sucesiones y donaciones grava los incrementos patrimoniales obtenidos entre personas a título gratuito, tanto cuando la causa sea el fallecimiento del titular (sucesión) como cuando la operación se realice entre vivos (donación). Siempre le corresponde pagarlo al receptor del bien.

Para su cálculo, se tiene en cuenta el grado de parentesco con el donante o difunto y el importe total de los bienes recibidos (cuanto mayor sea su valor, más alto será el importe a pagar). Además, está regulado por las Comunidades Autónomas, lo que significa que el porcentaje de gravamen variará considerablemente de una zona geográfica a la otra.

Con respecto a los plazos de pago, serán diferentes en cada caso:

En las sucesiones, los herederos disponen de seis meses para pagar el impuesto de sucesiones y donaciones. Aunque también podrán prorrogarlo por seis meses más.

En las donaciones, en cambio, el impuesto debe liquidarse en un plazo máximo de un mes.

Si quieres saber más sobre este impuesto, puedes seguir el siguiente link: Impuesto sobre sucesiones y donaciones: todo lo que debes saber.

Plusvalía municipal

La plusvalía municipal o, lo que es lo mismo, el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), se paga cuando se vende, dona o hereda una vivienda y está regulado por cada ayuntamiento.

Grava el incremento del valor de los terrenos urbanos desde el momento de la compra hasta su transmisión. Es decir que el impuesto se aplica sobre el importe de revalorización del bien. En el caso de las herencias y las donaciones, el pago estará a cargo de la persona que reciba la propiedad.

El importe a pagar dependerá del valor catastral de la vivienda, del tiempo durante el cual el donante o difunto haya sido titular y de la comunidad autónoma en donde se encuentra la propiedad. En general, el gravamen nunca podrá superar el 30% de la base imponible. Pero, para que no te queden dudas, aquí te contamos cómo calcularlo: ¿Cómo calcular la plusvalía municipal?

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Este es el punto más importante porque marcará la diferencia entre una herencia y una donación. Veamos por qué.

El IRPF grava el incremento patrimonial del dueño de la propiedad, ya que la Agencia Tributaria asocia la donación con la venta el inmueble. En otras palabras, se entiende que el donante obtiene una ganancia con la donación porque su propiedad ha incrementado su valor en los últimos años.

Al respecto, recuerda que si el valor actual del inmueble es menor que el precio al que lo compraste, cualquier operación (ya sea venta o donación) incurriría en pérdida. Por lo tanto, no deberías pagar el IRPF en estas circunstancias. Pero si la diferencia fuera positiva, repercutiría en el pago del impuesto por tramos que rondarían el 21%. Esto representa un verdadero obstáculo para el donante.

Sin embargo, las herencias están exentas del pago del IRPF. Hecho que resulta lógico si consideramos que el supuesto beneficiario del incremento patrimonial ya ha fallecido en el momento de la sucesión.

Si quieres aprender a calcular el IRPF por la venta o la donación de un inmueble, puedes seguir este link: ¿Cuánto debes pagar a hacienda por la venta de tu piso?

sucesiones y donaciones

¿Qué es más conveniente, una herencia o una donación?

La decisión siempre dependerá de tus necesidades y de la situación socioeconómica. Pero, a grandes rasgos, podemos concluir en que:

Los gastos por donación suelen ser más altos sobre todo en lo relativo al pago del IRPF.

Las donaciones deben realizarse siguiendo la reglamentación de las herencias. En caso contrario, podrían considerarse inoficiosa por vulnerar los derechos de algún heredero.

Si se procede a hacer una donación, será mejor conservar el usufructo para poder hacer uso de los bienes en caso de que los necesites en el futuro.

Siempre consulta a un experto, será la mejor manera de llevar a cabo las operaciones reduciendo los errores y asegurándote el cumplimiento de tus objetivos.

¿Estás pensando en realizar una donación en vida? ¡Puedes dejarnos tus dudas en comentarios!

Además, recuerda que en Oi Realtor somos una inmobiliaria de lujo con más de diez años de experiencia. Si quieres comprar, vender o alquilar un inmueble, no dudes en contactaros.