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En España existen diversas formas de transmisión de un inmueble de una persona a otra. Mediante contrato de compraventa, por herencia o permuta son las formas más conocidas de llevarla adelante. En esta oportunidad, detallamos de manera sencilla a que nos referimos cuando hablamos de un contrato de donación. Una opción más para conceder a una persona una propiedad.

En este sentido, en la siguiente nota encontrarás cuáles son las características de este tipo de operaciones, los diferentes tipos que existen y la diferencia con un contrato de compraventa y con una herencia, ¡Sigue leyendo!

¿Qué es una donación?

En España, se entiende por donación a la cesión de un bien de una persona a otra. Y, al mismo tiempo, a la aceptación libre de quién la recibe. Ya sea en vida o a causa de su muerte. En el primer caso, este tipo de acción es irrevocable, salvo contadas excepciones. No así las que se producen pos fallecimiento. Las donaciones en el territorio español se encuentran integradas para su regulación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

La donación está regulada en el Título II del Libro Tercero del Código Civil. Allí se explicita que, para que una donación sea efectiva, el donatario tiene que aceptarla. Además, se debe producir una disminución en el patrimonio del donante y un aumento del patrimonio del donatario. Si esto no fuera así, estaríamos ante una simulación de contrato de donación.

¿Qué es el contrato de donación?

El contrato de donación entre vivos es un tipo de contrato mediante el cual una persona, donante, transfiere la propiedad o dominio de un bien a otra persona, el donatario, que lo recibe de manera completamente gratuita (aunque no exenta de impuestos).

Por otra parte, si el objeto de la donación es un bien inmueble, se debe entregar la escritura pública y registrarse en el Registro de la Propiedad.

¿Cuáles son las características generales de un contrato de donación?

Si bien existen diferentes tipos de donaciones, dependiendo del bien que se este cediendo, los contratos de donación comparten ciertas características generales:

  • Es un contrato principal (no depende de otros).
  • La donación debe ser completamente gratuita, es decir, el donatario no tiene ninguna obligación de dar nada a cambio del bien donado.
  • Es consensual, ya que el donatario debe aceptar la donación para que esta sea efectiva. La aceptación es una condición indispensable, debido a que la ley dice que nadie puede enriquecerse en contra de su voluntad. Así que, si el donatario no acepta la donación, esta quedará invalidada.
  • Es unilateral, porque la obligación principal es para el donante, que es quien debe entregar el bien dado en donación.
  • El donante no puede donar todo su patrimonio, sino que debe conservar una parte mínima que le permita seguir viviendo de manera cómoda. En caso contrario, la donación sería nula.
  • No se podrán donar bienes futuros. Es decir, que el donante tiene que ser el propietario real del bien que pretende donar cuando se produce la donación.
  • Solo se pueden donar objetos con los que esté permitido comerciar. Esto es, que la propiedad pueda transferirse a un tercero, como por ejemplo un vehículo, una vivienda, una obra de arte, dinero, etc.

Características específicas de los contratos de donación según el bien donado

Como cualquier acción que signifique un actor de carácter jurídico dispondrá de características especiales para hacer posible su realización. Por lo tanto, algunos contratos de donación cuentan con características específicas según el tipo de bien que se esta cediendo. A continuación, te presentamos las más reconocidas:

Donación de dinero

El contrato de donación de dinero es una operación que queda sujeta al impuesto de donaciones y sucesiones por donación, cuyo sujeto pasivo será el donatario. Hay que tener en cuenta que la donación de dinero de padres a hijos también tributa, aunque al realizarla mediante escritura pública, pueden existir bonificaciones.

Donación de vehículo

En el contrato de donación de un vehículo se produce un cambio de la titularidad del vehículo por donación y está sujeto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el cual debe presentarse ante Hacienda.

Es importante que el donatario se asegure de que el vehículo que va a recibir no tiene pendiente el pago de sanciones, no soporta ninguna multa y está al corriente del pago del Impuesto de Circulación. Además, el cambio de titularidad también conlleva una tasa propia, que debe abonarse en Tráfico.

Donación de un bien inmueble

El contrato de donación de un bien inmueble debe inscribirse en el Registro de la Propiedad y, además, se debe hacer mediante escritura pública. Por otra parte, se deben detallar los bienes donados y el valor de las cargas que deba satisfacer el donatario.

Donación con carga

El contrato de donación con carga es aquel en el que se impone al donatario una carga o gravamen que disminuye la cuantía de la donación. Este tipo de donaciones también son denominadas modales.

Donación con usufructo vitalicio

El contrato de donación con usufructo vitalicio es aquel en el que se transmite la nuda propiedad de un bien al donatario. Es el caso, por ejemplo, de una vivienda, en la que el donante se reserva el usufructo para sí o para un tercero (es decir el uso y disfrute del bien). La condición es que el donante será el usufructuario hasta su fallecimiento.

¿Qué impuestos se deben abonar al realizar un contrato de donación?

La persona que recibe una donación, es decir, el donatario, deberá abonar una serie de tributos. A excepción de que, quién reciba la sucesión, sea una ONG, ya que las mismas se encuentran exentas de abonar impuestos al recibir donaciones. En estas circunstancias, la persona donante obtendrá reducciones fiscales en lo que respecta a la declaración del IRPF. En este sentido, el beneficio fiscal podrá ser de hasta un 25% en relación al valor total de lo que se transfiere.

Los impuestos que deberá abonar el donatario son el de Donación, la plusvalía municipal y el IRPF.

Impuesto de Donaciones

Aunque el contrato de donación y la donación en sí son actos gratuitos, el donatario, ya que verá acrecentado su patrimonio, tendrá que pagar los impuestos correspondientes a ese aumento.

Se trata de un tributo que deberá abonarse por única vez en la administración de Hacienda que corresponda. El monto a liquidar dependerá del valor de referencia inmobiliario. Un valor que se encuentra determinado por Catastro según lo previsto por la nueva Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal.

Según la comunidad autónoma en la que se ubique el inmueble, existen bonificaciones del impuesto en el caso de donaciones entre familiares directos (entre cónyuges o ascendientes y descendientes).

Plusvalía municipal

Se trata de un impuesto que es grava sobre el valor del suelo del inmueble. En la actualidad, este tributo se encuentra regulado por la reciente modificación de la normativa a causa de un fallo del Tribunal Constituyente, el cual lo declaraba inconstitucional. En este sentido, a partir del Real Decreto-Ley 26/2021 el tributo prevé las dos formas de calcular la base imponible: el primero se basa en el valor real de la plusvalía y el segundo en el incremento “objetivo” del valor del terreno.

Cuando se trata de la donación de una vivienda el plazo de pago será de 30 días a partir del momento del traspaso del inmueble. En la compraventa paga el vendedor y en la donación la cancelación de la plusvalía correrá por cuenta del donatario. Es decir, de la persona que recibe la donación.

Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas

Ante una donación que se realiza en vida el donante debe dejar constancia de la misma en la declaración de la renta. A menos que la donación se realice para transferir una vivienda habitual y la persona fuese de 65 años.

Si se trata de la donación de un inmueble, al impuesto hay que calcularlo a partir de la diferencia existente entre el valor de adquisición de la propiedad y el valor al momento de ser transmitido. En los casos en los cuales la diferencia es positiva, se le grava a la misma un impuesto por partes que puede rondar el 21%.

Se trata de un impuesto que debe ser pagado, a diferencia de los dos anteriores, por el donante. En este sentido, la persona que dona deberá declarar la donación del inmueble en el IRPF durante el año siguiente a su realización. 

Modelo de contrato de donación general

A continuación ponemos a disposición el modelo de contrato de donación generalizado. Podrás encontrar una versión en formato PDF y otra en Word. Este modelo general que compartiremos a continuación, podrás utilizarlo y editarlo de acuerdo a tus necesidades:

Hasta aquí hemos detallado todo lo relacionado al contrato de donación, cuales son sus tipos y como se redacta. Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. En Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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En la actualidad, acceder a una vivienda para los jóvenes continúa siendo un objetivo no del todo sencillo. Esto puede deberse a una serie de motivos y factores. Entre ellos se encuentra el tema de los precios, sobre todo en las grandes ciudades, donde los costes son más elevados. En ese sentido, poder conseguir una financiación es una tarea sumamente compleja por lo que muchas veces se recurre a la ayuda de los padres para poder lograr el objetivo. Ante estos casos, surgen los interrogantes en relación a como comprar un piso con dinero donado.

En el siguiente artículo queremos detallar cuales son los modos de articular ambas operaciones para reducir algunos costes y evitar conflictos con Hacienda. Es decir, como combinar la donación con la compraventa con el fin del ahorro legítimo.   

¿Cómo se formaliza una donación de dinero?

Antes de entrar en el terreno de la compra de un piso con dinero donado, es preciso detenerse en el modo en que se formaliza ese monto en carácter de donación.

En España, aquel dinero que es entregado de manera gratuita es reconocido como “donación”. Este tipo de acción puede materializarse mediante transferencia, un cheque o en metálico. Por lo tanto, siempre es recomendable registrar la entrega a través de un contrato de carácter privado o acudiendo a un notario.

No obstante, la mejor opción es concretar la operación mediante escritura pública. Un documento firmado por ambas partes, es decir, donante y donatario, y que resulta requisito indispensable para poder acceder a ciertos beneficios fiscales.

Además, es posible determinar que el dinero donado sea de tipo colacionable, sobre todo cuando se trate de un traspaso de padre a hijo. En este sentido, la entrega del dinero es considerada como parte de la herencia que el beneficiario deberá recibir.

El principal objetivo es que la entrega del dinero no sea un prejuicio para el resto de los herederos en un futuro. Por lo tanto, es de gran importancia considerar todos los beneficios fiscales que se pueden aplicar a la transferencia antes de realizarla. De esta manera, se podrán evitar sorpresas, gastos de más y problemas con Hacienda.

En definitiva, antes de comprar un piso con dinero donado es recomendable conocer que tipo de tributos se debe pagar por este tipo de donaciones.

¿Cuáles son los impuestos que se deben pagar cuando se recibe dinero donado para luego comprar un piso?

Como se mencionó en el punto anterior, una donación de dinero es:

comprar un piso con dinero donado

Una operación que queda sujeta al impuesto de donaciones y sucesiones por donación, cuyo sujeto pasivo será el donatario. Hay que tener en cuenta que la donación de dinero de padres a hijos también tributa. Aunque al realizarla mediante escritura pública, pueden existir bonificaciones.

A partir de allí, quién decida comprar un piso con dinero donado como vivienda habitual deberá afrontar el pago de dicho tributo. Como mencionamos, en determinados casos, es posible beneficiarse con algunas bonificaciones según la comunidad en la que se encuentre residiendo el donatario.

La fórmula que determina el lugar de residencia es considerar aquella región en la que el donatario se haya encontrado más días en los últimos cinco años previos a la donación. No obstante, para poder acceder a determinados beneficios tributarios será necesario cumplir con una serie de requisitos. Uno de ellos, y de los más importantes, es que la donación del dinero sea materializada mediante escritura pública, como lo adelantamos al principio.

Tal es el caso de la Comunidad de Madrid, Andalucía, La Rioja y Murcia. En estas autonomías, para este tipo de acciones el Ayuntamiento competentes aplica hasta un 99% sobre la cuota cuando se trata de padre a hijos. Siempre y cuando se pueda justificar el origen de los fondos y se formalice mediante documento público notarial.

¿Qué sucede si el dinero para comprar un piso es prestado y no donado?

Otra de las alternativas, en vez de comprar un piso con dinero donado, es que el mismo sea prestado. En estos casos, y a diferencia de una donación, cuando se realizan préstamos entre particulares no será necesario el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En estas situaciones lo que se debe realizar es su liquidación mediante el modelo 651 sin pagar. Se trata de la manera de comunicárselo a Hacienda.

Este tipo de préstamos entre ambas partes es de real importancia registrarlo ya que, de lo contrario, la Agencia Tributaria entenderá de que se trata de una donación. Y, en estos casos, se deberá tributar por el Impuesto de sucesiones y donaciones.

En relación a los intereses, según se trate la operación, el préstamo puede o no tener incrementos para su devolución. Sea como sea el acuerdo, es importante que la persona que recibe el dinero lo devuelva tal cual fue pactado en el contrato. A su vez, este documento debe ser lo más similar a un préstamo al uso. En esos casos, Hacienda permite algunas excepciones como: ser empezar el pago del prestamos más tarde o estirar más los plazos de amortización.

Lo importante a saber es que este organismo controla que el acuerdo se cumpla y que el dinero se devuelva según lo pactado.

¿Cómo realizar la donación de dinero si el donante vive en el extranjero?

Como hemos visto, para comprar un piso con dinero donado será necesario tributar, por parte del donatario, el Impuesto de Sucesiones y donaciones. En el caso de que la persona que reciba la donación resida en España y el donante en el extranjero se deberá materializar la operación en un documento que esté avalado por notario. Si se trata de un acuerdo redacto en lengua no española deberá ser previamente traducido y apostillado para que dicho documento tenga validez en el territorio.

No obstante, a partir del Reglamento de la Unión Europea 2016/1191 si la operación es formalizada en algún consulado de España en el extranjero el documento adquirirá validez y no tendrá que ser traducido.

En estos casos, la donación de dinero tendrá que tributar en el país. En caso de que también deba tributar en el extranjero, la persona beneficiaria podrá recibir una deducción por imposición internacional duplicada en los términos que prevé el artículo 23 de la Ley 29/1987. Por lo tanto, se recomienda el análisis y el estudio de este tipo de casos el marco fiscal para poder evaluar los costes de la operación.

¿Cómo realizar la donación de dinero si el donante vive en España y el beneficiario en el extranjero?

A diferencia de la situación anterior, puede suceder que la persona beneficiaria viva en el extranjero y quién dona el dinero para comprar una casa resida en España. Para tales casos, la donación requiere ser documentada ante notario. Especialistas afirman que lo ideal es que la el documento sea firmado en España. De esta manera, se evitan traducciones y otros tipos de formalidades. Y, para las situaciones en las cuales el donatario no pueda viajar a país de residencia del donante, podrá remitir un poder para que este último pueda presentarse solo a la notaría.

En relación al sistema fiscal, por más que el beneficiario viva en el extranjero deberá tributar en el país por el solo hecho e recibir dinero de manera gratuita desde España.

En estas circunstancias, también se podrán aplicar, según el régimen de cada autonomía, las diversas bonificaciones estipuladas por ley. Luego, deberá presentar el donante la declaración fiscal en la Oficina Nacional de Gestión Tributaria.

Motivos para comprar un piso con Oi Real Estate

Luego de realizar todo el procedimiento vinculado a la donación de dinero se deberá proceder a la compra del piso de manera tradicional.

Si estas pensado en comprar una propiedad estás en el sitio adecuado. Nuestra agencia se especializa en cada uno de los pasos que se deben realizar para la compraventa de un inmueble o el alquiler de un piso. Entre ellos, tasaciones inmediatas y la gestión de propiedades, como ser: vender, comprar y alquilar.

Para todo ello, contamos con profesionales especializados y con vocación en el mercado nacional e internacional. Por lo que pueden brindarte la mayor seguridad y confianza al momento de elegir vender o comprar una vivienda en España.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información.

Si te ha surgido algún interrogante respecto a como comprar un piso con dinero donado te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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En algún momento de la vida necesitamos saber qué es más rentable o beneficioso, si la herencia o donación en vida, porque no son iguales. Cada opción tiene un proceso diferente, además de que las instituciones de gobierno pueden dar bonificaciones a algunas de ellas, lo que trae mayores beneficios.

Sin embargo, también se tienen que pagar unos impuestos en cada caso, pero que pueden variar según cada Comunidad Autónoma o las características del proceso. Es muy importante conocer cómo se desarrolla esto en España y cuál es la opción más viable para las personas que quieran dejar un legado.

¿Por qué escoger entre Herencia o Donación en vida?

En España, las únicas dos opciones para dejar las propiedades y patrimonios como un legado para alguna persona son la herencia y donación en vida. Para las herencias, algunas Comunidades Autónomas dan bonos adicionales a las herencias, sin embargo, esto puede cambiar según la zona y la administración de ellas.

Además, para las dos opciones existe el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, además de otros que varían según el tipo de propiedad o patrimonio entregado. Y a esto se le suman los factores de la administración de la comunidad autónoma, el parentesco, el valor de la herencia y los inmuebles.

Por lo tanto, es importante evaluar las características de cada opción, tomando en cuenta el valor de lo que se va a heredar o donar. Lo más aconsejable es hablar con un experto para saber cómo son los procesos fiscales de cada opción y cuál conviene más según la necesidad.

Según el Código Civil de España, la donación en vida es cuando una persona decide dar de forma gratuita un bien o posesión a otra. La segunda persona lo recibe libremente, por lo que es un acto de voluntad que no tiene ganancias y se hace mientras se está vivo.

La herencia, por su parte, es la entrega de los bienes de un difunto según como lo estipuló en su última voluntad antes de morir. Se entregan a los herederos que él escogió, además de que se trata de los patrimonios que no se extinguen o desaparecen cuando este fallece.

En resumen, lo que caracteriza a la herencia es el legado que deja una persona o varias después de su muerte, repartiendo el patrimonio deseado. Por su parte, la donación es la entrega que se hace en vida, de forma voluntaria, y puede ser reversible luego de que se realice.

Características de las herencias y las donaciones en vida

Una razón para la reversión de una donación en vida es si hay un contrato de por medio y se incumplen las condiciones de este. También se puede revertir si la persona que recibió la donación comete un delito contra el donador, lo que anula de forma legal el proceso.

Por su parte, una persona puede modificar su testamento cuantas veces quiera hasta el momento cuando fallezca y un notario lea el documento a herederos. Cuando esto ocurra, esa versión es la última y la que se considera legal ante las instituciones legales y las personas involucradas en el proceso.

Cuando se quiere hacer una donación en vida habiendo formulado una herencia antes, la primera se tiene que restar de una parte de la segunda. A su vez, no puede reducir la tercera parte legal que corresponde a los impuestos que hay que pagar a las instituciones de la región.

El primer aspecto a tomar en cuenta es el proceso fiscal que se tiene que llevar a cabo en cada una de las opciones posibles. Para ello se necesita el apoyo de un experto en el área, para que determine cuál es la mejor, según los intereses y los objetivos.

La principal ventaja de la donación es que es directa, porque los bienes que se quieren entregar los reciben de forma inmediata, sin otros trámites. Por su parte, una herencia requiere de unos trámites y documentación legal necesaria, además de que se realizan luego de que la persona haya fallecido.

Se aconseja la donación cuando hay disputas de herederos, cuando la cantidad de dinero es muy alta y cuando también hay acciones de empresas involucradas. Sin embargo, es necesario que la donación sea de bienes sobrantes, porque al hacerla, se pierde el derecho sobre el bien, inmueble o propiedad entregada.

Los impuestos de la Herencia o Donación en vida

El impuesto obligatorio para las dos opciones es el de Sucesiones y Donaciones, donde es obligatorio pagar tributos a una Agencia Tributaria según ciertos factores. Entre ellos está la comunidad que la regula, y las personas involucradas, además de que puede haber exenciones y bonificaciones según sea el lugar correspondiente.

Para los casos donde se encuentran inmuebles, también se tiene que pagar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. A este también se le conoce como el Impuesto de la Plusvalía Municipal y debe ser pagado por los herederos y donatarios de los acuerdos.

En cuanto al IRPF, se hacen excepciones para las herencias, a menos que haya propiedades que generen ingresos como los alquileres y fondos de inversión. Pero para las donaciones, el donante debe declarar que la misma es una ganancia patrimonial para que sea aceptada por la ley y sus instituciones.

Para los aspectos generales fiscales, heredar es más económico y barato para las personas que reciben los bienes cuando el donante se encuentra en vida. Aunque esto también depende de las normas que tenga cada Comunidad Autónoma con respecto a los impuestos y las bonificaciones y el parentesco del heredero.

En caso de que haya dudas sobre este tema, lo mejor es contratar a expertos en el área para poder analizar las ganancias y pérdidas. Además de que es importante cumplir con todas las normas de las instituciones públicas, para evitar sanciones que sean mucho más fuertes en un futuro.

Puedes dejar tus comentarios y visitar nuestro blog Oi Real Estate para más información. También te dejamos la siguiente nota sobre el mercado inmobiliario:

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Para muchas personas, gestionar la donación en vida de un inmueble puede ser un tema delicado. Esto se debe a que no es un asunto que se considere relevante hasta que no ocurre el fallecimiento de un familiar cercano, o la inminente necesidad de dejar ordenada la herencia de los hijos. En cualquier caso, es indispensable adelantarse a estas situaciones para que la correspondiente búsqueda de asesoramiento no resulte una carga sino, por el contrario, una solución.

Toda donación en vida implica un trámite legal. Tener en consideración ciertos requisitos impositivos es indispensable para no tributar demás en el caso de las donaciones en renta. Incluso nos puede evitar sanciones, recargos e intereses generados por no declarar lo recibido.

Impuestos a la donación en vida

Al hacer una donación en vida se deben considerar los requisitos fiscales que se aplican por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Asimismo es necesario conocer la tributación que corre a cargo del donatario (quien recibe la donación en vida), por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) Estos impuestos no son compatibles, lo que significa que un mismo acto no puede estar sujeto a ambos impuestos a la vez.

La primera cuestión al recibir una donación en vida es cumplir con la obligación de tributar por la misma el Impuesto sobre Sucesiones. Esto debe hacerse dentro del mismo mes en que se ha efectuado la cesión. De no hacerlo, existen sanciones, recargos e intereses generados por la demora. Sin embargo, la ganancia percibida por el donatario está exenta de tributar en el IRPF.

Del lado de los donantes se deberná considerar una serie de requisitos para evitar gastos extraordinarios y cumplir con las obligaciones fiscales. En primera instancia, quienes entregan los bienes son quienes deben tributar la ganancia patrimonial del IRPF. También será el donante el responsable de tributar la plusvalía municipal, impuesto local que se paga si ha habido un aumento en el valor de los bienes inmuebles urbanos. Si en cambio dicho valor no se ha incrementado (o aún más, ha disminuido), este impuesto no se tributa.

Cómo saber si una donación en vida genera ganancias

Para estimar si una donación en vida redundará en pérdidas o ganancias es necesario hacer algunos cálculos que nos indiquen la diferencia de valor entre la adquisición y la transmisión del inmueble.

  • El valor de transmisión se calcula considerando primero el importe real, esto es, el valor que figura en la escritura, determinado siempre como igual o mayor al del mercado. A ello se le restan todos los tributos y gastos de transmisión.
  • Por su parte, para calcular el valor de adquisición del inmueble debemos sumar el importe real declarado (que aquí puede exceder el valor de mercado), el coste de las inversiones realizadas para mejorar la propiedad y los gastos de adquisición tales como el IVA y las comisiones. A todo esto se restan los intereses tributados por el donatario y las amortizaciones deducibles para el fisco. Al respecto de esto último se debe remarcar que existe un piso mínimo para las viviendas arrendadas. No obstante, hay beneficios fiscales para aquellas personas mayores de 65 años o el régimen transitorio de la reducción por abatimiento.

Una vez establecida la ganancia entre la adquisición y la transmisión del inmueble, el IRPF se tributará sumando los resultados de los porcentajes que se apliquen a esa diferencia, por tramos. Actualmente, el primer tramo considera una ganancia de hasta 6000 euros (19%); el segundo tramo entre 6000 y 50000 euros (21%); el tercero entre 50000 y 200000 euros (23%); y el cuarto para ganancias que excedan este último monto, aplicándosele un tributo del 26%.

Entonces, ¿la donación en vida es un problema o una solución?

Como se ha visto anteriormente, aunque parezcan en principio cálculos engorrosos, la donación en vida sigue siendo una gran alternativa. Desde el punto de vista de la tranquilidad personal, adelantarse en la distribución de los bienes redundará en mejores decisiones. Siempre es mejor planificar con el debido asesoramiento profesional, sin la prisa que es inherente a los trámites por herencia.

Por otra parte, desde el punto de vista fiscal, está visto que al hacer una donación en vida, si bien hay costos para ambas partes, éstos pueden llegar a ser mínimos. Dependiendo por supuesto de la ganancia que se esté considerando, tales cifras pueden ser onerosas o resultar relativamente ventajosas. Lo importante es tener en claro cuáles son los pasos para planificar y gestionar una donación en vida de inmuebles y evaluar los resultados a fin de evitar recibir sorpresas en la próxima declaración de rentas.

Recordemos que en este punto conocer el régimen y tipo de exenciones aplicables para el IRPF es fundamental para ahorrar dinero en impuestos. Entre estas opciones la más recurrente es aquella que aplica a las personas que tienen más de 65 años al momento de realizar la transmisión y utilizan el inmueble como vivienda habitual.

La necesidad de consultar a profesionales especializados

En suma, todas las anteriores son algunas de las consideraciones generales que se deben tener en cuenta a la hora de pensar los destinos de los propios bienes, en este caso, inmuebles. Como todo tema legal y fiscal, la recomendación final es siempre recurrir a los profesionales del area. Ellos son quienes podrán asesorarlo con mayores detalles sobre los pasos a seguir. Existen, además, otras alternativas a considerar. Por ejemplo, se puede decidir hacer una donación de la totalidad de los bienes o sólo una donación parcial. También hay procedimientos legales afines destinados a resolver otras inquietudes, tales como realizar un testamento con legados o reservar el usufructo de alguno de los bienes. Para todos estos casos, repetimos, lo ideal es hacer una consulta profesional. En ocasiones, la reducción de impuestos puede ser realmente significativa. Y lo más importante: su guía redundará en transitar una donación en vida de manera segura, ágil y prolija.

Si tienes algún comentario para hacernos, puedes escribirnos en la casilla debajo del post. ¡Te contestaremos a la brevedad!

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Durante los primeros meses de este año he querido comprar un piso a medias con mi hijo pero no sabía cuál era el trámite que debía hacer. ¿Es una herencia? ¿Es una donación? ¿Qué impuestos se deben pagar? Te develaré todo lo que he descubierto en esta nota.

El 2022 ha comenzado conmigo buscando información sobre cómo comprar un piso a medias con mi hijo. Era un terreno nuevo para mí, en donde no sabía cuál era el término legal del procedimiento ni por dónde debía comenzar.

Hoy quiero compartir contigo todo lo que he aprendido durante el trámite porque hay muchas herramientas que podrán servirte para comprar piso.

Lo primero que te recomiendo es que te asegures de que la casa que vas a comprar es una buena inversión. Este primer paso es fundamental para no tener grandes problemas a corto plazo. Pues bien, ahora comenzamos con toda la temática legal.

¿Herencia o donación?

Comencemos a detallar lo que significa cada uno de estos dos términos para conocer de qué estamos hablando cuando nos referimos a una donación y cuando nos referimos a una herencia.

¿Comprar un piso a medias con mi hijo es una herencia?

Suele confundirse el término de herencia con el término de donación, o al menos eso me pasaba a mi. Una herencia o sucesión es originada por el fallecimiento del titular de la propiedad. O sea, no es este el caso.

Comprar un piso a medias con mi hijo es una donación

La donación es el traspaso de una propiedad entre dos personas vivas o entidades y se rige por la Ley 29/1987 del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La definición la hallamos en el artículo 168 del libro tercero:

“Es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”.

Puede ser una opción para regalar en vida una propiedad a un hijo y evitar posibles problemas familiares cuando una ya no sea más parte de este mundo. Pero eso queda a criterio de cada persona y según las necesidades que se tengan.

¿Cuáles son los trámites de una donación?

Para comprar un piso a medias con mi hijo tuvimos que acudir ambos una notaría para realizar la escritura de donación. Luego, tuve que inscribir la vivienda a nombre de él en el Registro de la Propiedad.

Aquí es importante aclarar que él, como nuevo titular del piso, será el responsable de pagar los siguientes impuestos:

  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que varía según cada comunidad.
  • Plusvalía municipal, que depende del valor catastral del suelo y de la antigüedad del inmueble.

A partir de enero de este año se han modificado los valores de referencia para pagar los tributos. Ya no se tomará el precio de la vivienda como referencia sino el precio de valor de mercado, es decir, un promedio de los precios de todas las compraventas actuales.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

Este impuesto fue clave para comprar un piso a medias con mi hijo. Y, como hemos dicho anteriormente, depende de cada comunidad el cálculo de su importe.

En las siguientes comunidades, mi hijo tendrá una bonificación de al menos el 80% en el impuesto a pagar:

  • Madrid, en donde sólo se abona el 1%.
  • Andalucía, se abona el 1% solo si la donación es entre padres e hijos.
  • Extremadura
  • Castilla y León
  • Castilla-La Mancha
  • Murcia
  • Canarias
  • La Rioja
  • Aragón
  • Cantabria
  • Galicia
  • Asturias

En Islas Baleares, por ejemplo, el porcentaje es del 57% de bonificación siempre que el destinatario de la donación tenga menos de 36 años. Cataluña la bonifica con el 95% pero con un máximo de 60.000 euros y Valencia solo aplica una reducción de la base imponible.

El donante también debe pagar

Como donante, al comprar un piso a medias con mi hijo no estuve exenta de pago de impuestos. A saber:

  • tuve que declarar la donación
  • realicé el pago del IRPF
  • si hay una ganancia por la donación, también se debe declarar

Cifras de donaciones en España

La donación de propiedades a los hijos no es de las operaciones más habituales de realizar en nuestro país. De hecho, en el año 2020, según datos del Instituto Nacional de Estadística, se registraron sólo 20.075 operaciones de este tipo.

Sin embargo, durante los primeros meses del año pasado la cifra ascendió un 17% respecto al mismo período del año anterior. Algunos sectores relacionan este aumento con la crisis económica provocada por la pandemia del coronavirus y la inflación creciente en el continente.

Para muchas familias, la incertidumbre generada por la economía y el contexto político-social las ha llevado a no invertir los ahorros sino en traspasar sus bienes a la familia para asegurarse un futuro tranquilo.

Las personas sienten temor de:

  • el ahorro no tiene sentido ante la alta inflación
  • invertir en Bolsa es muy riesgoso
  • las criptodivisas sufren demasiada volatilidad

Frente a estas opciones, asegurar un ahorro a los hijos parece una de las mejores soluciones para las familias españolas.

Los motivos del aumento de donaciones

Las donaciones han marcado el año pasado cifras históricas, entre otros motivos, por los cambios fiscales. Y una muestra de eso es que durante los meses de enero a septiembre del 2021 se han registrado 18.78 donaciones en España.

La nueva ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude pretendía en un inicio suprimir el beneficio en el IRPF de las sucesiones, lo que ocasionó un aumento en las donaciones. Luego, la ley decidió otorgar un plazo de 5 años para que los destinatarios de una donación puedan vender el inmueble sin perder ese beneficio.

Aunque ese cambio se introdujo a último momento, seguramente ha sido la razón por la que mucha gente decidiera concretar la sucesión antes de su entrada en vigor.

La historia tiene un final feliz: puse comprar un piso a medias con mi hijo con el fin de dárselo como donación. Espero haberte ayudado con toda la información que he recopilado estos meses. Si tienes alguna duda, por favor escríbela en los comentarios.

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Donar una vivienda a un ser querido puede ser la mejor opción en muchos casos y puede significar un gran beneficio para ambas partes. Sin embargo, se trata de una operación con varias particularidades, sobre la cual es necesario informarse antes de tomar cualquier tipo de decisión. ¿De qué se trata la donación en vida de bienes inmuebles? ¿Qué ventajas implica? ¿Es más conveniente donar o dejar en herencia? En este artículo respondemos todas estas preguntas y te guiamos para que tomes el mejor camino.

CONTENIDO ACTUALIZADO

La donación en vida de bienes inmuebles es una operación sujeta a varias condiciones, diferentes que las que rigen a la donación de otro tipo de bienes. En este sentido, es importante conocer qué dice la ley respecto a ella y qué otras variables intervienen en estos casos para poder tomar la mejor decisión.

A continuación te contamos de qué se trata la donación en vida de bienes inmuebles, cómo la define y la limita la normativa vigente y a qué impuestos está sujeta. También te mostramos qué beneficios implica este tipo de pacto y evaluamos cuándo es más conveniente donar, vender o dejar en herencia. ¡Sigue leyendo para enterarte!

En este artículo encontrarás:

¿En qué consiste la donación en vida de bienes inmuebles?

La ley española prevé que cualquier sujeto pueda entregar en vida todo tipo de bienes a otras personas físicas o jurídicas a título gratuito. Para que esta donación se haga efectiva, el beneficiario debe aceptar formalmente el obsequio.

En este artículo nos centraremos específicamente en la donación en vida de bienes inmuebles, que se diferencia en varios aspectos de las de otro tipo. Primero veamos cómo define la normativa vigente a la donación en general y qué limitaciones establece para ella. 

¿Cómo está regulada por la ley?

Definición

Las donaciones en vida están reguladas por el Código Civil español. En su artículo 618 este determina que:

La donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta.

Y luego, en su artículo 629 que:

La donación no obliga al donante, ni produce efecto, sino desde la aceptación.

Limitaciones

¿Puede una persona donar absolutamente todos sus bienes? No, el artículo 634 del Código Civil indica que:

La donación podrá comprender todos los bienes presentes del donante, o parte de ellos, con tal que éste se reserve, en plena propiedad o en usufructo, lo necesario para vivir en un estado correspondiente a sus circunstancias.

¿Puede un heredero recibir a través de una donación en vida más de lo que le correspondería en una sucesión? Tampoco. El artículo 636 señala al respecto que:

No obstante lo dispuesto en el artículo 634, ninguno podrá dar ni recibir, por vía de donación, más de lo que pueda dar o recibir por testamento. La donación será inoficiosa en todo lo que exceda de esta medida.

Cómo realizar una donación en vida de bienes inmuebles

Previamente mencionamos que la donación de bienes inmuebles guarda varias diferencias con las donaciones de otro tipo. Una de ellas es que, mientras para donar cualquier tipo de bien mueble basta con entregar la cosa directamente o celebrar un contrato privado de donación, para donar un bien inmueble es indispensable firmar una escritura pública de compraventa. Así lo determina el artículo 633 del Código Civil, que ya citamos anteriormente:

Para que sea válida la donación de cosa inmueble, ha de hacerse en escritura pública, expresándose en ella individualmente los bienes donados y el valor de las cargas que deba satisfacer el donatario.

De esta manera, la escritura pública se configura como un requisito esencial para que la donación del bien inmueble se haga efectiva. De no firmarla, el bien seguirá perteneciendo al donante ante la ley y cualquier otro tipo de documento, como un contrato privado de donación, será de carácter nulo.

¿Cómo proceder entonces para realizar una donación en vida de bienes inmuebles? Ambas partes, donante y donatario, deben acudir a una notaría y firmar una escritura pública ante un notario. Una vez completado este paso, el documento debe ser inscripto en el Registro Público de la Propiedad.

¿En qué consiste la donación de bienes inmuebles con usufructo?

Hasta ahora hablamos únicamente de aquellas situaciones en las que un donante hace entrega de un bien inmueble a un donatario de manera gratuita. Sin embargo, dentro de este tipo de donaciones en vida, existe una opción cada vez más habitual hoy en día. Se trata de donar una vivienda, seguramente a un allegado, pero seguir habitándola. ¿Cómo funciona esto?

En estos casos, la donación se produce de la misma manera que describimos anteriormente. La diferencia es que, al acudir a la notaría y firmar la escritura pública, ambas partes deben dejar asentado que el donatario se convertirá en el nudo propietario del inmueble y el donante, en su usufructuario. También deben aclarar si este usufructo tendrá un período de duración determinado o si será de tipo vitalicio.

De esta manera, la persona que efectuó la donación ya no será propietaria de la vivienda, pero sí tendrá derecho a hacer uso y disfrute de ella. Tendrá la posibilidad, incluso, de obtener un rédito económico por ella si decide alquilarla. Por su parte, el beneficiario de la donación se convertirá en el titular del inmueble, sólo que no podrá utilizarlo ni mucho menos venderlo, donarlo o alquilarlo hasta que finalice el usufructo. Sólo en ese momento obtendrá el pleno dominio sobre la propiedad.

En este artículo te ofrecemos una guía completa sobre usufructo y nuda propiedad para que puedas entender en profundidad cómo funcionan este tipo de pactos.

¿A qué impuestos está sujeta la donación en vida de bienes inmuebles?

Al producirse una donación en vida de un bien inmueble, tanto donante como donatario quedan sujetos a tributar en determinados impuestos. Veamos cuáles son y a cuál de las partes corresponde cada uno:

Impuestos que corresponden al donatario

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

Este tributo es el que se encarga de gravar todas las transmisiones de bienes a título gratuito, ya sea por una herencia o una donación. Si bien es recaudado en todo el territorio español, su administración es cedida a las diferentes Comunidades Autónomas. Por lo tanto, la aplicación de reducciones y bonificaciones puede variar según la región. En este artículo te ofrecemos una guía para entender cómo se aplica el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en las diferentes Comunidades.

El donatario deberá abonar este impuesto por única vez en la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde se encuentra la vivienda obsequiada. Desde el 1º de enero de 2022, el monto a pagar por este tributo depende del valor de referencia inmobiliario determinado por el Catastro para cada inmueble en especial. 

Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Este tributo grava la diferencia entre el precio de adquisición de un inmueble y su precio de transmisión. Es decir, que aplicará cuando, al donar una vivienda, su valor sea mayor al que tenía cuando el donante la compró. Se trata de un impuesto recaudado por cada municipio en particular.

El donatario deberá abonarlo por única vez, siempre y cuando el inmueble obsequiado sea de naturaleza urbana, es decir, que no se encuentre en áreas rurales. Deberá hacerlo en el Ayuntamiento correspondiente al municipio donde se encuentra la vivienda y el monto a pagar dependerá del valor real de la misma.

En este artículo te contamos cómo calcular la plusvalía municipal en 2022, luego de las modificaciones que se introdujeron en noviembre de 2021.

Impuestos que corresponden al donante

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Este tributo se encarga de gravar los incrementos patrimoniales de las personas físicas durante cada año. Es recaudado directamente por el Ministerio de Hacienda en todo el territorio español. 

El donante deberá declarar en él durante el año siguiente a la donación. Para ello, Hacienda determina un período de tiempo dentro del cual los contribuyentes deben presentar su declaración de la renta. ¿Existe alguna excepción? Sí. El propietario no estará obligado a tributar en el IRPF cuando sea mayor de 65 años y el bien inmueble donado sea su vivienda habitual.

La Ley de Fraude Fiscal y sus modificaciones respecto a la donación en vida de bienes inmuebles

La Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal entró en vigencia el 11 de julio de 2021, tras ser publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta nueva reglamentación implica varias modificaciones para las operaciones que se llevan a cabo en el sector inmobiliario y un incremento en varios de los tributos que intervienen en ellas.

Sin dudas, de todas las transformaciones que propuso esta ley desde que fue presentada como proyecto, la que más revuelo causó fue la medida que buscó terminar con los beneficios fiscales de los pactos sucesorios. ¿De qué se trataba en un principio y cómo se fue modificando a partir de las diferentes enmiendas presentadas en el Senado?

¿Qué beneficios fiscales en la donación de bienes inmuebles se aplicaban hasta la presentación del proyecto de Ley de Fraude Fiscal?

Hasta octubre de 2020, momento en que Hacienda presentó el proyecto de Ley de Fraude Fiscal, aquellos donatarios que quisieran vender una vivienda que obtuvieron a título gratuito antes de producirse el fallecimiento del donante, no debían tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La ventaja radicaba en que esta obligación sí existe para los vendedores en el resto de las operaciones de compraventa inmobiliaria.

¿Qué proponía el proyecto de Ley de Fraude Fiscal presentado en 2020?

Sin embargo, el proyecto presentado por Hacienda supuso en un principio, como una de sus principales medidas, la eliminación de este beneficio fiscal. Por lo tanto, con su aprobación, aquellos donatarios que quisieran vender un bien inmueble recibido a título gratuito antes de fallecer el donante sí comenzarían a tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

¿Qué enmiendas se presentaron en el Senado durante 2021 y qué supone la ley aprobada respecto a los beneficios fiscales en la donación de bienes inmuebles?

Como mencionamos, la intención de eliminar las ventajas fiscales en los pactos sucesorios generó un gran impacto, especialmente en el sector inmobiliario. Aparentemente por esta razón, cuando el proyecto ingresó en el Senado, fue el mismo PSOE quien propuso mantener dichos beneficios. ¿En qué ocasiones? Únicamente cuando la transacción ocurriera cinco años después de producida la donación. De esta manera, sólo existiría un período transitorio en el cual no se aplicarían las ventajas como antes.

Finalmente, la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal entró en vigencia contemplando las enmiendas presentadas por el PSOE. Es decir que ahora, todos los pactos sucesorios de este tipo cuentan con sus beneficios fiscales correspondientes, siempre y cuando la venta del bien inmueble recibidos en donación ocurra luego de un lapso de cinco años.

¿Qué beneficios puede implicar realizar una donación en vida de bienes inmuebles?

Ahora que te hemos mostrado en qué consiste la donación en vida de bienes inmuebles, cómo está regulada por la ley y a qué impuestos está sujeta, es probable que te preguntes, ¿cómo puede beneficiarme llevar adelante este tipo de pacto? A continuación te contamos qué ventajas puede suponer.

Permite beneficiar a un ser querido cuando se lo desea

A diferencia de la herencia, la donación de un bien inmueble puede realizarse en cualquier momento. De esta manera, no será necesario esperar a que se produzca un fallecimiento para que el beneficiario reciba la vivienda. De hecho, esta es la razón más frecuente por la cual muchas personas eligen donar en vida.

Permite evitar conflictos al momento de la repartición de bienes

Cuando una persona fallece y es necesario repartir sus bienes, las discusiones entre parientes suelen ser muy habituales. Por esta razón, para un propietario de bienes inmuebles que posee varios herederos, puede ser más beneficioso realizar donaciones en vida. De esta manera, podrán evitarse luego este tipo de conflictos.

Permite imponer al donatario un plazo o una condición

El donante tiene la posibilidad de someter la donación al cumplimiento de un plazo o de una condición, siempre y cuando estos cumplan los requisitos establecidos por la ley. En el caso del plazo, es posible dejar la donación sujeta a un acontecimiento futuro del cual existe la certeza de que ocurrirá. En cuanto a la condición, puede imponerse cuando dicho acontecimiento futuro es incierto y no se sabe si ocurrirá.

Permite, según el tipo de pacto firmado, reservar la facultad de disponer del bien donado o que este vuelva a ser propiedad del donante

Existe un tipo de pacto en el cual, una vez efectuada la donación, el donante puede reservar su facultad de disponer de algunos de los bienes donados, no de todos ellos. En caso de que el donante muera sin hacer uso de este derecho, será el donatario quien se convertirá en titular pleno, libre y definitivo de estos bienes. Con esta clase de acuerdo, el donante nunca podrá recuperar la propiedad de lo donado luego de efectuada la donación, sino que sólo podrá disponer de estos bienes en favor del donatario.

A su vez, existe otro tipo de pacto que permite la reversión de la donación. Para acceder a él es necesario formularlo al efectuar la entrega del bien inmueble, en vez de elegir un acuerdo de reservación de facultades. En estos casos, cuando se produce un arrepentimiento, el donante puede exigir que se le devuelva la vivienda donada. Si se estableció algún plazo o condición, la recuperación del bien ocurrirá cuando estos se cumplan.

Permite mantener el usufructo de la vivienda

Como mencionamos anteriormente, una de las ventajas más importantes que implica donar un bien inmueble en vida es la de seguir habitando en él como usufructuario, mientras que el donatario se convierte en nudo propietario hasta que finalice el usufructo.

Permite su revocación en algunos casos

El Código Civil contempla algunas causas por las cuales es posible revocar una donación. Ellas son la superveniencia de hijos, la supervivencia de hijos, el incumplimiento de cargas y la ingratitud.

Permite acceder a beneficios fiscales

Como describimos previamente, en caso de que el donatario desee vender la vivienda obsequiada antes de producirse el fallecimiento del donante, cuenta con la ventaja de no tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siempre y cuando hayan transcurrido cinco años del momento de la donación.

¿Donar, vender o dejar en herencia?

Muchas personas, cuando piensan en dejar un bien inmueble a un ser querido, se preguntan si conviene realizar una donación en vida, una venta o simplemente dejar en herencia. La mejor decisión dependerá de cada situación en particular, por eso es importante analizar todas las opciones a disposición.

Vender siempre implicará un coste mayor para aquella persona a la que queremos entregar nuestra vivienda, mientras que en la donación será nulo. En cambio, a nosotros nos puede significar una gran ayuda si necesitamos ese dinero. Cabe mencionar que, en ambos casos existe la posibilidad de acceder a un usufructo. Respecto a los impuestos, una venta implica que el comprador pague el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD). En este artículo te contamos más acerca de las diferencias entre vender y donar.

Dejar en herencia, en cambio, siempre implica que el causante fallezca, cosa que en la venta y la donación no ocurre, ya que no es necesario esperar que se produzca ningún suceso y pueden realizarse en cualquier momento. Sin embargo, el beneficio radica en que los impuestos a pagar por el heredero serán menos.

Todas las opciones mencionadas cuentan con pros y contras, sólo es necesario evaluar cuál se adapta mejor a nuestra situación.

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La donación de bienes inmuebles es una práctica muy elegida últimamente entre los españoles y que puede llegar a ser muy beneficiosa para ambas partes implicadas. Sin embargo, suele despertar muchas dudas entre quienes desean beneficiar a un ser querido con una y también entre quienes pueden llegar a recibirla. En esta ocasión nos centraremos específicamente en cómo es donar una vivienda en Madrid, según lo dispuesto por esta comunidad. ¿Cuáles son los impuestos que debe pagar el donante y cuáles el donatario? ¿Qué pasos se deben seguir para presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)? ¿Cuáles son los beneficios que otorga esta autonomía para este tributo? En este artículo te lo contamos.

El procedimiento para donar una vivienda en Madrid es muy similar al que debe llevarse a cabo en el resto de España. Sin embargo, la principal diferencia con otras regiones radica en los pasos que deben seguir los donatarios para presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y los beneficios que la comunidad madrileña les otorga con respecto al pago de este tributo.

A continuación veremos en detalle cuáles son las características generales de una donación de vivienda en toda España y luego, específicamente, las condiciones a las que está sujeta este tipo de transmisiones en Madrid. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué condiciones prevé la ley para donar una vivienda en España? ¿Qué impuestos deben pagar el donante y el donatario?

En este artículo hablamos de todo lo que debes saber sobre la donación de vivienda en la ciudad de Barcelona. Allí puedes leer cuáles son las condiciones que prevé la ley y los impuestos que se deben pagar por una donación en cualquier región de España.

Donar una vivienda en Madrid: ¿cómo es?

Las gestiones que deben realizarse para donar una vivienda en Madrid son similares a los requeridos en otras comunidades: 

  • Celebrar una escritura pública de donación ante un notario.
  • Autoliquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) a través del modelo 651 correspondiente a esta región.
  • Inscribir la transmisión en el Registro de la Propiedad.

Desde el sector de atención al contribuyente del sitio web de la Comunidad de Madrid nos explican en detalle cuáles son los pasos que deben seguir los donatarios para autoliquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). A continuación veremos cuáles son.

¿Cómo presentar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en Madrid?

El primer paso es pedir una cita para la elaboración de autoliquidaciones de este tributo. La misma puede solicitarse por vía telemática, por teléfono o de manera presencial. Al momento de realizar esta gestión también se debe enviar la escritura pública por la cual se formalizó la donación. Esto es muy importante ya que, de no hacerlo, la autoliquidación no podrá ser confeccionada y la cita será anulada. Una vez aportada esta información, el día de la cita un técnico se pondrá en contacto con el contribuyente para que este complete su presentación.

El siguiente paso es presentar la declaración del impuesto. Esto también puede hacerse de forma telemática, aportando el anexado del documento y las autoliquidaciones, o bien de manera presencial, acudiendo a una oficina liquidadora.

¿Cuál es el plazo de presentación?

El plazo de presentación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) es de 30 días hábiles, contando desde el día siguiente a la firma de la escritura. No se cuentan los días sábados, ni domingos, ni festivos.

¿Cómo se valoran los bienes recibidos en donación?

Para todos los bienes que se hayan adquirido por una donación se debe tener en cuenta el valor que poseían en la fecha de firma de la transmisión. En el caso de los bienes inmuebles, este día es el de otorgamiento de la escritura notarial.

Es importante mencionar que en todas las donaciones efectuadas luego del 1° de enero de 2022, el valor de garajes, trasteros, viviendas unifamiliares adosadas, unifamiliares aisladas y fincas rústicas será el de referencia determinado por el Catastro Inmobiliario. No obstante, si el valor del inmueble que declararon los interesados es superior al de referencia, será ese el que se tomará como base imponible.

¿Cómo se determina el monto a pagar?

Para determinar el valor que el donatario debe abonar por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) se debe partir del valor del inmueble al día de la firma de la escritura. A este número se le deben restar las cargas correspondientes y las deudas deducibles. Luego, a ese resultado, se le suman las donaciones anteriores, en caso de que las hubiera. De esta manera se obtiene la base imponible.

A esta base imponible se le deben restar las reducciones a las que tenga derecho el beneficiario en cuestión. A partir de esto es que se obtiene la base liquidable sobre la cual se aplicará la tarifa correspondiente y los coeficientes multiplicadores. Una vez aplicados, tenemos como resultado la cuota tributaria.

A esta cuota tributaria se le deben restar las deducciones y bonificaciones a las que tenga derecho el donatario. Una vez concretados estos pasos, se obtiene el importe a pagar.

¿Qué beneficios hay para el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en Madrid?

En esta comunidad la donación de bienes inmuebles está bonificada en un 99% cuando el beneficiario es descendiente, cónyuge o ascendiente del causante. Esto significa que sólo debe abonar el 1% del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Para las donaciones entre hermanos efectuadas luego del 1° de enero de 2019 la bonificación que se aplica es del 15%. En cambio, cuando se trata de donaciones entre colaterales de tercer grado por consanguinidad, es decir, de tíos a sobrinos, la bonificación es del 10%.

En cuanto a las reducciones, se aplica una del 95% cuando el inmueble donado es considerado un bien perteneciente al patrimonio histórico y una del 100% en aquellas donaciones de dinero que vaya a destinarse a la adquisición de una vivienda habitual, con un límite de 250.000 euros.

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La donación de bienes inmuebles es una práctica muy elegida últimamente entre los españoles y que puede llegar a ser muy beneficiosa para ambas partes implicadas. Sin embargo, suele despertar muchas dudas entre quienes desean beneficiar a un ser querido con una y también entre quienes pueden llegar a recibirla. En esta ocasión nos centraremos específicamente en cómo es donar una vivienda en Barcelona, según lo dispuesto por la comunidad catalana. ¿Qué pasos es necesario seguir? ¿Cuáles son los impuestos que debe pagar el donante y cuáles el donatario? ¿Qué beneficios hay en esta región con respecto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)? En este artículo te lo contamos.

El procedimiento para donar una vivienda en Barcelona es muy similar al que debe llevarse a cabo en el resto de España. Sin embargo, la principal diferencia con otras regiones radica en los beneficios que la Comunidad de Cataluña aplica en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

A continuación veremos en detalle cuáles son las características generales de una donación de vivienda en toda España y luego, específicamente, las condiciones a las que está sujeta este tipo de transmisiones en Barcelona. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué condiciones prevé la ley para donar una vivienda en España?

El Código Civil español prevé la posibilidad de que un sujeto entregue cualquier clase de bienes a otra persona física o jurídica, sin dinero a cambio. Para que esta donación se haga efectiva, el beneficiario debe aceptar el obsequio formalmente. 

En el caso de los bienes inmuebles, que es el que más nos interesa, su donación está sujeta a algunas condiciones diferentes. Mientras que para donar cualquier otro tipo de bien basta con la entrega de la cosa o la celebración de un contrato privado de donación, para entregar un bien inmueble a título gratuito es indispensable firmar una escritura pública de compraventa. Así lo determina el artículo 633 del mencionado Código Civil.

De esta manera, para que la donación de una vivienda se haga efectiva, las partes implicadas deben acudir a una notaría y firmar la escritura ante un notario. Una vez completado este paso, deben inscribirla en el Registro Público de la Propiedad. De no celebrar este tipo de acuerdo, el bien seguirá perteneciendo al donante ante la ley. Cualquier otro documento que acredite la donación, como adelantamos, será de carácter nulo.

¿Qué impuestos se deben pagar por donar una vivienda en España?

Tanto el donante como el donatario deben abonar impuestos por la donación de un bien inmueble. Veamos cuáles son y cuáles le corresponden a cada uno:

Impuestos que debe pagar el donatario

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

Es el tributo que grava todas las transmisiones de bienes a título gratuito, ya sea por una herencia o una donación. Si bien es recaudado en toda España, su administración es cedida a las diferentes comunidades autónomas. Por esta razón, la aplicación de reducciones y bonificaciones puede variar según cada región. 

Tras la donación, el beneficiario debe abonar el impuesto por única vez en la delegación de Hacienda correspondiente a la comunidad en donde se encuentra la vivienda recibida.

Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Es el tributo que grava la diferencia entre el precio de adquisición de un inmueble y su precio de transmisión. De esta manera, el beneficiario de una donación debe abonarlo cuando el valor de la vivienda que recibió sea mayor al que tenía cuando el donante la compró. 

Al tratarse de un impuesto municipal, el donatario debe pagarlo por única vez en el ayuntamiento del municipio donde se encuentra la vivienda. Esto, siempre y cuando el inmueble que le fue obsequiado sea de naturaleza urbana, es decir, que no se encuentre en áreas rurales.

Impuestos que debe pagar el donante

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Es el tributo que grava los incrementos patrimoniales de las personas físicas en el transcurso de un año. Es el Ministerio de Hacienda quien se encarga de recaudarlo en todo el territorio español. 

Para tributar por la donación, el causante debe declararla en el IRPF durante el año siguiente a la concreción de la misma. Para ello, Hacienda determina un período de tiempo dentro del cual los contribuyentes deben presentar su declaración de la renta. La única excepción es para los mayores de 65 años que hayan donado su vivienda habitual.

Donar una vivienda en Barcelona: ¿cómo es?

Según informa la Agencia Tributaria de Cataluña, las gestiones necesarias para donar una vivienda en Barcelona y en cualquier parte de la región son tres:

  • Celebrar una escritura pública de donación ante un notario.
  • Autoliquidar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) a través del modelo 651.
  • Inscribir la transmisión en el Registro de la Propiedad. 

Como podemos observar, se trata de trámites que ya mencionamos previamente y que son comunes a todo el territorio español.

¿Cómo calcular el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en Barcelona?

Para calcular el monto a pagar por este tributo en Barcelona, es necesario acudir a la información publicada por la Generalitat de Cataluña, ya que las cargas, gastos deducibles y bonificaciones pueden variar según nuevas disposiciones. 

A rasgos generales, en la región catalana las donaciones a descendientes cuentan con importantes beneficios. Para que el donatario pueda acceder a ellos, la condición es que la donación recibida conste de una primera vivienda, una vivienda habitual o dinero que vaya a destinar a la compra de una vivienda habitual. 

En todos los casos mencionados, las bonificaciones son de hasta un 95% sobre el valor del inmueble o el importe donado, con una reducción máxima de 60.000 euros. Este monto puede llegar a extenderse a 120.000 euros si el donatario posee un nivel de discapacidad igual o superior al 65%.

Los otros requisitos con los que se debe cumplir para que el beneficiario pueda acceder a las ventajas fiscales son los siguientes:

  • En la escritura firmada se debe dejar constancia de que el destino del inmueble es el de vivienda habitual. 
  • En caso de que se trate de una donación de dinero, la escritura se debe firmar dentro del plazo máximo de un mes desde la recepción del mismo. Para ello, el beneficiario no puede ser mayor de 36 años, a menos que posea una discapacidad igual o superior al 65%. 
  • La base imponible de la declaración de la renta del donatario no puede ser superior a 36.000 euros.

¿Dónde y cuándo abonar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) en Barcelona tras la donación de una vivienda?

Una vez efectuada la transmisión, el donatario debe abonar el tributo de manera presencial en cualquier financiera que colabore con la función recaudatoria de la Generalitat de Cataluña. También puede hacerlo a través de internet en cualquiera de los sitios web de estas entidades. 

Respecto a los plazos para realizar el pago, el donatario dispone de un mes a partir de la fecha de la firma de la escritura para hacerlo. Si dicho período finaliza un sábado o un feriado, se prolonga hasta el siguiente día hábil.

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Son muchas las personas que a diario eligen realizar donaciones en vida a sus seres queridos. Donar un bien inmueble a un familiar o a otra persona cercana puede terminar resultando una operación muy beneficiosa para ambas partes implicadas. Sin embargo, se trata de un proceso que tiene sus particularidades y por eso suelen surgir muchas dudas al respecto. ¿Cómo se formaliza este tipo de operaciones? ¿Se puede firmar un contrato privado de donación para donar una vivienda? ¿Qué ocurre con la escritura pública de compraventa? En este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre el tema.

Al donar una vivienda no basta con entregar las llaves a aquella persona a la cual se quiere agasajar. Todos los traspasos de bienes inmuebles, ya sea por una compraventa, ya sea por una sucesión o donación, requieren de varias formalidades. La mayoría de ellas están contempladas por la ley. ¿Qué ocurre en el caso de la donación? ¿Basta con firmar un contrato privado para efectivizarla o es necesario firmar una escritura pública?

A continuación te contamos todo lo que debes saber sobre el contrato de donación y la escritura pública al donar una vivienda. ¡Sigue leyendo!

¿En qué consiste la donación y cómo está regulada por la ley española?

La ley española prevé que cualquier sujeto tiene la posibilidad de entregar en vida cualquier tipo de bien a otra persona, ya sea física o jurídica, a título gratuito. Es el Código Civil aquel que regula las donaciones en vida, en donde, específicamente en su artículo 618 se las define de la siguiente manera:

La donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta.

Como se indica al final de la anterior cita, para que la donación se haga efectiva no solo debe estar la voluntad del donante para entregar la cosa, el donatario también debe aceptarla. Así lo deja en claro el artículo 629:

La donación no obliga al donante, ni produce efecto, sino desde la aceptación.

Ahora bien, ¿puede una persona donar absolutamente todos sus bienes? ¿Puede un heredero recibir a través de una donación en vida más de lo que le correspondería en una sucesión? Veamos qué limitaciones establece el Código Civil para las donaciones:

Límites que la ley establece para la donación

No, una persona no puede donar absolutamente todos los bienes que posee. El artículo 634 del Código Civil indica al respecto que:

La donación podrá comprender todos los bienes presentes del donante, o parte de ellos, con tal que éste se reserve, en plena propiedad o en usufructo, lo necesario para vivir en un estado correspondiente a sus circunstancias.

No, tampoco un heredero puede recibir a través de una donación en vida más bienes de los que les corresponderían luego del fallecimiento de la persona y la posterior sucesión. El artículo 636 del Código Civil señala sobre esto que:

No obstante lo dispuesto en el artículo 634, ninguno podrá dar ni recibir, por vía de donación, más de lo que pueda dar o recibir por testamento. La donación será inoficiosa en todo lo que exceda de esta medida.

¿Es posible donar una vivienda firmando un contrato de donación?

Ahora que ya sabemos de qué se tratan las donaciones en vida y cómo están reguladas por la ley, veamos qué ocurre en el caso que más nos interesa: el de la donación de bienes inmuebles. ¿Cómo debe procederse para efectivizar la donación de una vivienda? ¿Es posible firmar un contrato privado de donación?

Si bien para donar cualquier tipo de bien mueble basta con entregar la cosa directamente o celebrar este tipo de contrato, la ley no prevé lo mismo en el caso de los bienes inmuebles. Para ello será indispensable firmar una escritura pública. El artículo 633 del Código Civil, sobre el cual hablamos ya, determina lo siguiente:

Para que sea válida la donación de cosa inmueble, ha de hacerse en escritura pública, expresándose en ella individualmente los bienes donados y el valor de las cargas que deba satisfacer el donatario.

Esto significa que, de no firmar una escritura pública entre donante y donatario, la vivienda seguirá perteneciendo al primero ante la ley. De esta manera, cualquier otro tipo de documento que se haya firmado, como un contrato privado de donación, será de carácter nulo.

¿En qué consiste la escritura pública y qué ventajas implica respecto al contrato de donación al donar una vivienda?

La escritura pública es un documento que se firma ante un notario para formalizar el traspaso de un bien inmueble, ya sea por una compraventa o, por el caso en el cual se centra este artículo, una donación. 

Este documento se caracteriza por ser fehaciente, es decir, que da fe y prueba que tanto el donante como el donatario están de acuerdo con la donación de la vivienda. A su vez, a través de ella, ambas partes expresan su voluntad de cumplir con lo firmado. Esto, junto con la presencia y la participación del notario en su firma, es lo que le otorga a la operación un nivel de seguridad jurídica que no podría ser alcanzado mediante la celebración de un contrato privado de donación.

Ahora bien, ¿qué pasos hay que seguir para formalizar la donación de una vivienda mediante la firma de una escritura pública?

Cómo firmar una escritura pública al donar una vivienda

Cuando una persona quiere donar un bien inmueble a otra y llega el momento de formalizar dicho traspaso mediante una escritura pública, es necesario acudir a un notario. Probablemente sea el donante quien elija a este profesional encargado de supervisar la firma y, por consiguiente, quien termine afrontando los gastos notariales correspondientes. 

Una vez que el notario fue contratado, ambas partes deben acudir a la notaría para firmar la escritura. Allí, el profesional se encargará de recaudar y volcar la información necesaria en el documento. Luego, solo resta que el donante y el donatario otorguen su firma.

Un último paso, no obligatorio pero sí muy recomendable es el de inscribir la vivienda donada, con su nuevo titular, en el Registro Público de la Propiedad. ¿Qué beneficios puede traer realizar este trámite?

Beneficios de inscribir una vivienda obtenida por donación en el Registro Público de la Propiedad luego de firmar la escritura 

  • Garantiza la nueva titularidad sobre el bien inmueble, lo cual permite que el donatario sea la única persona que pueda adquirir derechos sobre él.
  • Confirma la identidad del donante, lo cual brinda protección ante posibles estafas.
  • Protege al titular en caso de que un tercero reclame su derecho sobre el inmueble.
  • Brinda protección ante acreedores de deudas anteriores a la donación y permite averiguar si el inmueble posee alguna carga pendiente.
  • Permite el acceso a una hipoteca, la cual es imposible solicitar si el inmueble no se encuentra registrado.

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Si bien dejar un bien inmueble en herencia sigue siendo la opción más común entre aquellos propietarios que buscan ayudar a sus seres queridos, la donación no se queda atrás. Se trata de una decisión que depende de cada caso en particular, ya que es posible que en determinadas circunstancias donar un bien ofrezca más ventajas que dejarlo en herencia. ¿Cuáles son los beneficios que implica la donación de una vivienda? ¿Pueden llegar a perderse con la aprobación de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal? En este artículo te lo contamos.

No siempre dejar un bien en herencia es la mejor opción cuando se quiere ofrecer una ayuda a un ser querido. La donación de vivienda implica una serie de beneficios que otro tipo de operaciones no. En este artículo te contamos cuáles son, para que puedas tomar la mejor decisión. ¡Sigue leyendo!

¿De qué se trata la donación en vida de una vivienda?

El Código Civil, en sus artículos 618 y 629, define a la donación como “un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta.” También indica que “la donación no obliga al donante, ni produce efecto, sino desde la aceptación.” ¿Qué significa esto?

En primer lugar, la ley contempla que cualquier sujeto puede entregar cualquier tipo de bien a otro, a título gratuito. Por otro lado, para que la donación se haga efectiva, el beneficiario debe aceptar formalmente este obsequio.

Sin embargo, la gratuidad de este acto no es total. Tanto donante como donatario deben afrontar el pago de una serie de impuestos. ¿Cuáles son?

Impuestos que gravan la donación de vivienda

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

El donatario, es decir, quien recibe la donación, deberá abonar este tributo de acuerdo al valor del bien inmueble que le fue obsequiado. Se trata de un gravamen que se recauda en todo el territorio español, pero cuya administración está cedida a las diferentes Comunidades Autónomas. Por lo tanto, la aplicación de reducciones y bonificaciones puede variar según la región. En este artículo te ofrecemos una guía para entender cómo se aplica el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en las diferentes Comunidades.

Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

En este caso, el donatario sólo deberá abonar este tributo cuando se trate de un inmueble de, precisamente, naturaleza urbana. Es decir, que no aplica a los terrenos que se encuentran en áreas rurales. La plusvalía municipal, como su nombre lo indica, es recaudada por cada municipio en particular.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Los dos tributos que mencionamos anteriormente gravan al receptor de la donación. Sin embargo, en el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), es el donante quien debe abonarlo. ¿Qué excepciones hay? El propietario no tributará en el IRPF cuando el bien inmueble entregado sea su vivienda habitual y cuando tenga más de 65 años de edad.

Beneficios de la donación de vivienda

Permite beneficiar a los seres queridos en el momento que se desee

La donación, a diferencia de la herencia, puede ser realizada en cualquier momento. De esta manera, no será necesario esperar a que se produzca el fallecimiento del propietario para que el beneficiario reciba los bienes. De hecho, esta es la razón más frecuente por la cual muchas personas eligen brindar una donación en vida.

Permite evitar conflictos al momento de la repartición de bienes

Las discusiones cuando se produce el fallecimiento de un allegado y es necesario repartir sus bienes suelen ser muy habituales. Es por esta razón que para un propietario con varios herederos puede ser más beneficioso realizar donaciones en vida, para evitar que luego se produzcan este tipo de conflictos.

Permite imponer al donatario un plazo o una condición

El donante tiene la posibilidad de someter la donación al cumplimiento de un plazo o de una condición, siempre y cuando cumpla los requisitos establecidos por la ley. ¿De qué se tratan estos plazos y condiciones?

  • Plazo: puede imponerse para someter la donación a un acontecimiento futuro y que existe la certeza de que ocurrirá. Por ejemplo, cuando se quiere donar un bien inmueble a un menor edad pero que este lo reciba cuando cumpla los dieciocho años.

  • Condición: puede imponerse cuando este acontecimiento futuro es incierto y no se sabe si ocurrirá. Por ejemplo, cuando se quiere donar un bien inmueble a una persona, pero solo se desea hacer efectiva la donación si contrae matrimonio o estudia determinada carrera.

Permite reservar la facultad de disponer de lo donado

El donante, una vez efectuada la donación, tiene la posibilidad de reservar su facultad de disponer de algunos de los bienes donados. Cabe aclarar que no puede disponer de todos ellos, sino que sólo de algunos. En caso de que el donante muera sin hacer uso de este derecho, es el donatario quien pasará a ser el titular pleno, libre y definitivo de estos bienes.

En este sentido, es importante resaltar que, con este tipo de acuerdo, el donante nunca podrá recuperar la propiedad de lo donado luego de efectuada la donación, sino que sólo podrá disponer de estos bienes en favor del donatario.

Permite que lo donado vuelva a ser propiedad del donante

A pesar de lo mencionado en el último punto, es importante aclarar que existe un pacto de reversión de la donación. Para acceder a él es necesario formularlo de esta manera desde un principio, en vez de elegir un acuerdo de reservación de facultades. ¿De qué se trata?

En caso de arrepentimiento, el donante puede, cualquiera sean las circunstancias, establecer el derecho de volver a adquirir lo donado. Esta recuperación de los bienes ocurrirá cuando finalice el plazo o cuando se cumpla la condición, en caso de que se haya establecido alguna de ellas.

Permite mantener el usufructo de la vivienda

En caso de que el donante desee seguir haciendo uso, goce y disfrute del bien inmueble donado, existe la posibilidad de elegir reservarse el usufructo y transmitir sólo la nuda propiedad al donatario.

Cuando el acuerdo se trata de un usufructo vitalicio, el donatario no puede vender, alquilar, hipotecar, ni disponer de la vivienda hasta que se produce el fallecimiento del donante. Es decir que sólo cuando eso ocurra el beneficiario del pacto podrá convertirse en titular pleno. También existen casos en los que el usufructuario termina renunciando al usufructo. 

En este artículo te contamos más acerca del usufructo y sobre cómo tributa en el IRPF.

Permite su revocación en algunos casos

El Código Civil contempla algunas causas por las cuales es posible revocar una donación. Ellas son:

  • Superveniencia de hijos: un donante sin descendencia puede revocar la donación en caso de tener un hijo luego de efectuada la misma.
  • Supervivencia de hijos: un donante sin descendencia puede revocar la donación en caso de que resulte estar vivo un hijo que se creía fallecido.
  • Incumplimiento de cargas: un donante puede revocar una donación si el donatario deja de cumplir alguna de las condiciones impuestas.
  • Ingratitud: un donante puede revocar una donación si el donatario comete algún delito en contra suyo. También, si lo acusa de delitos que dan lugar a procedimientos de oficio o acusación pública, aún si puede probarlo. Esto no ocurre si el delito cometido por el donante fue contra el mismo donatario, su cónyuge o sus hijos.

Permite acceder a beneficios fiscales

En caso de que el donatario desee vender la vivienda obtenida antes de producirse el fallecimiento del donante, no solo tiene posibilidad de hacerlo, sino que, a diferencia del resto de las ventas de bienes inmuebles, podrá acceder al beneficio de no tributar en el IRPF.

¿Perderá o mantendrá sus beneficios la donación de vivienda con la aprobación de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal?

La Cámara de Diputados del Congreso aprobó el pasado 25 de mayo el proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, cuyo principal objetivo es disminuir los niveles de elusión a través de la modificación de varias normas tributarias. Este 17 de junio el proyecto ingresó al Senado. Allí, los diferentes partidos que componen la cámara se encuentran presentando diferentes enmiendas antes de proceder a la votación. Se espera que, una vez finalizado este período, la normativa sea aprobada.

¿Qué modificaciones introduciría esta ley con respecto a los beneficios en la donación de vivienda? Precisamente, eliminaría la ventaja fiscal para los donatarios de no tributar en el IRPF al vender el bien inmueble obtenido antes de que se produzca el fallecimiento del donante. Sin embargo, el PSOE presentó una serie de enmiendas que permitirían mantener dicho beneficio. En este artículo te contamos de qué se tratan.

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