Etiqueta

devolución

Explorar

Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que necesitas saber sobre la posibilidad de acceder a una hipoteca con un plazo de devolución de 40 años. Se trata de una opción para los más jóvenes. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Se trata de préstamos hipotecarios pensados para jóvenes. Por lo general, ofrecen unas cuotas mensuales reducidas, a pesar de que lo ideal es amortizar de forma anticipada.

Si bien no es lo más habitual, ciertas entidades bancarias continúan brindando hoy en día hipotecas a 40 años. Se trata de un tipo de producto hipotecario bastante parecido a los demás, sin embargo, debido a su larga duración respecto a la amortización, este tipo de préstamos presentan ciertas características particulares que es mejor que conozcas si estás tienes pensado pedir uno de ellos. En este artículo te contaremos todo lo que debes saber las hipotecas con plazo de devolución a 40 años.

Plazo de devolución

Hipotecas a tipo variable

En primer lugar, resulta conveniente tener en claro que, cuando se habla de una hipoteca con un plazo de devolución a 40 años, la mayoría, van a ser hipotecas a tipo variable. El motivo es que, debido a su larga duración, a ninguna entidad bancaria le interesa brindar préstamos a tipo fijo en estas condiciones. En 40 años, lo más lógico es que los tipos de interés suban, lo que implica una oportunidad para que la entidad bancaria obtenga beneficios. Es por esto que, si tienes pensado solicitar una hipoteca a 40 años, lo más probable es que tengas que debas optar por una hipoteca a tipo variable en lugar de a tipo fijo.

Hipotecas con plazo más extenso y menor cuota

Entre las principales características de las hipotecas con plazo de devolución a 40 años se encuentra que ofrecen plazos de amortización demasiado largos. Esto, implica unas cuotas más bajas. En otras palabras, a pesar de que nos encontremos abonando al banco durante mucho tiempo, 40 años en caso de que no realicemos una amortización anticipada, las cuotas que vamos a tener que afrontar cada mes van a ser pequeñas en comparación con otras hipotecas. De hecho, esta es la principal ventaja de las hipotecas a 40 años. Esto se debe a que, precisamente como contamos con tanto tiempo para devolver el capital prestado, las cantidades en las que se lleva a cabo esta devolución pueden ser bajas. Puede ser una opción interesante en el caso de rentas bajas o familias que les resulta difícil llegar a fin de mes.

Hipotecas en las que se abona una mayor cantidad de intereses

La mayor desventaja de las hipotecas a 40 años es que, al final, se paga una gran cantidad de intereses. Esto se debe a que, a pesar de que las cuotas que se tienen que afrontar cada mes sean pequeñas, una parte importante del dinero que pagamos es en forma de intereses y no en devolución de capital. En otras palabras, las hipotecas a 40 años, en definitiva, no son rentables si buscamos ahorrar dinero a largo plazo. Nos brindan la posibilidad de acceder a financiación que devolvemos de forma cómoda cada mes, sin embargo, debido a que tenemos un período de amortización tan extenso, esto quiere decir que los intereses totales que se pagan son muchos, ya que se abonan durante muchos meses.

Hipotecas para menores de 35 años

Las hipotecas con plazo de devolución a 40 años están específicamente diseñadas para los más jóvenes. Esto se debe, en primer lugar, se encuentran pensadas para devolverse en un plazo demasiado extenso. Es por este motivo que, este tipo de hipotecas por lo general, no se conceden a personas de mayor edad. Debido a que el riesgo de fallecimiento o de no contar con un trabajo que aporte ingresos constantes es mucho mayor. De hecho, cuando se trata de hipotecas con un plazo de devolución de 40 años, podemos decir que el elemento clave que se debe tener en cuenta en su concesión es que son consideradas por las entidades bancarias como hipotecas para jóvenes. Por este motivo, si tienes más de 35 años, no es muy probable que logres tener acceso a alguna hipoteca con este plazo.

¿Es mejor amortizar por adelantado este tipo de hipotecas?

Por otro lado, es fundamental considerar que las hipotecas a 40 años son productos que, si es posible, conviene amortizar de manera adelantada. Principalmente, antes de pasar la primera mitad de vida del préstamo hipotecario. En otras palabras, antes de que se cumplan los 20 primeros años del préstamo hipotecario.

Esto se debe a que, debido a que son hipotecas en las que se terminan pagando muchos intereses por la extensa duración del préstamo, todo el capital que sea posible devolver por adelantado se traduce en un ahorro respecto a los intereses que abonamos por este tipo de hipotecas. Para conseguirlo, será posible llevar a cabo una novación o subrogación de la hipoteca, optar por una u otra dependerá de las condiciones de la hipoteca en cuestión, así como de la situación y preferencias del propio cliente.

¿Cuál es el proceso de concesión Hipoteca con plazo de devolución a 40 años?

En último lugar, es conveniente matizar que, a pesar de que los bancos no suelen conceder muchas hipotecas a 40 años, el proceso de concesión es bastante parecido al de otros productos hipotecarios. En otras palabras, para tener acceso a este tipo de hipotecas el estudio que lleva a cabo la entidad bancaria respecto al cliente es similar al de otros productos hipotecarios. Lo único que lo diferencia de manera considerable es que la edad del solicitante tendrá más peso que en otros casos, siendo prácticamente imprescindible tener menos de 35 años para acceder a ellas.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre las hipotecas con un plazo de devolución a 40 años. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

El 30 de junio finaliza el plazo para hacer la declaración de Renta 2021 y acceder, si corresponde, a la devolución de IRPF. Dicho plazo se abrió en abril, y desde entonces ya se abonó el 80,8% de las solicitudes de devolución realizadas hasta el momento. Si aún no accediste a hacer los trámites necesarios, en Oi RealEstate te contamos cómo se vienen haciendo las devoluciones y más detalles del procedimiento.

Qué es y qué grava el IRPF

El IRPF es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se trata de un impuesto con el cual quienes residen la mayor parte del año en España contribuyen a sostener los gastos públicos. Tal como existe en otros países -bajo otros nombres, pero siempre a través de un organismo de la administración pública-, este impuesto recauda y redistribuye. Esto significa que, en parte, aquellos aportes de los ciudadanos servirán también para ayudar a quienes están en situación más precaria.

Así, el IRPF grava la renta del ejercicio, esto es, los rendimientos del trabajo (salarios y pensiones), y los rendimientos del capital (inmuebles y ahorros). El impuesto incide también por actividad económica y ganancias patrimoniales, una vez descontadas las pérdidas. Todo esto teniendo en cuenta que la parte de la renta gravada es aquella resultante de descontarle los gastos que fueron necesarios para generarla.

¿Siempre se accede a una devolución de IRPF?

No. En rigor, luego de presentar la declaración, hay que pagar la cantidad correspondiente en concepto de lo que calcula el impuesto. Ese cálculo tiene que ver con los porcentajes por actividad y los montos ingresados, mayormente. No es necesario pagar todo el impuesto de una vez. Las normas exigen a los pagadores de las rentas que retengan determinadas cantidades a cuenta del IRPF que adeuden los cobradores de esas rentas. Además, las personas que realizan actividades económicas pagan de forma fraccionada ciertas cantidades a cuenta del impuesto antes de realizar su declaración. Ahora bien, si una vez presentada la declaración resulta que se retuvo una cantidad mayor de la que corresponde pagar, se puede solicitar a Hacienda que devuelva el exceso.

Los plazos y posibles demoras en la devolución de IRPF

El cierre de la actual Declaración de Renta, correspondiente al ejercicio 2021, se abrió el pasado 6 de abril y termina el próximo 30 de junio. Pero para aquellos que deben pagar y desean hacerlo a través de la domiciliación bancaria, el plazo culmina el 27 del corriente mes.

Para quienes pertenecen al grupo de contribuyentes a los que Hacienda debe hacer una devolución del IRPF, ese plazo es hasta fin de año. Es decir que el Ministerio puede demorar hasta el 31 de diciembre -pasados los seis meses del periodo de declaración-, para ejecutar todos los reembolsos. De cualquier manera, ese es el plazo máximo. Normalmente, de no existir ningún tipo de problema en el trámite, el reembolso se realiza dentro del mes siguiente a su presentación. En caso de darse algún tipo de retraso por parte de Hacienda, más allá del máximo del semestre admitido, la Ley de IRPF exige pagar un interés que actualmente es del 3,75%.

El estado actual del reembolso

Desde abril hasta mayo inclusive, la campaña de devolución de IRPF arrojó una cifra de 7,4 millones de contribuyentes. Esto significa que en total esa cantidad de personas recibió aproximadamente 4.895 millones de euros, habiendo sido abonadas el 80,8% de las solicitudes de devolución.

La situación hasta la fecha es similar a la del año pasado, aunque se registró un 1,6% menos de solicitudes realizadas, y un 1,7% en importe reclamado. Aún faltan ingresar cerca de 3 millones de declaraciones por parte de contribuyentes que han optado por agilizar la presentación, ya que no tienen que realizar los primeros pagos hasta el final de la campaña.

Donde sí se vió una modificación positiva es en la cantidad de declaraciones realizadas por vías no presenciales. En ese caso, el total nominal alcanza a 12.990.000, lo que supone 164.000 más que el año pasado. En especial, se registró un aumento en las presentaciones vía teléfono celular. Se han contado más de 365.000 declaraciones a través de la aplicación móvil de la Agencia (un 1,6% más que en 2021).

Está previsto que del total esperado de declaraciones al finalizar la campaña (21.921 millones), prácticamente dos terceras partes resulten con derecho a devolución de IRPF (14.350 millones). Esto le implicaría a Hacienda un reembolso estimado de 11.122 millones de euros (5,8% más que el año pasado).

Cómo saber cuál es el estado actual de su trámite

La principal vía de información y contacto es la web de la Agencia Tributaria. La misma ofrece a los contribuyentes la posibilidad de consultar el estado de la devolución. Luego de identificarse con su usuario y contraseña, deberá acceder a la opción “Estado de tramitación” para visualizar cuál es su caso:

  • La declaración sigue en trámite;
  • La declaración está en estado de comprobación;
  • La declaración no fue grabada;
  • La declaración fue tramitada y emitida.

Fuera de las opciones que requieren internet (vía página web o la aplicación de la Agencia), se puede presentar la declaración con ayuda del plan “Le llamamos”, que viene funcionando desde años anteriores. Gracias al mismo, se puede confeccionar las Declaraciones de Renta por teléfono, medio por el cual ya más de 739.000 contribuyentes cuentan con su solicitud presentada.

Finalmente, se habilitó ya, con cita previa, la atención personalizada en las oficinas. Las mismas se prestan en colaboración con comunidades autónomas y ayuntamientos.

Si te ha sido de utilidad este artículo puedes continuar leyendo sobre la Renta 2021-2022

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Los clientes que contrataron hipotecas multidivisa comercializadas por la financiera Barclays podrán pasar sus préstamos a euros y recibir lo que pagaron de más, tal como lo dictaminó un tribunal de primera instancia de Barcelona.

Una sentencia de la juez Isabel Giménez le dió un nuevo revés a la banca. Y es que, la magistrada obliga en un fallo a Barclays a devolverle el dinero cobrado de más a los clientes que contrataron hipotecas multidivisa. La demanda había sido presentada por un colectivo de damnificados representados por la asociación de consumidores Asufin. Estos clientes reclamaban la modificación der la cláusula principal de estos préstamos.

Las hipotecas multidivisas, se promocionaban antes de la crisis financiera como más económicas. El argumento era que, al estar suscritas al yen o al franco suizo terminarían siendo más baratas. Esto finalmente no sucedió ya que las monedas se apreciaron y los clientes terminaron viendo como sus cuotas aumentaban exponencialmente.

Si quieres saber más sobre el fallo que dictaminó el pase de las hipotecas multidivisas a euros y cómo continúa la batalla judicial, no dejes de leer este post!

Hipotecas multidivisa: los clientes podrán pasar sus préstamos a euros 

La jueza Isabel Giménez, responsable del juzgado mercantil 3 de Barcelona, avaló una demanda de acción colectiva de cesación que pedía anular la cláusula principal de las hipotecas multidivisa. Gracias a una acción de cesación, este fallo posibilitó que se cambie la moneda del préstamo.

Dando lugar a este reclamo, Gimenez permite que se modifiquen las condiciones generales del contrato. En España el antecedente más importante al cual recurrir es la sentencia del 2013 que hizo lugar a la eliminación de las cláusulas suelo de los contratos. Esto marcó un antes y un después dentro del derecho y las relaciones comerciales entre la banca y sus clientes.

¿Cómo sigue el recorrido legal del caso de las hipotecas multidivisa?

En caso de que la sentencia se convierta en firme los clientes podrían pasar sus hipotecas a euros y cobrar un monto por el dinero que pagaron de más durante el plazo que duró el préstamo. Para que esto suceda falta aún tiempo

¿Qué pedía la demanda?

El reclamo pedía la nulidad de la cláusula multidivisa de todas las hipotecas del banco Barclays cuyas cuentas pertenecen ahora al CaixaBank. El motivo de este pedido se basó en considerar que las cláusulas eran abusivas, por lo que demandaban cesar esta práctica a futuro y la eliminación de esta condición en los préstamos vivos. Además, pedían convertir las hipotecas a euros y recibir un resarcimiento por el dinero pagado de más a la entidad financiera.

Si bien el caso responde a una demanda presentada por la abogada María José Lunas de Asufin en representación de los damnificados de Barclays, una sentencia firme podría tener efectos sobre todos los usuarios de hipotecas multidivisa.

¿Cuáles fueron los argumentos a los que refiere la sentencia?

En la sentencia ha quedado claro que es posible realizar el control de transparencia de las cláusulas con carácter general independientemente de los casos concretos. Según el fallo en la cláusula establecida en el contrato no consta que la fluctuación de la divisa pueda poner en riesgo la capacidad de pagar las cuotas hipotecarias Esto significa que en ningún momento la banco se ocupó de informar debidamente que las mensualidades podían elevarse e incluso aumentar el capital pendiente de amortización.

Para la juez, la cláusula sobre las hipotecas multidivisa impugnada no supera el control de transparencia. Además, independientemente de las informaciones precontractuales que hubieran tenido los clientes, la cláusula es considerada abusiva y por lo tanto nula. En este sentido, la  sentencia condena a la entidad financiera a dejar referenciado el préstamo en euros según el cambio a fecha de la firma del crédito. Además, condena a la entidad a recalcular las cuotas pagadas hasta la fecha y a restituir a los prestatarios el exceso pagado.

¿Cuál era el supuesto atractivo de las hipotecas multidivisa?

Las hipotecas multidivisas, se promocionaban hace 10 años como una oportunidad para suscribirse a préstamos que resultarían más baratos por estar en divisas débiles como en aquel momento eran los yenes o francos suizos.

Sin embargo esto no sucedió, y por el contrario, los clientes que contrataron este tipo de préstamos debieron hacer frente a cuotas notablemente superiores. Además, el capital amortizado a pagar también aumentaba.

El banco Barclays, involucrada en este caso, aumentó su colocación entre los años 2005 y 2008 cuando pasó de 194 a 1.450 millones de euros.

¿Cuáles eran las características principales de las hipotecas multidivisa?

A diferencia de las hipotecas ordinarias, la devolución del capital se realizaba a la moneda extranjera referenciada en el préstamo. En general se utilizaban como referentes lo dólares australianos, los yenes o los francos suizos.

Como no estaban referenciadas al euro, la cuantía de la cuota de estas hipotecas variaba según la fluctuación de la divisa extranjera. En general no se ligaban a las cotizaciones del Euribor o el IRPH, los índices más comunes de las hipotecas, sino que lo hacían utilizando al LIBOR como referencia. Este indicador es una tasa de interés intercambiable del mercado de Londres.

Cuando la moneda extranjera a la cual se ligaba el préstamo se revalorizaba ante el euro, las mensualidades y los tipos de interés se disparaban.  De esta manera los préstamos hipotecarios pasaron a costar mucho más caros que lo que prometían.

Esperamos que te haya sido útil esta información. Desde ya si tienes algún comentario o alguna duda sobre el tema, puedes escribirnos un comentario en la casilla debajo del post.

Y si quieres recibir asesoramiento por parte de expertos, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con la mejor planta de asesores, a tu disposición.

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas