Aquí te contaremos cuáles son los derechos y obligaciones hipotecarias. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
En este artículo encontrarás:
Los derechos y obligaciones hipotecarias
Los derechos y obligaciones hipotecarias son medidas que afectan a ambas partes de un préstamo hipotecario. Es fundamental conocerlas antes de firmar una hipoteca, es por eso que te contaremos exactamente de qué se trata.
Las dos partes tienen derechos y obligaciones hipotecarias
En un préstamo hipotecario, como sucede con otros productos, hay derechos y obligaciones. Esto significa que, tanto la entidad bancaria como los clientes tienen que cumplir con ciertos requisitos a la hora de formalizar una hipoteca.
Por ejemplo, una de las obligaciones del deudor es la de abonar la hipoteca, se trata de devolverle al banco el dinero que le ha prestado. Por otro lado, uno de los deberes de los acreedores, es informar al cliente de la manera más transparente posible sobre las condiciones del préstamo hipotecario que va a firmar.
Al mismo tiempo, las dos partes cuentan con una serie de derechos. El cliente cuenta con la posibilidad de acogerse a una ayuda en caso de que no pueda pagar la cuota hipotecaria. Mientras que, el banco, tiene el derecho a recibir el dinero que ha prestado. Como podemos ver, los derechos y obligaciones de las dos partes se encuentran entrelazados.
Derechos y obligaciones hipotecarias del acreedor
Derechos
Recibir el dinero: la entidad bancaria presta dinero a un cliente, por ende, cuenta con el derecho de recibirlo de nuevo en el plazo de devolución que fue acordado. En caso de no recibirlo, si el cliente no puede hacer frente a la deuda, el banco tiene la posibilidad de solicitar una ejecución hipotecaria, en otras palabras, un desahucio.
Casa en buenas condiciones: hasta que el inmueble se termina de abonar le pertenece al banco, es decir, éste cuenta con el derecho de exigir al deudor que la mantenga en buenas condiciones. De este modo, si la vivienda vuelve a sus manos, tendrá la posibilidad de venderla al mismo precio que la primera vez.
Obligaciones
Transparencia: por otra parte, su obligación más importante es la de ser transparente. Por lo general, los clientes no están demasiado familiarizados con el mundo de las finanzas, esto significa que, es probable que no comprendan por completo qué es lo que están contratando. Luego de la reforma de la Ley Hipotecaria de 2019 el banco se encuentra obligado a entregar un documento donde se detalla todo lo que se encuentra incluido en la deuda que el hipotecado contrae con la entidad. Por otro lado, el cliente deberá dirigirse a un notario en los siguientes diez días naturales, de este modo se asegurará de que ha comprendido todo a la perfección.
Derechos y obligaciones hipotecarias del deudor
Derechos
Información: uno de los derechos del deudor es el de ser informado de todo lo que va a implicar la firma de una hipoteca. Esto quiere decir que debe comprender si su préstamo es de tipo fijo, variable o mixto, si tiene vinculaciones, comisiones, entre otros.
Cambiar condiciones: también, cuenta con el derecho de cambiar alguna de las condiciones del préstamo con el fin de mejorarlo. Para hacerlo hay diferentes opciones, se trata de la novación hipotecaria, la subrogación por cambio de acreedor y la cancelación de la hipoteca.
Novación hipotecaria: se trata de modificar el préstamo hipotecario dentro de la misma entidad bancaria. Esta opción brinda la posibilidad de ampliar o modificar el plazo de amortización, cambiar el tipo de interés, modificar el importe del préstamo, cambiar su divisa y sustituir avalistas.
Subrogación por cambio de acreedor: en este caso se traslada la hipoteca a otra entidad bancaria que nos ofrezca mejores condiciones. Puede ser una opción si el banco con el que contratamos la hipoteca no tiene intenciones de cambiar las características del préstamo hipotecario actual.
Cancelación del préstamo hipotecario: el nuevo banco nos dará el dinero necesario para saldar la deuda con la entidad bancaria actual y abrir una nueva hipoteca desde cero con ellos. Es otra opción para cambiarnos de banco en el caso de que la subrogación no resulte posible.
Obligaciones
Mantener la vivienda: con respecto a las obligaciones, el deudor debe mantener la vivienda en buenas condiciones hasta que termine de abonar el préstamo hipotecario. Esto se debe a que, una casa en malas condiciones implicaría una pérdida del valor del inmueble, lo que afecta al banco en caso de impago.
Abonar las cuotas hipotecarias: sin dudas, el deudor debe hacerse cargo de las cuotas mensuales de la hipoteca. Sin embargo, en caso de no tener la posibilidad de hacerlo tiene el derecho de negociar con el banco. Éste nos brindaría diferentes opciones:
Reestructurar la deuda: te permitirá ampliar el plazo de devolución, por ejemplo.
Moratoria hipotecaria: si sucede que no podemos hacer frente al pago de la hipoteca por circunstancias excepcionales, el banco puede establecer un periodo de carencia. En otras palabras, cierto número de meses en los que no tendremos que abonar las cuotas hipotecarias.
Código de Buenas Prácticas: esta opción aplica si el banco este adherido a estas medidas y nosotros nos encontramos dentro de algún colectivo considerado vulnerable, por ejemplo: familias numerosas, monoparentales, entre otras. Aquí se puede contemplar la reestructuración de la deuda, extender el plazo de amortización o reducir las cuotas, entre otras opciones.
Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los derechos y obligaciones hipotecarias. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.
Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!
Cuando un bien posee una pluralidad de titulares, debe armarse una entidad jurídica que contará con ciertas particularidades. Esto provocará que cada uno de los integrantes de ella sea tenido en cuenta a la hora de realizar modificaciones sobre dicha propiedad. De esta manera, todos integrarán una especie de unidad, que deberá mantener, disfrutar y cuidar del bien en cuestión. Ellos tendrán obligaciones y derechos específicos que detallaremos en el transcurso de este post. A continuación te brindaremos la información acerca de este interesante tema. Trataremos de aclarar cualquier duda que puedas tener con respecto a la copropiedad. Esperamos que sea de tu interés.
En este artículo encontrarás:
A que se denomina Copropiedad
Este término hace referencia a un bien inmueble que posee varios propietarios. Este tipo de entidades se encuentran reguladas por el Código Civil, bajo el nombre de condominio. En su artículo 392 expresa que se considera una comunidad, cuando una propiedad pertenece pro indiviso a varias personas. Cada uno de los propietarios, contará con un porcentaje del objeto en cuestión que le dará la posibilidad de actuar de manera libre sobre ella.
La copropiedad debe contar con ciertas características:
Por un lado la titularidad del bien debe ser de más de una persona, aunque pueden ser jurídicas o físicas. Otro punto importante es que no se ha establecido una cantidad máxima de personas que pueden ser parte de ella. También debes saber que este inmueble, no podrá ser dividido en partes, por lo que se considerará una unidad. Por último, cada uno de los propietarios dispone de un porcentaje del objeto del que podrá hacer uso libremente.
En qué casos puede establecerse
Uno de los casos más comunes para el establecimiento de una copropiedad es una herencia. Cuando fallece un familiar, el testamento puede establecer que los nuevos propietarios de un bien sean varios integrantes de la familia.
Esta situación provocará que la vivienda cuente con una pluralidad de los nuevos dueños, por ejemplo al haber varios hermanos. Ellos dispondrán de un porcentaje específico del objeto.
Cómo se establecen los porcentajes de participación
La repartición puede realizarla cualquiera de los copropietarios o incluso por terceras personas que hayan sido nombrados por los titulares. Para realizar esta acción, será necesario que haya un acuerdo entre las personas que forman parte de él. Un punto importante a tener en cuenta, tiene que ver con que será necesario que se corresponda la división con la proporción de participación con la que cuenta cada integrante.
También debes saber que cuando la propiedad no sea factible de división, será posible que se entregue la totalidad del bien a un solo propietario, quien deberá indemnizar a los otros titulares. Otra opción podría ser la venta a un tercero, con lo que se repartirá lo adquirido por la venta entre los integrantes de la copropiedad respetando los porcentajes de participación correspondientes.
Derechos y obligaciones
Decisiones unánimes o colegiadas: las decisiones en cuanto a las modificaciones del objeto deben ser aceptadas por los propietarios según el porcentaje de participación con la que cuenta cada uno o ser colegiada.
Solidaridad: Es obligación de los propietarios que administren, mantengan y disfruten de la propiedad de forma solidaria, ya que es una propiedad que cuenta con varios titulares.
Como utilizar elementos comunes: cada uno de los propietarios podrá disfrutar de las cosas de uso común teniendo en cuenta el porcentaje de titularidad del que disponga. Para ello será necesario que no perjudique los intereses de los demás copropietarios ni que impida la utilización de los demás.
Hipotecar: debes saber que cualquier propietario de la copropiedad puede hipotecar su porción del inmueble. También se podrá ceder la misma o incluso sustituir su titularidad.
Un detalle importante a recalcar, es que en la mayoría de los casos, las participaciones suelen ser en iguales porcentajes de todos los titulares, a menos que se establezcan particiones especiales.
Como es posible extinguirlo
Sera posible realizar esta acción cuando alguno de los copropietarios soliciten que se lleve a cabo. A partir de este pedido, se evaluará que esto no provoque una disminución en el valor del inmueble para el resto de los propietarios.
Si bien es posible que la disolución se realice luego de un acuerdo, no siempre sucede de esta forma. Muchas veces ocurre que los integrantes de la copropiedad no estén de acuerdo en extinguir el condominio. En estos casos debes saber que será necesario realizar procedimientos legales. A través de ello será posible o la venta a un tercero de la porción o para dividirla.
Este procedimiento se encuentra regulado en el Código Civil. Allí se establece que no será posible exigir a un copropietario el permanecer en esa comunidad. Esto significa que puede, en caso de requerirlo retirar su porcentaje. También se agrega que no podrá realizarse si es que perjudica de alguna forma, o inutiliza el bien en cuestión.
Algunos de los motivos que pueden provocar la disolución de la copropiedad pueden ser. Si el bien en cuestión ha desaparecido o se ha extinto. Por decisión y aceptación de los titulares, por haber perdido el derecho, o se ha vencido el plazo que le correspondía sobre el objeto.
La copropiedad empresarial
Puede suceder que una empresa decida sumarse a la bolsa de valores. Allí podrá un inversor decidir comprar cierta cantidad de acciones. De esta forma, serán parte de la empresa, pasando a ser una copropiedad. Es importante entender que ahora la empresa no podrá ser dividida, ya que todos los integrantes contarán con un porcentaje de ella.
Debido a esto, en caso de que alguno de los accionistas quisiera o necesitara desprenderse de su porcentaje de la empresa podría ofrecer sus acciones en el mercado y generar la transacción.
Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.
Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:
La firma de un contrato de alquiler y el consecuente inicio de una relación arrendador-arrendatario implica que a cada una de las partes le corresponderán determinados derechos, pero también ciertas obligaciones hasta que el acuerdo finalice. En este sentido, la normativa vigente intenta mantener siempre la balanza en equilibrio, para que ninguna de las figuras que intervienen se vea excesivamente beneficiada o gravemente perjudicada. ¿Qué derechos y obligaciones le corresponden al propietario en el alquiler de una vivienda y cuáles al inquilino? En este artículo te lo contamos en detalle.
Tanto el propietario como el inquilino cuentan con una serie de derechos en los acuerdos de arrendamiento pero, en ambos casos, a estos también les corresponden ciertas obligaciones. Todos ellos están especificados en el Código Civil español. Pero como el tema que aquí nos interesa es el alquiler de bienes inmuebles, también entran en juego las disposiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
En este post, te explicaremos en detalle cuáles son y en qué consisten los derechos y obligaciones del propietario y el inquilino en un acuerdo de arrendamiento. ¡Sigue leyendo!
En este artículo encontrarás:
¿Qué derechos y obligaciones le corresponden al propietario al alquilar su piso?
Derechos del propietario
Los propietarios tienen derecho a:
Solicitar garantías al inquilino antes de firmar el contrato de alquiler.
Recibir el pago de la renta en tiempo y forma.
Ser consultados antes de realizarse modificaciones o reformas en su vivienda.
Ser notificados con anticipación ante una finalización temprana del contrato.
Recibir el inmueble en condiciones al terminar el acuerdo.
Acceder a una serie de beneficios fiscales.
Derecho a solicitar garantías al firmar el contrato de alquiler
Antes de iniciar la relación arrendador-arrendatario, los propietarios pueden exigir una serie de garantías a los inquilinos. Estas tienen como principal objetivo verificar su nivel de solvencia. La primera de ellas es la fianza, cuya entrega es obligatoria y consiste en el pago de una suma de dinero que luego, si todo marcha bien, es devuelta al arrendatario al finalizar el contrato. En este artículo te contamos con detalle en qué consiste el depósito de la fianza.
También, existe la posibilidad de solicitar al inquilino garantías adicionales. Aunque no son obligatorias, también constituyen un derecho del propietario y pueden servirle para cubrirse frente a todo tipo de eventualidades. Las principales son la solicitud de nóminas o declaraciones de la renta más recientes, un seguro de impago de alquiler, un aval bancario, un depósito, distinto al de la fianza y la presentación de un fiador solidario. En este artículo te mostramos de qué se trata cada una de ellas.
Derecho a recibir el pago de la renta en tiempo y forma
Una vez firmado el contrato de arrendamiento, el principal derecho que tiene el propietario es el de recibir las mensualidades de renta en tiempo y forma. El solo atraso en uno de los pagos ya implica para el arrendador otro derecho, que es el de iniciar acciones legales por morosidad. En este artículo te contamos en detalle cómo proceder legalmente en estos casos y en qué consiste un proceso de desahucio.
Derecho a ser consultado antes de la realización de reformas o modificaciones
Parece evidente, pero no por ello es menos importante aclararlo. Si bien existe la posibilidad para el inquilino de realizar diferentes reformas o modificaciones en la vivienda, el propietario siempre deberá ser consultado antes. No importa si se trata de un cambio pequeño, como pintar una pared, el arrendador tiene derecho a dar su consentimiento o no.
Derecho a ser notificado con tiempo ante una finalización temprana del contrato de alquiler
Es muy común que los inquilinos abandonen la vivienda antes de tiempo, esperando no quedar sujetos a ninguna consecuencia. Sin embargo, si en el contrato figura de forma explícita una penalización económica por desistir anticipadamente del acuerdo, tendrá que cumplir con ella.
En este sentido, cabe aclarar que el propietario tiene derecho a ser notificado de esta partida temprana al menos con treinta días de anticipación. De lo contrario, el monto a pagar de penalización será mayor para el arrendatario.
Derecho a recibir la vivienda en condiciones al finalizar el contrato
Este punto también parece evidente, pero cabe mencionar que el propietario tiene derecho, una vez que finaliza el contrato de alquiler, a recibir su vivienda en las mismas condiciones en las que la entregó. En caso de que esto no ocurra, podrá reclamar la reparación de los daños ocasionados o una indemnización que cubra dichos perjuicios. También existe la posibilidad de retener al inquilino la fianza que entregó al firmar el contrato.
Derecho a acceder a beneficios fiscales
A la hora de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los propietarios tienen derecho a deducir gastos inherentes al arrendamiento de su vivienda. También, a acceder a una reducción del 60%. En este artículo te contamos en detalle cómo tributa alquilar un piso en el IRPF.
Obligaciones del propietario
Los propietarios tienen la obligación de:
Ceder por completo el uso y disfrute de la vivienda.
Mantener las condiciones de habitabilidad y eficiencia energética de la misma.
Obligación de ceder por completo el uso y disfrute de la vivienda
La obligación más elemental con la que deben cumplir los propietarios al alquilar su vivienda es la de ceder por completo a los inquilinos el uso y disfrute del bien. Esto se debe a que, ante la ley, mientras dure el contrato, es el arrendatario el verdadero poseedor del bien.
Obligación de mantener las condiciones de habitabilidad y eficiencia energética de la vivienda
No es menos importante mencionar que, para poder alquilar su vivienda, los propietarios deben entregarla a los inquilinos en condiciones de ser habitada. Esto implica que deben solicitar revisiones de profesionales o técnicos especializados para tramitar documentos como la Cédula de Habitabilidad o el Certificado de Eficiencia Energética (CEE). En este artículo te mostramos en detalle de qué se trata dicha cédula. En este otro, todo lo que debes saber sobre el certificado energético.
¿Qué derechos y obligaciones le corresponden al inquilino al alquilar un piso?
Derechos del inquilino
Los inquilinos tienen derecho a:
Visitar la vivienda antes de firmar el contrato.
Negociar el tiempo de duración del mismo.
Tener prioridad para adquirir el inmueble en caso de que el propietario desee venderlo.
Transmitir la titularidad a un familiar.
Exigir la conservación y el mantenimiento de la propiedad.
Acceder a beneficios fiscales.
Derecho a visitar la vivienda antes de firmar el contrato
Antes de firmar un contrato de arrendamiento, los futuros inquilinos deben poder solicitar a los propietarios una visita y un recorrido completo por la vivienda que desean alquilar. Esto les permitirá saber si dicho inmueble se encuentra en condiciones de ser habitado y conocer con qué muebles, electrodomésticos y demás equipamiento cuenta. Es decir para, principalmente, evaluar si se ajusta a sus necesidades. Aprovechar este derecho es fundamental para tomar la mejor decisión.
Derecho a negociar el tiempo de duración del contrato
Todos los inquilinos tienen derecho a determinar, en conjunto con los propietarios, por cuánto se extenderá la duración de su relación. En este sentido, la normativa vigente indica que dichos acuerdos deben prorrogarse por un mínimo de cinco años. Por lo tanto, todos los arrendatarios tienen derecho a acceder a un contrato de alquiler de esta duración. Una vez que se cumple este plazo, si no hay voluntad de renovación a través de una nueva negociación, el contrato se extingue.
Derecho de adquisición preferente
Una de las tantas eventualidades que pueden surgir en un arrendamiento es que los propietarios decidan vender la vivienda en cuestión. En estos casos, los inquilinos cuentan con el derecho de adquisición preferente. ¿Qué significa? Que si desean comprar el inmueble, tienen prioridad por sobre otras personas que estén interesadas.
En este sentido, también cabe mencionar la posibilidad de acceder a un alquiler con opción a compra. Sin embargo, a diferencia de la situación anterior, esta debe pactarse antes de firmar el contrato de alquiler y debe explicitarse en dicho documento. En este artículo te contamos en detalle de qué se trata el alquiler con opción a compra.
Derecho a transmitir la titularidad
Se trata de un derecho poco conocido por los inquilinos. No obstante, la realidad es que la normativa vigente permite la transmisión de la titularidad de un alquiler, manteniendo las mismas condiciones, entre familiares. Es decir, que un arrendatario puede tranquilamente ceder su lugar en la vivienda alquilada a un allegado. Sí, bajo el mismo contrato que se firmó al inicio del arrendamiento.
Cabe aclarar que, a pesar de ser un derecho totalmente exigible, es también limitado y sujeto a una serie de condiciones. Por lo tanto, será necesario consultar siempre con un asesor legal.
Derecho a exigir la conservación y mantenimiento de la vivienda
Como mencionamos previamente, en los derechos y obligaciones de los propietarios, los inquilinos pueden exigir un adecuado mantenimiento de la vivienda. Esto puede implicar la realización de una serie de obras, reparaciones, modificaciones y mejoras.
Sin mencionar, en esta misma línea, que antes de firmar el contrato, los inquilinos deben poder exigir a los propietarios la acreditación de la Cédula de Habitabilidad y el Certificado de Eficiencia Energética (CEE), documentos de los que hablamos anteriormente.
Derecho a acceder a beneficios fiscales
Al igual que los propietarios, que cuentan con importantes deducciones y reducciones en el IRPF por arrendar su vivienda, los inquilinos también pueden acceder a ciertos beneficios fiscales.
Existen deducciones para arrendatarios que varían según cada Comunidad Autónoma, por lo tanto, deben consultarse de forma particular en cada región. No existe ningún derecho único de desgravación por alquiler que aplique con iguales condiciones en toda España.
Obligaciones del inquilino
Los inquilinos tienen la obligación de:
Realizar el depósito de una fianza al firmar el contrato.
Acreditar otras garantías que solicite el propietario.
Cumplir en tiempo y forma con el pago de la renta y otros gastos que se comprometió a asumir.
Entregar la vivienda en condiciones al finalizar el contrato.
Obligación de realizar el depósito de una fianza al firmar el contrato y acreditar otras garantías
Como mencionamos al enumerar los derechos del propietario, el inquilino tiene entre sus obligaciones la de realizar el depósito de una fianza, la cual consiste en el pago de una suma de dinero que luego, si no se producen inconvenientes, le será devuelta al finalizar el contrato.
Por otro lado, existe la posibilidad de que los propietarios soliciten garantías adicionales. También es obligación de los inquilinos cumplir con ellas. Las principales, como dijimos previamente, son la solicitud de nóminas o declaraciones de la renta más recientes, el seguro de impago de alquiler, el aval bancario, el depósito, distinto al de la fianza y la presentación de un fiador solidario.
Obligación de cumplir en tiempo y forma con el pago de la renta
Así como el principal derecho de los propietarios es el de recibir las mensualidades de renta en tiempo y forma, la principal obligación de los inquilinos es precisamente esta, la de cumplir con dichos pagos en los términos correspondientes. De no ocurrir esto, es posible que los arrendadores inicien acciones legales, lo cual puede derivar en un desalojo para los inquilinos.
Obligación de abonar los gastos que le corresponden
Al firmar el contrato de arrendamiento, es probable que los inquilinos no deban comprometerse únicamente con el pago de la renta todos los meses. También pueden quedar bajo su responsabilidad gastos como los recibos de los servicios o las cuotas de la comunidad de vecinos. El incumplimiento de estos pagos también se considerará como una falta grave.
Obligación de dejar la vivienda en condiciones al finalizar el contrato
Al derecho de los propietarios de recibir su vivienda en condiciones una vez que finaliza el contrato de arrendamiento, le corresponde esta obligación de los inquilinos de posibilitarlo. Al abandonar el inmueble, deberán dejarlo tal como lo recibieron, pero habiendo contribuido también a su correcto mantenimiento.
Como habrás visto, los derechos y obligaciones del propietario en un acuerdo de arrendamiento son proporcionales a los del inquilino.
Para que la relación arrendador-arrendatario sea amena durante el período de duración del contrato, será indispensable que tanto inquilino como propietario se comprometan a cumplir con sus obligaciones, pero también será importante que hagan valer sus derechos.
Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.
Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!
Tener una propiedad común es una gran alternativa y puede traer consigo ventajas económicas, particularmente en la inversión inicial. Sin embargo, en cada gran proyecto debemos considerar todos los horizontes de posibilidades antes de aplicar, y este caso no está exento a esa regla.
Tener una propiedad común es lo que se denomina formalmente “copropiedad”, esto es, cuando un determinado inmueble es de dos o más personas. Ello implica que, al menos en términos ideales, haya una acuerdo respecto de los destinos del mismo. Allí pesarán diversas cosas, esencialmente el equilibrio en el cumplimiento de derechos y obligaciones particulares.
El siguiente artículo intentará abordar algunos de los problemas más comunes a la gestión de una vivienda en común. Como complemento, se buscará aclarar también cuál debería ser la participación de cada copropietario en dicho bien.
Y ahora sí, sin más dilaciones, pasemos a los principales conceptos en la materia.
En este artículo encontrarás:
¿Qué es una copropiedad?
Tal como decíamos al inicio, la copropiedad de un inmueble se da cuando una vivienda está sujeta a derecho por más de una persona. Los casos más frecuentes se dan al heredar una casa, o por su compra conjunta por parte de un matrimonio o entre amigos. Otra situación frecuente se da por la obtención de inmuebles a manos de varios inversores que buscan rentabilizar esas viviendas y hacer negocio. Pero ya se trate de herederos forzosos o inversiones conjuntas, la copropiedad tiene dos implicancias legales inmediatas:
La primera es que todas las partes tienen derecho pleno sobre toda la vivienda;
La segunda, que la vivienda es, en ese sentido y en principio, un bien indivisible.
Se entiende entonces que en una copropiedad cada propietario tiene derecho al uso total de la vivienda, siempre en acuerdo con el resto de ellos.
¿Cuál es mi porcentaje de responsabilidad sobre la vivienda?
La delimitación de los derechos de cada propietario no suele ser materia de discusión o conflicto legal tanto como su contraparte: las responsabilidades. Aquí es necesario aclarar que, si bien se entiende que las obligaciones corresponden en partes iguales, esto es así solo por defecto. En otras palabras: puede existir documentación que indique que el inmueble está “repartido” según determinados porcentajes a cada propietario. De ser ese el caso, ciertas responsabilidades también recaen en esos porcentajes. De hecho, hay algunos ejemplos en los que esto es más evidente que al considerar una sola vivienda. Podemos hablar del reglamento o la escritura de copropiedad de un edificio o de viviendas que comparten un pasillo. En este caso, dicho documento público describe cada uno de los departamentos y detalla las partes comunes del inmueble. También se consideran pautas de organización y convivencia y, por supuesto, los límites y alcances en los derechos de cada propietario. De esta manera, ante el deseo de uno de ellos de hacer una modificación estructural en su departamento, debe ceñirse a este reglamento.
En definitiva, sea cual fuere el caso, siempre que haya una escritura de copropiedad, los propietarios disfrutarán de todos los beneficios de la vivienda. Como contraparte, y atendiendo a los acuerdos pautados y las reglas de convivencia, tendrán ciertas obligaciones según la proporción del inmueble que posean.
Obligaciones inherentes a una propiedad común
Teniendo en cuenta la parte proporcional de la vivienda que le corresponde a cada dueño, recaen sobre ellos determinados costes y obligaciones básicas. A saber:
Gastos de la vivienda, es decir, aquellos costes vinculados a su mantención, tales como el pago de servicios;
Costes de mejoramiento o reparación.
En cuanto al correcto proceder para realizar modificaciones, el principal interesado en hacerlas debe:
Consultar el reglamento de copropiedad;
Acordar y pedir autorización al resto de los copropietarios, que se otorga normalmente por mayoría simple.
Derechos de quienes poseen una propiedad común
Los derechos de los copropietarios son en general más conocidos. Sin embargo, como suele decirse, “los derechos de uno terminan donde empiezan los de los demás”. En base a ello, es importante recalcar lo siguiente:
Salvo que por mutuo acuerdo se designe la propiedad a uno solo de sus dueños o herederos, todos ellos tienen el mismo derecho a hacer uso de ella, sin impedir que los demás puedan hacerlo también;
Cada copropietario puede enajenar, ceder o hipotecar su parte del inmueble;
El derecho de copropiedad no se resigna por no vivir en el inmueble, por lo que no es necesario habitarlo para conservar todos los otros derechos. De igual manera, el no habitar la propiedad no nos exime de las responsabilidades sobre ella.
Cualquier modificación en estas condiciones básicas debe hacerse con el acuerdo de todas las partes y quedar sentadas en el reglamento de copropiedad o en un contrato que especifique las nuevas normas. Caso contrario, ante cualquier conflicto surgido con el inmueble, se aplicará la ley general.
¿Es posible anular una copropiedad?
La respuesta es sí. Un contrato de copropiedad puede ser anulado si lo solicita una o todas las partes implicadas. La diferencia entre uno y otro procedimiento es que, en caso de motivar la disolución sólo uno de los dueños, debe contemplar no generar daños o recargas en los otros.
Dentro de los motivos más frecuentes que pueden derivar en la disolución de una copropiedad se encuentran:
La desaparición o destrucción del inmueble (por una catástrofe);
La venta acordada por todos los propietarios;
La pérdida de derechos por incumplimiento de las obligaciones;
El vencimiento de plazos estipulados para mantener el convenio.
En definitiva, tener un inmueble en copropiedad no debe ser un problema más, sino una solución dentro de la posibilidad de inversiones que nos presenta el contexto económico actual. Aún si no resultan los convenios, hay alternativas para “salirse del contrato”. Lo importante es no interrumpir el diálogo con los otros dueños y, si eso no es posible, asesorarse con profesionales sobre todos los caminos posibles.
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