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Decreto antidesahucios

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A fines de diciembre del 2020 hablábamos sobre los alcances del nuevo decreto antidesahucios, en este artículo te contamos algunas de las consecuencias positivas y negativas que han impactado sobre propietarios e inquilinos desde su implementación.

Surgimiento de la nueva normativa del decreto antidesahucios

La crisis económica empeorada por el impacto sorpresivo de la pandemia de la COID-19 no dejó afuera al mercado de alquiler. Inquilinos, propietarios y agencias inmobiliarias tuvieron que reacomodarse a las nuevas realidades. En principio, durante las medidas más duras de restricción social, el movimiento de los arrendamientos se vio casi totalmente paralizado. Luego, a medida que se atenuó la situación de confinamiento, se volvió a trabajar, pero con una dinámica que dista bastante de la normalidad.

Por todo lo mencionado arriba, muchas personas perdieron sus trabajos o disminuyeron sus ingresos. Como consecuencia, gran cantidad de inquilinos dejaron de pagar sus alquileres, y como efecto dominó, esta situación repercutió en los propietarios que dejaron de recibir el pago de sus rentas. Esto generó un contexto conflictivo entre la relación de ambas partes.

Finalmente, el Gobierno, en diciembre pasado, aprobó la normativa del nuevo decreto antidesahucios para ayudar a los más vulnerables.

¿Cómo funciona la ayuda del nuevo decreto?

Según lo establecido por los diferentes ministerios, el decreto antidesahucios detiene los desahucios sobre todas las familias vulnerables durante el tiempo que dure el Estado de Alarma.

La novedad de la normativa reside en que no solo se contemplarán a las personas afectadas por la pandemia, sino que tampoco se permitirá echar de las viviendas a todas aquellas personas que ya se encontraban en condiciones de vulnerabilidad previa.

Sumado a esto, el escrito contempla a todos aquellos que no tienen contratos de alquiler, ni son propietarios de un inmueble. Con esto queremos decir que colabora con las personas que se encuentran ocupando una vivienda de manera ilegal. En este último caso, se aplica solamente para los grandes propietarios (no particulares), personas físicas o jurídicas con diez o más propiedades en alquiler.

¿Cómo se aplica el decreto antidesahucios?

Para sortear el desahucio, los inquilinos tienen que demostrar el estado de vulnerabilidad económica. Esta condición debe certificarse frente a un juez, presentando un informe vinculante solicitado de forma obligatoria por los tribunales. En este informe debe constar cuál es la situación que impide al inquilino a realizar el pago de la renta. Por otro lado, se aceptará otro tipo de documentación. Un ejemplo puede ser el documento que demuestre que dichas personas están atravesando una situación de ERTE o de despido laboral (posterior al momento inicial en el primer estado de alarma decretado por el Gobierno). Si se confirma que, efectivamente, la vulnerabilidad declarada es real, el propietario no podrá sacar al inquilino de la vivienda hasta que finalice el estado de alarma actual o hasta la fecha 9 de Mayo de 2021.

En el caso de ocupantes de vivienda, si se confirma la vulnerabilidad económica de estas personas, el juez puede detener el desahucio durante un máximo de tres meses. En lo que dure ese periodo de tiempo, las Administraciones (de cada CA) deben hacer el intento de encontrar una alternativa de “vivienda digna” para los vulnerables.

¿Contempla la falta de pago de suministros?

El decreto antidesahucios incluye una normativa para evitar el corte de suministros de agua, luz y gas por falta de pago. Sin embargo, este elemento aún no se ha estabilizado. Si bien a principios del Estado de Alarma las empresas que brindan estos servicios aceptaron este pacto, pasados los meses, dejaron de respetar esta situación.

Problemas ocasionados por el nuevo decreto antidesahucios

Para una parte de la población, la nueva normativa del decreto antidesahucios no solo no llegó a resolver el problema de vivienda que se está atravesando, sino que golpeó fuertemente sobre sectores donde la estabilidad económica tambalea.

El principal problema que genera esta norma es la estigmatización que recae sobre los propietarios. Primero, porque los hacen responsables de algo que tendría que asegurar el Estado y no los dueños de las propiedades. Se conoce, en general, cuánto cuesta a un casero sostener un inmueble en arrendamiento (incluso con los pagos de la renta al día). Sin ingresos, resulta prácticamente imposible. Por lo tanto, esta obligación impuesta a los propietarios de sostener a los inquilinos deudores, de no poder cumplirse, los deja muy mal parados frente a la sociedad.

Entendemos entonces, que este decreto tapa un agujero por un lado al mismo tiempo que rompe estructuras por el otro. Además, es la primera vez en el mundo que se crea una normativa legal para dejar pasar una ilegalidad como la usurpación u ocupación de viviendas. Situación que atenta directamente sobre el derecho a la propiedad. Esta circunstancia va en contra de propietarios particulares (quienes más lo sufren por la escasa espalda económica), de profesionales, de las comunidades de vecinos y hasta de las Administraciones Públicas. Esto último porque, por supuesto, no solo ocupan los lugares, sino que también, no pagan ningún impuesto.

Sumado a lo anterior, se prevé que se generarán grandes demandas al Estado por responsabilidad patrimonial, penal y económica.

Reclamos sobre el decreto antidesahucios

Es entendible que cada cual por su lado debe esforzarse y colaborar para poder salir a flote luego del hundimiento económico provocado por la crisis sanitaria y económica. Pero también es aceptable que se contemple a todos aquellos a los que el Estado les exige más.

La medida antidesahucios dejad en condición de desprotección a los propietarios, y en consecuencia, a las agencias inmobiliarias contratadas para la administración de sus inmuebles. Se genera una “bola de nieve” que arrastra a su paso a todo lo que tenga por delante el mercado de alquiler.

En definitiva, se cuenta con que los inquilinos actúan de buena fe en su solicitud de ayuda ante la crisis, y se comprende e intenta colaborar con la situación. Pero no puede determinarse que toda la responsabilidad caiga sobre los propietarios, en esto habrá que reevaluar la norma.

Existe una herramienta en favor de los dueños de vivienda de solicitar una compensación económica por el sufrimiento causado por la falta de pago o la ocupación, pero no es clara la forma y no alcanza.

En resumen, se pide se revise la normativa para que las compensaciones se den de manera equilibrada. Lograr una equidad para todo aquel que esté involucrado en el mercado de alquiler.

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Debido a la crisis ocasionada por el confinamiento que se atravesó y se sigue atravesando con el estado de alarma por el COVID-19, el Gobierno se vio obligado a repensar estrategias para colaborar con los más afectados. Este es el caso del nuevo decreto antidesahucios.

Las consecuencias sobre el mercado de alquiler por la crisis económica

El hundimiento de la economía española por el coronavirus es el mayor de todas las economías de la zona euro. Tras una publicación de la Encuesta de Población Activa (EPA), se refleja una destrucción de más de un millón de puestos de trabajo durante el último trimestre del año. Esta situación ha impactado directamente sobre el mercado de alquiler ya que muchas personas dejaron de pagar sus rentas. En consecuencia, hace un mes atrás, se venía trabajando sobre un decreto antidesahucios en beneficio de dichos afectados y ha sido aprobado recientemente. Entérate de qué se trata.

Previas tensiones sobre el decreto antidesahucios

El vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda, Pablo Iglesias, había anunciado el pasado noviembre en sede parlamentaria que el decreto para evitar los desahucios de vivienda de las personas afectadas sin alternativa habitacional iba a llegar en menos de dos semanas. Esto sucedió después de varios encuentros entre los dos partidos en una semana donde debían negociar los presupuestos para el año que se aproxima.

La situación tensionó las relaciones de los dos partidos del actual Ejecutivo. En principio, con la presentación de dos enmiendas sobre sus propios presupuestos, negociados anteriormente entre el Gobierno de coalición, donde se exigía la prohibición de los desahucios y el corte de los suministros básicos hasta el 31 de diciembre de 2022.

Pablo Iglesias, de todas maneras, insistió sobre este tema. Lo destacó durante su comparecencia en la Comisión Mixta del Congreso para la Coordinación y Seguimiento de la Estrategia Española para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Aprobación del nuevo decreto antidesahucios

El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros la suspensión de los desahucios de alquiler. Impacta sobre las familias vulnerables sin alternativa habitacional. También prohibió el corte de suministros de luz, de agua y de gas a la población afectada por la crisis económica. Cubre también a personas en riesgo de exclusión social hasta el fin del estado de alarma.

El nuevo Real Decreto-ley llega después de un mes de negociaciones entre los socios de Gobierno. Unidas Podemos presentó una enmienda de la mano de EH Bildu y Esquerra Republicana al anteproyecto de Presupuestos Generales. La medida fue criticada por ministros socialistas, como la vicepresidenta tercera, Nadia Calviño, y la de Defensa, Margarita Robles, y fue motivo de fricción en el seno del Ejecutivo durante varias semanas.

La nueva medida intenta generar una respuesta habitacional sin perjudicar a los propietarios. José Luis Ábalos, ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, lo afirmó en una rueda de prensa, luego de la reunión del Consejo de Ministros. Él fue quien negoció con Iglesias lo más grueso de esta normativa actualizada.

El nuevo decreto de desahucios prolonga hasta el 9 de mayo la moratoria que vencía el 31 de enero para los afectados por la crisis causada por el COVID-19. Además, se extiende la medida a la población perjudicada por otras causas económicas. Contempla, incluso, a los que se encontraban en situación de vulnerabilidad antes de la pandemia.

Se incluye en la medida a aquellas familias que ocupan pisos vacíos sin violencia y que tengan la condición de dependientes. También a las víctimas de violencia de género o que tengan a su cargo a menores de edad u otras personas dependientes.

Si el inmueble es propiedad de grandes tenedores de vivienda, el Estado podrá indemnizarlos si demuestran un perjuicio económico. Esta situación se produciría en el caso de que la vivienda estuviera en venta o alquiler antes de la ocupación.

Alternativa habitacional

El inquilino es quien debe pedir el aplazamiento del desahucio para personas vulnerables. Este tendrá que presentar en los juzgados su solicitud de suspensión. Las autoridades judiciales acudirán en ese caso a los servicios sociales municipales, quienes remitirán el caso a la comunidad autónoma.

Las autonomías en el lapso de quince días estarán obligadas a brindar una alternativa habitacional, pero esta no puede ser “un albergue o un polideportivo”, según ha afirmado el vicepresidente, sino que será una “vivienda digna”.

Si durante este tiempo la Administración autonómica no les proporciona esa alternativa habitacional, el desahucio se llevará a efecto. Las inmobiliarias podrán pedir compensación por el perjuicio que les haya ocasionado la obstaculización del lanzamiento.

Suspensión de los cortes de suministros

En este nuevo decreto, el Ejecutivo también ha aprobado la suspensión de los cortes de los suministros de luz, de agua y de gas por falta de pago durante el estado de alarma para los colectivos vulnerables. La medida, impulsada por el Ministerio de Transición Ecológica, se aplicará no solo a los titulares del contrato, sino también a aquellas personas que reúnan las condiciones de vulnerabilidad, pero no puedan acreditar la titularidad. Serán los servicios sociales y los mediadores sociales, como las ONG, quienes certificarán esta condición.

Compensación para propietarios afectados por el nuevo decreto antidesahucios

La compensación para propietarios sería por el precio medio del arrendamiento en la zona donde se encuentre el inmueble. Sumados los gastos en los que haya incurrido hasta el momento en que se levante la suspensión del desahucio o se termine el estado de alarma. También señala que, en los casos de viviendas ocupadas, los desahucios seguirán adelante si la vivienda ha sido ocupada con métodos violentos o para ejecutar dentro de ella actividades ilegales. También si se trata de la vivienda habitual o la segunda residencia de un propietario particular.

Con esta medida, el Gobierno cumple una de las peticiones de los grandes propietarios, que en las últimas semanas habían alertado del peligro que significaba para ellos esta normativa. No recibir una compensación a cambio sería equivalente a un acto de injusticia.

Resumen

En síntesis, este nuevo decreto ampara a todas aquellas personas perjudicadas por la crisis económica sufrida a lo largo de este año, sin dejar de poner atención a propietarios e inmobiliarias.

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