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Declaración de renta

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Si has realizado la venta de una propiedad en el 2022, deberás realizar la declaración de la renta. Para ello, debes conocer cuáles son los cambios que se han introducido en el IRPF. En este post comenzaremos por tratar primero a que se refiere este impuesto, cómo presentar la declaración y las diferentes escalas que se implementarán para este ejercicio. ¿Nos acompañas?

Qué es el IRPF

Este impuesto, tiene como finalidad contribuir al sostenimiento de los gastos que el gobierno necesita para solventar el correcto funcionamiento de cada una de las localidades de nuestro país.

En la declaración, deberás incorporar la información del ejercicio anterior. En este caso nos estamos refiriendo al 2022. Allí se deben considerar los honorarios percibidos, pensiones, ganancias empresariales transacciones realizadas de bienes y ahorros. Todos estos datos nos darán un patrimonio personal. Recuerda que a la hora de establecer estos valores, deberás deducir los gastos que has tenido.

Un dato que debes tener en cuenta, es que este tributo, debe ser afrontado por personas físicas que residan en nuestro país. Así que no se tendrá en cuenta el origen o nacionalidad, sino que transcurra aquí la mayor parte del tiempo.

Cuándo se debe presentar la declaración de renta

Según se ha conocido en los últimos días, el calendario para la declaración de la renta comenzará a funcionar a partir del martes 14 de abril y habrá tiempo para realizarla hasta el 30 de junio.

Podrá ser presentada por diferentes canales:

  • Internet
  • Teléfono
  • De forma presencial

Cuestiones que cambian dependiendo del tipo de bien y realidad de los contribuyentes en el IRPF

Otro punto que debemos aclarar es que es un impuesto que intenta atender a las realidades de cada ciudadano. Esto quiere decir que agrupa a quienes se encuentran en condiciones similares para que abonen la misma cantidad de dinero.

Debes saber que no toda la renta debe afrontar el mismo porcentaje de tributo. El ahorro tributa por un porcentaje menor. Y los porcentajes son progresivos, esto significa que ante mayor patrimonio será mayor el porcentaje que deberá aportar.

Una vez que hayas realizado la declaración, deberás hacer el pago, habiendo deducido primero las retenciones que se hayan efectuado durante el año. En caso de que el resultado de la presentación sea a favor del contribuyente, podrás solicitar que Hacienda te devuelva la diferencia.

 

Cambios en el IRPF

Se viene una nueva declaración de Rentas en nuestro país, pero para este año se han realizado algunas modificaciones. Estas medidas han sido llevadas adelante con el fin alivianar la carga fiscal de los ciudadanos. Detallaremos a continuación de que se tratan:

Cambios en los tramos del IRPF

BaseTipo impositivo
De 0 a 12.449 euros19 por ciento
Desde 12.450 hasta 20.199 euros24 por ciento
Desde 20.200 hasta 35.199 euros30 por ciento
Desde 35.200 hasta 59.999 euros37 por ciento
Desde 60.000 hasta 299.999 euros45 por ciento
Más de 300.000 euros47 por ciento

Cambios en la base del IRPF

Además de los cambios en los tramos, el gobierno ha establecido cambios en la base del IRPF. A partir de la declaración a realizar en el 2023 que debe informar las rentas del 2022 la cantidad aumenta mil euros. Esto significa, que en vez de establecerse a partir de los 14.000 será desde los 15.000 euros brutos anuales. Ten en cuenta, que este valor regirá siempre que se trate de contribuyentes que sean solteros y no tengas hijos. Para aquellos que tengan dos niños el monto base pasará de 18.000 a 19.000 euros.

 Tramos del IRPF en retas del ahorro

BaseTipo impositivo
Hasta 6.000 euros19 por ciento
Desde 6.000 hasta 49.999 euros21 por ciento
Desde 50.000 hasta 199.999 euros23 por ciento
Más de 200.000 euros26 por ciento

Las rentas del ahorro o rendimiento son:

  • Ahorros
  • Dividendos
  • Inversiones
  • Acciones
  • Participaciones de beneficios empresariales
  • Fondos de inversión
  • Ventas de un vehículo
  • Venta de propiedades

¿Para qué sirven las nuevas Tablas IRPF?

Al realizar la Declaración de renta, uno de los aspectos que tenemos que recordar es que debemos reducir las retenciones que hemos sufrido a lo largo del año. La empresa que nos ha contratado debe brindarnos un certificado en el que se deja constancia de los montos que se han ido adelantando durante el ejercicio en cuestión. Este dinero funciona como un anticipo que hemos realizado a Hacienda.

Cuando hayamos hecho el cálculo de la cuota líquida de la renta, deberán deducirse los montos retenidos. Ten presente practicar las deducciones habilitadas por el IRPF, como ser maternidad o minusvalía. Así podrás obtener el resultado a afrontar.

De quedar un resultado positivo, será el importe que deberás abonar. Por otro lado, si el resultado es negativo, la Administración te devolverá lo que hayas pagado de más.

Cambios en el IRPF en Madrid

La Comunidad de Madrid ha decidido llevar adelante una deflactación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. El mismo se realizará con carácter retroactivo desde el 1 de enero del 2022.

Según han explicado, esta medida se lleva adelante con el fin de que los ciudadanos continúen aportando lo mismo, y que el aumento que se ha realizado en las retribuciones sea para hacer frente al aumento que se ha originado debido a la inflación.

Para ello, en primer lugar se ha elevado cada tramo que corresponde al impuesto, además del mínimo personal, un 4,1 por ciento. Por ello, se ha definido este porcentaje, ya que es el aumento salarial medio que se ha practicado.

BaseTipo impositivo
0 hasta 12.960,45 euros8,5 por ciento
12.960,45 hasta 18.433,19 euros10,70 por ciento
18.433,19 hasta 34.350,49 euros12,80 por ciento
34.350,19 hasta 55.601,89 euros17,4 por ciento
Más de 55.601,8920,5 por ciento

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

cambios en el IRPF

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Si es la primera vez que alquilas tu piso y aún no sabes cuáles son los pasos para declarar la renta de alquiler, leer este post te será fundamental. Además, podrás reducir muchísimos gastos si llevas el trámite ordenadamente.

Alquilar un piso no se trata solamente de encontrar un inquilino y luego retirar tu pago todos los meses, es mucho más complejo. Todo se puede solucionar con una gestión integral de alquiler, pero si quieres hacerlo por tu cuenta tendrás que ocuparte de muchos trámites. Uno de ellos, es el de declarar la renta de alquiler.

Pasos para declarar la renta de alquiler

El primer paso que debes seguir para declarar la renta de alquilar es registrar la vivienda alquilada en el IRPF.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

El IRPF, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es un impuesto existente en España desde el año 1978. Este se encarga de gravar la renta obtenida durante un año natural a las personas residentes en España. Es de carácter progresivo y directo, dirigido no solamente a los beneficios sobre un alquiler de vivienda, sino también a todas las entradas monetarias de las personas. Si nuestra propiedad se alquila con finalidad de vivienda, se podrá reducir el 60% de los rendimientos; en cambio, si es destinada a uso turístico y vacacional, se calculará la reducción proporcionalmente.

Inventario

Si haces una lista de inventario detallando todos los muebles que tiene la vivienda, podrás incluir como gasto la amortización de estos, pero tendrás que tener sí o sí las facturas. Si el alquiler se destina a oficinas o locales, no se podrá deducir el 60%. Así como tampoco si en los contratos no aparecen los datos de los inquilinos (nombre y NIF/NIE).

Tabla de IRPF

Dejamos aquí una tabla de los tramos del IRPF que se aplicaron en 2019 elaborado gracias a los datos de la Agencia Tributaria: 

  • 0 a 12.450€: 19%.  
  • 12.450€ a 20.200€: 24%. 
  • 20.200€ a 35.200€: 30%. 
  • 35.200€ a 60.000€: 37%. 
  • Más de 60.000€: 45%. 

Rellenar el modelo 100

El documento que te darán será el modelo 100, referido al IRPF como ya mencionamos. Deberás completarlo de esta manera:

  • Datos de tu vivienda: en las páginas 6 y 7, Apartado C (“Bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros, o afectos a actividades económicas”).
  • Identificación del inmueble: esto se registra de las casillas 0061 hasta la, si marcas la 0075 indicarás que eres propietario de un piso en arrendamiento.
  • Varios propietarios: se usa en el caso de que sea una vivienda a nombre de más de una persona. A cada una se le contabilizará la renta y los gastos deducibles según el porcentaje de propiedad. Se indicará indicar en la casilla 0063.
  • Vivienda habitual: si en el ejercicio anterior has tenido la vivienda como tu vivienda habitual. Lo indicarás en la casilla 0076 poniendo la cantidad de días en que lo fue.
  • Información de inquilinos: las siguientes casillas, que van desde la 0091 hasta la 0101, están dedicadas a la información sobre los inquilinos. La fecha en que inició el contrato de arrendamiento y los días que ha estado en alquiler durante el periodo a declarar.
  • Renta bruta: en la casilla 0102 deberás detallar los ingresos íntegros del alquiler. Estos son los montos que has cobrado bajo concepto del alquiler durante el periodo a declarar sin hacer ninguna deducción ni restar los gastos.

Gastos deducibles

Todos los gastos deducibles son: 

  • Intereses de la hipoteca: La reducción no se hará sobre el gasto principal de la hipoteca, sino que será aplicada en los intereses y otros gastos, como las comisiones por amortización anticipada de la hipoteca. Estos gastos serán registrados en la casilla 0104. 
  • Reparaciones y gastos de conservación del inmueble: Son considerados deducibles todos aquellos gastos que abarquen la sistematización y manutención de la propiedad, por ejemplo, manos de pintura, tapado de goteras, cambio de pisos, arreglos en los baños, etc. No se tomarán en cuenta la ampliación y nuevas construcciones que incluyan más ambientes. 
  • IBI, tasas y otros impuestos: Se podrán deducir todos los tributos y recargos no estatales como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), o las tasas de limpieza, recogida de basura, alumbrado… No están incluidos en este apartado los recargos que sean de carácter sancionador. 
  • Deudores morosos: El dinero que debe el inquilino que lleva varias mensualidades sin pagar, se podrá deducir como gasto, ya que el propietario tendrá este derecho si están regidos los requisitos necesarios. Si el deudor se encuentra en situación de concurso o han pasado más de seis meses entre la primera reclamación y el último día del año, se podrá hacer el tentativo.

Otros de los datos que se pueden deducir

  • La comunidad y otros gastos comunes: Si el encargado de asumir estos gastos sigue siendo el propietario, serán deducibles. Además, si el año en el que se hace la declaración de la renta, se ha tenido un gasto extra en la comunidad de vecinos, se deberá indicar. 
  • Amortización de la vivienda y de bienes inmuebles: Este apartado se digire a las amortizaciones de bienes inmuebles, que son del 3% sobre el valor catastral, y de bienes muebles, si se trata de un piso amueblado, esto se amortizará en un 10% cada año. 
  • Importe de las primas de los seguros: Estos serían los seguros de protección de la casa, de responsabilidad civil, robo o de protección de impagos del alquiler. 
  • Suministros de hogar: La luz, el agua, la electricidad y el gas son gastos deducibles. 
  • Gastos de formalización del contrato: Se incluirán también las sumas efectuadas en concepto de gestión integral, inmobiliaria, etc, a la hora de haber firmado el contrato. 

¿Cuáles son los pasos para declarar la renta de alquiler si eres propietario?

Si eres el propietario de una vivienda arrendada, necesitarás declarar la renta de la misma a través de rendimientos de capital inmobiliario. Tendrás que completar las casillas del 60 al 68, deberás explicar de qué tipo de vivienda se trata y, si eres propietario o usufructario.

Entre los pasos para declarar la renta, también deberás indicar si te encuentras viviendo en España o si en cambio, vives en el extranjero. Si se trata de una vivienda habitual, se podrá obtener hasta un 60% de deducción; el importe no podrá sobrepasar los 300.000 euros por año.

Presta atención a la fecha límite de declaración de renta

Como todos los años, se fija una fecha límite para realizar la declaración de renta, lo que implica conocer si tienes que pagar algo adicional o por el contrario, se te tiene que devolver. Abril es el mes indicado para acceder al borrador; tomar nota de ello será esencial a la hora de visualizar, si la información que se detalla es correcta o, falta algo.

Los plazos son muy amplios, el tiempo para realizar la declaración de renta termina el 30 de junio, por lo que tienes mucho tiempo para hacerlo. Sin embargo, muchos de los contribuyentes esperan hasta el último momento para realizarlo; porque es un trámite que para algunos es menor y para otros, es de suma importancia.

Como existen tres formas para realizar la declaración de renta, se debe prestar atención a los plazos según la modalidad utilizada. Se la podrá realizar de manera online, por teléfono o, de manera presencial, si se decide no presentarla en los plazos que se establecen, se podrían generar multas y recargos con costes muy elevados.

Puedes declarar la renta por internet

El objetivo de esta nota es descubrir cuáles son los pasos para declarar la renta de alquiler y para ello, debes conocer cuáles son las modalidades para hacerlo posible. Una de las más importantes es, sin lugar a dudas, realizar la declaración de la renta por internet; esta opción se ha vuelto muy popular por la pandemia.

El plazo para realizar este trámite, se ubica entre el 6 de abril y el 30 de junio, se dispone una gran cantidad de tiempo para hacerlo. Solo se requiere el certificado de identificación o documento nacional de identidad para dar inicio, de esa manera se tendrá acceso al borrador y, se podrá verificar si los datos qu figuran son correctos o no.

Por vía telefónica

Si deseas realizar la declaración por vía telefónica, la fecha indicada para hacerlo es a partir del 5 de mayo y, el límite para presentarlo es el 30 de junio. Será necesario, pedir una cita para llevar a cabo este procedimiento: las fechas para hacerlo serán entre el 2 de mayo y el 29 de junio; por eso es muy importante que te encuentres atento a los plazos.

Debes contar con todos los documentos que se requieren para realizar este trámite, procura tenerlos a la vista. Puedes solicitar la declaración de renta de manera telefónica llamando a los siguientes números: 91 554 87 70 y 901 33 55 33, el horario para hacerlo será de lunes a viernes de 9 a 19 horas.

Realiza la declaración de renta de manera presencial

En este caso, la fecha establecida para realizar la declaración de renta de manera presencial se desarrollará entre el 1 y 30 de junio. Lo que significará un plazo menor en comparación con las otras formas para declarar la renta.

Se necesita pedir cita previa de manera telefónica o a través de internet, esta se podrá solicitar desde el 26 de mayo, llamando al 91 535 73 26 o 901 12 12 24. Si el contribuyente no cumpliera con la declaración de renta, se podrían aplicar multas.

¿La declaración de renta es obligatoria o permite excepciones?

Aunque es un trámite muy importante, no todos deben presentarlo y esto se debe a que, las personas que hayan recibido ingresos por debajo de los 22.000 euros; no están obligados a presentar este documento. No obstante, realizar la consulta de lo que se detalla en borradores es muy importante, porque Hacienda puede estar debiéndole algo al trabajador.

A excepción de las personas que han recibido ingresos muy bajos, el resto de los trabajadores que hayan recibido ingresos en el año 2021; deberán realizar la declaración de renta. Aquí, se incluyen las personas que trabajan por cuenta propia, quiénes obtienen ingresos por su trabajo, a través de un empleador o, si se ha recibido ingresos por medio de una pensión.

Por eso, los trabajadores que hayan recibido ingresos superiores a los 22.000 euros por parte de un único pagador o, los que perciban montos mayores a los 14.000 euros, de diferentes pagadores deberán realizar la declaración de renta. Es un trámite sumamente importante y, se lo debe realizar con anticipación para evitar inconvenientes.

Si necesitas ayuda para alquilar tu piso acude a OI REAL ESTATE

¿Deseas poner tu piso en alquiler o, quieres alquilar el mejor piso de la zona? No tienes de qué preocuparte, en OI REAL ESTATE, te brindaremos la información que necesitas conocer, para transformarte en el mejor propietario o inquilino. Te invitamos a ingresar a nuestro sitio web, para indicarte los servicios con los que contamos.

Además, te ayudaremos a responder cualquier pregunta que poseas sobre alquileres, te acompañaremos en todo lo que requieras. Nuestro deseo es que conozcas el mundo inmobiliario en su totalidad, con el fin de tomar las mejores decisiones para tu proyecto.

Si tienes alguna inquietud, recuerda que puedes escribir al número de WhatsApp que, se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión acerca de la nota, puedes dejar tu mensaje en los comentarios.

Ahora que ya sabes cuáles son los pasos para declarar la renta de alquiler ¡cuéntanos cómo te va en el intento! Además, te recomendamos leer los siguientes artículos relacionados:

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La reducción de alquiler en el IRPF es una de las ventajas más importantes que disponen tanto arrendador como arrendatario. En esta nota te explicaremos cómo reducir el alquiler siendo inquilino y en qué casos es posible.

 Toda persona busca realizar la deducción del 60% que se aplica a los conceptos de alquiler en el IRPF. La situación económica es muy difícil y para aquellos que viven de alquileres o que están llegando con lo justo a fin de mes, es una gran ventaja obtener esta deducción. Eso sí, para poder acudir a esta reducción deberás cumplir con ciertos requisitos y no podrás meter gastos que no tengan nada que ver con el inmueble arrendado.

¿Cómo reducir el alquiler siendo inquilino?

Para que el inquilino tenga derecho a la reducción deberá corresponder a ciertas características. El inmueble en cuestión debería ser la vivienda habitual del arrendador sin usarla con ningún otro fin. No se podrán aplicar reducciones a propiedades que estén siendo usadas con fines comerciales. Sean despacho jurídico, sede de una empresa o un negocio comercial. Por otro lado, será necesario tributar las rentas obtenidas como rendimientos del capital inmobiliario y no como actividad económica.

Actividad económica

Más específicamente, el artículo 27.2 de la Ley de IRPF establece que: “el arrendamiento de inmuebles tendrá la consideración de actividad económica si para su ordenación se utiliza, al menos, una persona empleada con contrato laboral y a jornada completada”. Si nos encontramos en esta ocasión los ingresos obtenidos serán tributados como actividad económica y no existirá la opción de aplicar la reducción del 60%. Solo está prevista para el caso de que el contribuyente obtenga rendimientos del capital inmobiliario.

¿Cómo reducir el alquiler siendo propietario?

Lo primero que deberá hacer el propietario es registrar la vivienda alquilada en el IRPF. Luego para reducir el alquiler será necesario calcular el rendimiento neto. Este cálculo se realiza restando, a los ingresos obtenidos, los gastos previstos en el artículo 23, apartado 1, de la Ley de IRPF. Como ya hemos especificado, todos los gastos tienen que estar aplicados en la vivienda en cuestión.

Sociedades que alquilan para sus empleados

Muchas sociedades alquilan propiedades, eso está claro. Pero si estas propiedades se alquilan con destino de darle un hogar a sus trabajadores y no para el uso de oficinas o sedes sociales, será posible aplicar la reducción de impuestos. El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) informa que lo importante es el destino con el que se alquile el inmueble. No importa que el arrendatario sea sociedad. Sin embargo, deberás aclarar detalladamente en el contrato de arrendamiento, quién habitará la vivienda y declarar que su uso será sin lugar a duda con fin comercial.

ONG que alquila una propiedad

Con respecto a las ONG, sucederá un caso similar al anterior. Si la organización alquila la propiedad con destinación de oficina o sede de la entidad, no podrá acceder a las reducciones. En caso de que esté destinada a personas con bajos recursos o que integren colectivos de especial protección, se podrá deducir. Ante estas ocasiones es más difícil identificar a las personas que efectivamente van a ocupar el hogar. Deberá prevalecer el criterio del fin de la vivienda, ya que se destinará al hogar de personas. Sino es aceptada la reducción debería insistirse hasta lograrla.

Pérdida del derecho a la reducción

Existe la posibilidad de perder el acceso a este derecho. En caso de que el contribuyente no incluya los ingresos y gastos obtenidos por alquiler de la vivienda en su declaración de IRPF es una de las principales causas. Lo importante será declarar los ingresos, no es tan significante que sean declarados en plazo o no, siempre y cuando no se haya iniciado una comprobación tributaria. El contribuyente tiene derecho a realizar una complementaria si en su momento olvidó declarar tales ingresos y así poder aplicar la reducción.

Comprobación tributaria

Como hemos ya mencionado, la comprobación tributaria podría meterte en problemas. Si los ingresos no han sido declarados, Hacienda considerará que el contribuyente no puede pedir que se aplique la reducción. Si se produce esta situación, la TEAC impondrá una doble sanción. Primero, la negación de la aplicación de la reducción y luego una multa económica por no hacer correctamente la declaración del IRPF.

¿Cuáles son los gastos deducibles en el IRPF?

Claro está que los gastos que figurarán como reducibles serán siempre dedicados al inmueble. Vamos a especificarlos uno por uno:

  • Intereses de la hipoteca: La reducción no se hará sobre el gasto principal de la hipoteca, sino que será aplicada en los intereses y otros gastos, como las comisiones por amortización anticipada de la hipoteca. Estos gastos serán registrados en la casilla 0104. 
  • Reparaciones y gastos de conservación del inmueble: Son considerados deducibles todos aquellos gastos que abarquen la sistematización y manutención de la propiedad, por ejemplo, manos de pintura, tapado de goteras, cambio de pisos, arreglos en los baños, etc. No se tomarán en cuenta la ampliación y nuevas construcciones que incluyan más ambientes. 
  • IBI, tasas y otros impuestos: Se podrán deducir todos los tributos y recargos no estatales como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), o las tasas de limpieza, recogida de basura, alumbrado… No están incluidos en este apartado los recargos que sean de carácter sancionador. 
  • Deudores morosos: El dinero que debe el inquilino que lleva varias mensualidades sin pagar, se podrá deducir como gasto, ya que el propietario tendrá este derecho si están regidos los requisitos necesarios. Si el deudor se encuentra en situación de concurso o han pasado más de seis meses entre la primera reclamación y el último día del año, se podrá hacer el tentativo 

Otras deducciones

  • La comunidad y otros gastos comunes: Si el encargado de asumir estos gastos sigue siendo el propietario, serán deducibles. Además, si se ha tenido un gasto extra en la comunidad de vecinos, se deberá indicar. 
  • Amortización de la vivienda y de bienes inmuebles: Este apartado se digire a las amortizaciones de bienes inmuebles, que son del 3% sobre el valor catastral, y de bienes muebles, si se trata de un piso amueblado, esto se amortizará en un 10% cada año. 
  • Importe de las primas de los seguros: Estos serían los seguros de protección de la casa. Responsabilidad civil, robo o de protección de impagos del alquiler. 
  • Suministros de hogar: La luz, el agua, la electricidad y el gas son gastos deducibles. 
  • Gastos de formalización del contrato: Se incluirán también las sumas efectuadas en concepto de gestión integral, inmobiliaria, etc, a la hora de haber firmado el contrato. 

Ahora ya sabes cómo reducir el alquiler siendo inquilino. Te recomendamos leer la siguiente nota:

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Si tienes un piso en arrendamiento, todos los años debes declarar la renta del alquiler. Sigue leyendo este artículo e infórmate sobre lo que necesitas saber para realizarlo.

¿Por qué se debe declarar la renta del alquiler?

La declaración de la Renta es un trámite administrativo a través del cual los españoles tienen que comunicar a la Agencia Tributaria cuáles han sido sus ingresos durante el año anterior.

Si tienes un inmueble arrendado, es obligatorio presentar la declaración de renta de alquiler y aquellos otros ingresos que hayas obtenido a lo largo de todo el año. También es necesaria la observación de cuánta carga impositiva se puede reducir, y esto comienza desde el momento inicial en que se elabora el contrato de alquiler.

Para declarar la renta de alquiler, en el contrato se deben tener en cuenta dos elementos: el uso que se vaya a dar a la propiedad y un inventario minucioso de lo que contenga el piso.

Con respecto al primer punto, es importante establecer el uso porque, si el destino del inmueble es para una vivienda, en la declaración de la renta se puede deducir un 60% de los rendimientos; mientras que si es para uso turístico o de temporada, se calculará proporcionalmente ese tipo de reducción.

Como segundo elemento mencionamos el inventario. Con el inventario más el valor real que le adjudiques a la propiedad, puedes incluirlos como gastos por conservación y reparación del inmueble.

En contraposición, si el alquiler está destinado a oficinas o locales comerciales no se podrá aplicar reducción del 60%, ni otra reducción. Así como tampoco si en los contratos, no aparecen los datos completos de los inquilinos (nombre y NIF).

¿De qué manera se debe declarar la renta del alquiler?

Según el modelo de Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la Agencia Tributaria, los datos de la vivienda arrendada deben incluirse en las páginas 6 y 7 del formulario:

Las rentas correspondientes al régimen especial de imputación de rentas inmobiliarias deberán declararse en el apartado C de la declaración  “Relación de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros, o afectos a actividades económicas“.

Desde la casilla 0061 hasta la casilla 0075 se utilizan para colocar la identificación del inmueble. En la 0075 se indica que eres propietario de un piso en alquiler.

En el caso de que la vivienda posea más de un propietario, a cada uno de ellos, se le contabilizará la renta y los gastos deducibles según el porcentaje de propiedad. Esto se tiene que dejar indicado en la casilla número 0063.

Es importante que, si en el ejercicio anterior se había tenido la vivienda a modo de vivienda habitual, dejarlo establecido en la casilla número 0076. Allí se debe aclarar la cantidad de tiempo que se utilizó en aquella modalidad.

Las casillas que van desde la 0091 hasta la 0101 están dedicadas a la información sobre los inquilinos. En estos puntos se coloca la fecha en que se firmó la conformidad el contrato y el tiempo que ha estado alquilando el inmueble durante el periodo a declarar.

En la casilla 0102 se debe rellenar con el dato exacto de lo que se ha cobrado íntegramente por las rentas de alquiler. Son todos los ingresos de renta que se han obtenido durante el periodo por declarar sin quitar gastos ni reducciones.

Gastos que se pueden deducir del alquiler

Como propietario arrendador, se pueden deducir algunos cuantos gastos, que se restarán del total de ingresos obtenidos en el año. De esta manera, los impuestos que se deban pagar se ajustarán a lo que se haya obtenido como ingreso neto.

De las categorías de seguros, comunidad, intereses, etc., que corresponden a gastos fijos anuales, solo se podrá deducir la parte proporcional a los días en que la vivienda arrendada ha estado efectivamente en alquiler.

Intereses e hipoteca

En este elemento se debe indicar todo lo relativo a intereses de créditos para la compra o las obras de reparación de la vivienda. También otros gastos diferentes como amortización anticipada del crédito o comisiones de apertura.

Esos montos deben figurar escritos en las casillas número 0103 y 0104.

Gastos de reparación y conservación

En la casilla número 0107 se deben indicar todos los gastos sobre los arreglos que se hicieron en la propiedad, como la incorporación de puertas o ventanas, la pintura, instalación de artefactos de calefacción, etc. De todas formas, estos tipos de gastos son deducibles del alquiler en la declaración de la renta, siempre y cuando, Hacienda entienda o compruebe que lo que se hizo signifique una reparación o no.

Impuestos de una vivienda arrendada

Se pueden deducir los impuestos como el IBI, las tasas por alumbrado, los impuestos de recolección de basura y limpieza, pero no los impuestos por sanciones. Esta información se detallará en la casilla número 0115.

Deudas por rentas impagas

Si como propietario no recibiste el monto de dinero por la renta del alquiler completa, puedes incluir el saldo de lo adeudado en la casilla número 0116. Para presentar este tipo de declaración, se debe estar atravesando una situación de concurso o que hayan pasado más de seis meses desde el primer reclamo realizado y la fecha 31 de diciembre del año.

Comunidad de propietarios

En la casilla número 0109 se incluyen los gastos por pago de vigilancia, de portería, de jardinería o comunidad de vecinos. Si existen gastos extra en este renglón se pueden agregar, siempre y cuando todos estos costes, los pague el propietario.

Gastos de amortización

La amortización de los bienes inmuebles y también la de los muebles se puede restar.

En el caso de propiedad arrendada, Hacienda permite imputar el 3% sobre el mayor del valor catastral sin incluir el suelo o del valor de adquisición satisfecho.

En el caso de los bienes muebles, se ejecuta el 10% anual por el mobiliario.

Seguros de vivienda para declarar la renta de alquiler

En la casilla número 0148 se pueden incluir los costes de seguro de vivienda. Aquí se abarca a los seguros del hogar contra robo, contra incendio, por responsabilidad civil o los seguros por impago del alquiler.

Formalización del contrato

En la casilla 0110 se incluyen los gastos realizados a la hora de ejecutar el contrato de arrendamiento legal. Pago a las inmobiliarias, registros, firmas, sellos, etc.

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Estamos a pasos de finalizar un año diferente de muchos otros, pero aún así deberás conocer cómo realizar la declaración de renta de cara a los tiempos que se avecinan. Presta atención a este artículo para informarte sobre las deducciones de alquiler de las que puedes obtener un beneficio.

Declaración de renta 2021

Pese al confinamiento y al estado de alarma aprobado por el Gobierno el pasado marzo de este año, la Agencia Tributaria no pospuso la campaña de declaración de renta y fue realizada desde abril hasta junio del corriente año. Aún no conocemos las fechas del 2021, pero puede ser que coincidan. También, es probable que pueda realizarse en las oficinas de la Agencia que prestan común servicio presencial desde el pasado 1 de julio con cita previa.

Deducciones para propietarios

No todos los caseros tienen derecho de aplicarse la reducción. El inmueble arrendado tiene que, sí o sí, utilizarse para vivienda del arrendatario, y no con otra finalidad. Por ejemplo, si el alquiler del inmueble está destinado a una empresa, no se le puede aplicar reducción. La reducción por alquiler prevista en la Ley del IRPF se calcula sobre el rendimiento neto positivo que se haya obtenido por el alquiler de una vivienda.

Existen otros gastos que puedes deducir como los siguientes:

  • Préstamos que hayas adquirido para realizar mejoras en la vivienda.
  • Impuestos como el IBI, tasas de limpieza, alumbrado y otros tributos.
  • Gastos por conservación y reparación del inmueble.
  • El importe de las primas de contratos de seguros.
  • Las cantidades derivadas de servicios personales devengadas por terceros como: seguridad, administración etc.
  • Gastos relacionados con la formalización del alquiler.
  • Los montos destinados a los servicios de suministros.

Deducciones de alquiler para inquilinos

Existen dos tipos de deducciones de las que puedes obtener beneficio de cara a la declaración de renta: la deducción estatal y la deducción autonómica. Aquí te contamos la diferencia.

Podrán adherirse a la deducción estatal de alquiler por vivienda habitual, solamente aquellas personas que tengan un contrato de alquiler anterior a a la fecha del 1 de enero de 2015, y, por supuesto, este contrato debe mantener la vigencia en la actualidad.  La desgravación es del 10,05% de las cantidades pagadas, siempre que la base imponible del contribuyente sea inferior a 24.107,20 euros anuales. 

Con respecto a las deducciones autonómicas, a las que te puedes acoger, independientemente de la fecha del contrato de alquiler, estas van a depender del lugar donde se resida. Cada Comunidad Autónoma tiene diferentes porcentajes de deducción y cantidad máxima deducible.

Deducciones de alquiler autonómicas

Dijimos que las deducciones autonómicas varían en función de dónde se resida, aquí dejamos un pequeño resumen.

Andalucía

Esta comunidad permite la deducción del 15%, con un máximo de 500 euros anuales. Pero esta deducción sólo está al alcance de los contribuyentes menores de 35 años que no perciban más de 19.000 euros entre la base imponible,  una cantidad que se eleva a 24.000 euros en caso de tributación conjunta. Deberán acreditar la constitución del depósito de la fianza en la comunidad, así como identificar a su arrendador. En el caso de que exista un segundo arrendador, también hay que rellenarlo. Los contribuyentes con derecho a la deducción deberán cumplimentar el apartado: “Información adicional a la deducción autonómica por arrendamiento” del Anexo B.6) de la declaración.

Aragón

La deducción máxima es del 10% con una base máxima de 4.800 euros anuales. Los contribuyentes que pueden beneficiarse de esta ayuda son aquellos cuya base imponible general y la del ahorro no superen los 15.000 euros. Esta cantidad se eleva a 25.000 euros en caso de tributación conjunta.

Asturias

La deducción que practica esta autonomía es la del 10% con un máximo de 455 euros, tanto en tributación individual como en conjunta.

Cataluña

La deducción autonómica disponible en Cataluña para arrendatarios por el alquiler de vivienda habitual es del 10%, con un límite no mayor de 300 euros anuales, siempre y cuando se cumplan algunos requisitos: el inquilino debe ser menor de 32 años de edad y cobrar menos de 20.000 euros al año. Además, el pago del alquiler debe suponer más del 10% del salario del contribuyente. El límite máximo puede llegar a los 600 euros anuales, siempre que en la fecha de devengo del impuesto el contribuyente pertenezca además a una familia numerosa.

Comunidad valenciana

En el caso de la Comunidad valenciana, existen dos formas de deducción; por un lado puede ser un 15% de deducción general con un máximo deducible de 500 euros, mientras que menores de 35 años, mayores de 65 y discapacitados obtienen un 20% y su máximo deducible es 700 euros.

Galicia

Esta comunidad permite al contribuyente desgravarse un 10% de las cantidades, con un máximo de 300 euros por año. En el caso de que el arrendatario tenga, al menos, dos menores de edad a su cargo, el tope aumenta a 600 euros con una deducción del 20%. Si se trata de un discapacitado, las montos se duplican. Para poder aplicarse esta desgravación, al menos uno de los inquilinos debe tener como mucho 35 años de edad. El contrato de arrendamiento debe haberse fechado posterior al 1 de enero de 2003 y es necesario que se haya constituido el depósito de la fianza en el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo.

Madrid

La deducción disponible es del 30%, con un máximo de 1.000 euros, para inquilinos menores de 35 años que ganen menos de 25.620 euros al año en su base imponible o 36.200 en caso de tributación conjunta.

Murcia

No posee deducciones disponibles.

País Vasco

La Hacienda vasca permite una deducción para el arrendamiento de viviendas del 20%, con un límite equivalente a 1.600 euros anuales.

Contacto profesional

Entendemos lo tedioso que puede ser aprenderse los requisitos para obtener deducciones y, sobre todo, realizar los trámites de declaración de renta. Siempre puedes contactarte con asesores Oi Real Estate para que puedan guiarte con todo lo relacionado a alquileres. No dudes en escribirnos y formar parte de nuestros clientes.

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