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Declaración de la renta

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A la hora de declarar la renta, contar con más de un pagador puede ser algo engorroso. Pero no te preocupes, en este post te contaremos todo lo que necesitas saber para poder realizarla de manera correcta y sin errores. ¿Nos acompañas?

Declarar la renta con más de un pagador en la campaña 2023

El primer punto que debes tener en claro, al declarar la renta con más de un pagador, tiene que ver con que deberás declarar si es que los ingresos totales dentro de la categoría teniendo en cuenta los montos percibidos por la totalidad de los pagadores son mayores a los 15.000 euros anuales. Cabe aclarar que será así mientas que el segundo pagador o la suma de todos ellos, quitando lo recibido por el principal sea mayor a 1.500 euros durante todo el año.

Si, por otro lado, la sumatoria no alcanzara los 1.500 euros durante el año, el límite será de 22.000 euros anuales.

Un segundo punto importante a tener en cuenta al declarar la renta con más de un pagador, tiene que ver con que hay ingresos que no se consideran como un segundo pagador. Veremos a continuación a cuáles hace referencia la Ley del IRPF:

  • En el caso de que se cobren pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos. Cabe aclarar que será así, siempre que no estén previstas en el artículo 7 de la normativa.
  • Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no se encuentre obligado a realizar retenciones como lo plantea la reglamentación.
  • Si es que se obtienen rendimientos íntegros del trabajo sujetos a un tipo de retención fijo.
  • Por rendimientos de trabajo que se encuentran enmarcadas en las prestaciones del articulo 17.2.a). Esto corresponde a pensiones de la Seguridad Social, prestaciones públicas por incapacidad, jubilación, accidentes, enfermedad, viudez, planes privados, de empresas o seguros. Será así siempre que la determinación del tipo de retención aplicable se haya realizad con el procedimiento especial que se establece reglamentariamente.
  • Tampoco cuando se produzca una subrogación laboral o un pago delegado. Ni cuando la empresa en la que trabajas deba cambiar el nombre o se fusione con otra compañía.

Debo pagar más dinero de  impuestos en el caso de declarar la renta con más de un pagador

Lo cierto es que en el caso de que debas declarar la renta con más de un pagador no significa que debas abonar más impuestos. Esto se debe a que la cantidad de pagadores que tengas no influirá en la cantidad de dinero que vayas a pagar en Hacienda.

Pese a ello, debes saber que es posible que la cantidad de retenciones que ellos hayan realizado durante el año no cubran la suma a pagar, por lo que quedará saldar con la entidad la diferencia. Suele suceder que a la hora de retener, cada pagador lo hará por la suma que hayas recibido y como si fuera el único pagador, sin tener en cuenta a los demás.

Por ello, puede pasar que los ingresos aumenten gracias a uno o varios trabajos que se puedan obtener en el transcurso del año obligándote a subir de escala y tributar en un porcentaje mayor.

Cuando deberás pagar al tener dos pagadores

Ten presente que a la hora de cobrar por un trabajo, y tener más de dos pagadores, puede que te realicen retenciones.  Esto sucederá cada vez que recibas una remuneración. De esta forma, al ingresar todos los ingresos y las retenciones, es posible que te encuentres por debajo de los valores a pagar. En este paso será necesario que abones la diferencia.

Otra posibilidad es que al realizar los pagos correspondientes a los ingresos durante todo el año, cada pagador lo haga en el porcentaje previsto. En este caso no será necesario que efectúes ningún pago extra ya que la posición entre retenciones y porcentaje de renta dará en cero al realizar el cierre del ejercicio.

Cabe aclarar que esta opción es mucho más fácil en el caso de que solo tengas dos pagadores. Es que será más simple calcular cuanto será lo percibido durante el año. Al tener este dato, podrás realizar el cálculo de lo que te corresponde pagar y que cada uno de los empleadores realicen la retención exacta teniendo en cuenta tus ganancias reales.

Un punto que debes recordar es que en el caso de que las retenciones que te hayan practicado sean mayores al valor que deberías pagar, es posible que al declarar la renta con más de un pagador, el cierre sea favorable para ti. En este caso, Hacienda, deberá devolverte el dinero en un plazo aproximado de 6 meses. Por lo que no deberás preocuparte por ello, no será dinero perdido.

Cuáles son los tramos al declarar la renta con más de un pagador

Un dato de suma importancia al declarar la renta con más de un pagador, tiene que ver con los tramos que Hacienda ha establecido. Es que debemos recordar que es un tributo progresivo. Esto significa que cuando más alto es ingreso, mayor será el pago que deberás efectuar.

Cabe aclarar que el porcentaje no variará en el caso de tener dos o más pagadores. Será el mismo porcentaje sin importar el número de empleadores que hayas tenido durante todo el ejercicio.

Al declarar la renta con más de un pagador, será necesario que verifiques todas las retenciones que has sufrido durante el año, y ver que se correspondan con los ingreso. De esta forma será posible evitar problemas a futuro o incluso sanciones o multas por algún error en dicha declaración.

Tramos para declarar la renta más dependiendo de los ingresos obtenidos durante el ejercicio:

Tramos IRPF 2024Retención IRPF
Hasta 12.450 euros19 por ciento
Entre 12.450 y 20.200 euros24 por ciento
Entre 20.200 y 35.200 euros30 por ciento
Entre 35.200 y 60.000 euros37 por ciento
Entre 60.000 y 300.000 euros45 por ciento
Más de 300.000 euros47 por ciento 

Otro punto importante, es que hace pocos días desde diputados han solicitado al gobierno nacional a deflactar el IRPF, por lo que puede haber novedades sobre este tema.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Como todos los años, es necesario realizar la Declaración de la Renta. Y también como es habitual hay novedades en la declaración del IRPF 2024. Recuerda que conocer estos cambios puede ayudarte a no desaprovechar oportunidades a la hora de solicitar deducciones que puedan disminuir la cantidad de dinero a abonar.

En este post te contaremos todas las novedades en la declaración del IRPF 2024, las deducciones, mínimo exento y reducciones que puedes solicitar en tu presentación. Así que no olvides tomar nota de estos datos para no cometer errores. Ten presente que pueden existir sanciones o auditorias si es que brindas información incorrecta. ¿Nos acompañas?

Novedades y cambios en la declaración del IRPF 2024

La Agencia Tributaria ha dado a conocer las novedades para la declaración del IRPF en el 2024. Cabe aclarar que, lo que se informará en ella serán los datos correspondientes al año anterior, o sea el 2023.

Estos datos, permitirán conocer las actualizaciones que se han llevado adelante y las modificaciones respecto a los porcentajes de los tributos, los mínimos exentos y deducciones que podrán ser solicitadas en esta declaración del IRPF 2024.

Novedades en el mínimo exento de la declaración del IRPF 2024

La primera de las novedades que tienes que tener presente, esta vinculado a que Hacienda a aumentado el mínimo exento para la realización de la declaración en este año. La suma se ha llevado a los 15.000 euros con dos o más pagadores. En el caso de que el total recibido de los segundos y siguientes pagadores supera mayor a los 1.500 euros en conjunto. Por si no lo recuerdas, en la presentación del año anterior, el monto mínimo era de 14.000 euros. Por lo que se ha aumentado mil euros.

Reducciones para propietarios que alquilen una vivienda

Otra de las novedades en la declaración del IRPF 2024 tiene que ver con la posibilidad de aplicar reducciones a los rendimientos de la renta de viviendas. Cabe aclarar que esto se encuentra enmarcado en la Ley de Vivienda, donde, para incentivar a los propietarios a alquilar sus viviendas vacías, se le ofrecen una serie de reducciones impositivas.

Las reducciones se han establecido de la siguiente manera:

  • La primera reducción se fija entre un 60 y 50 por ciento a partir del 2024
  • En segundo lugar, será del 60 por ciento para aquellos propietarios que hayan realizado obras de rehabilitación en el transcurro de los dos años anteriores al momento de ser alquilado el piso
  • El tercer lugar es de una reducción del 70 por ciento a los propietarios que alquilen viviendas a jóvenes de entre 18 y 35 años y sus inmuebles se emplacen en zonas tensionadas
  • Por último, podrá efectuarse una reducción del 90 por ciento en aquellos inmuebles que se encuentren en zonas tensionadas. Esto será posible siempre y cuando los contratos tengan una rebaja del 5 por ciento al compararlo con el contrato anterior.

Deducciones en el IRPF

Hacienda plantea distintas deducciones dependiendo de distintas cuestiones

  • Por mejoras en el inmueble: para esta declaración se ha planteado la ampliación a la deducciones que se realice en un piso para mejorar la eficiencia energética. Esto sucederá tanto en la vivienda habitual como en el caso de tener una propiedad en renta.
  • Por adquisición de vehículos eléctricos: Se ha ampliado hasta el fin de este año la deducción al realizar la compra de vehículos eléctricos. Cabe aclarar que para la presentación del 2024 se podrá deducir un 15 por ciento del valor de compra. El límite máximo se establece en los 20.000 euros. También puede solicitarse una reducción de un 15 por ciento por la instalación de puntos de recarga para este tipo de vehículos, siendo 4.000 el máximo a descontar.

Otras novedades en la declaración del IRPF 2024

  • Hacienda ha incorporado una reducción del 7 por ciento respecto a la retención del IRPF en los rendimientos del trabajo que puedan generarse por la elaboración de trabajos científicos, artísticos o literarios.

  • También se han modificado las condiciones para la exención de rendimientos que puedan obtener los trabajadores de empresas emergentes por medio de la recepción de acciones. Así es posible optimizar la tributación de este tipo de ingresos. Por otro lado se elimina la necesidad de que la oferta de acciones sea realizada en igualdad de condiciones para todos los empleados.

  • Se mantiene, además,  el incremento que ha sido implementado en el mes de julio del año pasado. Con ello se permite que se impute hasta 0.26 euros por kilómetro como parte de dietas y gastos necesarios para el desplazamiento de los empleados. 

Cambios en la justificación de gastos para los autónomos

Otra de las novedades en la declaración del IRPF 2024 tiene que ver con la modificación de la normativa que permite que los autónomos deduzcan gastos de difícil justificación de un 7 por ciento de su cifra de negocio. El límite estipulado para ello será de 2.000 euros.

Este cambio significa un aumento de dos puntos porcentuales respecto al año anterior.

También se ha incrementado el límite de las aportaciones en los planes de pensiones hasta un total de 8.500 euros como máximo. Además se aumento límite posible en la obtención de rendimientos de trabajo y por maternidad para las mujeres que tengan hijos menores de 3 años. 

Solo podrá realizar la declaración del IRPF por Internet en el 2024

Es importante que tengas presente que se ha realizado un cambio importante respecto a la declaración del IRPF 2024. Esto ha sido efectuado mediante el Real Decreto de las medidas anticrisis que se ha aprobado en el año pasado. Tiene que ver con la obligatoriedad de realizar la presentación de la declaración de la renta únicamente por medio de Internet. La razón es que pueda ser facilitado el proceso. Además se implementarán servicios de asistencia para todos aquellos que lo requieran.

Novedades de los tramos para la declaración del IRPF 2024

Se han realizado modificaciones en los tramos del IRPF por la Agencia tributaria. Estos han quedado de la siguiente forma:

Tramos IRPF 2024 Retención IRPF
Hasta 12.450 euros 19 por ciento
Entre 12.450 y 20.200 euros 24 por ciento
Entre 20.200 y 35.200 euros 30 por ciento
Entre 35.200 y 60.000 euros 37 por ciento
Entre 60.000 y 300.000 euros 45 por ciento
Más de 300.000 euros 47 por ciento 

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Con el fin de incentivar el consumo Hacienda ha decidido realizar la devolución de la renta de manera exprés. Explican que esto tiene que ver con los problemas inflacionarios que ha tenido que sortear nuestro país. De esta forma se inyectaría dinero en la población para intentar aumentar el consumo.

Es que llevamos ya más de un año, con el problema de la inflación. Si bien el BCE ha tomado medidas para intentar frenarla y contenerla, todavía es un problema que no ha llegado a su fin.

Por otro lado, recordemos que el Banco Central Europeo, ha decidido aumentar los tipos de interés. Así los créditos hipotecarios, han registrado importantes subidas, que han complicado  profundamente a muchos sectores de nuestra sociedad.

Esta devolución de la renta, será para todos aquellos contribuyentes que han realizado la declaración en la Renta 2022 y cuyo resultado ha sido para devolver. De esta manera, se intenta también mitigar el retraso en los abonos que se vienen registrado desde el inicio del verano.

En este post te contaremos todo lo que necesitas saber respecto a la devolución de la renta que efectuará Hacienda y como se llevará adelante. ¿Nos acompañas?

Se acelera la devolución de la renta

Según se ha informado, Hacienda ha tomado la determinación de acelerar la devolución de los importes para aquellos contribuyentes cuyo resultado en la declaración de Renta del ejercicio 2022 haya sido negativo. Esto significa, que si has realizado pagos superiores a los que te correspondería, serás beneficiado con esta decisión.

Por medio de esta medida, la entidad, espera poder inyectar dinero en los bolsillos de los consumidores. Por ello, es mayor la cantidad de devoluciones practicadas hasta el momento. Y es que si comparamos los aplicados en el mismo momento del año pasado, es bastante superior.

Si bien desde el mes pasado, Hacienda se encuentra en el proceso de realizar la devolución de la renta, hasta el momento ha realizado el reembolso de unos 8.300 millones de euros a una cantidad de 12.041.000 contribuyentes. Se estima que estas cifras significan el pago aproximado del 80,2 por ciento de los reintegros solicitados y por un importe cercano al 70 por ciento correspondientes.

Al realizar la comparación de la devolución efectuada por la entidad el año anterior, para la misma fecha se habían transferido un total de 7.293 millones de euros a 11.177.000 contribuyentes, habiendo terminado la campaña del IRPF de ese año. Por otro lado, la emisión de las devoluciones referían a un 80,8 por ciento de las efectuadas.

Analizando estos números, podemos decir que durante el periodo fiscal del 2022, cerca de un 1.200.000 personas han logrado que se les efectúe la devolución de la renta de manera más ágil. Además Hacienda, ha tenido que  reembolsar 260 millones de euros más que los transferidos en el año anterior

La devolución de la renta exprés

En un momento en que las familias de nuestro país se encuentran pasando dificultades debido a la inflación y las subidas de los tipos, la agencia tributaria, ha decidido realizar una devolución exprés del pago de la Renta.  Es que durante el mes de junio Hacienda, ha efectuado los reembolsos de las devoluciones que surgen de las declaraciones del IRPF con más agilidad. Al realizar la comparación con años anteriores, ha sido considerablemente superior la cantidad de contribuyentes que han logrado recuperar el dinero abonado de más para este tributo.

Esta medida, explican que parece estar relacionada con la necesidad de aumentar la capacidad de gasto de los contribuyentes. Es que tenemos que tener presente que, el verano y las vacaciones son un gran momento para incentivar el consumo. Poder poner en circulación entre la población más cantidad de dinero, ayuda a reactivar la economía. Principalmente si tenemos en cuenta la situación económica por la que estamos atravesando. Existen distintas situaciones que provocan una realidad compleja para toda la población.

Desde Hacienda, consideran que esta época del año, puede llegar a ser clave en la reactivación económica, por ello, el apuro de poder realizar la devolución de manera más rauda. 

¿Una estrategia para incrementar los ingresos en la Agencia Tributaria?

Esta estrategia de devolución de la renta, tiene otra pata, importante a analizar. Es que de esta manera, al aumentar la posibilidad de consumo, estaría el estado recaudando más dinero respecto al impuesto del IVA. De esta forma, conseguiría el gobierno aumentar los recursos para poder afrontar el aumento en el gasto que deberá llevar adelante tanto para las ayudas que deberá paliar por las consecuencias económicas y sociales que nos deja la guerra en Ucrania.

O sea, que de esta manera, al mejorar la capacidad de consumir de los contribuyentes, también se aumentarán los ingresos respecto a los impuestos especiales. Estos son por ejemplo los que gravan a las bebidas alcohólicas, los combustibles o el tabaco. Dichos gastos, suelen estar asociados principalmente a consumos en los períodos vacacionales.

Pese a todo ello, desde Hacienda, explican que los plazos para la devolución de la renta, esta relacionada principalmente a los fondos y los niveles de recaudación que tenga el Estado. 

Una estrategia ya utilizada

Al analizar la puesta en marcha de esta estrategia, de realizar de manera más ágil de la devolución de Hacienda, explican que ya se ha utilizado antes. Esto sucedió en el año 2013. Durante ese año, en vez de efectuarse el reembolso durante el mes de septiembre, se adelanto a julio la transacción. De esta forma, los contribuyentes lograron recuperar el dinero de más que se había abonado durante el ejercicio 2012. Con esta medida, se le había podido dar un poco de oxigeno a la población, en otro momento de dura crisis económica que hemos tenido que sortear.

Recordemos que en ese momento, durante la Navidad del año 2012, el consumo en nuestro país había caído casi un 20 por ciento. En gran parte debido a la pérdida del poder adquisitivo al suprimir la paga extra.

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Si aún no has realizado la declaración del IRPF esta información puede ser muy útil. Aquí te detallaremos, los beneficios fiscales que puedes incorporar. Ten presente que los Ayuntamientos, tienen la potestad de brindar deducciones a sus contribuyentes y pueden diferir dependiendo del lugar en el que debas declarar.

Para la renta, existen algunos beneficios fiscales que son de carácter estatal y otros que son establecidos por las comunidades. En este artículo te comentaremos cuáles son los que establecen los municipios. ¿Nos acompañas?

Beneficios fiscales en Andalucía

Deducciones fiscales en Aragón

Reducciones aplicables en la Comunidad Autonómica de Asturias

Beneficios aplicables para el IRPF en Castilla y León

Deducciones fiscales en Canarias

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Deducciones fiscales en Cantabria

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Beneficios en Cataluña

Beneficios fiscales en Castilla – La Mancha

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Descuentos aplicables en la Comunidad Autonóma de Extremadura

Deducciones aplicables en la Comunidad Autónoma de Galicia

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Beneficios para el IRPF en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

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Deducciones fiscales para el IRPF en La Rioja

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Deducciones fiscales en la Comunidad Autónoma de Madrid

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Beneficios en la Comunidad Autónoma de Murcia

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Deducciones fiscales en la Comunidad Valenciana

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Esperamos que este detallado artículo respecto a las deducciones que pueden ser incorporadas en el Impuesto sobre la Renta de Personas físicas te haya sido útil para realizar la presentación anual.

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El día 11 de abril comenzó la campaña de declaración de la renta. La misma deberá informar los datos correspondientes a los ingresos de la actividad económica generada durante el 2022. Siempre que tenemos que realizar estos trámites, suelen surgir dudas entre los contribuyentes. Por eso en este post te brindamos consejos respecto al borrador de la declaración de renta, que pueden ser de utilidad a la hora de completarlo ¿Nos acompañas?

Consejos para el borrador de la declaración de renta

Lo primero que es necesario establecer es si estás dentro de los contribuyentes que debe efectuar la declaración. Ten presente que Hacienda, estipula que deben efectuarla aquellas personas físicas con ingresos mayores de 22.000 euros de un solo pagador. Si por el contrario, has tenido ingresos provenientes de dos o más pagadores, la limitación pautada por la entidad es de 14.000 euros.

 Primer punto a tener en cuenta en el borrador de  la declaración de renta

Los datos personales serán los primeros que debes verificar. Que todos ellos estén actualizados. Ten presente que es necesario informar si te has casado, divorciado, si cambiaste el lugar de residencia, el nacimiento de un hijo, si tienes a cargo a personas mayores. Otra información que debes brindar, es sobre si alguno de tus familiares a cargo ha tenido que solicitar un certificado de discapacidad, o ha sufrido algún aumento en el grado previamente reconocido.

Pero te preguntarás cuál es la importancia de estos datos. Es que ingresando esta información podrías optar luego por incorporar las deducciones sobre estos aspectos que puedan reducir el monto a pagar del impuesto.

 ¿Qué sucede con los ingresos por paternidad o maternidad?

Los ingresos tanto de maternidad como paternidad percibidas por medio de la Seguridad Social, desde el mes de octubre del 2018, se encuentran exentas del IRPF. Por lo que si has recibido dinero contenido en ese concepto debes saber que no deberás pagar por ellas ni tendrás que incluirla dentro de los ingresos percibidos en el año. 

Deducciones por maternidad en el borrador de la declaración de renta

Otro de los puntos que suele generar dudas a la hora de realizar el borrador de la declaración de renta, tiene que ver con las deducciones por maternidad. Debes saber que si tienes un trabajo, ya sea por cuenta  propia o ajena y te encuentras afiliada a una mutualidad o a la Seguridad Social, el IRPF te dará la posibilidad de deducir 100 euros mensuales por cada hijo, menor de tres años que genere derecho al mínimo familiar por descendientes. Esto no será únicamente por los hijos naturales. Si has decidido adoptar o acoger a una criatura, independientemente de su edad, será posible contar con esta deducción.

En caso de que no hayas pedido el cobro anticipado de ella, debes incluir esta deducción dentro de tu declaración.

Otro punto a tener en cuenta sobre deducciones por maternidad, es que si tienes que llevar a tus hijos a una guardería o centro de educación, siempre que sean establecimientos autorizados, podrás deducir 1.000 euros en este concepto, si se trata de niños menores a los tres años.

Familiares a cargo en el IRPF

Incorporar las deducciones por familiares a cargo, te permitirá reducir el monto que pagarás de este tributo. Por ello, será bueno que puedas corroborar haber ingresado la información pertinente y veraz sobre ellas. Existen tres tipos de deducciones. La primera es por descendientes o ascendientes que tengan una discapacidad  establecida en un 33 por ciento o más, donde podrás reducir 1.200 euros en tu declaración. La segunda, es respecto a un cónyuge discapacitado, donde se establece un monto de hasta 1.200 euros.

La última deducción se establece por familia numerosa. La misma se estipula normalmente entre los 1.200 o 2.400 euros, según lo establecido. Se reducirán más de 600 euros por cada hijo que sobrepase el mínimo establecido.

Inmuebles e ingresos en el borrador de la renta

Lo primero que debes hacer al respecto, tiene que ver con la verificación de la información que has incluido y las referencias catastrales que poseas. Será necesario también realizar la declaración por los inmuebles que no se encuentren alquilados.

Si tienes viviendas propias en renta, deberás incorporar los ingresos que has obtenido durante el año por ellas. Además si has realizado la venta de una propiedad o donación, deberás tenerlo en cuenta para la declaración.

Deducciones sobre el trabajo

Otro punto a tener en cuenta sobre las actividades laborales, es la posibilidad de una deducción de ciertos gastos. Las cuotas sindicales, por ejemplo, podrán ser descontadas para el pago del IRPF. Si realizas una actividad laboral en la cuál es obligatoria la colegiación, será posible allí también restar hasta 500 euros anuales.

Las ayudas y subvenciones deben ser incorporadas

Debes saber que si has percibido ayudas o subvenciones, será necesario declararlas en el borrador de la renta bajo el concepto de ganancias patrimoniales. Recuerda revisar si las has incorporado para evitar cualquier tipo de sanción. 

Deducciones de las Comunidades Autónomas

Las Comunidades Autónomas pueden establecer algunas deducciones particulares y propias de cada una. Por ello te recomendamos que consultes en tu lugar de residencia, para que puedas incorporarlas. De todas maneras debes saber que esto no deberás incluirlo dentro del borrador de la declaración de renta. Una vez que  conozcas las deducciones de tu comunidad, por ejemplo por familia numerosa, monoparental, alquiler de vivienda, gastos de guardería, inversiones en energías renovables, entre otras, tendrás que incluirlas en Renta Web. 

Presentación y comprobación del borrador de la declaración de renta

Cuando hayas logrado incorporar y revisar la totalidad de la información del borrador, deberás validar el formulario, momento en el cuál, la información será corroborada por la Agencia Tributaria. Allí se encargarán de verificar los datos que aparecen en la declaración. Recuerda que si se presenta algún problema en ella recibirás una notificación para su revisión y modificación.

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Aquí te contaremos en qué comunidades es posible desgravar la hipoteca este año. Si bien es cierto que la desgravación por vivienda habitual fue eliminada de la Declaración de la Renta, aún hay contribuyentes que pueden acceder a ella. Continúa leyendo el artículo para saber cuáles son.

¿Qué es desgravar la hipoteca?

En primer lugar, es necesario aclarar en qué consiste desgravar la hipoteca. Cuando hablamos de la deducción por adquisición de vivienda habitual nos referimos a un beneficio fiscal que brinda la posibilidad de abonar menos por el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Se trata de una deducción de la hipoteca que se aplica sobre los gastos que se pagan al momento de comprar una vivienda incluyendo los gastos contratados para la financiación. Estos costes, serán descontados sobre el IRPF en el siguiente ejercicio de la Declaración de la Renta.

Entonces, la deducción por compra de vivienda habitual es una de las rebajas más grandes a las que se puede acceder en la declaración de la Renta. No obstante, la realidad es que no todos tienen la posibilidad de acceder al mismo tipo de deducción. Los factores más importantes para determinarlo son: el año de la compra y la localización de la vivienda. Dependerá de estos factores que puedas, o no, acogerte a ciertas deducciones si has comprado una vivienda. Aquí te contaremos en qué comunidades es posible desgravar la hipoteca este año y a cuánto subirá esta rebaja en cada una de ellas.

Desgravar hipoteca en 2023

La deducción de la hipoteca por la vivienda habitual se eliminó el 1 de enero de 2013. No obstante, la realidad es que varios contribuyentes aún tienen la posibilidad de acogerse a ella. Para conseguirlo, será necesario cumplir con algunos requisitos:

  • La vivienda hipotecada debe ser una vivienda habitual.
  • La compra de la vivienda debe haberse llevado a cabo previo al 1 de enero de 2013.
  • Será necesario que se haya aplicado una deducción para desgravar la hipoteca en el ejercicio de 2012 o en algún ejercicio de la Renta anterior.
  • La deducción por vivienda habitual en la Declaración de la Renta únicamente se encuentra disponible para quienes hayan realizado la compra antes del 1 de enero de 2013.
  • Más allá de la compra, esta deducción se encontrará disponible para aquellos que hayansolicitado un préstamo hipotecario para construir una casa, ampliar o rehabilitar una propiedad antes de esa fecha. Recuerda que debe ser una vivienda habitual.

¿Qué cantidad podré desgravar de la hipoteca?

La cantidad máxima a deducir por un préstamo hipotecario en la Declaración de la Renta es del 15% sobre las cantidades satisfechas en el año con un máximo de 9040 euros. No obstante, el 15% se dividirá en dos partes: un 7,5 % estatal y un 7,5 % autonómico.

Los contribuyentes tendrán la posibilidad de deducirse, como tope máximo, 9040 euros en la Declaración de la Renta en concepto de compra de vivienda habitual.

El tramo autonómico es del 7,5%, sin embargo, en Cataluña escala hasta un 9%. Eso sí, para conseguirlo será necesario cumplir con alguno de los siguientes requisitos:

  • Debe tratarse de compras de viviendas llevadas a cabo antes de agosto de 2021.
  • Tendrán que ser contribuyentes que tengan menos de 32 años.
  • Deberá haber estado en paro durante al menos la mitad del ejercicio de la Renta del año en curso.
  • Contar con un grado de discapacidad mayor al 65%.
  • Que haya al menos un hijo en la unidad familiar.

¿Sobre qué gastos es posible aplicar la deducción por vivienda habitual?

Se podrá incluir todo lo que se abone por el préstamo hipotecario de manera anual. Se trata de los gastos hipotecarios que incluyen los siguientes:

  • Cuotas hipotecarias.

  • Las comisiones hipotecarias, es decir, la comisión de apertura, amortización anticipada, novación, entre otros.

  • El coste de los productos asociados a la hipoteca, por ejemplo, seguro de vida, de protección de pagos, entre otros.

  • Amortización anticipada de la hipoteca.

  • Los gastos por modificación de condiciones del crédito.

  • Gastos de cancelación registral.

País Vasco y Navarra

La comunidad autónoma en la que se pueden incluir como deducción en la Declaración de la Renta la mayor cantidad de gastos hipotecarios es el País Vasco. Además, también incorpora gastos extra que podrán ser incluidos como deducción por hipoteca dentro de la Declaración de la Renta. Se trata de gastos de constitución, de compraventa, incluso las cantidades abonadas al contado por la compra de una propiedad.        

Por otro lado, País Vasco y Navarra aplican un régimen foral diferente al que manejan las demás comunidades. Es por esto que son excepciones a lo explicado anteriormente. En el caso del País Vasco, no hay una fecha límite para aplicar la deducción. Allí, los contribuyentes pueden acceder a una deducción de hasta el 18% de las cantidades satisfechas en concepto de hipoteca.

En Navarra, los contribuyentes tienen la posibilidad de acogerse a la deducción por vivienda habitual siempre que la vivienda hipotecada haya sido adquirida antes del 1 de enero de 2018. Aquí, la desgravación será hasta el 15% con un tope máximo de 7000 euros. 

Otras deducciones autonómicas para préstamos hipotecarios

Más allá de desgravar la hipoteca a nivel estatal, también hay una serie de deducciones en vivienda en cada comunidad autónoma. Entre ellas, se encuentran las deducciones por compra de vivienda en zonas en riesgo de despoblación, por rehabilitación energética, por compra de vivienda protegida o deducciones por compra de vivienda para menores de 35 años. En poco tiempo comenzará la campaña de la Renta 2022 y se podrá saber qué rebajas establece cada comunidad autónoma.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre en qué comunidades es posible desgravar la hipoteca este año. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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A partir de hoy se puede presentar la declaración de la renta 2021: ¡Te enseñamos cómo y dónde hacerlo! Desde este miércoles 6 de abril es posible presentar la declaración de la renta 2021 a través de la plataforma de internet que preparó la Agencia Tributaria para que los contribuyentes puedan acceder a completar los formularios.

Luego de años convulsionados por la pandemia, la declaración de la renta vuelve a recuperar cierta normalidad. Y el primer paso es la presentación de lo generado durante el ejercicio 2021-2022 vía internet. En fechas posteriores se podrá iniciar el trámite telefónica o presencialmente.

Si como la mayoría de los trabajadores estás buscando información sobre cómo presentar la declaración ante la Hacienda, puedes continuar este artículo hasta el final. Te contaremos cuáles son las vías, fechas y requisitos. Sigue leyendo!

Declaración de la renta 2021: comienza la presentación vía online 

La Agencia Tributaria da hoy inicio formalmente a la recepción de formularios para la presentación de los ingresos generados por los contribuyentes en el período 2021-2022. Para tal fin, el ente gubernamental puso en funcionamiento la plataforma Renta Web. A través de este enlace es posible realizar un simulacro de presentación en el que los declarantes podrán hacer una prueba previa, antes de completar el borrador definitivo y confirmado.

Como cada año, el primer paso que se debe dar es la confección del borrador. Luego de considerar y verificar que cada uno de los puntos está completo correctamente, se procederá a presentarlo.  Esta se puede realizar por distintas vías.

Formas y fechas para presentar la declaración de la renta 2021

El borrador completo y chequeado se puede presentar:

  • A través de internet ( a partir de hoy 6 de abril), 
  • Por teléfono a partir del 5 de mayo.
  • Presencialmente a partir de junio.

declaración de la renta 2021

¿Cómo se realiza la presentación vía online?

La plataforma Renta Web es la vía telemática por la cual los contribuyentes pueden comenzar a presentar su borrador confirmado a partir de hoy. En esta instancia se deberá solicitar la realización del ingreso o devolución, según hayan sido los resultados del ejercicio de la renta.

Para poder acceder Renta Web se requiere un sistema de identificación, como sistema Cl@ve PIN o número de referencia, o bien un certificado electrónico reconocido.

Llegados hasta aquí hay tres condiciones a evaluar:

  • Declaración a ingresar con domiciliación bancaria: En esta opción se ingresará el número de cuenta IBAN y, en su caso, las opciones de fraccionamiento del pago. 
  • Declaración a ingresar sin domiciliación bancaria: Aquí se deberá  efectuar el ingreso y para confirmar el pago se indicará el Número de Referencia Completo (NRC) que le proporcione el banco. También podrá realizar el pago de forma simultánea a la presentación de la declaración.
  • Declaración a devolver o negativo: El contribuyente que ingrese esta opción tendrá que presentar su número de cuenta IBAN.

IMPORTANTE! Antes de realizar la confirmación, se recomienda chequear la fidelidad de todos los datos ingresados.

¿Cuáles son las otras vías para presentar la declaración de la renta 2021?

Los ingresos o devoluciones en la declaración de la renta se pueden presentar por vía telemática, telefónicamente o también presencialmente.

Declaración de la renta 2021 por vía telefónica

El borrador previamente cargado se puede confirmar a través de un llamado telefónico, que deberá agendar previamente. Las citas para la carga por esta vía se podrán concertar desde del 3 de mayo. Los turnos se darán a del 5 de mayo.

Para pedir cita telefónica:

  • Atención automática: 91 535 73 26 o 901 12 12 24
  • Atención personal: 91 553 00 71 o 901 22 33 44 en el horario de lunes a viernes, de 9 a 19 horas. 
  • Vía telemática: se puede pedir la cita previa para atención telefónica por internet.

Requisitos para la presentación vía telefónica

La persona que opte por esta opción deberá comunicar al operador:

  • Número de Identificación Fiscal (NIF),
  • Número de referencia o Cl@ve PIN,
  • Código Internacional de Cuenta Bancaria (IBAN), en la que desee efectuar la citada domiciliación.

Luego de brindar esta información obtendrá un código seguro de verificación asociado a la presentación y el justificante de su presentación.

IMPORTANTE! Esta vía no se puede utilizar cuando el resultado es A INGRESAR pero el contribuyente no quiere optar por la domiciliación bancaria

Declaración de la renta 2021 por la vía presencial

Si se requiere de una atención personalizada y presencial, se deberá agendar una cita:

  • A través de internet:  a partir del 26 de mayo hasta el 29 de junio 

  • A través del teléfono: 91 553 00 71 o 901 22 33 44, de lunes a viernes, de 9 a 19 horas.

En el momento de la cita presencial el contribuyente tendrá que asistir a la oficina de la Agencia tributaria con toda la información necesaria para la declaración:

  • Número de referencia del titular de la declaración,
  • DNI de todas las personas que figuren en la declaración
  • IBAN de cuenta bancaria y referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler

Cómo en las otras vías, lo escencial antes de confirmar la declaración es comprobar que los datos del borrador sean correctos.

IMPORTANTE! Esta vía no podrá utilizarse cuando el resultado del mismo sea a ingresar y el contribuyente no opte por la domiciliación bancaria

Esperamos haber sido de ayuda para en la confección de la declaración de la renta 2021. Si tienes algún comentario puedes hacerlo, ¡te estaremos contestando a la brevedad!

Y si quieres saber más sobre la declaración de la renta te recomendamos leer el siguiente artículo

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Desde el 7 de abril está habilitado el trámite para presentar documentación en la sede online de la Agencia Tributaria pata Declarar la Renta. Pero si eres de aquellos que prefieren realizar la gestión de manera asistente, en esta nota te detallamos toda la información al respecto. A continuación, ¿cómo obtener un turno? ¿Qué documentos necesitas para tramitar la Declaración de la Renta presencial?

Fechas, plazos y turnos para la Declaración de la Renta 2020-2021

Como cada año, los contribuyentes deben presentar la declaración de sus ingresos anuales al Ministerio de Hacienda. de España En lo que respecta a la declaración de la renta 2020, la fecha de apertura para la gestión online fue el 7 de abril. Sin embrago, si tu deseo es llevar adelante el trámite de manera presencial deberás esperar al 2 de junio. En ambos casos, la fecha límite para la presentación de la documentación pertinente es hasta el 30 del mismo mes. Recuerda que si excedes los plazos de la presentación recibirás una sanción por parte del organismo de Hacienda.

Si eres de quienes prefieren realizar los trámites de manera presencial por comodidad o sencillez, te enumeramos los diferentes pasos que deberás realizar.

1- Debes sacar tu turno previo vía Internet en la App oficial de la Agencia Tributaria o llamando a cualquiera de estos números 901 22 33 44 / 91 553 00 71.

2- Te asignarán una cita en la oficina más cercana a partir del 27 de mayo.

3- Acceder al borrador necesario para presentar las cuentas a la administración.

4- Recuerda cancelar con 24 horas de anticipación en caso de no asistir al turno.

¿Cuáles son los documentos necesarios para realizar la Declaración de la Renta presencial?

A continuación, te detallamos los principales documentos que necesitarás tener a mano para presentar tu declaración. Tenerlos organizados es una manera de ahorrar tiempo, dinero y evitar sanciones.

Los documentos que no te pueden faltar

Este tipo de documentación es de suma importancia. “Recuerde llevar los datos y documentos necesarios para poder realizar la declaración, en caso contrario no le podrán atender” detalla el organismo de Hacienda en su sitio web.

Los principales documentos son:

– DNI original de la persona titular que acuda a la citación, más la totalidad de fotocopias de DNI de quienes figuren en la declaración.

– La correspondiente autorización firmada por el resto de los declarantes y su fotocopia de DNI (integrantes de la unidad familiar o terceros) para poder realizar la declaración en su nombre.

– Número de IBAN de la cuenta bancaria.

– Referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias.

– Recibo de cuotas satisfechas a sindicatos y a colegios profesionales, en el caso de que la colegiatura sea obligatoria.

– Comprobante de las cantidades percibidas por seguros cancelados que hayan sido contratados antes del 31 de diciembre de 1994.

– Cualquier documento que justifique el derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal. Por ejemplo: si vivís en un inmueble arrendado deberás contar con el NIF del propietario y los pagos por el alquiler. En el caso de adquisición de una vivienda habitual con ampliación del crédito serán necesarios los saldos pendientes de amortizar del préstamo original. Además, si tienes una hipoteca incorpora en los documentos los recibos del seguro y los comprobantes de cualquier tipo de donativo deducible.

La Agencia Tributaria solo te brindará información y te prestará atención telefónica, virtual o presencial solamente si contás con todos los documentos. Por ello, recuerda tener todo lo necesario para poder realizar la Declaración de la Renta de manera presencial.

Otros documentos adicionales

Si el tipo de renta o rentas percibidas durante el año 2020 no se encuentren imputados en los datos fiscales disponibles debes presentar algunos documentos complementarios. Es decir, la documentación adicional estará vinculada según el tipo de renta que hayas percibido, según se indica a continuación.

1- Rendimientos de trabajo

Necesitarás el certificado emitido por el pagador. En el caso de cese de las obligaciones o despido: el monto de indemnización, la fecha exacta del acuerdo, el expediente de regulación de empleo o la apertura del periodo de consultas, para los casos de despido colectivo.

2- Rendimientos del capital inmobiliario

Si eres propietario o usufructuario de otros inmuebles necesitarás contar con comprobantes de alquileres de pisos, locales, plazas de garaje. Además, la relación y justificantes de ingresos, es decir, contratos y los gastos deducibles, las facturas. A considerar, no se llevan a cabo deducciones de la renta en alquiler turísticos con plataforma.

3- Rendimientos capital mobiliario

Este tipo de rendimientos están sujetos a retención o ingreso a cuenta. Son consideradas rentas de capital mobiliario intereses de cuentas y depósitos bancarios o los dividendos de acciones. Por tanto, al momento de tu declaración deberás presentar certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos, recibos de gastos, etc.

4- Rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva (módulos)

Corresponden a todos los documentos acreditativos de los elementos o parámetros de la actividad utilizados durante el año. Esto va a depender de la actividad que rindas. Por ejemplo, personal empleado, consumo de energía eléctrica, superficie del local, potencia fiscal del vehículo, ingresos, libros de bienes de inversión, etc.

5- Ganancias y pérdidas patrimoniales

En el caso de la vivienda habitual necesitarás escrituras de compra y de venta; fechas de adquisición y transmisión; importes reales, gastos y tributos de compra y venta. Además, las declaraciones de los ejercicios en los que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida. Por último, datos de préstamos hipotecarios y el capital pendiente de amortizar a fecha de venta.

Para transmisiones de inmuebles adquiridos por herencia: escritura de adjudicación o aceptación de la herencia; fechas de adquisición y transmisión; importes reales, gastos y tributos de adquisición y venta.
Por ventas de acciones, inmuebles u otros bienes, fondos de inversión, premios, etc.: escrituras y/o documentación acreditativa; fechas de adquisición y transmisión. Importes reales, gastos y tributos de compra y venta y certificados de fondos de inversión.
Por subvenciones percibidas: comprobante de las mismas.

6- Regularización

Tiene que ver con la devolución de los intereses percibidos de cláusulas suelo. En este sentido, deberás presentar, por un lado, el certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas. Por otra parte, las declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se practicó deducción por vivienda habitual. O, asimismo, que se incluyeron dentro de los gastos deducibles de rendimientos de actividades económicas o capital inmobiliario.
Estos son los documentos fundamentales y adicionales con los cuales deberás contar al momento de presentar la Declaración de la Renta presencial. Es importante que no olvides la fecha límite para la realización del trámite, de modo tal que evites cualquier tipo de sanción por incumplimiento. Por esta razón, accede a los servicios de ayuda para la confeccionar y presentar tu renta en el link.

Si quieres seguir leyendo sobre te recomendamos que ingreses a la nota sobre Declaración de la Renta 2021: revisiones sobre el alquiler y las viviendas en propiedad. Además. si eres propietario te dejamos a disposición información respecto a cómo calcular el interés de la renta al alquilar un piso.

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Se acerca el cierre de un año muy peculiar, pero los impuestos están a la orden del día y en breve será momento de realizar la declaración de la renta. Por eso, antes de que se produzca el cierre del año fiscal, te aconsejamos que leas este artículo. En él te contamos cuáles son los rendimientos del capital inmobiliario, cuáles las deducciones a las que puedes acogerte y cómo tributan las ganancias y las pérdidas patrimoniales. ¡Toma nota!  

Ya todos sabemos que la declaración de la Renta es un trámite administrativo a través del cual los españoles le comunicamos a la Agencia Tributaria cuáles han sido nuestros ingresos durante el año anterior. Es decir que, cuando realicemos la declaración de la Renta en 2021, estaremos declarando los ingresos correspondientes a 2020.

Todos los contribuyentes están obligados a realizar este trámite, salvo aquellos cuyos ingresos anuales no hayan superado los siguientes máximos:

  • Veintidós mil euros provenientes de un solo pagador.
  • Catorce mil euros si se tuvieron varios pagadores.
  • Mil euros en el caso de los autónomos.

Ahora bien, si eres propietario de un inmueble, vives del alquiler o alquilas una vivienda, podrás acceder a ciertas ventajas fiscales. A estas últimas, será conveniente tenerlas en cuenta antes de que finalice el año. Pero, además, hay algunas cuestiones relacionadas con el rendimiento del capital inmobiliario que también será importante conocer. De esta manera, podrás evitar sorpresas en la próxima declaración de la Renta. ¡Sigue leyendo!

Rendimientos del capital inmobiliario en la declaración de la Renta

Cundo hablamos de rendimientos del capital inmobiliario nos referimos a los ingresos que obtiene un propietario cuando alquila su vivienda, o cuando cede su inmueble, siempre y cuando no se realice ninguna actividad económica en dicha propiedad.

En estos casos, entonces, deberá considerarse cada escenario de manera particular. Veamos algunos de ellos.

Tienes un inmueble y lo alquilas

Si tienes una propiedad en alquiler y esta constituye la vivienda habitual del inquilino, podrás aplicar una deducción del rendimiento neto del 60% en la declaración de la Renta.

Ahora bien, si alquilaras por temporada o a una sociedad que decide no designar al empleado que ocupa la vivienda, no podrás acogerte a esta deducción. Tampoco gozarás de este beneficio si el alquiler de la vivienda incluye alguna prestación de servicios propios de los hoteles, como la limpieza del inmueble o el cambio de sábanas.

Tienes que realizar reformas en el inmueble alquilado

Desde el Registro de Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas (CGE), recomiendan anticipar las reformas en este ejercicio para “disminuir el rendimiento neto y, de esta manera, diferir la tributación por el arrendamiento”.

Sin embargo, debes saber que los gastos asociados a las obras de reparación y conservación tienen una deducción limitada hasta el máximo del importe de los ingresos. En este sentido, los asesores fiscales del CGE advierten que, según los Presupuestos Generales del Estado, en 2021, el tipo impositivo para rentas superiores a los trecientos mil euros subirá dos puntos porcentuales. Por eso aconsejan que “si el conjunto de rendimientos sobrepasa este límite, convendrá diferir los gastos a 2021”.

Te han ocupado tu casa en 2020

Si has sido víctima de una ocupación ilegal, quizás te alivie saber que no tendrás que imputar las rentas inmobiliarias a partir del inicio del procedimiento de desahucio. Cabe aclarar que, para hacerlo, no tendrás que esperar a su resolución, sino que basta con haber iniciado el proceso judicial.

Personas leyendo el artículo

Deducciones en la declaración de la Renta

Existen ciertos gastos a partir de los cuales el contribuyente puede obtener un beneficio económico a la hora de realizar la declaración de la Renta. Esto es lo que se conoce como una deducción fiscal y, en lo que respecta a la declaración de la Renta, hay varios escenarios posibles.

Compraste la vivienda antes de 2013

Si compraste la propiedad antes de 2013, todavía puedes acogerte a la deducción por adquisición de vivienda habitual. En efecto, podrás aprovechar para amortizar tu hipoteca antes de que finalice el año. Desde el CGE destacan que “si la vivienda se adquirió por la sociedad de gananciales y los cónyuges presentan declaración individual, cada uno podrá deducir 9.040 euros en su declaración”.

Te divorciaste en 2020 y tienes derecho a la deducción en vivienda

Si te has adjudicado la vivienda y el préstamo hipotecario completo, podrás aplicar una deducción por la totalidad de las cantidades satisfechas. Para ello, el cónyuge que deja de ser propietario deberá haber tenido derecho a esta deducción en los años anteriores.

Al respecto, los expertos explican que “este tratamiento fiscal es novedoso, ya que anteriormente el criterio administrativo no admitía deducir por el 50% adquirido al cónyuge después de 2012”. Además, agregan que “el contribuyente puede regularizar los ejercicios no prescritos fiscalmente aplicando este criterio”.

Eres inquilino y alquilas una vivienda habitual

Las deducciones por alquiler de vivienda habitual están reguladas por cada Comunidad Autónoma. Por lo tanto, deberás verificar en cada caso si te corresponde o no dicho beneficio.

En Cataluña, por ejemplo, la deducción es del 10%, con un límite máximo de trescientos euros anuales. Para acogerse a ella deberán cumplirse los siguientes requisitos:

  • Debes tener menos de 32 años.
  • Tus ingresos no deben superar el límite de veinte mil euros anuales.
  • Debes haber estado en paro durante 183 días o más (circunstancia que puede haber ocurrido en este 2020 tan peculiar) o tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%. También podrías acogerte si eres viudo o viuda y tienes más de 65 años.
  • El pago del alquiler debe suponer más del 10% de tu salario.

En caso de familia numerosa, la deducción puede alcanzar los seiscientos euros anuales.

Ganancias y pérdidas patrimoniales en la declaración de la renta

Según la Agencia Tributaria, “son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquel, salvo que se califiquen como rendimientos”. Partiendo de estas variaciones, deberás tener en cuenta algunas cuestiones particulares al momento de realizar la declaración de la Renta. Veamos cuáles son.

Has firmado un contrato de alquiler con opción a compra

Si planeas vender un inmueble en 2021 y has firmado un contrato de alquiler con opción a compra en el 2020, deberás saber que la renta obtenida cuenta como ganancia patrimonial y deberá integrarse en la base general. Además, esta tributación es independiente de aquella que proceda de la venta de la propiedad.

Eres propietario de dos inmuebles en conjunto con un familiar

Podría ocurrir, por ejemplo, que tú y tu familiar tuvieran dos inmuebles adquiridos por herencia. Entonces, si planean adjudicarse una propiedad cada uno antes de finalizar el año, deben saber que, en caso de existencia de dos comunidades de bienes distintas, si intercambian bienes de una por bienes de la otra, la operación tributará como permuta. Al respecto, los asesores fiscales del CGE sostienen que “lo mejor, en este caso, es solicitar la orientación de un experto antes de realizar la operación”.

Por último, recuerda que existen excepciones al momento de pagar el IRPF por la venta de tu vivienda habitual. Puedes enterarte de todo accediendo a este link: IRPF 2020-2021.

Ahora ya estás en condiciones de adelantarte a la próxima declaración de la Renta y salir airoso. ¿Tienes más inquietudes? Déjanoslas en comentarios.

Si quieres comprar o alquilar tu propiedad, no dudes en contactarnos. En Oi Real Estate estaremos encantados de ayudarte.

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