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El proceso de trámite que de una herencia es uno de los más difícil a llevar adelante por una persona. Simplemente porque se trata de un documento que será gestionado una vez se haya producido la muerta del causante. Uno de los pasos en el proceso de sucesión de bienes y obligaciones de una persona fallecida es la declaración de herederos.

En esta nota te contamos el modo en que se organiza una herencia, y cuáles son los posibles herederos, voluntarios y forzosos, que integran la declaración de los mismos.

¿Qué es la declaración de herederos en una herencia?

La declaración de herederos es el momento en el cual se establecen las personas que van a ser consideradas como sujetos de derechos a la herencia de determinados bienes y obligaciones de una persona fallecida.

Es un proceso que solo designa a las personas llamadas a heredar. Por lo tanto, no forma parte de la regulación del reparto de la masa hereditaria. Además, es un trámite que puede llevarse adelante a través de la declaración de últimas voluntades del fallecido en el caso de existir testamento. Como también puede realizarse siguiendo la normativa legislativa, cuando no exista testamento o se encuentre nulo o inválido, a través de una declaración de herederos abintestato.

¿Qué personas pueden ser considerados herederos?

Por herencia a la acción jurídica mediante de la cual se lleva adelante la transmisión bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a otras. Quienes reciben dichas sucesiones son denominados herederos; personas físicas o jurídicas con el derecho a una parte del patrimonio de una herencia.

En una herencia pueden existir dos tipos de herederos:

  1. Aquellos que son elegidos de manera personal por el causante de la herencia, es decir, herederos voluntarios.
  2. Y aquellos que son reconocidos por la ley, aún cuando no hayan sido consideradas por el fallecido, es decir, herederos forzosos (o legitimarios).

Por lo tanto, en toda herencia, exista o no testamento, hay una parte del patrimonio de la persona fallecida que debe ser destinada a quienes la ley los reconoce como legítimos herederos.

Herederos por ley

Según lo que establece el artículo 807 del Código Civil:

Son herederos forzosos:

1.º Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.

2.º A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.

3.º El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

A los mismos, se le suman aquellos herederos legítimos, considerados por la ley. Los mismos son :

4- Los hermanos y sobrinos, hasta el cuarto grado de descendencia consanguínea.
5- En ultima instancia, sino no existen herederos físicos, será el Estado quien recibirá los bienes hereditarios.

Con respecto a la parte a heredar, los herederos forzosos tienen derecho a un tercio del patrimonio del fallecido, es decir, al tercio de legítima. En algunas Comunidades Autónomas disponen de un porcentaje de sucesión en proporciones diferentes. Por ejemplo, en las comunidades de Cataluña y Galicia la legítima se encuentra fijada en un cuarto de la masa hereditaria. Por su parte, en Aragón a un medio. En el caso de Baleares, el porcentaje de la legítima es de un tercio de los bienes a heredar, a menos que la cantidad de herederos forzosos sea mayor a cuatro. Ante esta situación la legítima aumenta a la mitad.

¿Cómo realizar una declaración de herederos?

Para llevar adelante la declaración de herederos, las personas interesadas deberán acudir ante un notario para que tramite el acta de notoriedad. Un notario debe ser considerado competente en la materia. Para tal fin, debe encontrarse en alguno de los siguientes lugares:  

  1. En el último domicilio del fallecido.
  2. Domicilio o lugar en el cual hubiera fallecido el causante.
  3. Lugar donde se encuentre el mayor caudal del patrimonio del causante.
  4. Distritos contiguos a los tres lugares anteriores.
  5. En última instancia, el notario competente será el que se encuentre en el domicilio o lugar de quien inicia el trámite.

Respecto a quien puede iniciar el proceso de declaración de herederos mediante notario competente, puede ser cualquier persona con interés legítimo en el patrimonio a suceder.

El acta notarial será completada con los nombres y domicilios de todas las personas que son consideradas con derecho a la herencia. En el caso de existir un posible heredero menor o incapaz, el notario debe comunicar dicha situación al Ministerio Fiscal para la asignación de un defensor judicial.

¿Cuáles son los documentos necesarios para realizar la declaración de herederos?

La documentación necesaria para comenzar la tramitación de la declaración de herederos debe incluir:

  1. El certificado de defunción del causante, expedido por el Registro Civil correspondiente a la comunidad autónoma del fallecido.
  2. Un certificado del Registro de Últimas Voluntades acreditando la ausencia de testamento.  
  3. El certificado de empadronamiento o DNI del fallecido.
  4. Documentos que acrediten el vínculo de los herederos forzosos con el causante. La notaria correspondiente determinará qué tipo de documentos serán exigidos.

Además de dicha documentación, será necesaria, para realizar la declaración de herederos, la presencia de dos testigos afines al causante.

Luego de la presentación de la documentación pertinente, el notario deberá gestionar la audiencia con los futuros herederos. En el caso de no dar con la identificación o paradero de alguno de los interesados, el notario deberá dar solicitar la publicación del trámite del acta notarial en un anuncio de BOE. Así como también, presentar dicho anuncio en cada ayuntamiento correspondiente.

Desde la publicación de ausencia de una de las partes a heredar, los herederos tienen una para acercarse a ejercer su derecho de oposición.

Por último, el plazo de presentación para la adjudicación de la herencia es de dos meses. Si, pasado ese período, ninguno de los interesados se presenta, la herencia será declarada vacante. Esta situación habilita el comienzo de la tramitación para que el heredero forzoso de la sucesión sea el Estado.

Esperamos te haya servido la información brindada sobre la declaración de herederos. Si te has quedado con alguna duda, déjanos tu comentario. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad con mayor información.

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