Etiqueta

debate

Explorar

En los últimos días se ha conocido la decisión del Tribunal Constitucional, motivo por la cuál se aplaza el debate por el impuesto a las grandes fortunas.

Tenemos que recordar, estaba previsto que el mismo se llevara a cabo el 24 de octubre. Pese a ello, han tomado la determinación de posponerlo debido a la cantidad de casos que se encuentran pendientes.

Se aplaza el debate por el impuesto a las grandes fortunas hasta los días entre 6 y el 8 del mes de noviembre. En este post te contaremos todo lo que necesitas saber sobre este tema. ¿Nos acompañas?

¿Por qué se aplaza el debate por el impuesto a las grandes fortunas?

La fecha original para llevar adelante este debate era el 24 de octubre. Este trámite se encontraba ingresado como orden del día en el Pleno del tribunal. Debido al elevado volúmen de los asuntos que se encuentran pendientes, se aplaza el debate por el impuesto a las grandes fortunas.

Según se ha podido conocer, el mismo se llevaría adelante, si no hay nuevos cambios, entre los días 6 y 8 de noviembre.

Recordemos que la Comunidad de Madrid ha presentado el recurso contra la instalación del tributo. Mediante él se busca gravar el patrimonio de las personas físicas que posean una cuantía superior a los 3 millones de euros.

Posturas en el debate sobre el impuesto a las grandes fortunas que se aplaza para noviembre

Se ha definido que se aplaza el debate por cuál se podría establecer la inconstitucionalidad del impuesto a las grandes fortunas, y ésta será una primera deliberación. Una de las ponencias que se llevará adelante será la de la magistrada progresista María Luisa Balaguer. Según ella, este tributo no vulnera la autonomía financiera de las Comunidades Autónomas ni los principios de seguridad jurídica por ello, se encargará de avalarlo.

Cabe aclarar que estos puntos son justamente los que llevaron a la Comunidad de Madrid a presentar este recurso. Es que según expresaron, este tributo podría vulnerar los principios de seguridad jurídica, capacidad económica y no confiscatoriedad. Agregan además, que traspasa las capacidades de la autonomía política y financia propia de cada Comunidad Autónoma

Pero esta no es la única pelea que piensa dar Ayuso. Es que hace poco tiempo, desde Madrid han realizado un recurso contencioso – administrativo. El mismo fue efectuado ante la Audiencia Nacional en contra de la orden efectuada por el Ministerio de Hacienda. Por medio de ella se aprobó el modelo para liquidar dicho tributo.

La Comunidad de Andalucía y de Galicia, también han decidido efectuar esta impugnación.

¿Qué es el impuesto a las grandes fortunas?

Este tributo es conocido también como Impuesto de Solidaridad. Por medio de él se establece un gravamen a los patrimonios que sean mayores a los 3 millones de euros. El mismo fue establecido el 31 de diciembre del año pasado. Para poder abonarlo, será necesaria la presentación de una declaración, entre el primero y el treinta y uno de julio.

Se trata de un impuesto impulsado por el Gobierno, que regirá de modo temporal y se ha establecido para los ejercicios 2023 y 2024.

Según se ha informado desde Hacienda, hasta el momento se ha logrado recaudar un total de 623 millones de euros. Los mismos provienen de cerca de 12.010 contribuyentes que cuentan con grandes patrimonios.

Con estas cifras, se estipula que representan un 0,1 por ciento de los contribuyentes de nuestro país. Así podemos establecer una cuota promedio de unos 52.000 euros por cada uno.

La Comunidad de Madrid, es donde más personas han debido hacer frente a este tributo, con un total de 10.302 españoles, abonando un valor cercano a los 555 millones de euros.

El segundo puesto, es de Andalucía, donde 865 declaraciones han tenido que afrontar un total de 29,7 millones de euros.

Galicia, ha quedado en el tercer puesto con un total de 91 contribuyentes aportando 9,8 millones de euros.

Si tomamos estas tres Comunidades Autónomas, podemos contemplar más del 95 por ciento de los ciudadanos que han pagado el impuesto a las grandes fortunas. Es importante aclarar que estas localidades son las que han realizado la presentación de inconstitucionalidad del tributo, que ha llevado a que se realice el debate por el impuesto a las grandes fortunas que se aplaza para los primeros días del mes de noviembre.

Se aplaza el debate por el impuesto a las grandes fortunas: es considerado innecesario e inconstitucional

A principios del corriente año, el Instituto de Estudios Económicos, en conjunto con varios catedráticos de Derecho Tributario y Hacienda Pública han generado un informe sobre el impuesto a las grandes fortunas.

Mediante este documento se han expresado los motivos por los cuáles, según ellos este tributo tiene visos de ser inconstitucional.

Uno de los primeros puntos explicados, tiene que ver con la aplicación de manera retroactiva de un impuesto. El segundo aspecto al que hacen referencia es el tratamiento diferencial de los patrimonios nacionales y extranjeros. En tercer lugar, debido a la limitación de las competencias que le corresponden a las Comunidades Autónomas referidas a la fiscalidad. Por último, este conjunto de profesionales, dicen tener miedo de que el impuesto a las grandes fortunas se prorrogue en el tiempo.

Pero no fueron ellos los únicos que se han expresado en contra de este tributo. Desde la Asociación Española de Asesores Fiscales, también han criticado la forma en la que se ha puesto en vigencia este tributo. Según ellos, ha sido incluido como si fuera una enmienda en la proposición de ley. De esta forma, entienden que en el debate por el impuesto a las grandes fortunas, por más que se haya decidido desde el Tribunal Constitucional fijar una nueva fecha para su tramitación, debería ser declarado inconstitucional.

También han insistido en que poner en marcha medidas que son de deficiente calidad técnica, ayuda a que proliferen litigios contra el estado.

Estas situaciones han llevado a distintas comunidades y personas a presentar recusaciones sobre el impuesto a las grandes fortunas que, pese a que se aplaza el debate, deberá discutirse y definirse en los próximos días.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

SUSCRIBETE 2023

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

La cantidad de casas a la espera de ser vendidas se mantiene en las 457.000, mientras que algunas administraciones quieren gravar o hasta se habla de expropiar pisos desocupados. Se paraliza la absorción de las viviendas que están sin vender y hay debate sobre cómo castigar a los propietarios de casas vacías.

Durante todo el 2020, el excedente de viviendas nuevas sin vender se mantuvo estable. Para ser más precisos, el número estuvo ubicado en las 456.918 unidades, 200 menos que en 2019, según datos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenta Urbana. La reducción anual del 0,04% es la menor en 11 años. Por la pandemia, el mercado inmobiliario dejó de absorber el sobrante de vivienda, justo cuando se agudiza en España el debate por las casas vacías.

El caso de las casas vacías

La historia nos indica que a principios de siglo, en los tiempos de desenfreno de la burbuja, la vivienda sin vender subió sin control, alcanzando las 650.000 casas. En 2010 llegó una inflexión porque pese a la Gran Recesión, quedaron cifras de compraventas anémicas, la construcción paralizada y el mercado comenzó a rebajar el excedente. El proceso fue lento, menos de 200.000 viviendas en 11 años, y en 2019 mostró signos de estar frenado, ya que como pasa el tiempo, queda un remanente de casas jamás vendidas y que son difíciles de colocar. A su vez, se fue reactivando el sector promotor, con lo cual se construye más vivienda nueva.

En Madrid y Barcelona, los dos mercados más grandes y los más activos en la construcción residencial, la existencia de vivienda nueva sin vender aumentó en 2020. La capital de España cerró el año con un excedente de 45.071 casas, un 4,1% más que en 2019. En la provincia de Barcelona hubo 43.000 casas, un 3,9% más.

El exceso de viviendas nuevas no es equivalente a toda la vivienda vacía que hay en el país. Según cifras oficiales del censo 2011, en España había 3,4 millones de casas vacías, diferencia grande con las 626.000 viviendas sin vender que había ese año. La primera estadística señala en cuántas casas no viven personas; la segunda se refiere a inmuebles que no encontraron comprador.

Tres comunidades piensan en expropiar

Muchas Administraciones públicas han posado su mirada sobre este problema. Sobre todo teniendo en cuenta el problema de acceso a la vivienda –que se le atribuye a la escasez de oferta social y asequible-, se piensa en usar las casas vacías para aumentar el parque de alquileres, recurrente en muchas comunidades autónomas. Baleares es la que más lejos llevó la idea, cuando en marzo pasado ordenó la expropiación de uso de medio centenar de inmuebles. La idea es que sean gestionadas en arrendamiento por el Instituto autonómico de vivienda (Ibavi) durante la duración del contrato.

Las normas en Baleares permiten la expropiación forzosa de pisos de grandes tenedores (personas o empresas con 10 o más casas), que lleven dos años vacíos sin justificación. De los 56 inmuebles afectados en un inicio, 19 paralizaron los procedimientos en la fase de alegaciones, al aceptar razones de los propietarios.

Vivir en Pamplona.

Otro de los casos se da en El País Vasco, que aprobó este mes una normativa que permite algo parecido y está dirigida a cualquier tipo de inmueble deshabitado, así sea de un pequeño o un gran propietario. Quedan excluidas las causas justificadas como las segundas residencias y los traslados laborales. La medida tiene una posibilidad recogida por la ley vasca de vivienda, que fue avalada por una sentencia del Tribunal Constitucional. Partirá de un registro autonómico de vivienda desocupada que empieza a funcionar en septiembre de este año.

La idea del País Vasco es gravar fuertemente los inmuebles vacíos. Los recargos por una casa deshabitada sin justificativo parte de los 10 euros por metro cuadrado, y podrá triplicarse si el tiempo pasa y no se da vuelta la situación. En lugares donde hay demanda alta de vivienda, se obligará al alquiler forzoso por un periodo de cinco años, prorrogable en otros cinco. Y en casos más extremos, como pisos abandonados, los Ayuntamientos y el Gobierno Vasco procederán a la expropiación forzosa.

La sentencia contraria del Constitucional en el caso de Cataluña

La legislación de Navarra, avalada por el Constitucional, prevé la expropiación de casas vacías, pero solo en el caso de personas jurídicas, es decir, empresas. Pero, desarrollar con normas esa posibilidad no está en los planes del Gobierno. Un comunicador del área de Vivienda informó: “Podríamos echar mano de ese recurso, pero estamos ahora probando por la vía de la negociación”. En estos momentos, los esfuerzos están centrados en completar el registro de viviendas vacías y buscar fórmulas de penalización fiscal. Algo que contemplan otras comunidades.

Cataluña, que probó con la vía de la expropiación, obtuvo una sentencia del Tribunal Constitucional que tumbó su propuesta. El fallo se basaba en el procedimiento parlamentario empleado. Cataluña había aprobado por decreto-ley autonómico y los jueces argumentaron que no se podía legislar sobre algo que afecta al derecho de la propiedad, protegido y estipulado por la Constitución.

Aragón estudia la cuestión en una norma a futuro que está preparando. Actualmente ya contempla el registro de vivienda desocupada y la cesión de uso por parte de grandes tenedores bajo determinados momentos. Del mismo modo, la Comunidad Valenciana prepara un decreto para desarrollar el procedimiento a seguir en caso de pisos vacíos.

Parece probable que, como lo prevén en Canarias y Cataluña, las normativas valenciana y aragonesa se centren en las penalizaciones de vivienda vacía. Esto también lo ha decidido incorporar el Gobierno en la futura ley estatal de vivienda vacía. Las negociaciones no están cerradas, y según fuentes, están de acuerdo en facilitar el recargo del IBI por parte de los Ayuntamientos como vía para desincentivar que haya pisos vacíos. Para esto se incorporará una definición de vivienda deshabitada y bajo qué condiciones podrá incrementarse el impuesto, con un recargo progresivo que alcanzaría un tope del 50%.

Si te gustó esta nota de Oi RealEstate

, compártela en tus redes sociales. Además, te sugerimos que leas esta nota sobre las mejores técnicas para la venta de una casa.

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas