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Aquí te contaremos cuáles son los pasos que debes seguir para que sepas cómo pedir una hipoteca. Continúa leyendo el artículo para saber más.

Saber cómo pedir una hipoteca es fundamental, se trata de una de las operaciones financieras más habituales en España. Debemos tener en cuenta que el mayor porcentaje de la población busca comprar vivienda, por lo que trámite para pedir una hipoteca es muy común. Además, también se trata de uno de los procesos más largos y completos a los que deberá hacer frente el cliente. Si ya has encontrado una vivienda que se adapta a tus intereses y tomas la decisión de comprarla, una de las principales maneras de afrontar el pago será solicitar un préstamo hipotecario a un banco. Por eso, aquí te contamos cómo pedir una hipoteca paso a paso.

Compara las diferentes ofertas que hay en el mercado

En primer lugar, deberás reunir toda la información posible sobre las ofertas de los bancos. Algunos bancos ofrecerán la financiación de un porcentaje del valor de la tasación del inmueble. Por otro lado, es fundamental solicitar una nota simple de la vivienda que te interesa comprar en el Registro de la Propiedad. En este documento, que implica un gasto, tendrás la posibilidad de ver la descripción del inmueble, la ubicación, el nombre oficial de los propietarios actuales de la propiedad, si tiene cargas y otras informaciones complementarias. Esta información te dará la posibilidad de saber lo que vas a comprar y si al banco le puede implicar algún problema conceder la hipoteca ya que, ante cualquier irregularidad, la entidad bancaria puede paralizar el proceso. 

 ¿Qué tipo de interés te interesa para la hipoteca?

Entre las distintas opciones de préstamo hipotecario, una de las grandes diferencias es cómo se va a aplicar el tipo de interés. Puede ser por medio de un tipo de interés fijo, variable o mixto.

  • El tipo de interés fijo: implica que este no cambiará a lo largo de la vida del préstamo. En otras palabras, siempre pagarás la misma cuota mensual.
  • Tipo de interés variable: en este caso, la cantidad que abonar por mes puede variar dependiendo del índice de referencia utilizado. El más utilizado en España es el euríbor. Para modificar el interés debe llevarse a cabo una revisión, por lo general se realiza una vez al año o cada seis meses.
  • Tipo de interés mixto: este tipo de hipotecas tienen, durante un tiempo una cuota mensual basada en un tipo de interés fijo y durante otro periodo en base a un tipo de interés variable.

La importancia del TIN y la TAE

Los intereses son el precio que debes abonar al banco por prestarte el dinero. El Tipo de Interés Nominal (TIN) es el precio que cobra la entidad bancaria por prestar dinero. Sin embargo, para considerar los gastos de la propia operación y las comisiones bancarias que pueden afectar a la hipoteca, es necesario fijarse en la Tasa Anual Equivalente (TAE). Este valor nos dejará ver el coste efectivo del préstamo.

Comisiones y gastos asociados

Más allá del dinero necesario para comprar la vivienda, hay algunos gastos asociados y comisiones que pueden modificar el coste total por la operación financiera. Algunos bancos optan por eliminar y asumir una parte de los gastos asociados. Aquí van las posibles comisiones o gastos asociados:

Comisión de apertura

El banco puede solicitar una retribución por las gestiones administrativas que se realizaron para formalizar el préstamo hipotecario.

Comisión de cuenta asociada a la hipoteca

El banco puede exigirte tener una cuenta corriente en la misma entidad para gestionar el pago de la hipoteca. En este caso, será necesario tener en cuenta el coste de la comisión mantenimiento de la cuenta corriente.

Comisión por amortización total o parcial

Se aplica cuando el cliente opta por abonar parte de la deuda, o la totalidad, antes de tiempo. La Ley de Crédito Inmobiliario establece que, en los préstamos que se formalizan solo se puede cobrar esta comisión si existe pérdida financiera para la misma. Si esto sucede, la comisión dependerá de si el préstamo es de interés fijo o variable, y dependiendo de esto se aplicaría una comisión máxima, si la cancelación tiene lugar en un determinado periodo de tiempo:

  • En hipotecas fijas: si la amortización tiene lugar en los 10 primeros años de vigencia del préstamo no se puede aplicar más del 2% y luego de los 10 años no puede superar el 1,50%.
  • En hipotecas variables: antes de la firma del contrato, las partes deberás elegir entre dos opciones, y esa se aplicará. Por un lado, puede ser durante los 5 primeros años de vigencia del préstamo, la comisión máxima no puede superar el 0,15%. O bien, en los 3 primeros años de vigencia de la hipoteca, la comisión máxima no puede superar el 0,25%.

Tasación de la vivienda

Por medio de la tasación de la vivienda se establece el valor económico del inmueble. Se trata de un paso muy importante ya que se será decisivo para saber qué cantidad de dinero te prestará el banco. Es necesario dejar en claro que este trámite debe ser realizado por una tasadora homologada y supervisada por el Banco de España.

Los productos vinculados

Es habitual que, entre las distintas opciones que te ofrecerá el banco para reducir el coste final de la hipoteca, puedes contratar otros productos como seguros o tarjetas de crédito. A estos productos se los llama productos vinculados. Para saber si te resultan convenientes a cambio de un mejor interés deberás sentarte a hacer números antes de decidir.

¿Cuáles son los gastos excluidos en la nueva Ley?

Es necesario recordar que, previo a la entrada en vigor de la Ley de Crédito Inmobiliario, había dos gastos asociados que pagaban los compradores de la vivienda y, actualmente, debe afrontar la entidad bancaria. Se trata de los gastos de notaría y gestoría. Con respecto a los gastos de notaría, el coste del notario se establece por normativa y la cantidad puede variar dependiendo del importe de la operación de compraventa. Los gastos de gestoría se deben a que los bancos solicitan a una gestoría la tramitación de cierta documentación, por ejemplo, la liquidación de impuestos, comprobación registral o inscripción de la escritura de compraventa inmobiliaria en el Registro.

 Impuestos de compraventa y de hipoteca

La operación hipotecaria está afectada por una serie de impuestos que variarán dependiendo del préstamo concedido y del valor de la vivienda que vas a comprar. Por lo general, la cantidad a pagar por los impuestos la definen las Comunidades Autónomas. El Impuesto de Actos Jurídicos Documentos, AJD, también debe ser abonado por el banco. 

Esperar la respuesta del banco

Previo a enviar la solicitud para su evaluación, el banco debe facilitarte de forma gratuita la Ficha de Información Precontractual (FIPRE). Se trata de un documento que detalla la información del préstamo hipotecario de manera clara y concreta. En esta Ficha podrás ver un ejemplo representativo de una operación para que tengas la posibilidad de comprender cómo funciona y cuáles son las características del préstamo, de la manera más clara posible. La realidad es que no hay un plazo determinado para que el banco te dé una respuesta sobre la concesión o no de una hipoteca. Lo más habitual es que lo hagan en un plazo razonable según cada caso. Si la respuesta del banco es positiva y aceptas las condiciones que te propone, mínimo 10 días antes de la firma del contrato ante el Notario que selecciones, te entregarán la siguiente información:

  • Ficha Europea de Información Normalizada.
  • Ficha de Advertencias.
  • Proyecto de Contrato.
  • Cuotas a satisfacer en diferentes escenarios; únicamente si la venta es vinculada o combinada.
  • Condiciones y garantías de los seguros exigidos; en el caso de que se exija alguno.
  • Advertencia de recepción de asesoramiento del Notario.
  • Declaración de que has recibido esta documentación.

Esta documentación se enviará al Notario, deberás dirigirte a su oficina para que evalúe si comprendes las características de la hipoteca, sus condiciones, obligaciones, entre otros. En caso de que así sea, se establecerá la fecha de la firma del préstamo. Si no logras comprenderlo, el notario devolverá tu solicitud para que te expliquen los aspectos o cuestiones que no hayan quedado claras. Sin esta evaluación positiva no podrás acceder a la hipoteca.

Si te encuentras ante una respuesta negativa, debes analizar cuáles fueron los motivos que generaron el rechazo de tu solicitud. El banco tendrá que entregarte por escrito las causas de esa denegación. Probablemente, tu capacidad de endeudamiento no sea la adecuada para una hipoteca, en este caso lo ideal es ahorrar durante un tiempo y pagar otras deudas antes de iniciar nuevamente el proceso de solicitud de una hipoteca en otro banco.   

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre cómo pedir una hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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La ejecución hipotecaria es un proceso que se aplica cuando no se abonan las cuotas mensuales que fueron pactadas con el banco. Continúa leyendo el artículo para saber más.

​Al contratar una hipoteca en un banco lo hacemos con la seguridad de que podremos cumplir con las cuotas por toda la vida del préstamo. De hecho, la compañía financiera también se asegura de esto, llevando a cabo un análisis de riesgo y evaluando exhaustivamente nuestro perfil crediticio antes de concedernos la hipoteca. Sin embargo, a pesar de todas las previsiones y evaluaciones, estos cálculos pueden fallar y en algunos casos, es probable que no lleguemos a pagar las mensualidades de nuestro préstamo.

Es en este momento cuando el banco aplica la ejecución hipotecaria, con el objetivo final del embargo de la vivienda. De todas maneras, si no puedes pagar tu hipoteca, el banco no embargará la vivienda de inmediato. Deberá esperar un tiempo y comenzar el proceso de ejecución hipotecaria. Te contaremos de qué se trata, cuánto tiempo llevará y qué opciones tienes para evitarlo utilizando herramientas legales que pueden dilatar y permitirnos ponernos al día con las mensualidades.

Si te encuentras en esta situación y te interesa saber cómo actuar para renegociar los pagos con el banco, este artículo te será de gran ayuda.

Ejecución hipotecaria: ¿Cuándo y por qué inicia?

La entidad bancaria da inicio a la ejecución hipotecaria cuando el titular de una hipoteca deja de abonar en reiteradas oportunidades las cuotas de su préstamo. Esta acción se produce unilateralmente, ya que es el banco el interesado en ejecutar la hipoteca para aplicar la garantía del préstamo y embargar la vivienda. Luego del embargo el inmueble se subasta y el acreedor obtendrá el saldo de la deuda pendiente.

¿Qué pasa si luego de la ejecución queden pagos adeudados?

Existe la posibilidad de que, luego de producirse la ejecución de la hipoteca, aún queden saldos pendientes de pago. Esto ocurre cuando el valor de la vivienda es más bajo que el capital pendiente de la hipoteca más los intereses y gastos judiciales que correspondan. En este caso, el banco puede recurrir a la opción de exigir embargo de bienes presentes y futuros, en cuyo caso serían judicializadas ingresos y cuentas corrientes del deudor.

Los pasos previos al embargo de una vivienda

El proceso judicial que se inicia para llegar al embargo de una vivienda es bastante extenso y tiene diferentes instancias de negociación a las que podemos llegar si demostramos cuáles son los motivos de la falta de pago. Por otro lado, se deberán tener muchos meses sin abonar para que esta instancia se active. Aquí van los pasos previos al desahucio:

Primer aviso bancario

En primer lugar, la entidad bancaria enviará un aviso de impago una vez transcurridos 15 días del primer incumplimiento. De este modo intentará averiguar cuáles son los motivos de la falta de pago.

Segundo aviso: comunicación oficial

Cuando haya pasado un mes desde la primera cuota impaga, la entidad financiera enviará por carta, email o sms una comunicación oficial. Allí notificará al deudor cuál es su situación.

Ingreso en mora

Una vez que pasen cinco meses sin pagar, la entidad bancaria ingresará al hipotecado en una lista de morosos. Esta acción puede traer consecuencias en caso de recurrir a futuros préstamos o créditos.

Inicio de demanda judicial

La demanda se activa a partir de cuota número doce impagada en la primera mitad del préstamo y de la número quince si es en la segunda mitad de la hipoteca. Esta ampliación en el plazo para iniciar el camino judicial fue dictaminada luego de la sanción de la Ley de Hipotecas del 2019. 

Informar al Registro de la Propiedad sobre las cargas

La entidad bancaria incluirá una notificación de las cargas que existen sobre la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Convocatoria a la subasta

Los datos sobre la subasta son publicados en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y de los Juzgados y en Boletines Oficiales. Esta comunicación no está prevista para los deudores, por lo que deberán estar atentos al proceso.

Subasta

Se lleva a cabo la subasta entregando la vivienda al mejor postor. En caso de no llegar al precio mínimo, la entidad bancaria puede quedarse con el inmueble por un 60% del valor. Si el precio de la subasta no supera la deuda pendiente, es posible que se genere una deuda a favor del banco.

Desahucio o desalojo

Por último, el deudor deberá abandonar el domicilio con presencia de peritos judiciales y policiales. Por otro lado, un cerrajero deberá cambiar la cerradura en ese acto.

¿Es posible frenar una ejecución hipotecaria?

La ejecución hipotecaria se puede paralizar, incluso es posible anularla y volver al acuerdo original con la entidad bancaria. Para ello existen las siguientes acciones:

Enervación de la acción hipotecaria

Por medio de esta acción, el deudor podrá ponerse al día con los pagos. Antes era necesario abonar la totalidad del préstamo, hoy en día solo deberás abonar las cantidades que adeudadas hasta ese momento. Esto implica tanto el principal del préstamo hipotecario como los intereses que este haya generado hasta el momento, incluye los intereses de demora que correspondan. Para esto, no será necesario contar con el consentimiento del banco.

Llegar a un acuerdo con la entidad bancaria

Otra opción es pagarle a la entidad bancaria para que ésta anule el pedido de desalojo. A cambio el deudor deberá comprometerse a abonar la hipoteca si se extiende el plazo. También, puede dar por opción disfrutar de unos años de carencia.

Acogerse al Código de Buenas Prácticas

Cuando el deudor se encuentra dentro del umbral de exclusión, tiene la posibilidad de pedirle al banco que detenga la ejecución y reestructure la deuda. Si las medidas del código no son suficientes, es posible que la entidad acepte una dación en pago y le dé la posibilidad de vivir de alquiler social en la misma vivienda.

Iniciar demanda por error de notificación o por cláusulas abusivas

En caso de que la notificación tenga errores en su entrega se podrá dilatar el proceso. Por otro lado, si el deudor inicia una demanda por cláusulas abusivas el proceso puede llegar a anularse.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la ejecución hipotecaria. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte si es posible comprar una vivienda con una hipoteca pendiente. La realidad es que esto no tiene por qué ser un impedimento, es posible subrogar el deudor, hacer una novación o adquirir una nueva hipoteca. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Si has encontrado la vivienda perfecta para ti. Las habitaciones, los ambientes, la ventilación, las vistas que tiene desde sus ventanales. Ya puedes verte viviendo en ella y disfrutando de cada espacio con amigos o en familia. No obstante, cuando preguntamos las condiciones para comprarla, el agente inmobiliario nos advierte que es un inmueble con una hipoteca pendiente. ¿Qué hacer ante esta situación?

Es lógico que aparezcan preguntas, por ejemplo si puede tratarse de un obstáculo para la compra, si habrá que abonar más para adquirirla, cuáles son los trámites para gestionar el cambio de titular, entre otras. 

En el siguiente artículo te contaremos todo lo que debes hacer si buscas adquirir una vivienda con una hipoteca pendiente.

Encontrarnos ante la situación de que el piso que nos interesa comprar aún tiene una hipoteca vigente es muy común. La realidad es que no tiene por qué tratarse de un impedimento a la hora de comprar, ya que contamos con varias opciones para poder hacerlo.

¿Es posible comprar una vivienda con hipoteca pendiente?

Como mencionamos más arriba, la respuesta es sí. Es posible comprar un piso aunque tenga una hipoteca vigente, existen tres opciones para comprar una vivienda con hipoteca pendiente sin inconvenientes:

  • Subrogación del préstamo hipotecario.
  • Cancelación de hipoteca.
  • Novación de hipoteca.

Aquí te explicaremos cómo funcionaria con cada uno de estos casos.

Subrogación hipotecaria

Cuando hablamos de subrogación nos referimos a cambiar la hipoteca de banco. Esto te permitirá mejorar las condiciones. En este caso, se utilizaría para cambiar el titular del préstamo y moverlo a su entidad bancaria.

Novación hipotecaria

Se trata de cambiar las condiciones manteniendo el préstamo en el mismo banco. En este caso, se puede cambiar el titular del préstamo hipotecario por el comprador y se mantendría en el mismo banco.

Cancelación

Lo más común es optar por la cancelación, ya que es más sencillo para el comprador obtener mejores condiciones. En ciertos casos, la entidad bancaria tiene que aceptar los trámites. Al cambiar las condiciones, no solo pueden cambiar el titular, también el préstamo y otras cláusulas, ya que difícilmente el perfil del comprador y vendedor tengan el mismo perfil.

¿Es legal comprar una vivienda con una hipoteca pendiente?

La respuesta a esta pregunta es si, es legal comprar una vivienda sobre la cual pese un préstamo hipotecario. Que tenga una hipoteca pendiente quiere decir que el actual propietario cuenta con un compromiso con la entidad bancaria que le prestó el dinero para abonar el inmueble y aún no llegó a devolver todo ese dinero.

Este tipo de operatorias es más común de lo que creemos en el mercado inmobiliario, ya que los propietarios pueden tener diferentes motivos para querer vender las viviendas. Puede ser que necesite más espacio, porque la compró como inversión o por las motivos que sean, una persona puede necesitar vender su casa a pesar de que cuente con un préstamo hipotecario aún no cancelado.

¿Es posible comprar la vivienda al contado?

En ciertos casos los compradores tienen ahorrado todo el dinero como para pagar la vivienda que desean adquirir. Si se da esta situación, el comprador debería hacer dos cheques frente al Notario. Por un lado, una parte del pago tendrá que ir destinada a cancelar la deuda con el banco, por otra parte se deberá cubrir el pago para el actual propietario de la vivienda.

Aquí va un ejemplo para comprenderlo mejor, si la vivienda en venta cuesta 150 000 euros y tiene una hipoteca de 100 000, será necesario pagar 100 000 al banco y 50 000 al comprador.

Cómo subrogar la hipoteca para cambiar el titular paso a paso

Cuando hablamos de subrogar una hipoteca se puede hablar de dos casos:

  • Subrogar el acreedor: esta situación se da cuando el préstamo hipotecario se muda de banco, es decir, el mismo titular continuará pagando la deuda pero en otra entidad bancaria.

  • Subrogar el deudor: cuando queremos cambiar el titular del préstamo pero seguir en el mismo banco y con las mismas condiciones recurriremos a una subrogación de deudor. 

En este caso, el nuevo comprador deberá sustituir al vendedor y pasar a ser el titular de la hipoteca haciendo una subrogación de deudor. Sin embargo, antes de tomar esta decisión tendremos que saber con exactitud cuáles son las condiciones que firmó el anterior hipotecado. De esta forma, sabremos si nos resulta conveniente o no hacer llevar a cabo esta operación, ya que se trata de un compromiso que tomaremos por un largo plazo con una entidad bancaria. 

Del mismo modo, el banco que dio origen a la hipoteca tendrá que aceptarnos como nuevos deudores. Para hacerlo, se tomará un tiempo para realizar el estudio de riesgo que hace con todos sus nuevos clientes.

En caso de que la entidad bancaria avale nuestro ingreso como titulares de la hipoteca, contamos con dos opciones:  

  • Aceptar el contrato como estaba estipulado y subrogar la hipoteca. De este modo tenemos la ventaja de ahorrar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, que puede ser del 1,5% del total del préstamo hipotecario y también algunos gastos de notaría y registro.
  • No acatar las condiciones que nos ofrece la entidad bancaria y pedir una novación. En este caso deberemos hacer dos operaciones, subrogación y luego novación. No es lo más aconsejable ya que es un trámite extra que se hace ante notario e implica costes adicionales. Estos gastos pueden incluir la Comisión bancaria por novación (entre el 0% y el 1% del capital pendiente a pagar de la hipoteca), Gastos de notaría, Costes del Registro de la propiedad, Gastos de gestoría, Gastos de Tasación y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), esto último si solicitamos ampliación del capital.

Constituir una nueva hipoteca

Puede ocurrir que al momento de comprar una vivienda con hipoteca pendiente no estemos interesados ni en las condiciones ni en la entidad bancaria que las ofrece. En este caso, el actual propietario de la vivienda tendrá que cancelar la hipoteca y nosotros debemos encargarnos de constituir una nueva hipoteca. Para esto tendremos que averiguar las condiciones en diferentes bancos y elegir la propuesta que más nos convenga. El banco puede exigir ciertas condiciones tales como:

  • Un buen perfil crediticio
  • nómina con ingresos altos 
  • no tener impagos en otros préstamos bancarios
  • un trabajo estable
  • avales

Comprar una vivienda con la hipoteca pendiente no es algo imposible. Solo debemos tener en cuenta las diferentes opciones con las que contamos y evaluar cuál nos resulta más conveniente. Siempre hay que considerar que un asesor inmobiliario podría sernos de gran ayuda en estos casos ya que si no pertenecemos al mundo inmobiliario podría dificultarse saber cuál es la mejor elección.

¿Qué tener en cuenta a la hora de comprar una casa con hipoteca pendiente?

Aquí van algunos consejos a tener en cuenta al momento de comprar una casa con hipoteca pendiente:

Obtener todos los datos del inmueble en venta

Se trata de un paso fundamental. Antes de optar por comprar una vivienda con hipoteca, es necesario pedirle al vendedor una copia de la escritura. De este modo, nos aseguraremos de que, efectivamente, el propietario de la vivienda es quien dice serlo.

Luego debemos solicitar al Registro de la Propiedad una nota simple, que verifique que la propiedad se encuentra a nombre del vendedor. Es buena idea aprovechar esta petición para solicitar también información vinculada con posibles embargos existentes en la vivienda, por ejemplo deudas de las que se podría no tener constancia u otro tipo de cargas.

Conocer los gastos que debes afrontar

Otro paso importante es dar inicio a los trámites para comprarlo. Es fundamental tener en cuenta que los gastos derivados de la gestión de compraventa corren a cargo del comprador, excepto del impuesto de plusvalía, que es responsabilidad del vendedor.

Una vez que se adquiere un inmueble hipotecado, siempre se tiene que abonar un impuesto que tiene lugar cuando se trata de viviendas de segunda mano. Nos referimos al ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales). El importe del tributo se encuentra, aproximadamente, entre el 6% y el 7% del precio total, dependiendo de la comunidad autónoma, así como otros aspectos vinculados con la situación del comprador, por ejemplo, la edad, los ingresos, entre otros.

Dirigirse al notario para firmar la compraventa

Ahora debes dirigirte al notario con la escritura de la vivienda para que las dos partes se encuentren y cierren los acuerdos vinculados con la operación.

El notario establecerá una fecha para la firma de las dos partes y cuando se realice, se habrá cambiado la propiedad del inmueble, también los pagos de la vivienda que hayan sido acordados, en este caso probablemente se trate de la hipoteca.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre comprar una vivienda con hipoteca pendiente. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte qué sucede con las arras en caso de que no te concedan el préstamo hipotecario. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Contenido actualizado

Si te encuentras a punto de comprar un inmueble y no sabes si destinar dinero al arras por miedo a perderlo si la entidad financiera no aprueba tu perfil, no dudes en leer el siguiente artículo. Aquí te contaremos cuáles son las características de este paso previo a la operación.

¿En que situación se abonan las arras?

En caso de que todo este saliendo acorde a tus planes. Por ejemplo, encontraste la casa perfecta para ti, te agrada el barrio y sus aledaños, todo queda cerca y el valor es el que tenías pensado gastar. Según tus cálculos cuentas con los ahorros suficientes para entrar en un préstamo hipotecario, por lo que únicamente faltará que te aprueben la hipoteca. No obstante, si el agente inmobiliario encargado de la venta del piso te adelanta que no eres el único en esa posición. Varias personas mostraron su interés por el inmueble y ninguno tiene ganas de perderse esta oportunidad.

Es en este caso cuando te decides a pagar una señal como manera de asegurarte el inmueble que te interesa. Sin embargo, es lógico que surja una pregunta. ¿Qué sucede con este dinero si finalmente la entidad bancaria no acepta brindarte la hipoteca?

¿Qué son las arras?

Cuando hablamos de las arras nos referimos a la señal o cantidad económica que se entrega para asegurar el cumplimiento de un contrato. Si bien es cierto que no aparecen en el Código Civil, sí existe jurisprudencia al respecto. La sentencia175/2012 de 21 de marzo de 2012 de la sala primera de lo civil del Tribunal Supremo establece que “las arras son una garantía del cumplimiento de un contrato; son un medio de protección del cumplimiento de obligaciones derivadas del mismo“.

Por ende, si has encontrado la casa de tus sueños pero hay muchas personas interesadas en la vivienda. Puedes considerar si será una buena idea y piensas en abonar un adelanto. Sin embargo, todavía no cuentas con la respuesta de la entidad bancaria para darte la hipoteca. No debes preocuparte, esta situación está prevista y es mucho más habitual de lo que crees.

Es muy común que antes de llegar al momento de firmar la compraventa de una vivienda ante un notario, se lleve a cabo una firma de contrato dejando por escrito que se abona un adelanto previo a la concesión del préstamo hipotecario. Por medio de dicho acuerdo, se obligan de manera recíproca a cumplir, se fija el precio y el resto de las condiciones de la venta. Se establece también, una fecha máxima para que se entregue la escritura notarial.

El contrato previo: firmar las arras

Es muy probable que hayas oído la expresión de ‘firmar las arras’ como una forma de proclamar que han finalizado las negociaciones. Esta proviene justamente de la firma de este contrato previo en el que se dejan en claro las condiciones para la compraventa entre el comprador y el vendedor, por el que se termina el período de negociación y se espera el contrato final.

Es en este momento donde deberás prestar mayor atención y estar acompañado de un especialista. Previo a la firma de este contrato, será fundamental corroborar la inclusión dentro del mismo una cláusula. Dicha cláusula debe asegurar de manera explicita que no podrás perder las arras si no te conceden el préstamo hipotecario. Esto se decide en el momento de la firma, por lo que para que puedas recuperar el dinero que pusiste para reservar la vivienda deberá constar por escrito.

En resumen, dentro del texto tendrá que existir un ítem específico que establezca en forma explícita y concreta que, en caso de que el banco no acepte conceder la hipoteca, el comprador tendrá derecho a la devolución de las arras. Es por esto que se recomienda que busques el asesoramiento de un especialista o bien, consultes con un notario y te saques todas las dudas antes de firmar algo que luego pueda perjudicarte.

¿Qué implica la firma de esta cláusula?

Al añadir esta cláusula al contrato se puede optar por la resolución del mismo con la devolución de todas las cantidades entregadas hasta el momento en caso de que no se concrete la entrega de la hipoteca.

En otras palabras, cuando cuentas con esta cláusula en el contrato, tienes la posibilidad de optar por la resolución del mismo con la devolución de todas las cantidades entregadas hasta el momento. Es decir que, si no te conceden la hipoteca pierdes las arras a menos que hayas firmado lo contrario.

¿Qué información lleva un contrato de arras?

A pesar de que se trata de un precontrato y se puede pensar que no es definitivo, es un acuerdo que conlleva gran importancia. Esto se debe a que refleja las condiciones que regirán la futura operación.

Entre los datos que deben fijarse se encuentran:

  • Datos personales de ambas partes

  • Identificación y descripción del inmueble

  • Precio final de la compraventa y forma de pago

  • Cantidad de dinero de la señal o anticipo (que luego será descontado del importe final)

  • Obligación de firmar el contrato mediante escritura pública

  • Distribución de los posibles gastos de compraventa

  • Firma de comprador y vendedor

Si el comprador y/o vendedor se trata de un matrimonio, será suficiente sólo con la firma de uno. No obstante, si están en proceso de separación o no están casados y son convivientes, será necesario que firmen los dos.

¿A qué compromete el contrato de arras?

El contrato de arras comprometerá al comprador a reservar el derecho sobre la compra de la compra de una vivienda. A cambio entregará una cantidad de dinero a cuenta del precio total del inmueble.

En cuanto al vendedor, a través del contrato de arras se compromete a entregar el bien al comprador en las condiciones charladas previamente.

Es conveniente que siempre se lean los contratos de arras que se firman, y asegurarse que la cláusula de devolución esté incluida para poder retirar el dinero si no nos aprueban la concesión de la hipoteca en el banco.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre el contrato de arras. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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La exclusividad inmobiliaria cuenta con muchas más ventajas que perjuicios para los propietarios vendedores. Para algunos, incluso dentro del sector de los bienes raíces, sigue siendo al día de hoy un evento poco aconsejable. Sin embargo, está comprobado que un inmueble puede resolver mucho más velozmente su diligencia de venta si sus dueños se ajustan a estos arreglos con las agencias u oficinas de servicios inmobiliarios. Tu, como agente o asesor… ¿prefieres utilizarla como estrategia o te muestras reticente a implementarla en tu día a día? En este artículo de Oi Real Estate, veremos cómo el contrato de exclusividad inmobiliaria puede llegar a ser la solución para las negociaciones complejas y una salida rápoda para resolver negociaciones problemáticas o relegadas. Te invitamos a leer para conocer mucho más.

Un blindaje a la negociación

El contrato de exclusividad o como suele llamarse en la jerga inmobiliaria “una exclusiva” no es ni más ni menos que un blindaje a una diligencia determinada. Este tipo de negociación, es ofrecida por el agente inmobiliario y en algunos casos utilizada sistemáticamente como condición a tomar una diligencia compleja, que lleva tiempo en marcha sin una resolución concreta, o simplemente porque el piso no se vende en los términos que sus propietarios esperan. De este modo, existen agentes que no aceptarán trabajar o tomar propiedades a la venta si no es mediante un contrato de exclusividad.

A menudo, los propietarios demasiado exigentes con los precios de sus viviendas o tan solo cansados de estar en medio del trajín estresante que conlleva este tipo de acciones, terminan por ceder los derechos de la venta a agentes inmobiliarios independientes o agencias bajo estos parámetros. La mayoría de ellos se sorprende al comprobar las ventajas que puede ofrecer un contrato exclusivo; cuando las ofertas comienzan a llegar y la unidad se vende en un período mucho menor al prefijado en el contrato. En este artículo descubriremos buena parte del porque de esa aceleración en una venta, entre muchas variables.

¿Qué tiempos estipula un contrato de exclusividad?

Una exclusiva puede manejar cualquier lapso, sin estar estipulado en ninguna ley de forma obligatoria. Será un pacto entre el vendedor y el agente. Así y todo, la gran mayoría de los contratos exclusivos suelen prefijarse en un tiempo que puede oscilar entre los tres y los seis meses.

Los aspectos que pueden alterar estos plazos son muchos. No obstante, si tienes cierto paño recorrido en el sector, sabrás que casi todas las negociaciones se resuelven antes, sino mucho antes a los términos pactados.

Secretos en el contrato de exclusividad inmobiliaria

Dijimos que una propiedad puede acelerar sus plazos de venta al acceder sus propietarios a un contrato exclusivo, ya sea con una agencia o con un agente independiente. Esto se debe fundamentalmente a que vender de forma exclusiva, como su definición lo indica, implicará un compromiso y un trabajo exhaustivo por parte del agente encargado. Entonces… ¿por qué los propietarios se muestran reacios a poner en manos de una sola agencia la diligencia?

Pues este interrogante tiene una respuesta; es porque está impreso en el inconsciente colectivo que muchas agencias intentando vender una misma propiedad redoblarán sus esfuerzos, por el solo hecho de superar a la competencia. Puede que en algún que otro caso este mito sea una realidad, pero si conoces el negocio sabrás que la respuesta de una agencia ante una negociación en la que intervienen dos, tres o más colegas no será precisamente la óptima.

Las negociaciones compartidas entre agencias competidoras suelen ser trabadas, pausadas y los agentes se muestran reticentes a demostrar toda información ante las llamadas o consultas; ya que existe el temor de que la competencia esté intentando saber cuáles son los precios, la financiación y las facilidades que ofrecen unas y otras, para ofrecer por sí misma una mejor oferta.

Ventajas de un contrato exclusivo

Un contrato de venta exclusiva ofrecerá para el interesado en vender más ventajas de las que imagina. Como ya dijimos en la intro del artículo, el más importante beneficio queda reflejado en una venta veloz ¿Qué mejor que ello? Pues veamos algunas otras, que más allá de un buen resultado, pueden hacer que la diligencia sea mucho más llevadera para el particular.

Hablemos sobre comisiones

El agente encargado de llevar adelante una negociación de estas características deberá desmitificar de inmediato, ni bien concertada la entrevista, que las comisiones por venta exclusiva son alocadas y exageradas; ya que ese es otro mito en torno a los contratos exclusivos. Una buena comisión por una exclusiva puede rondar alrededor del 3% de la venta total.

Proteger al cliente

En el sector inmobiliario, la tranquilidad del cliente lo es todo. Cuando una negociación pauta como exclusiva, quedará claro que el propietario no tendrá de qué preocuparse. El agente inmobiliario deberá estar al pendiente de cualquier preocupación que surja en el ansioso vendedor, sobre todo teniendo en cuenta que son muy pocos quienes llegan a estas instancias sin haber transitado ya un buen trecho. El cliente propietario que accede a una venta exclusiva querrá que su unidad se venda cuanto antes.

Plazos del contrato

Como agente deberás ser claro respecto a los tiempos de un contrato exclusivo de ventas. Si analizando el caso en la previa llegas a la conclusión de que la unidad podría venderse en cuatro meses, será recomendable que prolongues los tiempos y lo fijes acaso en seis. Anticipándote a cualquier imponderable que pudiera extender los tiempos de resolución de la diligencia, lograrás que los ánimos del cliente lo mantengan alejado de la negociación; permitiéndote manejar el proceso de la mejor forma.

¿Cuál es tu opinión sobre el contrato de exclusividad inmobiliaria? ¿Lo utilizas con frecuencia? Nos encantaría conocer cuál es tu postura sobre este apasionante tópico.  

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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Desde Oi Real Estate queremos contarte si debes firmar primero el contrato de arras o lo que corresponde es concretar el préstamo hipotecario previamente. ¡Continúa leyendo el artículo para enterarte!

Firmar el contrato de arras debe ser el paso previo a pedir la hipoteca. Es por este motivo que, será necesario leer con detenimiento cada una de las cláusulas de este contrato.

Si ya has visitado la vivienda y, al entrar, has decidido que se trata de la casa ideal para ti porque es exactamente lo que buscas para tu hogar, amplitud, buen ingreso de luz natural, el valor es razonable y el barrio te agrada, es momento de pensar en el contrato de arras. La realidad es que, cuando se trata de una muy buena opción, habrá también otros compradores con el foco puesto en la vivienda. Es por eso que, pagar una seña para asegurar que la vivienda será nuestra es una buena idea.

Ahora, la duda es cuando no estamos muy seguros de qué paso debemos dar primero en una compraventa. Se trata de pedir una hipoteca o firmar el contrato de arras, aquí aclararemos todas tus preguntas sobre el contrato de arras. Además te contaremos qué sucedería en caso de que la entidad bancaria no te concediera el préstamo hipotecario.

La firma del contrato de arras

Sin lugar a dudas, si deseas que nadie se te adelante, será necesario firmar el contrato de arras previo a solicitar la hipoteca. Se trata de una seña, en otras palabras, una cantidad de dinero que tendrás que entregar para asegurar el cumplimiento del contrato. Por lo general, antes de firmar la compraventa, tanto el vendedor como el comprador firman un contrato previo para comprometerse de manera recíproca. En él se fijará el valor y las condiciones del contrato de la venta de la vivienda.

Eso sí, lo más aconsejable es que, previo a la firma del contrato de arras, el interesado investigue en varias entidades bancarias la concesión del préstamo para estar seguro si sería posible que nos lleguen a conceder la hipoteca. Además, deberá averiguar cuál es la cantidad de dinero máxima que podría prestarnos el banco. Por lo general, las entidades bancarias suelen financiar aproximadamente el 80% del valor de la vivienda. No obstante, resulta interesarte conocer esta información antes para obtener datos más exactos y personalizados.

Tipos de contrato de arras

Debes tener en cuenta que hay tres tipos de contrato de arras diferentes:

Las arras penitenciales

Se trata de las más habituales, recogidas en el Código Civil.

Las arras penales

El principal objetivo es el de garantizar la compraventa, es por esto que, si no se cumple el contrato, la parte perjudicada puede exigir una indemnización adicional a las arras.

Las arras confirmatorias

Aquí, si hay un incumplimiento de contrato, un juez sería el encargado de determinar cuáles serán las consecuencias para esta parte.

En todo caso, para firmar un contrato de arras, tendrás que brindar varios datos que servirán para validar la operación. Aquí te explicaremos qué es lo que debe figurar en un contrato de arras:

  • Datos personales, tanto del comprador como del vendedor

  • Una descripción del inmueble

  • El valor que debe pagarse en concepto de arras

  • El precio final de la casa

  • El tiempo con el que se contará para concretar la venta ante un notario

  • Las cargas de la vivienda

  • Cómo será el reparto de los gastos de la operación de compraventa

En este acuerdo entre dos particulares, el vendedor debe comprometerse a realizar la entrega de la vivienda en la fecha pactada. Por su parte, el comprador debe pagar un importe como seña, que se descontará del precio final de la casa.

¿Cuánto cuesta firmar un contrato de arras?

Consiste en una cantidad equivalente al 10% del precio total del inmueble. Debe entregarse para reservar el derecho a compra. No obstante, no hay una cantidad estipulada por ley. El vendedor del inmueble puede pedir la cantidad que crea oportuna sin inconvenientes, siempre y cuando, ambas partes estén de acuerdo.

¿Qué sucede si el banco no me concede el préstamo hipotecario?

Como mencionamos más arriba, la firma del contrato de arras debe realizarse antes de la solicitud del préstamo hipotecario. La cuestión es qué ocurre si el banco no me concede la hipoteca. La realidad es que, previo a la firma del contrato de arras, es muy recomendable que leas con mucha atención lo que vas a firmar. De este modo, será posible recuperar las arras que entregaste. Pon atención a que figure una cláusula en el contrato que lo exprese de manera explícita.

Por otro lado, si no entendieras del todo bien lo que está redactado en el contrato de arras o no encuentras la cláusula, es posible preguntar directamente al notario o a un experto antes de firmar. Ten en cuenta que, es fundamental que el contrato contenga una cláusula que aclare que la devolución de la seña en caso de que no sea concedida la hipoteca. De lo contrario, perderías las arras.

¿Cuál es la diferencia entre un contrato de arras y un contrato de reserva?

Ambos contratos tiene un objetivo bastante similar, se trata de garantizar el derecho de compra. No obstante, hay una diferencia fundamental, el contrato de arras está definido por la jurisprudencia. Esto significa que, las penalizaciones que se deben afrontar si se incumple se encuentran definidas por ley. Por su parte, el contrato de reserva no se encuentra regulado por ninguna ley y tampoco está definido por la jurisprudencia.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los contratos de arras. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Si debes firmar un contrato de arras en Madrid para comprar una casa, en este artículo de Oi Real Estate te contamos todo lo que debes saber acerca de este acuerdo previo a la firma del contrato de compraventa.

¿Por qué puede requerirse un contrato de arras en Madrid para comprar una casa?

Madrid es una ciudad cosmopolita, la capital de España y su ciudad más grande y más poblada. Cuenta con una variada oferta en materia educativa, cultural, gastronómica, recreativa y laboral. Además, se encuentra entre las ciudades españolas con mayor turismo interno y externo. Por esto, adquirir una propiedad en Madrid puede ser una gran decisión en términos de inversión inmobiliaria.

Si estás pensando en comprar una casa en Madrid o estás a punto de formalizar la compra de la misma, contar con información relativa al proceso de compraventa de un inmueble siempre es de gran ayuda. Por diversos motivos puede ocurrir que la firma del contrato de compraventa se demore o que, por alguna razón, optes por retrasar su firma. A su vez, puede suceder que hayas encontrado la casa ideal y quieras asegurarte de que será tuya. En este caso, el contrato de arras puede ser la mejor opción dado que se trata de uno de los acuerdos previos a la firma del contrato de compraventa. Si tú o el vendedor deciden recurrir a él, es importante que conozcas cómo debe estar conformado y las condiciones a que está sujeto ya que su incumplimiento puede acarrear penalizaciones. En este sentido, contar con información acerca de este contrato te permitirá tomar los recaudos necesarios antes de la redacción y firma del mismo.

Información esencial para realizar una operación de compraventa utilizando el contrato de arras en Madrid

¿Qué es un contrato de arras?

Se trata de un documento, más específicamente, un contrato privado, previo y opcional que se celebra entre el vendedor de un inmueble y su potencial comprador. Mediante el mismo, ambas partes se comprometen a concretar la compraventa. Una vez firmado por las partes interesadas, el propietario está en obligación de entregar la vivienda al comprador. Además no podrá continuar exhibiendo el inmueble a otros interesados. El comprador, por su parte, se compromete en su intención  de adquirir el inmueble, reservando el derecho sobre la compra a cambio de un monto de dinero como señal. Todo esto debe realizarse según las condiciones acordadas en la redacción del contrato.

Las características más importantes de este contrato son:

  • Es opcional. Una compraventa inmobiliaria puede realizarse sin la firma de este contrato. En este sentido, es un acuerdo opcional no obligatorio. Sin embargo, recurrir a él puede ser de gran utilidad. Al incluir los términos pactados para efectuar la transacción es utilizado, en general, por el notario para confeccionar la escritura de compraventa. Además, otorga a ambas parte seguridad jurídica. Al vendedor le aporta la seguridad de que la venta se llevará a cabo mediante el pago de la señal. Al comprador, por su lado, le permite asegurarse de que el inmueble será suyo.
  • Es privado. Se trata de un acuerdo de libre pacto y de libre redacción. Esto implica que no requiere para su confección de la presencia de un profesional.
  • Es previo. Se trata de un acuerdo previo a la firma del contrato de compraventa. Este se firma en una instancia más avanzada del proceso y permite cerrar la transacción, efectivizando la compraventa inmobiliaria.

Diferencias con el contrato de reserva

Se trata, en ambos casos, de acuerdos previos a la concreción de una compraventa. También cumplen la misma función de reservar y retirar del mercado una vivienda a través del pago de una señal.

Sin embargo, también se diferencian. En este sentido, el contrato de reserva no se halla regulado por el Código Civil como lo está el contrato de arras. Debido a esto el contrato de reserva reviste menor seguridad jurídica. Por otra parte, no puede rescindirse únicamente con el pago de una indemnización, como sucede con algunos tipos de contratos de arras. Sólo es admisible desistir de él si esto fue especificado en alguna de sus cláusulas. En caso contrario deberá intervenir la justicia.

¿Cuál es el contenido de un contrato de arras?

Debe incluir todas las condiciones pactadas por ambas partes en el momento de la negociación. Además, contiene las penalizaciones que deberán asumir cada uno de no cumplir con lo pactado y la especificación del monto de dinero que el comprador entregará al vendedor en concepto de señal.

Por otra parte, al plasmar las condiciones de la futura transferencia, recoge información que posteriormente figurará en el contrato de compraventa.

Las cláusulas que debe incluir todo contrato de arras en Madrid

A la información relativa a obligaciones y derechos que figura en un contrato en términos de condiciones y disposiciones legales se la conoce como cláusula. Si bien existen cláusulas específicas para los distintos contratos de arras hay algunas comunes a todos ellos. Las cláusulas que debe incluir todo contrato de arras son:

  • Los datos personales de ambas partes.
  • Los datos del inmueble.
  • El precio final de compraventa.
  • La fecha de la firma.
  • El monto de la señal.
  • La distribución de gastos.
  • La cláusula de penalización: cambia según se trate de un contrato de arras penitenciales, confirmatorias o penales.

contrato de arras en Madrid

Aspectos legales a tener en cuenta al optar por un contrato de arras 

Tipos de contrato de arras que pueden firmarse para comprar una casa

Existen tres tipos de contratos de arras: penitenciales, confirmatorias y penales. A continuación describimos en qué consisten cada uno.

El contrato de arras se haya regulado por el Código Civil español, correspondiéndole a cada tipo de arras diferentes artículos. Estos especifican las diferentes penalizaciones a las que deberán someterse las partes de no cumplir lo pactado.

El hecho de que se trate de un contrato contemplado en la ley implica seguridad jurídica para los vendedores y compradores de bienes inmuebles que decidan firmar uno.

Arras penitenciales

En este tipo las penalizaciones en caso de arrepentimiento deben estar explicitadas. El monto que el comprador paga como señal funciona como indemnización. Si el vendedor desiste del compromiso asumido deberá devolver a la otra parte la suma, entregada como señal, por duplicado. Si el arrepentido es el comprador, el monto que abonó será retenido por la otra parte. Lo que se debe destacar es que se admite la posibilidad de arrepentimiento, aunque sujeta a la penalización correspondiente.

Arras confirmatorias

A diferencia del anterior, no admite la posibilidad de desistir de él mediante una penalización económica. Esto se debe a que las penalizaciones no son establecidas con claridad. En el caso que se produzca un incumplimiento, la parte afectada puede reclamar la concreción de la compraventa o una indemnización por daños y perjuicios. Lo importante en este caso es que la parte perjudicada deberá, siempre, recurrir a la justicia.

Arras penales

En este caso si bien no se explicita la posibilidad de desistir del contrato, la señal de reserva sí funciona como indemnización en caso de arrepentimiento. Sin embargo, las penalizaciones que establece no se refieren únicamente a la señal. Debido a esto, además de la retención o devolución del dinero por duplicado, puede exigirse también la concreción de la compraventa.

Consejos relativos a la elección del tipo de contrato de arras para la compra de una casa

Lo recomendable en cuanto a la elección del  tipo de arras a la hora de comprar una casa es tener en cuenta la seguridad en relación a la concreción de la compraventa. En este sentido, lo aconsejable es recurrir a las arras penitenciales cuando no exista seguridad plena respecto a la compra. Esto se debe a que, en caso de arrepentimiento, las arras confirmatorias puede acarrear consecuencias legales. Las penales, por su parte, también pueden implicar penalizaciones más allá de la retención del monto señal.

¿Tiene un costo para el comprador firmar un contrato de arras en Madrid?

El único coste que el contrato de arras tiene para el comprador es el pago de la señal. Aunque este monto podría pensarse como un adelanto dado que el mismo se descuenta del valor total del inmueble.

En el caso de que se opte por contratar a un profesional para redactarlo o una agencia inmobiliaria se ocupe de ello, el gasto correrá por cuenta del vendedor.

 ¿Cuál es el monto que debe entregar el comprador como señal si se firma un contrato de arras?

Debido a que se trata de un contrato privado, la ley no fija el monto que el comprador debe entregar para reservar la casa. Sin embargo, en este tipo de acuerdos la señal suele ser siempre de un 10% sobre el valor de venta del inmueble, aunque puede variar según lo que se pacte en cada caso particular. Como dijimos anteriormente, en general, al concretar la transacción esta suma de dinero se descuenta del valor total de la propiedad.

 La importancia de que un profesional redacte el contrato de arras

Si bien el contrato de arras, al ser un acuerdo de libre pacto y libre redacción,  no requiere de un profesional para ser confeccionado, lo recomendable es contar con la ayuda de uno. De lo contrario será imprescindible prestar mucha atención a la hora de formularlo. Esto se debe a que se precisa conocer a fondo cada tipo de contrato, las cláusulas que deben contener, etc. Contar con un profesional experimentado que se ocupe de la redacción del contrato puede significar un ahorro de tiempo y otorgar la seguridad de que no habrá errores u omisiones que puedan generar inconvenientes futuros.

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¿Tu contrato de alquiler está llegando a su fin y será prorrogado? ¿Estás a punto de independizarte y has comenzado tu búsqueda dirigida a pisos de alquiler? Pues es vital que estés preparado para negociar tu contrato ¿Por qué? Porque diversos relevamientos indican que tres de cada cuatro españoles que han sabido manejarse con cintura negociadora a la hora de cerrar sus contratos de arrendamiento han logrado resultados muy positivos para sus arcas y sus bolsillos. En este artículo de Oi Real Estate, veremos cómo negociar un contrato de alquiler. Te invitamos a leer para entender más.

La pandemia como principal protagonista

El promedio de futuros inquilinos ávidos de negociar sus contratos de alquiler (ya sea en su ingreso a la vivienda o en su prórroga) se ha mantenido, incluso pandemia COVID 19 mediante. Según muestran los números, hasta antes de irrumpir el virus en nuestras vidas los índices en inquilinos negociadores no se diferenciaban demasiado de los actuales; durante el último año 2021 (en especial durante el segundo semestre, testigo de un repunte inmobiliario de niveles record) solo uno de cuatro aceptó y firmó o rechazó el precio propuesto por el propietario o la agencia, mientras que los otros tres restantes consiguieron buenos resultados apelando a negociar; algo impensado en 2019.

Las explicaciones que dan los aspirantes a arrendatarios no son muy difíciles de comprobar y están a la vista. La disminución en los ingresos promedio, el incremento en los valores energéticos y la necesidad abierta de recortar gastos lo máximo posible, son las principales armas que poseen los eventuales inquilinos al momento de postularse. En este sentido, la mayor parte de los propietarios (a su vez impulsados a alquilar sus propiedades cuando antes) así como las inmobiliarias no han desatendido aquellas inquietudes; y se han mostrado abiertos a escuchar las propuestas.

Como inquilino… ¿Vas a desaprovechara esta tendencia? ¿Cómo negociar un contrato de alquiler?

Un estudio interesante

La plataforma de consulta recurrente Fotocasa ha realizado recientemente un interesante estudio denominado “La negociación en el mercado del alquiler” y publicado sus resultados online. A través de un relevamiento exhaustivo, se llegó a la conclusión de que durante el último período anual 2021 no se ha incrementado de sobremanera la cantidad de arrendatarios que ofrecieron una contraoferta a lo dispuesto por las inmobiliarias; sin embargo, en la comparativa pre pandemia, la diferencia radica en cuántos de ellos han logrado un resultado a su favor.

Se estima entonces que más del 75% de quienes lograron alquilar una propiedad y propusieron un contrato a la baja propuesta en las publicaciones lograron con éxito su cometido; un índice muy por encima de los relevados durante las pocas negociaciones llevadas a cabo durante el parate inmobiliario del año 2020. En el transcurso del recordado como “año de la pandemia” apenas más del 60% de los arrendatarios negociadores alcanzaron disminuir su cuota mensual de alquiler.

Cómo negociar un contrato de alquiler

Existen muchos motivos que llevan a una persona a alquilar antes que comprar. España, considerada desde lo histórico como un “país de propietarios”, ve cada vez más alejado el hacer realidad el sueño de la casa propia; a su vez, los jóvenes (considerados en el sector entre los 18 y los 35 años de edad) estiran año a año la edad de emancipación de la casa paterna.

Así, los jóvenes que hasta hace no muchos años ingresaban al circuito inmobiliario español a los 25 o 26 años comprando o alquilando, hoy día prolongan su estadía en la casa natal hasta por lo menos los 30 años, y encuentran en su gran mayoría en el mercado del alquiler una única posibilidad de independizarse. En este sentido, negociar se ha convertido durante 2021 casi en una norma, más que en una tendencia inmobiliaria.

Veamos dos claves (fundamentales) para considerar el planteo de una negociación a la cuota mensual de alquiler. Acaso puedan ayudarte en tu futuro cercano como flamante inquilino.

Relación ingresos / cuota mensual de alquiler

La recomendación promedio instalada en el sector inmobiliario es que la cuota mensual del alquiler no supere un 30% del ingreso mensual familiar de los inquilinos. Si el costo mes a mes del alquiler permaneciera por debajo de este porcentaje, es probable que una familia (dos personas con un hijo, acaso con dos) no tenga problemas en abonar puntualmente y permanezca lejos de caer en riesgos de impago.

Conocer a fondo el propio poder adquisitivo si vas a alquilar, es clave para tu futuro. Estos implicará desglosar tus ingresos respecto a cuáles son tus gastos fijos (seguridad en salud, gastos en automóvil o viáticos, alimentación, impuestos, servicios etc.), tus gastos en ocio (viajes, gustos personales). En ciertos casos, aquel 30% puede extenderse hasta el 40% si es que consideras recortes en los gastos mencionados, aunque no es lo recomendable.

Conocer el mercado del alquiler regional

Tienes decidido negociar tu contrato, desde antes de iniciar tu búsqueda de un piso de alquiler. Pues bien, para ello lo menos aconsejable es entrar en la tentación de buscar por precio y en publicaciones sueltas a través de las plataformas digitales. Realiza un estudio de campo a conciencia acerca del mercado inmobiliario en las zonas que más te interesan. Los puntos de referencia pueden ser la locación de tu trabajo, la del colegio si tienes hijos, etc.

En torno a esas ubicaciones plantea un círculo que delimite una zona cercana e infórmate del precio regular en esos parámetros. Así conocerás cabalmente el promedio que rige dicho mercado inmobiliario regional. En base a eso, si has encontrado costes que se adapten a tus necesidades, sabrás cuánto proponer o si el piso en el que estás interesado está sobretasado.

Lo ideal a la hora de encarar cualquier tipo de negociación, es estar lo mejor informado posible. Esto te permitirá poder discutir, replantear, contraofertar y considerar también la postura del propietario o del agente inmobiliario encargado de la negociación. ¿Tienes ya experiencia en cómo negociar un contrato de alquiler? Nos encantaría conocerla.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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Desde Oi Real Estate queremos despejar todas tus dudas sobre cuál es la duración de un contrato de alquiler. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

El tema de la duración del contrato de alquiler es una las dudas más comunes a la hora de poner una vivienda en alquiler. Por lo general, entre las principales preguntas encontramos cuánto tiempo se firma un contrato, en que momento es posible rescindir, de qué modo se prorroga, entre otras. En el siguiente artículo hemos recopilado todas las respuestas que necesitas para aclarar todas tus dudas al respecto, pon mucha atención y toma nota.

¿Cuál es la duración de un contrato de alquiler?

A la hora de formalizar un contrato de alquiler para alquilar una casa, el tiempo de duración del contrato se encuentra determinado por lo que estipula en la Ley de Arrendamientos Urbanos. También, abarca la última modificación de esta Ley, el Real Decreto Ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.

Según nos indica la normativa vigente actual, los contratos de alquiler que se firman hoy en día cuentan con una duración como mínimo de cinco años (5) en el caso de que el propietario sea una persona física. Por otro lado, la duración será de siete años (7) mínimo, cuando se trate de una persona jurídica.

Por su parte, una vez que se haya alcanzado el tiempo máximo del contrato de alquiler, es posible ejercer el derecho a una prórroga tácita. Esto quiere decir, una renovación automática del contrato original y de las condiciones, además, que será de tres años (3). Excepto que ambas partes, tanto el propietario como el inquilino, pongan de manifiesto su deseo de no renovar el alquiler.

¿Qué hacer cuando no se desea renovar el contrato de alquiler?

Con respecto a este tema, siempre que no se desee renovar el contrato de alquiler será necesario notificarlo:

En el caso del propietario tendrá que notificárselo a su inquilino con un mínimo de tiempo de cuatro meses (4) de anticipación.

Por otro lado, los inquilinos tendrán que notificar su deseo de no renovar con un mínimo de tiempo de dos meses (2) de anticipación.

La opción que resulta más aconsejable en estos casos, es que se notifique el deseo de no renovar el contrato de alquiler de manera formal, por medio de burofax.

¿En qué momento es posible rescindir el contrato de alquiler?

El inquilino, cuenta con la posibilidad de desistir del contrato de alquiler siempre y cuando ya hayan pasado como mínimo de tiempo seis meses (6) de la firma de este. Sin embargo, también será necesario dar aviso por lo menos con un mes de anticipación. Por otro lado, la norma afirma que, en el caso de desistimiento el inquilino tendrá el deber de indemnizar al propietario, eso sí, siempre que este punto quede recogido en el contrato de alquiler.

¿Es posible que el propietario reclame la vivienda?

La respuesta a esta pregunta es sí, el propietario puede reclamarla. Sin embargo, con la excepción de que se trate de una persona física, que al menos haya transcurrido un año (1) como mínimo desde la realización del contrato de alquiler. Por otro lado, también la vivienda deberá ser destinada para uso de sí mismo, de familiares de primer grado de consanguinidad, por adopción o bien, para el cónyuge en caso de que exista separación o divorcio.

¿Qué dice la Ley de Arrendamientos Urbanos sobre esto?

Una vez que haya pasado el primer año de duración del contrato de alquiler y siempre que el propietario sea una persona física. No procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se hubiese hecho constar en el mismo, de manera expresa, la necesidad para el propietario de ocupar el inmueble alquilado antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente. Puede ser para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.

Para lograr ejercer este poder de recuperar el inmueble, el propietario tendrá la obligación de comunicar al inquilino que tiene necesidad de la vivienda alquilada. También, deberá especificar el motivo o motivos entre los mencionados en el párrafo anterior. Por lo menos con dos meses de anticipación a la fecha en la que la casa se vaya a necesitar. De este modo, el inquilino tendrá la obligación de entregar la vivienda alquilada en dicho plazo si las dos partes no logran llegar a un acuerdo diferente.

La importancia del asesoramiento profesional para un alquiler legal y sin inconvenientes

Para realizar contratos de alquiler se necesitan muchos conocimientos con respecto a la normativa y el sector. Es por este motivo que resulta fundamental optar por el asesoramiento profesional de expertos en el sector inmobiliario para acceder a un alquiler legal y sin ningún tipo de inconvenientes.

Luego de leer este post, nos interesa mucho saber cuál es tu opinión ¿Qué opinas de la duración de los contratos de alquiler? Si te interesa compartirla con nosotros, es posible hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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La compra legal de un casa comienza en la firma de un contrato de arras y continua con un contrato de compraventa. En este post te detallamos de qué se trata la escritura pública de un inmueble, cuál es su costo, de qué manera se realiza y cuánto tiempo tarda el trámite.

[toc]

¿Qué es la escritura de un inmueble?

La escritura pública es un documento público regulado por leyes y fiel a una normativa establecida.
Al igual que el contrato de compraventa, es un documento en el que participan el comprador y el vendedor. Sin embargo, este trámite debe estar firmado por un notario, quien actúa como fedatario público. Las prestaciones brindadas por el notario serán las de dar fe pública en los hechos jurídicos relacionados con la compraventa de dicho inmueble.
Es de carácter no obligatorio, es decir, que puedes firmar el contrato de la compra de tu vivienda sin el deber posterior de realizar su escrituración. Sin embargo, la elevación de la vivienda a escritura pública le otorga credibilidad y mayores garantías, ya que se encuentra regida por los siguientes principios:

Autenticidad: cada punto que se integre en el documento es cierto.
Ejecutoriedad: el acuerdo entre las partes se lleva adelante sin la necesidad de mas pruebas. El acuerdo se lleva a la práctica sin necesidad de más pruebas
Legalidad: su realización se encuentra ajustada a las leyes.

¿Cuánto puede llegar a costar la escritura del inmueble?

En principio, el costo de la escrituración dependerá del la cantidad de copias con la que la misma cuente, de su extensión, del precio de la escritura de la vivienda. Es importante que consideres siempre tu caso en particular, y el tipo de vivienda que vayas a adquirir. Algunas de estas particularidades pueden ser las viviendas de protección oficial o las subrogaciones de las hipotecas, en las cuales se aplica una reducción a los aranceles que cobran todos los notarios.

Debes tener en cuenta que hay ciertos factores que pueden suponer diferencias en el precio de la escritura de una vivienda, que suele estar entre un 6 y un 8% del valor de la misma. El valor real, el catastral y el escriturado, así como la extensión de la escritura o el número de copias, también pueden modificar el precio de las escrituras que, en cualquier caso, deben ajustarse a la legalidad.

¿Cuáles son los gastos notariales?

Los gastos notariales o aranceles del notario, pueden variar entre los 600 y 1000 euros aproximadamente. Esta aproximación dependerá del tipo de propiedad sobre la cual se va a realizar la escritura. Como ser: una casa, un piso, un chalet, un garaje, etc.

Este tipo de gastos notariales son los mismos en todo el territorio español. Puede regir un descuento máximo de un 10 %. El monto a cobrar por parte de los notarios es para todos iguales, y se encuentra regulado por el Real Decreto 1426/89 de 17 de noviembre, publicado el 28 de noviembre en el BOE (Boletín Oficial del Estado).

Esta forma de regulación busca garantizar que todos los ciudadanos puedan acceder a los servicios de seguridad jurídica que pueda ofrecer un notario. De esta manera, lo que se establece es que los profesionales en la materia compitan por la calidad de su servicio y no por el precio del mismo.

¿Cómo realizar y cuánto tarda la inscripción en el Registro de la Propiedad?

Al trámite de la inscripción del inmueble puedes realizarla de diferentes maneras. Una de ellas puede ser de forma telemática, en formato digital, vía online, por medio de un notario. También puedes optar por presentarla en papel con una copia firmada y autorizada por el notario. O por último de manera personal por el propio comprador.

Desde el Consejo General del Notariado de España se recomienda la primera de las opciones, en tanto la presentación de la inscripción vía online por notaría le otorga al trámite la garantía de inmediatez y, al mismo tiempo, bloquea el registro de cualquier otro posible documento.

La segunda opción se encuentra condicionada al pago previo de los impuestos correspondientes. En tanto el impuesto de Transmisión Patrimonial Onerosa (ITP)y, si fuera necesario, el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Una vez que la documentación presentada es examinada y verificada, se procede a inscribir la vivienda a nombre del comprador. El notario, por su parte, le entregará una copia de las escrituras de la casa confirmado el cambio de nombre en el registro.

Respecto a la tardanza del trámite en escrituración, los tiempos del proceso van a depender de cada circunstancia en particular. Lo mas recomendable es preparar la presentación con antelación por si surgen imprevistos. Es importante tengas en cuenta esta recomendación, si la compraventa se realizará entre particulares. Si este es tu caso, lo aconsejable es comenzar con el proceso un mes antes de la fecha límite que figura en el contrato de arras que llevaron a cabo entre las partes.

A lo largo de todo ese mes, la notaría recopila la documentación necesaria para ir redactando el borrador de la escritura, para luego fijar hora y fecha de la firma. Si no existen inconvenientes en el medio, en pocos días la escritura puede estar preparada,

Lo mas común es que a medida que se prepara el trámite para la inscripción de la vivienda, el tiempo al medio suele aprovecharse para llevar a cabo la firma de la hipoteca, o incluso la cancelación de la hipoteca que recae sobre la vivienda. De ser así, tanto el banco como el notario, deben ponerse de acuerdo lo que podría demorar un tiempito mas.

Por último, debes considerar que durante el verano y las semanas previas a la navidad las notarías suelen encontrarse un poco atareadas y saturadas.

Como mencionamos al principio, previo al trámite para realizar la escritura pública del inmueble se realiza un contrato de arras. Te recomendamos leer el siguiente artículo para que tengas en cuenta en qué se diferencia de un contrato de reserva.

Comprar una vivienda, realizar los diferentes contratos y escriturarla demanda tiempo, esfuerzo y dinero. Si sientes que no puedes llevarlo a cabo ponte en contacto con nuestros representantes vía online y consigue el mejor asesoramiento.

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