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Te contaremos qué es y por qué debería interesarte la comisión de apertura de un préstamo hipotecario. Continúa leyendo el artículo para saber más.

Si has decidido comprar una vivienda, es muy probable que te hayas decidido por contratar un préstamo hipotecario para financiar la compra. En primer lugar, debes tener en claro que el proceso de solicitud de una hipoteca es un trámite complejo, no se trata únicamente de solicitar el dinero y pagar una determinada suma por mes.

La solicitud de un préstamo hipotecario es un proceso que implica el cumplimiento de diferentes condiciones, además debes poner atención en las letras pequeñas y realizar varios trámites. Por estos motivos, es necesario poner atención en todos los detalles.

En el proceso de contratación de una hipoteca, puedes encontrarte con la comisión de apertura, se trata de un dinero que se le abona a la entidad bancaria por solicitar el préstamo. Es una medida considerada como una cláusula abusiva por muchos. Sin embargo, por el momento hay que seguir abonándola. A pesar de que muchas entidades bancarias ya han optado por eliminarla.

Comisión de apertura: ¿De qué se trata?

Cuando hablamos de la comisión de apertura de un préstamo hipotecario, nos referimos a un importe que cobra la entidad bancaria al cliente al momento de formalizar el préstamo. Si bien muchos lo consideran como un mero trámite, se trata de una comisión que fue motivo de debate y ha generado bastante controversia. En algunos casos, la comisión de apertura se considera como una cláusula abusiva. Sin embargo, algunos bancos ya han comenzado a eliminarla.

¿Cómo se justifica esta comisión?

Las entidades bancarias han dado diferentes razones para cobrar la comisión de apertura, se trata de las siguientes:

  • Evaluación del perfil crediticio y solvencia del cliente.
  • Formalización y disposición de fondos para el solicitante.
  • Cubrimiento de tanto de gastos administrativos como de gestión.
  • Proceso de aceptación o rechazo de la hipoteca.

¿Se puede negociar la comisión de apertura de la hipoteca?

A la hora de firmar un préstamo hipotecario, es necesario tener en claro que existe la posibilidad de negociar esta comisión. Por lo general, las entidades bancarias establecen que este pago sea de entre el 0,25% y el 3% del total solicitado.

Como el lógico, lo más conveniente es que este porcentaje sea de 0%. No obstante, en este punto debemos ir con cuidado, ya que existe la posibilidad de que, lo que puedas ahorrar ahora, más tarde lo termines abonando de más por otro lado.

Un punto muy importante al que debemos poner atención, es el tipo de préstamo hipotecario que vayas a solicitar. Por ejemplo, si se trata de una hipoteca a tipo fijo, el porcentaje por comisión, por lo general, se ubica entre el 0% y 3%. Por otro lado, en un préstamo hipotecario de interés variable, el interés va del 0% al 1%.

¿La comisión de apertura es una cláusula abusiva?

La realidad es que diferentes sentencias judiciales se encuentran creando jurisprudencia en el último tiempo, demostrando que efectivamente, la comisión de apertura de un préstamo hipotecario se trata de una cláusula abusiva. En otras palabras, debe ser anulada y se tiene que devolver el dinero al cliente.

Sin embargo, la realidad es que esto no ocurre en la mayoría de los casos. El motivo es sencillo, la entidad bancaria se encarga de justificar que el pago es necesario, ya que de esta forma brinda una serie de servicios fundamentales para aceptar el préstamo.

En resumen, se trata de un aspecto que dependerá de los criterios de transparencia y protección al cliente que el banco tiene que cumplir para cobrar la comisión de apertura de una hipoteca. En caso de que todo sea legal, será necesario abonarla.

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 16 de julio del año 2020, se toma actualmente como el último referente. Dicha sentencia se dictó en los asuntos acumulados C-224/19 y C-259/19.

En este caso, el TJUE brindó una respuesta al órgano jurisdiccional nacional, la cual permita resolver la disputa.

Por este motivo, indicó cinco puntos sobre este particular por el Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Palma de Mallorca, y las resuelve en dos respuestas sumamente claras:

  1. La relativa a la cláusula que impone una comisión de apertura (apartados 56 a 71).
  2. La relativa al eventual desequilibrio de los derechos y obligaciones de las partes que se derivan de tal cláusula (apartados 72 a 79).

Por último, esta sentencia finaliza con las siguientes declaraciones:

El hecho de que una comisión de apertura se encuentre incluida en el coste total de una hipoteca, no significa que sea una prestación esencial de este. La comisión de apertura de un préstamo hipotecario puede causar en detrimento del consumidor y un desequilibrio grande entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la comisión de apertura de una hipoteca. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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