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Muchos clientes tienen en el alquiler con opción a compra la respuesta ante las dudas que plantea su primera vivienda. Un momento crucial con una fórmula flexible que les permite acabar siendo propietarios.

Busque, compare y si encuentra algo mejor, cómprelo‘, fue un conocido eslogan publicitario de los años 80. Una fórmula que bien podría servir hoy para algunos clientes indecisos en busca de su futura vivienda.

El alquiler con opción a compra es una salida frecuente para aquellos compradores potenciales que aún no tienen clara su decisión. Sea por las dificultades para acceder a una hipoteca o por la falta de seguridad ante la compra de una primera vivienda.

Se trata de una solución intermedia entre el arrendamiento y la adquisición. No exenta de condicionantes al firmar el contrato. Así como de ventajas e inconvenientes para el inquilino.

Una fórmula flexible que viene a enriquecer un sector con tantos tipos de clientes como opciones de compra. El mercado de la vivienda.

¿Qué es un alquiler con opción a compra?

Se trata de un tipo de contrato mixto (o doble), formado por dos subcontratos.

El primero es un contrato de alquiler que facilita que el cliente viva como inquilino durante un tiempo determinado. El segundo es un contrato de compraventa que entra en vigor una vez finalizado el periodo de arrendamiento. Momento en que el inquilino tiene derecho a comprar la vivienda por el precio acordado inicialmente, descontándole las rentas abonadas durante el alquiler.

A nivel jurídico, el Tribunal Supremo lo considera un ‘precontrato‘ (alquiler) según el cual el vendedor concede al posible comprador la facultad de decidir si aprueba o no las condiciones del contrato principal (compraventa). Un acuerdo que puede acompañarse del abono de una prima.

En realidad es un contrato beneficioso para ambas parte. Por un lado, el inquilino puede vivir de alquiler al tiempo que reúne el dinero para la posible compra. Mientras el propietario se asegura arrendar la vivienda durante el periodo en que el arrendatario aún no ha optado por la compra.

Detalles del contrato a conocer por el inquilino

Antes de la firma del contrato de alquiler con opción a compra es básico estudiar todas la condiciones.

En primer lugar, el tiempo durante el cual el cliente permanecerá como inquilino de la vivienda. Habitualmente entre dos y cinco años. Durante este periodo, el arrendatario podrá ejercer el derecho a comprar su vivienda.

O en su defecto, seguir pagando la renta mensual por arrendamiento, los gastos de comunidad y todas aquellas reformas que sean esenciales.

Mientras que en lo relativo a la compraventa, el dueño deberá dejar clara su voluntad de vender, el precio final de la operación, el tanto por ciento a descontar de las cuotas abonadas por el alquiler y el aval o la prima depositada por el arrendatario.

Esta última cantidad no equivale a un depósito o fianza. Ya que si el inquilino decide no comprar, el dinero no se recupera.

En ese sentido, es importante contar con un asesor o un abogado que garantice adecuadamente todo el proceso.

Puntos favorables y desfavorable de esta opción

El alquiler con opción cuenta con ventajas e inconvenientes, tanto para el inquilino como para el propietario.

Beneficios del alquiler con opción a compra

Las cantidades abonadas en concepto de renta se descuentan del precio de compra

De interesar el inmueble se puede comprar, y en caso contrario rescindir el contrato y buscar otra vivienda

El ‘precontrato’ de alquiler permite sacar rentabilidad al inmueble, en lugar de tenerlo vacío

El dueño del inmueble puede aprovechar las ventajas fiscales por alquilar su vivienda

Problemas del alquiler con opción a compra

El inquilino puede llegar a pagar una renta de alquiler superior a la de otro arrendatario sin opción a compra

La cuota mensual se congela durante todo el periodo de arrendamiento, y si el inquilino decide no comprar el dueño debe iniciar todo el proceso

Si el propietario acaba decidiendo no vender debe reintegrar la prima o aval abonada por el inquilino

El alquiler con opción a compra resta flexibilidad al inquilino, ya que no puede cambiar de zona o de piso frente a otro tipo de alquiler

Frente a un alquiler convencional, el dueño de la vivienda no mantiene la propiedad si el inquilino acaba decidiendo comprar

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo de Oi Real Estate:

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Oi Real Estate

Ser feliz depende de la actitud diaria a partir de pequeños hábitos trabajando, entre amigos o en familia. Rutinas que permiten encontrar la felicidad en el hogar, prestando atención a pequeños detalles.

Existe una gran cantidad de teorías sobre como acomodar los elementos que forman parte de una vivienda para hacer que promuevan el bienestar. Y es que, la casa donde vivimos puede afectar tanto a nuestra calidad de vida como a la manera de afrontar el día a día.

En un reciente artículo publicado por ‘Daily Mail‘, Georgia Ezra (diseñadora de interiores) comparte los diez pasos fundamentales para tener un hogar saludable y acogedor.

Consejos que, más allá de tendencias y diseño de interiores, forman parte de las rutinas esenciales para hacer de nuestra vivienda un santuario donde recargarnos de energía. Los secretos para disfrutar de felicidad en el hogar.

1.- Importancia de hacer la cama

Lo que bien empieza, bien acaba‘, dice el refranero. Por eso, y aunque suene simple, una de las primeras rutinas de cada día debe ser hacer la cama.

Felicidad en el hogar: Hacer la cama

Ezra recomienda dedicar unos minutos al día a ordenar la ropa de cama. Estirarla y doblarla de manera regular invita a ser más eficiente durante el resto del día.

2.- Limpieza diaria en la cocina

Además de la cama, otra estancia que necesita de orden y limpieza es la cocina. Especialmente el fregadero.

Resulta fundamental mantener el hábito saludable de limpiarlo todos los días. ‘Levantarse de buena mañana y encontrar la cocina limpia, ordenada y libre de utensilios eleva instantáneamente el ánimo‘, recuerda la interiorista.

3.- Cinco reglas para ordenar la casa

Existen personas convencidas que para tener un hogar ideal hay que invertir muchas horas diarias. Sin embargo, Georgia piensa exactamente lo contrario. Solo hace falta adoptar una sencilla norma de cinco pasos.

Felicidad en el hogar: Ordenar la casa

Al levantarte y moverte por casa, aprovecha la ocasión para escoger cinco objetos y guardarlos en su sitio‘, aconseja la diseñadora. ‘Así mismo, conviene reservar para la organización cinco minutos por cada hora que estés en estático‘.

Parece mentira, pero al cabo del día acumularás toda una hora para el orden y la limpieza‘.

4.- Abre la puerta a la naturaleza

Las plantas y las flores hacen algo más que embellecer la casa. Aportan bienestar y felicidad en el hogar.

Introducir elementos naturales en interiores está vinculado con el crecimiento cognitivo y emocional, una mayor concentración y una disminución del estrés‘, señala Georgia.

5.- Fragancias para el hogar

Las velas y los aceites esenciales permiten elevar el ánimo, así como ayudar a la tranquilidad y el recogimiento.

Introducir fragancias en el hogar conduce a un estado de motivación y energía que optimiza la productividad diaria‘, apunta Georgia.

Felicidad en el hogar: Velas aromáticas

Escoge bien los aceites y las velas, y sácales provecho. No los guardes para ocasiones especiales‘, recuerda. ‘Tu hogar es lo suficientemente importante y especial para celebrar cada día

6.- Luz natural para llenar la casa

Existe una razón para sentirnos deprimidos en invierno y es la falta de luz natural. Un hogar feliz y saludable acostumbra a ser luminoso, porque la luz solar provoca que nuestro cerebro libere una hormona llamada serotonina.

Las viviendas sombrías, por el contrario, nos exponen a la ansiedad y el cansancio. ‘Cada día, debes abrir las persianas y permitir que entre la luz de la mañana y el aire fresco en tu casa‘, aconseja la interiorista.

7.- Libera la puerta de la nevera

El desorden de una casa llega hasta lugares como la puerta del frigorífico. Un espacio donde se pegan notas y todo tipo de objetos.

Deshazte de imanes, calendarios, menús, fotografías y programas sujetos a la nevera‘, recuerda Ezra.

Felicidad en el hogar: El frigorífico

Paralelamente a la limpieza, revisa cada dos meses el interior del frigorífico y elimina cosas abiertas sin usar (tarros, envases,..)‘, puntualiza. ‘Haz regularmente de tu nevera un espacio feliz‘.

8.- Adopta un estilo minimalista

No sientas un apego excesivo por las cosas materiales. Frente al materialismo y la acumulación de objetos, vale realmente la pena optar por el minimalismo y la simplicidad.

Agrupa todos aquellos artículos que llevas mucho tiempo sin hacer servir y guárdalos en una caja‘, recomienda la diseñadora. Se trata de un paso intermedio. ‘Más adelante deberás deshacerte de todo aquello que no eches en falta. ¿Cómo? Donándolo, por poner un ejemplo‘.

9.- No inviertas tiempo ante la tv

Muchos de nosotros, tras un largo día de trabajo, sentimos la tentación de rendirnos ante el televisor. En lugar de ponernos al día con la familia. Algo que Georgia desaconseja.

El comedor y la cocina son espacios para interactuar y fomentar el tiempo en familia, compartiendo hermosos momentos y recuerdos‘.

Felicidad en el hogar: Tv en familia

¿Por que perder una oportunidad así en lugar de hablar,disfrutar y cocinar juntos?

10.- Disfruta de tiempo con tus amigos

Finalmente,aunque no por ello menos importante, la felicidad en el hogar también es el tiempo que pasamos entre amigos.

Aprovecha e invita a tus amigos y familia a pasar el tiempo juntos, disfrutando de tu hogar‘, recomienda la interiorista. ‘Cuando tengas huéspedes en tu casa, esfuérzate en ser un buen anfitrión y hacer que se sientan especiales‘.

¡Éste es el decálogo para encontrar el bienestar y la felicidad en el hogar!

Muchos propietarios desconoce las ventajas de una forma de venta que permite seguir disfrutando de la vivienda. Se trata de la nuda propiedad. Alternativa a la falta de liquidez utilizada por un gran número de jubilados.

Según la Seguridad Social, seis de cada diez pensionistas no alcanzan a ser mileuristas. Concretamente, son unos 5,4 millones de personas. Mayoritariamente mujeres, cuya nómina es de mil euros o incluso menos.

Cerca del 15% de este colectivo no alcanza los 600 euros. Mientras que algo más de cuatro millones se mueven entre los 600 y los 1.000 euros.

Esta escasa liquidez en los años en que se abandona la vida laboral suponen un grave problema para muchas personas sin herederos y con numerosos gastos.

Pensionistas cuya vivienda es su mayor bien y la mejor solución a sus problemas. Venderla en nuda propiedad es una opción a tener en cuenta por muchas personas mayores.

Alternativa al ‘problema‘ de las pensiones

Vender su casa y sin dejar de vivir en ella es la solución que algunas agencias inmobiliarias ponen al alcance de las personas mayores que necesitan un complemento a su pensión

Habitual en otros países de nuestro entorno, la nuda propiedad llega a España como una solución a la falta de liquidez en un momento de máxima rentabilidad de la vivienda. Una manera de garantizar la calidad de vida tras la vida laboral.

Aunque hace años que se venden propiedades de esta manera, ha sido en los últimos doce meses cuando más éxito ha tenido esta fórmula. Con el debate sobre la sostenibilidad de las pensiones, ‘existe mucha preocupación entre los mayores‘, apunta el experto Eduardo Molet.

Y esa inquietud se ha traducido en el número de adquisiciones de nuda propiedad. ‘En nuestro caso, desde enero de 2018 estas operaciones se han disparado un 300%. El doble que un año antes, cuando crecían a un ritmo del 150%‘, señala Molet.

Las claves de la nuda propiedad

Aún así existen ciertas dudas. ¿En qué consiste realmente la venta de nuda propiedad? ¿A quién beneficia más?

Estas transacciones se caracterizan por conceder al propietario tanto la posesión de la vivienda como un usufructo vitalicio. Se trata de una fórmula pensada para inversores, porque el comprador no tiene pleno dominio del inmueble hasta el día en que fallezca el usufructuario.

Mientras que los beneficiarios de la nuda propiedad, básicamente personas de 75 a 80 años, se caracterizan por no tener herederos y necesitar de unos ingresos extra para mejorar su calidad de vida.

En algunos casos con la idea de no suponer una carga para la familia y en otros para disfrutar de independencia y cuidados sin tener que ingresar en una residencia.

En ese sentido, la nuda propiedad es ventajosa tanto para una como para otra parte. El comprador obtiene una propiedad a un precio inferior al valor de mercado. A cambio de hacerse cargo de gastos como el IBI, las derramas y los gastos extraordinarios del inmueble.

Mientras que el vendedor se ahorra todos esos gastos, haciéndose cargo únicamente de los suministros de la vivienda (electricidad, gas, luz). Además del importe obtenido a cambio de su vivienda.

Inversión rentable y venta segura

Mientras el precio de la vivienda usada no deja de subir, el mercado hipotecario anima aún más la compraventa de viviendas. En ese sentido, los precios del mercado de segunda mano podrían llegar a incrementarse un 8% durante este año.

Una tendencia al alza de la que aún escapan ciertas fórmulas de inversión inmobiliaria. Alternativas de inversión que ha resurgido, al superarse la crisis.

Estamos pensando tanto en las compras de nuda propiedad como en la inversión en viviendas con alquiler garantizado. Son alternativas de inversión tradicionales en otros países de Europa que ganan presencia en España.

Especialmente ahora que los productos bancarios no generan confianza, la rentabilidad del ahorro está en mínimos y la volatilidad bursátil es constante.

El momento perfecto para invertir en la compra de inmuebles. La compra más segura y rentable.

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En plena campaña de la Declaración de la Renta 2017, son numerosas la dudas que asaltan a millones de contribuyentes. ¿Debo presentarla? ¿Hasta cuándo? ¿Cómo tributan mi vivienda y mis ahorros?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas incorpora novedades todos los años, y mucha letra pequeña. Obligaciones para la mayoría de contribuyentes, algunas excepciones a tener en cuenta y muchos detalles que conviene estudiar para evitar cualquier tipo de sanción.

1.- ¿Cuál es el calendario de la Renta 2017?

La campaña de la Renta 2017 comenzó el pasado 4 de abril. Desde ese día y hasta el 2 de julio se puede acceder tanto al borrador como a los datos fiscales vía Internet. Ya sea con certificado electrónico, mediante la Cl@ve PIN y con un número de referencia que facilita la Agencia Tributaria.

Es posible comunicarse con la AEAT por teléfono, vía web o mediante la nueva aplicación móvil. Simplemente con el NIF, la cantidad indicada en la casilla 450 de la Renta 2016 y la fecha de caducidad del DNI.

A través del portal Renta Web se puede presentar y modificar el borrador. Así como confeccionar la Renta 2017. Aunque también se puede pedir cita previa desde el 8 de mayo y acudir físicamente a las oficinas de la Agencia Tributaria, u otras entidades habilitadas, a partir del 10 de mayo para elaborar la declaración.

Otra novedad de esta ejercicio es la implementación de un servicio de asistencia telefónica, conocido como “Le llamamos”. Al que podrán acceder, desde el 3 de abril, aquellos contribuyentes con rentas limitadas.

Si la declaración sale a pagar, y se opta por la domiciliación, el plazo para presentar la renta o confirmar el borrador acaba el 27 de junio. A pesar de que el cargo en cuenta se realizará a partir del 2 de julio.

Si se decide domiciliar únicamente el segundo plazo, el límite para presentar la declaración es el 2 de julio. Con cargo para ese segundo plazo a partir del 5 de noviembre.

Calendario del contribuyente para la declaración de Renta 2017

2.- ¿Quién está obligado a hacer la declaración?

A nivel general, los contribuyentes no tienen la obligación de presentar la declaración de renta siempre que se perciban ciertas rentas:

Hasta 22.000 € en rendimientos del trabajo si provienen de un único pagador, o 12.000 € si se perciben rendimientos de más de un pagador. Siempre y cuando la suma de las rentas obtenidas por el segundo y demás pagadores sobrepasen los 1.500 €, con pagadores sin retención o que retengan a tipo fijo.
Los rendimientos del capital mobiliario y de aquellas ganancias patrimoniales, sujetas a retención, cuando la cantidad percibida no supere los 1.600 €.
Las rentas inmobiliarias imputadas, los rendimientos del capital que provengan de Letras del Tesoro, así como aquellas ayudas a la compra de viviendas protegidas con un límite conjunto de 1.000 €.
Los contribuyentes cuya suma total, entre rendimientos y ganancias patrimoniales, no llegue a superar los 1.000 € siempre que existan un mínimo de 500 € en pérdidas patrimoniales.

Por otro lado, sí que tienen la obligación de declarar:

Aquellos contribuyentes que deseen obtener la devolución correspondiente a este impuesto
Los contribuyentes que quieran deducirse la doble imposición con carácter internacional
O quienes deseen reducir la base a partir de aportaciones a sistemas de previsión social y patrimonios protegidos.

3.- ¿Debo declarar si tengo una vivienda vacacional?

Los propietarios de vivienda arrendadas por temporadas, a través de plataformas colaborativas, deben declarar las rentas obtenidas como rendimientos del capital inmobiliario.

Además, no pueden acogerse a la posibilidad de reducir el 60% como sí sucede con el alquiler de vivienda habitual. Debido a que dicho arrendamiento no tiene como destino principal cubrir la necesidad de una vivienda permanente para los arrendatarios.

4.- Soy inquilino, ¿puedo deducirme el alquiler?

Únicamente pueden aplicarse la deducción por el alquiler de una vivienda habitual aquellos contribuyentes cuyo contrato de arrendamiento fue firmado con anterioridad al 1 de enero de 2015. Estos inquilinos pueden seguir deduciéndose el 10,05% del alquiler satisfecho durante el ejercicio fiscal.

En caso de haber firmado un contrato de arrendamiento con posterioridad al 1 de enero de 2015, conviene comprobar las posibles deducciones por alquiler que concede las comunidades autónomas.

La tributación ahorro en la Renta 2017

5.- Trabajo en mi vivienda habitual, ¿qué gastos puedo deducirme?

A nivel general, el titular de una vivienda puede deducirse una parte de los gastos (Impuesto de Bienes Inmuebles, tasas, cuota de comunidad) que corresponda de manera proporcional a los metros cuadrados utilizados para su actividad profesional.

Mientras que la parte proporcional de los gastos relativos a suministros (luz, internet, teléfono) se aplica combinando los metros cuadrados con aquellos días laborales y horas de ejercicio profesional en la vivienda.

De cara al próximo año (Renta 2018), la Agencia Tributaria incorporará una regla objetiva en la deducción de suministros. Aplicando un porcentaje del 30% en relación a los gastos totales correspondientes a la superficie empleada en el inmueble.

6.- ¿Qué gastos son deducibles en la compraventa de vivienda habitual?

La deducción por compra de vivienda habitual ha desaparecido hace más de cinco años. Aún así hay casos a tener en cuenta:

Si abonan cantidades para financiar la adquisición de vivienda habitual con anterioridad al 1 de enero de 2013, la AEAT permite deducir el 15% de aquellas cantidades satisfechas. Con un límite de 9.040 euros.

Por otro lado, merece atención especial la transmisión de vivienda habitual por parte de contribuyentes con 65 o más años. La ganancia patrimonial que genere dicha venta queda exenta de la necesidad de ser reinvertida. Mientras que si el inmueble es ganancial y solo uno de los cónyuges cumple este requisito por la edad, la ganancia queda exenta en un 50%.

7.- ¿Cómo tributan aportaciones y rescates de sistemas de previsión y planes de pensiones?

En relación a las aportaciones a sistemas de previsión social, hay que deducir la base imponible del importe aportado. Aunque hay límites aplicables , tanto al presentar la renta 2017 de manera individual como conjunta.

La cuantía no puede sobrepasar la cantidad menor entre un total de 8.000 €/año o el 30% de todos los rendimientos netos, sumando trabajo y actividades económicas.

Por otro lado, el rescate de planes en forma de capital permite deducir un 40% de aquellas prestaciones correspondientes a las aportaciones realizadas antes del año 2007.

Mientras que en rescates en forma de renta no se puede obtener dicha deducción.

Si el contribuyente se ha jubilado en 2017 el plazo máximo para rescatar su plan de pensiones (total o parcialmente), sin perder la deducción correspondiente, finalizará el 31 de diciembre de 2019.

Aportación de planes de pensiones en la Renta 2017

8.- Las ayudas a la instalación de un ascensor, ¿tributan?

Las subvenciones percibidas por una comunidad se atribuyen a cada vecino en función del coeficiente de participación en el edificio.

En ese sentido, la Ley de Propiedad Horizontal determina la cuota de participación para cada propietario, tanto en cargas como en beneficios obtenidos. Siempre a excepción de que los estatutos de la comunidad de propietarios no dispongan de otro reparto.

9.- Afectado por una cláusula suelo, el banco me ha devuelto intereses, ¿qué hago?

Por defecto, no hay que declarar los intereses percibidos. Aunque sí aquellos que han formado parte de la base de la deducción por vivienda habitual.

Éstas cantidades deberán sumarse a la cuota, sin intereses de demora ni recargos, con aquellas deducciones aplicadas que correspondan a dichos intereses entre 2013 y 2016 (ambos incluidos).

Por otro lado, si estos intereses se han deducido como gastos financieros destinados al alquiler de un inmueble o han afectado a una actividad económica, serán necesarias declaraciones complementarias. Excluyendo igualmente recargos e intereses de demora, relativos a los años deducidos. A excepción del año 2012 y los anteriores.

10.- Tengo bitcoins, ¿cómo tributan en la Renta 2017?

Los beneficios y las pérdidas obtenidas por la transmisión de criptomonedas adquiridas en euros tributan como ganancias y pérdidas patrimoniales en las rentas del ahorro. Calculándose la diferencia entre los euros recibidos y los entregados.

Las criptomonedas no pueden ser calificadas de activos financieros. Por ello, no se puede retener por aquellos beneficios obtenidos. Llevándose a cabo el pago cuando se presente la declaración correspondiente al año de la operación.

11.- Ha habido un error en la declaración, ¿qué hago?

Si la equivocación es a favor del contribuyente conviene hacer una autoliquidación complementaria. Y en ella incorporar la renta olvidada en la primera presentación.

Si dicha presentación se hace antes de finalizar el calendario de la Renta 2017 ni existirán sanciones ni recargos.

Mientras que si el error es favorable a la Administración, la rectificación debe realizarse presentando otra declaración al marcar la casilla 127.

12.- La Renta 2017 permite incorporar el Anexo C (información adicional), ¿en qué casos?

Se trata de una novedad en la nueva campaña del IRPF.

El Anexo C permite incorporar datos relativos a aquellos intereses derivados del capital invertido en la compra o rehabilitación de un inmueble. Incluidos gastos de reforma y conservación, a deducir en ejercicios anteriores.

Así como exenciones a la reinversión, tanto en vivienda habitual como en rentas vitalicias o nuevas sociedades.

Este anexo permite también declarar:

El saldo neto negativo en ganancias y pérdidas de la base general, a compensar con ejercicios posteriores
Rendimientos negativos del capital mobiliario a compensar posteriormente
Aportaciones excesivas a sistemas de previsión sin deducir
Aquellas bases generales a liquidar que están pendientes de compensación

La vivienda de segunda mano marca el ritmo del mercado residencial. Aunque muchos clientes, antes de comprar, deben vender una vivienda. Momento en que toman valor el precio, el tiempo y el papeleo de la operación. En OI REAL ESTATE queremos ayudarte en el proceso, para que los tramites y perdida de tiempo no te acobarden a la hora de realizar la venta de tu vivienda

Con la obra nueva reactivándose poco a poco, la vivienda usada sigue llevando el timón del mercado inmobiliario. Aumentando tanto en el número de transacciones como en el valor de las mismas.

¿Qué hace entonces que aquellos españoles interesados en cambiar de casa no se decidan? Según el ‘Informe sobre venta de vivienda en Madrid‘, elaborado por Tiko, el papeleo por la venta y la inversión de tiempo hasta culminar la operación.

Unos obstáculos que no deberían ser un impedimento si, como afirma el estudio, más de la mitad de los propietarios decide vender para ganar espacio y mejorar ubicación.

Aún así, el ahorro de tiempo y el precio final de venta continúan siendo fundamentales. Hasta tal punto que el 40% de los encuestados bajaría el precio a cambio de vender su casa en una semana.

La tramitación y la espera en la compraventa

Si algo quita el sueño a quienes quieren cambiar de vivienda es el proceso de venta.

Cerca de la mitad de los propietarios residentes en Madrid teme iniciar los tramites por la burocracia y la pérdida de tiempo que suponen.

Según los datos recogidos por Tiko entre casi mil entrevistas, junto al tiempo y el papeleo, otros factores que desmotivan al vender una vivienda son: la organización de las visitas (17%), el proceso de mudanza (4%) y la negociación del precio de venta (35).

A pesar de ello, las nuevas tencologías suponen una gran ayuda en la consecución de la operación. Permitiendo acelerar la venta. Tanto si te tiene prisa como si el problema está en ajustar el doble proceso de compraventa. Es decir, la mudanza de una casa a otra.

Principales razones para vender una vivienda

La mayoría de quienes se quieren mudar lo hacen motivados por una vivienda que no se ajusta a sus necesidades. Concretamente, el 53% desearía tener una casa más grande o mejor ubicada.

Mientras que otras razones pueden ser la falta de liquidez (10%), el cambio de empleo (8%) o un proceso de separación o divorcio (7%).

Otro factor importante, y cada vez más habitual, son las herencias. Los familiares que no pueden hacerse cargo de una vivienda heredada están detrás del 15%.

Mientras que los propietarios que deciden vender por la imposibilidad de alquilar su vivienda suponen el 6% de los casos.

El precio de venta sigue importando

A nadie escapa que el precio sigue siendo un aspecto determinante en la compraventa de vivienda. Aunque lo es tanto para el comprador como para el vendedor. Llegando a suponer el principal hándicap en la operación.

Seis de casa diez encuestados admite haber negociado a la baja el precio de venta de su vivienda.

¿Hasta que punto? Un 49% de los madrileños reconoció haber vendido por un precio máximo de 200.000 euros. Mientras que un 68% de los encuestados logró obtener hasta 300.000 euros.

A partir de ahí, un 24% de propietarios cerró la operación por una cantidad de 300.000 a 600.000 euros. Y el 8% restante consiguió más de 60.000 euros.

Rebajar el precio para vender antes

Pero, ¿cómo afecta necesidad de vender antes en el precio final?

Según los expertos, sacrificar una pequeña cantidad puede permitir acelerar la venta. Algo a lo que están dispuestos un buen número de propietarios.

Los datos de Tiko indican que un 40% de los madrileños estaría dispuesto a bajar el precio de venta a cambio de vender su propiedad en menos de una semana.

Concretamente, una tercera parte de los encuestados bajaría un máximo del 5% del valor inicial. Frente al 8% que descontaría un 10% del precio. Y al 3% que llegaría a bajar más del 20%.

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Ser beneficiario de un legado supone entrar en una maraña legal. Inevitable, cuando una vivienda en herencia trae consigo legalizar la propiedad del inmueble para rentabilizar su posesión. En Oi Real Estate, queremos contarte todo acerca de la vivienda en herencia y los trámites necesarios.

En el proceso de legalización y cambio de nombre, el pago de impuestos es la obligación más pesada que debe afrontar un heredero. Un deber que ha llevado a triplicar el número de renuncias a herencias durante la crisis. Hasta sumar 200.000 transmisiones fallidas desde 2008.

Entre los tributos, el Impuesto de Sucesiones es el más dispar en función de cada comunidad autónoma. Mientras que la plusvalía depende de cada municipio concreto.

Sea como sea, de los 5 millones de inmuebles que se han transmitido en los últimos 4 años, una quinta parte lo han sido por herencia de vivienda.

Un problema al que la mayoría, tarde o temprano, deberemos enfrentarnos.

Impuestos por vivienda en herencia

Toda herencia, tras ser adjudicada, lleva consigo el pago de una serie de impuestos:

Impuesto de Sucesiones y Donaciones
Plusvalía Municipal
Impuesto de Bienes Inmuebles
Tasas generales (comprobación de cargas, inscripción del inmueble,..)

Tributos que pueden llegar a disparar la ‘factura’ por hacerse cargo de una legado para el que muchos herederos no están preparados.

Los costes llegan a ser tan importantes que desde el estallido de la crisis se han triplicado las renuncias. Pasando de 11.000 (2007) a 38.000 (2015). Cifra que se ha moderado ligeramente en el último año, con 36.000 casos (2016).

¿Qué se puede hacer con el inmueble?

Una vez solventados los trámites y asumida la vivienda en herencia, los herederos se enfrentan ante una pregunta: ¿vender o alquilar?

El alquiler es una solución factible. Aunque implicando a varios copropietarios hace falta poner a todos de acuerdo y abonar de los impuestos de manera equitativa.

La alternativa es vender el inmueble. En plena recuperación del mercado inmobiliario, vender la vivienda a un tercero o incluso a uno de los herederos solventa definitivamente el problema. Aprovechando la revalorización que actualmente tiene una buena parte del parque residencial.

Tanto una como otra fórmula tienen ventajas e inconvenientes. Sin embargo se trata de un proceso importante que afecta en buena medida al mercado inmobiliario.

De hecho, las herencias representan casi una cuarta parte del total de transmisiones. Hasta 392.183 operaciones en el año 2016, que afectan a todo tipo de inmuebles.

Pago de la plusvalía municipal

Todos los herederos de una vivienda en herencia deben pagar la plusvalía municipal si el inmueble se encuentra en terreno urbano. Exista o no incremento de valor. Lo recuerdan desde reclamador.es.

La liquidación obliga a entregar en el ayuntamiento, en un plazo de 6 meses, una declaración con los elementos que permitan el cálculo del importe.

Mientras que en la autoliquidación, es el contribuyente quien cumplimenta un impreso y calcula la cantidad a pagar. Teniendo un plazo máximo de medio año desde la fecha del fallecimiento.

El importe a abonar depende de los años transcurridos entre la fecha de compra del inmueble y el fallecimiento. Con un límite máximo de 20 años. Aplicando un gravament sobre la base imponible.

Cálculo y reclamación de plusvalías

El cálculo de la base imponible se obtiene aplicando al valor catastral un coeficiente de incremento que fija cada ayuntamiento. Sin embargo, esta método no calcula el incremento de valor presente sino el futuro.

Diversos tribunales y juzgados han acreditado la inexactitud de la fórmula municipal. Pronunciándose, finalmente, el Tribunal Constitucional. En su sentencia, defiende que no se puede exigir el pago del impuesto. Ya que en todos los casos, se ha calculado erroneamente.

Se abre así una puerta a la reclamación:
Si el inmueble disminuye de valor, pudiendo recuperar hasta el 100% de la plusvalía
Si el inmueble aumenta de valor, pudiendo reclamar hasta el 37,5% del impuesto

En todo caso, tanto si se está en trámites como si aún no se ha pagado, se recomienda el abono del impuesto de plusvalía. No hacerlo puede suponer sanciones y recargos. Perdiendo la opción a posteriores reclamaciones.

Mientras que en pagos aplazados, no es necesario esperar a liquidarlo en su totalidad. Puede empezarse a reclamar ya. Dado que el doumento de pago especifica la cantidad total, calificada como errónea por los tribunales.

Excepciones y apuntes a tener en cuenta

En la plusvalía municipal por transmisión de inmuebles, no solo hay que tener en cuenta el incremento de valor sino también la ubicación.

Es cierto que la plusvalía grava terrenos, viviendas, locales y otros inmuebles. Pero siempre que la finca tenga la calificación de urbana.

Las fincas rústicas quedan exentas del pago del impuesto. Tanto por la venta como por una vivienda en herencia.

Como tampoco conviene olvidar quien paga el impuesto en cada caso. Mientras que en una compraventa lo paga el vendedor, en una herencia o sucesión lo paga el heredero.

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Si el paso de los años hace que nuestras pequeñas necesidades cambien, ¿cómo no lo va a hacer vivir en pareja? Pasar de vivir solo a buscar una vivienda familiar obliga a tener en cuenta algunas cuestiones básicas.

Primeros años

Los primeros años frente al mercado inmobiliario permiten afrontar el acceso a la vivienda de una manera flexible. Compartir un piso, alquilar un estudio o mudarse fuera de la ciudad natal son algunas de las concesiones que los millennials han acabado haciendo cuando lo más importante era emanciparse.

Sin embargo, la situación cambian cuando la vivienda acaba siendo cosa de dos o más. No solo por la necesidad de espacio. Acceder a buenos servicios, disponer de buenas comunicaciones y ofrecer mayor seguridad son nuevos requerimientos.

Una vivienda familiar, obliga no solo a tener en cuenta las necesidades de hoy sino también las posibilidades de mañana. Por ello es fundamental seguir unos consejos básicos antes de tomar la decisión final de compra.

Cuestión de precio y distribución

A partir de 150.000 euros

El espacio extra de una vivienda familiar tiene un precio de salida que va ampliándose con los años. Las parejas jóvenes se mueven cerca de los 150.000 euros, según los responsables de Casaktua. Ponen atención, no solo al precio, sino también a la luz natural, seguridad del lugar, la comunicación y la disponibilidad de servicios.
Mientras que, con el paso de los años, su presupuesto medio asciende hasta los 200.000 euros y sus necesidades acaban siendo de espacio.

Mínimo de tres estancias

Teniendo en cuenta los requerimientos de una pareja de compradores de Madrid, el 45% de ellas opta por inmuebles de tres habitaciones. Mientras que un 37% prefiere viviendas con 2 dormitorios y un 6% busca un mínimo de 4 habitaciones.
Aunque estas estadísticas, elaboradas por Tecnocasa, no reflejan una decisión que en ocasiones lleva a viviendas con más habitaciones cuando el presupuesto lo permite.

Extras ‘imprescindibles’

Prácticamente ninguna familia renuncia a la comodidad de disponer de una plaza de garaje privada. Más aún cuando la media se sitúa entre uno y dos vehículos.
El ascensor es otro elemento ‘básico’. Resulta fundamental especialmente con niños pequeños. Aunque a ambos se les puede sumar un buen trastero que permita jugar con el espacio útil de la vivienda.

Altura de la vivienda

La mayoría de residentes escoge vivir en un edificio, seguido por la casa adosada como segunda mejor opción.
Ello influye en los pisos de mayor altura, normalmente más luminosos en viviendas familiares céntricas como las escogidas por parejas jóvenes.

Location, location, location

Buena comunicación

La conciliación entre familia y trabajo depende en gran medida del tamaño de la ciudad escogida. En grandes capitales es importante disponer de una buena red de transporte público, mientras que en pequeñas ciudades este condición pierde importancia.
Del mismo modo que también importa la accesibilidad a través de autovías y grandes avenidas para el uso del vehículo privado.

Centros educativos

Disponer de buenas guarderías, colegios de prestigio o institutos en los alrededores es factor que influye en la predilección por una zona concreta. Ahorrar tiempo en llevar a los más jóvenes a clase supone una comodidad.
Por ello este es un factor determinante del valor de la vivienda, junto a otros servicios próximos al lugar de residencia.

Vivienda usada

Existe una clara tendencia a comprar viviendas de segunda mano. Si la decisión es vivir en el centro urbano, estos inmuebles son los más abundantes. Sin olvidar que los pisos céntricos de obra nueva suben considerablemente de precio.
También hay que tener en cuenta que una compraventa de vivienda usada tiene una menor carga tributaria, frente a un inmueble a estrenar.

Extras en la vivienda familiar

Zonas comunitarias

Disfrutar de una vivienda también es hacerlo de los espacios comunes. En propiedades de obra nueva, contar con una zona ajardinada y un área de juegos es cada vez más común.
Aunque el gimnasio, la piscina, unas pistas deportivas o un club social son cada vez más comunes. Se trata de elementos con un valor añadido, pero también un gasto extra en mantenimiento.

Barrio tranquilo

Un aspecto a valorar es la seguridad que aporta la zona residencial. Permitir salir a jugar a los niños con total tranquilidad, o pasear sin preocupaciones por disponer de vigilancia, es importante.
Del mismo modo, se valora disponer de buenos comercios y equipamientos médicos en los alrededores.

Proximidad familiar

Trasladarse a una vivienda familiar no es aislarse del mundo, y menos de la familia. La zona del inmueble debe estar próxima o excelentemente comunicada con los familiares más próximos (padres, abuelos,..).
El recurso más útil en un momento en que se necesita ayuda en casa, o ir a recoger a los niños al colegio. O la manera más fácil de reunirse todos juntos.

¿Quieres encontrar tu futura vivienda? ¡Déjanos ayudarte a dar con ella! Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo de Oi Real Estate:

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