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La compra de una vivienda implica, además del pago de su precio, abonar ciertos impuestos y gastos inherentes a este tipo de operaciones. A su vez, supone el cumplimiento de determinados requisitos. Conocer de antemano cuáles son puede ser muy útil para evitar imprevistos más adelante. ¿Cuáles son los requisitos a cumplir y los gastos e impuestos a pagar al comprar una casa en España?

Pero claro, a la hora de comprar un bien inmueble existen una serie de pasos a seguir. La mayoría de ellos tienen que ver con documentación a reunir y gastos e impuestos a pagar. Por un lado, se encuentran el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

En el caso de los gastos nos encontramos con los notariales, los del Registro de la Propiedad, los de tasación y los de hipoteca, en caso de que se solicite una. Todo esto, sin mencionar los gastos e impuestos que deben abonarse una vez comprada la vivienda.

En esta guía paso a paso te contamos todo lo que debes saber sobre requisitos, gastos e impuestos antes de comprar una casa en España. ¡Sigue leyendo para enterarte!

Descibre como comprar una casa en España con Oi Real Estate

Comprar una casa en España: descrubre el paso a paso

La compra de una vivienda, además de implicar una inversión significativa, supone el pago de una serie de gastos y de impuestos. También, la tramitación de ciertos documentos para concretarla.

A continuación te contaremos en detalle todo lo que necesitas saber para que el proceso se vuelva más sencillo y comprar una casa en España no se un dolor de cabeza.

Requisitos que se deben cumplir para comprar una casa en España

Tanto los ciudadanos españoles como los residentes están exentos de cumplir con requisitos mínimos para comprar una casa en España. En el caso de los extranjeros, deben disponer del Número de Identidad de Extranjero (NIE).

Por otra parte, es recomendable, aunque no obligatorio, disponer de una cuenta bancaria. En el caso de los ciudadanos y residentes, porque domiciliar o pagar a distancia los impuestos y gastos que demandan el proceso y el posterior mantenimiento de la vivienda puede ahorrar tiempo. Respecto a los extranjeros, sobre todo si compran desde su país, porque estos impuestos y gastos deben abonarse sí o sí en España. 

Impuestos que se deben pagar al realizar la compra

Los impuestos que se deben pagar por la compra de una vivienda son varios y, generalmente, marcan una diferencia en el coste final de la operación. Es decir que, al momento de elegir la casa, es necesario tener en cuenta que ese precio no será el final. Calcular de antemano el impacto de estos tributos puede ser importante para evitar sorpresas más adelante.

Si bien el valor de los gravámenes varía según el inmueble elegido, su localización y su condición (nuevo o usado), en la mayoría de los casos suelen significar entre un 10% y un 15% sobre su precio.

Viviendas de obra nueva

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

La compra de una vivienda a estrenar supone la obligación de abonar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Actualmente, su pago supone un 10% sobre el precio del inmueble que figure en la escritura pública de compraventa. Sin embargo, las Viviendas de Protección Oficial (VPO) cuentan con una bonificación, por lo cual para ellas el tipo impositivo es del 4%.

La región de Canarias, por su parte, aplica el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) en lugar del IVA, cuyo tipo impositivo es del 6,5%.

El pago del IVA, al tratarse de un impuesto de carácter indirecto, debe efectuarse al momento de concretar la compra de la vivienda.

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

Otro de los tributos que se deben abonar por la compra de una vivienda nueva es el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Se trata de un gravamen cuya gestión es cedida a las comunidades autónomas, por lo cual el tipo general será diferente de acuerdo a la región en donde se encuentre ubicado el inmueble. De todas formas, su valor ronda siempre entre el 0,5% y el 1.5% sobre el precio de la vivienda.

La obligación de abonarlo se genera al solicitar la escritura en una notaría y al inscribir la titularidad en el Registro de la Propiedad.

Viviendas de segunda mano

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

En el caso de las viviendas usadas se debe abonar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). El porcentaje a pagar por este tributo varía de acuerdo a cada comunidad pero siempre es de entre un 6% y un 10% sobre el precio del inmueble.

A diferencia del IVA, que mencionamos al hablar de la vivienda nueva, el plazo para abonar el ITP es de 30 días a partir de la firma de la escritura pública. El tributo debe abonarse en la delegación de Hacienda más cercana al inmueble adquirido. En ese momento debe presentarse DNI o CIF y primera copia y copia simple de la escritura.

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD)

Al igual que en el caso de una vivienda nueva, el otro de los tributos que se debe abonar es el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Como mencionamos, es un gravamen cuya gestión es cedida a las comunidades autónomas, por lo cual el tipo general varía de acuerdo a la región en donde se encuentre ubicado el inmueble. De todas maneras, su valor ronda siempre entre el 0,5% y el 1.5% sobre el precio de la vivienda.

En este caso la obligación de abonarlo también se genera al solicitar la escritura en la notaría y al inscribir la titularidad en el Registro de la Propiedad.

Impuestos que se deben pagar una vez realizada la compra

Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Se trata de un tributo de tipo municipal que grava la propiedad sobre los bienes inmuebles. Una vez adquirida la vivienda, deberá abonarse una vez al año. El monto a pagar está determinado por el valor catastral del inmueble.

Un aspecto a destacar acerca del IBI es que se paga siempre el 1º de enero, por lo cual el importe correspondiente a todo el año debe ser abonado por el propietario del bien en esa fecha, sin importar si fue titular del bien los 365 días del ejercicio. Frente a lo injusto que puede resultar esto, muchas veces es posible llegar a un acuerdo con el vendedor para abonarlo de manera compartida.

Supongamos que la compraventa se ha formalizado el día 29 de diciembre de 2022. En ese caso, el comprador sigue teniendo la obligación de abonar el IBI por ser titular del inmueble al día 1° de enero de 2023, que es cuando se devenga el tributo. Sin embargo, el nuevo propietario tendrá derecho a repercutir al comprador el valor correspondiente a 363 días de 365 por el IBI abonado. El anterior titular estará obligado a reintegrar esta suma de dinero. Una vez realizada la repercusión, al comprador sólo le habrá tocado asumir el valor correspondiente a 2 días de 365 del IBI. 

Gastos que se deben pagar al realizar la compra

La compra de un inmueble también conlleva el pago de una serie de gastos necesarios para concretar la operación. Veamos en detalle cuáles son.

Nota simple

Es un documento que permite conocer los datos más importantes acerca del inmueble. Entre ellos, quién es su titular, cuál es su ubicación y si el mismo está sujeto a cargas, como hipotecas o deudas impositivas. Si bien su coste puede variar de acuerdo a la región, el precio suele ser de alrededor de 9 euros.

Asesoramiento y gestión inmobiliaria

Se trata de los honorarios que deben pagarse a una agencia inmobiliaria en caso de que intervenga en el proceso por pedido del comprador, por ejemplo, si solicita asesoramiento. Puede tratarse de un porcentaje fijado sobre el precio de la propiedad o de un monto fijado por la entidad.

Tasación

La tasación de la propiedad elegida es un paso obligatorio para el comprador si desea solicitar un crédito hipotecario para costear la adquisición.

En este caso, la tasación de la vivienda que se ha decidido comprar será utilizada por la entidad bancaria a la cual se decida pedir el préstamo para establecer el porcentaje de financiación que otorgará.

El importe de la tasación puede variar según las propias características de la vivienda que se desea hipotecar. Factores como el tipo de inmueble (nuevo o usado) o su superficie total son especialmente importantes. De manera aproximada, la tasación con empresas privadas especializadas tiene un coste de entre 300 y 400 euros.

Hipoteca

La hipoteca, en caso de solicitar una para realizar la compra, es un aspecto central a tener en cuenta para calcular el coste total de este proceso con anticipación. Los gastos inherentes al préstamo hipotecario deben ser abonados de manera directa e instantánea. Es decir, en la mayoría de los casos, los bancos no suelen integrarlos al mismo crédito, por lo cual pueden calcularse aparte.

Además de estos gastos, es importante mencionar que, al realizar la compra mediante hipoteca, será necesario contar con un ahorro extra, ya que las entidades no suelen cubrir el 100% del valor de la vivienda, sino hasta un 80%. Por lo tanto, ese 20% restante debe ser afrontado por el comprador.

Gastos notariales

Son los gastos inherentes a la firma de la escritura pública. Dentro de ellos se encuentran los honorarios del notario, cuyo coeficiente está fijado por ley y el monto a pagar por ellos depende, finalmente, del valor de cada vivienda.

En la mayoría de los casos, las notarías cobran el mismo coste por el mismo servicio. De esta manera, por una vivienda a de 100.000, los gastos notariales son de alrededor de 675 euros. A mayor precio, mayor es el valor que se debe pagar en la notaría.

Registro de la Propiedad

Luego de firmada la escritura, es altamente recomendable inscribir la compra de la vivienda y su nuevo titular en el Registro de la Propiedad. Este proceso supone el pago de aranceles que, al igual que los notariales, sus coeficientes están fijados por ley pero su valor depende del precio del inmueble. Sin embargo, el coste no podrá ser menor a 24 euros pero tampoco mayor a 2.181 euros.

Gastos que se deben pagar una vez realizada la compra

Una vez adquirida y habitada la vivienda, es necesario afrontar una serie de gastos continuos inherentes a la propiedad sobre un inmueble.

Comunidad de propietarios

Una comunidad de propietarios es una entidad de tipo jurídica que consiste en la totalidad de propietarios de viviendas, locales y garajes que conforman un edifico o una urbanización de casas particulares.  Si la propiedad adquirida integra este tipo de entidad, será necesario abonar una cuota mensual o anual por los servicios y el mantenimiento de las zonas comunes.  

Seguro de hogar

Por último, una vez habitada la vivienda, se recomienda contratar un servicio que asegure la propiedad desde el momento en que se concreta la compra.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Contáctanos para comprar una casa en España

En Oi Real Estate, somos expertos en facilitar todo el proceso de alquiler, desde la búsqueda de propiedades exclusivas hasta el acompañamiento en la gestión documental. Si necesitas ayuda o estás buscando una vivienda para alquilar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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El 24 de mayo la Ley de vivienda cumplió un año desde su aprobación en el Parlamento. Esta normativa ha sido muy controvertida, criticada y por otros aclamada. Esto tiene que ver con distintos factores. Por un lado, que avasalla las competencias del Estado por sobre las Comunidades Autónomas.

Por otro lado, la cantidad de recusaciones que ha tenido. Sin embargo, no debemos olvidar la falta de tino del Gobierno al redactarla. Es que de ponerse de acuerdo con los distintos sectores que participan del mercado inmobiliario para lograr su aceptación y puesta en marcha quizás hubieran logrado mejores resultados.

En este artículo queremos contarte sobre las repercusiones de la ley de vivienda que cumplió un año desde su entrada en vigencia. ¿Nos acompañas?

Cumplió un año desde la entrada en vigencia de la ley de vivienda

El día 24 de mayo del año pasado veía la luz la nueva normativa por la que el  gobierno esperaba obtener importantes cambios en el mercado residencial. El problema es que en muchos aspectos, las repercusiones han sido contrarias a las esperadas.

Si bien la ley de vivienda cumplió un año, lo cierto es que el problema de acceso a la vivienda venía desde hace bastante tiempo atrás. Por ello, se han intentado incorporar medidas que ayuden a mejorar el acceso a la misma. Pese a ello, el resultado ha sido una merma aún mayor de la oferta debido a que los propietarios le desconfían mucho a la nueva normativa. Por otro lado, debemos mencionar también las subidas de los precios de las rentas. Éstas continúan incrementando y hasta, en algunos lugares, superando los máximos históricos.

Las Comunidades Autónomas, por ejemplo, no han querido incorporarse al régimen de zonas tensionadas. Esto implica que, luego de realizar los trámites pertinentes, es posible acceder a una limitación en los precios de las rentas.

Cataluña ha sido la única en sumarse a esta herramienta aunque, pese a ello, reclama en la justicia la forma en la que este índice de precios se realiza. Esto se debe a que se había acordado efectuarlo en conjunto. Es que la Comuna cuenta desde hace tiempo con los datos como para poder generar parámetros que se ajusten a la realidad de los distintos municipios.

Tampoco debemos olvidar la cantidad de Comunidades que han presentado recusaciones al Tribunal debido a la interferencia en materia de vivienda que la normativa establece. Es que cumplió un año la ley de vivienda en nuestro país, pero las controversias que genera no parecen haber terminado.

Se reduce el stock y los precios en subida

Cumplió un año la ley de vivienda y llega el momento de hacer un balance de los cambios que ha generado. La realidad es que parecen ser negativos.

Al ver los datos que se han informado, debemos decir que para los alquileres tradicionales la oferta se ha visto reducida, aumentando si, los alquileres de temporada.

Durante el último año, la renta residencial se ha reducido en un 15 por ciento. Por otro lado, el alquiler vacacional, aumentó un 56 por ciento.

Si analizamos un poco la situación de Barcelona, por ejemplo un 30 por ciento del alquiler esta destinado a fines vacacionales o de temporada. En Madrid, por otro lado, alcanza un 15 por ciento, en Málaga y Valencia un 13 por ciento, según los datos brindados por el Idealista.

Cuando se buscan los motivos de estas subidas, éstos tienen que ver con la necesidad de compensar las limitaciones que genera la Ley de vivienda, las actualizaciones de las rentas y los riesgos que los propietarios deben asumir.

Cumplió un año la Ley de vivienda: que cambios generó en Cataluña

Como hemos explicado anteriormente, Cataluña ha sido una de las únicas Comunidades Autónomas que han decidió alinearse a la herramienta propuesta por la normativa denominada zonas tensionadas. Cumplió un año la Ley de Vivienda, pero la realidad es que no ha resuelto el problema de acceso a la vivienda que se había prometido.

Por medio de la aplicación de las zonas tensionadas, era posible durante un plazo de tres años, limitar los precios de los alquileres en esos municipios. Cataluña, ha incorporado bajo este paraguas, un total de 140 municipios. Además, se han presentado otras 131 localidades más que hasta el momento no se han aprobado dentro del régimen.

Allí se han limitado, desde el mes de marzo las subidas en los contratos de alquiler, principalmente para los grandes tenedores. Cabe aclarar que se consideran así a los tenedores de 5 propiedades en áreas tensionadas.

Según la normativa, se limitarían los precios de las rentas o se modifican los regímenes de prórrogas de los contratos vigentes. Por otro lado, los pequeños propietarios, gracias a estos cambios, podrían tener beneficios fiscales en el IRPF.

Los contratos que ya se encuentran vigentes, podrían continuar renovándose según lo que se haya fijado en ellos, con una subida anual máxima de la renta de un 3 por ciento. Por otro lado, para los valores de alquiler para un nuevo contrato entre particulares, se utilizará el monto solicitado en el contrato anterior, posibilitando un incremento de un 3 por ciento. Esto sucedería salvo que se hayan realizado reformas de mejoras con lo que el propietario podría aumentarlo como máximo un 10 por ciento.

Otro punto a recalcar, tiene que ver con el Índice Oficial de Precios de alquiler. Éste debe ser utilizado para los nuevos contratos de arrendamiento para las áreas tensionadas. Aquí, debemos recordar también que Cataluña ha presentado una denuncia a este parámetro establecido en la normativa. Esto tiene que ver con que la forma en la que se ha realizado no toma en cuenta los registros propios de la comuna.

El problema principal tiene que ver con que hasta el momento, los precios en la Comunidad no han parado de incrementarse. Por otro lado, la cantidad de oferta se encuentra en picada con una alta demanda residencial.

Lo que si debemos aclarar es que estos problemas, no solo se dan en la Comunidad de Cataluña, sino que se ve en todo el territorio. Esto se debe principalmente ante la falta de seguridad en el mercado.

Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Se ha llevado adelanta la primera Conferencia Sectorial. En éste marco, el Gobierno propone a las Comunidades Autónomas una plataforma estatal de pisos turísticos.

El encuentro que se llevó adelante el día de hoy, buscaba analizar el problema de los pisos turísticos y las complicaciones que generan para los alquileres residenciales. Tenemos que tener presente que el aumento en el último año de los pisos de este tipo ha sido del 9 por ciento. Esto sucede en un contexto en el que el acceso a la vivienda se encuentra más complicado. La cantidad de oferta es escasa para la demanda existente del mercado.

Recordemos que el hecho de que aumenten los alquileres vacacionales genera un menor stock para los ciudadanos que buscan un techo para vivir. Otro punto que no debemos olvidar, tiene que ver con la tensión del mercado. Es que la brecha entre estos dos parámetros provoca importantes aumentos en los montos solicitados para la renta. La consecuencia obvia es que muchas familias no cuenten con el dinero necesario para poder alquilar.

En este contexto tan complicado, es que Isabel Rodríguez, la ministra de Vivienda ha decidido reunirse con todas las Comunidades Autónomas. De esta manera espera poder generar medidas y acciones que puedan solucionar esta tensión. Allí el Gobierno propone el lanzamiento de una plataforma estatal de pisos turísticos. De esta forma podría haber un control constante de la cantidad de alquileres de este tipo, con el fin de perseguir el fraude que muchas veces se da en torno a ellos.

En este post te contaremos todo lo que necesitas saber sobre los motivos por los que el Gobierno propone una plataforma estatal de pisos turísticos para el año que viene. ¿Nos acompañas?

Para el 2025 el Gobierno propone una plataforma estatal de pisos turísticos

El día de hoy, la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez, se ha reunido con la totalidad de las Comunidades Autónomas de nuestro país. Este encuentro se ha dado en el marco la primera Conferencia Sectorial en la que se busca trabajar en la subida de los alquileres vacacionales.

El primer punto que se ha planteado tiene que ver con que el Gobierno propone la creación de una plataforma estatal y única con la información necesario de los pisos turísticos en todo el territorio. Estos datos, serían públicos y homologables con la Unión Europea. Abarcarían los alquileres temporales, pisos turísticos, y alquileres de habitaciones.

El objetivo, sería que pueda estar lista durante el año que viene y se realizaría en colaboración con el Ministerio de Industria y Turismo de nuestro país. Esta plataforma, surge del Reglamento europeo respecto a la Recogida e Intercambio de datos relacionados con servicios de alquiler y alojamientos de larga duración. Cabe destacar que se encuentra en vigencia desde este mes. Allí se envían a los distintos países miembros de la Unión Europea todos los datos que son homologables.

Motivos por los que el Gobierno propone una plataforma estatal de pisos turísticos

Durante el transcurso de este mes, ha entrado en vigencia una normativa que permite a las administraciones públicas acceder a los datos de las rentas. De esta forma, según el gobierno, será posible afrontar esta subida de alquileres vacacionales que, según Rodríguez suele en muchos casos ser fraudulenta. La mandataria ella explica que muchos de ellos se encuentran dentro de la ilegalidad por no contar con una licencia que les permita operar como viviendas de este tipo.

El Gobierno, que propone una plataforma estatal de pisos turísticos, considera que es necesario acelerar los trámites y llegar a un acuerdo que permita ponerla en marcha lo antes posible. Además, entiende que con ella sería posible ser pionera entre todos los estados que componen la Unión Europea al ponerla en marcha.

La ministra de vivienda ha declarado en esa reunión la importancia de primar el uso de la vivienda residencial sobre la temporal. Esto se debe a que es necesario dar respuesta desde el Gobierno a la problemática actual del acceso a la vivienda. Según los datos que han recabado entre el 2010 y el 2018, se ha incrementado un 80 por ciento la cantidad de pisos turísticos en nuestro país.

Esta situación afecta directamente la cantidad de viviendas que se encuentran disponibles para la residencia habitual. Además, tenemos que tener presente que una de las consecuencias de la tensión que esto genera es el aumento constante del precio de los alquileres. Es decir, la oferta continúa disminuyendo, al cambiarse a esta metodología y la demanda no para de crecer.

Por otro lado, Isabel Rodríguez se muestra confiada respecto a la posibilidad de que con la plataforma estatal de pisos turísticos que propone el Gobierno pueda combatir el fraude en un mercado tensionado que necesita medidas urgentes.

Opiniones respecto al rechazo a la Ley del Suelo

La ministra de Vivienda ha hecho alusión al rechazo a la reforma de la Ley de Suelo. Se ha encargado, en distintas entrevistas de expresar su descontento con la postura de Sumar. Ha criticado la postura del partido en la que han comparado esta normativa con las medidas que ha tomado Jose María Aznar.

En estas entrevistas, Rodríguez también considera que no se puede ver la problemática actual de la vivienda con los mismos ojos de hace 15 años y tratando de impulsar las mismas medidas. Esto sería no entender el momento en que nos encontramos y un contexto distinto.

Si bien la ministra no se ha sorprendido por el accionar de Sumar, entiende que no tienen representación en los ayuntamientos. Además, agrega que se ha trabajado duramente para poder sacar adelante esta normativa. Se ha prestado mucha atención en ella con el fin de que traiga soluciones a la crisis habitacional que tiene el país.

Por otro lado, ha aclarado que no entiende los motivos por los que Sumar ha votado en contra, ya que en el Consejo de Ministros la había apoyado.

Respecto al PP, entiende que su voto tiene que ver con la cercanía de las elecciones y no por oponerse a ella.

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El Parlamento veta la regulación del alquiler de temporada en Cataluña. El voto del PSC y Junts han hecho posible que caiga esta normativa. Este tema se encontraba dentro de un decreto que ha entrado en vigencia el 26 de abril de este año. Cabe aclarar que formaba parte de una serie de medidas urgentes que ha incorporado la Comunidad.

La regulación buscaba principalmente aumentar la cantidad de stock en la renta de vivienda habitual. Esta situación se da en un momento en el que la cantidad de oferta existente no puede abastecer la demanda.

Tengamos en cuenta que esta Comuna, ha decido incorporarse a lo que habilita la Ley de Vivienda como zonas tensionadas. Allí, la Comunidad puede presentar la documentación en la que se fijan los distintos municipios que necesitan regulación en los precios de las rentas.

Ante la decisión del Parlamento en la que veta la regulación del alquiler de temporada, la normativa dejará de estar vigente. De esta forma, no podrán utilizar esta herramienta para controlar a los propietarios que no quieren tener regulación en los topes de las rentas.

En la votación, los socialistas han decidido abstenerse. Por otro lado, el PP, Ciutadans y el Voz han votado en contra y solo contaba con el apoyo del ERC, Comuns y la CUP.

En este post te contaremos todo lo que debes saber sobre la decisión de la mayoría del Parlamento en la que se veta la regulación del alquiler de temporada en Cataluña. ¿Nos acompañas?

El Parlamento veta la regulación del alquiler de temporada por falta de apoyo

El Parlamento, por mayoría, veta la regulación del alquiler de temporada. Tenemos que tener presente que esta medida había entrado en vigencia el día 24 de abril por medio de un decreto de Ley. Allí, se establecían distintas medidas para la Comunidad Autónoma de Cataluña. Por medio de ellas se buscaba aumentar el stock de viviendas para la renta habitual.

Allí, se fijaba que el alquiler de temporada se encontraría sujeto a la normativa del alquiler permanente. Esto significaba la regulación para los precios de este tipo de renta, mejoras en los pisos y la prohibición de que los gastos inmobiliarios deban ser pagados por los inquilinos.

Además, se establecía un valor máximo para las rentas. De esta forma, el mismo no podría superar lo solicitado en el caso de que se encuentra dentro de una zona tensionada. Este punto se debe tomar también para el alquiler por habitaciones, por lo que en la sumatoria de cada una no podría superar el valor de una vivienda.

Por último, el decreto de ley de medidas urgentes obligaba a la hora de realizar el contrato de renta, dejar establecido la finalidad del mismo. 

Distintas posturas que provocan la caída de la normativa

Pese a la intención de la Comunidad de generar medidas que permitan mejorar el acceso a la vivienda de los ciudadanos, el Parlamento veta la regulación del alquiler de temporada y por habitación. Esto se debe a que a favor de la normativa, solo han votado ERC, Comuns y CUP. Por otro lado, los socialistas prefirieron abstenerse. Mientras que por el no, se proclamaron el PP, Ciutadans y Vox,

Cabe aclarar que, Junts ha había aclarado la forma en la que votaría. Incluso, durante la campaña únicamente los partidos que se alinean a la izquierda el PSC se comprometieron con el Sindicat de Llogateres a sumarse a la iniciativa de regular los alquileres que no sean de uso vacacional o para usos recreativos.

Los socialistas, por otro lado, no habían expresado su postura aún. La decisión de abstenerse, según explican, tienen que ver con que el decreto, genera inseguridad jurídica. Incluso agregan que puede disuadir a los propietarios de que incorporen sus viviendas al mercado de la renta.

El PSC, por otro lado, al igual que Junst ha criticado al Fovern que no haya intentado ponerse de acuerdo con los actores que se encuentran implicado. Así hubieran intentado buscar un consenso en la forma de regularlo. Al hacerlo de esta forma, entienden que lo han aprobado adrede en este momento, tan cerca de las elecciones. Más que nada teniendo en cuenta que en varias localidades se han llevado a delante manifestaciones de los ciudadanos pidiendo que se pongan en marcha este tipo de medidas. 

Cuáles han sido las repercusiones

Ester Capella, quien es la consellera de Territori, se ha mostrado molesta sobre la decisión del Parlamento por la que se veta la regulación del precio del alquiler de temporada. Esto se debe a que considera que si el decreto de Ley se elimina, se garantiza la especulación en materia de vivienda.

Por otro lado, Jéssica Albiach, quien es la líder del partido Comuns, ha expresado que lamenta principalmente la forma en la que ha votado el PSC. Esto se debe a que ellos han advertido que la regulación de los alquileres será una herramienta imprescindible para que el pacto de gobierno pueda continuar.

El Parlamento veta la regulación del alquiler de temporada: de qué se trata

El Decreto de Ley de Medidas Urgentes en Cataluña, que regula los precios de los alquileres temporales y por habitación, presenta una serie de puntos clave. La finalidad es la de lograr abordar la problemática del acceso a la vivienda en la región.

En primer lugar, el decreto establece un marco normativo para limitar el precio máximo del alquiler en determinadas zonas catalogadas como tensionadas . Esto sucederá en función de diversos indicadores, como la evolución del mercado inmobiliario y la renta media de la población. Esta medida tiene como objetivo evitar la especulación y garantizar que los precios sean asequibles para los inquilinos.

Además, se establecen criterios específicos para regular los alquileres turísticos y temporales. Esta medida tiene el fin de evitar la proliferación de pisos destinados exclusivamente para ello, lo que contribuye a la escasez de viviendas disponibles para residentes locales.

El decreto también contempla la regulación de los precios por habitación en pisos compartidos, con el fin de garantizar que el coste del alquiler sea proporcional al espacio ocupado por cada inquilino y evitar situaciones de abuso por parte de los arrendadores.

Asimismo, se prevén medidas de control y sanciones para aquellos propietarios que incumplan la normativa, incluyendo multas y la posibilidad de revocar licencias de alquiler turístico en caso de infracciones graves.

El objetivo final de estas medidas es promover un mercado de alquiler más equitativo y accesible, que garantice el derecho a una vivienda digna para todos los ciudadanos, especialmente en un contexto de creciente presión inmobiliaria y aumento de los precios de alquiler.

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El Tribunal Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda. Esto se ha dado en respuesta al recurso de inconstitucionalidad que habia presentado la Junta de Andalucía. En este pedido, se solicitaba que se eliminen los artículos que la Comunidad entendía que vulneraba la potestad propia de las Comunas en materia de vivienda.

Tenemos que tener en claro, a la hora de analizar este tema, que son varias las Comunidades que han realizado acciones similares. Esto tiene que ver con que cuando se trata de vivienda, son ellas las que tienen la potestad, ya en sus constituciones, sobre las decisiones. Pero lo cierto es que la Ley de Vivienda, ha interferido con ellas. Desde el Gobierno entienden que la normativa se ha puesto en vigencia, buscando mecanismos que permitan mejorar el acceso a un techo de los ciudadanos.

Al tomar una decisión, el Tribunal Constitucional avala parte de la Ley de vivienda, pero ha declarado inconstitucional y nulos varios artículos que la componen. Por ejemplo lo que se refiere a vivienda protegida, parque público de viviendas y la información a aportar por parte de los grandes tenedores.

En este artículo te contaremos todo sobre los argumentos del Tribunal Constitucional por medio de los cuáles avala parte de la Ley de Vivienda y los puntos que considera inconstitucionales. ¿Nos acompañas?

El Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda, pero no la totalidad

Una vez que la Junta de Andalucía interpuso el recurso de inconstitucionalidad, el TC ha debido analizar la normativa en profundidad. Luego de tomarse el tiempo de hacerlo, el Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda. Pese a ello, entiende que varios artículos avasallan la potestad de las Comunidades Autónomas.

Andalucía, en su recusación, hacia mención a 16 artículos de la normativa. También planteaba la inconstitucionalidad de la disposición adicional tercera, la transitoria primera, tres apartados de la disposición final primera y por último la disposición final cuarta. La mayor parte de la presentación, tenia que ver con la invasión de las competencias que son potestad de las Comunas en materia de viviendas.

La resolución del Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda, pero entiende que varios artículos son inconstitucionales y nulos. Estos son específicamente los que tienen que ver con la vivienda protegida, el parque público de vivienda y la información que deben brindar los grandes tenedores. Según explican, esto tiene que ver con que estos artículos no dejan posibilidad alguna a las comunidades de regulación. Siendo esta acción un punto a realizar por las Comunas.

Cuáles son los artículos declarados inconstitucionales o nulos por el Tribunal Constitucional

  • Artículo 16: en él se fija el régimen de vivienda protegida. Según explican allí se incorpora un nivel de detalle demasiado excesivo. Esto es algo que el Estado no puede hacer teniendo en cuenta que estaría tomando medidas en un punto que es exclusiva competencia de las Comunas.  Se establece también la inconstitucionalidad a la disposición transitoria primera. En ella se hace alusión al régimen de las viviendas que ya se encontraban dentro de la calificación de protegidas antes de que la ley haya entrado en vigor. Los argumentos en este punto, tienen que ver con que la finalidad de la normativa era someter en esta categoría a viviendas que aún lo estuvieran calificadas como protegidas.
  • Artículo 19.3 inciso dos. En este punto se establecen la necesidad de suministrar información de los grandes tenedores. El Tribunal Constitucional considera que es excesiva esta regulación de información minima. Por otro lado, explica que en el caso de que la Comunidad solicite la declaración de zona tensionada, la información tendría que determinarla la Comuna.
  • Apartado 1, del párrafo tercero y 3 del artículo 27. Allí se regula el concepto, finalidad y financiación para los parques públicos de vivienda. El Tribunal Considera que es un exceso por parte de la normativa determinar estos aspectos sin encontrar la cobertura del artículo 143.1.1 y 13 CE. Además entienden que es contrario al principio de autonomía financiera. Esto se debe a que prevé afectar ingresos de las sanciones pautadas por el incumplimiento de la función social de la propiedad de la vivienda y la gestión de bienes propios de los parques públicos de vivienda.

Repercusiones de la decisión del Constitucional en la que avala parte de la Ley de Vivienda

Luego de conocerse la decisión por la cuál el Constitucional avala parte de la Ley de Vivienda, la Consejería de Fomento, Articulación y Territorio de Vivienda de la Junta de Andalucía ha analizado el fallo. Explican que con esta postura del Tribunal se reconoce que el Gobierno ha sobrepasado su potestad al regular la vivienda protegida, el parque público y la solicitud de información de los grandes tenedores. Esto se debe a que solo las Comunidades Autónomas pueden regular estos aspectos.

Ante la sentencia, han expresado que se encuentran satisfechos con la decisión debido a que blinda la regulación de las Comunas en estos temas.

Por otro lado, han dicho que la Ley Estatal de Vivienda, es una normativa que invade claramente las competencias autonómicas, y el Tribunal así lo entiende también. Debido a ello, el Estado, no debería utilizar una ley para regular de una manera tan completa y acabada dejando imposibilitada a las Comunidades de legislar sobre ello.

Consideran además que con este fallo, se protege la política de la Comuna respecto a la vivienda protegida. Cabe aclarar que este tipo de inmuebles cuenta con un régimen jurídico propio que incluso en Andalucía ha logrado mostrar efectos positivos respecto a la reactivación del mercado. Informan por ejemplo que hoy en día se logra certificar un triple de pisos protegidos.

Cabe recordar que Andalucía ha sido la primer Comuna que ha presentado un recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Vivienda. Aunque no ha sido la única. Son varias las comunidades que consideran que es una normativa que avasalla las potestades de las Comunidades Autónomas. Otro punto importante de recordar es que en el mes de abril, desde el Congreso han solicitado que se deroguen artículos de la ley de vivienda que puedan vulnerar las competencias que le corresponden exclusivamente a las Comunidades Autónomas.

Según Andalucía, esta presentación se debe a que ésta normativa es ideológica, intervensionista e incluso avala la ocupación ilegal. Por otro lado recalcan que no ha tenido consenso en las comunidades ni en la mayor parte de los sectores que forman parte del mercado inmobiliario. Incluso consideran que fue realizada a espaldas de las Comunas.

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Este viernes 24 de mayo, el Gobierno se reunirá con las Comunidades Autónomas de nuestro país. Por medio de este encuentro, buscan poder acordar soluciones al problema de los pisos turísticos. Tenemos que tener presente que hoy en día el acceso a la vivienda es un inconveniente estructural que lleva bastante tiempo.

Un punto importante es que cada vez son más los propietarios que se abocan a este tipo de renta que les permite tener mayores facilidades. Según se ha podido conocer, en el último año se ha registrado un incremento de este tipo de alquileres en un 9 por ciento.

En este contexto, Isabel Rodríguez, quien es la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, ve con buenos ojos la posibilidad de limitar en las zonas tensionadas los alquileres vacacionales. Esto se debe a que provocan una tensión mayor en el mercado residencial. Este es el motivo por el cual buscan soluciones al problema de los pisos turísticos.

Analizando la situación, uno de los puntos que debemos destacar, es que el Gobierno haya tomado la decisión de reunirse con las Comunidades Autónomas para poder llegar a acuerdos y consensos. Cabe recordar que esto no ha sucedido con otras medidas tomadas por el Estado, en las cuáles han decidido intervenir la potestad de las comunas en aspectos que no le competen.

En este post te contaremos todas las novedades respecto al encuentro en el que buscan establecer soluciones al problema de los pisos turísticos en nuestro país. ¿Nos acompañas?

Buscan soluciones al problema de los pisos turísticos entre el Gobierno y las CCAA

El viernes 24 de mayo a las 11 de la mañana se llevará a cabo una reunión en la sede del Ministerio de Vivienda. Allí, se reunirán Isabel Rodríguez, la ministra de Vivienda y Agenda Urbana con las Comunidades Autónomas. Mediante este encuentro se buscan soluciones al problema de los pisos turísticos en nuestro país.

Esta será la primera Conferencia Sectorial en la que se tratará únicamente el problema de los pisos de uso turístico que han aumentado un 9 por ciento en un año.

Uno de los puntos que se analizarán mientras buscan y analizan las posibles soluciones al problema de los pisos turísticos, tiene que ver con limitarlos. Esto se debe a que es una de las razones por las cuáles el mercado residencial se encuentra más tensionado. Una de las consecuencias más graves tiene que ver con las subidas en los precios que genera principalmente en las zonas tensionadas. Con ello, imposibilitan en acceso a la vivienda a muchas familias y ciudadanos.

Cambios para los pisos turísticos sin vulnerar a las Comunidades Autónomas

La ministra ha explicado que no busca interferir con la potestad de las Comunidades Autónomas, pero es necesario buscar soluciones al problema de los pisos turísticos. Es que debemos tener presente que hoy en día el problema del acceso a la vivienda se agrava cada vez más. Teniendo en cuenta estos puntos, podemos ver con buenos ojos que se decida, en vez de establecer leyes o medidas para ello, que se puedan reunir ambas partes para plantear alternativas en conjunto, con el fin de mejores resultados.

Recordemos además, que la incorporación de la Ley de Vivienda, sigue siendo cuestionada, debido a que por un lado sobrepasa el Estado su posibilidad de incorporar este tipo de medidas. Y, por el otro, de que las Comunas no están de acuerdo con muchos de los puntos que allí se establecen. Por ello, muchas Comunidades han decidido recusar la normativa, y se espera aún en algunos casos la decisión del Tribunal. Tampoco debemos olvidar que el Congreso, han solicitado que se deroguen los artículos en los que se vulneran las competencias de las distintas Comunas.

Porque se buscan soluciones al problema de los pisos turísticos

Según los últimos datos que se han conocido del Instituto Nacional de Estadística, la cantidad de pisos turísticos en el último año ha sido del 9,2 por ciento. Esto sucede en un momento en el que el mercado residencial se encuentra sumamente tensionado. Es que la oferta es cada vez más escasa y la demanda continua en subida.

Si analizamos el parque inmobiliario total del territorio nacional, este tipo de renta representa el 1,33 por ciento. En el año 2023, en cambio, alcanzaba un 1,21 por ciento.

Pero veamos ahora que sucede en las algunas comunidades más perjudicadas con este tipo de rentas:

  • Andalucía, tiene el primer puesto en cantidad de pisos turísticos. Allí un total de 82.454 pisos se utilizan para este tipo de renta. Con lo cual el aumento ha sido de un 17,5 por ciento.
  • Comunidad Valenciana, por su parte, tiene 59.413 pisos e informó un aumento del 19 por ciento
  • Cataluña: cuenta con 52.598 pisos y una subida del 15 por ciento
  • Canarias: 46.784 pisos y se incrementó en un 9,6 por ciento
  • Baleares: 25.073 y ha tenido un descenso del 1,2 por ciento
  • Madrid: 19.456 inmuebles y una subida del 19 por ciento
  • Galicia: 17.883 pisos y un incremento del 21 por ciento.

Si, por otro lado, analizamos lo que sucede en las distintas provincias, encontramos que Málaga es la que cuenta con mayor cantidad de pisos turísticos. Allí, se alcanzan un total de 41.000 unidades. Le sigue Alicante, con un total mayor a los 38.000 inmuebles. Luego continúan en la lista Baleares y Las Palmas con 25.000 unidades.

Para el mes de febrero de este año la cantidad de viviendas turísticas llegaban al 1.751.263. Si lo comparamos con el mismo mes del año anterior, la subida ha sido de un 13,3 por ciento con un total de 1.545.368.

Propuesta de Podemos con las cuales buscan soluciones al problema de los pisos turísticos

El Congreso de los Diputados ha recibido una proposición de ley de Podemos. En ella se buscan soluciones al problema de la vivienda limitando los pisos turísticos. Se explica también que se intentará pelear contra la especulación inmobiliaria por medio de acciones con las que se garantizarían a la vivienda como un derecho. Principalmente teniendo en cuenta la emergencia habitacional que estamos atravesando.

Uno de los primeros ejes de esta propuesta de ley es la de poder ampliar a 10 años la duración de los contratos de renta. Incluso agregan la posibilidad de que se lleve a 12 para los propietarios que sean personas jurídicas. Además se fijaría un límite del 2 por ciento a las viviendas turísticas respecto a la oferta para residencia total.

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El día 23 de mayo se votará la reforma de la Ley de Suelo. Esto se dará en el Pleno del Congreso donde Esquerra, Junts y Podemos no votarán a favor de su aprobación. Estos partidos políticos, incluso, piden que sea devuelto este proyecto de ley.

Es importante que entendamos, que por medio de la reforma de la Ley de Suelo que se votará, se busca poder ayudar a mejorar los procesos para la construcción de vivienda. Recordemos que el problema habitacional de nuestro país parece no tener freno. Según los datos estadísticos, para el 2025 se necesitan construir un total de 600.000 inmuebles para abastecer la oferta.

En este post te contaremos todo sobre cuando se votará la reforma de la Ley de Suelo, qué modificaciones incorpora y mucho más. ¿Nos acompañas?

En muy pocos días se votará la reforma de la Ley del Suelo

Faltan muy pocos días para llegar al 23 de mayo, el día en que se votará la reforma de la Ley de Suelo en nuestro país. Pese a las expectativas se advierten desde distintos sectores, no parece que vaya a poder llegar a buen término. Esto se debe a que hay tres formaciones que cuentan con 18 votos en el pleno, que si logran atraer los votos del PP y Vox podrán tirar abajo la normativa. Cabe aclarar que este es el primer debate en la Cámara Baja para la Ley del suelo.

Desde el partido Podemos, ya han aclarado su rechazo al proyecto. Esta reforma de la Ley del Suelo que se votará, busca limitar el efecto respecto a las denuncias por defectos menores subsanables en la planificación urbanística. Pese a ello, Podemos explica que el texto es casi el mismo que el que intentó aprobar el Gobierno de Mariano Rajoy en el año 2018. Agregan además, que dan vía libre a lo que llaman cultura del pelotazo, ya que lo que hace es eliminar las garantías urbanísticas.

Otro punto a tener en cuenta, es que se ha conocido que Esquerra, Junts y Podemos, han dicho que votarán en contra de la reforma de la Ley del Suelo. Esto se debe a que en realidad lo que generan estas modificaciones es eliminar sin ningún tipo de justificativo los trámites y garantías urbanísticas. De esta manera, solo se estará colaborando en potenciar la especulación urbanística, según han expresado.

Pero eso no es todo, los detractores que votarán en contra de la reforma de la Ley de Suelo, entienden que también se limita el derecho de la ciudadanía a realizar la impugnación de proyectos urbanísticos que vulneren la normativa. Es que limita las posibilidades de las administraciones a intervenir en parcelaciones, instalación de viviendas prefabricadas, la tala masiva de vegetación en el momento de urbanización. Además, se encarga de cambiar las normativas de reversión que parece articulada ad hoc para poder solucionar los problemas que existen en el proyecto Madrid Nuevo Norte.

Problemas respecto a la reforma de la Ley del Suelo que se votará 23 de mayo

Antes de que llegue el día en el que se votará la reforma de la Ley del Suelo, desde Junts y el ERC explican que ellos votarán en contra por una razón particular. Ellos denuncian que para realizar el texto del proyecto no se ha solicitado la participación de los entes locales. Agregan, además, que no se toma en cuenta el Estatuto de Autonomía de Cataluña. En é,l cabe aclarar, se garantiza a los municipios las competencias propias que deben ser ejercidas por ellos con absoluta autonomía.

Esquerra, por otro lado, entiende que esta reforma, no ha intentado negociarse con la Generalitat, quien tiene la real competencia respecto de la vivienda en Cataluña. Por esta razón, explican que el Gobierno, debería escuchar y hacer caso a las demandas que se plantean desde las Comunidades. Esto se debe a que, tenemos que recordar, en materia de vivienda, son las Comunas las que tienen la potestad. Incluso, Canarias se encuentra en proceso de reformar su normativa a nivel Comuna.

Sumar tampoco brindará su apoyo a la reforma de la Ley del Suelo y aseguró que votará en contra. Esto se debe, según han informado, a aspectos parecidos a los de Podemos. Pero no es todo, agregaron que no están de acuerdo con la limitación a la intervención pública en los planos urbanísticos que prevé la nueva normativa.

El PP, por otro lado de la boca de Miguel Tellado, informó que no votarán de forma favorable.

Cuáles son las modificaciones que incorpora la Ley del Suelo

Si bien varios de los partidos políticos de nuestro país han informado que votarán contra la reforma de la Ley del Suelo, no todos piensan igual. Desde la Asociación de Promotores y Constructores, por ejemplo lo ven de manera positiva. Principalmente debido a que se le da luz verde a cambios de ley de seguridad jurídica. Sobre este punto explican que hoy en día existen más de cien municipios que se encuentran afectados por sentencias judiciales. Estas han declarado la nulidad de los planeamientos urbanísticos que se habían proyectado. Por ello, entienden que si se votara la reforma de la Ley de Suelo, sería posible resolver ciertos problemas, siendo un avance para la población.

Juan Antonio Gómez Pintado, ha explicado que esta normativa permite dar un importante paso para poder garantizar la seguridad jurídica en el urbanismo. Otro punto que recalcan, es que se dará mayor transparencia al proceso de planeamiento y gestión urbanística. Esto sucederá con la ampliación de los años en el Registro de la propiedad de la carga registral. En la anterior normativa se limitaba a 7 años, aunque podía extenderse 5  más prorrogándolas anualmente.

La limitación de la acción pública, también ha sido vista con buenos ojos desde la Asociación. Esto se debe a que solo los interesados en el proceso de transformación urbanística serán los que se encontrarán habilitados para ejercer acciones legales en la tramitación.

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Los problemas con la vivienda protegida en nuestro país no parecen ver el fin. Es que, en el último informe respecto a los niveles de este tipo de vivienda estamos muy escasos. Para ser más precisos, solo tenemos un 2,5 por ciento de inmuebles de este tipo.

El contexto de la vivienda en general es bastante desalentador. Se estima que para el año que viene, sería necesario un total de 600.000 casas para abastecer la demanda. Por otro lado, recordemos que las subidas de los tipos, en los últimos tiempos, ha sido muy perjudicial para las familias. Esto se debe a la dificultad de poder acceder a créditos hipotecarios para obtener un hogar.

Otro punto que debemos tener en cuenta es que los problemas con la vivienda protegida, no solo tienen que ver con el stock sino también con el precio. Este monto va en subida y ha alcanzado un monto de 1.166 euros el metro cuadrado.

En este artículo te contaremos todo sobre los problemas con la vivienda protegida en nuestro país y el panorama que se espera para los próximos meses. ¿Nos acompañas?

Cuáles son los problemas en nuestro país con la vivienda protegida

El primer punto que necesitamos aclarar sobre este tema es que la vivienda protegida es una herramienta fundamental para poder solucionar los problemas habitacionales que hay en nuestro país. Recordemos que, hace casi un año, ha entrado en vigencia la Ley de vivienda, en un intento de poder poner fin a esta situación. Existe una escasa oferta de inmuebles con una demanda que continúa en subida. Por ello, la normativa buscaba brindar incentivos a los propietarios de pisos para que sean incorporados en el mercado de renta. La realidad es que esto no sucedió. Los inmuebles continúan aumentando su valor, tanto para la renta como para la adquisición, haciendo cada vez más difícil la situación de las familias.

En este contexto, la crisis habitacional sigue empeorando y la vivienda protegida no parece poder solucionar estos problemas. Hoy en día, solo hay un shock de este tipo de inmuebles de un 2,5 por ciento. Con esta cifra, nos situamos en el tercer país de Europa con menos inmuebles asequibles. El primero y segundo puesto lo tienen Portugal y Rumania, mientras que nosotros estamos en la misma situación que Bulgaria.

Si bien nuestro país ha utilizado y mantenido durante muchos años, un modelo en el que se priorizaba la venta de viviendas protegidas e incluso dejando un poco atrás el alquiler, esta política ha cambiado y generado problemas de acceso en el actualidad a ellas. Esto se debe a que se han modificado las leyes del suelo en las que se facilitan la transición de este tipo de viviendas al mercado libre. Este punto ha sido una bisagra importante llevando a la escasez de pisos asequibles para la renta.

La desaceleración en la construcción de viviendas protegidas fue el principal problema que lleva a que hoy la oferta sea insuficiente.

Qué sucede en nuestro continente con la vivienda protegida

Tenemos que tener en claro que la crisis habitacional no es un problema único de nuestro país. Es una situación que se replica en varios estados del continente. Con este punto en mente, tenemos que decir que existe una amplia diferencia entre ellos.

Existen países que mantienen un porcentaje por sobre el 10 por ciento de viviendas de este tipo, mientras que del otro lado de la tabla, se puede ver un 1,5 por ciento. Pero veamos el listado completo proporcionado por el estudio de JLL:

  • Países Bajos: un 30 por ciento.
  • Austria: 24 por ciento.
  • Dinamarca: cuenta con un 20.9 por ciento.
  • Suecia: un 19 por ciento.
  • Reino Unido: un 17.6 por ciento.
  • Francia: 16.8 por ciento.
  • Finlandia: 13 por ciento de viviendas protegidas.
  • República Checa: 9.4 por ciento.
  • Irlanda: un 8.7 por ciento.
  • Polonia: un 7,9 por ciento.
  • Bélgica: 6.5 por ciento.
  • Eslovenia: 6 por ciento.
  • Luxemburgo: 5.1 por ciento.
  • Alemania: 3.9 por ciento.
  • Italia: 3.7 por ciento.
  • Hungría y Eslovaquia: 3 por ciento.
  • España y Bulgaria: 2,5 por ciento.
  • Portugal: 2 por ciento.
  • Rumania: 1.5 por ciento.

Con estos datos, podemos que ver cada país cuenta con políticas distintas. Esto significa que no todos entienden a la vivienda protegida como una herramienta importante para resolver los problemas habitacionales. Quienes se sitúan dentro de los primeros puestos, le dan mayor importancia a la generación de estos inmuebles para poder abordar el aumento de las demandas en sus estados para el acceso a un piso asequible.

Decrece la construcción de vivienda asequible

En nuestro país, en los últimos tiempos venimos escuchando a muchos políticos hablando de la necesidad de modificar algunas normativas que permitan, por un lado el compromiso entre lo público y lo privado, y por el otro en las legislaciones sobre el suelo. Con ello esperan poder ampliar la cantidad de vivienda protegida para ayudar a solucionar la crisis habitacional que transitamos.

Al analizar la cantidad de vivienda protegida que se construye al año, detectamos grandes problemas. Es que por año se producen menos de 10.000 inmuebles de este tipo. Cabe aclarar que no es algo que suceda desde este año. Es una merma que se arrastra desde el 2013.

Durante ese año se debió afrontar una crisis económica que ha debilitado y golpeado al mercado inmobiliario. Según los datos, en los últimos diez años, se han logrado incorporar un total cercano a los 8.600 inmuebles asequibles. En este cálculo se contabilizan todos los planes tanto estatales como autonómicos. Ahora, si tomamos los últimos 20 años la cantidad promedio era de 59.000 viviendas en el año, según los datos informados por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

Ahora debemos esperar para saber de que forma cada Comunidad Autónoma intentará trabajar en este aspecto, tan importante en el contexto que estamos atravesando. ¿Será posible que las Comunidades incorporen medidas o normativas que puedan incentivar a las empresas a volver a dedicarse a la construcción de estas viviendas?

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El 26 de abril del corriente año, entro en vigencia el Decreto de ley de medidas urgentes en materia de vivienda en Cataluña. Por medio de él la Comunidad busca solucionar el problema habitacional que tiene. Cabe recordar que ya ha incorporado muchos municipios en el marco de zonas tensionadas. De esta manera, el decreto busca regular los precios de los alquileres y evitar las subidas injustificadas de los valores para la renta.

En este post te contaremos todos los cambios que genera el decreto de ley de medidas urgentes en Cataluña. ¿Nos acompañas?

Se endurece el alquiler vacacional y por habitación por el Decreto de Ley de medidas urgentes en Cataluña

Ante el problema habitacional que enfrenta Cataluña, el 26 de abril ha entrado en vigencia el Decreto de ley de medidas urgentes. Por medio de él se amplia la regulación en los precios de los alquileres. Ahora le ha tocado el turno a los alquileres vacacionales o temporales y por habitación. Con esto se engloba a aquellos que tengan finalidades de ocio, vacacionales o recreativas, que no duran un período de más de 11 meses.

Tenemos que tener en cuenta que Cataluña es la primer Comunidad Autónoma en incorporar municipios al régimen de zonas tensionadas. De esta forma, se utiliza el Índice de precios, donde se fija un valor máximo y mínimo para los valores de la renta. Esta medida, al parecer no ha logrado el efecto deseado. Es que en este momento, la regulación de ellos está provocando que la oferta se estrangule. Debido a ello los montos solicitados por los pisos sigan en aumento de manera descontrolada.

Cabe aclarar que aún debe ser validado por el Parlamento de Cataluña. Eso sucederá luego de que se cumpla el plazo de 30 días hábiles luego de ser promulgada.

El decreto de ley de medidas urgentes en la comunidad de Cataluña, establece la prohibición de los aumentos en los alquileres temporales que se encuentren destinados fines laborales, profesionales, estudiantiles, asistencia médica y situaciones de tiempo limitado siempre que cubran necesidades de vivienda permanente aunque el plazo del contrato o la renta sea de manera temporal.

Qué cambios establece el nuevo Decreto

Ante la falta de oferta de vivienda, uno de los mercados a los que se intenta regular es el de habitaciones y vacacionales. Así, se intenta de aumentar el stock en el sector. Es que lo cierto es que la Ley de viviendas, no ha tomado en cuenta este tipo de retas dentro de su regulación.

Cabe recordar que, en el último tiempo, la ciudadanía ha realizado distintas manifestaciones solicitando a los gobiernos que pueda regular de alguna manera este tipo de alquileres. Esto se debe a que esperan, que al llevar adelante esta acción, pueda aumentarse la cantidad de oferta de inmuebles.

Pero, veamos un poco con detalle que se está regulando en el decreto de ley de medidas urgentes de Cataluña.

  • La primera medida, regula que será obligatorio dejar asentado en el contrato cuál es la finalidad del arrendamiento. En el caso de que no se realice, se entenderá que el mismo será para una vivienda permanente y no para el alquiler temporal. Este punto se establece tanto para el alquiler temporal como para la renta por habitación.
  • El segundo punto, tiene que ver con que el alquiler de temporada se encontrará sujeto a la normativa del alquiler permanente. Esto se refiere específicamente a la regulación de la renta, actualizaciones de precios, finanzas, mejoras en los pisos y la prohibición de que los gastos inmobiliario y de formalización de contratos deba pagarla el inquilino.
  • Se fijará en tercer lugar un valor máximo para el alquiler. Esto se encuentra en el segundo artículo del decreto de ley de medidas urgentes en Cataluña. Así se  impide que el alquiler temporal o por habitaciones supere una determinada cantidad de dinero en el caso de que sea rentada como vivienda habitual y se encuentre dentro de una zona tensionada.
  • Dentro de la regulación, para el alquiler de habitaciones, se fija un precio máximo. Este punto deja plasmado que la suma de las rentas que se establezcan en la vivienda no podrá ser mayor a la que se solicitaría por una vivienda completa.
  • Un último punto a tener en cuenta tiene que ver con que no se aplicarán regulaciones por medio de este decreto a quienes renten una vivienda con fines de ocio, vacaciones, recreativos o culturales.

Cambios en los contratos de renta

Como mencionamos anteriormente, el nuevo decreto de ley de medidas urgentes en Cataluña, plantea la obligatoriedad de ingresar en el contrato de renta algunos datos importantes. A continuación, detallaremos cada uno de ellos. Es importante que puedas tenerlo en cuenta para evitar problemas a futuro.

  • Deberá informarse cuánto ha sido el valor solicitado en el contrato anterior para el arrendamiento que haya estado vigente en los últimos cinco años.
  • Se debe aclarar también cuál es el monto máximo de renta que se aplica según el índice de precios de referencia en la localidad donde se encuentre la vivienda.
  • En caso de que el inmueble se encuentre en una zona tensionada, deberá aclararse si el propietario se encuentra englobado dentro de la categoría de gran tenedor.
  • Por último se estipula que al momento de que se formaliza el contrato, quienes sean los futuros inquilinos, tendrán el derecho de recibir la información respecto a los índices de precios de referencia para la localidad solicitada. También podrán solicitar la cédula de habitabilidad o la documentación equivalente allí y el certificado de eficiencia energética.

Qué sanciones se imponen en caso de incumplir el decreto de ley de medidas urgentes en Cataluña

En el caso de que se detecte un incumplimiento en el decreto de ley de medidas urgentes de Cataluña, se han añadido varias multas para ello a lo que se estaba aplicando.

  • Cuando el valor del alquiler sea mayor en un 30 por ciento sobre el índice de referencia o se pueda constatar que el motivo del alquiler no es cierto, la Comunidad lo entenderá como una falta muy grave. Por ello, las sanciones irán desde los 90.000 a los 900.000 euros.
  • En el caso de que el sobreprecio oscile entre un 10 y un 30 por ciento más que el índice, no se informe la causa de la renta o se le solicite al inquilino hacerse cargo de gastos de gestión inmobiliario o de contrato, la falta será considerada grave. Allí las multas irán de los 9.000 a los 90.000 euros.
  • Serán consideradas faltas leves a que los anuncios para este tipo de alquileres no incorporen el monto máximo de la zona, precio establecido para el contrato anterior, si es un gran tenedor el propietario o un alquiler de hasta un 10 por ciento más del fijado en el índice de precios. En estos casos las multas irán desde 3.000 a 9.000 euros.

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Hoy en día, y hace ya bastante tiempo, el problema habitacional no da tregua. Por eso, el alquiler vacacional se encuentra relacionado a la falta de viviendas. Esto se debe principalmente a que más del 60 por ciento del parque de alquiler, por ejemplo en Marbella y Elche, se encuentra destinado a él.

Esta situación genera que se ponga en tela de juicio el tipo de control y medidas que el Gobierno pueda utilizar para tratar de torcer un poco estas subidas que ocasionan problemas en el día a día de los ciudadanos.

El debate político, social e inmobiliario se encuentra ya sobre la mesa. Y es que, el turismo se encuentra en subida desde hace bastante tiempo, al igual que la falta de viviendas para el alquiler a largo plazo.

El Banco de España, ha presentado un informe en el que se estudia cuál es el peso que el alquiler vacacional tiene en las áreas urbanas. Según se ha podido conocer, en lugares como Elche, en Alicante y Marbella, localizado en Málaga, la situación es más compleja, representando más del 60 por ciento de él.

En este post te contaremos todo sobre el alquiler vacacional y la falta de viviendas en los centros más solicitados de nuestro país. ¿Nos acompañas?

El alquiler vacacional y la falta de viviendas en nuestro país

El Banco de España se ha encargado de efectuar un estudio en el que analiza el peso del alquiler vacacional en 25 áreas urbanas y la falta de viviendas. Se han tomado localidades que cuentan con mayor densidad de pisos para este tipo de renta y revisa también, cómo funcionan los mercados de arrendamientos allí.

Según este análisis, Elche es la localidad que se lleva el primer puesto. Esto se debe a que cuenta con el mayor peso de este tipo de viviendas en su periferia. Allí un 70 por ciento de los pisos, son para alquileres turísticos. La segunda localidad en destacarse es Marbella. Aquí la densidad alcanza una cifra de más del 60 por ciento.

Si vemos lo que sucede en otras zonas urbanas el peso es bastante menor. En líneas generales, la proporción representa un 30 por ciento. En cambio en Madrid y Barcelona, es aún menor, alcanzando solo un 5 por ciento.

Qué localidades han sido analizadas en el documento del Banco de España

A la hora de elegir las áreas que ingresarían en el estudio, el Banco de España ha tenido en cuenta a las 25 urbes de mayor dimensión que cuentan con luna cantidad de viviendas turísticas más altas. Este dato ha sido tomado en base a la última cifra informada a nivel municipal del mes de agosto del 2023.

Las localidades elegidas son:

  • Madrid,
  • Barcelona,
  • Valencia,
  • Sevilla,
  • Bilbao, Málaga
  • Zaragoza,
  • Mallorca,
  • Murcia,
  • Gran Canaria,
  • Granada,
  • Vigo,
  • Santa Cruz de Tenerife,
  • Alicante,
  • Valladolid,
  • A Coruña,
  • Pamplona,
  • Santander,
  • Córdoba,
  • Marbella,
  • San Sebastián,
  • Oviedo,
  • Gijón,
  • Vitoria,
  • Elche.

Porqué el alquiler vacacional trae como consecuencia la falta de viviendas

Como decíamos anteriormente, hoy en día se da una discusión importante sobre cómo el alquilar vacacional genera grandes inconvenientes para la población respecto a la falta de viviendas. Sobre este punto, el Banco de España ha publicado un informe en el que se encarga de plantear los problemas que el mercado residencial enfrenta. Además de ello, plantea una serie de medidas que podrían ayudar a salir del problema estructural que venimos acarreando ya desde hace bastante tiempo.

Tenemos que tener presente que hoy en día, la brecha que existe entre la oferta y demanda de viviendas ha generado subidas en los precios de los inmuebles y un problema serio, por ejemplo para los jóvenes para poder independizarse. Según la entidad, hasta el 2025 se necesitan un total de 600.000 viviendas para lograr volver a un equilibro entre la oferta y la demanda.

Sobre las medidas que el gobierno ha decidido poner en marcha, el Banco de España, ha sido bastante critico. Principalmente sobre el control de las rentas y la puesta en marcha de los avales ICO para jóvenes y familias con menores a cargo. Esto se debe a que consideran que podría tener efectos negativos.

El problema del alquiler turístico

Según el informe, al analizar el alquiler vacacional, entiende que es uno de los factores que provoca la falta de viviendas en nuestro país. Esto tiene que ver con el auge y el incremento del interés extranjero. Debido a ello, se reduce la cantidad de stock de viviendas para arrendar a largo plazo, representando el vacacional, cerca de un 10 por ciento del mercado de alquiler.

Otro de los puntos a los que se hace referencia, es a la aparición de nuevos tipos de alquiler como el alquiler temporal o por habitaciones. A esto debemos sumarle las nuevas regulaciones, topes en las rentas por la incorporación de las zonas tensionadas y la mayor protección que brinda el estado a los inquilinos que no cumplen con el pago de la renta.

En este contexto, durante el año pasado, se han incorporado al parque inmobiliario un total cercano a los 27 millones de viviendas. De ese total, un 72 por ciento, o sea unas 19,3 millones han sido para viviendas principales. El otro 28 por ciento se distribuye entre viviendas de segunda residencia, desocupadas y alquiler turístico.

Teniendo en cuenta todos los datos que se tienen, se registra en los últimos años un menor dinamismo en el stock de viviendas residenciales. Por este motivo, se ha impulsado la conversión de viviendas secundarias a principales. Pero no es todo, hay que tener en cuenta que también han aparecido nuevos usos para los inmuebles. Estos han sido el alquiler de temporada, por habitaciones para alquiler vacacional.  La consecuencia de todo ello es que la oferta continúe en baja, mientras que la demanda va en subida.

El problema que surge es que las medidas llevadas adelante por el gobierno, no parecen fomentar que los propietarios de viviendas vacías puedan incorporar sus viviendas el marcado de la renta.

Medidas de las Comunidades Autónomas respecto al alquiler vacacional

El auge del alquiler vacacional y la falta de viviendas, ha llevado a distintas Comunidades Autónomas a tomar medidas que endurezcan las condiciones para quienes quieren incorporarse al alquiler turístico como actividad económica.

Esto tiene que ver con la necesidad de generar nuevas estrategias que permitan aumentar el stock de viviendas para quienes buscan residir en estos lugares.

Del otro lado, quienes quieren poner sus inmuebles para este tipo de alquileres, explican su importancia en base a la contribución económica que pueden generar no solo para ellos sino para la localidad. Por ello hacen hincapié en que aplicar estas medidas restrictivas podrían ser negativas y de un impacto considerable.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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