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Comunidad de Propietarios

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A menudo nos preguntan sobre el cálculo de la cuota de la comunidad y sobre los pasos que hay que seguir si un vecino deja de pagarla. Para responderles, desde Oi Real Estate hemos decidido escribir este artículo. ¡Toma nota!

Cuando adquieres o heredas una propiedad, suele generarse una preocupación: ¿cuánto tendrás que pagar por la cuota de la comunidad? Si bien el importe varía en función de cada edificio, en este artículo decidimos facilitarte toda la información relevante para que comprendas exactamente de qué se trata y por qué debe pagarse todos los meses. Vamos a ello.

¿Qué es una comunidad de propietarios?

Cuando el inmueble se encuentra en una propiedad horizontal, es decir, en un edificio en donde los apartamentos tienen dueños diferentes, se crea una comunidad de propietarios. Su finalidad es la de gestionar y resolver todos los asuntos que afectan a las zonas comunes como fachada, ascensores y servicios de conserjería, entre otros.

En términos legales, una comunidad es una entidad jurídica compuesta por el conjunto de los propietarios de las viviendas, las plazas de garaje y los locales comerciales (si procede) que se encuentran en un mismo edificio o urbanización. En cuanto a su organización, la comunidad de propietarios se rige por sus propias normas, las cuales están escritas en los estatutos.

Ahora bien, todos los propietarios tienen participación en la toma de decisiones de la comunidad. No obstante, este grado de participación dependerá de la superficie de la vivienda en relación con la superficie total de la finca. Pero además se consideran otros factores como las zonas comunes, la plaza de aparcamiento o el trastero.

¿Qué es la cuota de la comunidad de propietarios?

Todo lo relativo a la comunidad de propietarios está regulado por el Código Civil Español en su art. 392. Allí se especifica que “el concurso de los partícipes, tanto en los beneficios como en las cargas, será proporcional a sus respectivas cuotas”. En esta definición, el código civil se refiere a la cuota de participación, que se define en el mismo documento de la siguiente manera: “A cada piso o local se atribuirá una cuota de participación con relación al total del valor del inmueble. Dicha cuota servirá de módulo para determinar la participación en las cargas y beneficios por razón de la comunidad. Las mejoras o menoscabos de cada piso o local no alterarán la cuota atribuida”.

En definitiva, tal y como te mencionábamos antes, la cuota de la comunidad se fija sobre la base de la relación entre la superficie útil de cada piso, local o plaza de aparcamiento y la superficie total del edificio. Además, la cuota de la comunidad de propietarios cumple tres funciones: la de representar el porcentaje del edificio que le corresponde a cada propietario, la de darle validez a los acuerdos aprobados en junta y la de determinar el monto de dinero con el cual debe contribuir cada uno de los propietarios para solventar los gastos generales del edificio.

Cuota de la comunidad

Cuota de la comunidad: ¿qué ocurre con los morosos?

La morosidad en las cuotas de la comunidad es habitual, fundamentalmente en aquellos edificios en donde los apartamentos se alquilan a terceros y se traslada a los inquilinos esta obligación de pago. Ahora bien, en este sentido cabe hacer una aclaración: la obligación del pago de la cuota de comunidad es del propietario. Por lo tanto, en caso de morosidad, la deuda se le reclamará a este y no a los arrendatarios de su piso de alquiler. Si eres propietario, ¡cuidado con este punto!

Al respecto, el Código Civil establece que: “Todo copropietario tendrá derecho para obligar a los partícipes a contribuir a los gastos de conservación de la cosa o derecho común. Sólo podrá eximirse de esta obligación el que renuncie a la parte que le pertenece en el dominio”.

Pero entonces, ¿qué puedes hacer si un propietario deja de pagar la cuota de la comunidad?

Primero: intenta por la vía amistosa

La mejor manera de iniciar una reclamación por impago es hablar en buenos términos con el vecino en cuestión. Sin embargo, los expertos recomiendan que, además del contacto personal, se envíe una carta para recordarle las deudas que tiene con la comunidad. De esta manera se deja constancia de las reclamaciones y servirá en aquellos casos en donde el procedimiento termine en la justicia.

Segundo: inicia un procedimiento monitorio

Si, a pesar de las advertencias, el vecino continúa sin saldar las deudas, entonces podrás iniciar un procedimiento monitorio. Para ello no necesitas abogado, puesto se trata de un apercibimiento por vía judicial. Sin embargo, sí será obligatorio realizar un acuerdo previo con la comunidad de vecinos. Por lo tanto, deberá realizarse una junta de propietarios en donde figure como orden del día el inicio de las acciones judiciales sobre los propietarios morosos.

Tercero: el juez reclamará el pago de la cuota de la comunidad en un plazo de veinte días

En un plazo máximo de veinte días, el juez requerirá el pago de la deuda de la cuota de la comunidad. Frente a ello, pueden producirse dos escenarios: que el propietario pague la deuda (¡problema resuelto!) o que se oponga a pagar. Si ocurre este último suceso, la comunidad podrá continuar con la reclamación interponiendo un proceso ordinario por razón de la cuantía.

Cuarto: se puede iniciar una reclamación judicial

Si la junta de propietarios puede fundamentar sus sospechas de que el vecino no va a pagar su deuda, entonces podrán saltearse el procedimiento monitorio y acudir directamente a la reclamación judicial. En este caso, también deberá convocarse a una junta especificando los puntos a tratar.

Cabe agregar que, para la adopción de estas medidas, será suficiente con obtener el voto de la mayoría de los propietarios, siempre contemplando que aquellos que no pagan la cuota de la comunidad pierden su derecho a votar.

Quinto: el juez podrá ordenar la devolución del dinero y realizar embargos

La reclamación por vía judicial debe hacerse únicamente cuando se puede demostrar debidamente las acusaciones contra el vecino moroso. De lo contrario, el juez podrá condenar a la comunidad por falta de pruebas.

Ahora bien, si se puede demostrar correctamente la sospecha de que el vecino no pagará la cuota de la comunidad, el juez procederá a reclamarle el pago y, si fuera necesario, procederá a embargar sus cuentas y sus bienes.

Esperamos haberte ayudado con toda esta información sobre la cuota de la comunidad. ¿Tienes más inquietudes? ¡Déjanosla en comentarios!

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Una forma de vivir en armonía es lograr que cada vecino se comprometa en cuidad cada uno de los espacios comunes de un edificio, evitar molestias generalizadas, etc. Una manera concreta de organizar los derechos y obligaciones es mediante la existencia de una comunidad de propietarios. La misma cumple la función de establecer criterios de resolución ante diversas situaciones acordados en reuniones que son incluidos en un libro de actas.

En la siguiente nota te detallamos el modo en que está confirmado el libro de actas de una comunidad de propietarios y de qué manera se llevan a cabo .

¿Qué es un libro de actas de una comunidad de propietarios?

En primer lugar, una comunidad de propietarios una entidad de tipo jurídica compuesta por todos los propietarios de viviendas, locales, garajes que forman parte de un edifico o de una urbanización cuando se trata de casas particulares.

Se encuentra regulada por la Ley de Propiedad Horizontal, Ley 8/2013 (de renovación, rehabilitación y regeneración urbana) y por estatutos propios de cada comunidad. En todas las Comunidades Autónomas funcionan de la misma manera, salvo Cataluña donde las comunidades de propietarios se encuentran reguladas por el Código Civil.

Estas entidades cumplen determinadas, acordadas en reuniones periódicas y mediante la coordinación de una Junta. Dichos acuerdos son recuperados y organizados en un documento que sirve como soporte e lo debatido y resuelto en cada reunión de la comunidad. Este documento es denominado “libro de actas”. Esta documentación es custodiada por el secretario de la junta o el administrador.

Contenido obligatorio

De manera cronológica, se incorporan las actas que y las mismas deben incluir necesariamente los sientes puntos:

Fecha y lugar de la reunión de la Junta

Este aspecto es muy importante a pesar que, en muchos casos, no tome relevancia para quienes realizan el acta del día. Se trata de la constancia de citación a los vecinos con fecha y horario exacto en el cual se llevará a cabo la celebración. Además, especificar se trata de primera o segunda convocatoria.

Según la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 16.2:

La convocatoria de las juntas la hará el Presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria,…”

Autor de la convocatoria

Por ley, la junta de una comunidad de propietarios se reunirá cuando así lo requiera la cuarta parte de la totalidad de propietarios, o un número que represente al menos el 25% de las cuotas de participación.

Por lo tanto, se debe especificar quién ha sido la persona autora de la convocatoria (ya sea el presidente o alguno de los propietarios).

Motivo: ordinario o extraordinario

Las juntas de carácter ordinarias, por ley, deben llevarse a cabo una vez al año. Por su parte las celebraciones extraordinarias pueden llevarse a cabo las veces que sean necesarias.

Primera o segunda convocatoria.

Definir si la convocatoria es de primera o de segunda instancia es vital para llevar adelante los acuerdos y que los mismos tenga validez. Esto se debe a que, por ley, al momento de votar y de llevar adelante la resolución se necesitan determinada cantidad de mayorías dependiendo de una u otra situación.

Se habla de primera convocatoria cuando existe quorum al horario en el cual se programe la reunión. Dicho quorum existe cuando la mayoría de los vecinos asistentes suman la mayoría del coeficiente.

En los casos en los cuales no ha existido quorum en la primera convocatoria se lleva adelante la segunda convocatoria. En este caso, la celebración se lleva acabo independientemente de la cantidad de personas asistentes. El único requisito es que haya acudido, como mínimo, un propietario.

Asistentes de la convocatoria

Debe realizarse una lista en la cual figuren todas las personas asistentes y los vecinos que son representados por terceros. En ese listado debe figurar, además, la cuota de participación que cada uno de los presenten dispone. También, es importante que en el acta conste de aquellas ausencias a lo largo de la celebración de la junta. Posteriormente, se considerarán en los resultados de votaciones o impugnaciones posteriores.

Orden del día de la Junta

Se realiza una lista que contenga todos los puntos que serán tratados en la convocatoria. La orden del día es de suma importancia ya que no se podrá llegar a un acuerdo sobre un punto que no figure en dicha orden. De considerarse un tema extra, es condición necesaria la presencia completa de los propietarios para que sea debatido.

Acuerdos logrados

En este punto, es importante que conste de manera clara cada uno de los puntos que fueron acordado y su respectivo contenido. Además, debe aclararse la cantidad de votos en cada uno de los acuerdos. A lo que debe sumarse, la aclaración de que propietarios votaron a favor, cuales en contras y sus respectivos motivos.

¿De qué manera se legalizan?

Todas las comunidades de propietarios deben tener un libro de actas. En ellos se archivarán cada uno de los acuerdo y desacuerdos que se dan en las Juntas de Propietarios. A su vez, estas actas deben ser legalizadas mediante registro presentando el primer libro en el Registro de la Propiedad.

En dicha presentación debe constar el lugar en el cual se encuentra el edificio con una petición del presidente de la junta legitimada ante notario o ante el propio registrador.

Una vez en el registro, se tramita el libro de actas y se adjunta en el mismo los datos propios de la legalización. Luego, se deja constancia de la misma. En los casos en los cuales sea necesario abrir un nuevo libro, se solicita la comunicación de los propietarios y la certificación de la denuncia o el libro completado.

Una vez legalizada la documentación presentada, el libro de actas deber ser presentados dentro de los cinco días posteriores a la mismas en el Registro a la Propiedad.

Para conocer de que se trata una comunidad de vecinos te recomendamos leer la siguiente nota:

Esperamos te haya sido de gran utilidad el contenido acerca de lo que es un libro de actas de una comunidad de propietarios. Si te has quedado con alguna inquietud, no dudes en ponerte en contacto con nosotros dejándonos tu comentario. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

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Durante el último tiempo varias personas han visto más rentabilidad en el alquiler de un inmueble y es por esa razón que muchas se han convertido en casas para alquilar. Pero, ¿cuánto cuesta transformar un local en vivienda?

La pandemia se ha llevado por delante miles de emprendimientos y negocios. Muchos se han convertido en viviendas transitorias durante épocas de aislamiento y otros hallaron la salida de esta manera ante la posibilidad de que el local vacío comience a acumular gastos.

Del mismo modo, también hemos visto cómo naves industriales se transforman en viviendas debido al alejamiento de muchas empresas de las grandes urbes, entre otros motivos.

Ha resultado una buena manera de poner en valor algo en desuso y es por eso que hoy queremos contarte cuánto cuesta hacer una vivienda de tu local.

Las cifras para transformar un local en vivienda varían en cada caso en particular

¿Cuáles son los requisitos para convertir un local en vivienda?

Son muchos los factores a tener en cuenta antes de conocer cuánto cuesta transformar un local en una vivienda.

Suelo urbano

Deberás constatar que efectivamente el local se encuentre sobre suelo urbano antes de convertirlo en una vivienda para alquilar. Esto se constata a través del Plan Urbanístico del Municipio. Un suelo urbano es un suelo en donde podemos edificar y es apto residencial.

La limitación de viviendas por hectárea

Una de las principales barreras para la construcción es el número límite de viviendas por hectárea, que depende de la densidad demográfica. Más allá de cumplir con todos los requisitos, si la cantidad de viviendas ha alcanzado su tope, no podrás convertir tu local en vivienda.

La información sobre la cantidad de viviendas y el límite permitido la podrás encontrar en el Ayuntamiento correspondiente.

La normativa de hábitat

Cada comunidad determina las condiciones que debe reunir una vivienda para ser considerada habitable. La cédula de habitabilidad es el documento que certifica que las condiciones higiénico-sanitarias mínimas se cumplen en el inmueble y puede ser destinado al uso residencial.

Se evalúan diversos aspectos para otorgar la cédula, entre ellos:

  • Superficie total de la vivienda, que depende de cada comunidad.
  • Distribución interna de la vivienda, compartimentos para el baño, la sala de estar y la cocina.
  • Altura y medidas mínimas para la sala de estar, la altura del pavimento al techo y el ancho de las escaleras.
  • Las instalaciones: agua fría y caliente, electricidad, evacuación y eficiencia energética. También se incluye aquí la iluminación y la ventilación natural.

El Estatuto de la Comunidad de Propietarios

La Comunidad de Propietarios deberá aprobar el cambio de local a vivienda ya que el inmueble es parte también de la comunidad. A veces es posible que con consultar los estatutos de la comunidad alcance y no se requiera de una aprobación expresa.

Con todos estos requisitos aprobados podemos comenzar a hablar de cuánto cuesta convertir en vivienda tu local.

Costos de transformar el local en vivienda

Primero debemos saber que los costos dependerán del tamaño de dicho local y también de la amplitud de la reforma que pretender realizar: la cantidad de materiales a utilizar, el estado del local, la mano de obra y otras cosas más.

El proyecto técnico

El estudio de viabilidad para ver si efectivamente es viable el traspaso de local a vivienda tiene un costo de 1.500 euros en promedio. Además el proyecto incluye la concesión de la licencia de primera ocupación.

La magnitud de la reforma

El presupuesto aumentará si las reformas son varias. Aquí las cifras son bastante variadas pues podemos hablar de una simple refacción de 1.000 euros a un proyecto de gran envergadura que incluya millones de euros.

La reforma deberá cumplimentar la normativa de urbanismo, la Ley de Habitabilidad y el Código Técnico de Edificación.

La rentabilidad del cambio

El retorno de la inversión respecto a este cambio de uso del inmueble deberá ser evaluado también. Se supone que la rentabilidad futura por el alquiler de la propiedad será mayor a cuánto cuesta transformar el local en vivienda.

Algunos precios que se barajan son los siguientes:

  • local de 50 metros cuadrados convertido en piso: 19.500 euros
  • si el local de 50 metros es industrial y queremos que sea un loft: 25.900 euros
  • local de 80 metros cuadrados convertido en una casa de dos pisos: 35.500 euros
  • construir un altillo de 50 metros cuadrados: 15.000 euros
  • reformar las instalaciones para una vivienda de 200 metros cuadrados: 3.000 euros

Promedio general de cuánto cuesta pasar un local a vivienda

En términos generales, y para poder dar cifras promedio, podemos hablar de que el costo de transformar un local en una vivienda estará entre los 400 y los 900 euros el metro cuadrado. Por otra parte, los trámites y las tasas rondarán los 1.200/1.500 euros.

Costo de trámites y licencias

Para tener una idea del precio de los trámites y licencias para convertir un local en vivienda, citaremos los más importantes:

  • Tasa de licencia urbanística: entre 350 y 400 euros.
  • Certificado energético: entre 50 y 90 euros. Si el certificado ya existe, renovarlo costará entre 10 y 20 euros.
  • Tasa de Cédula de Habitabilidad: el trámite completo cuesta 60 euros y la tasa 25 euros.
  • Informe de Idoneidad Técnica: alrededor de los 300 euros.
  • Honorarios de profesionales: pueden aumentar el costo final entre el 10% y el 20%.
  • Costo de notarios y demás trámites burocráticos: aumenta el costo final entre un 15% y un 25%.
  • Proyecto técnico de un arquitecto, si se precisa: 1.500 euros aproximadamente.
  • Reformas de electricidad y fontanería: en promedio, 3.000 euros.
  • Crear espacios para habitaciones: entre 1.000 y 2.000 euros.
  • Agregar puntos de luz: entre 30 y 80 euros.
  • Modificar la carpintería exterior: en promedio, 3.000 euros.
  • Cambio de revestimientos: entre 20 y 35 euros.
  • Cambio de los pisos: en promedio, 40 euros.

¿Te han servido todos los datos y las cifras dadas para saber cuánto cuesta transformar un local en una vivienda? Esperamos que sí y te invitamos a dejarnos un comentario debajo.

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En OI REAL ESTATE, descubrirás la información que necesitas saber sobre el mundo inmobiliario. Si quieres conocer cuáles son las normas y reglamentaciones que, se utilizan en una comunidad de propietarios, solo tienes que leer los apartados que conforman este post.

Vender, comprar o, alquilar una vivienda no es tan sencillo como parece, requiere del conocimiento de ciertas reglas para funcionar adecuadamente y, sin inconvenientes. Si eres el dueño de una propiedad que se encuentra en alquiler o, buscas adquirir un piso, para luego ponerlo en alquiler tienes que, conocer todas las cosas que se encuentran alrededor de esta situación.

En OI REAL ESTATE, nos especializamos en la compra y venta de propiedades, sabemos qué es lo que buscan los compradores de viviendas y también, qué es lo que necesita conocer el dueño de una casa. En este post, descubrirás cuáles son las normas y reglamentaciones vigentes a la hora de pensar en una comunidad de propietarios; sino sabes de qué se trata o, deseas encontrar la mejor información que se dispone sobre el tema. ¡Continúa leyendo!

Normas y reglamentación en comunidad de propietarios: Lo que tienes que saber

La comunidad de propietarios se caracteriza por la reglamentación de normas internas para desarrollarse, en donde se establecen los modos en qué, se dará cada uno de los aspectos de la comunidad. Esto es importante, porque permite conocer con precisión, el funcionamiento de las cosas comunes.

Para que la comunidad de propietarios conozca las normas que le corresponden, deberá atenerse a la información que brinda la Ley de Propiedad Horizontal. Sin embargo, aquí lo que se indica es, que los propietarios podrán establecer las normas de convivencia que consideren pertinentes para utilizar los servicios compartidos.

Un aspecto importante, es que estas normas que cada comunidad de propietarios planifica, no requieren de una junta de propietarios para ser aprobada. Estas serán determinadas, de acuerdo al consenso que se haya establecido por los propietarios de una comunidad: los cuales deberán respetarlas y hacerlas cumplir.

¿Qué normas debe utilizar una comunidad de propietarios?

Cada persona que forma parte de una comunidad de propietarios, necesita del funcionamiento de ciertas normas para vivir en armonía con los otros integrantes de este sistema. Es por eso que, si quieres participar en alguna comunidad de propietarios, tienes que conocer que existen dos tipos de reglas a cumplir.

Las que pertenecen al primer grupo, son las normas que se establecen en el título constitutivo de la propiedad y la que, figura en los estatutos. Aquí, se define cómo debe actuar cada propietario de acuerdo a la ley, en lo que respecta a la utilización del inmueble que posea.

No obstante, existe otro grupo de normas que son las más importantes, a la hora de plantear una reglamentación en una comunidad de propietarios. Se trata de las normas que se establecen al interior de una comunidad, en donde se acuerda cómo se utilizarán las cosas comunes.

¿Cómo se implementan estas normas?

Como indicamos anteriormente, existen dos tipos de normas a la hora de hablar de comunidad de propietarios. Estas se diferencian y necesitan para su aprobación, de la participación de los propietarios; si quieres conocer si es necesario la aprobación de toda la comunidad de propietarios o, un consenso, presta atención a lo que te presentamos a continuación:

Para aprobar o modificar las normas que rigen el título constitutivo de la propiedad y de los estatutos, se deberá contar con la unanimidad de los propietarios. Aquí, no será posible el consenso de los demás participantes; ya que todos deben estar informados sobre los cambios o implementaciones acordados.

Por otra parte, en las normas de régimen interno se experimentará una situación completamente diferente, a la que se mencionó en el título constitutivo de la propiedad. En las normas internas, será necesaria la aprobación de la mayoría de los propietarios que hayan formado parte de la junta; si representan a más de la mitad de la comunidad, sus argumentos serán válidos y podrán implementarse.

¿Existen límites en las normas que se establecen por mayoría?

Cuando se aprueban las normas de convivencia y utilización que, permitirán el uso de los espacios comunes, es muy habitual interrogarse acerca de los límites que se pueden encontrar. Sin embargo, en el reglamento interno no se pueden brindar obligaciones o, prohibiciones en lo que respecta a la propiedad privada.

La persona que disponga de ese inmueble, tiene la libertad de utilizar ese espacio como lo desee, no se puede prohibir que lo destine a un cierto trabajo si se trata de un local o, a colocarlo en alquiler. Si bien, debe existir una norma con la que se establezcan los modos de convivencia en una comunidad de propietarios, también se debe dar la libertad necesaria para utilizarlo como se prefiera.

Las normas de régimen interno, tampoco podrán responder a lo que le corresponde a la reglamentación dispuesta por el título constitutivo de la propiedad. aquí, se establecerá un límite y, los gastos comunes se tratarán en los estatutos que figuran en la comunidad de propietarios.

Si tienes alguna inquietud recuerda que, puedes realizarla en la sección de comentarios que se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer o, si tienes alguna otra duda sobre este tema.

Te invitamos a ingresar a nuestro sitio web, para indicarte los servicios con los que contamos.

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Obtener una vivienda es una de las inversiones más importantes que las personas llevan adelante a lo largo de su vida. Por lo tanto, si estás pensando en comprar una propiedad debes informarte si la misma tiene cargas o no. Y, a su vez, conocer el alcance de las mismas para tomar la decisión más adecuada. En muchos casos, algunas cargas hacen que no sea recomendable adjudicar el inmueble y otras que no merecen ser tenidas en cuenta por su poca trascendencia. Como sabemos de la importancia de un paso como este, queremos dejarte una guía actualizada sobre las cargas de una vivienda y las formas mediante las cuales puedes conocerlas.

Es posible, al momento de realizar la compraventa de nuestra vivienda, acceder a toda la información registral de la propiedad mediante una nota simple o una certificación solicitada en el Registro de la Propiedad. En varias ocasiones, es posible encontrar que el inmueble está gravado o sujeto a diversas limitaciones que pueden afectar el dominio que existe sobre ellas un derecho real.

El objetivo del siguiente artículo es brindarte una guía detallada que te permita comprender el significado de cada una de las cargas inscriptas. Por lo que vas a encontrar las más frecuentes que pueden figurar en el Registro.

¿Qué son las cargas de una vivienda?

Se trata de todas las obligaciones económicas que una vivienda tiene y que le son transmitidas al comprador. Es decir, todos esos pagos pendientes que deberás realizar en el caso de comprar un inmueble.

La naturaleza de las cargas de una vivienda es diversa, y abarca tanto impuesto como el recibo de la comunidad. Por lo tanto, es de suma importancia, previa a la adquisición de una propiedad, comprobar la existencia de o no de deudas. De esta manera, en caso afirmativo, deberás consensuar con el vendedor quién deberá hacerse cargo de las mismas. Es una manera de evitar sorpresas una vez que la vivienda sea tuya.

Maneras de conocer las cargas de una vivienda   

Si te encuentras interesado en la compra de una vivienda, además de su coste, impuestos u requisitos, es de suma importancia que conozcas si tiene cargas o/y gravámenes. Muchas veces, el propietario no realiza la notificación correspondiente sobre las deudas al futuro comprador. ¿El principal motivo? Los pagos pendientes, seguramente, podrían obstaculizar la compraventa de la propiedad.

Si decides llevar adelante el proceso de compraventa decides con el asesoramiento de una agencia inmobiliaria, estos datos serán brindados e investigados por la misma. Se te proveerá de la información con antelación. El comprador deberá asegurarse el libre carga o deuda de la vivienda para poder efectivizar la operación.

Las formas de conocer las cargas de una vivienda son los siguientes:

1)Nota simple.

2)Libre deudas en la Comunidad de Propietarios.

3)Recibos y pago de Impuestos.

¿Cuáles son las cargas más frecuentes?

Luego de haber llevado adelante los pasos anteriores, es posible que encontremos diversos tipos de cargas en la vivienda. Para que ello no suponga una sorpresa y un desconocimiento, te detallamos las más importantes o significativas una por una. Las dividiremos en tres grupos:

  • Registrales

  • Propias

  • Municipales

  • De suministros

Cargas registrales de una vivienda

Por un lado tenemos aquellas cargas de una vivienda que se pueden conocer mediante la solicitud de una nota simple en el Registro de la Propiedad. Este tipo de cargar son de carácter público por lo tanto, pueden ser consultadas por cualquier personas mayor de edad.

Hipotecas

Se trata de la carga más habitual ya que en una gran mayoría de casos, las personas realizan la comprar de su vivienda mediante la adjudicación de una hipoteca. La misma es definida como la garantía que recae sobre un bien de manera directa e inmediata, como consecuencia de la solicitud y concesión de un préstamo o crédito por una entidad financiera.

Esta carga es de suma importancia porque, al ser la misma hipoteca la garantía que acredita el pago del préstamo, ante la falta de dicho compromiso es posible actuar de manera legal según procedimientos regulados por la Ley de Enjuiciamiento Civil o del procedimiento de venta extrajudicial ante Notario.

Para que la hipoteca sea consideraba válida debe estar inscripta en el Registro de la Propiedad, es decir, el préstamo hipotecario debe figurar en la escritura pública. En el caso de que una vivienda se encuentre hipotecada, el futuro propietario puede adquirir, mediante una subrogación, el compromiso de pago de a misma.  

El comprar de una vivienda con hipoteca puede elegir entre diferentes situaciones para continuar o no el proceso de compraventa de la misma:

  1. Exigir al propietario la cancelación de la hipoteca antes de llevar adelante la compra del inmueble. Es decir, que abone la cantidad de dinero que falta para completar el monto de la hipoteca.
  2. Retener del precio total de la vivienda lo que se deba y cancelar la deuda en el mismo momento de la compra. Es una de las opciones que más frecuentemente. El día de la firma del contrato ante notario asiste un asesor del correspondiente banco y se le hace entrega de un talón por el importe restante de la hipoteca. En ese momento, el notario da fe de la cancelación de esta última, por lo que resta solo realizar un talón para la para la parte restante de la compra.
  3. Con consentimiento de la entidad financiera puede llevar adelante la subrogación de la hipoteca. La ventaja de esta opción es no tener que poner la totalidad de la deuda hipotecaria de una sola vez.

Nota Marginal de ejecución hipotecaria

La existencia de esta carga significa que la entidad bancaria va a proceder a quedarse con la hipoteca por falta de pago.

La nota marginal no tiene un periodo de duración determinado, por lo tanto, no dispone de un plazo de caducidad y puede ser cancelada solo por orden o petición de la entidad que ha solicitado su expedición. Asimismo, mientras exista una nota marginal e imposible llevar adelante la cancelación de la hipoteca por escritura pública. Es decir, debe cancelarse primero la no la nota de ejecución hipotecaria.

En estos casos, el futuro comprador deberá solicitar la cancelación de la nota marginar antes de adjudicarse la vivienda. Esta acreditación es una forma de asegurarse el pago y la paralización del procedimiento antes de la firma del contrato. De lo contrario, si no se cancela la ejecución la inscripción de compraventa por dría ser anulada.

Usufructo y servidumbre

Este tipo de cargas de una vivienda no tienen que ver con la falta de pago de alguna obligación. El usufructo y la servidumbre son cargas que establecen restricciones sobre la vivienda. Se trata del derecho de terceros, que no son propietarios, sobre el inmueble.

¿A que nos referimos? En el caso del usufructo, la vivienda es propiedad de una persona determinada, sin embargo, el derecho a disfrutar de su renta es de otra. Es por esto que si adquieres una propiedad y su usufructo pertenece a otro particular, no podrás utilizarla para rentabilizarla a través de un alquiler, por ejemplo.

Respecto al concepto de servidumbre, se trata un pacto entre el propietario de un inmueble y otra persona para el uso de una propiedad. Esta puede ser voluntaria o dictaminada por un juez.

En el caso de las servidumbres legales no es necesario que se inscriban en el Registro, por su condición de legalidad.  Y, en relación a las voluntarias, se recomienda incorporarla en el Registro, de otra manera no afectarían a terceros o adquirientes de buena fe.

Anotación preventiva

Las anotaciones preventivas tienen la finalidad de notificar si una vivienda o propiedad tiene juicios o deudas pendientes. Al comprar una vivienda es de gran importancia saber si dispone de este tipo de cargas registrales ya que puede ser un motivo para perder la inscripción de la compraventa. Tiene un plazo de caducidad de cuatro años, pudiendo ser postergadas cuatro años más.

Los tipos de anotaciones preventivas son tres:

  • De embargo. Informa que el dueño de una propiedad tiene deudas. Es considerada una garantía registral a través de la cual

“los bienes sobre los que se practica quedan afectos al procedimiento de ejecución instado por el acreedor para obtener, en su caso, con la realización forzosa de tales bienes, el importe de la deuda garantizada por la misma anotación.”

Registradores (2009) Guía de cargas que se pueden encontrar inscriptas en el Registro de la Propiedad al tiempo de adquirir una vivienda. Valencia. p.18

  • Las de demanda acredita la existencia o no de conflictos del propietario con terceros. En este sentido, un conflicto refiere a un enfrentamiento que debe ser mediado por la ley y resuelto mediante un juicio.
  • De prohibición de disponer, es decir, que el propietario de un inmueble no puede venderlo ni donarlo. Es una medida de tipo cautelar que impide el acceso al Registro de la Propiedad.

Cargas propias de una vivienda

Este tipo de cargas son las que recaen sobre la misma propiedad. Es decir, nos referimos a las deudas que el vendedor tiene pendiente con la comunidad de propietarios.

Si bien no tiene la naturaleza de cargas directas sobre el inmueble, deben ser pagadas. De lo contrario, si compras una casa que tiene pendiente de pago las cuotas de la comunidad deberás saldarlas cuando la propiedad pase a ser tuya. Como mencionamos anteriormente, debes pedir un certificado que deberá ser emitido en un plazo de 7 días hábiles desde su solicitud. Lo expide el secretario con la aprobación del presidente de la junta de propietarios.

Además, debes tener presente que en dicho certificado aparecen las deudas, pero no las posibles cargas a futuro que ya fueron acordadas por la comunidad.

Cargas municipales

Por último, nos encontramos ante las cargas municipales, que serán trasmitidas de vendedor a comprador una vez transferida la vivienda.  

La carga más común es el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), tributo que se calcula sobre el valor catastral de la vivienda. El IBI es un gravamen que se abona anualmente, y debe abonarlo el propietario al 1 de enero. Es decir, es la persona que deberá afrontar el pago total del año corriente. Por parta parte, debemos conocer la situación en relación a la plusvalía municipal y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Una manera de conocer la situación impositiva del inmueble es acudiendo al Ayuntamiento competente y solicitar un comprobante de pago. Además, el Ayuntamiento de tu localidad podría brindarte información acerca de las cargas urbanísticas que puede llegar a tener la vivienda.

Al momento de comprar una propiedad, debes saber que se adeuda en términos tributarios, ya que el Ayuntamiento podría proceder a un embargo para cobrar la deuda.

Cargas con empresas de suministros

Para completar la información, queremos sumar, a modo informativo, que además de las cargas anteriores la propiedad que deseas comprar puede tener deudas con empresas de servicios.

Por lo tanto, llegado el momento de la compra, es importante consultar con dichas empresas (agua, gas, electricidad, teléfono…) para conocer de la existencia o no de algún tipo de pago pendiente para poder darlos de alta o cambiar la titularidad.

En caso afirmativo, deberás exigirle al vendedor la liquidación de los pagos y que realice la baja del suministro. De esta manera, tu podrás contratar los servicios que decidas.

Si estas pensando o ya has decidido dar el paso de la vivienda propia, esperamos te haya sido de gran utilidad esta información. Conocer las cargas de una vivienda son de suma importancia para evitar futuros problemas.

Si te has quedado con alguna duda puedes dejarnos tu comentario o ponerte en contacto con nosotras de manera directa. Desde Oi Real Estate podemos ofrecerte el mejor asesoramiento profesional y hacer de este proceso un camino sencillo para que solo te dediques a disfrutarlo. ¡Escríbenos ahora!

Para conocer todos los impuestos del sector inmobiliaria te recomendamos la lectura de la siguiente nota:

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¿Quieres vender tu piso y se encuentra dentro de una propiedad horizontal? Entonces,debes leer este artículo. En él tecontamos todos los aspectos que debes tener en cuenta, basándonos en lo que establece la Ley de Propiedad Horizontal.

Para empezar a hablar de la Ley de Propiedad Horizontal en la compraventa de inmuebles, debemos diferenciar dos tipos de propiedades: las verticales y las horizontales.

Las propiedades verticales son aquellas en las que todos los pisos le pertenecen a un solo propietario. En consecuencia, no hay una comunidad de vecinos. Esta situación es común cuando el propietario del edificio es un banco o una sociedad de inversión que alquila todos los inmuebles a terceros.

La propiedad horizontal, por su parte, se refiere a un mismo edificio en donde hay múltiples propietarios. En estos casos, los dueños no solo poseen el piso, sino que también tienen responsabilidad sobre las zonas comunes. Para regular el mantenimiento del edificio y las actividades que en él se realizan, las propiedades horizontales suelen organizarse en una Comunidad de Propietarios. Esta última está encabezada por un presidente. Su función será la de gestionar los gastos de la comunidad y el mantenimiento de las zonas comunes, entre otras cosas.

Ahora bien, si tu piso pertenece a una propiedad horizontal, debes saber que necesitarás algunos documentos adicionales para poder venderlo. Pero, además, tal y como lo establece la Ley de Propiedad Horizontal, deberás notificar a la comunidad sobre la venta del inmueble. En caso de no cumplirse este punto, podrías verte sometido a deudas por impago de las cuotas de la comunidad generadas luego de la venta. ¡Sigue leyendo! Analizaremos cada uno estos aspectos por separado.

Documentos necesarios para vender un piso en propiedad horizontal

Para realizar la venta de un piso, independientemente de que pertenezca a una propiedad horizontal o a una vertical, necesitarás reunir la siguiente documentación:

  • DNI o pasaporte.
  • Título de la propiedad.
  • Copia autorizada de la Escritura por la que adquirió la finca.
  • último recibo de pago del IBI.
  • Cédula de habitabilidad de la finca (cuando corresponda).
  • Recibos de agua y luz.
  • Certificado de eficiencia energética.
  • Certificado acreditativo de posibles cargas y deudas sobre la finca que repercutan directamente sobre el comprador.

Si quieres ampliar esta información, puedes entrar al siguiente link en donde te detallamos cuáles son los documentos que necesitas para vender tu piso.

Ley de Propiedad Horizontal

Ahora bien, si el piso se encuentra dentro de una propiedad horizontal, seguramente existe un Estatuto de la Comunidad que establece reglas sobre el uso de las zonas comunes, entre otras cuestiones. Presentar este documento al momento de vender el inmueble no es obligatorio, pero sí recomendable. Lo más seguro es que el comprador quiera saber cuáles son las reglas que rigen sobre el uso de la propiedad que comprará. Y, para ello, tendrá que disponer de los estatutos de la comunidad.

Además, y este documento sí es de carácter obligatorio, en el momento de firmar el contrato de compraventa, habrá de presentarse un certificado de la Comunidad en donde conste que se han pagado todos los recibos correspondientes hasta la fecha. Los pagos a la Comunidad de Propietarios suelen realizarse de forma mensual o trimestral. Por lo tanto, nuestro consejo es que solicites este documento cuando ya hayas encontrado un comprador y no antes. Si no, podría perder validez durante el tiempo que tardes en vender el inmueble.

¿Cómo pueden conseguirse dichos documentos?

En lo que respecta al Estatuto de la Comunidad, bastará con pedir una copia al presidente de la comunidad para obtenerlos. Tú como propietario tienes derecho a acceder a ello. Por lo tanto, obtenerlo será realmente sencillo. No obstante, si el administrador o el presidente de la comunidad no tuvieran una copia, podrías dirigirte al Registro de la Propiedad en donde esté inscrito el edificio. Allí podrás verificar los estatutos en caso de que existan.

En cuanto al certificado de deudas con la Comunidad, podrás dirigirte al administrador para solicitarlo. Este último tardará un máximo de siete días naturales para tramitarlo. Y, recuerda, su presentación es de carácter obligatorio. Por ello, será conveniente tramitar este certificado con suficiente antelación para evitar conflictos durante el proceso de compraventa del inmueble.

Ley de Propiedad Horizontal: ¿Cómo notificar a la Comunidad sobre la venta del piso?

La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 9, establece que es obligación del propietario: “Comunicar a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad, por cualquier medio que permita tener constancia de su recepción, el cambio de titularidad de la vivienda o local”.

Además, agrega que: “Quien incumpliere esta obligación seguirá respondiendo de las deudas con la comunidad devengadas con posterioridad a la transmisión de forma solidaria con el nuevo titular, sin perjuicio del derecho de aquel a repetir sobre este”.

Como puedes ver, la notificación es de carácter obligatorio. En caso de no cumplirse, podría generarse una carga económica sobre el antiguo propietario del inmueble. Concretamente, este estará obligado al pago solidario de las deudas con la comunidad que contraiga el comprador del piso en cuestión.

Modelo de notificación a la comunidad de propietarios

La notificación a la comunidad puede realizarse por cualquier medio, siempre que se pueda guardar una constancia del documento. Un simple escrito dirigido al secretario de la comunidad será suficiente para cumplir con esta obligación. En él deberá informarse sobre la venta del piso y detallarse los datos del nuevo propietario.

Nuestro consejo es que siempre guardes una copia de la notificación firmada por el secretario o presidente de la comunidad. También puedes enviar un burofax, un telegrama o un correo electrónico con acuse de recibo.

Por último, cabe aclarar que, si no puedes enviarle la notificación al secretario, podrás enviársela a cualquier otra persona que posea un cargo en la comunidad de vecinos. Pero antes de hacerlo, intenta notificar al secretario presencialmente.

Esperamos que toda esta información te haya resultado útil. ¿Tienes más inquietudes? ¡Déjanosla en comentarios! Si quieres recibir asesoramiento profesional para vender tu piso, no dudes en contactarnos.

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