Aquí te detallaremos qué hipotecas no tienen la posibilidad de acceder al Código de Buenas Prácticas Bancarias. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
En este artículo encontrarás:
Cuando solicitamos un préstamo hipotecario, no hay manera de prever todos los inconvenientes que pueden tener lugar en un futuro. Sin embargo, para los problemas más graves, las entidades contemplan aplicar el Código de Buenas Prácticas Bancarias. Estas medidas tienen como objetivo brindar ayuda a aquellos hipotecados que se encuentren en problemas. No obstante, la realidad es que no todas las hipotecas pueden acceder al Código de Buenas Prácticas.
Las hipotecas que tienen la posibilidad de acceder al Código de Buenas Prácticas
Las medidas de alivio financiero del Código de Buenas Prácticas Bancarias están dirigidas a familias que se encuentran en el umbral de exclusión, o bien, en riesgo de vulnerabilidad.
Aquí van las condiciones que implican estar en el umbral de exclusión:
- La hipoteca debe ser sobre una vivienda habitual, y el precio de compra no puede ser mayor a los 300 000 euros.
- Los ingresos de la unidad familiar deben ser menores a 25 200 euros brutos al año.
- El dinero destinado al pago de las cuotas hipotecarias debe ser mayor al 50 % de los ingresos familiares netos.
- La situación económica o familiar debe verse alterada considerablemente.
¿Qué medidas considera el Código de Buenas Prácticas en este caso?
Para estas familias, el Código de Buenas Prácticas Bancarias considera tres medidas: la reestructuración del préstamo hipotecario, la quita de la deuda y la dación en pago.
La reestructuración del préstamo hipotecario puede incluir algunas medidas para facilitar el pago de las cuotas. Puede ser una carencia de capital por cinco años. En ese periodo únicamente abonarías los intereses. Otra opción es reducir el interés del préstamo hipotecario. Por último, existe la posibilidad de extender el plazo de devolución. El máximo es hasta 40 años.
Con respecto a la quita de la deuda, la entidad bancaria renuncia a una parte de la deuda para asegurarse el cobro del resto.
Mientras que, la dación en pago se trata del último recurso. Se trata de entregar la vivienda para cancelar la deuda. Para no quedarte sin hogar, el Código permite que habites la vivienda durante dos años abonando un alquiler.
Las condiciones para encontrarse en riesgo de vulnerabilidad:
- Los ingresos brutos anuales no deben ser mayores a 29 400 euros.
- La cuota hipotecaria debe implicar más del 30 % de los ingresos netos.
- Debe haber tenido lugar una alteración considerable en la situación familiar o económica.
A las familias que se encuentran en riesgo de vulnerabilidad, el Código de Buenas Prácticas les permite extender el plazo de devolución hasta los siete años, sin superar nunca los 40. Por otro lado, también permite pasar de un préstamo hipotecario variable a uno fijo. El objetivo es que las cuotas se estabilicen. Esto último, en este año, se puede hacer sin ningún coste.
Documentos que se deben presentar
Para acceder al Código de Buenas Prácticas, será necesario presentar los siguientes documentos:
- Certificado de rentas de la unidad familiar.
- Copia de las tres últimas nóminas.
- Libro de familia.
- Certificado de cualquier ayuda percibida.
- Certificado de empadronamiento.
- Declaración de discapacidad o dependencia, en caso de haber.
- Una copia de la escritura de compraventa y de la hipoteca.
- Declaración responsable en que afirmes cumplir con los requisitos para acogerte al Código de Buenas Prácticas.
Una vez que hayas reunido todos estos documentos, solo restará presentar la solicitud a la entidad bancaria y esperar a que analice tu caso para brindarte una respuesta.
¿Cuáles son las hipotecas que no tienen acceso al Código de Buenas Prácticas ?
Como ya hemos mencionado, queda claro que aquellos préstamos hipotecarios que no tienen posibilidad de acceder al Código de Buenas Prácticas Bancarias son los no se encuentran ni en el umbral de exclusión ni en riesgo de vulnerabilidad. Sin embargo, la realidad es que hay otras hipotecas que podrían beneficiarse del Código de Buenas Prácticas.
La Asociación de Usuarios de Productos Financieros (Asufin) ha denunciado que se dejó fuera otro tipo de hipotecas, se trata de las hipotecas con aval. Cuando una hipoteca tiene aval, debemos tener en cuenta que, el avalista se compromete a asumir una parte del préstamo hipotecario en caso de que el deudor deje de pagar la cuota. Se trata de una medida, por lo tanto, que las entidades bancarias exigen cuando la situación financiera del solicitante no es muy buena.
De este modo, no resulta extraño que el hecho de que los préstamos hipotecarios con aval queden fuera del Código de Buenas Prácticas Bancarias genere controversia. El motivo es muy sencillo, el aval es una medida de protección, y si alguien necesita la protección de un aval también puede llegar a necesitar la del Código de Buenas Prácticas.
¿Cuál es el conflicto entre el aval del Gobierno y el Código de Buenas Prácticas?
Esta exclusión de las hipotecas con aval puede ser la respuesta, en cierta medida, a la advertencia del Banco de España con respecto al bajo impacto de las medidas del Código de Buenas Prácticas Bancarias. Por otra parte, esto también podría llegar a afectar a la medida que fue anunciada por el gobierno con respecto al aval para préstamos hipotecarios del ICO. Al momento de comparar hipotecas, los interesados tendrán que tener en cuenta si tienen la posibilidad de asumir un préstamo hipotecario teniendo en claro que, en caso de que algo vaya mal, no tendrás la posibilidad de acogerse a las medidas del Código de Buenas Prácticas Bancarias.
Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre las hipotecas que no pueden acceder al Código de Buenas Prácticas Bancarias. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.
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