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Cláusula de penalización por desistimiento del alquiler

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Encontrar un piso de alquiler disponible es un gran desafío para los tiempos que corren, pero si no te sientes cómodo con la vivienda que arrendaste y decides tomar la decisión de abandonarla, este accionar puede convertirse en la instancia correcta. Sin embargo, esto puede generar consecuencias y es por ello, que hablaremos sobre la cláusula de penalización por desistimiento del alquiler.

Al firmar un contrato de arrendamiento se asume una responsabilidad con el propietario del mismo, donde se tiene la obligación de pagar mensualmente la renta hasta que finalice el acuerdo. Pero las circunstancias de la vida son impredecibles y puede ocurrir que no se puedan afrontar los costes del alquiler o que el inquilino deba abandonar la propiedad por cuestiones laborales.

Si alguno de estos acontecimientos se hace presente, los propietarios deben asegurarse que recibirán los pagos correspondientes acordados por los arrendatarios en el contrato de alquiler. Para evitar inconvenientes de esta índole, es muy importante saber si el inquilino decidió abandonar la vivienda luego de seis meses de vivir allí.

Por otra parte, también será necesario conocer con cuánta anticipación se avisó sobre el cambio de planes. Es por ese motivo que, en este artículo te indicaremos todo lo que tienes que saber acerca de la cláusula de penalización por desistimiento del alquiler, en qué casos se aplica o si es obligatoria ante cualquier situación de este tipo. ¡Sigue leyendo!

¿Los inquilinos pueden desistir de un contrato de arrendamiento?

Si bien un contrato es un acuerdo que se establece por un tiempo determinado y que cuenta con la aprobación de las partes que intervienen en el mismo, puede romperse si uno de los protagonistas lo requiere. Los inquilinos pueden desistir de un contrato de arrendamiento, pero deberán atenerse a las consecuencias que esto implica.

¿A partir de qué momento se puede rescindir este acuerdo?

Para que la finalización anticipada de un contrato de alquiler pueda llevarse a cabo, los arrendatarios deben acreditar una estadía en la propiedad que supere los seis meses. Es necesario que éste comunique su decisión al casero, con al menos un mes de antelación para que el propietario pueda decidir colocar el piso nuevamente en el mercado.

¿En el contrato debe figurar una cláusula de penalización por desistimiento del alquiler?

Los contratos de arrendamiento se realizan con el propósito de disminuir los inconvenientes entre el propietario e inquilino. Por eso, se recomienda incluir una cláusula de penalización por desistimiento del alquiler, en el caso de que el inquilino decida finalizar el acuerdo antes del tiempo pautado.

¿Qué ley avala que el arrendatario pueda rescindir este acuerdo?

La posibilidad de que un inquilino pueda abandonar una vivienda de alquiler luego de varios meses de vivir en ese sitio, se encuentra presente en el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Aquí, se plantea la opción de finalizar el contrato de arrendamiento antes de la fecha establecida, siempre y cuando se le informe al arrendador con tiempo prudente.

Si en el contrato se propone una cláusula de penalización por desistimiento del alquiler, seguramente se indique qué suma deberá pagar el inquilino en el caso de rescindir el acuerdo. Es muy probable que la cantidad que tiene que brindarle el inquilino a su casero sea la de un mes de renta, por cada año que falte para terminar el contrato.

¿Si el desistimiento se realiza luego de una prórroga de alquiler qué es lo que sucede?

En el caso de que el contrato haya finalizado y se acceda a una prórroga, el inquilino podrá desistir de este acuerdo cuando quiera. No será requisito indispensable esperar a que transcurran los seis meses propuestos en otras instancias, por lo que se podrá llevar adelante el desistimiento de contrato.

¿Qué sucede si el inquilino abandona la vivienda antes de los 6 meses establecidos?

Los contratos tienen cláusulas y se deben cumplir al pie de la letra, para evitar inconvenientes indeseados y si un arrendatario abandona el piso que alquila antes de los seis meses, incurre en incumplimiento de contrato. Esto es así, porque la LAU indica que el inquilino debe vivir al menos medio año para rescindir el contrato.

Del mismo modo, el propietario debe respetar cada una de las condiciones que se encuentran en el contrato, porque si no cumple con su deber el inquilino podrá exigir su falta. Los caseros de viviendas en alquiler tienen la obligación de que el contrato llegue a término, si el arrendatario incumple su parte se podrá proceder a una demanda.

Sin embargo, puede ocurrir que se haya pactado una cláusula especial en donde se le permita al inquilino abandonar la vivienda, antes de los 6 meses. Una muy buena forma para que rescindir un contrato de arrendamiento, no se convierta en un problema donde tenga que intervenir la justicia.

¿Es obligatoria la cláusula de penalización por desistimiento del alquiler?

En los contratos de alquiler se encuentran establecidas las cláusulas que deben cumplir tanto el inquilino, como el propietario del piso y éstas, muchas veces se realizan de común acuerdo. Lo habitual es que exista una cláusula de penalización por desistimiento del alquiler, pero no es obligatoria.

Puede suceder que se haya tomado la decisión de no indicar nada sobre el tema, lo que implica que el arrendatario no deberá pagar si desiste del contrato. Esto puede provocar algunos inconvenientes para el arrendador, por eso se aconseja que se incluya el monto que debe pagar el inquilino a la hora de finalizar el contrato con anticipación.

Lo que no es discutible bajo ningún caso, es que el arrendatario debe avisar al propietario que desea abandonar el piso, con un mes de antelación. En el caso contrario, tendrá una penalización al impedir que el arrendador pueda conseguir otro inquilino, por lo que deberá pagar la mensualidad correspondiente.

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