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Cuando un piso es arrendado por más de una persona, puede suceder que durante la vigencia del contrato alguno de los inquilinos cambie. Estos cambios se dan particularmente en pisos de estudiantes que se mudan juntos para ahorrar costes o vivir en comunidad. Es común que el arrendatario saliente sea reemplazado por un arrendatario entrante. En otros casos, como en una separación de pareja, lo común es que no haya arrendatario de reemplazo (al menos por un tiempo) y simplemente se quiera deslindar al arrendatario saliente de todo tipo de responsabilidad. Si estás atravesando uno de estos casos, probablemente te surja la duda sobre cambiar el titular del contrato de alquiler ¿Puedo cambiar la titularidad de mi contrato de alquiler? ¿Cuánto me va a costar el cambio? ¿Qué pasa si el propietario no lo acepta? Lee esta publicación y despejarás tus dudas.

A diferencia de lo que puedes pensar, cambiar la titularidad de un contrato de alquiler es algo bastante sencillo si te asesoras bien. No debes estresarte. En Oi Real Estate contamos con asesores profesionales que se encargarán de todo por ti. Contáctanos y resolverás el inconveniente casi sin darte cuenta. Te explicamos los pormenores.

Contrato de alquiler: Ley de Arrendamientos Urbanos

Los contratos de alquiler se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos. La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

Vivienda habitada por el cónyuge

¿Tienes que viajar por trabajo durante un período prolongado y te ves obligado a dejar a tu familia en tu piso de alquiler? El artículo 7 de la Ley de Arrendamientos Urbanos define las condiciones para este caso particular. Según la norma, el contrato de alquiler no pierde validez cuando en la vivienda permanece un cónyuge (no separado) o los hijos dependientes del arrendatario.

Subalquiler

Quizá ante la salida de uno de los arrendatarios, a los que quedan habitando el piso se les ocurre subalquilar la habitación de quien se fue. Subalquilar o subarrendar, es la práctica según la cual una persona da en alquiler a otra una parte o la totalidad de la vivienda que alquila y de la que no es el propietario. En otras palabras, el arrendatario alquila a un tercero (subarrendatario) la vivienda que él mismo habita en calidad de inquilino. De esta manera, el subarrendatario se convierte, en cierta forma, en inquilino del inquilino.

Cambiar titular del contrato de alquiler

Cuando un arrendatario (inquilino) se retira del contrato y deja en su lugar a otra persona, técnicamente se produce un contrato de cesión. Quien se va (cedente) transfiere los derechos y obligaciones del contrato a quien ingresa (cesionario). La Ley de Arrendamientos Urbanos establece ciertos parámetros para realizar la cesión total o parcial del contrato.

El artículo 8 de la ley indica que “el contrato no se podrá ceder por el arrendatario sin el consentimiento escrito del arrendador”. Es decir que en todos los casos deberá existir consentimiento escrito del propietario del piso de alquiler. En caso de cesión, el cesionario se subrogará en la posición del cedente frente al arrendador.

Cambiar el titular en alquileres con fines empresariales

El artículo 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece una excepción a la prohibición general de ceder. Cuando en la finca arrendada se ejerza una actividad empresarial o profesional, el arrendatario podrá ceder el contrato de arrendamiento sin necesidad de contar con el consentimiento del arrendador. La fundamentación de esta excepción, reside en que los alquileres con fines comerciales pueden fracasar por distintas variables vinculadas a la marcha de la economía. Y en esos casos, resultaría particularmente injusto cargar al arrendatario con los costes de mantención de la renta o pago de indemnizaciones por resolución.

Si la cesión es parcial, el arrendador tendrá derecho a una elevación de renta del 10% de la renta en vigor. Si la cesión es total, la elevación de la renta por parte del arrendador será del 20%. Tanto la cesión como el subarriendo deberán notificarse de forma fehaciente al arrendador en el plazo de un mes desde que aquéllos se hubieran concertado 

Cuando se produzca un cambio en la persona del arrendatario por la fusión, transformación o escisión de la sociedad arrendataria, no se reputará como cesión. Sin embargo, el arrendador tendrá derecho a la elevación de la renta prevista en párrafo anterior

Cambiar el titular sin consentimiento del propietario

Como dijimos, para cambiar al titular del contrato de alquiler es indispensable contar con el consentimiento del propietario. La mayoría de los contratos de arrendamiento incluyen una cláusula que especifica que se prohíbe la cesión. Si cambias de titular sin el consentimiento del arrendatario, estás incurriendo en un inclumplimento contractual y legal.

Los artículos 27 y 35 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establecen que la cesión inconsentida es causal de resolución del contrato.

Contrato de alquiler: cambio titular en la práctica

Hasta aquí, los parámetros que dicta la normativa. ¿Pero cómo se formaliza en la práctica el cambio de titular? Para cambiar el titular del contrato de alquiler, deberás contar con la expresión de voluntad (firma) tanto del inquilino saliente como del entrante. Además, también tendrá que firmar el propietario de la vivienda o un apoderado. El fin de que todas las partes digan “presente” es que se comunique fehacientemente el desistimiento de contrato por parte del anterior inquilino a la vez que se informa al nuevo de todos los derechos y obligaciones especificados en el contrato de alquiler. Tradicionalmente esta firma se realiza en un único acto en el que convergen todos los interesados y firman autógrafamente. Hoy contamos con mecanismos para hacerlo a través de firma digital. 

Te recomendamos firmar el cambio de titularidad antes de que se marche el inquilino saliente. Si el inquilino ya abandonó el piso, podrías estar realizando el cambio fuera de plazo y te será más difícil conseguir todas las firmas.

¿Cómo se formaliza el cambio de titular del contrato de alquiler?

Como dijimos, lo primero que debes conseguir es la aprobación del propietario de tu piso. Una vez que tienes su anuencia y los inquilinos saliente y entrante, se firmará un anexo al contrato de alquiler original. En este nuevo contrato se dejará constancia del cambio de un inquilino por otro (que asume sus mismos derechos y obligaciones) y del consentimiento del propietario. Al firmar este anexo, el inquilino entrante acepta todas las cláusulas del contrato original.

En algunos casos, el propietario puede preferir redactar un nuevo contrato.

Contrato de alquiler: ¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?

Si estás buscando piso, te ayudamos a encontrarlo rápidamente. Si eres propietario y quieres poner tu piso o casa en alquiler, hacemos el inventario, nos encargamos integralmente de la publicación, seleccionamos a los candidatos con base en un estudio de solvencia, estudiamos la documentación y redactamos el contrato conforme la ley actualizada.

Además contamos con firma digital en todo tipo de documentos, nos encargamos de la entrega de llaves y de los cobros y pagos de alquiler. Incluimos un seguro de impago y pintamos de manera gratuita el piso luego de que se marche un inquilino. 

Si necesitas asesoramiento con tu contrato de alquiler, ofrecemos un servicio premium en gestión de alquileres.

¿Deseas obtener mayor información sobre el cambio de titularidad en contratos de alquiler? Te invitamos a leer el siguiente post:

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En este post te contamos por qué es importante el cambio de titularidad de los suministros de la vivienda y cómo hacerlo. ¡Continúa leyendo!

Una operación de compraventa tienen una serie de pasos para llegar a concretarse correcta y legalmente, como ya te hemos comentado en posts anteriores, ya que es una transacción de gran tenor. Ahora bien, en esta nota nos enfocaremos en el momento posterior a la compraventa: ¿Qué pasa con los suministros de la vivienda?

¿Por qué se realiza el cambio de titularidad de los suministros?

Después del cierre de la compraventa de una vivienda y su correspondiente escrituración e inscripción en el Registro de Propiedad, es necesario que los servicios de gas, luz y electricidad comiencen a correr a cuenta del nuevo dueño de la propiedad.

Cambiar el titular de los suministros será vital para no tener inconvenientes con la facturación, trámites o reparaciones. También es importante constatar que los suministros estén dados de altaque no tengan ninguna deuda pendiente de pago.

Si el cambio de suministros se asume mucho tiempo después del cambio de propietario de la vivienda, es muy probable que te topes con algunos inconvenientes con la compañía y con el anterior propietario.

Imagina que has comprado una propiedad y el cambio de suministros se efectúa 4 meses después. En casos como este, lo que hacen las compañías es reclamar los pagos de las facturas de esos meses al anterior propietario, ya que al no haberse realizado el cambio, legalmente las facturas corren a cuenta del dueño anterior.

¿Cómo se hace el cambio de titularidad de los servicios?

Como primer dato antes de adentrarnos en cada suministro te recomendamos que incluyas una revisión de las instalaciones de cada servicio por parte de personal capacitado. Además, al momento de realizar los trámites, será práctico tener a mano una factura paga del anterior propietario de cada uno de los suministros, ya que la mayoría de las compañías pide todos los datos del anterior propietario, entre otras cosas.

Ahora veamos qué particularidades tiene el trámite de cambio de titularidad para cada suministro…

Cambio de titularidad del agua

Como primera medida es muy recomendable que personal idóneo revise la instalación. Quizá haya que mejorarla y está el riesgo también de que el contador no esté funcionando correctamente y haya que cambiarlo o repararlo. Después de realizar este proceso, debemos ponernos en contacto con la compañía que provee el servicio para tramitar el cambio de titularidad.

Usualmente la compañía pide que entreguemos una nota impresa con los siguientes datos: la lectura del contador, la dirección, una cuenta bancaria, las escrituras de la vivienda y la fotocopia del NIF o NIE de todos los firmantes de la nota.

Cambio de titularidad de la electricidad

El nuevo propietario del inmueble es el encargado de solicitar el cambio de titularidad de la luz con la compañía correspondiente. Normalmente, es un trámite que se puede realizar telefónicamente.

Para realizar el cambio de titularidad, las empresas suelen pedirte estos datos: nuevo titular y anterior, tarifa contratada, dirección del suministro, una cuenta bancaria para domiciliar los pagos, número de contrato y Código Unificado del Punto de Suministro (CUPS). Este último, es un código alfanumérico entre 20 y 22 caracteres que te garantiza el abastecimiento de energía.

Tenemos la posibilidad de elegir el plan y la tarifa eléctrica, es decir, la potencia de energía que nos llegará a nuestra propiedad. Es muy sencillo calcular que plan que más se adapta a ti en función de tu estilo de vida. Debes calcularlo en base a los aparatos eléctricos que uses a diario en tu hogar, como ser la nevera, lavavajillas, horno, televisión, aspiradora, computadoras y un largo etc.

Cabe aclarar que en el caso de querer cambiar de empresa eléctrica, es importante constatar que no haya ningún acuerdo de permanencia con la empresa suministradora.

Cambio de titularidad en el suministro del gas

Con el gas siempre debes tener que presente que hay que ser muy cautelosos y hacer una buena revisión de las instalaciones. Pasar por alto la revisión podría poner en riesgo tu vida y la de tu familia. El cambio de titularidad de este suministro suele ser el más rápido de generar y generalmente se hace por vía telefónica.

Para hacer el cambio las compañías suelen pedirte los datos del anterior titular y del nuevo, el CUPS (Código Universal de Punto de Suministro), dirección y cuenta bancaria para domiciliar los pagos.

También aquí es importante constatar que el suministro de gas no esté dado de baja, ya que para darlo de alta tendrías que abonar los derechos de acometida y alta del gas natural.

El cambio de titularidad de los suministros podría considerarse el moño del largo proceso de compraventa. Por eso, es conveniente que realices los trámites en tiempo y forma para no tener ningún inconveniente, sin olvidar la correcta revisación de las instalaciones.

Esperamos haberte sido de ayuda con esta nota. ¡No dudes en dejar tu comentario! En Oi Real Estate nos interesa conocer tu opinión.

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