Etiqueta

Bono vivienda

Explorar

La posibilidad de obtener un bono de ayuda al alquiler, es una gran noticia para los residentes de Madrid; ya que el deseo de obtener una vivienda propia puede ser un sueño lejano, sino se cuenta con gran poder adquisitivo y empleo fijo.

¿Qué necesito para obtener una ayuda económica en el pago del alquiler?

El alcalde José Luis Martínez Almeida, busca facilitar el pago de alquileres a la gente que por sus ingresos, no aspira a una vivienda social de alquiler. A pesar de ser un gran beneficio, no es para todos; ya que el plan apunta a la clase media que debe cumplir con varios requisitos para obtener el bono vivienda.

Para ser beneficiario de este servicio, el ayuntamiento de Madrid por intermedio de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS), cuenta con ciertos exigencias a la hora de proponer el bono. En primer lugar, debe demostrarse que se ha vivido en Madrid durante los últimos 5 años y en segundo término, los postulantes deben poseer ingresos netos de entre 32200 y 88200 euros anuales.

Sin estos dos requerimientos, no hay posibilidad alguna de ser seleccionado para las ayudas propuestas al pago de la renta de alquileres en Madrid. Sin embargo, hay ciertas excepciones respecto a quiénes puede serle otorgado este beneficio, que se detallan a continuación.

¿Quiénes pueden acceder a los Bonos de ayuda al alquiler?

Aquellos que deseen participar en el programa de bonos, formaran parte de una bolsa de potenciales inquilinos que accederán a viviendas por orden de llegada y cuya elección corresponderá al propietario del inmueble. Este, elegirá entre los posibles candidatos y contará con un seguro del hogar y de impagos durante toda la vigencia del contrato.

El dueño del inmueble deberá rebajar la renta en al menos un 10%, en función de los precios manejados por el mercado, para que los inquilinos no deban pagar más del 40% de sus ingresos anuales. Para que estos sean seleccionados, deben contar con alguno de los siguientes requisitos: ser menor de 35 años o mayor de 65 años (en este caso, ser jubilados sin propiedades), tener una discapacidad igual o superior a un 33%, tener una dependencia de grado II o III, ser una familia con hijos menores de 25 años dependientes económicamente, embarazadas, o familias con hijos que acrediten una discapacidad, sin importar la edad que tengan y que dependan económicamente de los padres.

Pero también está pensado para personas separadas o divorciadas, con hijos, que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio, o víctimas de violencia de género. El Bono Vivienda puede aumentar si, además, se tiene una familia numerosa o si se es monoparental, o si se tiene una discapacidad igual o superior a un 66%.

¿Cuál es el monto máximo de ayuda económica que se ofrece?

El bono vivienda no puede superar los 900 euros y los inquilinos, no pueden pagar más del 30 % de sus ingresos familiares, por lo que se establece el importe mínimo de renta a abonar de 450 euros. De este modo, se instaura un monto que es posible pagar por parte del beneficiario del bono y una buena parte de ayuda económica que se le brinda, para que se pueda estar al día con el propietario de la vivienda.

El ayuntamiento será el encargado de gestionar el arrendamiento mientras dure el contrato, en donde se brindará un coste de reformas para la vivienda sin intereses, de un máximo de 45 mil euros. Los inquilinos deben comprometerse con la devolución de la vivienda en perfecto estado, debiendo ser devuelta en la misma forma en que fue entregada; mientras tanto, el propietario deberá ir devolviendo ese dinero a modo de descuento en cada renta del mes.

Si el inquilino vive solo, deberá ganar entre 2700 y 3100 euros al mes para optar a las ayudas. En el caso de las parejas que tengan a su cargo dos hijos, lo que hace un total de 4 miembros en el hogar, los ingresos brutos mensuales deberán oscilar entre los 3300 y 6500 euros y en el caso de una familia numerosa con 6 integrantes, se deberá ganar entre  3500 y 7400.

Este plan de ayuda económica se basa en el programa Reviva, en donde se busca la captación de viviendas que se encuentren vacías para aumentar la oferta de alquiler. El dueño de la vivienda brinda su departamento, por un período acordado y establecido, en el que no pierde su titularidad de locación.

Objetivo de los Bonos de ayuda al alquiler

Los bonos son de gran ayuda para aquellos que desean alquilar en Madrid y que muchas veces, no cuentan con los recursos necesarios para satisfacer una de las necesidades básicas del ser humano, como es el derecho a la vivienda.

Sin embargo, muchas personas se han molestado con esta ayuda: ya que apunta a la clase media, la cual suele poseer ingresos para alquilar sin necesidad de recurrir a ayudas. No obstante, la falta de empleos fijos, la grave crisis económica que atraviesa el mundo y un virus que amenaza con destruir todas las estructuras conocidas hasta el momento, hacen que lo que en algún momento se conoció como clase media, se modifique y requiera de una ayuda que permita solventar una vivienda.

La posibilidad que se brinda a los inquilinos, también es de suma importancia para los propietarios de las viviendas; ya que de esta manera, se aseguran un monto fijo de ingresos por el término de cuatro años. Una ayuda no despreciable para un momento de gran crisis sanitaria y económica. Un recurso como este, solo puede generar ganancias para los individuos involucrados.

Si tienes alguna duda, o quieres hacer algún comentario, puedes escribir en la sección de comentarios. Nos interesa tu opinión!

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

El ayuntamiento de Madrid lanzó un nuevo Plan de Alquiler que permitirá reducir la duración de los contratos, acortando así los plazos de arrendamiento establecidos en la LAU. Pero ¿cómo es esto posible? ¡Aquí te lo contamos!

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece en su artículo 9 que la duración mínima de los contratos de alquiler debe ser de cinco años, si el propietario es una persona física, o de siete años, si se trata de una persona jurídica. Pero existen algunas excepciones:

  • Que exista una necesidad del propietario de recuperar la vivienda para sí mismo o para un familiar próximo.
  • Que el arrendador no sea propietario del bien inmueble, sino que sea subarrendatario o usufructuario.

Partiendo de esta base, entonces, la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) de Madrid pide, a partir de ahora, a los propietarios de viviendas vacías que le cedan el usufructo. A cambio ofrece ayudas para reformar el piso (si fuera necesario), además de la garantía de percibir la renta todos los meses. La EMVS pretende ser usufructuaria de los pisos durante un mínimo de cuatro años y alquilar las propiedades a familias vulnerables durante ese periodo. Esto representa un plazo mínimo de los arrendamientos de cuatro años, en contraposición con los siete que establece la LAU. Pero para comprender mejor este nuevo plan de alquileres, será mejor que lo analicemos en profundidad.

Nuevo Plan de Alquiler en Madrid: todos los detalles

Con este nuevo Plan de Alquiler la EMVS pretende captar la vivienda vacía y parte de la consideración de que la reducción en la demanda de pisos turísticos podría ser una oportunidad de aumentar la oferta de pisos de alquiler a largo plazo. Además, esperan utilizarlos para resolver el problema de acceso a la vivienda que enfrentan las familias más vulnerables.

En parte, a la metodología ya te la hemos adelantado. Mediante el programa Reviva, el propietario cede el usufructo a la EMVS durante, al menos, cuatro años. Posteriormente, esta entidad pondrá el piso en alquiler garantizando al propietario el cobro de la renta, independientemente de que haya o no inquilino. Asimismo, se compromete a que el arrendatario no destine más del 30% de los ingresos familiares al pago de la renta.

Ahora bien, para acceder a este programa, la vivienda debe llevar un mínimo de nueves meses deshabitada (con la excepción de que se trate de un piso turístico) o debe haber quedado libre tras ser abandonada por una persona de la tercera edad.

Por otro lado, si el inmueble necesitara reformas, la EMVS adelantará al propietario los costes de la obra, hasta un máximo de 45 mil euros, y con una tasa de interés al 0%. El plazo de devolución será igual al tiempo que dure el usufructo.

Además, se podrán ceder un máximo de cinco viviendas por propietario y el precio será pactado según los parámetros del mercado y tras una tasación oficial.

¿Cómo incorporar tu vivienda al nuevo Plan de Alquiler?

Si deseas inscribir tu vivienda en este nuevo programa, deberás descargar y rellenar el siguiente formulario: Solicitud de adquisición del derecho de usufructo. A ello, deberás anexarle cierta documentación que se encuentra detallada en el inciso número ocho de la base reguladora del programa Reviva Madrid, puedes descargarlo aquí: Programa Reviva. Por último, tendrás que enviar toda la documentación por correo electrónico a adquisicionusufructo@emvs.es o entregarlo personalmente en el Registro General.

Plan de Alquiler y Bono Vivienda

El nuevo Plan de Alquiler se apoya en el popularmente conocido Bono Vivienda. A través de él, los inquilinos pueden acceder a ayudas económicas para el alquiler, siempre que cumplan con determinados requisitos.

Tal y como lo detallan en la web oficial de la EMVS, “El Bono Vivienda consiste en una ayuda directa para pagar ese alquiler. Esta ayuda bonificará la diferencia entre la renta que la EMVS abona al propietario de la vivienda cedida en usufructo y la mensualidad que a su vez paga el inquilino/a”.

En este contexto, el máximo de la ayuda que se podrá percibir es de 900 euros por mes, y el mínimo que se pagará por el alquiler es de 450 euros. No obstante, estas condiciones variarán en función de los ingresos, la edad, la cantidad de integrantes de la unidad familiar y si hay o no personas discapacitadas o dependientes.

Requisitos para acceder a las ayudas al alquiler

Ahora bien, como te decíamos antes, para ser beneficiario del Bono Vivienda debe cumplirse tres requisitos fundamentales: llevar empadronados en Madrid, al menos, cinco años. Demostrar solvencia suficiente, de forma tal que la renta no supere el 30% de los ingresos familiares. Tener unos ingresos brutos anuales cuyo monto dependerá de la cantidad de miembros de la unidad familiar:

  • Un inquilino que viva solo deberá ganar entre 2 700 y 3 100 euros brutos al mes.
  • Unidades familiares compuesta por dos miembros deberán ganar entre 2 700 y 3 500 euros brutos al mes.
  • Familias de tres miembros deberán ganar entre 3 200 y 4 900 euros brutos al mes.
  • Familias de cuatro miembros deberán ganar entre 3 300 y 6 500 euros brutos al mes.
  • Unidades familiares de cinco miembros deberán ganar entre 3 500 y 7 300 euros brutos al mes.
  • Más de seis miembros deberán ganar entre 3 500 y 7 400 euros brutos al mes.

Pero, además, deberán cumplirse obligatoriamente alguno de los requisitos que detallamos a continuación:

  • Ser menor de 35 años
  • Ser mayor de 65 años
  • Tener una discapacidad igual o superior a un 33%
  • Familias con personas dependientes a su cargo de grado II o III
  • Familias con hijos/as menores de 25 años dependientes económicamente o embarazadas
  • Personas separadas o divorciadas, con hijos/as, que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio.
  • Familias con hijos/as dependientes económicamente a su cargo -cualquiera que sea su edad- con un grado de discapacidad igual o superior al 33%

¿Qué opinas del nuevo Plan de Alquileres que lanzó el ayuntamiento de Madrid? ¿Crees que será beneficioso para propietarios e inquilinos? ¡Cuéntanoslo en comentarios, nos encantaría leerte!

Recuerda, además, que en Oi Real Estate podemos ayudarte a alquilar tu vivienda si se encuentra vacía.

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Te contamos en este artículo cómo serán las ayudas al alquiler 2021 en Madrid. Entérate quiénes se verán beneficiados y qué requisitos deberán cumplir las personas que quieran acceder a esta ayuda. Si estás buscando arrendamiento en Madrid, contáctate con asesores Oi Real Estate, contamos con una amplia cartera de ofertas de alquiler.

Bono vivienda

Las personas que busquen un piso en alquiler en el sector privado contarán con un Bono Vivienda en el marco del plan para ayudas al alquiler 2021. La Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) otorgará este beneficio que puede llegar hasta el monto de 900 euros. Todo dependerá de los ingresos particulares de cada familia y la situación socio-económica en la que se encuentre.

Para acceder a este concepto es obligatorio contar con cinco años de empadronamiento en la capital. También es necesario tener ingresos brutos mensuales que sean de entre 3 y 7,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Esta última condición se calculará en función del número de miembros que conforme la familia.

Analizando estas características, podemos definir que se trata de una ayuda destinada a la clase social media de Madrid. Esto corresponde al 22% de la población madrileña, según la información aportada por la Agencia Tributaria. Ese número surge de la declaración de renta de todos aquellos que demostraron formar parte de ese segmento de ingresos.

Por otro lado, los que se encuentran por debajo del 3,5 veces el IPREM resultan el 50% de declarantes en Madrid. Estos se pueden anotar como postulantes para solicitar el acceso al piso protegido.

En conclusión las distintas ayudas al alquiler 2021 cubrirán al 72% de los declarantes madrileños.

¿Cómo funciona el bono en el contexto del Plan Integral de Alquiler Municipal?

La Empresa Municipal de Vivienda y Suelo aplicará el Plan ReVIVA con el fin de conseguir la cesión de usufructo de un máximo de quince mil viviendas vacías y/o turísticas de Madrid. Lo fundamental de esta acción es captar las casas del mercado privado. Luego, la Empresa Municipal habilitará una lista de solicitantes que accedan a estos inmuebles por medio del bono vivienda. Como dijimos antes, se calculará a través de la evaluación de los ingresos, la cantidad de personas que forman parte de la unidad familiar y algunos otros requisitos.

Por ejemplo, en el caso de ser una persona sola, tienes que tener un ingreso que ronde entre los 2.700 y los 3.100 euros mensuales. De otro modo, si se trata de una pareja con, al menos, dos hijos (un equivalente a cuatro miembros), deben demostrar un ingreso de entre 3.300 y 6.500 euros brutos por mes. Si la familia consta con más de seis miembros, los montos pueden variar entre 3.500 y 7.400 euros brutos al mes. En conclusión, en cualquiera de las variantes, la finalidad está en que los solicitantes no abonen un coste mayor al 30% de sus ingresos por el arrendamiento.

Requisitos específicos para acceder a las ayudas de alquiler 2021

  • Ser menor de 35 años.
  • Tener más de 65 años.
  • Contar con una discapacidad igual o superior a un 33%.
  • Tener una dependencia de grado II o III.
  • Familias con hijos dependientes económicamente que tengan menos de 25 años de edad o embarazadas.
  • Familias con hijos dependientes económicamente a su cargo sin importar la edad, pero con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Personas separadas o divorciadas, que tengan hijos, que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio.

Casos que pueden surgir a partir de estas condiciones

Pareja de entre 51 y 52 años de edad con un niño pequeño

El coste de alquiler máximo por el que pueden optar es el de 30% de sus ingresos netos; esto es igual a, aproximadamente, 1.260 euros por mes. Al menos uno de los dos debe llevar empadronado al menos cinco años en Madrid y estar dentro del rango de ingresos.

Sumado a eso, por presentar la tenencia de un hijo dependiente, con menos de 25 años, obtendrán un Bono Vivienda de 160 euros mensuales si la renta de la casa donde quieren vivir es igual a 1.000 euros.

En resumen, esta unidad familiar opta por un piso cuyo alquiler equivale a 1.000 euros. El propietario de ese inmueble recibirá esos 1.000 euros de manera íntegra, habiendo cedido en usufructo a la EMVS. Pero, con respecto a los inquilinos, estos solo abonarán 840 euros mensuales por haber recibido la bonificación de ayuda de 160 euros. Si eligiesen una casa cuyo arrendamiento sea un poco más caro, algo asó como 1.200 euros mensuales (a raíz de sus límites salariales pueden elegir un alquiler de 1.260 euros que equivalen al 30% de sus ingresos), de ese modo el bono sería mayor, con un importe de 360 euros.

Aumento del monto de bono según ciertas condiciones

El bono se incrementa si se cumplen los requisitos siguientes:

  • La familia cuenta con una numerosa cantidad de integrantes.
  • La responsabilidad de los hijos depende de solo una de las partes.
  • Alguno presenta una discapacidad de igual o más del 66%.
  • Tener una dependencia de grado III.
  • Ser víctimas del terrorismo.
  • Comprobar ser víctima de violencia de género.

Pareja de entre 50 y 52 años con tres hijos

Podrán elegir un coste de renta de alquiler que no supere los 1.350 euros mensuales, equivalentes al 30% de sus ingresos NETOS. Al menos uno de la pareja debe acreditar cinco años de empadronamiento en Madrid y estar en el rango de ingresos. En este caso, se considera familia numerosa y, por tener tres hijos menores de edad, recibirán un Bono de Vivienda de 550 euros por mes. Esto último si la renta del inmueble es igual a 1.300 euros.

En síntesis, esta familia opta por un inmueble cuyo alquiler es de 1.300 euros. El propietario de esta casa quien cedió en usufructo a la EMVS, recibirá los 1.300 euros completos todos los meses. En cambio, los inquilinos únicamente van a abonar 750 euros, debido a la bonificación de ayuda de 550 euros.

Un solo integrante de la pareja (49 años de edad) con un hijo

Por ejemplo con una renta de 975 euros mensuales, monto que no supere el 30% de sus ingresos. Al estar en condición de separado con un hijo menor a cargo obtendrá 150 euros de bonificación.

Como en los otros ejemplos, el propietario recibirá la renta completa todos los meses por haber cedido en usufructo a la EMVS. El propietario pagará solamente 825 euros.

El bono en cualquiera de los casos no superará los 900 euros mensuales y el inquilino no pagará más del 30% de sus ingresos.

Puedes contactarte con nuestra agencia para una atención personalizada.