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El Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 continúa su marcha con el objetivo de seguir facilitando el acceso a la vivienda de determinados sectores de la población, entre otros objetivos. Para ello, uno de los programas que comenzó a implementarse consiste en ayudas a jóvenes para la compra y alquiler compra de vivienda.

En el siguiente artículo detallamos en qué consisten estas subvenciones, cuáles son los requisitos que el plan solicita para acceder a ellas y qué otras ayudas brinda. Sigue leyendo.

ayudas a jóvenes

Plan Estatal de Vivienda 2022-2025

En enero del 2022 se ha puesto en marcha el Real Decreto 42/2022, a través del cual se regula el nuevo Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025. Hablamos de una actualización del Plan de Vivienda 2018-2021.

Los objetivos de la medida están orientados hacia el incentivo a la compra y el alquiler para algunos colectivos. A su vez, promueve el contínuo aumento del parque público de viviendas, que se encuentra muy por debajo de lo deseado.

Entre las distintas subvenciones a determinados sectores a los cuales se encuentra destinado el Plan de Vivienda Estatal, están las ayudas a jóvenes. A continuación, te contamos que beneficios incluyen.

Ayudas a jóvenes para comprar vivienda

El Plan Estatal de Vivienda actualmente vigente contempla ciertas ayudas para la compra o alquiler de una casa para aquellas personas menores de 35 años que cumplan ciertos requisitos.

De manera precisa, tal como lo define el documento, el objetivo es “facilitar el disfrute de una vivienda digna y adecuada a los jóvenes de menos de 35 años, ya sea en régimen de alquiler o mediante una ayuda directa a la adquisición de viviendas localizadas en municipios de menos de 5.000 habitantes”.

Esta medida incluye la concesión, por parte del gobierno, de una ayuda económica de hasta 10.800 euros para comprar un piso, con un límite del 20% del precio de adquisición, que, a su vez, debe ser inferior a 100.000 euros.

Por otra, la propiedad adquirida deberá funcionar como vivienda habitual y permanente. Es decir, que habrá de ser la residencia de la persona beneficiaria por un plazo mínimo de cinco años. A su vez, el inmueble deberá estar ubicado en un municipio de menos de cinco mil habitantes.

El mismo Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 ofrece también ayudas para el alquiler. Los requisitos de la vivienda son prácticamente iguales que cuando se trata de una compra: debe situarse en una localidad de menos de cinco mil habitantes y deberá utilizarse como vivienda habitual y permanente.

A continuación, cada uno de las condiciones necesarias para poder recibir la ayuda correspondiente.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a estas ayudas a jóvenes?

Con respecto a los requisitos de quien solicita la ayuda, además de su edad (hasta 35 años), su unidad familiar no podrá superar estos ingresos mínimos, que se definen en función del IPREM.

Ayudas para la compra

  • Ingresos en la unidad de convivencia inferiores a:
    • 3IPREM de forma general
    • 4IPREM si se trata de familias numerosas generales y personas con discapacidad
    • 5 IPREM familias numerosas especiales y personas con determinados grados de discapacidad
  • Precio de adquisición inferior a 100.000/euros/

Ayudas para el alquiler

  • Ingresos en la unidad de convivencia inferiores a:
    • 3IPREM de forma general
    • 4IPREM si se trata de familias numerosas generales y personas con discapacidad
    • 5 IPREM familias numerosas especiales y personas con determinados grados de discapacidad
    • Alquiler mensual máximo de 600 euros
    • Alquiler mensual máximo de 900 euros en determinados ámbitos definidos por las comunidades autónomas

Cuantia de las ayudas a jóvenes para alquilar y adquirir una vivienda

Un aspecto de suma importancia que se deberá tener presente en caso de querer solicitar esta medida de ayudas a jovénes son las cuantías para la misma. En el documento publicado en el boletín oficial se describe a la misma de la siguiente manera:

  • Ayuda al alquiler
    • Hasta 50% del alquiler mensual
    • Hasta 30% en el tramo entre 601 y 900 euros
  • Ayuda a la adquisición
    • Hasta 10.800 euros con un límite del 20% del precio de adquisición (inferior a 100.000 euros).

Otros los requisitos para acceder a este programa

Además de las condiciones vinculadas al ingreso, quienes deseen acceder a esta ayuda para la compra de vivienda deben cumplir con los siguientes requisitos, :

  • Haber suscrito o estar en condiciones de suscribir un contrato público o privado de compra de un inmueble luego del 1º de enero de 2022. Desde ya, la propiedad debe encontrarse en un núcleo de población pequeño y puede tratarse de una vivienda que todavía no se ha edificado.
  • Aportar la escritura pública o contrato privado de compraventa que acredite la adquisición de la vivienda dentro de los tres meses posteriores a la fecha de notificación de la concesión de la ayuda. 
  • Hacer que el inmueble adquirido se convierta en su residencia habitual por un plazo mínimo de cinco años desde la fecha de su compra. Dicho plazo podrá ser inferior en caso de que se produzcan cambios de domicilio por cuestiones laborales. También, cuando el beneficiario venda la propiedad y reinvierta la totalidad del importe obtenido en la adquisición de otra vivienda habitual y permanente.

¿Quiénes no podrán acceder al beneficio?

Esta ayuda a jóvenes cuenta con una serie de excepciones cuando se busque adquirir una vivienda. La primera de ellas es para los solicitantes que ya disponfan de una propiedad o sean de un inueble dentro del territorio español. Sin embargo, no se considerarán a los jóvenes que hayan adquirido una vivienda por una herencia o una transmisión mortis causa sin testamento.

Por otro lado, también se exceptuará de este requisito a quienes sean titulares de una vivienda pero acrediten que la misma no se encuentra disponible a causa de una separación o divorcio, o cualquier otra causa ajena a su voluntad que haga que no pueda habitarla.

Hasta aquí te hemos detallado de que se tratan las ayudas a jóvenes incluidas en el Plan Estatal 2022-2025. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y la compra venta de tu inmueble de manera exitosa.

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Después de un largo periodo de debate en relación a la nueva ley de vivienda, el martes pasado desde el gobierno central anunciaron el lanzamiento del bono joven de vivienda para alquilar. Junto a la presentación del Plan Estatal de Vivienda 2022-20255 se expusieron los principales puntos que integran la ayuda para arrendar. Se prevé, para su aplicación, que el Estado español destinará más de 200 millones de euros del Presupuesto General.

Esta ayuda será compatible con otras que integran el nuevo plan para la vivienda y podrá ser solicitado dentro en unos meses en cada una da las comunidades autónomas de España.

En el siguiente artículo te describimos cuales son las principales características y cuales son las ayudas alternativas para solicitar por los más jóvenes en caso de no poder conseguirlo.

¿Cómo será el bono joven de vivienda para alquilar en 2022?

El martes 18 de enero de 2022 el Consejo de Ministros aprobó, mediante real decreto, el bono joven de vivienda para alquilar en toda España. Esta ayuda estará destinada a personas inquilinas menores de 35 años y contemplará el pago de hasta 250 euro para abonar la renta de su arrendamiento.

Desde el Consejo anunciaron que no tendrá compatibilidad con otras ayudas para jóvenes con similares características propias de las autonomías. No obstante, si podrá combinarse con las ayudas destinadas a este sector de la sociedad integradas en el Plan Estatal de Viviendas 2022-2025. En este sentido, la descripción normativa del bono formará parte del texto legislativo del Plan, pero con un título propio.  

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el bono joven de vivienda para alquilar?

Según lo anunciaron desde el Consejo, los jóvenes que podrán solicitar el bono joven de vivienda tendrán que cumplir con una serie de requisito. A continuación, te detallamos cada uno de ellos.

Ingresos de hasta 24.319 euros

Como mencionamos anteriormente, el bono estará destinado a personas menores de 35 años que perciban rentas precedentes de su trabajo. Por lo tanto, los ingresos de las mismas no pueden superar tres veces el indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM). Es decir, no podrán ser mayores a los 24.318 euros, según la última revisión realizada en 2022.

Asimismo, las personas que podrán acceder al bono deberán certificar que viven bajo régimen de alquiler, teniendo que figurar de manera obligatoria en el contrato de arrendamiento. No obstante, con la finalidad de no perjudicar la movilidad laboral, es posible subir el límite de ingresos hasta 32.425,12 euros. Esto significa cuatro veces el IPREM si se trata de personas que requieran movilizarse de comunidad en comunidad o entre provincias para asistir a la jornada laboral.

Para calcular el límite de ingresos será aplicado como renta del hogar. Esto quiere decir, la sumatoria del salario de todas las personas que tienen su domicilio de residencia habitual en el piso que se encuentra arrendado. En este caso, figuren o no el contrato de alquiler.

Sin embargo, se podrán percibir una serie de excepciones y los beneficiarios deberán encontrarse empadronado en el domicilio para el cual piden la subvención.

Ayuda finalista

El monto que recibirán los beneficiarios del bono joven de vivienda será de hasta 250 euros mensuales. La principal condición es que, dicho dinero, deberá ser destinado al pago de la renta de manera obligatoria. Es decir, se trata de una ayuda finalista, ya que solo puede ser utilizada para un determinado fin.

Por ejemplo, si uno de los solicitantes destina 200 euros para la renta mensual, dicho monto está el tope que podrá recibir. Con esta característica, desde el Gobierno han calculado que la medida del bono joven de vivienda para alquilar podría llegar hasta 70.000 personas en este año.

Si se divide el presupuesto que se destinará entre el tope anual por beneficiarios se especula llegar a tener cerca de 67.000 solicitudes. La dotación presupuestaria será de 200 millones de euros y el tope anual de 3000.

Según las estadísticas de Instituto Nacional, en el territorio español hay cerca de 600.000 inquilinos que no superan los 35 años y perciben ingresos bajos.

Bono para alquileres de hasta 900 euros

El bono joven de vivienda también tendrá una limitación en relación al monto máximo de la vivienda a alquilar. En carácter general, la limitación será de 600 euros, entendiendo que quien arrenda un inmueble más caro es porque dispone de las condiciones necesarias y no se trata de una persona en vulnerabilidad ante los costes de arredramiento.

No obstante, al igual que con medidas anteriores a lo largo de la pandemia, las comunidades autónomas podrán elevar, si así lo desean, el límite hasta 900 euros. Según los expertos, se estima que este tipo de medida se lleve adelante en territorios donde los precios son más elevados. Como, por ejemplo, Madrid o Cataluña.

Regulación para los alquileres compartidos

Por su parte, aun no se encuentra completamente decretado el límite de 900 euros, ya que el gobierno considera la posibilidad de que varias personas menores de 35 años compartan un arrendamiento. Es estos casos, ¿qué sucederá con el bono joven de vivienda para el alquiler de un apartamento en el cual tres inquilinos pagan 400 euros cada uno?

Ante estas situaciones, el decreto deja en manos de cada autonomía la regulación de este tipo de casos, respetando el resto de las limitaciones de la ayuda.

Al tratarse de un bono que será gestionado en cada comunidad, cada autonomía firmará un convenio bilateral a través del cual es Estado le transfiere los fondos según las solicitudes. En dicho documento se especificarán cada una de las bases del beneficio en cada territorio en particular.

Será retroactivo con demoras para su petición

Por último, otra de las claves del decreto del bono joven de vivienda para alquilar contempla el derecho a recibirlo de forma retroactiva. Es decir, desde el 1 de enero de 2022. No obstante, a partir de su aprobación podrían demorar varias semanas o meses para poder solicitarse. Luego de ser publicado en el BOE, Transportes tendrá que convocar una conferencia con cada una de las comunidades afectadas por el bono para determinar el modo de repartición del presupuesto.

Una vez realizado dicha convocatoria, se deberán realizar las comisiones bilaterales y las firmas de los convenios con cada una de las autonomías. Una vez resulto los pasos anteriores, podrán poner en marcha la apertura para solicitar el beneficio.

Desde el Ministerio de Transportes entienden que puede llegar a estar todo listo para lanzar las solicitudes en este trimestre. En el mejor de los casos, se buscará tener todo organizado para fines de marzo y principios de abril. Sin embargo, declaran que son solo estimaciones ya que solo han recibido información del ministerio. Sin dudas, un aspecto de la normativa que está haciendo demorar la preparación de las gestiones correspondientes.

Resumen de requisitos del bono de vivienda para jóvenes

  • Tener entre 18 y 35 años
  • Tener un trabajo formal
  • No disponer de ingresos que superen los 23.752 euros. 
  • Alquileres de hasta 600 euros máximo
  • Cada comunidad podrá ampliar el límite a 900 euros de alquiler

Otras ayudas aparte del bono joven

Como te hemos mencionado, desde el Ejecutivo del gobierno español calculan que el bono joven de vivienda para alquilar podrá beneficiará a 70.000 personas. Sin embargo, surge el interrogante de que sucederá con aquellos jóvenes que no cumple con los requisititos de la reglamentación. ¿Existen en España otras ayudas destinadas a este sector de la sociedad?

La respuesta es afirmativa. Junto al bono para el alquiler, se decretó el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 que será compatible con la solicitud del bono. Y, además, resulta ser una alternativa para quienes no cumplen con los requisitos necesarios para recibir los 250 euros para abonar su arrendamiento.

Lo interesante del nuevo plan es que abarca una mayor cantidad de beneficiarios, ya que en algunos casos no existen limites en la edad. Como, por ejemplo, un bono del 50% del alquiler para rentas muy bajas. Asimismo, un 100% de bonificación para colectivos en condición de vulnerabilidad u hogares con pérdida de ingresos. Así como también, el plan integra ayudas para jóvenes que desean comprar o alquilar viviendas vacías. Y, por último, una ayuda a propietarios que cedan sus propiedades a la administración pública.

A continuación, te enumeramos de manera resumida las principales ayudas que integran el plan. En otro artículo, te ampliaremos toda la información necesaria para que pueda conocer en detalle cada uno de los beneficios.

Principales medidas que integran el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025

  • Ayudas de hasta el 50% del alquiler para rentas bajas
  • Bono del 100% del alquiler y gastos de comunidad para colectivos en condición de vulnerabilidad
  • Ayudas para hogares con caída del 20% o pérdida de ingresos
  • Bono del 60% del alquiler y ayudas para la compra de viviendas vaciadas por jóvenes
  • Beneficio de hasta 700 euros por metro cuadrado para empresas que gestionen viviendas para personas mayores
  • Alquileres a precios de mercado para propietarios que cedan sus viviendas
  • Beneficio de hasta 50.000 euros por vivienda para asociaciones que promuevan pisos compartidos
  • Ayudas para pagar un seguro por impago del alquiler
  • Ayudas del 60% a las CCAA para que compren vivienda pública

Ayuda para jóvenes parte del plan estatal

Dentro del Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 se encuentran incluidas determinadas subvenciones destinadas a jóvenes menores de 35 años. Dichas medadas integran el otorgamiento de hasta 10.800 euros para poder adquirir una vivienda en localidades que no superen los 10.000 habitantes.

Este tipo de beneficio tendrá una tope del 20% del coste total del inmueble que no podrá ser mayor a los 120.000 euros. En aquellos casos en los cuales la vivienda es adquirida por diferentes propietarios, la ayuda que recibirá el beneficiario estará determinada aplicando al importe del beneficio que correspondería a la adquisicón del total de la vivienda el porcentaje de la cuota que se adquiere.

Para beneficiarse de esta ayuda del Plan de Viviendas los jóvenes menores d 35 años tendrán tres meses, desde la notificación de notificación de la ayuda, para entregar la escritura pública o contrato de compraventa que dé cuenta de su titularidad.

Para evitar que existan irregularidades, la vivienda sobre la cual se podrá aplicar el beneficio debe ser la residencia habitual del solicitante al menos por 5 años desde la adquisicón. Solamente para verse modificado este periodo por razones de cambio de domicilio a causa de trabajo o reinvirtiendo el total del monto de la vivienda en otra.

A la ayuda para llevar adelante la compra de una vivienda, el Plan contempla la ayuda a jóvenes de menos de 35 años para solventar el alquiler en pequeños municipios. El importe abarcará el 60% para alquiler de no más de 600 euros. Este beneficio será compatible con el bono de vivienda joven para alquilar que fue aprobado esta semana y que ya hemos desarrollada en puntos anteriores.

Hasta aquí te hemos contado y detallado todos los puntos que integran el nuevo bono joven de vivienda para alquilar. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate, te responderemos a la brevedad.

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La suba de la edad de emancipación en España se ha vuelto una obsesión para el Gobierno Central. Esto es lógico, teniendo en cuenta la consecuente  aceleración de dicho índice producto de la pandemia COVID 19, ya en su sexta ola y sin miras a abandonar el planeta del todo, ni en un futuro cercano. Entre las muchas medidas que componen el gran paquete de regulaciones en la Ley de Vivienda aprobado en octubre último por el Consejo de Ministros y su presupuesto para este 2022 que ya ha comenzado, el denominado como “bono joven del alquiler” ocupa un lugar trascendental y apunta directamente a abordar aquella problemática. En este artículo de Oi Real Estate, veremos las últimas novedades en torno al bono joven del alquiler y su inminente aprobación. Te invitamos a leer para conocer más.

Medidas claras, letra pequeña incierta

Si bien el bono joven del alquiler en España ha ocupado primeras planas, sendos artículos en medios especializados y gruesos segmentos en los noticieros de hora premium; lo cierto es que su presencia se ha ido desdibujando con el paso de las últimas semanas de 2021. Por supuesto, esto no quiere decir que dicha medida vaya a desparecer. Al contrario, se prevé su aprobación vía decreto en algún momento del segundo semestre de este 2022. Para muchos (y si tenemos en cuenta que el preproyecto de la Ley de Vivienda comenzó a debatirse en internas desde 2020), se trata de demasiado tiempo, si es que las regulaciones eran consideradas “de emergencia”.

El bono joven del alquiler, supondrá una ayuda de 250 euros al mes para todos aquellos jóvenes mayores de 18 años y menores de 35 que estén ya emancipados o en miras a emanciparse. Entre los principales requerimientos para poder acceder a este bono, existe un tope del ingreso anual en sus salarios de 23.725 euros.

En este sentido, la aprobación del presupuesto 2022 del Gobierno Central contempló específicamente una partida dirigida al bono joven; consultadas al respecto, fuentes ministeriales comunicaron a diversos medios que el Gobierno planifica destinar 200 millones de euros a la subvención de esta medida, y que preveía su puesta en marcha este primero de enero último. Sin embargo, al día de hoy, poco y nada se conoce sobre su implemento.

Según prestigiosos medios

Según informó recientemente ABC, en su sección de economía, el poder Ejecutivo tiene como objetivo poner un límite más a la llegada de esta ayuda. Un claro ejemplo (incorporado a la letra chica de la medida) alega que quienes se encuentren alquilando y aprueben los requisitos básicos para acceder al bono joven deberán también comprobar fehacientemente que el coste de su cuota mensual no sobrepase cierto tope, aún no definido.

Muchos aseguran que ese límite podría ser directamente el equivalente a la ayuda mensual, o sea 250 euros, señala ABC. ¿Te parece bien o mal que quienes paguen alquileres exorbitantes no puedan acceder al bono joven del alquiler? El debate está abierto.

¿Un planeta más en el universo de la Ley de Vivienda?

El preproyecto de la Ley de Vivienda aguarda allí su aprobación en el Consejo de Ministros, en el marco de un trámite parlamentario sin fecha asignada de momento. El bono joven es uno más entre muchos otros puntos a tratar, como los límites a los alquileres de grandes propietarios (quienes posean más de diez propiedades en alquiler); incentivos a los arrendadores minoritarios; gruesos recargos en el IBI en las viviendas ociosas, etc.

España es por excelencia y tradición un país de propietarios. En este sentido, mientras que la población espera ansiosa que los engranajes de esa maquinaria de medidas de sus primeros giros, el sector inmobiliario (en su gran mayoría) se muestra poco optimista respecto al impacto que la Ley de Vivienda (incluido el bono joven del alquiler) pueda lograr en su objetivo de evitar una eventual disparada en los precios y poner paños fríos a la problemática actual del acceso a la vivienda en el país.

Sin embargo, muchos afirman que el bono joven, paralelamente a la Ley de Vivienda, podría ser aprobado durante las próximas semanas y tener un carácter retroactivo al 1 de enero de este 2022. Los detalles técnicos de su implemento, aún permanecen en evaluación.

Más características del bono joven del alquiler

Dijimos básicamente que dicha ayuda podrá ser solicitada por jóvenes de entre 18 y 35 años de edad, que comprueben mediante su contrato de trabajo que reciben un salario anual menor a los 23.725 euros. Entre otras características en la aplicación de esta medida se contempla también que estará dirigida exclusiva e individualmente hacia los jóvenes y no hacia las viviendas.

Por otro lado, si el solicitante comprobara una situación de debilidad económica familiar extrema, esta medida podría ser complementada con más ayudas y subvenciones al alquiler; podrían llegar a cubrir hasta un 40% del total de su cuota mensual.

Un alcance estipulado y con gusto a poco

La Ley de Vivienda (con el bono joven como uno de sus principales protagonistas) habrá pasado su etapa de preproyecto y estará aprobada para finales de 2022. En este contexto, se espera que el alcance del bono joven del alquiler (según voces de fuentes ministeriales de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana) beneficie en lo inmediato a un total de 70.000 habitantes que cumplen al día con sus requisitos y se postulen a recibirlo.

No obstante, el INE (Instituto Nacional de Estadística) supone un cálculo poco ambicioso por parte del Gobierno Central, ya que si seguimos los resultados de sus últimos análisis demográficos; más de 350.000 jóvenes españoles se muestran aptos para cumplir con dichos requisitos.

¿Cuál es tu mirada sobre la Ley de Vivienda y especialmente el bono joven del alquiler? ¿Te parece conveniente y viable? Nos encantaría conocer tu opinión.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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El plazo de convocatoria estará abierto hasta el próximo 24 de mayo. Si tienes problemas para pagar la renta, conoce cómo pedir ayudas al alquiler en Madrid y si cumples los requisitos para hacerlo.

El gobierno regional ya ha puesto en marcha las subvenciones establecidas por el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. La Orden 223/2021 de la Consejería de Vivienda y Administración Local, decretada el 28 de abril de 2021, se ha llevado a cabo para ofrecer ayudas económicas destinadas al “Programa de ayuda al alquiler de vivienda” y al “Programa de ayuda a los jóvenes”.  

¿Cómo pedir ayudas al alquiler en Madrid?

Para pedir estas ayudas deberás cumplir con ciertos requisitos y situación económica que entran en consideración para los programas de ayuda al alquiler de vivienda y de ayuda a los jóvenes. Las subvenciones llegan a cubrir hasta un 50% del importe del alquiler. Vamos a ver cada uno de los pasos que te llevarán a saber perfectamente cómo pedir ayudas al alquiler en Madrid.

Presupuesto destinado a las ayudas

Entre el período de todo el año 2021, serán destinos por la Comunidad de Madrid un total de 17,75 millones de euros a las ayudas. Estos estarán divididos entre los dos programas abarcados. Serán destinados 10,64 millones al de los jóvenes y el restante, de 7,1 millones, será para las ayudas al alquiler.

Todo lo que tienes que saber sobre el programa de ayudas al alquiler

En esta parte te sacarás las dudas de si tendrás o no acceso a este programa ¡Lee con atención!

¿Quiénes pueden acceder a esta ayuda?

  • Familias numerosas: según la Asociación de Familias numerosas de Madrid son: “las integradas por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes. Dos hijos si uno es discapacitado. A partir de 5 hijos las familias numerosas se denominan Especiales”.
  • Familias monoparentales con cargas familiares: se entiende por familia monoparental aquella en la que la crianza del hijo o hijos es llevada a cabo por solamente uno de los padres y no los dos en conjunto.
  • Unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de violencia de género.

  • Grupo de convivencia con alguna víctima acreditada de terrorismo.
  • Familias de convivencia que cuenten con algún miembro con discapacidad.
  • Todos los miembros en situación de desempleo que hayan agotado prestaciones.
  • Cuando todos sus miembros mayores de 65 años.

Siguientes requisitos

Si perteneces a los grupos de familias ya mencionados, ahora asegúrate de cumplir con los siguientes requisitos establecidos por la Comunidad de Madrid.

  • Personas físicas mayores de edad, incluidas en alguno de los sectores de población con escasos medios económicos o jóvenes.
  • Poseer nacionalidad española o residencia legal en España.
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento conforme a la LAU.
  • Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente.
  • No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España. A menos que poseas por herencia partes alícuotas, no tengas acceso por divorcio o separación, inaccesibilidad por discapacidad o que haya sido okupada.
  • No tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador.
  • Imposibilidad de ser socio o partícipe del arrendador.
  • Deberás no estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • No haber sido objeto de revocación de las ayudas previstas en un Plan de Vivienda.
  • Que la vivienda objeto del contrato lo sea por una renta igual o inferior a 600 € mensuales. En caso de familias numerosas se extenderá este monto hasta 900 € si pertenecen a los municipios de: Madrid, Pozuelo de Alarcón, Alcobendas, Las Rozas de Madrid, Boadilla del Monte, Torrelodones, Majadahonda o Villaviciosa de Odón.

Límites de ingresos anuales

Los sueldos en conjunto de las familias que accedan a las ayudas al alquiler no deben pasar una cifra concreta anual según la Unidad de Convivencia (IUC):

  • Menores o iguales 3 veces del IPREM (23.725,80 euros)
  • IUC menores o iguales 4 veces del IPREM (31.634,40 euros): Familias numerosas de categoría general y unidades de convivencia con discapacitados
  • Inferiores iguales 5 veces del IPREM (39.543 euros): Familias numerosas de categoría especial y unidades de convivencia con discapacitados de alguno de los siguientes tipos:
    • Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual o del desarrollo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    • Personas con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 65%.

Límite máximo de ingresos de la Unidad de Convivencia (IUC), según la composición de la misma:

  • Si la UC está formada por un solo miembro: 1.5 veces el IPREM.
  • Si la UC está formada por dos o más miembros: 1.5 veces el IPREM por la primera persona adulta + 0.5 por cada persona adicional.

Ingresos mínimos de la unidad de convivencia 0,75 veces el IPREM para los siguientes colectivos:

  • Familias numerosas.
  • Unidades de convivencia con algún miembro con discapacidad.
  • Unidades de convivencia con todos los miembros mayores de 65 años.
  • Para el resto de colectivos los ingresos mínimos serán igual o superior a 0.

¿De cuánto son las ayudas?

Las ayudas podrán llegar a cubrir desde el 40% hasta el 50% de la renta. Para llegar a ese 50% deberán ser mayores de 65 años o menores de 35 años, si la renta es de hasta 600 € por mes. Si se trata de un alquiler entre 601 € y 900 €, hablamos de una ayuda que no pasará el 30% mensual.

Presentación de solicitudes

El proceso ha iniciado el pasado 4 de mayo y durará hasta el 24, inclusive, del mismo mes. Se podrá hacer via web online o de forma presencial. Habrá que utilizar modelo oficial de solicitud y Anexos incluidos en la Orden.

Documentación requerida

La documentación cambia según los tipos de solicitantes.

Para solicitantes básicos:

  • Contrato de alquiler.
  • Certificado de empadronamiento colectivo e histórico.
  • Copia del permiso de residencia de larga duración o del permiso de residencia temporal, si se trata de extranjeros no comunitarios.
  • Declaración del IRPF o bien certificado de imputaciones de la AEAT, y/o otra documentación justificativa de los ingresos anuales de 2019 de arrendatarios y de los mayores de edad que componen la unidad de convivencia.

Para colectivos con escasos medios económicos deberán aportar todo lo anterior más:

  • Unidades monoparentales con cargas familiares: copia del libro de familia y/o documentación acreditativa.
  • Documentación acreditativa como víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
  • Dictamen técnico facultativo del tipo de discapacidad.
  • Certificado del Servicio Público de Empleo que acredite que todos los miembros de la unidad de convivencia mayores de edad han agotado la prestación por desempleo y se encuentran en situación de desempleo

Ahora que ya sabes cómo pedir ayudas al alquiler, cuéntanos cómo te ha ido en el proceso. Además, te recomendamos leer las siguientes notas:

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La posibilidad de obtener un bono de ayuda al alquiler, es una gran noticia para los residentes de Madrid; ya que el deseo de obtener una vivienda propia puede ser un sueño lejano, sino se cuenta con gran poder adquisitivo y empleo fijo.

¿Qué necesito para obtener una ayuda económica en el pago del alquiler?

El alcalde José Luis Martínez Almeida, busca facilitar el pago de alquileres a la gente que por sus ingresos, no aspira a una vivienda social de alquiler. A pesar de ser un gran beneficio, no es para todos; ya que el plan apunta a la clase media que debe cumplir con varios requisitos para obtener el bono vivienda.

Para ser beneficiario de este servicio, el ayuntamiento de Madrid por intermedio de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS), cuenta con ciertos exigencias a la hora de proponer el bono. En primer lugar, debe demostrarse que se ha vivido en Madrid durante los últimos 5 años y en segundo término, los postulantes deben poseer ingresos netos de entre 32200 y 88200 euros anuales.

Sin estos dos requerimientos, no hay posibilidad alguna de ser seleccionado para las ayudas propuestas al pago de la renta de alquileres en Madrid. Sin embargo, hay ciertas excepciones respecto a quiénes puede serle otorgado este beneficio, que se detallan a continuación.

¿Quiénes pueden acceder a los Bonos de ayuda al alquiler?

Aquellos que deseen participar en el programa de bonos, formaran parte de una bolsa de potenciales inquilinos que accederán a viviendas por orden de llegada y cuya elección corresponderá al propietario del inmueble. Este, elegirá entre los posibles candidatos y contará con un seguro del hogar y de impagos durante toda la vigencia del contrato.

El dueño del inmueble deberá rebajar la renta en al menos un 10%, en función de los precios manejados por el mercado, para que los inquilinos no deban pagar más del 40% de sus ingresos anuales. Para que estos sean seleccionados, deben contar con alguno de los siguientes requisitos: ser menor de 35 años o mayor de 65 años (en este caso, ser jubilados sin propiedades), tener una discapacidad igual o superior a un 33%, tener una dependencia de grado II o III, ser una familia con hijos menores de 25 años dependientes económicamente, embarazadas, o familias con hijos que acrediten una discapacidad, sin importar la edad que tengan y que dependan económicamente de los padres.

Pero también está pensado para personas separadas o divorciadas, con hijos, que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio, o víctimas de violencia de género. El Bono Vivienda puede aumentar si, además, se tiene una familia numerosa o si se es monoparental, o si se tiene una discapacidad igual o superior a un 66%.

¿Cuál es el monto máximo de ayuda económica que se ofrece?

El bono vivienda no puede superar los 900 euros y los inquilinos, no pueden pagar más del 30 % de sus ingresos familiares, por lo que se establece el importe mínimo de renta a abonar de 450 euros. De este modo, se instaura un monto que es posible pagar por parte del beneficiario del bono y una buena parte de ayuda económica que se le brinda, para que se pueda estar al día con el propietario de la vivienda.

El ayuntamiento será el encargado de gestionar el arrendamiento mientras dure el contrato, en donde se brindará un coste de reformas para la vivienda sin intereses, de un máximo de 45 mil euros. Los inquilinos deben comprometerse con la devolución de la vivienda en perfecto estado, debiendo ser devuelta en la misma forma en que fue entregada; mientras tanto, el propietario deberá ir devolviendo ese dinero a modo de descuento en cada renta del mes.

Si el inquilino vive solo, deberá ganar entre 2700 y 3100 euros al mes para optar a las ayudas. En el caso de las parejas que tengan a su cargo dos hijos, lo que hace un total de 4 miembros en el hogar, los ingresos brutos mensuales deberán oscilar entre los 3300 y 6500 euros y en el caso de una familia numerosa con 6 integrantes, se deberá ganar entre  3500 y 7400.

Este plan de ayuda económica se basa en el programa Reviva, en donde se busca la captación de viviendas que se encuentren vacías para aumentar la oferta de alquiler. El dueño de la vivienda brinda su departamento, por un período acordado y establecido, en el que no pierde su titularidad de locación.

Objetivo de los Bonos de ayuda al alquiler

Los bonos son de gran ayuda para aquellos que desean alquilar en Madrid y que muchas veces, no cuentan con los recursos necesarios para satisfacer una de las necesidades básicas del ser humano, como es el derecho a la vivienda.

Sin embargo, muchas personas se han molestado con esta ayuda: ya que apunta a la clase media, la cual suele poseer ingresos para alquilar sin necesidad de recurrir a ayudas. No obstante, la falta de empleos fijos, la grave crisis económica que atraviesa el mundo y un virus que amenaza con destruir todas las estructuras conocidas hasta el momento, hacen que lo que en algún momento se conoció como clase media, se modifique y requiera de una ayuda que permita solventar una vivienda.

La posibilidad que se brinda a los inquilinos, también es de suma importancia para los propietarios de las viviendas; ya que de esta manera, se aseguran un monto fijo de ingresos por el término de cuatro años. Una ayuda no despreciable para un momento de gran crisis sanitaria y económica. Un recurso como este, solo puede generar ganancias para los individuos involucrados.

Si tienes alguna duda, o quieres hacer algún comentario, puedes escribir en la sección de comentarios. Nos interesa tu opinión!

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El ayuntamiento de Madrid lanzó un nuevo Plan de Alquiler que permitirá reducir la duración de los contratos, acortando así los plazos de arrendamiento establecidos en la LAU. Pero ¿cómo es esto posible? ¡Aquí te lo contamos!

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece en su artículo 9 que la duración mínima de los contratos de alquiler debe ser de cinco años, si el propietario es una persona física, o de siete años, si se trata de una persona jurídica. Pero existen algunas excepciones:

  • Que exista una necesidad del propietario de recuperar la vivienda para sí mismo o para un familiar próximo.
  • Que el arrendador no sea propietario del bien inmueble, sino que sea subarrendatario o usufructuario.

Partiendo de esta base, entonces, la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) de Madrid pide, a partir de ahora, a los propietarios de viviendas vacías que le cedan el usufructo. A cambio ofrece ayudas para reformar el piso (si fuera necesario), además de la garantía de percibir la renta todos los meses. La EMVS pretende ser usufructuaria de los pisos durante un mínimo de cuatro años y alquilar las propiedades a familias vulnerables durante ese periodo. Esto representa un plazo mínimo de los arrendamientos de cuatro años, en contraposición con los siete que establece la LAU. Pero para comprender mejor este nuevo plan de alquileres, será mejor que lo analicemos en profundidad.

Nuevo Plan de Alquiler en Madrid: todos los detalles

Con este nuevo Plan de Alquiler la EMVS pretende captar la vivienda vacía y parte de la consideración de que la reducción en la demanda de pisos turísticos podría ser una oportunidad de aumentar la oferta de pisos de alquiler a largo plazo. Además, esperan utilizarlos para resolver el problema de acceso a la vivienda que enfrentan las familias más vulnerables.

En parte, a la metodología ya te la hemos adelantado. Mediante el programa Reviva, el propietario cede el usufructo a la EMVS durante, al menos, cuatro años. Posteriormente, esta entidad pondrá el piso en alquiler garantizando al propietario el cobro de la renta, independientemente de que haya o no inquilino. Asimismo, se compromete a que el arrendatario no destine más del 30% de los ingresos familiares al pago de la renta.

Ahora bien, para acceder a este programa, la vivienda debe llevar un mínimo de nueves meses deshabitada (con la excepción de que se trate de un piso turístico) o debe haber quedado libre tras ser abandonada por una persona de la tercera edad.

Por otro lado, si el inmueble necesitara reformas, la EMVS adelantará al propietario los costes de la obra, hasta un máximo de 45 mil euros, y con una tasa de interés al 0%. El plazo de devolución será igual al tiempo que dure el usufructo.

Además, se podrán ceder un máximo de cinco viviendas por propietario y el precio será pactado según los parámetros del mercado y tras una tasación oficial.

¿Cómo incorporar tu vivienda al nuevo Plan de Alquiler?

Si deseas inscribir tu vivienda en este nuevo programa, deberás descargar y rellenar el siguiente formulario: Solicitud de adquisición del derecho de usufructo. A ello, deberás anexarle cierta documentación que se encuentra detallada en el inciso número ocho de la base reguladora del programa Reviva Madrid, puedes descargarlo aquí: Programa Reviva. Por último, tendrás que enviar toda la documentación por correo electrónico a adquisicionusufructo@emvs.es o entregarlo personalmente en el Registro General.

Plan de Alquiler y Bono Vivienda

El nuevo Plan de Alquiler se apoya en el popularmente conocido Bono Vivienda. A través de él, los inquilinos pueden acceder a ayudas económicas para el alquiler, siempre que cumplan con determinados requisitos.

Tal y como lo detallan en la web oficial de la EMVS, “El Bono Vivienda consiste en una ayuda directa para pagar ese alquiler. Esta ayuda bonificará la diferencia entre la renta que la EMVS abona al propietario de la vivienda cedida en usufructo y la mensualidad que a su vez paga el inquilino/a”.

En este contexto, el máximo de la ayuda que se podrá percibir es de 900 euros por mes, y el mínimo que se pagará por el alquiler es de 450 euros. No obstante, estas condiciones variarán en función de los ingresos, la edad, la cantidad de integrantes de la unidad familiar y si hay o no personas discapacitadas o dependientes.

Requisitos para acceder a las ayudas al alquiler

Ahora bien, como te decíamos antes, para ser beneficiario del Bono Vivienda debe cumplirse tres requisitos fundamentales: llevar empadronados en Madrid, al menos, cinco años. Demostrar solvencia suficiente, de forma tal que la renta no supere el 30% de los ingresos familiares. Tener unos ingresos brutos anuales cuyo monto dependerá de la cantidad de miembros de la unidad familiar:

  • Un inquilino que viva solo deberá ganar entre 2 700 y 3 100 euros brutos al mes.
  • Unidades familiares compuesta por dos miembros deberán ganar entre 2 700 y 3 500 euros brutos al mes.
  • Familias de tres miembros deberán ganar entre 3 200 y 4 900 euros brutos al mes.
  • Familias de cuatro miembros deberán ganar entre 3 300 y 6 500 euros brutos al mes.
  • Unidades familiares de cinco miembros deberán ganar entre 3 500 y 7 300 euros brutos al mes.
  • Más de seis miembros deberán ganar entre 3 500 y 7 400 euros brutos al mes.

Pero, además, deberán cumplirse obligatoriamente alguno de los requisitos que detallamos a continuación:

  • Ser menor de 35 años
  • Ser mayor de 65 años
  • Tener una discapacidad igual o superior a un 33%
  • Familias con personas dependientes a su cargo de grado II o III
  • Familias con hijos/as menores de 25 años dependientes económicamente o embarazadas
  • Personas separadas o divorciadas, con hijos/as, que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio.
  • Familias con hijos/as dependientes económicamente a su cargo -cualquiera que sea su edad- con un grado de discapacidad igual o superior al 33%

¿Qué opinas del nuevo Plan de Alquileres que lanzó el ayuntamiento de Madrid? ¿Crees que será beneficioso para propietarios e inquilinos? ¡Cuéntanoslo en comentarios, nos encantaría leerte!

Recuerda, además, que en Oi Real Estate podemos ayudarte a alquilar tu vivienda si se encuentra vacía.

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Te contamos en este artículo cómo serán las ayudas al alquiler 2021 en Madrid. Entérate quiénes se verán beneficiados y qué requisitos deberán cumplir las personas que quieran acceder a esta ayuda. Si estás buscando arrendamiento en Madrid, contáctate con asesores Oi Real Estate, contamos con una amplia cartera de ofertas de alquiler.

Bono vivienda

Las personas que busquen un piso en alquiler en el sector privado contarán con un Bono Vivienda en el marco del plan para ayudas al alquiler 2021. La Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS) otorgará este beneficio que puede llegar hasta el monto de 900 euros. Todo dependerá de los ingresos particulares de cada familia y la situación socio-económica en la que se encuentre.

Para acceder a este concepto es obligatorio contar con cinco años de empadronamiento en la capital. También es necesario tener ingresos brutos mensuales que sean de entre 3 y 7,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Esta última condición se calculará en función del número de miembros que conforme la familia.

Analizando estas características, podemos definir que se trata de una ayuda destinada a la clase social media de Madrid. Esto corresponde al 22% de la población madrileña, según la información aportada por la Agencia Tributaria. Ese número surge de la declaración de renta de todos aquellos que demostraron formar parte de ese segmento de ingresos.

Por otro lado, los que se encuentran por debajo del 3,5 veces el IPREM resultan el 50% de declarantes en Madrid. Estos se pueden anotar como postulantes para solicitar el acceso al piso protegido.

En conclusión las distintas ayudas al alquiler 2021 cubrirán al 72% de los declarantes madrileños.

¿Cómo funciona el bono en el contexto del Plan Integral de Alquiler Municipal?

La Empresa Municipal de Vivienda y Suelo aplicará el Plan ReVIVA con el fin de conseguir la cesión de usufructo de un máximo de quince mil viviendas vacías y/o turísticas de Madrid. Lo fundamental de esta acción es captar las casas del mercado privado. Luego, la Empresa Municipal habilitará una lista de solicitantes que accedan a estos inmuebles por medio del bono vivienda. Como dijimos antes, se calculará a través de la evaluación de los ingresos, la cantidad de personas que forman parte de la unidad familiar y algunos otros requisitos.

Por ejemplo, en el caso de ser una persona sola, tienes que tener un ingreso que ronde entre los 2.700 y los 3.100 euros mensuales. De otro modo, si se trata de una pareja con, al menos, dos hijos (un equivalente a cuatro miembros), deben demostrar un ingreso de entre 3.300 y 6.500 euros brutos por mes. Si la familia consta con más de seis miembros, los montos pueden variar entre 3.500 y 7.400 euros brutos al mes. En conclusión, en cualquiera de las variantes, la finalidad está en que los solicitantes no abonen un coste mayor al 30% de sus ingresos por el arrendamiento.

Requisitos específicos para acceder a las ayudas de alquiler 2021

  • Ser menor de 35 años.
  • Tener más de 65 años.
  • Contar con una discapacidad igual o superior a un 33%.
  • Tener una dependencia de grado II o III.
  • Familias con hijos dependientes económicamente que tengan menos de 25 años de edad o embarazadas.
  • Familias con hijos dependientes económicamente a su cargo sin importar la edad, pero con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Personas separadas o divorciadas, que tengan hijos, que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio.

Casos que pueden surgir a partir de estas condiciones

Pareja de entre 51 y 52 años de edad con un niño pequeño

El coste de alquiler máximo por el que pueden optar es el de 30% de sus ingresos netos; esto es igual a, aproximadamente, 1.260 euros por mes. Al menos uno de los dos debe llevar empadronado al menos cinco años en Madrid y estar dentro del rango de ingresos.

Sumado a eso, por presentar la tenencia de un hijo dependiente, con menos de 25 años, obtendrán un Bono Vivienda de 160 euros mensuales si la renta de la casa donde quieren vivir es igual a 1.000 euros.

En resumen, esta unidad familiar opta por un piso cuyo alquiler equivale a 1.000 euros. El propietario de ese inmueble recibirá esos 1.000 euros de manera íntegra, habiendo cedido en usufructo a la EMVS. Pero, con respecto a los inquilinos, estos solo abonarán 840 euros mensuales por haber recibido la bonificación de ayuda de 160 euros. Si eligiesen una casa cuyo arrendamiento sea un poco más caro, algo asó como 1.200 euros mensuales (a raíz de sus límites salariales pueden elegir un alquiler de 1.260 euros que equivalen al 30% de sus ingresos), de ese modo el bono sería mayor, con un importe de 360 euros.

Aumento del monto de bono según ciertas condiciones

El bono se incrementa si se cumplen los requisitos siguientes:

  • La familia cuenta con una numerosa cantidad de integrantes.
  • La responsabilidad de los hijos depende de solo una de las partes.
  • Alguno presenta una discapacidad de igual o más del 66%.
  • Tener una dependencia de grado III.
  • Ser víctimas del terrorismo.
  • Comprobar ser víctima de violencia de género.

Pareja de entre 50 y 52 años con tres hijos

Podrán elegir un coste de renta de alquiler que no supere los 1.350 euros mensuales, equivalentes al 30% de sus ingresos NETOS. Al menos uno de la pareja debe acreditar cinco años de empadronamiento en Madrid y estar en el rango de ingresos. En este caso, se considera familia numerosa y, por tener tres hijos menores de edad, recibirán un Bono de Vivienda de 550 euros por mes. Esto último si la renta del inmueble es igual a 1.300 euros.

En síntesis, esta familia opta por un inmueble cuyo alquiler es de 1.300 euros. El propietario de esta casa quien cedió en usufructo a la EMVS, recibirá los 1.300 euros completos todos los meses. En cambio, los inquilinos únicamente van a abonar 750 euros, debido a la bonificación de ayuda de 550 euros.

Un solo integrante de la pareja (49 años de edad) con un hijo

Por ejemplo con una renta de 975 euros mensuales, monto que no supere el 30% de sus ingresos. Al estar en condición de separado con un hijo menor a cargo obtendrá 150 euros de bonificación.

Como en los otros ejemplos, el propietario recibirá la renta completa todos los meses por haber cedido en usufructo a la EMVS. El propietario pagará solamente 825 euros.

El bono en cualquiera de los casos no superará los 900 euros mensuales y el inquilino no pagará más del 30% de sus ingresos.

Puedes contactarte con nuestra agencia para una atención personalizada.

¿Ya has oído hablar sobre las ayudas al alquiler de vivienda? ¿Sabes en qué consisten o quiénes pueden acceder a ellas? Si te interesa esta información, sigue leyendo este post.

¿Qué son las Ayudas al alquiler de vivienda?

Para comenzar con este artículo vamos a contarte, por si aún no lo sabes, qué son las ayudas al alquiler de vivienda.

Estas ayudas son una serie de subvenciones que ofrece el Estado a través de las Comunidades Autónomas. El fin de estas es facilitar el acceso a un hogar a aquellas personas más vulnerables económicamente o que, por algún otro motivo, no tienen la posibilidad de tener una vivienda digna.

Cada Comunidad Autónoma tiene su propio criterio para ofrecer estas subvenciones, sobre la base de necesidades concretas.

¿Quiénes son los principales beneficiarios de las Ayudas?

El objetivo del Gobierno regional es facilitar el goce de una vivienda en régimen de alquiler a:

  • Sectores de población con escasos medios económicos.
  • Jóvenes menores de 35 años en el momento de la solicitud.

Además de los mencionados arriba,La Comunidad de Madrid tiene previstos fondos para casos excepcionales como pueden ser:

Familias numerosas, familias monoparentales con cargas familiares, unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de violencia de género y unidades de convivencia con alguna víctima acreditada de terrorismo. También, unidades de convivencia que cuenten con algún miembro con discapacidad, unidades de convivencia con todos los miembros en situación de desempleo y unidades de convivencia con todos sus miembros mayores de 65 años.

¿Qué documentación necesitas para acceder a las Ayudas al alquiler de la vivienda?

Básicamente, tienes que tener los siguientes documentos al día:

  • Solicitud
  • Copia del DNI/NIE de los arrendatarios
  • Copia del contrato de arrendamiento
  • En el caso de menores de 35 años, y para el supuesto de no ser aún titular de un contrato, declaración responsable de estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento conforme a la LAU
  • Volante de empadronamiento histórico y colectivo.
  • Fotocopia de la Declaración del IRPF del solicitante y convivientes o bien certificado de imputaciones de la AEAT.
  • Otra documentación justificativa de los ingresos anuales.
  • Documentación acreditativa en caso de sectores preferentes.

¿Cuáles son los requisitos que debes tener para recibir Ayudas al alquiler de vivienda?

No todo el mundo puede acceder a estas ayudas. Debes cumplir algunos requisitos. A continuación te enumeramos algunos de ellos.

  1. Ser titular de un contrato de arrendamiento conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
  2. Que la vivienda arrendada sea la residencia habitual y permanente.
  3. No tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador.
  4. La renta mensual de la vivienda tiene que ser igual o inferior a 600  euros mensuales o a 900 euros, en algunos casos.
  5. Estar incluido en alguno de los sectores declarados preferentes.
  6. Poseer nacionalidad española o residencia legal en España.
  7. No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España. Excepciones de esto son:

-Partes alícuotas de herencias.
-No disponibilidad por separación o divorcio.
-Inaccesibilidad a la misma por discapacidad.
-Imposibilidad de ocuparla por causas ajenas a su voluntad.

8. No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en el art. 13 de la Ley General de Subvenciones
9. No haber sido objeto de revocación de las ayudas previstas en un Plan de Vivienda.
10. El límite máximo de ingresos en ningún caso podrá superar los siguientes umbrales:

-3 veces el IPREM: 22.558,77 euros.
-4 veces IPREM: 30.078,36 euros – para familias numerosas de categoría general y unidades de convivencia con algún discapacitado.
-5 veces IPREM: 37.597,95 euros – para familias numerosas de categoría especial y unidades de convivencia con algún discapacitado de los especificados en la Orden de convocatoria.

11.No ser socio o partícipe del arrendador.

Por si no lo sabes aún, IPREM significa Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples y se refiere a un indicador para la concesión de ayudas, becas y subvenciones de estado. Es decir, se trata de un valor que actúa como referencia para ofrecer ayudas.

Alquiler para jóvenes y mayores de 65 años

En el caso de las Ayudas al alquiler de vivienda para jóvenes, estos tendrán que ser menores de 35 años y los beneficiados podrán contar con la ayuda hasta un máximo de tres años. El requisito más importante es que la vivienda tiene que costar menos de 600 euros al mes y la ayuda asciende al 50% de la renta.

En el caso de que los solicitantes sean mayores de 65 años, deben contar con un patrimonio más bajo de 100.000 euros y haber estado en alquiler durante un mínimo de 40 años.

El Gobierno decide ampliar las Ayudas al alquiler de viviendas hasta diciembre 2021 debido al Covid-19

Las Ayudas fueron aprobadas el 4 de abril, en pleno estado de alarma, y tenían vigencia hasta el pasado 30 de septiembre. Pero, debido a la crisis del Covid-19, el Gobierno ha ampliado estas ayudas hasta el 31 de diciembre de 2021, según la orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

La orden que ha publicado el BOE un tiempo atrás, explica que la evolución reciente de la pandemia, y por tanto de la vulnerabilidad provocada por su impacto económico y social sobre los arrendatarios de su vivienda habitual, hace recomendable extender el plazo para solicitar las Ayudas.

De esta manera, las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla podrán adaptar las convocatorias de las ayudas de este programa a la evolución de la pandemia hasta el 31 de diciembre. El Ejecutivo las dotó de un fondo adicional de 100 millones de euros y les adelantó en abril los 346 millones correspondientes al plan estatal 2018-2021.

Si quieres dejarnos tu opinión sobre este tema, puedes hacerlo en el apartado “Comentarios” de nuestro Blog.

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