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Aunque la vivienda es un derecho, desde la crisis del 2008 para algunas familias españolas puede llegar a ser un privilegio inalcanzable. El alquiler social, gestionado por el Fondo Social de Viviendas junto a entidades bancarias españolas, procura ayudar a estas familias a alquilar una vivienda digna. Por eso en este post, te mostramos todo lo que necesitas saber para solicitar un alquiler social.

¡No te lo pierdas y continua leyendo!

¿Qué es el alquiler social?

El Gobierno de España, para dar solución a la situación creada por la crisis, decretó un plan de viviendas de alquiler social. Este pretende asegurar la vivienda a todas aquellas familias que están en riesgo de exclusión social. Este plan sigue activo al día de hoy, ya que muchas familias siguen necesitando un hogar para no estar en la calle. Lamentablemente, en la actualidad se dan muchas solicitudes para estas viviendas en alquiler social.

Las viviendas se asignan a través de las entidades bancarias del país. Son ellas mismas las que detallan las características del inmueble y las adecuan a los perfiles de los solicitantes. Este alquiler de precio bajo es adjudicado a aquellas personas que cumplan con los requisitos para alquilar un piso establecidos.

¿Quiénes pueden solicitar este alquiler?

La solicitud para las viviendas sociales está pensada principalmente, para familias que se habían quedado sin hogar por no poder hacer frente al préstamo hipotecario. Sin embargo, otro conjunto de personas también pueden optar a las viviendas sociales. Eso sí, siempre y cuando sean mayores de edad con nacionalidad española o con un permiso de residencia permanente.

Los grupos de personas que pueden solicitar un alquiler social al Fondo Social de Viviendas desde el año 2008 son:

  • Familias desalojadas por impago de hipoteca.
  • Personas que estén en procedimiento de ejecución hipotecaria sin haber sido desalojadas.
  • Personas que no han abandonado la vivienda y han realizado una dación en pago.
  • Familias que hayan perdido su inmueble por un desastre natural.
  • Personas con familias conflictivas o víctimas de violencia de género o violencia doméstica.
  • Personas con viviendas que deben ser destruidas o remodeladas.
  • Familias que han perdido su hogar después del año 2008.
  • Personas jóvenes universitarias de menos de 35 años que no tengan los ingresos suficientes para optar a una vivienda digna.

¿Cuál es su valor y cuanto dura el alquiler de la vivienda social?

Gracias a su origen, el alquiler social es más barato que los alquileres de viviendas. Su valor varía entre los 150 a los 400 euros y nunca debe superar el 30% de los ingresos familiares anuales. Además, el precio de alquiler establecido no depende de los territorios, es independiente a la zona geográfica que pertenezca.

Este alquiler cuenta con una duración máxima de 2 años fijada por un contrato de arrendamiento. Incluso, este plazo puede aumentar hasta los 7 años, siempre y cuando se cumplan con todos los requisitos que el Fondo Social de Vivienda ha establecido. Algunos de estos requisitos incluye: que la condición de la familia no mejore y que aún, cumpla con los requisitos para solicitar el alquiler social. Esta vivienda puede convertirse en hogar permanente, pero debe estudiarse caso por caso y ver las posibilidades y la situación de cada familia.

¿Cuánto tarda en ser aceptada la solicitud y obtener la vivienda?

Luego de realizar la solicitud, se tarda entre 6 meses a un año en tener acceso a ese alquiler social. Pero, si la situación de la familia es crítica los procedimientos se agilizan para que puedan acceder a la vivienda lo antes posible. Dentro de este procedimiento la Seguridad Social o los Servicios Sociales realizan un informe que pasará a la entidad bancaria para ser aprobado. Luego va a la adjudicación del nuevo hogar de la familia.

Requisitos para solicitar un alquiler social

Estos son los requisitos que se tienen que cumplir si se quiere acceder al alquiler de una vivienda social:

  • Ser mayor de edad con nacionalidad española o con permiso de residencia permanente.
  • Los ingresos no pueden superar 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). En 2021 el indicador estaba en torno a los 500 euros mensuales.
  • No poseer ninguna vivienda.
  • Formar parte de una familia con hijos menores de edad.
  • Si formas parte de una familia monoparental, debes tener a tu cargo al menos 2 hijos menores de edad.
  • Contar con una persona víctima de violencia de género en la unidad familiar.
  • Contar con un miembro con discapacidad hasta un 30% en el núcleo familiar.
  • No cobrar ningún tipo de ingresos o haber agotado el total de las prestaciones.
  • Estar jubilado con deudas hipotecarias más altas que las prestaciones.

Además, para alquilar este tipo de viviendas sociales se utilizan los mismos pasos que para alquilar un piso en cualquier ciudad española. Aunque se debe resaltar algunas condiciones particulares:

  • Como mencionamos anteriormente, el alquiler debe estar entre los 150 y los 400 euros, sin superar el 30% de los ingresos mensuales.
  • El contrato de arrendamiento debe contar con una duración máxima de 2 años.
  • La vivienda en alquiler social puede llegar a convertirse en hogar estable.
¿Cómo solicitar un alquiler social?

¿Dónde se puede solicitar un alquiler de vivienda social?

Quien esté interesado en el alquiler social deberá de dirigirse a la entidad bancaria o caja de ahorro correspondiente. Algunos de los bancos y cajas de ahorro donde podrán realizar la solicitud son:

Una vez presentada la solicitud, las entidades estatales harán un informe de la situación del núcleo familiar o la persona y lo derivarán al banco correspondiente para que apruebe el alquiler social.

Beneficios del alquiler social

El beneficio principal es poder contar con un hogar para poder vivir en familia a pesar de estar en una situación vulnerable que se tiene con el nivel de ingresos familiares anuales bajos. Además, cabe destacar que es la mejor opción para poder hacer frente a la deuda hipotecaria de manera más fácil. Incluso, llegando a tener acceso a diferentes descuentos si la entidad financiera lo permite.

De modo que, el alquiler social es una increíble opción para aquellas familias que no pueden hacerse cargo de una vivienda y están en situación o riesgo de vulnerabilidad. Asimismo, el proceso de alquiler de vivienda es sencillo, solo tendrás que presentarte en una de las entidades bancarias nombradas anteriormente y realizar la solicitud formalmente.

Esperamos que este post sobre cómo solicitar un alquiler social, te haya sido útil. Si tienes algún comentario para hacernos o crees que nos faltó mencionar algo, puedes escribirnos en la casilla debajo del post. ¡Nos interesa mucho tu opinión!

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El Plan Estatal de Vivienda ha aprobado varios programas de ayuda para comprar vivienda. Desde Oi Real Estate te ponemos al tanto de todo. ¡Sigue leyendo!

Comprar una vivienda siempre es un proceso complejo y lo que más suele costar es el aspecto económico en el desembolso inicial. Gran cantidad de interesados pueden encontrarse con piedras en el camino, especialmente con la crisis económica que atravesamos a causa del Covid-19.

Debido a esto, el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 brinda pequeños apoyos con un número de ayudas directas. Estos beneficios son gestionados por cada comunidad autónoma y los que quieran obtenerlos, tienen que estar atentos a las convocatorias.

¿Quiénes podrían recibir las ayudas para comprar vivienda?

Ayudas a Jóvenes para comprar vivienda

La precariedad que sufren los jóvenes ha incrementado notablemente la edad a la que estos se independizan y, cuando lo logran, deben en la mayoría de los casos recurrir al alquiler.

Los escasos ahorros de los jóvenes y el gran número de requisitos que ponen los bancos para brindar un préstamo hipotecario, les impide comprar una vivienda. Por eso, el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 puso en marcha el programa 8 para aquellos jóvenes.

Tanto los que alquilen, como los que quieran comprar vivienda podrán recibir el beneficio. Este incentivo se puede recibirse hasta los 35 años y se necesita cumplir ciertos requisitos. En el caso de cumplir con los mismos, el monto de la ayuda puede ser de hasta 10.800 euros.

Jóvenes: Requisitos para acceder a la ayuda para comprar vivienda

-Debe tratarse de la compra de vivienda permanente.

-Los ingresos en la unidad de convivencia deben ser inferiores a: 3 veces el IPREM ( (23.725 euros anuales) de forma general, 4 veces el IPREM (31.634 euros) si se trata de familias numerosas generales y personas con discapacidad, 5 veces el IPREM (39.543 euros) familias numerosas especiales y personas con determinados grados de discapacidad.

-El precio de la vivienda debe ser inferior a 100.000 euros.

Ayudas para familias numerosas

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Actualmente se distinguen dos categorías de familia numerosa:
General (RG), para familias de hasta 4 hijos; y de Categoría Especial (RE), para familias con 5 o más hijos.

Aunque el Plan no contempla ningún programa específico en este grupo para comprar vivienda, existen otros beneficios para ellos. Las familias grandes deben afrontar gastos mensuales muy elevados y tampoco lo tiene fácil para ahorrar y comprar vivienda propia.

¿Qué casos de familia numerosa se contemplan?

Los beneficiarios serán familias numerosa que entren dentro de los siguientes casos:

-Familias integrada por uno o dos ascendientes con relación conyugal y que tengan tres o más hijos, sean o no comunes.

-La familia compuesta por uno o dos ascendientes con dos hijos, sean o no comunes, cuando al menos uno de los hijos sufra una discapacidad superior al 33%, o esté incapacitado para trabajar.

-Familias con dos ascendientes con discapacidad y con dos hijos, cuando uno de los progenitores ascendentes posea invalidez igual o superior al 65%, o ambos un grado de discapacidad superior al 33%, o estén incapacitados para trabajar.

-Un ascendiente separado o divorciado, con tres o más hijos aunque se encuentren en distintas unidades familiares.

-Dos hermanos huérfanos, junto a un progenitor, cuando haya fallecido el otro.

-Dos o más hermanos huérfanos de padre y madre bajo tutela, en acogimiento o guarda, pero que no se encuentren a cargo del tutor, acogedor o guardador que convivan con el tutor, acogedor o guardador.

-Tres o más hermanos huérfanos de padre y madre, mayores de 18 años, o dos si uno de ellos es discapacitado, que convivan y tengan dependencia económica entre ellos.

Para facilitar la compra de vivienda, las familias numerosas se benefician con una bonificación del ITP (Impuesto de Trasmisiones Patrimoniales Onerosas). El pago de este impuesto es generalmente del 6%. Las familias numerosas tienen derecho a pagar solo un 4%, indicándolo a través del modelo 601 que se presenta ante la Agencia Tributaria.

Además, las familias numerosas que contratan a un empleado del hogar para el cuidado de los hijos y de la casa, siempre que los dos ascendientes o el ascendiente, en caso de familia monoparental, trabajen fuera del hogar o no puedan trabajar, cuentan con una bonificación del 45% en las cotizaciones a la Seguridad Social.

Ayuda por hijo a cargo en familias numerosas

La ayuda por hijo a cargo también recoge ciertos beneficios para las familias numerosas. Al asumir más gastos, su límite de ingresos para acceder a esta prestación también es mayor: el límite es de 18.867 euros, en los supuestos en que concurran 3 hijos a cargo, incrementándose en 3.056,00 euros por cada hijo a cargo a partir del cuarto.

Bono social eléctrico para familias numerosas

Estas familias también pueden acceder al bono social eléctrico de Consumidor Vulnerable (25% de descuento) con ningún límite de ingresos y al de Consumidor Vulnerable Severo (40% de descuento), cuando la unidad familiar perciba una renta anual inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas, es decir, 15.039 euros.

Conservación de la vivienda y compra de segunda mano

El Programa 6 tiene la finalidad de financiar la ejecución de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad universal. Esto aplica tanto a edificios de viviendas de residenciales como en viviendas unifamiliares, ya sean urbanas o rurales.

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