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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber sobre el aval hipotecario. Si te solicitaron ser avalista de un préstamo, pero no sabes cuál es su función y los requisitos a cumplir, este artículo es para ti. Continúa leyendo para saber cuál es el compromiso que estarás adquiriendo. ¡Pon atención y toma nota!

¿En qué consiste ser aval hipotecario?

Un aval es una persona o entidad que se ofrece como garantía de pago en caso de que el titular de un préstamo no llegue a liquidar su deuda. Por lo general, es solicitado por la institución financiera en donde se otorgará el financiamiento.

Si desconoces qué significa ser aval de un crédito hipotecario, debes saber que al aceptar ser avalista pasarás a adquirir la deuda del titular y tendrás la obligación de pagarla.

Antes de aceptar la responsabilidad, debes averiguar si la persona en cuestión tiene estabilidad económica para comprar una vivienda y solventar el préstamo. No pongas en riesgo tu patrimonio si no le tienes la suficiente confianza. Infórmate sobre las obligaciones que tiene un avalista y evítate problemas a futuro.

¿Qué es un aval hipotecario según El Banco de España?

El Banco de España define al aval como “una forma de garantizar o asegurar el cumplimiento de obligaciones económicas. Quien avala (el avalista) se declara dispuesto a hacer frente a los compromisos del avalado (por lo general, el pago de una determinada cantidad de dinero) frente a una tercera persona o empresa (el beneficiario del aval) en caso de que el avalado no lo haga. En otras palabras, el aval es una garantía que nos obliga a cumplir o pagar por un tercero en el caso de que éste no lo haga.

Hace algunos años era una figura muy común al momento de contratar una hipoteca. No obstante, la crisis generó un antes y un después en su utilidad. Actualmente, las entidades bancarias dan mayor importancia a la capacidad real de pago de los clientes que quieran contratar un préstamo hipotecario. Por tanto, el aval no suple las dificultades que pueda tener un hipotecado para cumplir sus compromisos y no sirve de nada si el cliente no puede pagar.

Requisitos para ser aval de un crédito hipotecario

Para avalar un préstamo, se exige la misma capacidad de pago que a quien se le concede el dinero. Esto implica una serie de requisitos que te detallaremos aquí:

  • Tener solvencia económica

Para ser aval de un crédito hipotecario es fundamental contar con suficiente solvencia económica, en caso de que tu avalado no pague su préstamo y tengas que hacerte cargo de su deuda.

Deberás entregar a la entidad financiera un comprobante de tu nómina, pensión o cualquier otra fuente de ingreso que sea comprobable.

  • No contar con deudas pendientes

La institución financiera aceptará la figura del avalista si tiene el historial crediticio limpio, no posee deudas hipotecarias y carece de deudas pendientes por préstamos bancarios o departamentales.

La figura del avalista debe mantener una economía estable durante el periodo del contrato por si se presenta un incumplimiento por parte del titular.

  • Contar con bienes sin hipotecar

Para ser aval hipotecario es conveniente que cuentes con inmuebles sin hipotecar y ya estén pagados. De esta forma, si el titular de la hipoteca decide no terminar de pagar el financiamiento, tu bien quedará como garantía adicional y la deuda se cubrirá con tu patrimonio.

  • Ingresos estables

Además, se debe garantizar que el aval cuenta con ingresos estables y no presenta deudas gravosas.

Los ingresos estables se pueden asegurar si tienes un empleo con un contrato indefinido, si eres jubilado o pensionado, o bien, si eres dueño de un negocio.

¿Qué debe contener un aval?

El aval es un contrato privado cuyas características se establecerán en dicho contrato, que debe contener, entre otros puntos:

  • Identificación tanto del avalista como del avalado y el beneficiario del aval.
  • Concreción de la obligación garantizada.
  • Plazo de duración y la exigibilidad de la garantía.
  • Requisitos para que el beneficiario pueda ejecutar el aval o exigir su cumplimiento.
  • Condiciones para la cancelación en caso de que no haya fecha concreta de finalización.
  • Comisiones y gastos a pagar por el avalado.

¿A qué te comprometes siendo avalista de un préstamo?

Tanto en una hipoteca con aval, como en cualquier otro tipo de préstamo, el avalista deberá responder con todos sus bienes presentes y futuros hasta lograr saldar la deuda pendiente, se se da un caso de impago por parte del titular.

No obstante, para llegar a esta situación, se requiere un proceso en el que, en primer lugar, tendrá que quedar demostrada la capacidad de pago del titular del préstamo hipotecario (o de cualquier otro tipo), tanto con su sueldo o ingresos como con su patrimonio. Es entonces cuando el avalista debe pasar a hacerse cargo del pago de las cuotas mensuales del préstamo, y también, de los intereses de demora que probablemente se hayan generado por el retraso en el pago por parte del titular.

En otras palabras, recaerán en el avalista las mismas obligaciones de pago y consecuencias legales en caso de impago. Se puede dar el caso de embargo del sueldo, o bien, de los bienes inmuebles del avalista. No obstante, es importante aclarar que este extremo es poco frecuente.

Maneras de avalar un préstamo

Hay distintas maneras de avalar un préstamo. Algunas de ellas, únicamente contemplan una responsabilidad parcial de pago. De este modo, se limita la cantidad de dinero que tendrá que devolver el avalista llegado el caso, una cantidad que no sería la totalidad de la deuda de la hipoteca con aval.

Más allá de la responsabilidad de pago, el avalista tendrá que considerar que esa deuda, si bien no es suya, le hará figurar en la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE). Esta base de datos se encarga de registrar los préstamos, créditos y avales que las distintas entidades de crédito mantienen con sus clientes. Es fundamental aclarar que, el CIRBE no es lo mismo que las listas de morosos, son dos cosas totalmente diferentes. Por ende, al figurar como avalistas, se reduce nuestra capacidad de obtener para nosotros mismos un préstamo o crédito, ya que pesa sobre nosotros la posibilidad de tener que hacer frente al pago de otra deuda.

Ahora que ya sabes lo que implica ser aval hipotecario, si cumples con los requerimientos será más simple que la entidad bancaria apruebe la figura del aval de un préstamo hipotecario. Si decides ser aval es fundamental que estés informado sobre la deuda del titular. Conocer si está al corriente de sus pagos y saber su situación económica. Es importante mantenerte al pendiente del préstamo para que no tengas problemas legales ocasionados por un crédito moroso.

¿Cuándo es necesario tener un aval?

No hay una única situación en la que sea necesario contar con un aval. No obstante, por lo general, se puede decir que va a ser necesario siempre que el solicitante del préstamo hipotecario no cuente con un perfil lo suficientemente seguro para la entidad bancaria. En otras palabras, cuando quien solicita el préstamo no ofrezca las garantías suficientes a la entidad de que podrá devolver el dinero prestado y los intereses en tiempo y forma.

Con respecto a esto, los bancos suelen solicitar un aval para conceder una hipoteca en los siguientes casos:

  • Si no se tiene un contrato fijo.
  • Cuando el sueldo es demasiado bajo.
  • Si no se cuenta con unos ingresos estables y regulares (por ejemplo, ciertos autónomos).
  • Cuando quien solicita la hipoteca tiene una edad avanzada.
  • Cuando la cuota hipotecaria supondrá más del 40% de los ingresos del hipotecado.
  • Cuando la hipoteca sea mayor al 80% del precio de tasación de la vivienda que se va a adquirir.

En todas estas situaciones, es habitual que las entidades bancarias soliciten un aval antes de conceder la hipoteca. No obstante, cada banco puede presentar sus propios requisitos para la concesión del préstamo hipotecario. De hecho, las condiciones pueden variar de uno a otro. Es por este motivo que, resulta fundamental comparar hipotecas si se tiene pensado solicitar un préstamo de este tipo. La realidad es que las condiciones varían demasiado de un banco a otro, así como de un producto hipotecario a otro incluso en la misma entidad.

Los peligros de ser aval hipotecario

A pesar de que la figura se encuentra en desuso, la realidad es que no podemos olvidar los riesgos que supone ser avalista. Como decíamos unas líneas más arriba, el avalista asume un riesgo indirecto. El artículo 1911 del Código Civil es el que contempla la obligación del deudor de responder con sus bienes presentes y futuros de las deudas. Una obligación que atañe tanto al prestatario como a quien le respalda.

En definitiva, ser avalista significa ser solidariamente responsables de la deuda contraída por un tercero hasta el punto de responder con nóminas, pensiones hasta el mínimo inembargable, saldos, fondos de inversión, acciones, inmuebles, entre otros. Y durante toda la vida del préstamo, incluso si fallece el deudor.

Al momento de solicitar financiación, mientras mayores garantías de pago se aporten, mayores serán las opciones de concesión del préstamo. Los avales son una de las maneras para aumentar estas garantías de pago y que la operación de financiación llegue a buen término.

Ser avalista, por tanto, es una figura que entraña más riesgo de lo que se pudiera pensar. Aunque se podría entender como un acto generoso, la realidad es que supone una decisión con la que comprometer el patrimonio presente y futuro. 

Es muy importante tener en claro cuál será la duración del aval, ya que no se cancelará o se extinguirá hasta que no lo haga la obligación garantizada o principal de la persona avalada.

En los días previos a la firma del préstamo hipotecario, el avalista y el avalado deben reunirse con el notario. El notario se encargará de explicar que si el avalado no paga el préstamo, se le reclamará al avalista, que responderá con todos sus bienes, incluida su vivienda habitual.

¿Qué sucede si el avalista fallece?

Es importante aclarar que, si es el avalista quien fallece, la responsabilidad se mantiene y sus herederos deberán responder en caso de incumplimiento de pago por parte del prestatario. Es por este motivo que, los expertos recomiendan analizar cuidadosamente las consecuencias antes de tomar la decisión de avalar a otra persona.

Esta es otra cuestión muy importante a tener en cuenta antes de acceder a convertirse en avalista. La figura del avalista no desaparece cuando el avalista fallece. Ya que las obligaciones, según estipula el Código Civil en su artículo 1.156 no contemplan el fallecimiento como causa de extinción de la deuda. 

Por lo tanto, las obligaciones solo se extinguen por el pago, por la condonación de la deuda, por compensación de la deuda, por novación, por pérdida de la cosa debida o por la confusión de los derechos de acreedor y deudor. Entonces, la figura del avalista, en caso de fallecimiento, se transmite en herencia. Eso sí, siempre y cuando los herederos acepten la herencia. En este punto, es importante recordar que se hereda todo, tanto derechos, como obligaciones, siendo la figura del avalista una obligación adquirida. 

¿Cómo dejar de ser avalista?

La obligación se extingue en los casos que estipula el Código Civil en el artículo 1.156 como se ha mencionado. Por lo que dejar de ser avalista y dejar de formar parte de una operación de financiación queda en manos de la voluntad de la entidad financiera que concedió el préstamo

Para dejar de ser avalista hay dos opciones. La primera de ellas consiste en realizar una modificación de las condiciones del préstamo. Se trata de llevar a cabo una novación y eliminar la figura del avalista. La otra opción es realizar un cambio de avalistas, es decir, sustituir uno por otro. Eso sí, en ambas opciones será la entidad la que tenga la última palabra. Ya que eliminar avalistas implica eliminar garantías de que el dinero que la entidad prestó le será devuelto. Y eso es algo a lo que las entidades no suelen estar muy dispuestas.

¿Es posible limitar la responsabilidad de un avalista de hipoteca?

Para limitar la responsabilidad de impago existe la posibilidad de estipularlo en el contrato. A tal fin se deben establecer las cantidades, los intereses y las comisiones mínimos que se deben cubrir y que una vez pagadas exime al avalista del resto.

¿Hay préstamos que no necesitan aval?

La respuesta es sí, se trata de algunos préstamos, como el préstamo rápido o los micropréstamos, no requieren aval para su concesión. Por otro lado, en este tipo de productos la documentación requerida es mucho menor si los comparamos con un préstamo personal o hipoteca. Por lo general, se solicita el DNI, tu nómina o justificante de ingresos y una cuenta bancaria para hacerte el ingreso.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre ser aval hipotecario. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Conseguir una casa o piso como propiedad puede ser complicado para las personas que no tienen dinero para pagar iniciales o adelantos de la compra. Sin embargo, comprar vivienda sin ahorros es posible, porque existen estrategias y opciones para asegurar la compra y así poder obtener la propiedad por completo.

A pesar de esto, hay que tomar en cuenta que puede ser difícil utilizar estas estrategias porque hay que garantizar el pago de la propiedad. Se tienen que tomar responsabilidades legales que deben cumplirse y que pueden traer consecuencias si no se cumplen con las cláusulas de acuerdo de pago.

¿Cómo se puede comprar vivienda sin ahorros?

La primera opción para lograr comprar una propiedad sin dar inicial o sin tener ahorros es hacer un proceso de doble garantía con el vendedor. También es un acuerdo que se puede hacer con entidades o instituciones que hacen la financiación y así se obtiene el dinero para la compra.

Es importante tomar en cuenta que una garantía significa que se entregará algo que sirve como aval para garantizar el pago del préstamo o financiación. Si no se cumple el acuerdo de la devolución de dinero, el financista o prestamista tendrá el derecho de quedarse con el objeto de garantía.

Por ello, realizar un aval o garantía tiene muchos riesgos porque los objetos o propiedades de garantía están acorde al costo de la financiación realizada. Se puede perder mucho más de lo que se gana y por eso resulta una gran responsabilidad estar seguros de tener las posibilidades de pagar.

Otra opción es aprovechar el perfil de trabajo que se tiene para conseguir un préstamo o financiación en las instituciones que realizan los préstamos financieros. Sin embargo, existen unas reglas algo rigurosas con respecto a las características que hay que cumplir para que se puedan otorgar las hipotecas a compradores.

A los funcionarios suelen aprobarle con cierta facilidad el 100% de las hipotecas para poder comprar vivienda sin ahorros, por sus perfiles en ingresos económicos. La posibilidad de despido es bastante baja, además de que el sueldo es muy estable, lo que garantiza que la persona pueda pagar la deuda.

También podemos encontrar a los jóvenes con una gran proyección de trabajo, que prometen un buen futuro profesional e ingresos económicos muy estables con ello. La edad máxima aceptada suele ser los 35 años y todas estas características pueden crear una garantía de que pagarán las deudas que han contraído.

Otras formas de comprar una propiedad sin pagar inicial

En algunos casos sólo se puede conseguir una hipoteca que no cubre la totalidad de la inicial necesaria para comprar la propiedad que se desea. Es allí donde es posible solicitar un préstamo personal con alguien conocido para cubrir el resto de la inicial y así conseguir el contrato inmobiliario.

Se trata de una opción que tiene un riesgo muy grande, puesto que hay que cubrir dos préstamos, sumando los intereses que puedan tener ambos. Esto puede ocasionar una deuda muy grande a distintas personas o instituciones y que pueda ocurrir un proceso de embargo en caso de no cumplir.

Un consejo en este caso es que ambos préstamos tengan la posibilidad de un máximo de 40% de endeudamiento para así poder costear los gastos. Esto quiere decir que se necesita un mínimo de ingresos mensual para que se puedan llevar a cabo los dos préstamos sin quedar en deuda.

comprar vivienda sin ahorros

Por último, está la alternativa de buscar una propiedad dentro de la lista de pisos que tienen los bancos para los que buscan algo propio. Se trata de proyectos de inversión que han hecho las entidades bancarias para tener ganancias a largo plazo y que sirven como una ayuda inmobiliaria.

Como se trata de propiedades de dichas entidades, ofrecen acuerdos de pago muy beneficiosos, especialmente a los clientes que disfrutan de sus servicios en finanzas. Se pueden establecer plazos para pagar las cuotas, lo que también depende mucho de los ingresos mensuales que tiene la persona interesada en la compra.

Sin duda, comprar vivienda sin ahorros puede resultar muy difícil si no se toman en cuenta los consejos y alternativas que hemos explicado hasta ahora. Aún así también es beneficioso conseguir ayuda de expertos en el área de compra y venta de propiedades para tener una guía financiera más segura.

¿Por qué buscar especialistas en el campo?

Los especialistas en el sector inmobiliario tienen conocimientos sobre las mejores estrategias para comprar propiedades, ya que saben del comportamiento del mercado y sus características. Por lo tanto, pueden asesorar sobre las técnicas para desarrollar contratos que sirvan para comprar vivienda sin ahorros de forma rápida y sin tantas dificultades.

Estos especialistas se pueden conseguir en distintas agencias inmobiliarias, ya que están preparados a nivel financiero y legal sobre todo el tema de las propiedades. Puede resultar más beneficioso invertir en un asesor de este tipo que arriesgarse y perder dinero o propiedades por garantía de pago para las viviendas.

También es muy favorable conocer todos los términos que se manejan dentro del proceso de hipotecas de viviendas, para evitar confusiones y errores al negociar. Uno de los aspectos importantes a conocer es saber la diferencia entre aval y garantía hipotecaria y cuál es la mejor según la ocasión específica.

Un consejo que puede servir a muchos es revisar las estadísticas de la compra y venta de viviendas para saber cómo se comporta el mercado. En la página del Instituto Nacional de Estadística se puede conocer cómo fluctúa el mercado y saber cuál es la mejor opción para invertir actualmente.

Mientras más se aprende de este tipo de transacciones, mejores son las decisiones que podemos tomar al comprar una casa o un piso como propiedad. De igual manera siempre hay que comparar ofertas para saber si vale la pena arriesgarse a buscar hipotecas sin pagar iniciales o tener ahorros previos.

Puedes consultar otros artículos de nuestra página para conocer más alternativas interesantes. También puedes seguir nuestras redes y contactarnos para disfrutar de nuestros servicios en este campo.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuáles son las diferencias entre un aval y una garantía hipotecaria. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Las entidades bancarias, al momento de conceder préstamos hipotecarios, deben realizar ciertos estudios para estar al tanto de cuál es la situación económica de los clientes. De este modo podrán ofrecerles un tipo de préstamo hipotecario u otro, o incluso, declinar la solicitud, para dejar de lado la posibilidad de impagos.

Además de llevar a cabo dichos estudios, con el fin de asegurarse de que las personas que solicitan un préstamo hipotecario podrán hacer frente al pago de todas las mensualidades, muchas entidades requieren que sus clientes dispongan de avales o garantías. Esto es ideal para aquellas personas que tengan intenciones de comprar una segunda residencia sin necesidad de dedicar todos sus ahorros o bien, para personas que cuentan con una buena situación laboral pero no han tenido tiempo de ahorrar lo necesario para realizar la compra de una vivienda. Aquí te contaremos cuáles son las principales diferencias entre un aval y una garantía hipotecaria, además, te explicaremos cuál es mejor según el caso.

Diferencias entre aval y una garantía hipotecaria

Debido a que, como mencionamos más arriba, es ideal para personas jóvenes o para aquellos que deseen comprar una segunda residencia sin gastar sus ahorros. En estos casos, se requiere que los solicitantes cuenten con avales o garantías. Aquí van sus diferencias más notorias.

Aval hipotecario ¿De qué se trata?

Cuando hablamos de aval hipotecario nos referimos a un tipo de garantía que ofrece una persona, por medio de la cual se compromete con el hipotecado a abonar sus deudas, es decir, las cuotas mensuales del préstamo hipotecario, en caso de que el titular no pueda hacerlo. Para ello, el avalista por lo general ofrece su estabilidad laboral y económica como seguro de que las cuotas del préstamo hipotecario serán abonadas. En algunos casos, el avalista también puede responder con sus bienes, esto puede ser, por ejemplo, un inmueble en propiedad. Es por este motivo que, realmente se trata de un compromiso sumamente arriesgado, ya que si el cliente no paga las cuotas mensuales, el avalista se quedará sin su capital.

Los avales por lo general son usados cuando el importe del préstamo hipotecario es muy alto y el deudor no cuenta con las garantías necesarias para asegurar a la entidad bancaria el pago del préstamo hipotecario.

Garantía hipotecaria ¿De qué se trata?

La garantía hipotecaria, también llamada garantía adicional, es aquella por medio de la cual se entrega un bien específico, por lo general, suele ser un inmueble, como garantía en el caso de que el deudor deje de abonar las cuotas mensuales de su préstamo hipotecario. En algunos casos puede tratarse de la propiedad hipotecada en sí, por otro lado, en otros casos el deudor ofrece como amparo otro inmueble, generalmente libre de cargas, que tiene en su haber.

En otras palabras, la garantía hipotecaria implica un inmueble. Puede ser el hipotecado u otro que ya pertenecía al cliente previo a la concesión del préstamo hipotecario. La vivienda en cuestión sería embargada si se da el caso de que el deudor no pudiera hacer frente de manera continuada al pago de las cuotas mensuales de la hipoteca. 

Aval o garantía hipotecaria: ¿Qué es más conveniente?

Como ya hemos mencionado más arriba, el aval requiere de la existencia de un tercero. Dicha persona, se encargará de poner a disposición de la entidad bancaria todos sus bienes para garantizar que el hipotecado podrá hacer frente al pago de las cuotas mensuales del préstamo hipotecario. Si el hipotecado no paga sus cuotas, el avalista perderá todo lo que posea, motivo por el cual es considerado como un compromiso de alto riesgo.

Por otro lado, la garantía pone en riesgo una vivienda en propiedad del hipotecado, es decir, que no compromete ningún bien ajeno. Además, se trata de una solución que brinda más ventajas que la anterior. Ya que en estos casos, los clientes necesitan contar con una menor cantidad de dinero para la entrada, que por lo general suele tratarse del 20% del importe de la tasación de la vivienda, dado que la financiación se divide entre las dos viviendas. De modo que, el 80% suele ser para la nueva, mientras que el 20% restante es para el “inmueble garantía”, en otras palabras, las dos tienen responsabilidad hipotecaria.

La garantía adicional, también conocida como doble garantía, se encuentra principalmente recomendada para los más jóvenes. Esto se debe a que generalmente suelen tener una baja solvencia económica. También, se trata de una buena solución para personas que ya cuentan con una vivienda pagada y tienen la intención de adquirir otra sin tener que gastar todos sus ahorros. 

Resumen

En resumen, como hemos podido comprobar, la diferencia más importante que podemos encontrar entre un aval y una garantía hipotecaria es que en el primer caso el garante es un tercero, que compromete sus bienes, mientras que en el segundo es el mismo solicitante del préstamo hipotecario el que ofrece la doble garantía con su propio patrimonio.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre las diferencias entre  un aval y una garantía hipotecaria. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber sobre la figura del acreedor hipotecario. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Cuando hablamos de un acreedor hipotecario, en el Derecho y jurídicamente, es considerado como todo acreedor que cuenta con un derecho de hipoteca sobre un inmueble del deudor. Tal derecho representa una garantía, ya que le permite recuperar la vivienda si se da un caso de impago, con preferencia sobre el resto de acreedores.

En otras palabras, un acreedor hipotecario se trata de aquél que es prestamista en una operación de crédito hipotecario.

Es por este motivo que, ya que hablamos de términos jurídicos, expliquemos por partes para lograr comprender del todo de qué se trata este concepto, del mismo modo que el contexto en el que es posible encontrárnoslo.

¿Qué es la figura del acreedor hipotecario?

En primer lugar, es necesario dejar en claro quién es el acreedor hipotecario. Como su nombre lo indica, se trata de una persona física o jurídica que se debe estar presente en una operación de compraventa de un inmueble. Un inmueble que, debido a que no se abona al contado, deberá contar con la contratación de una hipoteca, un préstamo hipotecario, para de este modo lograr afrontar el pago en cuotas mensuales.

Es sabido que, por lo general solemos solicitar este tipo de hipoteca a una entidad bancaria o a lo que comúnmente llamamos banco. En caso de que nos la conceda, estaremos contrayendo una deuda con la entidad. De este modo, pasaremos a ser deudores, mientras la entidad bancaria, frente al derecho de cobrar la deuda, pasará a ser un acreedor.

En este momento, nos encontramos en el punto donde aparece el uso y la contratación del préstamo hipotecario, del mismo modo que la figura del acreedor. Una vez que hayamos logrado relacionar todos estos conceptos, solo debemos hacer uso del sentido común para notar que el acreedor hipotecario es aquel tipo de acreedor que, en este caso, participa en una operación en la que se formaliza una hipoteca. El acreedor hipotecario cuenta con el derecho de cobro que, en última instancia, recae sobre el aval, que vendría a ser el inmueble.

Los derechos del acreedor hipotecario

Como ya hemos mencionado, si nosotros como deudores no llevamos a cabo la devolución del capital prestado, en otras palabras, no cumplimos nuestra obligación con el acreedor hipotecario, este tiene la posibilidad de reclamarnos el inmueble. Esta operación puede ser llevada a cabo por medio de lo que conocemos como embargo o como proceso de embargo.

La realidad es que resulta muy importante tener en claro que, entre todos los derechos que tiene el acreedor hipotecario, se encuentra el de que cuenta con toda preferencia ante otros acreedores al momento de reclamar su derecho frente el incumplimiento por parte del deudor. De este modo, el inmueble queda como aval, embargándose este para liquidar, en una última instancia, la deuda.

Esto quiere decir que, entre los derechos del acreedor, debemos tener en claro que el derecho fundamental, y el que más debe importarnos en este tipo de operaciones, es que es capaz de reclamarnos la deuda si se da un caso de impago por medio del embargo del aval, contando con preferencia ante el resto de deudores. Para resumir, si no se abona la deuda, la entidad bancaria te quitará la vivienda aunque desees utilizarla para satisfacer otras deudas.

¿Quién puede ser un acreedor hipotecario?

Cualquier entidad bancaria, aseguradora, así como también, institución de crédito que se encuentre habilitada para ofrecer y formalizar hipotecas es, en cada una de las operaciones que firme, un acreedor hipotecario.

En otras palabras, cualquier entidad que brinde préstamos hipotecarios, actuará como acreedor inmobiliario en las operaciones que firme.

Ley hipotecaria y la figura del acreedor hipotecario

Resulta conveniente resaltar un aspecto de gran importancia. En 2012, el Gobierno de España, por medio del Consejo de Ministros, dio a conocer un Real Decreto donde se aprobaban medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios ante acreedor hipotecario. Esto significa que, reforzaba la Ley Hipotecaria con nuevas medidas que no modificaban sino que invalidaban ciertos aspectos.

En este Real Decreto, el Consejo de Ministros, el 15 de noviembre del 2012, establece la moratoria de dos años para llevar a cabo un desahucio en el caso de personas o familias vulnerables, además de la creación de un parque de viviendas en alquiler para aquellos desahuciados.

Se trata de medidas que brindan protección a familias vulnerables. Logrando evitar que el acreedor hipotecario pueda recuperar la vivienda y, con ello, su deuda, hasta que hayan transcurrido dos años como mínimo desde que iniciara el proceso de embargo.

Por este motivo, a pesar de que no se modificó la ley que regula el proceso de desahucio, la Ley Hipotecaria y la de Enjuiciamiento Civil, medida aprobada por el Gobierno, es la que podemos encontrar en el Real Decreto-ley 27/2012. Sin lugar a dudas, ocasionó una gran cantidad de críticas tratándose de un tema bastante discutido. Esto se debe a que ocasionó la ocupación de inmuebles por parte de ciudadanos que no poseen recursos.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los acreedores hipotecarios. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte sobre los principales riesgos que implica ser aval para hipotecas. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Al momento de alquilar una casa, de solicitar un préstamo o bien, una hipoteca, es muy común hacer uso de los avales como garantía de pago. De esta manera, en caso de que la persona avalada no puede hacer frente los costes, el avalista tendrá que asumir la deuda. Sin lugar a dudas, avalar a un hijo o bien, a un amigo puede significar grandes riesgos.

¿Qué significa ser aval para hipotecas?

Cuando hablamos de la palabra aval, nos referimos a una obligación que alguien adquiere de hacer aquello a lo que otra persona se ha comprometido, en caso de incumplimiento. Hoy en día, es muy común que los propietarios de las viviendas, a la hora de alquilarlas, o bien, la entidad bancaria en caso de hipotecas, soliciten un aval para lograr asegurar el pago. En algunos casos, esto implica un momento incómodo para los avalistas, ya que sienten que deben tener confianza plena en el solicitante, que por lo general, se trata de un familiar. Como posible avalista es necesario cubrirse las espaldas e informarse de manera adecuada. Es muy importante tener en cuenta algunos factores.

Puntos a tener en cuenta para ser aval para hipotecas

Aquí te detallaremos algunos puntos clave que debes tener en cuenta:

Contratar el seguro de hogar

Un seguro de hogar es un mecanismo que sirve para proteger una vivienda ante cualquier posible inconveniente, esto abarca desde una gotera hasta un robo. Es de ayuda para evitar que haya que hacer frente a gastos imprevistos, y a menudo bastante altos, que desequilibren el presupuesto e impacten en la salud financiera de la familia. Lo más aconsejable es asegurar la vivienda. Por otro lado, también es recomendable revisar de manera periódica si la póliza contratada logra ajustarse realmente a las necesidades y capacidad de pago.

Ser aval para hipotecas solo si podemos afrontar la deuda avalada

Avalar solo si estamos realmente seguros de que podemos afrontar la deuda avalada es fundamental. Como posible avalista, debemos tener en claro cuáles son los riesgos, ya que supone los mismos que solicitar un préstamo hipotecario pero sin ningún tipo de beneficio. Si se tiene intención de avalar a un hijo, por ejemplo, es fundamental conocer los detalles de lo que nos pide o, en todo caso, lo que pide la entidad bancaria o propietario del inmueble.

Ten en cuenta que, mientras más se conozca sobre el tema, mejor. Al tener en claro qué es necesario y estar al tanto de los detalles, el avalista contará con mayor información para decidir avalar a un tercero. Estos solo serán algunos de los puntos que señalarían que realmente somos capaces de asumir la obligación que nace del aval.

Debes conocer a la persona avalada y cuál es su solvencia

Es común que se hable demasiado del avalista pero prácticamente nada del solicitante. Para poder cumplir con el aval, el avalista tendrá que contar con unos ingresos más elevados que los del solicitante. No obstante, por parte del avalista, es fundamental tener en claro cuáles son los ingresos de la persona a la que está avalando.

Es por este motivo que resulta necesario conocer su solvencia económica y saber si se trata de una persona que es capaz de cumplir con la obligación de pago. No importa si se trata de un familiar o un amigo, cuando hablamos de ser aval para hipotecas, las palabras no valen como garantía de pago. En definitiva, la realidad es que es tan importante saber las condiciones económicas del solicitante como las del avalista.

Asegúrate de que el solicitante te brinde una muestra de compromiso

En necesario asegurarse del compromiso del solicitante con la obligación de pago del préstamo hipotecario del inmueble. Este punto puede llegar a ser incluso más importante que su propia solvencia. Una manera interesante para medir el nivel de compromiso del titular del préstamo es que éste aporte fondos propios, por ejemplo puede ser el porcentaje de una cifra o bien, una vivienda particular como seña. De esta forma es posible prevenir futuros problemas en el caso de que el solicitante se canse de la vivienda e incumpla el pago, lo que daría lugar a situaciones económicamente controvertidas que romperían la confianza que existe entre avalista y avalado. Por otro lado, también daría lugar a la reclamación al avalista de la deuda pendiente.

En primer lugar, la seguridad

Otro punto fundamental para ser aval para hipotecas es estar completamente seguro de la acción que vamos a llevar a cabo. Probablemente, se trate del primer paso para ayudar a alguien de tu entorno que lo requiera. Es fundamental leer detalladamente las condiciones, tener en claro cuáles son las ventajas y los puntos en contra, además de conocer cada una de las opciones que brinda cada solicitud que se firma. Ten en cuenta que, más allá de lo mucho que se quiera a la familia y amigos, debes informarte muy bien en este tipo de operaciones. Esto será vital tanto para los ahorros como para el futuro de los avalistas.

¿Qué riesgos implica ser aval para hipotecas?

El avalista tendrá responder en el caso de impago, siempre que no se haya limitado la responsabilidad del mismo en el contrato de préstamo hipotecario.

Al avalista se le aplicará el principio de responsabilidad patrimonial universal, que se encuentra regulado por el Código Civil, lo que significa que pondrá en juego todos sus bienes presentes y futuros para lograr cumplir con las obligaciones de pago del avalado. Esto significa que, al aceptar ser avalista de un préstamo hipotecario asumimos un gran riesgo, ya que si la deuda no se llega a pagar éste deberá con todo su patrimonio.

Por otro lado, la deuda que está garantizando el avalista aparecerá en su CIRBE, esto limitará sus posibilidades de obtener financiación nueva. En último lugar, si ni titular ni avalistas cumplen con las obligaciones de pago, ambos pasarán a figurar en bases de datos de morosidad, lo que no permitirá que logren obtener más financiación.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre los riesgos de ser aval para hipotecas. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte como avalar una hipoteca con otra vivienda y si puedo avalar teniendo hipoteca. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

¿Puedo avalar teniendo hipoteca?

La respuesta es no, si bien es posible avalar una hipoteca con otra vivienda, no será posible si esta no se encuentra libre de cargas. Ahora bien, teniendo en cuanta que no puedo avalar teniendo hipoteca, aquí te contaremos cómo puedes avalar una hipoteca con otra vivienda y cuáles son los requisitos que debes cumplir. Te explicaremos detalladamente cuáles son las claves de esta opción, los beneficios y los riesgos que implica.

A la hora de buscar un préstamo hipotecario, es muy común que nos encontremos en la necesidad de ofrecer un aval para que la entidad bancaria nos dé el visto bueno para brindarnos el préstamo. Una gran opción que nos puede ser de mucha ayuda, es avalar una hipoteca con otra vivienda.

Entre los principales puntos que debemos tener en cuenta se encuentra el hecho de que el inmueble debe encontrarse libre de cargas, debe ser aceptado por el banco y que su propietario también acepte que sea utilizado como aval. Aquí te explicaremos los beneficios y los riesgos de esta interesante opción.

¿Cómo avalar un préstamo hipotecario con otra vivienda?

Se trata de una opción de lo más interesante al momento de pedir un préstamo hipotecario con aval. Consiste en usar un inmueble de nuestra propiedad para avalar la hipoteca. Debes tener en claro que, si se da un caso de impago, la entidad bancaria tendrá la posibilidad de recurrir a este inmueble que se usa de aval para garantizar el pago de la deuda.

¿Qué tipo de inmuebles puedes utilizar como aval?

Es necesario tener en claro que no cualquier tipo de inmueble será aceptado como aval por parte de la entidad bancaria al momento de solicitar un préstamo hipotecario. Aquí van las condiciones generales que deberá cumplir el inmueble que se va a presentar como aval:

El inmueble debe encontrarse libre de cargas

Es normal que, en estos casos, surja la duda de si puedo avalar teniendo hipoteca, la respuesta es no. Esto significa que, el inmueble que se presenta como aval del préstamo hipotecario no tendrá que encontrarse ya hipotecado.

El inmueble debe ser aceptado por la entidad bancaria

Con respecto a esto, lo más común es que el inmueble que tenemos intensión de presentar como aval se trate de una casa, ya que son los inmuebles que más seguridad brindan a las entidades bancarias. De lo contrario, si nos interesa utilizar otro tipo de inmuebles como aval, como puede ser, un terreno o un local comercial, lo más probable es que el banco lo rechace como aval.

El propietario deberá aceptar que el inmueble sea utilizado como aval

Si el propietario de la vivienda se trata del mismo solicitante este punto no representará ningún tipo de inconveniente. Sin embargo, en el caso de que la vivienda sea propiedad de otra persona como pueden ser por ejemplo, los padres del solicitante del préstamo hipotecario, es fundamental que el propietario acepte el contrato en el que su inmueble pasa a ser aval de la propiedad.

Los beneficios de avalar un préstamo hipotecario con otra vivienda

El principal beneficio de avalar un préstamo hipotecario con otra vivienda es que simplifica el acceso al crédito que necesitamos. Esto se debe a que, la existencia de un aval es una gran garantía para la entidad bancaria al momento de dar el visto bueno a una hipoteca.

Puntos en contra de avalar una hipoteca con otra vivienda

Por otro lado, la principal desventaja de avalar una hipoteca con otra vivienda es que, si se da un caso de impago, la entidad bancaria podrá embargar el inmueble. Esto significa que, se pone en riesgo una vivienda que ya es de nuestra propiedad y que, de no cumplir con las obligaciones de pago, podría pasar a pertenecer al banco.

Pasos a seguir para avalar una hipoteca con otra vivienda

En primer lugar, lo tendremos que hacer para avalar un préstamo con otra casa es comparar préstamos hipotecarios para encontrar el que mejor se ajuste a nuestro perfil como cliente. Además, ten en cuenta que sean productos hipotecarios a los que sea posible acceder por medio de un aval.

Una vez que hayas encontrado el préstamo hipotecario perfecto para ti, los trámites serán los mismos que al momento de solicitar cualquier hipoteca común. Esto significa que, tendrás que ponerte en contacto con la entidad bancaria para dar inicio a los trámites. Esto incluye el estudio de viabilidad del perfil de cliente. En caso de que la entidad bancaria acepte la solicitud, se concretará un día para llevar a cabo la firma del préstamo hipotecario.

¿Para qué sirve avalar un préstamo hipotecario con otra vivienda?

Algunos casos en los que suele ser habitual usar esta opción son los siguientes:

En caso de que se quiera comprar una segunda vivienda.

Si se necesita dinero para abonar el pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esto puede ocurrir, por ejemplo, luego de una herencia.

Cuando se tiene interés en llevar a cabo una reforma integral de la vivienda que se va a hipotecar.

Por lo general, avalar un préstamo hipotecario con otra vivienda es una operación que se lleva a cabo en caso de que no sea posible acceder a financiación de otra forma. En otras palabras, siempre será una mejor opción solicitar un préstamo hipotecario para la compra de una vivienda.

No obstante, si la entidad bancaria no concede la hipoteca sin un aval, la opción de usar una vivienda que ya sea de nuestra propiedad es una manera sencilla y efectiva de acceder a la financiación que necesitamos. Si bien no se puede dejar de lado el gran riesgo que esto representa en caso de impago. Por lo que es una operación que debe pensarse con gan detenimiento antes de llevarse a cabo.

En resumen, no puedo avalar teniendo hipoteca ya que el inmueble no debe tener cargas. Sin embargo, de no tener hipoteca, se trata de una opción interesante para conseguir financiación.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre si puedo avalar teniendo hipoteca y cómo avalar el préstamo hipotecario con otra vivienda. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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La vivienda joven es uno de los principales retos a los que se enfrentan los gobiernos, cuyo desafío es trabajar conjuntamente con el sector inmobiliario y financiero para lograr el objetivo del primer piso propio.

Comprar una vivienda no tiene por qué ser algo inalcanzable, si la Administración, el sector inmobiliario y el financiero logran un acuerdo que sea conveniente para todos. 

En la actualidad el segmento de los jóvenes ve con mucha frecuencia sus posibilidades de compra frustradas y no tiene otra opción que permanecer en la vivienda de los padres. Esto sucede porque, a pesar de tener capacidad de pago por contar con trabajos estables, no logran llegar a la inversión inicial de entrada.

Capacidad de trabajo vs Capacidad de ahorro

Los ahorros son insuficientes ya que el volúmen que se necesita para el ingreso a una hipoteca es tan importante que esta posiblidad se ve trunca.  

En España hay un gap en la tasa de emancipación respecto al promedio europeo. La realidad es que existe un grupo de edad comprendido entre los 27 y los 37 años que quizá nunca acceda a comprar una vivienda. A pesar de tener voluntad y deseo y un empleo razonable, no llegan al importe necesario de ingreso para la hipoteca. El problema no es que no exista capacidad de pago sino que no existe capacidad de ahorro

Además se popularizó una falsa creencia de que el alquiler, al ser más alcanzable, es la idea más conveniente. Así es como muchos jóvenes descartan el sueño de la vivienda propia

Es por esto que urge un sistema que flexibilice las ayudas para el sector, atendiendo a esta demanda de vivienda joven. De esta manera se podrá lograr el objetivo de la primera vivienda.

¿Qué dicen los expertos sobre la vivienda joven?

La propuesta del sector inmobiliario y promotor es la de elevar el volumen de financiación que cubren las hipotecas desde el 80% hasta el 95%.

El desafío es elevar el porcentaje del precio de la vivienda que cubre el banco con la hipoteca. Sin embargo esta variación no debe aumentar los niveles de riesgo ni deteriorar los ratios de capital de las entidades financieras.

En declaraciones a El País, Diego Fernández, responsable de Negocio Hipotecario de Santander España consideró que las condiciones dificultan el ingreso a la vivienda joven. “La regulación exige que el banco pueda financiar como mucho el 80% ya que de lo contrario penaliza tremendamente en los ratios de capital. Eso implica que un joven tiene que aportar el 20%. Teniendo en cuenta ese perfil, solo el 4% de los clientes de Santander podrían acceder al mercado de la vivienda. Si el cliente tuviera que aportar solo el 5%, el espectro de clientes se ampliaría al 45%”, explicó.

En ese sentido, desde la Administración se está buscando la fórmula para crear un escenario que proporcione seguridad tanto a los clientes como a los bancos. De esta manera se lograría que cada vez más jóvenes decidan adquirir su primera vivienda frente a otras alternativas como el alquiler.

¿Cómo se podría cubrir este 15% extra para el ingreso a una vivienda?

Las normativas actuales son constrictivas y apelan a un esfuerzo que en muchos casos es demasiado alto. Es por esto que se hace necesario generar estabilidad en el empleo, capacidad de pago en el comprador y favorecer las condiciones de juego de las entidades financieras. De esta manera se podría dar el salto hasta el 95% de colaboración externa y se abriría el la posibilidad a este sector de la población. 

Según José María Gómez, director general de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad de Madrid, no se descarta que la Administración pueda participar en el porcentaje para dar confort a los bancos y actuar en favor de los compradores.

Contar con un aval que cubra la diferencia entre el 80% de financiación a cargo de la hipoteca y el objetivo del 95% permitiría dar entrada a una mayor parte del colectivo joven. Si el banco financia un 80%, sería interesante que haya un complemento de garantía de un tercero. Este lugar podría ser ocupado por la administración o por otros actores, como las aseguradoras.

Opciones de garantías

Las soluciones no deben pasar por subvencionar, porque finalmente esto termina repercutiendo en el precio de los activos. El reto está en dar capacidad a los usuarios de poder financiar más el coste de la compra, casi en su totalidad. De esta manera el comprador logra tener un incentivo claro y un horizonte.

En ese sentido, según el responsable de Negocio Hipotecario de Santander se presentaron tres líneas en las que trabaja el banco. De esta manera participarían otros actores para articular las ayudas tendientes a garantizar el ingreso a la vivienda:

La compañía de seguros

La primera propuesta es el ingreso de las compañía de seguros, las que podrían asegurar el tramo necesario para pasar de ese 80% que cubre la hipoteca hasta el 95%. Esta es una opción muy interesante que actualmente se encuentra en análisis.

Sin embargo no es sencillo que aseguradores relevantes y solventes se interesen por entrar en este tipo de operaciones.  La ventaja desde el punto de vista de la administración es que solamente se paga una prima de seguro y  no requiere de un endeudamiento significativo

La administración

La segunda opción se trataría de la aportación de un aval por parte de la administración. Esta alternativa es limitada ya que presenta dificultades en cuanto a la contabilidad. Con las reglas presupuestarias  existentes, el aval computa como deuda. Y aunque la pérdida esperada sea muy pequeña se asume como deuda el 100% de ese aval, con lo cual limita mucho a nivel de presupuestos de las administraciones.

Créditos y aval de la primera pérdida

Una tercera posibilidad es utilizar créditos avalados por el ICO con la Administración cubriendo la potencial primera pérdida de una cartera hipotecaria. Esta opción lo que permite es limitar el endeudamiento del gobierno. Lo que asume es la expectativa de la primera pérdida de una cartera con estas características. Por lo tanto, acota la aportación de la Administración pero requiere de una mayor sofisticación en el vehículo financiero para poder articularlo.

La compra de una primera vivienda podrá ser una posibilidad más cercana cuando se aúnen criterios y se logre el consenso. La colaboración del tándem gobierno, entidades financieras y sector inmobiliario puede llegar a buen puerto si todos muestran buena voluntad. De esta manera muchos jóvenes podrán lograr su objetivo: cumplir el sueño de la casa propia.

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La suspensión de pagos de una discoteca en Madrid y la reducción del 50% de su renta habitual cuando pueda volver a trabajar sienta jurisprudencia basándose en la cláusula rebus sic stantibus.

Comienzan a sustentarse en la Justicia las medidas tomadas por el gobierno a principio de año para palear la crisis económica provocada por el Coronavirus.

Dos jueces han tomado las medidas cautelares tendientes a dar aval en la justicia al Decreto-ley 15/2020, sancionado en abril de este año. Dicho decreto buscó adoptar una serie de medidas que refuercen la actividad económica y, principalmente, a las PYMES y los autónomos que se hayan visto afectados de forma directa por el COVID-19.

En Madrid, el juez Carlos Ceballos Norte, titular del Juzgado de Primera Instancia 81 dictaminó la medida avalando la suspensión de pagos . El caso lo presentó una discoteca céntrica que logró la rebaja al 50% en el momento en el que pueda volver a las actividades.

A tono con esa decisión, el Juzgado de Primera Instancia nº 2 Benidorm (Auto 162/2020, 7 Jul. Procedimiento 601/2020)  acordó la suspensión temporal del pago de la renta de un local debido a la crisis ocasionada por el COVID-19.

¿Cuáles fueron las causas por las que el gobierno decretó la medida de suspensión de pagos de alquileres?

Debido a la fuerte crisis económica generada por la pandemia el gobierno dispuso medidas extraordinarias para sortear la complicada situación de muchos arrendatarios

Desde que se decretó el primer estado de alarma en España  se dictaminaron varias leyes-dectreto  tendientes a sustentar a las personas que por las restricciones obligatorias perdieron sus fuentes de trabajo o se vieron impedidos de volver a realizar sus tareas con normalidad. 

¿Cómo fue el tratamiento respecto de los alquileres de viviendas?

En cuanto a los alquileres de vivivendas, el gobierno dispuso una mora para aquellas personas que cumplieran con condiciones de vulnerabilidad. Con el fin de acogerse a dicha norma, debían ubicarse bajo estos requisitos:

  • Acreditar el estado de vulnerabilidad económica
  • La vivienda debía ser la habitual, no segunda residencia o vacacional.
  • El propietario tenía que cumplir la condición de ser empresa del Estado o dueño de más de diez inmuebles

La moratoria consistió en el emplazamiento a un acuerdo entre arrendador y arrendatario para el pago de la vivienda en un plazo distinto al convenido. Los términos de este convenio fueron:

  • Por un máximo de cuatro meses reducir la renta al 50%

  • Conceder el aplazamiento de pagos

Si se optó por el aplazamiento, la moratoria se considera automática, y podrá durar lo que dure el estado de alarma, e incluso prorrogarse tal y como ha venido decretando el Consejo de Ministros.

La persona arrendataria no sufrirá ninguna penalización y las deuda aplazada será cancelada a la arrendadora sin intereses.

¿En qué casos La Ley de Arrendamientos contempla la suspensión de pagos de alquiler?

La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos no prevé causa alguna de exclusión del pago de la renta por fuerza mayor o por declaración de estado de alarma u otras causas, ante la falta de acuerdo entre las partes. La salvedad del caso está referida en su artículo 26, relativo a la habitabilidad de la vivienda derivada de la ejecución de obras, que podría ser aplicable a los locales de negocio.

Tal como consigna la Ley Decreto 15/2020 publicada en el Boletín Oficial del Estado ante esta situación se procedió prever una regulación específica en línea con la cláusula «rebus sic stantibus», de elaboración jurisprudencial, que permite la modulación o modificación de las obligaciones contractuales. Todo esto siempre y cuando concurran los requisitos exigidos:

  • imprevisibilidad e inevitabilidad del riesgo derivado
  • Excesiva onerosidad de la prestación debida
  • Buena fe contractual.

Dentro de la Ley Decreto, se consideró conveniente ofrecer una respuesta que permita abordar la situación y regular procedimientos. De esta manera se propició el acuerdo entre las partes para la modulación del pago de las rentas de los alquileres de locales.

¿Qué es el rebus sic stantibus?

De esta cláusula es de la que se valieron los magistrados para dictar las medidas cautelares procedentes a justificar la mora en los alquileres.

La expresión latina, traducida como “estando así las cosas” es una de las cláusulas más conocidas de la historia del derecho en Europa. Aplica una significativa corrección a otro principio igualmente histórico, el de ‘pacta sunt servanda’ (los pactos deben cumplirse). La misma afirma que cuando, de manera sobrevenida, por fuerza mayor, cambian las circunstancias en las que se firmó el contrato, cada una de las partes puede desistir de su cumplimiento o renegociarlo.

En los casos de arrendamiento de locales, la cláusula es totalmente aplicable ya que a causa de la pandemia las circunstancias en las que se firmó el contrato variaron indefectiblemente. Esto marcó la habilitación a las partes a renegociar las condiciones mientras duren las medidas restrictivas a la actividad que se desarrollaba.

¿Qué fundamentos expusieron los demandantes para poder recurrir a la suspensión de pagos de alquiler?

La demanda del local bailable de Madrid contó con el apoyo de Tito Pajares, presidente de la Asociación de Empresarios de Ocio Nocturno y Espectáculos de Madrid (CONM). En ella se solicitaba la aplicación de la cláusula “rebus sic stantibus” al contrato de arrendamiento.

El lugar de esparcimiento llevaba sin abrir sus puertas al público siete meses, desde que se dictaminó el estado de alerta en toda España.

El juez Carlos Ceballos Norte consideró en sus argumentos que mientras no esté permitida la apertura, se acordará la suspensión de pago de la renta. De igual maneral se seguirán abonando las cantidades complementarias que venían abonándose durante la moratoria.

La renta a pagar, una vez que la actividad vuelva a reanudarse, será de 7.500 euros mensuales –la mitad del alquiler pactado por contrato–, hasta que se celebre el juicio

El magistrado se basó en la Ley Decreto 15/2020.

Otro de los casos que tomaron relevancia por haber podido acogerse a la suspensión de pagos fue el propiciado por el juzgado de Primera Instancia nº2 de Benidorm de 7 de julio. En los autos se aprobaron las medidas cautelares promovidas por un arrendatario de local de negocio de hostelería y restauración.

A través del mismo se procedió a la suspensión en forma parcial y temporal de su obligación de pago de la renta. Además se avaló la prohibición a la arrendadora de presentar demanda de desahucio durante la tramitación del procedimiento.

Estas dos medidas cautelares avalaron la suspensión de pagos de alquileres de locales durante el tiempo que dure la pandemia y asegurando su prórroga mientras el gobierno así lo estime.

De todos modos, ambos procesos continuarán por la vía legal, debiendo esperar el juicio para llegar a una sentencia firme.

¿Qué se recomienda para evitar llegar al proceso legal?

Ante la crisis provocada por la pandemia y atento a futuros inconvenientes de pago, se recomienda actuar con celeridad y negociar ya sea la reducción de la renta o la suspensión de la misma entre arrendador y arrendatario.

Cualquier solución negociada será más económica que acudir a la Justicia, aunque habrá ocasiones en el que el recurso será obligado por las circunstancias.

Si te quedó alguna consulta o quieres hacer algún comentario, no dudes en escribirnos! En Oi Real Estate estamos a tu disposición para cualquier asesoramiento que necesites.

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