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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber sobre la renta inmobiliaria imputada y de qué modo puedes incluirla en la declaración. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Es muy común que muchos propietarios se pregunten si es necesario pagar impuestos por tener un piso vacío. Por lo general, la respuesta que la gente cree es que no, sin embargo, la realidad es que sí hay que hacerlo. Contar con un piso vacío sin alquilar es una carga en el IRPF. Se trata de lo que Hacienda llama una renta inmobiliaria imputada.

¿En qué consiste una renta inmobiliaria imputada?

En el artículo 85 de la Ley 35/2006 de IRPF se aclara lo que es una renta inmobiliaria imputada y cuáles son las propiedades que pueden verse afectadas por ella. Para explicarlo de modo resumido, diremos que consiste en un ingreso a efectos de la declaración de la renta que es necesario declarar por contar con una vivienda vacía que no sea la habitual.

Hacienda afirma que cualquier inmueble que no se trate de la vivienda habitual es susceptible de generar una renta o bien, un ingreso. Ten en cuenta que esto también abarca a los garajes. Que luego a título particular te interese o no aprovecharlo, es un tema personal que debes decidir tú. Lo que la Agencia Tributaria considera es que por el simple hecho de tener la posibilidad de obtener ese dinero, es tu obligación abonar un mínimo en la declaración de la renta.

La realidad es que, las rentas inmobiliarias imputadas aparecen para hacer frente al problema de los inmuebles alquilados a familiares y amigos a coste cero. Se trata, principalmente, de una medida para incentivar el alquiler de casas vacías.

¿Sobre qué propiedades se aplica la renta inmobiliaria imputada?

Sin embargo, debemos tener en claro que la renta inmobiliaria imputada no es universal. En primer lugar, no se aplica sobre la casa en la que resides, tampoco sobre una vivienda que tengas en alquiler. En el primer caso, no se aplica la renta inmobiliaria imputada debido a que no hay posibilidad de obtener beneficios por una casa que se trata de tu vivienda habitual. Por otro lado, en el segundo, se debe a que ya estás obteniendo una renta de alquiler por la que deberás abonar impuestos en la declaración.

Aquí van los requisitos de Hacienda para que una propiedad genere una renta inmobiliaria imputada:

Oficina

Claro que siempre y cuando no se trate de bienes urbanos que estén afectos a actividades económicas. Esto deja fuera una vivienda vacía que se trate de tu oficina como autónomo, o bien, un garaje que utilices para tu trabajo como autónomo.

Fincas urbanas indispensables

Cuando no se trate de inmuebles rústicos que resulten fundamentales para el desarrollo de explicaciones agrícolas o forestales.

Suelo no edificado

En este caso no debe tratarse de suelo no edificado, inmuebles en construcción y tampoco, inmuebles que no sean susceptibles de uso por razones urbanísticas.

Que no se trate de tu vivienda habitual

Aquí también tienen esa consideración las plazas de garaje adquiridas en conjunto con el inmueble, sin embargo, hasta un máximo de dos. El principal inconveniente en este punto aparece cuando la plaza no se encuentra en el mismo lugar que la vivienda. En estos casos Hacienda suele interpretar que no es parte de la vivienda habitual y, por ende, sí sería motivo para aplicar una renta inmobiliaria imputada.

Que no genere rendimiento de capital

Esto quiere decir, que no se encuentre alquilada o cedido su uso en usufructo.

¿Quién debe abonar la renta inmobiliaria imputada?

Más allá de la propia vivienda, Hacienda también explica quienes deben incluir este tipo de ingresos en su declaración de la renta. Esto se debe a que no todos los propietarios deben pagar. Aquí te contaremos cuáles son los requisitos que debes cumplir como contribuyente:

Ser propietario del inmueble

En este punto no tiene demasiada importancia si es tuya por completo o si sólo tienes un porcentaje de la vivienda. Se trata de pagar de manera proporcional a la propiedad que tengas.

Que el inmueble pueda ser ocupado

Si la vivienda es compartida, Hacienda no le dará importancia a que este uso tenga que hacerse por turnos.

En caso de que efectivamente puedas ocupar el inmueble

Esto consiste en ser titular del derecho real de disfrute. Es por este motivo que, si la vivienda está cedida en usufructo no deberán imputarte ninguna renta.

Calcular la imputación de la renta inmobiliaria

Como norma general, el valor de la imputación de renta inmobiliaria se trata de un 2 % del valor catastral que se encuentre en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). No obstante, podemos encontrar dos excepciones:

Valor catastral modificado luego del 1 de enero de 1994

El valor de la renta inmobiliaria será del 1,1 % sobre el IBI para aquellas viviendas cuyo valor catastral haya sido revisado o bien, modificado luego del 1 de enero de 1994 por medio de un procedimiento de valoración colectiva.

Viviendas que no posean valor catastral

El valor será de un 1,1 % sobre el valor de la vivienda en el Impuesto sobre el Patrimonio para aquellos inmuebles que no cuenten con valor catastral o bien, para los que Hacienda no lo haya comunicado.

¿De qué manera y en qué momento se incluye en la declaración de la renta?

Las imputaciones inmobiliarias de renta se incluyen en el apartado de la renta que corresponde a Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas. Es allí donde se identifican las viviendas que los contribuyentes tienen en propiedad y cuál es el uso que le dan.

Puedes calcular la renta inmobiliaria imputada a través de, Renta Web, se trata de un programa de Hacienda. Como contribuyente únicamente no debes olvidarte de incluir la propiedad en tu próxima declaración de IRPF.

Luego de leer este post, nos interesa mucho saber cuál es tu opinión. Si te interesa compartirla con nosotros, es posible hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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¿Es siempre obligatorio el pago de la comisión por un piso de alquiler? Pasan los años y todo lo que rodea al asunto comisiones inmobiliarias sigue generando preguntas, consultas y dudas en los intervinientes. En un concepto global, debemos dar por sobreentendido que todo aquel que busque una vivienda para alquilar y lo haga a través de una agencia inmobiliario deberá abonar la comisión correspondiente. Sin embargo, pueden darse ciertas excepciones a las reglas y muchos las desconocen. En este artículo de Oi Real Estate, veremos cuándo no pagar comisión por un piso de alquiler. Te invitamos a leer para conocer más.

El stress de alquilar

El alquilar una propiedad es una de las acciones inmobiliarias más estresantes en lo cotidiano. Encarar estas diligencias, y en ocasiones durante el transcurso del contrato en sí, genera altos grados de preocupación tanto en propietarios como en eventuales inquilinos. Si bien en el inconsciente colectivo suele registrarse y considerar como preponderante la problemática del acceso a la vivienda de alquiler (ya que hablamos de familias que están buscando dónde vivir) el arrendador tampoco transita este proceso de forma sencilla.

En saber elegir al inquilino ideal habrá también un factor suerte que escapa a las manos de los propietarios o a su intuición. Justamente (y entre otros motivos) para contrarrestar el stress que conlleva alquilar una propiedad es que los propietarios acuden a las agencias. Allí, los asesores y agentes inmobiliarios procurarán hallar al inquilino que más se ajuste al perfil requerido y a las pretensiones del arrendador; y por supuesto solucionar los inconvenientes que puedan presentarse a lo largo de la negociación.

A estas alturas, ya nadie puede negar que las comisiones que las agencias inmobiliarias o agentes independientes estipulan de antemano por cada negociación llevada a buen puerto es más que justificada. Sin embargo, existe una duda tan vieja como lo es el negocio inmobiliario. Esas comisiones… ¿Son de carácter obligatorio? ¿Puede un inquilino encontrarse en una posición que lo exima de ello? Intentaremos dilucidar esa interrogante en este artículo.

¿Cuándo no pagar comisión por un piso de alquiler?

El pago de las comisiones a las agencias es responsabilidad en casi todos los casos del arrendatario y deberá provenir de sus arcas. No obstante ¿Conoces cuáles son las excepciones que, aunque mínimas, existen?

El director General de la Agencia Negociadora del Alquiler (también conocida en su acrónimo ANA), José Ramón Zurdo, echó luz sobre este tema recientemente en declaraciones al sitio de consulta Idealista; cuando declaró  que…

…los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato serán a cargo del arrendador (el propietario), cuando este sea una persona jurídica; es decir, si el propietario del inmueble es una empresa, el inquilino no tiene que pagar los gastos de agencia.

José Ramón Zurdo – Director General de la Agencia Negociadora del Alquiler

En este sentido, Zurdo se extendió sobre este hecho puntual y desconocido por muchos; aludió que se trata de una modificación al artículo 20-1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), introducida por el Real Decreto Ley /2019 de marzo de 2019. Sin embargo, esta modificación en especial contiene una gama de grises dignas de estudiar en mayor profundidad.

¿Si el arrendador es una compañía o una empresa?

Desde esta modificación existente desde comienzos de 2019, se prevén dos casos en los cuales las comisiones puntuales que las agencias inmobiliarias exigen no dependerán del desembolso de los futuros inquilinos. Por supuesto, no queremos decir que dichas comisiones queden en un limbo, ni mucho menos que no se exijan; sino que las mismas deberán provenir de las cuentas de los propietarios. Tal cual declaró José Zurdo se dan cuando el arrendador es una compañía o una empresa. Veamos de qué se trata:

  • Gastos de formalización de los contratos. Esto es, parte de las comisiones destinadas a cubrir gastos de redacción en contratos por parte de profesionales o doctorados del sector; como abogados, asesores inmobiliarios matriculados, etc.
  • Gastos de gestión integral en bienes raíces. Si bien el término se aplica tal cual en la modificación del artículo citado, su terminología es casi infinita. Por tanto, puede referirse a los gastos propiamente dichos en búsqueda de arrendatarios, visitas guiadas, planificación y logística de exhibiciones virtuales, etc. A simple vista, esta es una de las comisiones que más disputas genera por su amplitud en el concepto.

Excepciones dentro de las excepciones

Existen excepciones que se producen en una negociación de alquiler cuando el arrendador es una compañía o una empresa; de hecho, esas excepciones pueden a su vez contener varias otras. Por ejemplo:

  • Alquiler para uso no habitual o laboral. Arrendamientos de propiedades para talleres, oficinas, depósitos o locales comerciales.
  • Arrendamientos no fijados mediante la Ley de Arrendamientos Urbanos. Existen muchas variantes de contratos y según la región, estos pueden incluso permanecer por fuera de la LAU.
  • Alquileres temporales. La agencia podrá exigirles también a los inquilinos el pago de las comisiones, aunque sus arrendadores fueran compañías o empresas, mediante contratos de alquileres temporales donde sean preponderantes las voluntades de las partes.
  • Inquilinos renunciantes a sus derechos. Los inquilinos también podrán renunciar a sus derechos de no pagar las comisiones, siempre y cuando estas sean por escrito y pactadas entre los intervinientes. Por más que parezca una contradicción el renunciar a hacerse responsable del pago de comisiones (a pesar de que la Ley permita no hacerlo), esta “renuncia” suele propiciarse mediante un pacto entre arrendadores y arrendatarios a posteriores atribuciones que terminen en cierto modo beneficiando a los inquilinos.

El sector inmobiliario y el desconocimiento

¿Cuándo no pagar comisión por un piso de alquiler? Desde nuestros distintos artículos solemos recomendar fuertemente a los futuros inquilinos el informarse puntualmente sobre los claroscuros de los contratos y las leyes que los acompañan y protegen en este complejo emprendimiento de arrendación. Leer los contratos y saber cuáles artículos responsabilizan y otorgan derechos a las partes implicadas será siempre vital para mantener una relación comercial sana entre inquilinos, propietarios y agentes inmobiliarios.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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Desde Oi Real Estate queremos contarte en qué se diferencian el alquiler vacacional y el alquiler de temporada. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Es sabido que España se mantiene como uno de los principales países del mundo en los que es muy conveniente invertir en vivienda. Por otro lado, todo indica que durante el año 2022 esta tendencia se conservará e, incluso, podría llegar a aumentar.

El mercado inmobiliario ha demostrado, que a pesar de la pandemia del COVID-19 y de sus consecuencias, logra mantenerse estable y como una apuesta segura al momento de realizar una inversión. Sin embargo, la realidad es que los expertos del sector prevén que la compra de vivienda será la mayor protagonista del 2022, se espera que el mercado del alquiler también logre obtener algo de protagonismo, principalmente en lo que abarca al alquiler de temporada y al alquiler vacacional.

Aquí te explicaremos cuáles son las principales diferencias que podemos encontrar entre el alquiler vacacional y el de temporada, cómo se cree que van a actuar durante el 2022 y por qué estos tipos de alquileres continuarán siendo muy rentables en España. 

¿Cómo se cree que actuará el mercado del alquiler 2022 en España?

Sin lugar a dudas, el mercado del alquiler ha sufrido una gran cantidad de cambios durante el 2021, principalmente durante el último trimestre del año, debido a la nueva ley de vivienda en España. Dicha normativa, cuyo objetivo es mantener un control de los alquileres en el país, también afectará presuntamente la duración de los mismos.

Incluso, la duración de los alquileres en la nueva ley de vivienda que aún se está tramitando, por lo que debemos tener paciencia para saber si el Gobierno respeta o no la regulación contenida en el anteproyecto de ley. Dicha ley afirma que la duración mínima obligatoria del contrato de alquiler debe ser de cinco años.

Es por este motivo que una gran cantidad de propietarios de viviendas comienzan a pensar seriamente en la posibilidad de pasarse al alquiler de temporada o bien, al alquiler vacacional. Esto es así porque se trata de una modalidad mucho más flexible y que además, por el momento, no se verá afectada por la nueva normativa. El principal motivo es que, en este tipo de contratos, el plazo de duración no se encuentra sujeto a ninguna prórroga obligatoria para los propietarios, por lo que al vencimiento del periodo que haya sido pactado por ambas partes, el alquiler llegará a su fin y el propietario será capaz de recuperar su inmueble.

Por otro lado, debido a las restricciones de movilidad e higiene que han sido impuestas por el Gobierno durante la pandemia, mucho de ellos no tuvieron más opción que tomar la decisión de pasarse al alquiler tradicional.

Sin embargo, a causa de las restricciones que aplica la nueva ley de alquiler, la mayor parte de los propietarios optarán por pasarse al alquiler vacacional o al de temporada.

Principales diferencias entre el alquiler vacacional y el alquiler de temporada

En base a lo que contempla la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la duración mínima obligatoria de un contrato de alquiler pasó de ser de tres años a cinco. Esto sucedió en el mes de marzo del 2019 en ese momento se realizaron modificaciones a varios de los puntos de dicha normativa. Se trata de una legislación muy diferente a la que se encarga de regular los alquileres vacacionales y de temporada. Aquí te explicaremos por qué.

¿Cuánto dura el alquiler vacacional y de temporada?

Cuando hablamos de alquileres vacacionales debemos tener en cuenta que las estancias no pueden ser mayores de 31 días. Por otro lado, los alquileres de temporada, también llamados alquileres turísticos, pueden ir desde los 32 días hasta los once meses.

La legislación del alquiler de temporada y vacacional

La legislación varía bastante entre los alquileres de temporada y los vacacionales. Los alquileres vacacionales se encuentran sujetos al cumplimiento de la normativa reguladora de la actividad turística, es por esto que su legislación variará dependiendo de la comunidad autónoma a la que corresponda. Incluso, en varias comunidades como por ejemplo Cataluña, los inmuebles turísticos deben inscribirse en el Registro de Turismo, ya que será necesario contar con una licencia turística.

Por otro lado, con respecto a los alquileres de temporada, se encuentran regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

¿Cuáles son las finalidades de estos diferentes tipos de alquiler?

La finalidad es otra de las diferencias fundamentales que podemos encontrar entre el alquiler de temporada y el alquiler vacacional. En el caso del alquiler de temporada, el propietario del inmueble lo cede a personas que viven de forma permanente en otro inmueble, por un período de entre 32 días y 11 meses. Por este motivo, este tipo de alquileres han sido pensados para trabajadores que tengan la necesidad de vivir en otra ciudad de manera temporal, o bien, para estudiantes que deban mudarse por algunos meses al lugar en el que está ubicado su instituto, universidad, entre otros.

Por otra parte, con respecto al alquiler vacacional, el propietario cede su inmueble para que pueda ser usado, como bien lo indica su nombre, con fines vacacionales. Esto puede ser durante un periodo que no supere los 31 días. Es por este motivo que, el inmueble deberá encontrarse totalmente acondicionado y amueblado para dicho fin.

¿Cuál es la mejor opción para el propietario?

Esto variará dependiendo de la situación personal y financiera del propietario, del mismo modo que también afectará la necesidad que tenga de contar con el inmueble en cuestión. 

No obstante, es importante destacar que al menos un 15% de todos los turistas que visitan España se hospedan en viviendas vacacionales, esto significa que brindan una gran rentabilidad.

No obstante, contar con un inmueble destinado al alquiler vacacional también significa costes y, además, es probable que no se encuentre ocupada durante periodos de tiempo bastante extensos. Por otro lado, obtener una licencia turística es un trámite que puede llegar a resultar algo complicado en algunas comunidades autónomas. 

Para evitar estos inconvenientes, muchos propietarios optan por el alquiler de temporada, ya que resulta más estable que el vacacional y, además, se encuentra sujeto a un menor número de restricciones que el alquiler tradicional. 

Por último, es muy importante dejar en claro que, si un propietario alquila un inmueble de forma irregular o sin declarar los ingresos que percibe a cambio, estará incurriendo en infracciones graves o muy graves. El importe puede llegar a significar multas de entre 3000 euros y 600 000 euros.

Es por este motivo que debemos seguir todas las normas que establece la ley en todos los casos y supuestos.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre el alquiler vacacional y el de temporada. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuáles son los principales motivos por los que no puedes alquilar una casa. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Si ya llevas mucho tiempo de espera para alquilar una casa intentando dar con el inquilino ideal, algo extraño está sucediendo. Ya que para alquilar una casa es necesario seguir algunos pasos que te ayudarán a encontrar un alquiler perfecto y a poder sacar el mayor provecho de la vivienda.

¿No puedes alquilar tu casa? Aquí van algunos motivos 

Aquí te detallaremos los principales motivos y errores que no debes cometer si deseas alquilar una casa rápido. Pon atención y toma nota.

El precio de la renta

Es probable que el precio sea uno de los puntos más complicados de definir además de uno de los errores más comunes que se comete cuando no se consigue alquilar una casa. Esto se debe a que, establecer el precio de alquiler no es una tarea sencilla, ya que resulta fundamental contar con conocimientos del sector y no dejarse llevar por el valor afectivo que se tiene por el inmueble, o por la opinión de los amigos o vecinos.

El coste de la renta de una casa de alquiler se tiene que basar en diferentes variables:

  • La situación del mercado.

  • La ubicación del inmueble

  • El estado y las características de la vivienda

  • La competencia

Es fundamental tener en cuenta todos estos puntos para alquilar una casa, de lo contrario es posible que sucedan dos cosas. En primer lugar, que establezcamos un precio de alquiler muy elevado, y que la casa no se alquile o bien, tarde demasiado en conseguir inquilino y de conseguirlo, es probable que permanezca durante cortos periodos de tiempo. La segunda opción es, fijar un precio por debajo de mercado, lo que generará que se alquile, pero no te brindará la rentabilidad real sobre el inmueble.

Al momento de establecer el valor de la renta de una casa de alquiler es necesario contar con asesores inmobiliarios que nos ayuden a establecer el precio adecuado del alquiler. Se trata del precio real basado en las variables analizadas previamente y que nos permitirá rentabilizar la casa y encontrar inquilinos que se queden en ella durante largos plazos.

El estado y características del inmueble

A la hora de alquilar una casa es muy importante cuidar el aspecto del inmueble, esto se debe a que no todo vale. Resulta fundamental comprobar que todo funciona adecuadamente, desde la grifería, hasta las persianas, la luz, entre otros. Sin embargo, también debemos ocuparnos de que la vivienda se encuentre en un estado adecuado para vivir en ella, y también, limpia.

Por otra parte, previo a poner una casa en alquiler es el momento de que, de ser necesario, realicemos pequeñas obras para mejorarla. Se trata de pintar, cambiar los suelos o ventanas, instalar una nueva caldera, entre otros.

Además, si lo que te interesa es alquilar una casa rápido y en muy buenas condiciones, siempre es aconsejable que el inmueble cuente con la cocina equipada, todos los suministros dados de alta y sin dudas, que se encuentre lo más despersonalizada que sea posible. Puntos fundamentales para que el inquilino pueda entrar a vivir en ella al instante.

La promoción del inmueble

Anunciar una casa alquiler es otro factor donde habitualmente se falla y genera que sea más difícil encontrar un inquilino. Debemos tener en cuenta que lo más importante a la hora de promocionar una vivienda en alquiler es generar deseo en los inquilinos. Para conseguirlo, es necesario realizar una descripción correcta de las características de la vivienda, esto implica los metros disponibles, el número de habitaciones, las características de la cocina, baños, terraza, entre otros. Más allá de especificar el valor de la renta, cuál es la duración del alquiler y facilitar las visitas a la vivienda.

También, junto con la descripción de la casa en alquiler, es importante acompañar el anuncio del inmueble con un completo reportaje fotográfico en el que todas las imágenes este cuidadas al detalle. Las fotografías deben mostrar los puntos clave y más atractivos de la casa, deben contar con una cierta calidad, buna luz y encuadres que permitan que se vean todos los puntos fuertes que nos interesa destacar de la vivienda que queremos alquilar.

Los muebles

Es sumamente importante decidir si te interesa alquilar una casa con mobiliario o sin amueblar, ten en cuenta que nunca debe ser a medias. En el caso de que te optes por poner en alquiler una vivienda amueblada, lo más aconsejable son los muebles funcionales y en buen estado. No debes colocar reliquias antiguas que no desees tú o que no se encuentren en buen estado.

De lo contrario, si has optado poner una casa en alquiler sin muebles, lo fundamental es tener la vivienda totalmente despejada. De este modo, en las visitas de los inquilinos, puedan hacerse una idea clara del espacio de la vivienda.

No contar con asesoramiento

Es sabido que alquilar una casa no es una tarea simple y lleva mucho tiempo además de requerir de conocimientos tanto del sector inmobiliario como de la ley y la normativa vigente. No buscar asesoramiento retrasa los plazos, por lo que es aconsejable que te guíes por lo que dicen quienes saben de esto.

Luego de leer este post, nos interesa mucho saber cuál es tu opinión. Si te interesa compartirla con nosotros, es posible hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Muchas Comunidades Autónomas parecen estar tomando real consciencia sobre la problemática inminente respecto al acceso a la vivienda. La aprobación del preproyecto de la futura Ley de Vivienda (enfocada fundamentalmente en evitar la disparada en los costes del alquiler) ha funcionado como un impulsor en materia de vivienda pública para varios ayuntamientos a lo largo y ancho del territorio. Barcelona (y Cataluña en general) se presenta como un ejemplo a seguir. Mes a mes, se anuncian nuevos proyectos desde la conselleria de Drets Socials de la Generalitat en el marco de la vivienda pública. En este artículo de Oi Real Estate, veremos de qué constan las más recientes promociones, con el horizonte puesto en las nuevas viviendas públicas en Cataluña.

El objetivo: más viviendas públicas

Las principales ciudades, Madrid y Barcelona, se posicionan como las más requeridas en la demanda de los españoles. Esto es un hecho. Durante la primera semana de diciembre, la conselleria de Drets Socials de la Generalitat emitió un nuevo comunicado respecto a la edificación de más viviendas de carácter asequible dispuestas para el alquiler de los sectores más débiles. Se trata de una subvención enfocada a la construcción de 688 viviendas de las denominadas “públicas”.

El departament ha informado que este flamante proyecto es el resultado obtenido de la convocatoria realizada a mitad de este 2021; a través de la cual sendos promotores del orden privado y público fueron sumándose, y que ven como redituable el hecho de construir con el aval y respaldo del Estado catalán.

Construir para alquilar en Cataluña

De estas casi setecientas nuevas viviendas públicas en Cataluña, según informó el departamento, se prevé que más de un centenar serán propiedades de carácter dotacional. Su edificación integral constará de dos decenas de promociones; dicha planificación supondrá una inversión global de casi 18 millones de euros, distribuidos equitativamente por las entidades adjudicadas.

Asimismo, también se detalló el coste calculado para su alquiler, respecto al detalle de los 75 m2 por vivienda manejados para los proyectos. El mismo, en las viviendas edificadas en la zona D, oscilará alrededor de los 420 euros (en su cuota mensual); mientras que se calcula en 562 euros para los pisos de 75 m2 ubicados en la zona A. Para los pisos ubicados en la zona denominada como A, se dispondrá un coste en sus m2 de 7.5 euros; mientras que en la zona D, el precio por la misma unidad de espacio puede disminuir hasta los 5.6 euros.

Pormenores en la planificación de pisos de 75 m2

Otros detalles aludidos a este gran proyecto en viviendas públicas de 75 m2, señalan que sus instalaciones de energía eléctrica deberán contar con una certificación mínima del tipo “B”. En este sentido, se solicitará a los futuros arrendatarios no superar este tope energético;

Por último, para poder postularse a estos alquileres asequibles, los ciudadanos deberán inscribirse y someterse a la evaluación del Registro de Solicitantes de Vivienda, de modo que su endeble situación económica sea comprobada.

Incorporación de más de dos centenares pisos asequibles

Entre finales de noviembre y comienzos de diciembre, se comunicó también que la conselleria de Drets Socials de la Generalitat espera sumar y poner en marcha otra promoción pública con el fin de hacerse de nuevas viviendas públicas en Cataluña.

Este otro plan, como un complemento más en materia de resolver la problemática del acceso al alquiler, buscará entrar ya en funcionamiento para cuando la futura Ley de Vivienda española entre en marcha, a finales de 2023 o mediados de 2024. Según fuentes del gobierno de Colau, más programas de construcción y rehabilitación por dos centenares de viviendas públicas se encuentran en procesos administrativos avanzados.

Dichos programas, delegados a fundaciones y cooperativas, se enfocarán a volver más habitables una gran cantidad de pisos ubicados en Sant Andreu, en el Paseo Torras i Bages y en la calle Bolivia, en Sant Martí. En este último complejo de viviendas, se estima que el Estado convertirá cerca de 85 pisos en propiedades de alquiler público para los menos pudientes.

Si bien los plazos permanecen indefinidos oficialmente, se aguarda que estos programas (que abarcarán también otras cuatro decenas de viviendas entre las calles Doctor Letamendi y Montral, en Horta) vean también luz verde para su inicio en el año 2023.

La situación actual de viviendas públicas en Cataluña

En nuestros días, el Ayuntamiento catalán cuenta con más de 2.300 planes en viviendas públicas; ya sea a punto de ser comenzadas o en construcción. En este sentido, el volumen podría ser considerado como alto en la comparativa a otras comunidades autónomas españolas; pero bajo respecto a lo prometido por fuentes cercanas a la alcaldesa Colau, de dos años a esta parte.

Muchas de las promociones firmadas y anunciadas por el Consistorio durante el año pasado y el corriente 2021, en encuentran rezagadas; y se espera que recién en 2023, junto a las citadas en párrafos anteriores, comiencen sus obras edilicias.

La posición del Gobierno en este campo, responsabiliza la ralentización de los proyectos al mal estado de las propiedades y el avance menguante de la pandemia. Las voces opositoras, por su parte, aducen que desde que el Ayuntamiento adquirió estas viviendas, sus estados edilicios no hicieron más que empeorar y corroerse aún más. Y si escuchamos a los inquilinos, muchos de ellos aseguran que su condición de vida acompañó este decaimiento. Se estima que, en promedio, gran parte de los procesos en las rehabilitaciones que comprueban la habitabilidad de las propiedades se mantienen estancados desde hace al menos cinco años.

Una posición reservada

¿Podrá el gobierno catalán afrontar realmente este grueso volumen de edificaciones para viviendas de alquiler en simultáneo? Se espera que, en la medida que la pandemia COVID 19 lo permita, se aceleren los plazos de forma drástica. Según se informó a los principales medios locales, al menos por un tiempo se suspenderá la adquisición de fincas en mal estado, hasta que se aprueben al fin las rezagadas habilitaciones, en danza a la fecha.

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Si te interesa crear un anuncio de alquiler para una vivienda, debes tener en mente que resulta muy importante hacerlo de manera adecuada para conseguir que destaque en comparación a la competencia directa. Es muy importante realizar un buen anuncio de alquiler, sin embargo, esto no es suficiente. Para conseguirlo debemos crear un anuncio diferenciador, conciso y atractivo. Por eso hemos decidido crear este artículo para contarte cómo realizar el anuncio de alquiler ideal para tu piso.

Puntos fundamentales para un anuncio de alquiler

Los antiguos carteles de “se alquila” que se colgaban en la ventana ya no se utilizan en la actualidad. Hoy en día, nuestra sociedad se inclina más bien por el uso de internet, de hecho, se trata del sistema más elegido para buscar un piso en alquiler.

¿Cómo buscan los inquilinos viviendas en alquiler?

Por lo general, lo más habitual es que lo hagan por medio de los portales inmobiliarios. Es por este motivo que, si te interesa poner tu piso en alquiler, resulta fundamental tener muy en cuenta este tipo de plataformas digitales.

Por otra parte, si lo que quieres es hacer un buen anuncio de alquiler, aquí van algunos consejos que te serán de gran ayuda para conseguirlo. Pon mucha atención y toma nota de las siguientes recomendaciones:

La situación de la vivienda

En cualquier tipo de anuncio de alquiler es fundamental dejar en claro cuál es la localización del inmueble, esto implica ciudad, distrito, barrio, así como también marcar la calle sobre la que se encuentra ubicado. Sin embargo, más allá de esta información básica, los inquilinos buscan mucho que nuestro anuncio brinde información de la zona, es decir, los servicios cercanos, el trasporte, colegios o supermercados. Sin dudas, se trata de datos muy útiles para que el inquilino seleccione la vivienda.

Características principales del inmueble

Cualquier buen anuncio de alquiler tiene que llevar adjunta una descripción completa de la vivienda. Para conseguirlo, será necesario especificar cada detalle de las principales características como por ejemplo, cuál es el número de dormitorios, cuartos de baño, metros cuadrados, la orientación, así como también, si el piso cuenta con servicios comunes, terraza, ascensor o garaje.

El valor de la renta

Sin dudas, este es un dato básico, ya que nadie se tomará el trabajo de visitar o preguntar por la vivienda si no se anuncia con un valor de renta. Recuerda que con respecto al valor de la renta, es de gran importancia fijar correctamente el precio del alquiler, ya que este será determinante para conseguir que el inmueble se alquile más rápido o bien, por el contrario, que permanezca anunciado durante mucho tiempo.

Es sabido que, al momento de fijar el precio de alquiler de un inmueble, es necesario tener en cuenta varios factores como por ejemplo, las características, el estado, la ubicación, entre otros. Optar por un precio que se encuentre por encima de lo que indica el mercado, generará que la vivienda tarde mucho tiempo en alquilarse, no cuente con ningún interesado o bien, se consigan solo alquileres de corta duración. Por el contrario, si fijamos un valor que se encuentre por debajo de mercado, generará la pérdida de rentabilidad.

Añade buenas fotografías

Sin lugar a dudas, una imagen dirá más que mil palabras, es por esta razón que debemos cuidar el aspecto de las fotografías que decidamos incorporar en nuestro anuncio de alquiler. Al momento de realizar la sesión de fotos de la vivienda es muy importante cuidar mucho su aspecto. Para conseguirlo debemos intentar que ingrese la mayor cantidad de luz natural que sea posible. Por otra parte, con respecto al tipo de fotografías que hay que realizar, habrá que hacer un reportaje sobre todo el domicilio, donde pueda verse el exterior de la finca y los servicios comunes, además de cuidar la calidad de la imagen y su resolución.

Los muebles

Es importante aclarar si alquilas la vivienda con o sin muebles. Por lo general, los inquilinos al buscar un piso en alquiler ya tienen decidida esta opción. Es por esto que, si aclaras en tu anuncio si la casa está o no amueblada, lograrás un mejor filtro de los candidatos.

¿Se aceptan mascotas?

Se trata de un apartado de gran importancia, principalmente para aquellos inquilinos que tienen mascota. Por lo general, a la hora de anunciar un piso en alquiler se aclara si se aceptan animales, si no se aceptan o si se trata de un tema a consultar. No importa cuál sea tu decisión, lo más aconsejable es incluirlo en el anuncio de alquiler.

Las visitas y el contacto 

Por último, al momento de anunciar un inmueble en alquiler es necesario incluir el contacto del propietario o bien, de la persona/agencia que se encarga de la gestión del alquiler.

Por otro lado, también debemos incluir un posible calendario de visitas para que los inquilinos puedan apuntarse para visitar la casa. Es fundamental que este calendario de visitas sea amplio y ofrezca varias horas del día, de este modo te adaptaras a las necesidades del inquilino.

Después de leer este post, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Contamos con un equipo de profesionales que estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber para calcular la rentabilidad de tu vivienda de alquiler. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Una de las preguntas más habituales dentro del mundo del alquiler son las vinculadas con calcular la rentabilidad de nuestros pisos de alquiler. Es por este motivo que hemos decidido realizar este artículo para aclarar todas tus dudas al respecto, pon mucha atención y toma nota.

¿Cómo saber cuál es la rentabilidad de una vivienda de alquiler?

Realizar el cálculo de la rentabilidad de una casa en alquiler

Como es sabido, es de gran importancia conseguir las máximas rentabilidades en una casa de alquiler, sin embargo, es necesario saber cómo calcularlas, así como también, qué debemos hacer para conseguirlas. Aquí van algunos consejos útiles y varios de los principales puntos claves.

El cálculo de rentabilidad para un inmueble en alquiler

Si te interesa conocer la rentabilidad de tu casa en alquiler, debes saber que el cálculo se basa en una formula bastante sencilla. Es posible realizarlo de forma bruta o neta, y de este modo, podrás saber cuáles son los beneficios obtenidos por una vivienda.

  • Rentabilidad Bruta

Para calcular la rentabilidad bruta es necesario tener en cuenta el valor del inmueble y los ingresos anuales que se obtienen gracias a él.

  • Rentabilidad Neta

En este caso, por lo contrario, al coste e ingresos por año del inmueble debemos restarle los gastos anuales que genera.

¿Qué dice el Banco de España de rentabilidad en el alquiler?

Según los datos que brinda el Banco de España, la rentabilidad por alquiler se encuentra rondando el 5%, esto es mucho más elevado que los mecanismos de ahorro más tradicionales, como por ejemplo los plazos fijos. Los grandes inversores internacionales y los fondos de inversión tienen en cuenta la rentabilidad que supone el alquiler hoy en día, es por este motivo que muchos optan por poner sus activos en el mercado inmobiliario del alquiler. Por otra parte, nos encontramos en un momento ideal para sacar un inmueble en alquiler, ya que hay una demanda muy alta y la oferta escasea.

El precio por tener una casa vacía

Contar con una vivienda vacía, contrariamente a lo que se suele creer, ocasiona una gran cantidad de gastos. Se calcula que por año, un piso cerrado puede llegar a significar un gasto de aproximadamente unos 2.500€ si tenemos en cuenta el gasto de impuestos, comunidad de propietarios, seguros, mínimos de suministros, entre otros.

También, en estos casos existe un riesgo extra, y es el de sufrir la ocupación de la vivienda. Según datos oficiales, en los últimos años la ocupación de viviendas ha aumentado en un 58% y el tiempo aproximado para desalojar a los okupas es mayor a un año, entre procedimientos judiciales, fecha de lanzamiento y desalojo.

Si optamos por dejar de tener una vivienda vacía y ponerla en alquiler, no sólo dejarás de lado este tipo de situaciones desagradables como por ejemplo que el inmueble pueda ser ocupado o allanado, sino también, rentabilizar la vivienda y sufragar gastos. Debes tener en cuenta que, a la hora de alquilar un inmueble, más allá de contar con una renta mensual gracias a la vivienda, también hay gastos que dejarás de pagar tú y que deberá abonar el inquilino, como por ejemplo, pueden ser los suministros, el mantenimiento, entre otros.

Cómo hacer que un inmueble sea más rentable

Si tienes la idea de rentabilizar un inmueble, lo más aconsejable es ponerlo en alquiler. Para conseguirlo, en primer lugar, previo a poner la vivienda en el mercado, es necesario que te ocupes de poner el inmueble en condiciones y lo prepares lo mejor posible. La rentabilidad que se logra por una casa en alquiler reformada y en un buen estado siempre será mayor en comparación a la de las viviendas que se alquilan sin ningún tipo de mejora. Es por este motivo que, tiene tanta importancia poner en condiciones la vivienda, revisando el que todo funcione de manera adecuada, arreglando cualquier avería, incluso pintando o realizando obras de mejora en el inmueble.

La importancia de la estabilidad

Llegado el momento de calcular la rentabilidad de una vivienda de alquiler, un punto muy importante a tener en cuenta es de qué tipo de alquiler se trata. Esto se debe a que no será lo mismo si se trata de un alquiler particular, que si hablamos de un alquiler profesional o bien, un alquiler profesional con garantías. Lo que resulta más aconsejable, es contar con ayuda profesional para lograr potenciar la rentabilidad y la seguridad de sus alquileres. De este modo, podrás tener la tranquilidad de contar con un inquilino solvente, fiable y serio por medio de un completo estudio de solvencia y viabilidad para conocer sus antecedentes como pagador e inquilino. Si tienes un inquilino idea, también tendrás una buena rentabilidad en el alquiler.

Luego de leer este post, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre estos consejos para obtener la mayor rentabilidad de tu casa en alquiler. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no tengas dudas en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales se encontrará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde Oi Real Estate queremos contarte todo lo que debes saber sobre el alquiler con opción a compra. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Dentro del mundo de los alquileres podemos encontrar una gran variedad de modalidades diferentes. Entre ellas el alquiler residencial, de temporada, con opción a compra, entre otros. Por eso hemos decidido crear un post centrándonos en el alquiler con opción a compra para despejar todas tus dudas con respecto a este tema. Aquí te contaremos cada uno de los detalles que necesitas saber acerca de este sistema. Te enterarás si vale la pena, cuáles son los beneficios que nos ofrece y los puntos en contra, entre otros.

¿De qué se trata el alquiler con opción a compra?

En primer lugar, resulta necesario dejar en claro de qué se trata este tipo de alquiler. Cuando hablamos de alquiler con opción a compra nos referimos a un sistema por el que el inquilino vive en un inmueble en régimen de alquiler, y paga de manera mensual su renta. Sin embargo, esto no termina aquí, ya que transcurrido cierto periodo de tiempo, que debe pactarse previamente por contrato con el propietario, es posible ejercer el derecho de compra sobre el inmueble o no.

Contratos necesarios para un alquiler con opción a compra

En primer lugar, el contrato que se requiere para este un alquiler con opción a compra es el que se conoce por el nombre de contrato mixto. Se trata de dos contratos, por un lado un contrato de alquiler y por otro uno de compraventa. El que corresponde al alquiler se rige por lo que se encuentra estipulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos, por otra parte, el de compraventa se regula por lo dictado en el Código Civil.

Beneficios y puntos en contra del alquiler con opción a compra para el inquilino

Entre los principales beneficios para el inquilino con este sistema se encuentran los siguientes:

  • Más ahorro

Ante la futura compra de la casa, se genera un gran ahorro al descontarse la renta del alquiler si finalmente se realiza la compra.

  • Más facilidad para lograr el acceso a una hipoteca

Esto se debe a que no deberá realizar una solicitud del importe íntegro del valor de la vivienda sino sólo una parte.

  • Solicitar ayudas al alquiler

En caso de que los inquilinos cumplan con todos los requisitos que exigen las CCAA pueden optar por solicitar ayudas al alquiler. Esto realmente les será de gran ayuda a la hora del pago de la renta.

No obstante, el alquiler con opción a compra también cuenta con algunos puntos en contra:

  • Prima de opción a compra

No es de carácter obligatorio, sin embargo si es bastante frecuente. Se trata del pago por adelantado de un porcentaje del coste de la casa. Este porcentaje debe pactarse entre ambas partes. En caso de no realizarse la compra del inmueble, el inquilino la pierde a modo de penalización.

  • El valor de la casa es cerrado

Esto significa que, sin importar si el mercado sube o baja el valor final es el acordado por las partes en el contrato.

Beneficios y contras para para el propietario en el alquiler con opción a compra

Aquí van las principales ventajas del alquiler con opción a compra para los propietarios.

  • Mayor facilidad de venta

La mayor parte de los propietarios que deciden optar por este sistema aseguran que, la principal razón es la facilidad para la venta de la vivienda. Esto se debe a que te brinda la seguridad de tener la casa ocupada y obtener rentabilidad sobre ella durante el tiempo que permanece en alquiler.

  • Evitar gestionar la operación íntegra

Por otra parte, al momento de la venta, puedes ahorrarte la tediosa tarea de tener que gestionar la operación íntegramente, al contar con un comprador interesado, es decir, el inquilino.

También, como en todos los casos existen varios puntos en contra para los propietarios.

  • Obtienes los pagos prorrateados

Lo que esto quiere decir es que, a diferencia de una venta tradicional en la que obtienes el dinero en su totalidad, con el alquiler con opción a compra lo recibirás de manera gradual.

No sabrás con seguridad si al final se venderá la vivienda

El propietario no estará seguro si el inmueble se venderá o no. Esto se debe a que el inquilino cuenta con la libertad de elegir si finalmente desea o no comprar la casa.

  • Los cambios del mercado no modifican el valor del inmueble

Al realizarse el contrato de alquiler con opción a compra de manera formal, se establece un precio de renta y venta de la vivienda. Este valor es fijo, por lo que no se verá afectado por las posibles variaciones en el mercado, de este modo es posible perder rentabilidades.

  • La tributación

A la hora de realizar la declaración de la renta el propietario tendrá que declarar la prima por opción a compra en el IRPF. Este paso es de carácter obligatorio para el propietario.

Luego de leer este post, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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El mercado del alquiler se encuentra en problemas. Quienes tienen en su intención alquilar un piso en modo circunstancial, ya sea por estudio o por trabajo, no se encuentran en un camino más sencillo que aquellos que buscan un alquiler para vivienda habitual. En este artículo de Oi Real Estate, te contaremos todo lo que debes saber antes de encarar el alquiler de un piso en modo temporal. Si debes trasladarte por el país e instalarte en otra ciudad por un tiempo, te recomendamos no perdértelo.

Dos tipos de contratos temporales

La futura Ley de Vivienda prevé una serie de cambios sustanciales, que prometen alterar la actual y vigente Ley de Arrendamientos Urbanos. Pero para ello deberemos esperar sino hasta mediados o finales de 2024 al menos, hasta que el proyecto sea aprobado en forma definitiva. Mientras tanto, las normativas que impone la Ley actual deben respetarse a rajatablas.

Dicha regulación, divide a los contratos de alquiler en fincas urbanas en dos categorías puntuales y con diferencias importantes entre sí.

  1. Arrendamientos de vivienda.
  2. Arrendamientos para uso distinto del de vivienda.

Los arrendamientos de vivienda

Este tipo de contrato de alquiler, desde su propia definición, refiere a las unidades de vivienda cuyo objetivo estará dirigido exclusivamente a los pisos para uso habitual de sus inquilinos. En este sentido, los artículos y normas que componen estos tipos de contratos se orientan a la protección del arrendatario. Hace especial hincapié en sus derechos y obligaciones, y es la clase de contrato más corriente, empleado por las agencias o arrendadores particulares de forma permanente.

Los arrendamientos para uso distinto del de vivienda

Los arrendamientos para uso distinto del de vivienda, en cambio, abordan todos los demás tipos de alquileres existentes, a lo largo y ancho del territorio. Si buscas alquilar un piso en modo temporal, debes saber que son estos contratos los que rigen para tu objetivo, y no los otros.

En estos arrendamientos de uso distinto, entra la totalidad de los alquileres que no sean de unidades para vivienda de uso habitual. Es decir: pisos para uso comercial, oficinas, tiendas, depósitos, garajes, y por supuesto, viviendas de uso vacacional, estudiantil o temporal.

¿Qué diferencia existe entre un tipo de contrato y el otro?

Pues, en el caso de los contratos de alquiler convencional sus pautas y condiciones son en su totalidad fijadas por la Ley; mientras que en el de arrendamientos de uso distinto del de vivienda, dichas regulaciones pueden ser pactadas directamente entre las partes.

Así, el arrendatario al firmarlo demostrará conformidad absoluta respecto a tiempos, formas de pago, etc. que propone el arrendador. Dicha conformidad y disposiciones deben ser cumplidas por propietarios e inquilinos y su falta o rompimiento podría ser pasible de acciones legales de parte de uno u otro.

¿De qué hablamos si hablamos de “alquiler de temporada”?

Tienes en mente alquilar un piso en modo temporal. Pues bien, para iniciarte en tu búsqueda, es conveniente que sepas puntualmente a qué nos referimos con “alquiler de temporada”.

Se trata de todo arrendamiento de un bien que no se alquile con el fin de convertirse en la vivienda permanente de su inquilino, sino (como su concepto lo indica) con la meta de proporcionar su estancia en un tiempo limitado y menor a los que generalmente imponen los contratos estándar (en promedio, dos años). De esta forma, concluimos en que la demanda por contratos de alquileres temporales suele impulsarse por motivos vacacionales, de estudio o de trabajo.

Prórroga y extensión de un contrato de alquiler temporal

Como curiosidad, y siempre según marca la Ley de Arrendamientos Urbanos, este contrato (cuya duración inicial suele estipularse en la media de unos tres meses) puede extenderse y renovarse por tiempo indeterminado. Un alquiler de temporada entonces, podrá prorrogarse hasta tres años o más. Por tanto, se da por sobreentendido que lo más importante no es la duración del contrato, sino el uso que se le dará.

Esta utilidad debe quedar expresamente anunciada de antemano por el inquilino o exigida por el propietario; y no podrá ser utilizado en otro sentido que el pactado. De esta forma, si el contrato indica que un piso, galpón o bien inmueble que fuera será destinado al uso comercial, bajo ninguna circunstancia podrá ser empleado como vivienda de estadía. De ser detectada por el arrendador cualquier anomalía fuera del alcance del contrato, este podrá darlo por finalizado, solicitando al arrendatario su salida inmediata.

Modalidades de contrato temporal de alquiler

Son muchas las modalidades que pueden constar en un contrato temporal. Dependiendo de tus necesidades como inquilino, es conveniente pactar o proponer con el propietario dicha utilidad. Bastará con que ambos estén de acuerdo para que el contrato pueda efectuarse. Entre muchas de ellas, veamos solo algunas:

  • Desplazamiento regional por motivos de cursada (a pesar de existir agencias especializadas en alquiler estudiantil, podrás encontrar cantidad de propietarios particulares que alquilan sus pisos, cercanos a los polos estudiantiles con este fin).
  • Alojamiento temporal durante período de vacaciones (esto puede darse por fin de semana, semana, quincena o mensual en temporadas altas turísticas de invierno o verano y con motivos netamente de esparcimiento o descanso).
  • Desplazamiento temporario por motivos laborales (aprovechado por quienes encuentran en temporadas turísticas causas de traslado y residencia circunstancial).

Protección al inquilino

Es común que estos tipos de contratos no cuenten con las cláusulas que resguarden expresamente los derechos de los arrendatarios. Esto se da porque, al tratarse de una “segunda vivienda, no habitual”, se sobreentiende que el inquilino cuenta previamente con una vivienda de uso permanente en cuyo contrato sí hallaremos los artículos que lo resguardan ante la ley.

Recuerda que alquilar un piso en modo temporal, es una acción inmobiliaria tomada en la jurisprudencia como una excepción momentánea; y que la relevancia de estos contratos cumplen apenas las funciones de un acuerdo pactado entre las partes.

Y si te ha interesado el tema y quieres seguir conociendo mucho más sobre el mundo inmobiliario, te recomendamos leer el siguiente artículo:

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El año 2021 finaliza con un record en España en compraventa de unidades, que lo asemeja a los mejores años de la última década. Dijimos en otros artículos que esto es factible gracias a la salida a la calle de ahorristas contenidos durante 2020 y por el estancamiento en la compraventa del mercado en el último año. Si bien el futuro en el espectro de la compraventa mirando hacia el 2022 sigue siendo incierto (la pandemia parece no dar tregua), el principal problema lo tienen quienes han visto disminuidos sus ingresos drásticamente y se ven obligados a pagar una cuota de alquiler por el piso que habitan. En este artículo de Oi Real Estate, veremos el ingreso a la vivienda de alquiler por edades, tipos de familia y zonas, para tener un mejor panorama del espectro inmobiliario y demográfico actual.

[toc]

Las ciudades más demandadas

En el mercado inmobiliario del alquiler, es sabido que cuando una zona es reclamada de sobremanera, casi de inmediato se disparan los precios de los contratos. Esto es un hecho comprobable de manera histórica y en casi todo el mundo.

En este sentido, las ciudades en las que sus habitantes más reclaman el ingreso a la vivienda de alquiler no son una sorpresa. Madrid, Barcelona y Valencia, se posicionan como las más solicitadas; apenas detrás, les siguen sus zonas suburbanas.

Más allá de que la meta de la mayor parte de la población española sea mudarse a alguna de estas localidades; debemos sumar la cantidad de gente que ha visto disminuidos sus ingresos por consecuencia de la pandemia COVID 19 durante 2020 y 2021. Son ellos quienes han debido salir a buscar un contrato menor al que pagaban, acaso renunciando a su vivienda para no caer en el impago, o porque su contrato se renovaba y no podían enfrentar uno nuevo en las condiciones vigentes.

El ingreso a la vivienda de alquiler al detalle

Los valores 2021 en habitantes y su posición frente al alquiler eran muy esperados por el sector inmobiliario y por gran parte del arco político. Las diferencias etarias y geográficas ya pueden calcularse y los números que arrojan generan cierta alarma.

Según el estudio recabado por El País, son demasiadas las familias que en toda España realizan un esfuerzo alto (esto es, destinan más del 30% de sus ingresos a la cuota mensual) para no caer en el impago.

Estadísticas estimadas cada dos adultos

  • Entre la población joven menor de 65 años sin hijos (23.8% del total de quienes viven de alquiler), un 28% hacen un esfuerzo alto, un 27% un esfuerzo medio y el 45% destinan menos del 30% de sus ingresos al arrendamiento.
  • De la población joven con uno o dos niños (18.5% del total de quienes viven de alquiler), un 32% hace un esfuerzo alto, un 31% un esfuerzo medio y el 37% destina su ingreso dentro de lo aconsejable.
  • De la población joven con tres o más niños (31.6% del total de quienes viven de alquiler), un 38% hace un esfuerzo alto, un 22% un esfuerzo medio y al menos el 40% vuelca menos del 30% de sus ingresos al arrendamiento.
  • Mientras tanto, de los mayores de 65 años y sin niños (son el 5.9% del total de los arrendatarios), un 48% hace un esfuerzo alto, un 17% un esfuerzo medio y el 35% logra atenerse a los valores recomendados, inferiores al 30%.

Estadísticas estimadas en un adulto

  • De la población adulta mayor de 65 años y sin niños (10.6% del total de quienes viven de alquiler), un 49% hacen un esfuerzo alto, un 23% un esfuerzo medio y el 28% se considera que realizan un esfuerzo bajo por pagar su cuota mensual.
  • De los adultos con al menos un niño (30.2% del total de quienes viven de alquiler), un 58% hace un esfuerzo alto, un 27% un esfuerzo medio y solo el 15% vuelca menos del 30% de sus ingresos al arrendamiento.
  • Por último, vemos que los considerados adultos jóvenes (menores de 65 años) sin niños (26% del total de quienes viven de alquiler) conforman el sector de la población más perjudicada. Esto es porque un 64% hace un esfuerzo alto, un 24% un esfuerzo medio y apenas el 12% dedica menos de lo aconsejable a la mensualidad del alquiler.

El ingreso a la vivienda de alquiler por zonas

Las ciudades muestran en España cifras dispares. Como dijimos, al ser ciudades como Madrid, Barcelona y sus zonas cercanas las más demandadas, son también las que más caros disponen sus precios en la oferta del alquiler.

Si consideráramos el ejemplo de una pareja con dos hijos cuyos ingresos alcanzan los 1.800 euros (un promedio del sueldo español actual); se presupone que este grupo hogareño deberá volcar a su cuota mensual de alquiler un 23% de dichas entradas.

Sin embargo, cabe destacar que solo podrán llevar esto a cabo si se limitan a la búsqueda de un piso estándar de 80 m2 y en localidades como Cuenca; si la misma familia necesitara alquilar un piso en Sevilla, debería pensar en volcar por un piso similar más del 37% de sus ingresos. Esto la consideraría dentro de las familias que realizan un esfuerzo “medio” por alquilar.

Pero si en lugar de Sevilla, esta pareja con dos hijos quisiera alquilar su vivienda en la ciudad de Madrid los números cambiarían drásticamente; ya que por el mismo piso en la capital deberían destinar casi un 60% del dinero que lograran reunir entre ambos.

Así, vemos que solo entre los municipios de Madrid y Barcelona se reparten los primeros quince puestos en un listado de las zonas más caras para alquilar, en toda España.

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