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Toda pareja puede llegar a un momento final, de separación, pues el amor se ha terminado. Lo que no se termina de un día para el otro es la existencia de la vivienda de ambos. ¿Cómo obligar a tu ex a vender la vivienda si no está interesado? Aquí te lo explicaremos.

Cuando una pareja comparte la propiedad de un inmueble, ambos son dueños en un porcentaje de la misma. En el caso de una hipotética separación, ambos tienen derecho de permanecer en la vivienda pero nadie tampoco está obligado a permanecer en esa situación de copropiedad, tal como lo establece el artículo 400 del Código Civil:

“Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común”.

Entonces, llegado el caso de la necesidad de vender la propiedad, ¿cómo puedes obligar a tu ex a vender la vivienda? Te mostraremos las opciones que dispones en la actualidad, dependiendo de si la venta es consensuada o no.

Cuando existe acuerdo de partes

La situación ideal es que entre ambas partes puedan llegar a un acuerdo y vender la propiedad en el mejor de los términos posibles. En estos casos, existen cuatro opciones para realizar la operación.

Venta a un tercero

En este supuesto ideal, las dos partes pueden vender la propiedad a un tercero. Esta es la solución ideal en el que caso de que ninguna de las dos partes pueda comprarle su parte a la otra o ninguna quiera permanecer en la propiedad.

División del inmueble

Si el inmueble lo permite, realizar una división de la superficie de la casa es otra de las soluciones pacíficas, si las amplitudes y la superficie de la propiedad lo permiten. Si es una edificación vertical, puede cada parte quedarse con un piso. Si es horizontal, pueden dividir entre parte delantera y parte trasera.

Liquidar la sociedad de gananciales

En el caso de que el inmueble sea imposible de dividir, existe la posibilidad de liquidar la sociedad de gananciales.

¿Qué significa esto? Que se puede adjudicar a uno de los copropietarios el 100% del valor de la propiedad y compensar económicamente al otro el porcentaje que le correspondiere. Esta situación está amparada en el artículo 404 del Código Civil.

Una sentencia de 2013 ha añadido la posibilidad de adjudicar la propiedad a quien vive en ella, debiendo la otra parte ser compensada y no admitiendo subasta pública posterior.

Extinción del condominio

Otra de las situaciones ideales que todos deseamos tener luego de haber liquidado la sociedad de bienes gananciales es la extinción del condominio. Esta solución se da en los casos en que se pueda dialogar con la otra parte, llegar a un acuerdo y evitar cualquier confrontación legal.

En el caso de querer extinguir el condominio, simplemente se debe firmar ante un notario una escritura de extinción de condominio, en donde se le otorga a una de las partes el 100% del valor de la propiedad y a la otra parte el 50% del valor neto de la vivienda.

Esta opción suele ser más económica que recurrir a la compraventa de la propiedad: la extinción sólo tributa entre el 0,5% y el 1,5% por Actos Jurídicos Documentos.

¿Cómo obligar a tu ex a vender la vivienda cuando quiere?

Bueno, sabemos que no todo es color de rosa y que las cosas puede salirse de cauce muchas veces. En el caso de una propiedad compartida, los escenarios posibles frente a la imposibilidad de acuerdo entre las partes serán los que se exhiben a continuación.

Entonces, ¿cómo obligar a tu ex a vender la vivienda en cuestión en estos casos?

Acto de conciliación

En el caso de que no haya acuerdo entre las partes pero se quiera evitar ir a juicio, puede ofrecerse la posibilidad de llegar a una conciliación. Para ello se necesita la papeleta de conciliación ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio de tu ex, sin necesidad de abogado o procurador. Aunque siempre es recomendable estar bien asesorado.

Recibida la papeleta, se celebra el acto de conciliación y pueden suceder tres cosas:

  1. Que tu ex se presente, se firme el acto y se dé por finalizado el problema de la venta.
  2. Puede suceder que tu ex se presente, firme el acto pero luego no lo cumpla. En este caso, deberás solicitar ante el Juzgado el cumplimiento del acuerdo.
  3. Que tu ex no se presente o que no haya acuerdo y entonces solamente queda acceder por vía judicial.

Subasta voluntaria

Otro de los escenarios frente a la falta de acuerdo y para obligar a tu ex a vender la vivienda es la subasta voluntaria de la propiedad en común. Puede llegarse a la misma a través de dos caminos:

  • mediante vía notarial: en este caso, la subasta será electrónica y se realizará en el Portal de Subastas de la Agencia Estatal BOE.
  • por vía judicial: deberás presentar un escrito y un pliego de condiciones en el Juzgado para celebrar la subasta. También se realizará electrónicamente en el portal citado anteriormente.

El proceso de la subasta es de mutuo acuerdo y en la misma se hará constar el valor de tasación de la propiedad.

Juicio

Si has agotado todas las vías anteriores, la última opción y la menos deseable es la de llegar a juicio contra tu ex. En este caso es obligatorio recurrir a un abogado o procurador, además del perito judicial. La casa se subastará públicamente y ninguna de las partes podrá fijar el valor de la misma.

Lo obtenido en la subasta será dividido entre ambas partes pero es importante saber que llegar a esta instancia implica perder dinero pues hay muchos costes judiciales que afrontar y los precios de las subastas son siempre menores a los del mercado.

Otra de las opciones es recurrir a una de las empresas que compran proinidivisos con el fin de sacarnos este problema de encima y obtener dinero inmediato.

¿Te ha quedado claro entonces cómo puedes obligar a tu ex a vender la vivienda? ¡Coméntanos si has llevado a cabo alguna de estas opciones!

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La compra de un bien inmueble supone un gran esfuerzo económico para la mayoría de las personas. Sin embargo, existen determinados colectivos a los que una operación de este tipo puede parecerles incluso inalcanzable. A partir de esta problemática, y con el objetivo de incentivar las compraventas inmobiliarias, es que el Gobierno central y los autonómicos suelen otorgar a la población diferentes ayudas para comprar vivienda. ¿Cuáles son? ¿Qué requisitos se deben cumplir para acceder a ellas? ¿Cuáles son de carácter estatal y cuáles se otorgan en cada comunidad autónoma en específico? En este artículo te contamos todo lo que debes saber acerca de las ayudas para comprar vivienda que existen en España.

Las ayudas para comprar vivienda en España suelen estar destinadas, mayoritariamente a los siguientes colectivos: jóvenes de entre 18 y 35 años, adultos mayores de 65 años, personas con discapacidad, familias numerosas y mujeres víctimas de violencia de género. No obstante, al tratarse de sectores de la población con necesidades bastante diferentes, las condiciones suelen variar de programa a programa. A su vez, las características de los planes cambian bastante de acuerdo a cada comunidad autónoma.

A continuación te contamos todo lo que debes saber sobre las ayudas para comprar vivienda que se otorgan actualmente en España. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué ayudas para comprar vivienda se otorgan actualmente en España?

El Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, publicado a principios del 2022 en el Boletín Oficial del Estado (BOE), regula el nuevo Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025. Se trata de una actualización del Plan de Vivienda 2018-2021 y uno de sus objetivos es el incentivo a la compra de bienes inmuebles para ciertos colectivos.

Veamos cuáles son las ayudas que el Plan ofrece para comprar una vivienda, a qué sectores de la población están dirigidos y cuáles son los requisitos para acceder a ellas.

Ayudas destinadas a jóvenes

Facilitar el acceso a la vivienda para los jóvenes españoles es uno de los principales propósitos del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2022-2025. Por otro lado, la lucha contra la despoblación en lo que se conoce como “España vacía”, también es actualmente un gran reto para el Gobierno central y los autonómicos. 

A partir de estas dos inquietudes es que se ha lanzado un programa de ayudas directas destinado a personas de entre 18 y 35 años que estén buscando adquirir un inmueble que vaya a convertirse en su vivienda habitual. 

La primera de las condiciones para acceder a ella es que la propiedad deseada valga menos de 120.000 euros. El monto de la subvención será de hasta 10.800 euros y, a su vez, no podrá exceder el 20% del precio de la vivienda. A su vez, el inmueble debe encontrarse en un núcleo de población pequeño o área rural en la que residan menos de 10.000 habitantes.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a este programa?

Todos los jóvenes que deseen recibir esta ayuda para comprar vivienda deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber suscrito o poder suscribir un contrato de compra de un inmueble luego del 1º de enero de 2022. Como mencionamos, la propiedad debe encontrarse en un núcleo de población pequeño. También puede tratarse de una vivienda que todavía no se ha edificado.
  • Contar con una renta anual igual o inferior a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Este umbral será de cuatro veces cuando se trate de una persona con discapacidad y de cinco para una persona que posea alguno de estos tipos de discapacidad: parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual o discapacidad del desarrollo. En todos los casos su grado de discapacidad reconocido debe ser igual o superior al 33%.
  • Aportar la escritura o contrato que acredite la compra de la vivienda dentro de los tres meses posteriores a la fecha en que se notifique la concesión de la ayuda. 
  • Hacer que el inmueble adquirido se convierta en su residencia habitual por al menos cinco años luego de la fecha de su compra. Este plazo podrá ser inferior si se produce un cambio de domicilio por cuestiones laborales justificadas. Lo mismo ocurre si el beneficiario vende la propiedad y reinvierte el dinero obtenido en la compra de otra vivienda habitual.

Ayudas destinadas a familias numerosas

Las familias numerosas también son uno de los colectivos beneficiados por el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025. 

En este caso, la ayuda a la que pueden acceder es la misma que la destinada a los jóvenes. Por esta razón, los requisitos con los que deben cumplir son los mismos que se contemplan en el caso anterior y que ya mencionamos. Por ejemplo, los beneficiarios deben ser siempre menores de 35 años.

La cuantía de la ayuda tampoco varía, sin embargo, para acceder a ella hay uno de los requisitos que sí se modifica. En este caso los ingresos en la unidad de convivencia deben ser inferiores a cuatro veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para la categoría de general. En la categoría especial este umbral es de cinco veces el IPREM. ¿De qué se tratan estas categorías? ¿A qué se considera actualmente familia numerosa? Veamos:

  • Familia numerosa general: son las familias que tienen hasta cuatro hijos. 
  • Familia numerosa de categoría especial: son las familias con cinco o más hijos. A su vez, también se considera en esta categoría a aquellas familias de cuatro hijos cuyos ingresos anuales, divididos por el número de miembros que residen en la unidad familiar, no superan en cómputo anual el 75% del IPREM.

¿Qué otros beneficios hay para las familias numerosas?

Las familias numerosas también cuentan con los siguientes beneficios al momento de comprar una vivienda:

Descuento en el pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Se trata del tributo que debe abonarse al realizar una compra de un bien inmueble de segunda mano. Si bien el Estado ha fijado una cuantía general del 6% sobre el precio de las propiedades, el impuesto le compete a las comunidades autónomas y son ellas quienes deciden cuánto deberán pagar los compradores finalmente. No obstante, si el inmueble es adquirido por una familia numerosa para utilizarlo como vivienda habitual, el tipo se reduce al 4%.

Bonificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Al pertenecer a una familia numerosa también es posible desgravar la compra de una vivienda en la declaración de la renta. La deducción establecida es de 1.200 euros anuales para familias numerosas generales y de 2.400 para familias numerosas especiales.

Beneficios en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) 

Las familias numerosas también cuentan con beneficios a la hora de abonar este tributo una vez que compran su vivienda. La bonificación a la que pueden acceder es de hasta un 90% sobre la cuota líquida.

Ayudas para familias numerosas por comunidades autónomas

En las diferentes regiones de España existen ayudas adicionales para la compra de vivienda destinadas a familias numerosas. 

En Andalucía, por ejemplo, hay un cupo de un 5% para este colectivo de viviendas de cierto tamaño y una reducción de 50 euros por cada 10.000 euros de un préstamo hipotecario. Por otro lado, en el País Vasco, las familias numerosas con tres o más hijos pueden acceder a una ayuda de 600 euros por cada hijo que tengan a partir del tercero. La misma oscila entre los 4.684 euros y los 10.098 euros.

Ayudas destinadas a personas mayores o con discapacidad

El programa Nº 9 del Plan busca fomentar la compra y rehabilitación de vivienda a través de una ayuda destinada a personas de la tercera edad o que posean alguna discapacidad.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a este programa?

Todas las personas que deseen recibir esta ayuda para comprar o reformar una vivienda deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser mayor de 65 años o poseer algún grado de discapacidad.
  • Percibir ingresos inferiores a cinco veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) dentro de su unidad de convivencia.
  • No ser propietario de ningún otro bien inmueble.
  • Contar con un patrimonio que no supere los 200.000 euros.

Cabe aclarar que cada autonomía tiene la facultad de gestionar este programa de manera independiente. Por esta razón, tanto los requisitos a cumplir como la cuantía del beneficio pueden variar de una región a otra.

Ayudas para comprar vivienda en las diferentes comunidades autónomas

Además del Plan de Vivienda 2022- 2025, que se ejecutará a nivel estatal durante los próximos años, cada comunidad autónoma suele desarrollar y poner en marcha diferentes programas de ayudas para la compra de vivienda. Estos son algunos ejemplos:

ayudas para comprar vivienda

Madrid

Uno de los programas más importantes en materia de vivienda dentro de la Comunidad de Madrid es el Plan Vive. A partir de él se espera promover el desarrollo y la construcción de hasta 25.000 viviendas. El principal objetivo de esta iniciativa es facilitar el acceso a la vivienda a jóvenes de entre 18 y 35 años, mayores de 65 años, personas con discapacidad o las mujeres víctimas de violencia de género.

A su vez, se está trabajando en esta región para poner en marcha el programa Primera Vivienda. A través de él se buscará destinar alrededor de 12 millones de euros para avalar las hipotecas de unos 5.000 jóvenes madrileños que estén buscando comprar su primera vivienda.

Murcia

Esta región fue una de las primeras en desarrollar un plan de avales para jóvenes de entre 18 y 35 años que estuvieran en busca de comprar su primera vivienda. A este programa se lo conoce como Línea ICREF Aval Joven. 

En concreto, el programa se ocupa de avalar el 20% del valor del inmueble, lo cual equivale a la entrada. El objetivo, a través de la inversión destinada en una primera fase, es llegar a intervenir en unas 400 operaciones de compraventa. Estas podrían llegar a 700 si se produce una futura ampliación.

Andalucía

En esta región se encuentra actualmente vigente el Plan Vive 2020-2030. Este se encargará de destinar alrededor de 800 millones de euros para la promoción de vivienda, tanto en el régimen de compra como en el de alquiler. El objetivo es facilitar el acceso a un hogar para los jóvenes, los mayores de 65 años y otros colectivos vulnerables.

País Vasco

Esta comunidad posee una línea de ayudas que intenta facilitar la adquisición de viviendas libres de segunda mano que vayan a destinarse a residencia habitual y permanente. Con este objetivo se otorga a los beneficiarios una subvención a fondo perdido, que se calcula sobre el valor de tasación del inmueble, salvo que el precio de venta sea menor. Estos son los valores que se aplican:

  • Unidades convivenciales cuyos integrantes sean menores de 35 años: un 6% sobre el valor de la vivienda, o sea, entre 4.329 euros y 9.015 euros.
  • Subvención general (no importa la edad de los compradores): un 5% sobre el valor de la vivienda, o sea, entre 3.606 euros y 7.935 euros.
  • Familias numerosas con tres o más hijos: un 6% sobre el valor de la vivienda más una ayuda de 600 euros por cada hijo a partir del tercero, o sea, entre 4.684 euros y 10.098 euros.

Cataluña

Por último, en la región catalana también se aplican algunos beneficios fiscales en la compra de vivienda. En concreto, a los menores de 32 años que adquieren un inmueble para su uso habitual, quienes sólo tributan sobre el 5% de la propiedad en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Para acceder a esta reducción es importante que la base imponible de la última declaración de la renta, sumando el mínimo personal y familiar, no haya superado los 30.000 euros.

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Más del 50% de la adquisición de bienes inmuebles en España se financia actualmente a través de un crédito hipotecario. A la hora de dirigirse a una entidad bancaria para solicitar uno, es muy probable encontrarse con que la empresa exige algunas garantías que le permitan resguardarse antes de concederlo. ¿En qué consiste el aval que los bancos suelen pedir a los solicitantes antes de otorgarles una hipoteca para comprar vivienda? ¿Cuándo suelen solicitarlo y en qué casos es posible evitarlo? ¿Quién puede convertirse en avalista y cuáles son sus responsabilidades? ¿Es posible utilizar otro inmueble como aval de una hipoteca? En este artículo respondemos todas estas preguntas.

Tener que aportar un aval o no para conseguir una hipoteca y destinarla a comprar una vivienda depende de diversos factores. Principalmente, tendrá que ver con el nivel de ingresos y la estabilidad del empleo del solicitante. A partir de ahí, puede elegir a un tercero para que asuma el rol de avalista o presentar un bien inmueble para que funciones como garantía.

A continuación te contamos todo lo que debes saber sobre el aval que los bancos suelen pedir antes de otorgar una hipoteca para comprar vivienda. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿En qué consiste el aval que los bancos suelen pedir antes de otorgar una hipoteca para comprar vivienda?

Un aval es un contrato a través del cual una persona, ya sea física o jurídica, garantiza el cumplimiento del pago de una deuda emitida por una tercera persona. De esta manera, en caso de impago, el avalista deberá hacerse cargo de la deuda y asumir el pago.

Cuando se trata de un crédito hipotecario, el avalista asumirá la deuda contraída con el banco en caso de impago por parte de la persona que lo solicitó para comprar una vivienda. A continuación veremos todos los aspectos importantes sobre el aval que los bancos suelen pedir antes de otorgar una hipoteca para comprar vivienda.

¿Cuándo suelen solicitar los bancos un aval antes de conceder una hipoteca para comprar vivienda?

En general, los bancos suelen solicitar un aval cuando el solicitante de una hipoteca no cuenta con un perfil suficientemente seguro. Es decir, cuando la persona que solicita el préstamo no ofrece garantías que le aseguren a la entidad que podrá devolver la totalidad del dinero prestado junto con los intereses correspondientes.

Las entidades de crédito suelen solicitar un aval antes de conceder una hipoteca cuando el solicitante:

  • No posee un contrato laboral fijo.
  • Su salario es bajo.
  • No cuenta con ingresos estables y regulares (suele ocurrir en el caso de algunos autónomos).
  • Cuenta con una edad avanzada.
  • La cuota de la hipoteca significa más del 40% de sus ingresos.
  • La hipoteca supera el 80% del precio de la vivienda que desea adquirir.

Cabe mencionar que cada banco puede contar con requisitos diferentes para la concesión de hipotecas, por lo cual las condiciones pueden variar de una entidad a otra. En este sentido, es recomendable comparar entre varias de ellas antes de presentar la solicitud del préstamo.

¿Qué requisitos se deben cumplir para evitar el aval?

Teniendo en cuenta lo anterior, podemos asegurar que la única manera de evitar la presentación de un aval al solicitar una hipoteca es convencer al banco de nuestra solvencia. Ya vimos cuáles son las razones por las cuales las entidades de crédito suelen pedir esta garantía antes de conceder el préstamo, ahora veamos en detalle qué factores podrían permitirnos evitarlo:

Nivel de ingresos lo suficientemente elevado

El más importante de los factores es el nivel de ingresos del solicitante. Si cuenta con una entrada de dinero lo suficientemente elevada, es muy probable que el banco no le solicite un aval para concederle la hipoteca. Sin embargo, esto depende del empleo que posea, punto en el que nos centraremos más adelante. Una buena estrategia para conseguir el crédito sin aportar un aval es solicitarlo después de un aumento de sueldo.

Empleo estable

En conjunto con el nivel de ingresos, los bancos suelen tener en cuenta la estabilidad del empleo del solicitante para pedirle un aval o no. Aunque posea un nivel elevado de ingresos, si no se mantienen a lo largo del tiempo, no serán suficiente garantía para el banco. 

Llevar muchos años en un mismo empleo, contar con un contrato fijo, suelen ser los factores que contribuyen para evitar el aval. En el caso de los trabajadores autónomos, contar con un alta en el régimen de autónomos de manera estable y sostenida en el tiempo también pueden ser de ayuda para prescindir de esta garantía al solicitar una hipoteca.

Edad ideal

La edad del solicitante es el siguiente de los factores que influyen en la necesidad de aportar un aval o no. ¿Cuál es la mejor edad para pedir una hipoteca? Podemos afirmar que entre los 35 y los 45 años, ya que es dentro de esa franja etaria que los bancos suelen exigir menos esta garantía para conceder una hipoteca. 

Por el contrario, si el solicitante es menor de 35 años o si cuenta con una edad avanzada, es casi seguro que la entidad bancaria le solicitará un aval para concederle la hipoteca.

Bajo importe del préstamo

Otro elemento que puede ser decisivo a la hora de necesitar un aval o no es el importe del crédito hipotecario solicitado. Mientras más grande sea el capital que preste el banco, mayor será el riesgo de impago que correrá, por lo tanto, mayor será la probabilidad de que exija un aval al solicitante. Por el contrario, cuando se trate de un préstamo por un capital pequeño, al haber menos riesgo de impago, es más probable que el banco lo otorgue sin pedir un avalista.

Larga relación con el banco

Por último, otro de los factores que pueden influir en la solicitud o no del aval es el nivel de vinculación que el solicitante tiene con el banco. Por ejemplo, si la persona pide una hipoteca a un banco con el cual tiene una larga relación, en donde posee otros productos contratados hace tiempo, es más probable que la entidad no le solicite un aval para otorgarle la hipoteca.

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¿Quién puede aportar un aval para una hipoteca?

Para que una persona pueda convertirse en avalista de una hipoteca, los bancos suelen exigirle requisitos similares a los que fija para los solicitantes. Por lo general, las condiciones con las que deben cumplir las personas físicas que quieran convertirse en avalistas son los siguientes:

  • Ser mayor de 18 años.
  • Contar con una situación económica estable y solvente.
  • Poseer un patrimonio suficiente para que la entidad bancaria se asegure de que podrá cubrir el pago de la deuda hipotecaria en caso de impago.
  • No tener deudas pendientes ni aparecer en listados de morosidad.

Si bien cualquier persona puede actuar como avalista de una hipoteca, siempre y cuando cumpla con los requisitos mencionados, cabe mencionar que, en la mayoría de los casos, suelen ser los padres de los solicitantes quienes se ofrecen. Esto se debe, principalmente, a que suelen ser las personas más cercanas a los hipotecados y que cuentan con capital suficiente para asumir este rol. Ocurre, principalmente, en los casos de menores de 35, a quienes los bancos suelen pedir un aval sin excepción para conseguir este tipo de crédito.

¿Qué responsabilidades implica convertirse en avalista de una hipoteca?

Como mencionamos previamente, la principal responsabilidad del avalista de una hipoteca es responder ante un impago de la deuda que aceptó avalar. De esta manera, si se produce el incumplimiento, la persona tendrá obligación de hacerse cargo del capital que el banco prestó al hipotecado pero también de los intereses que ha generado esa suma, como comisiones, recargos, etc. Para ser claros, el avalista responde por el total de la hipoteca y cuenta con la responsabilidad de afrontar la deuda con la totalidad de su patrimonio.

No obstante, es importante aclarar que existe la posibilidad de limitar la responsabilidad del avalista de una hipoteca. Para ello se debe estipular tal limitación en el contrato que se firme por el préstamo hipotecario. 

Se debe tener en cuenta, igualmente, que las entidades de crédito buscan precisamente, a través del aval, que la persona responda por completo en caso de que se produzca un impago de la hipoteca. Es probable, entonces, que si se intenta limitar las obligaciones del avalista, la hipoteca no sea concedida al solicitante. De todas maneras, siempre es válido negociar con las entidades y tener esta posibilidad en cuenta a la hora de comparar hipotecas, ya que algunos bancos pueden ser más flexibles que otros en este sentido.

¿Puede otra vivienda funcionar como aval de una hipoteca?

Sí. A la hora de solicitar un crédito hipotecario, si el banco pide un aval, es posible utilizar un inmueble de nuestra propiedad en vez de buscar a una persona que asuma el rol de avalista. Esto implica que, en caso de que se produzca un impago, el banco podrá recurrir al embargo de esta vivienda para cubrir el pago de la deuda.

¿Qué requisitos debe cumplir una vivienda para convertirse en aval de una hipoteca?

Es muy importante tener en cuenta que no cualquier inmueble es aceptado por las entidades bancarias para que funcione como aval de una hipoteca. A rasgos generales, las condiciones que debe cumplir una propiedad para cubrir esta garantía son las siguientes:

Debe estar libre de cargas

El inmueble elegido para funcionar como aval del crédito no puede estar sujeto a otra hipoteca. En caso de que en algún momento lo haya estado, pero la deuda se haya abonado en su totalidad, será necesario cancelarla en el Registro de la Propiedad.

Debe ser aceptada por el banco

Lo más habitual es que los inmuebles que se presentan como aval de una hipoteca sean viviendas, o sea, unidades de residencia. Estas son las propiedades que más seguridad ofrecen a los bancos. Por el contrario, si se quiere presentar otro tipo de inmueble para avalar un préstamo, como un terreno o un local comercial, es muy probable que la entidad no lo acepte.

El propietario debe aceptar que sea utilizada como aval

Si el propietario del inmueble también es el solicitante de la hipoteca, es probable que no tenga ningún problema en utilizarla como aval. Sin embargo, en caso de que la propiedad pertenezca a otra persona, es indispensable que la misma acepte y ponga su firma en el contrato.

¿Cuáles son las ventajas y desventajas de avalar una hipoteca con otra vivienda?

La principal ventaja de avalar un crédito hipotecario con otra vivienda es que facilita el acceso al mismo, ya que se trata de una garantía incomparable para el banco. Cuando se trata de una persona, la misma puede ser más o menos solvente, pero en el caso de los bienes inmuebles, es difícil que su valor descienda abruptamente.

Por otra lado, la principal desventaja es que, en caso de producirse un impago, existe la posibilidad de perder la propiedad por un embargo. De esta manera, la vivienda se encuentra en riesgo de pasar en algún momento a manos del banco.

¿En qué casos puede ser útil avalar una hipoteca con otra vivienda?

Los casos en los que es más frecuente que una persona elija avalar una hipoteca con otro bien inmueble son los siguientes:

  • Quiere adquirir una segunda vivienda.
  • Necesita dinero para abonar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), por ejemplo, luego de recibir una herencia.
  • Desea realizar una reforma integral de la nueva vivienda que va a hipotecar.

De esta manera, podemos concluir que avalar una hipoteca con otra vivienda es una opción que suele elegirse cuando se requiere de financiación, no sólo para adquirir el inmueble en cuestión, sino también por razones externas. 

Sin embargo, como hemos visto, aunque se trata de una manera fácil y efectiva de avalar un crédito hipotecario, también implica un riesgo alto en caso de impago. Por esta razón, se trata de una opción que debe analizarse detenidamente antes de tomar la decisión.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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Solicitar un crédito hipotecario es, hoy en día, el medio predominante para afrontar la compra de un inmueble en España. ¿Qué ocurre cuando el banco decide no concederlo? ¿Es posible desistir de la compra de una vivienda si se frustra la hipoteca, específicamente en la Comunidad de Cataluña? ¿Cuáles son los requisitos y los efectos que prevé la ley? En este artículo te lo contamos.

Existe una normativa en la región de Cataluña que permite a los adquirientes de bienes inmuebles desistir de la compraventa cuando soliciten un crédito hipotecario y el mismo no sea aprobado. ¿Cuál es el objetivo de esta norma? ¿Cuáles son los requisitos para atenerse a ella? ¿Qué obligaciones implica para el vendedor y también para el mismo comprador? A continuación te contamos todo lo que debes saber acerca de desistir de la compra de una vivienda en Cataluña cuando el banco no concede la hipoteca. ¡Sigue leyendo para enterarte!

Desistir de una compra de vivienda en Cataluña cuando una entidad bancaria no concede una hipoteca: ¿qué dice la ley?

La Ley 3/2017, del 15 de febrero, del libro sexto del Código Civil de Cataluña, vigente desde el 1º de enero de 2018, admite la posibilidad de desistir de la compra de un inmueble. ¿En qué ocasiones? Cuando se haya previsto financiar el pago total o parcial de la adquisición por medio de un crédito hipotecario y finalmente la entidad bancaria no lo conceda.

De manera resumida, la intención de esta norma no es otra que la de facilitar a un comprador la desvinculación de un contrato de compraventa inmobiliaria ya concluido cuando no pueda atender el pago del precio correspondiente por serle denegado el tipo de financiación que esperaba obtener. A su vez, pretende evitar que se produzca un incumplimiento de la obligación dineraria principal del comprador.

¿Cuáles son los requisitos para desistir de la compra de una vivienda bajo esta normativa?

Requisitos subjetivos

Para desistir de una compraventa inmobiliaria ateniéndose a esta norma se debe haber adquirido una vivienda, ya sea como persona física o como persona jurídica. Por otro lado, la financiación de la compra debe emanar de una entidad de crédito que se haya designado previamente. Sólo de esta manera el precepto es aplicable. Ahora veamos en detalle cuáles son los requisitos objetivos.

Requisitos objetivos

  • El contrato firmado debe prever la financiación de toda o parte de la compra de la vivienda a través de un crédito hipotecario.
  • No debe existir un pacto entre las partes que sea contrario a dicha facultad. Esto se debe a que el desistimiento por falta de financiación es una facultad legal que los contratantes pueden rechazar acuerdo mediante si lo desean. Aunque la ley no lo exija, este pacto en contra debe quedar expreso en el contrato, ya que la supresión de esta protección para el comprador requiere de un plus de forma, sin importar que sea meramente ad probationem.
  • El comprador debe justificar documentalmente y en el plazo pactado la negativa que recibió de la entidad designada a conceder la financiación solicitada. Cabe señalar que es probable que los contratantes no hayan establecido ningún plazo límite para que el adquiriente presente esta justificación. La norma tampoco contempla actualmente un plazo concreto para esta presentación. De esta manera, será necesario atenerse a cada caso en particular y a la interpretación que realicen de él los tribunales de justicia.
  • La denegación de la financiación por parte de la entidad de crédito no debe ser resultado de una negligencia del comprador. Es decir, sólo se tendrán en cuenta los casos en los que, por ejemplo, el adquiriente no haya solicitado formalmente la financiación, o bien, que la haya solicitado pero no haya presentado oportunamente la documentación requerida por la entidad de crédito para valorar su perfil y su capacidad de endeudamiento.

desistir de una compra de vivienda hipoteca

¿Cuáles son los efectos de este desistimiento?

El desistimiento de una compraventa inmobiliaria por falta de financiación lleva aparejados derechos y obligaciones tanto para el vendedor como para el comprador. 

Restitución del precio de la vivienda al comprador

En primer lugar, no está demás aclarar que la Ley 3/2017 exige que el vendedor restituya al comprador el dinero que haya recibido por el precio del bien inmueble.

Restitución de las arras al comprador

En caso de que se haya firmado un contrato de arras, el comprador también está obligado a restituir al comprador el valor de la señal que haya entregado. Ahora bien, ¿esto ocurre con cualquier tipo de arras? Sí, si bien en cualquier otra situación de desistimiento la señal entregada en concepto de arras penitenciales no se devuelve al comprador, en este caso se trata de una situación justificada que sí amerita la devolución de este dinero.

 Restitución del precio de los gastos al vendedor

La ley también dispone que el comprador debe dejar al vendedor “en la misma situación en que se habría encontrado si no se hubiera concluido el contrato”. Esto significa que debe reintegrarle todos los gastos que se hayan derivado de la conclusión de la compraventa, pero no de su consumación. Para ello su devengo debe corresponder al vendedor en fase de conclusión o perfección del contrato. Como ejemplo podemos mencionar a los gastos de obtención y de tramitación de la cédula de habitabilidad. 

Se trata de una forma de equilibrar la balanza, ya que sería injusto que la normativa sólo proteja a una de las partes de la compraventa. Esto ocurriría si permitiera al comprador desligarse del contrato y que el vendedor igualmente tuviera que asumir cargas y costes derivados del proceso aunque la compraventa no se hubiera concretado.

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Son numerosos los casos de sucesiones en los que hay más de un heredero para un conjunto de bienes. Cuando de inmuebles se trata, es bien sabido que se trata de elementos indivisibles. Por esta razón, a cada heredero se le adjudica un porcentaje de ellos en una herencia. ¿Cuáles son los conflictos más comunes a la hora de dividir una vivienda heredada? ¿Cómo solucionarlos? En este artículo te lo contamos.

Los conflictos que suelen presentarse al momento de dividir una vivienda heredada entre varias personas pueden solucionarse mediante una negociación entre las partes o bien recurriendo a la justicia. ¿Cuáles son las problemáticas más frecuentes? ¿Cómo proceder, por ejemplo, cuando un heredero quiere vender la vivienda heredada y el resto no? A continuación te contamos todo lo que debes saber al respecto. ¡Sigue leyendo para enterarte!

Dividir una vivienda heredada: ¿en qué consiste el proindiviso, copropiedad o comunidad de bienes?

Cuando una persona fallece, sus bienes son adjudicados a sus familiares directos o personas allegadas. En la mayoría de los casos, la sucesión se reparte de tal forma que a varios herederos les corresponde una parte proporcional de un mismo bien inmueble. Es decir que, teniendo en cuenta que una vivienda es un bien indivisible, cada uno de los beneficiarios será propietario de un porcentaje de ella.

Por ejemplo, en una herencia normal, en donde hay cuatro hermanos que son herederos y ninguno ha sido beneficiado con un tercio de mejora, a cada uno de ellos le toca un 25% de la propiedad. Este derecho indivisible se conoce como proindiviso, copropiedad o comunidad de bienes.

¿Cuáles son los problemas más frecuentes a la hora de dividir una vivienda heredada entre varias personas?

Como mencionamos, en muchas herencias, un mismo bien inmueble debe ser dividido entre varias personas, lo cual puede generar más de un problema. En una situación ideal, los beneficiarios deberían decidir de común acuerdo qué hacer con la vivienda, ya que, por ejemplo, para venderla no basta con el consentimiento de la mayoría. Los conflictos más comunes en esta instancia suelen ser que:

  • Los herederos no estén de acuerdo con la copropiedad sobre el bien.
  • Uno o varios de ellos quieran vender la casa pero uno o varios de ellos deseen conservarla.

A continuación analizaremos estas problemáticas en profundidad y veremos qué soluciones posibles existen.

dividir una vivienda heredada

¿Qué ocurre si uno de los copropietarios quiere vender la vivienda heredada y los demás no?

Ya dejamos en claro que para efectuar la venta de la totalidad de un inmueble heredado se necesita la aprobación de todos los copropietarios. No obstante, si uno de ellos desea vender su porcentaje de la propiedad, puede hacerlo aunque el resto de las partes no quieran enajenar los suyos.

Ahora bien, ¿quién tiene prioridad para adquirir este porcentaje de la vivienda?

¿Y si uno de los copropietarios quiere comprar la vivienda heredada a los demás?

Por ley, si un heredero quiere vender su parte de un inmueble, los demás coherederos poseen derecho de adquisición preferente frente a un tercero para comprarla. 

Si este porcentaje es vendido a un extraño antes de realizar la partición de la herencia, el resto de los herederos también tienen la posibilidad de subrogarse en el lugar del comprador. La única condición es que deberán reembolsar el valor de la compra a esta persona. El plazo con el que cuentan para proceder a la subrogación es de un mes, contando desde el momento en el que son informados de la venta. 

Si uno de los herederos desea adquirir la totalidad del inmueble heredado puede comprar su parte a cada uno de los demás herederos. 

Claramente la opción más sencilla consiste en vender la vivienda y repartir el dinero obtenido entre todos los herederos. Pero, ¿qué ocurre si todos los copropietarios no están de acuerdo?

¿En qué consiste la división del proindiviso por vía judicial?

Si un heredero solicita la venta de un inmueble heredado a pesar de que los demás no estén de acuerdo, la misma deberá resolverse por vía judicial. A partir de este proceso, es posible que la vivienda sea adjudicada a uno de los beneficiarios y que el resto de ellos sean indemnizados. 

Otra opción es que la venta se ejecute mediante subasta pública y que luego se reparta el dinero entre los herederos. Para ello se debe presentar primero una demanda de división de cosa común en el juzgado correspondiente. El precio de venta, en ese caso, se determina a través de una tasación hecha por un profesional. Sin embargo, no es la mejor opción, ya que suele ocasionar mayores gastos a los copropietarios.

Otros inconvenientes que pueden llegar a surgir al dividir una vivienda heredada entre varias personas

Que se herede una parte de una vivienda que ya ha sido repartida previamente

En muchas ocasiones, los herederos de una persona reciben una parte de un inmueble que ya ha sido repartido en procesos sucesorios anteriores. Un ejemplo de ello sería que dos hermanos reciban una casa como herencia, luego uno de ellos fallezca y sus hijos hereden ese 50% de la propiedad. En ese caso, ese porcentaje deberá ser dividido en tantas partes corresponda. Es decir, si la persona tenía tres hijos, ese 50% deberá dividirse por tres.

Que fallezca una de las personas que tenía derecho a heredar pero no haya tenido hijos

Siguiendo el caso anterior, puede ocurrir que el heredero fallecido no haya estado casado ni haya tenido hijos. En ese caso, por ley, los siguientes en la línea sucesoria serían sus sobrinos.

También puede ocurrir que, testamento mediante, la persona no haya dejado nada a sus sobrinos. Cuando esto pasa, se respeta su última voluntad, aunque, según la ley, correspondería a los sobrinos una tercera parte de dicha mitad, dividida en partes exactas.

Se trata de un problema complejo de proindiviso que debería tratarse mediante una negociación entre las partes, que puede llegar a tener que solucionarse por vía judicial.

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Donar una vivienda a un ser querido puede ser la mejor opción en muchos casos y puede significar un gran beneficio para ambas partes. Sin embargo, se trata de una operación con varias particularidades, sobre la cual es necesario informarse antes de tomar cualquier tipo de decisión. ¿De qué se trata la donación en vida de bienes inmuebles? ¿Qué ventajas implica? ¿Es más conveniente donar o dejar en herencia? En este artículo respondemos todas estas preguntas y te guiamos para que tomes el mejor camino.

CONTENIDO ACTUALIZADO

La donación en vida de bienes inmuebles es una operación sujeta a varias condiciones, diferentes que las que rigen a la donación de otro tipo de bienes. En este sentido, es importante conocer qué dice la ley respecto a ella y qué otras variables intervienen en estos casos para poder tomar la mejor decisión.

A continuación te contamos de qué se trata la donación en vida de bienes inmuebles, cómo la define y la limita la normativa vigente y a qué impuestos está sujeta. También te mostramos qué beneficios implica este tipo de pacto y evaluamos cuándo es más conveniente donar, vender o dejar en herencia. ¡Sigue leyendo para enterarte!

En este artículo encontrarás:

¿En qué consiste la donación en vida de bienes inmuebles?

La ley española prevé que cualquier sujeto pueda entregar en vida todo tipo de bienes a otras personas físicas o jurídicas a título gratuito. Para que esta donación se haga efectiva, el beneficiario debe aceptar formalmente el obsequio.

En este artículo nos centraremos específicamente en la donación en vida de bienes inmuebles, que se diferencia en varios aspectos de las de otro tipo. Primero veamos cómo define la normativa vigente a la donación en general y qué limitaciones establece para ella. 

¿Cómo está regulada por la ley?

Definición

Las donaciones en vida están reguladas por el Código Civil español. En su artículo 618 este determina que:

La donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta.

Y luego, en su artículo 629 que:

La donación no obliga al donante, ni produce efecto, sino desde la aceptación.

Limitaciones

¿Puede una persona donar absolutamente todos sus bienes? No, el artículo 634 del Código Civil indica que:

La donación podrá comprender todos los bienes presentes del donante, o parte de ellos, con tal que éste se reserve, en plena propiedad o en usufructo, lo necesario para vivir en un estado correspondiente a sus circunstancias.

¿Puede un heredero recibir a través de una donación en vida más de lo que le correspondería en una sucesión? Tampoco. El artículo 636 señala al respecto que:

No obstante lo dispuesto en el artículo 634, ninguno podrá dar ni recibir, por vía de donación, más de lo que pueda dar o recibir por testamento. La donación será inoficiosa en todo lo que exceda de esta medida.

Cómo realizar una donación en vida de bienes inmuebles

Previamente mencionamos que la donación de bienes inmuebles guarda varias diferencias con las donaciones de otro tipo. Una de ellas es que, mientras para donar cualquier tipo de bien mueble basta con entregar la cosa directamente o celebrar un contrato privado de donación, para donar un bien inmueble es indispensable firmar una escritura pública de compraventa. Así lo determina el artículo 633 del Código Civil, que ya citamos anteriormente:

Para que sea válida la donación de cosa inmueble, ha de hacerse en escritura pública, expresándose en ella individualmente los bienes donados y el valor de las cargas que deba satisfacer el donatario.

De esta manera, la escritura pública se configura como un requisito esencial para que la donación del bien inmueble se haga efectiva. De no firmarla, el bien seguirá perteneciendo al donante ante la ley y cualquier otro tipo de documento, como un contrato privado de donación, será de carácter nulo.

¿Cómo proceder entonces para realizar una donación en vida de bienes inmuebles? Ambas partes, donante y donatario, deben acudir a una notaría y firmar una escritura pública ante un notario. Una vez completado este paso, el documento debe ser inscripto en el Registro Público de la Propiedad.

¿En qué consiste la donación de bienes inmuebles con usufructo?

Hasta ahora hablamos únicamente de aquellas situaciones en las que un donante hace entrega de un bien inmueble a un donatario de manera gratuita. Sin embargo, dentro de este tipo de donaciones en vida, existe una opción cada vez más habitual hoy en día. Se trata de donar una vivienda, seguramente a un allegado, pero seguir habitándola. ¿Cómo funciona esto?

En estos casos, la donación se produce de la misma manera que describimos anteriormente. La diferencia es que, al acudir a la notaría y firmar la escritura pública, ambas partes deben dejar asentado que el donatario se convertirá en el nudo propietario del inmueble y el donante, en su usufructuario. También deben aclarar si este usufructo tendrá un período de duración determinado o si será de tipo vitalicio.

De esta manera, la persona que efectuó la donación ya no será propietaria de la vivienda, pero sí tendrá derecho a hacer uso y disfrute de ella. Tendrá la posibilidad, incluso, de obtener un rédito económico por ella si decide alquilarla. Por su parte, el beneficiario de la donación se convertirá en el titular del inmueble, sólo que no podrá utilizarlo ni mucho menos venderlo, donarlo o alquilarlo hasta que finalice el usufructo. Sólo en ese momento obtendrá el pleno dominio sobre la propiedad.

En este artículo te ofrecemos una guía completa sobre usufructo y nuda propiedad para que puedas entender en profundidad cómo funcionan este tipo de pactos.

¿A qué impuestos está sujeta la donación en vida de bienes inmuebles?

Al producirse una donación en vida de un bien inmueble, tanto donante como donatario quedan sujetos a tributar en determinados impuestos. Veamos cuáles son y a cuál de las partes corresponde cada uno:

Impuestos que corresponden al donatario

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISyD)

Este tributo es el que se encarga de gravar todas las transmisiones de bienes a título gratuito, ya sea por una herencia o una donación. Si bien es recaudado en todo el territorio español, su administración es cedida a las diferentes Comunidades Autónomas. Por lo tanto, la aplicación de reducciones y bonificaciones puede variar según la región. En este artículo te ofrecemos una guía para entender cómo se aplica el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en las diferentes Comunidades.

El donatario deberá abonar este impuesto por única vez en la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde se encuentra la vivienda obsequiada. Desde el 1º de enero de 2022, el monto a pagar por este tributo depende del valor de referencia inmobiliario determinado por el Catastro para cada inmueble en especial. 

Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)

Este tributo grava la diferencia entre el precio de adquisición de un inmueble y su precio de transmisión. Es decir, que aplicará cuando, al donar una vivienda, su valor sea mayor al que tenía cuando el donante la compró. Se trata de un impuesto recaudado por cada municipio en particular.

El donatario deberá abonarlo por única vez, siempre y cuando el inmueble obsequiado sea de naturaleza urbana, es decir, que no se encuentre en áreas rurales. Deberá hacerlo en el Ayuntamiento correspondiente al municipio donde se encuentra la vivienda y el monto a pagar dependerá del valor real de la misma.

En este artículo te contamos cómo calcular la plusvalía municipal en 2022, luego de las modificaciones que se introdujeron en noviembre de 2021.

Impuestos que corresponden al donante

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Este tributo se encarga de gravar los incrementos patrimoniales de las personas físicas durante cada año. Es recaudado directamente por el Ministerio de Hacienda en todo el territorio español. 

El donante deberá declarar en él durante el año siguiente a la donación. Para ello, Hacienda determina un período de tiempo dentro del cual los contribuyentes deben presentar su declaración de la renta. ¿Existe alguna excepción? Sí. El propietario no estará obligado a tributar en el IRPF cuando sea mayor de 65 años y el bien inmueble donado sea su vivienda habitual.

La Ley de Fraude Fiscal y sus modificaciones respecto a la donación en vida de bienes inmuebles

La Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal entró en vigencia el 11 de julio de 2021, tras ser publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta nueva reglamentación implica varias modificaciones para las operaciones que se llevan a cabo en el sector inmobiliario y un incremento en varios de los tributos que intervienen en ellas.

Sin dudas, de todas las transformaciones que propuso esta ley desde que fue presentada como proyecto, la que más revuelo causó fue la medida que buscó terminar con los beneficios fiscales de los pactos sucesorios. ¿De qué se trataba en un principio y cómo se fue modificando a partir de las diferentes enmiendas presentadas en el Senado?

¿Qué beneficios fiscales en la donación de bienes inmuebles se aplicaban hasta la presentación del proyecto de Ley de Fraude Fiscal?

Hasta octubre de 2020, momento en que Hacienda presentó el proyecto de Ley de Fraude Fiscal, aquellos donatarios que quisieran vender una vivienda que obtuvieron a título gratuito antes de producirse el fallecimiento del donante, no debían tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La ventaja radicaba en que esta obligación sí existe para los vendedores en el resto de las operaciones de compraventa inmobiliaria.

¿Qué proponía el proyecto de Ley de Fraude Fiscal presentado en 2020?

Sin embargo, el proyecto presentado por Hacienda supuso en un principio, como una de sus principales medidas, la eliminación de este beneficio fiscal. Por lo tanto, con su aprobación, aquellos donatarios que quisieran vender un bien inmueble recibido a título gratuito antes de fallecer el donante sí comenzarían a tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

¿Qué enmiendas se presentaron en el Senado durante 2021 y qué supone la ley aprobada respecto a los beneficios fiscales en la donación de bienes inmuebles?

Como mencionamos, la intención de eliminar las ventajas fiscales en los pactos sucesorios generó un gran impacto, especialmente en el sector inmobiliario. Aparentemente por esta razón, cuando el proyecto ingresó en el Senado, fue el mismo PSOE quien propuso mantener dichos beneficios. ¿En qué ocasiones? Únicamente cuando la transacción ocurriera cinco años después de producida la donación. De esta manera, sólo existiría un período transitorio en el cual no se aplicarían las ventajas como antes.

Finalmente, la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal entró en vigencia contemplando las enmiendas presentadas por el PSOE. Es decir que ahora, todos los pactos sucesorios de este tipo cuentan con sus beneficios fiscales correspondientes, siempre y cuando la venta del bien inmueble recibidos en donación ocurra luego de un lapso de cinco años.

¿Qué beneficios puede implicar realizar una donación en vida de bienes inmuebles?

Ahora que te hemos mostrado en qué consiste la donación en vida de bienes inmuebles, cómo está regulada por la ley y a qué impuestos está sujeta, es probable que te preguntes, ¿cómo puede beneficiarme llevar adelante este tipo de pacto? A continuación te contamos qué ventajas puede suponer.

Permite beneficiar a un ser querido cuando se lo desea

A diferencia de la herencia, la donación de un bien inmueble puede realizarse en cualquier momento. De esta manera, no será necesario esperar a que se produzca un fallecimiento para que el beneficiario reciba la vivienda. De hecho, esta es la razón más frecuente por la cual muchas personas eligen donar en vida.

Permite evitar conflictos al momento de la repartición de bienes

Cuando una persona fallece y es necesario repartir sus bienes, las discusiones entre parientes suelen ser muy habituales. Por esta razón, para un propietario de bienes inmuebles que posee varios herederos, puede ser más beneficioso realizar donaciones en vida. De esta manera, podrán evitarse luego este tipo de conflictos.

Permite imponer al donatario un plazo o una condición

El donante tiene la posibilidad de someter la donación al cumplimiento de un plazo o de una condición, siempre y cuando estos cumplan los requisitos establecidos por la ley. En el caso del plazo, es posible dejar la donación sujeta a un acontecimiento futuro del cual existe la certeza de que ocurrirá. En cuanto a la condición, puede imponerse cuando dicho acontecimiento futuro es incierto y no se sabe si ocurrirá.

Permite, según el tipo de pacto firmado, reservar la facultad de disponer del bien donado o que este vuelva a ser propiedad del donante

Existe un tipo de pacto en el cual, una vez efectuada la donación, el donante puede reservar su facultad de disponer de algunos de los bienes donados, no de todos ellos. En caso de que el donante muera sin hacer uso de este derecho, será el donatario quien se convertirá en titular pleno, libre y definitivo de estos bienes. Con esta clase de acuerdo, el donante nunca podrá recuperar la propiedad de lo donado luego de efectuada la donación, sino que sólo podrá disponer de estos bienes en favor del donatario.

A su vez, existe otro tipo de pacto que permite la reversión de la donación. Para acceder a él es necesario formularlo al efectuar la entrega del bien inmueble, en vez de elegir un acuerdo de reservación de facultades. En estos casos, cuando se produce un arrepentimiento, el donante puede exigir que se le devuelva la vivienda donada. Si se estableció algún plazo o condición, la recuperación del bien ocurrirá cuando estos se cumplan.

Permite mantener el usufructo de la vivienda

Como mencionamos anteriormente, una de las ventajas más importantes que implica donar un bien inmueble en vida es la de seguir habitando en él como usufructuario, mientras que el donatario se convierte en nudo propietario hasta que finalice el usufructo.

Permite su revocación en algunos casos

El Código Civil contempla algunas causas por las cuales es posible revocar una donación. Ellas son la superveniencia de hijos, la supervivencia de hijos, el incumplimiento de cargas y la ingratitud.

Permite acceder a beneficios fiscales

Como describimos previamente, en caso de que el donatario desee vender la vivienda obsequiada antes de producirse el fallecimiento del donante, cuenta con la ventaja de no tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siempre y cuando hayan transcurrido cinco años del momento de la donación.

¿Donar, vender o dejar en herencia?

Muchas personas, cuando piensan en dejar un bien inmueble a un ser querido, se preguntan si conviene realizar una donación en vida, una venta o simplemente dejar en herencia. La mejor decisión dependerá de cada situación en particular, por eso es importante analizar todas las opciones a disposición.

Vender siempre implicará un coste mayor para aquella persona a la que queremos entregar nuestra vivienda, mientras que en la donación será nulo. En cambio, a nosotros nos puede significar una gran ayuda si necesitamos ese dinero. Cabe mencionar que, en ambos casos existe la posibilidad de acceder a un usufructo. Respecto a los impuestos, una venta implica que el comprador pague el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD). En este artículo te contamos más acerca de las diferencias entre vender y donar.

Dejar en herencia, en cambio, siempre implica que el causante fallezca, cosa que en la venta y la donación no ocurre, ya que no es necesario esperar que se produzca ningún suceso y pueden realizarse en cualquier momento. Sin embargo, el beneficio radica en que los impuestos a pagar por el heredero serán menos.

Todas las opciones mencionadas cuentan con pros y contras, sólo es necesario evaluar cuál se adapta mejor a nuestra situación.

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El Gobierno ha lanzado el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 con la idea de facilitar el acceso a la vivienda de determinados sectores de la población, entre otros objetivos. Para ello, uno de los programas que comenzará a implementar consiste en ayudas a la compra de vivienda destinadas a jóvenes. ¿En qué consistirán estas subvenciones? ¿Cuáles serán los requisitos para acceder a ellas? ¿Qué otras ayudas se implementarán? En este artículo te lo contamos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado en enero el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, a través del cual se regula el nuevo Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025. Se trata de una actualización del Plan de Vivienda 2018-2021, en donde sus objetivos se han reorientado hacia el incentivo a la compra y el alquiler para algunos colectivos. También, al aumento del parque público de viviendas, que se encuentra muy por debajo de lo deseado.

¿Cómo serán las ayudas para la compra de vivienda destinadas a jóvenes que introducirá este nuevo Plan Estatal de Vivienda? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Por qué el Gobierno decidió implementar ayudas para la compra de vivienda destinadas a jóvenes?

Facilitar el acceso a la vivienda para los jóvenes españoles es uno de los principales objetivos del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2022-2025. Por otro lado, la lucha contra la despoblación en lo que se conoce como “España vacía”, también se ha convertido en un gran reto para el Gobierno central y los autonómicos. 

En este sentido, Guillermo Fernández Vara, presidente de la Comunidad de Extremadura, aseguró recientemente que esta “España vacía” se poblará con “empleos dignos y viviendas asequibles para la gente”. Con este propósito, el de incentivar que más personas vayan a vivir a las regiones más deshabitadas, el Gobierno otorgará ayudas directas para la compra de vivienda.

¿En qué consistirá este programa de ayudas para la compra de vivienda destinado a jóvenes?

Este programa estará destinado a personas de entre 18 y 35 años que estén buscando comprar un inmueble cuyo destino vaya a ser el de vivienda habitual. 

La primera de las condiciones para acceder a la ayuda será que la propiedad deseada valga menos de 120.000 euros. El monto de la subvención será de hasta 10.800 euros y, a su vez, no podrá exceder el 20% del coste de adquisición de la vivienda. En caso de que el inmueble sea adquirido por varias personas, el importe del beneficio para cualquiera de los compradores se determinará aplicando un porcentaje proporcional a la parte que le corresponda.

La otra de las condiciones para recibir la ayuda es que el inmueble se encuentre en núcleos de población pequeños o áreas rurales en las que residan menos de 10.000 habitantes.

¿Cuáles serán los requisitos para acceder a este programa?

Todos los jóvenes de entre 18 y 35 años que deseen acceder a esta ayuda para la compra de vivienda deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber suscrito o estar en condiciones de suscribir un contrato público o privado de compra de un inmueble luego del 1º de enero de 2022. Desde ya, la propiedad debe encontrarse en un núcleo de población pequeño y puede tratarse de una vivienda que todavía no se ha edificado.
  • Contar con una renta anual igual o inferior a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 24.318 euros anuales. Este umbral será de cuatro veces el IPREM cuando se trate de personas con discapacidad y de cinco en los casos de personas que posean estos tipos específicos de discapacidad: parálisis cerebral, enfermedades mentales, discapacidades intelectuales o discapacidades del desarrollo. También, su grado de discapacidad reconocido debe ser igual o superior al 33%.
  • Aportar la escritura pública o contrato privado de compraventa que acredite la adquisición de la vivienda dentro de los tres meses posteriores a la fecha de notificación de la concesión de la ayuda. 
  • Hacer que el inmueble adquirido se convierta en su residencia habitual por un plazo mínimo de cinco años desde la fecha de su compra. Dicho plazo podrá ser inferior en caso de que se produzcan cambios de domicilio por cuestiones laborales. También, cuando el beneficiario venda la propiedad y reinvierta la totalidad del importe obtenido en la adquisición de otra vivienda habitual y permanente.

ayudas compra vivienda jóvenes

¿Quiénes no podrán acceder al beneficio?

Esta ayuda a la compra de vivienda cuenta con una serie de excepciones. En primer lugar, no se concederá a aquellos solicitantes que sean propietarios o usufructuarios de una vivienda dentro del territorio español. 

Sin embargo, no se considerará a quienes sean propietarios o usufructuarios de una vivienda si la han obtenido por una herencia o una transmisión mortis causa sin testamento. Por otro lado, también se exceptuará de este requisito a quienes sean titulares de una vivienda pero acrediten que la misma no se encuentra disponible a causa de una separación o divorcio, o cualquier otra causa ajena a su voluntad que haga que no pueda habitarla.

¿Qué otras ayudas para jóvenes se implementarán con el nuevo Plan de Vivienda?

Además de las ayudas para comprar, el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 implementará ayudas para el alquiler, también destinadas a jóvenes de entre 18 y 35 años. El principal requisito para acceder a ellas será poseer ingresos inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). 

La subvención cubrirá el 60% del importe de la renta en alquileres de hasta 600 euros o de hasta 900 en casos específicos. También será compatible con el nuevo Bono Alquiler Joven aunque, en ese caso, el valor de la ayuda se reducirá hasta el 40% de la diferencia entre el valor de la renta y los 250 euros del bono. Por otro lado, la suma de ambas ayudas no podrá superar el 75% del precio del alquiler.

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El 2022 será un año en el cual muchos jóvenes españoles podrán acceder a diversas ayudas que fomentarán su acceso a una vivienda. Por un lado se encuentran las subvenciones que el Gobierno está implementando o comenzará a implementar a nivel nacional. Se trata del bono joven para el alquiler y de las ayudas previstas por el nuevo Plan de Vivienda 2022-2025. Sin embargo, las diferentes regiones de España también comienzan a aportar su granito de arena a nivel autonómico. ¿En qué consistirá el programa mediante el cual Cataluña reservará el 25% del alquiler público de nueva construcción a jóvenes? A continuación te lo contamos.

La emancipación a una edad medianamente temprano y el mantenimiento de un alquiler pueden ser un verdadero dolor de cabeza para los jóvenes españoles. Los bajos ingresos que perciben, en muchos casos, les impiden dejar la casa de sus padres para buscar una propia o les dificultan el pago de la renta mes a mes. Teniendo en cuenta este panorama, el Gobierno y las diferentes comunidades autónomas comenzaron a brindar diferentes ayudas para incentivar el alquiler y la compra de vivienda entre los jóvenes.

¿Cuáles son las ayudas para menores de 35 previstas por la Ley de Vivienda y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025? ¿Qué medidas aplicará la Comunidad de Cataluña con respecto al alquiler público para favorecer a los jóvenes? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuál es la situación actual de los jóvenes y el alquiler en España?

La mayoría de los jóvenes en España perciben una renta mensual menor a 1.000 euros por su trabajo. Frente a este escenario, muchos de ellos no logran dejar la casa de sus padres a una edad medianamente temprana. Por otro lado, con estos salarios tan bajos, aquellos que sí pudieron emanciparse tampoco logran sostener económicamente un alquiler en el tiempo.

En términos estadísticos, según datos recogidos por la Agencia Tributaria, en 2019 había casi cinco millones de jóvenes españoles de entre 18 y 35 años que percibían menos del doble del salario mínimo interprofesional. Por aquel momento, el mismo equivalía a 25.200 euros. Si bien se desconoce cuántos de ellos alquilan una vivienda, todos estarían en condiciones de acceder a las diversas ayudas que el Gobierno ya ha comenzado a brindar a este sector de la población. 

A continuación te contamos cuáles son estas medidas y luego, cuáles se aplicarán específicamente en la Comunidad de Cataluña.

¿Qué programas buscan mejorar la situación de los jóvenes con respecto al alquiler?

Tanto el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, que ya ha entrado en vigencia, como la nueva Ley de Vivienda, pendiente aún de aprobación, prevén la entrega de ayudas para favorecer el acceso de los jóvenes a un hogar. 

Bono joven para el alquiler de vivienda

El nuevo bono joven para el alquiler es una propuesta que se enmarca en la discusión por la próxima Ley de Vivienda. Si bien se espera que esta normativa sea aprobada recién durante la segunda mitad del 2022, es probable que el bono se implemente mucho antes. 

La ayuda constará de 250 euros mensuales, es decir, 3.000 euros anuales para cada beneficiario, dinero que deberá destinar al pago del alquiler de una vivienda. Podrán acceder a ella no sólo los jóvenes que busquen dejar su vivienda de origen, sino también aquellos que ya se hayan emancipado pero presenten dificultades económicas para afrontar el pago de su renta. Por otro lado, estará permitido que dentro de un mismo hogar o unidad familiar haya más de una persona que reciba la subvención.

En los casos de familias en situaciones vulnerables, estará permitido que el bono joven se complemente con otras ayudas directas para el alquiler hasta alcanzar un 40% del valor del mismo.

Ayudas para la compra y el alquiler de vivienda del Plan de Vivienda 2022-2025

El nuevo Plan Estatal de Vivienda, entre otras medidas, intentará facilitar el acceso a la vivienda de varios sectores de la población española. En cuanto a los jóvenes, les ofrecerá un programa de ayudas directas a aquellos que alquilen una vivienda, cubriendo hasta un 60% de su renta mensual. Por otro lado, brindará subvenciones a aquellos menores de 35 que busquen comprar una vivienda habitual por menos de 120.000 euros. La condición es que el inmueble se encuentre en un municipio o núcleo de población pequeño. En este caso, no habrá simultaneidad entre ambas ayudas.

¿En qué consiste el programa por el cual Cataluña otorgará el 25% del alquiler público de nueva creación a jóvenes?

La Generalitat catalana anunció en los últimos días que reservará, como mínimo, un 25% de las viviendas de nueva construcción destinadas al alquiler para personas jóvenes. De esta manera, los menores de 35 años tendrán la posibilidad de acceder a ellas en la primera adjudicación. Por otro lado, en las convocatorias de subvención para la promoción de viviendas en alquiler asequible y social, también se favorecerá a aquellas que comprendan este porcentaje de para jóvenes. 

Sin embargo, cabe aclarar que estas reservas para la adjudicación inicial de las viviendas estarán siempre condicionadas a posibles requerimientos por parte del titular del suelo. También, dependerá de que la promoción no esté reservada a otros colectivos específicos.

¿Qué llevó a la Comunidad de Cataluña a tomar esta medida con respecto al alquiler pùblico para jóvenes?

La Ministra de Derechos Sociales de la Comunidad de Cataluña, Violant Cervera, argumenta que la crisis económica producida por el COVID-19 ha agravado aún más la compleja situación que se venía desarrollando desde hace diez años. Especialmente, en cuestiones como las condiciones laborales y el acceso a la vivienda de los españoles. 

En el caso concreto de los jóvenes, si bien el empleo en este sector de la población se ha recuperado, ya que se encuentra 4,8 puntos por encima de donde se situaba en 2020, “la situación laboral de los jóvenes sigue definida por la precariedad”. Por otro lado, la tasa de emancipación es actualmente del 15,5%, la cifra más baja de este siglo. Según la Ministra, “16 de cada 100 jóvenes no han podido establecer de forma independiente su proyecto de vida”, cuando en 2007 esta tasa se situaba en el 32,3%.

De esta manera, las medidas tomadas por la Comunidad de Cataluña se suman a las que ya viene implementando el Gobierno a nivel nacional para favorecer a los jóvenes. 

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El Gobierno ha lanzado en los últimos días el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, teniendo entre sus principales objetivos el crecimiento del parque de público inmobiliario en España. Esto se debe a que, actualmente, la cantidad de viviendas públicas en el país es mucho menor que en el resto de los países vecinos. ¿Cuáles son los programas que se implementarán con este objetivo? ¿Qué medidas se tomarán con cada uno de ellos? En este artículo te lo contamos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la semana pasada el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero. A través de él se regula el nuevo Plan Estatal para el acceso a la Vivienda 2022-2025. Se trata de una actualización del Plan de Vivienda 2018-2021, en donde sus objetivos se han reorientado hacia el mercado del alquiler frente al de la propiedad. Uno de sus principales objetivos es el aumento del parque público de vivienda, que en este momento se encuentra muy por debajo de lo deseado.

¿En qué consisten los programas que se pondrán en marcha para favorecer el crecimiento del parque público inmobiliario en España? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuáles serán los programas del nuevo Plan de Vivienda 2022-2025 que buscarán aumentar el alcance del parque público de bienes inmuebles?

Programa general de incremento del parque público de vivienda

Este primer programa del Plan tendrá como objetivo incrementar la oferta de parque público de vivienda en España. Para ello, brindará ayudas a las administraciones públicas o a entidades vinculadas con ellas para que puedan adquirir bienes inmuebles. Los incentivos cubrirán hasta un 60% del coste de aquellas viviendas que los organismos compren para engrosar el parque residencial público. La única condición para acceder al beneficio es que los inmuebles adquiridos sean destinados a alquiler social o asequible durante al menos cincuenta años. 

Además de esta cobertura del 60% en el precio de las viviendas, el programa ofrecerá una subvención adicional de hasta 6.000 euros para obras de reforma que deban realizarse. Por otro lado, el arrendamiento de este tipo de viviendas deberá estar destinado a personas de bajos ingresos. Por lo tanto, el precio de la renta no podrá ser superior a cinco euros/m2 y se revisará con el Índice de Precios de Consumo (IPC).

Programa de incentivo a la vivienda dentro del parque público para personas mayores o con discapacidad

En este caso, las entidades que gestionen las viviendas podrán percibir hasta 700 euros /m2 de renta, pero nunca más del 50% de los gastos ni de 50.000 euros por inmueble. 

Las condiciones para participar del programa son que los arrendamientos no superen los 10 euros/m2 y que las viviendas sean alquiladas durante un plazo mínimo de veinte años únicamente a personas mayores o con alguna discapacidad. Además, los ingresos de estos inquilinos deben ser inferiores a cinco veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Programa de puesta a disposición de viviendas de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria (SAREB) para alquiler dentro del parque público

Otro de los programas del Plan de Vivienda se ocupará de poner a disposición unas 15.000 viviendas que actualmente son propiedad de SAREB para destinarlas al alquiler social y asequible.

Se otorgarán ayudas de entre 150 y 175 euros por mes a las comunidades autónomas u otras entidades locales para que puedan pagar las cesiones a la entidad. Luego, el alquiler deberá estar destinado únicamente a personas con ingresos menores a tres veces el IPREM y se priorizará a víctimas de violencia de género, desahucios y a personas sin hogar. El precio de la renta en estos alquileres será de entre 150 y 350 euros por mes.

Programa de incentivo a alojamientos temporales, cohousing, viviendas intergeneracionales y similares

A través de este programa se favorecerán todas las modalidades de vivienda en donde los espacios de interrelación predominan por sobre los espacios meramente privativos. Las autoridades podrán recibir hasta 420 euros por metro cuadrado o 50.000 euros por vivienda, pero no más del 50% del coste de un inmueble. Los mismos deberán alquilarse por un máximo de 8 euros por metro cuadrado a personas que perciban ingresos inferiores a cinco veces el IPREM.

Programa de puesta a disposición por parte de los privados de vivienda para alquiler asequible o social dentro del parque público

Por otro lado, se promoverá que cualquier entidad privada pueda poner viviendas a disposición de las comunidades autónomas y los ayuntamientos para que las destinen al alquiler asequible o social. Esta cesión deberá durar, al menos, siete años y las autoridades deberán arrendar los inmuebles por un máximo de 400 euros mensuales. Los inquilinos en este programa deberán ser personas que perciban ingresos inferiores a cinco veces el IPREM. 

Siguiendo esta misma línea, el Ejecutivo Central financiaría el 50% del exceso del alquiler sobre el alquiler social hasta alcanzar el valor del alquiler de mercado. De esta manera, el arrendador percibirá una renta acorde al alquiler de mercado y el arrendatario sólo abonará un valor correspondiente a un alquiler social.

Programa de incentivo a la erradicación de zonas degradadas, chabolismo e infravivienda

Por último, se incorporará otro programa que buscará erradicar las zonas degradadas, el chabolismo y la infravivienda. Se trata de una gran preocupación del Gobierno frente a esta realidad que todavía impera en las ciudades españolas y sus alrededores. Teniendo en cuenta estos objetivos, se establecerá un plazo de hasta ocho años para desarrollar el programa, ya que implicará la realización de actuaciones que son complejas,como los realojos, en caso de que sean necesarios.

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El Gobierno ha lanzado en los últimos días el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, teniendo entre sus principales objetivos facilitar el acceso a una vivienda a ciertos sectores de la población española. En este sentido, una de las ayudas que ofrecerá estará relacionada con el seguro de impago del alquiler, tan valorado por los arrendadores. ¿De qué se trata esta cobertura? ¿En qué consistirá la ayuda al seguro de impago del alquiler prevista por el nuevo Plan de Vivienda? ¿Cuáles serán las otras ayudas que ofrecerá el Gobierno? En este artículo te lo contamos.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la semana pasada el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero. A través de él se regula el nuevo Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025. Se trata de una actualización del Plan de Vivienda 2018-2021, en donde sus objetivos se han reorientado hacia el mercado del alquiler frente al de la propiedad. También, al aumento del parque público de viviendas, que se encuentra muy por debajo de lo deseado.

¿En qué consistirá la ayuda al seguro de impago del alquiler prevista en este nuevo Plan Estatal de Vivienda? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿En qué consiste un seguro de impago del alquiler?

El seguro de impago del alquiler es una cobertura que protege al arrendador ante una posible morosidad por parte de sus inquilinos. El mismo se encarga de cubrir el pago de las rentas adeudadas hasta el máximo de mensualidades que se hayan establecido en la póliza. 

Además de esta cobertura principal, el seguro de impago del alquiler ofrece diversas garantías orientadas a la defensa y protección de los intereses del arrendador con respecto a su vivienda. Estas son:

  • La reclamación al inquilino de las cuotas adeudadas a través de abogados especializados, antes de que se produzca una sentencia de desahucio o condena por impago.
  • Los trámites necesarios para obtener la orden y/o sentencia de desahucio del inquilino, así el propietario pueda recuperar su vivienda lo antes posible.
  • La reclamación de los daños materiales que el inquilino haya ocasionado en la vivienda arrendada. Algunos seguros cubren, incluso, los desperfectos producidos hasta un determinado monto establecido en la póliza.
  • Un servicio de asistencia jurídica que permite al arrendador realizar consultas con respecto a sus derechos y obligaciones.

¿Qué ayudas introducirá el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2022-2025?

Uno de los principales objetivos del nuevo Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 es facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes y los colectivos más vulnerables en España. 

Por eso, para los menores de 35, ofrecerá un programa de ayudas directas al alquiler que cubrirá hasta un 60% de su renta mensual. También, ayudas para aquellos jóvenes que estén buscando comprar un inmueble por menos de 120.000 euros que vaya a convertirse en su vivienda habitual. En este caso, el beneficio se circunscribirá únicamente a la compra de propiedades en municipios y núcleos de población pequeños o zonas rurales.

Por otro lado, para favorecer el acceso a una vivienda de los ciudadanos con menos recursos, el programa ofrecerá tres tipos de ayudas directas al alquiler. En este caso, serán de hasta un 50% sobre el valor de la renta durante cinco años y se aplicarán a alquileres de hasta 600 euros mensuales, cuando se trate de viviendas enteras, y de hasta 300 euros, cuando se trate de habitaciones. Para este programa se tendrá en cuenta a personas que se encuentren en una situación de vulnerabilidad y por eso no puedan acceder a una vivienda de alquiler. También, a aquellos que ya arrienden una unidad de convivencia pero hayan devenido vulnerables y no puedan seguir afrontando el pago de la renta.

¿Cómo será el programa de ayuda para abonar el seguro de impago del alquiler previsto en el Plan de Vivienda?

Además de los beneficios mencionados, el nuevo Plan de Vivienda prevé la creación de un programa de ayuda para abonar el seguro de impago del alquiler. A través de él, se espera facilitar la oferta de inmuebles en alquiler, ya que se favorecerá a los arrendadores y los inquilinos también podrán obtener las otras ayudas comprendidas en el Plan.

¿Quiénes podrán acceder a esta ayuda al pago del seguro de protección de la renta arrendaticia?

Los beneficiarios de este programa podrán ser los propietarios que arrienden sus viviendas, sin importar si se trata de personas físicas o jurídicas. También, aquellos arrendatarios que cumplan con los requisitos establecidos para los otros programas de ayuda al alquiler de vivienda del Plan. En este artículo y este artículo te contamos cuáles son los requerimientos.

¿Cuál será el importe asegurado?

El tomador del seguro podrá ser tanto la comunidad autónoma donde se encuentra la vivienda como el arrendador. El importe mínimo a asegurar debe ser el correspondiente a la renta arrendaticia anual del inmueble. 

Por otro lado, si el arrendatario accede a cualquiera de los programas propuestos por el Plan de Vivienda, el importe mínimo asegurado también será la renta arrendaticia anual, pero se le restará el monto anual de la ayuda solicitada.

¿De cuánto será la ayuda y por cuánto tiempo se podrá recibir?

El monto de la ayuda será de hasta un 5% de la renta arrendaticia anual del inmueble. Sin embargo, si el inquilino recibe cualquiera de las ayudas del Plan, el mismo también será de hasta el 5% de la renta anual, pero se le restará el importe anual del beneficio otorgado al arrendatario. La ayuda no podrá superar el coste del seguro de impago del alquiler solicitado.

La ayuda al seguro de impago del alquiler se brindará a los beneficiarios por el plazo de un año, teniendo la posibilidad de renovarse en sucesivos plazos de un año siempre y cuando siga vigente el Plan de Vivienda 2022-2025.

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