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Las mascotas son un integrante más de la familia y parte importante de nuestras vidas. Sin embargo, en el alquiler de viviendas suelen representar un conflicto entre propietarios e inquilinos. ¿Es posible para un arrendador prohibir la inclusión de animales en su inmueble? ¿Qué dice la ley al respecto? ¿Qué ocurre cuando las mascotas están permitidas pero ocasionan molestias o destrozos? ¿Es beneficioso o perjudicial para los propietarios admitirlas en sus inmuebles arrendados? A continuación, te contamos todo lo que debes tener en cuenta sobre la problemática de las mascotas al alquilar un piso, ya seas propietario o inquilino.

A la hora de alquilar una vivienda, los amantes de los animales cuentan con más dificultades, quizás, que otras personas para hallar sitio para vivir. Encontrar un piso en donde el arrendador admita la tenencia de mascotas puede ser una tarea difícil. Por otro lado, los propietarios que alquilan sus inmuebles suelen manifestar algunos miedos respecto a este asunto. ¿Qué tal si el animal provoca destrozos en mi piso? ¿Qué ocurre si molesta al resto de los vecinos de la comunidad? Por estas razones y más es que muchos suelen incluir en sus contratos de alquiler una cláusula específica en donde prohíben la admisión de mascotas en la vivienda. ¿Cómo conciliar estas dos posiciones?

En el siguiente post, te contamos qué dice la ley respecto a esta problemática, cuáles son los conflictos más comunes con mascotas al alquilar un piso y qué es lo más conveniente para propietarios e inquilinos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué dice la ley respecto a la prohibición o no de mascotas en un piso en alquiler?

La realidad es que ninguna normativa prohíbe expresamente la tenencia de mascotas en una vivienda de alquiler. Es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) aquella que regula todos los alquileres de bienes inmuebles en España y no hace mención a este asunto. Sin embargo, sí indica en su artículo 4.2 que:

Los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados.

De esta manera, todos los propietarios de bienes inmuebles en alquiler tienen derecho a no admitir mascotas en ellos, siempre y cuando lo especifiquen previamente en el contrato. De lo contrario, si no hay una cláusula que lo prohíba, todos los inquilinos tendrán derecho a convivir con animales en el piso alquilado.

Ahora bien, ¿qué ocurre cuando el contrato expresa que no se admiten mascotas en el piso, pero el inquilino no cumple? ¿Qué pasa cuando sí están permitidas pero causan perjuicios a la propiedad o a terceros? Descubre las respuestas a estas inquietudes, en el siguiente apartado.

¿Cuáles son las problemáticas más frecuentes respecto a la inclusión de mascotas al alquilar un piso?

Un propietario puede, entonces, optar por permitir animales en el inmueble que alquila o por prohibir su tenencia. Sin embargo, en ambos casos pueden surgir conflictos con el inquilino. ¿Cuáles son los problemas más frecuentes?

  • Que el propietario especifique en el contrato de alquiler la prohibición de mascotas en el piso pero que el inquilino igualmente las incluya en él.
  • Que el propietario sí admita mascotas en el piso, ya que no especifica su prohibición en el contrato de alquiler, pero que estas causen molestias a terceros o daños en la propiedad.

Veamos cómo se debe actuar según la ley en cada uno de estos casos.

¿Qué ocurre si el contrato de alquiler especifica la prohibición de animales pero el inquilino las incluye?

Como mencionamos, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) otorga a propietarios e inquilinos la libertad para acordar en el contrato las condiciones bajo las cuales se llevará adelante el arrendamiento. En este sentido, en el artículo 27.1, también establece que todas las cláusulas que figuren en el documento son terminantemente obligatorias para ambas partes. De esta manera, si alguna de ellas incumple con el contrato, la otra tiene derecho a darlo por finalizado.

Por esta razón, si el arrendatario convive con animales en la vivienda alquilada, mientras que en el contrato se estableció que no estaba permitido, el arrendador podrá solicitar su abandono o desalojo de la propiedad.

¿Qué ocurre si el propietario admite animales pero estas causan molestias a terceros o daños en la propiedad?

Otro escenario posible es que en el contrato firmado, sí se establezca la posibilidad de que el arrendatario conviva con mascotas en el piso alquilado. Sin embargo, puede ocurrir que luego los animales causen, por ejemplo, problemas a la comunidad de vecinos o destrozos en la misma vivienda arrendada. En estos casos, también es posible para el propietario rescindir el contrato, ya que el artículo 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) indica que:

El arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por la realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.

En la práctica, ¿suelen representar las mascotas un gran problema para los propietarios que alquilan su piso?

No existen indicios de que, al permitir mascotas en su vivienda alquilada, los propietarios sufran grandes perjuicios. De hecho, según datos recogidos por la Comunidad de Madrid, las reclamaciones de arrendadores que admiten animales en sus inmuebles son muy bajas: sólo representan un 0,01% de las denuncias.

Teniendo esto en cuenta, es conveniente para los propietarios estudiar cada caso en particular y pactar las cláusulas pertinentes en cada contrato de alquiler. De esta manera, tanto él como el inquilino estarán protegidos ante cualquier conflicto que surja y el acuerdo se llevará adelante en mejores términos.

¿Es conveniente para los propietarios admitir mascotas al alquilar su piso?

Para los propietarios que alquilan sus inmuebles, permitir a los inquilinos convivir con sus mascotas puede ser muy ventajoso. ¿Por qué? A la mayoría de los arrendatarios les cuesta encontrar pisos en donde se permite la inclusión de animales. De esta manera, al ofrecer este beneficio, es probable que más personas se interesen rápidamente en la vivienda. También es factible que esto le asegure al arrendatario conseguir un alquiler de larga duración y posicionarse en un nicho específico del mercado inmobiliario.

¿Estás pensando en alquilar tu propiedad? ¿Buscas una vivienda para arrendar? ¿Quieres alquilar un piso con tu mascota? En Oi Real Estate podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en comunicarte con nosotros!

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Desde el momento en que la adoptamos, una mascota se convierte en un integrante más de la familia. Si bien cada vez son más los españoles que conviven con animales, también son muy pocos los propietarios que los admiten en los inmuebles que alquilan. ¿Es posible para un arrendador prohibir la inclusión de mascotas en un piso? ¿Qué dice la ley al respecto? ¿Qué porcentaje representan las viviendas en alquiler en donde se admiten animales? ¿Cuáles son las problemáticas que implica esta dificultad para alquilar con mascotas? En este artículo te lo contamos.

A la hora de encontrar una vivienda para alquilar, los dueños de animales cuentan con más dificultades, quizás, que otras personas. Encontrar un piso en donde el arrendador admita la tenencia de mascotas es una tarea difícil en toda España, pero más cuando se busca fuera de las grandes ciudades. ¿Cuál es la solución a esta problemática? ¿Es realmente perjudicial alquilar un inmueble a una persona con mascotas?

A continuación te contamos todo lo que debes saber al respecto. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué dice la ley respecto a la prohibición o no de alquilar con mascotas?

Ninguna normativa española prohíbe expresamente la tenencia de mascotas en una vivienda en alquiler. De hecho, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que es aquella que regula todos los alquileres de bienes inmuebles en España, no hace mención a este asunto. No obstante, cabe mencionar lo que dispone en su artículo 4.2:

Los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados.

Esto significa que todos los propietarios que alquilen sus inmuebles tienen derecho a admitir o no mascotas en ellos, siempre y cuando lo especifiquen previamente en el contrato. De lo contrario, si no existe una cláusula que lo prohíba, cualquier inquilino tendrá derecho a convivir con animales en el piso.

Ahora bien, ¿qué ocurre en la práctica? ¿Qué porcentaje de arrendadores en España está dispuesto a admitir animales en su vivienda? A continuación lo veremos.

¿Qué porcentaje representan los arrendadores que aceptan mascotas al alquilar su vivienda?

Al día de hoy, se registra que en España hay más perros que niños menores de 14 años. Según el último informe del Instituto Nacional de Estadística (INE), son 6.265.153 los ciudadanos dentro de ese rango etario, mientras que los canes empadronados son más de siete millones. De seguir así, se espera que esta tendencia aumente la brecha en los próximos años. 

Sin embargo, la misma contrasta con la cantidad de pisos disponibles para el alquiler que aceptan mascotas, ya que significan alrededor de un 10% de la oferta. Frente a este panorama, las personas que poseen animales, se enfrentan a un gran problema a la hora de alquilar una vivienda, si no cuentan con el beneficio de una propia. 

¿Cuál es la situación en diferentes regiones de España?

Observando la oferta de diferentes portales inmobiliarios nos encontramos con que, en la Comunidad de Madrid, solamente entre un 12,2% y un 15,5% de los propietarios de viviendas en alquiler aceptan inquilinos con mascotas.

Esta tendencia se extiende a toda España y en muchas regiones los porcentajes son aún más bajos que en Madrid. Por ejemplo, en Barcelona, las viviendas en alquiler con admisión de mascotas se encuentra entre un 8,8% y un 10,2%. En el caso de Sevilla, el porcentaje es aún menor: un 8,1% de los inmuebles disponibles para el arrendamiento. 

A rasgos generales, la tendencia en las grandes ciudades se encuentra alrededor del 10%. Mientras tanto, fuera de las áreas urbanas, la oferta de viviendas que permiten la tenencia de animales es de aproximadamente un 5%, una cifra considerablemente menor.

¿Qué problemáticas implica la baja cantidad de viviendas en alquiler donde se aceptan animales? 

El bajo porcentaje de inmuebles en alquiler que aceptan mascotas perjudica, principalmente, a los propios animales. Según un estudio de la Fundación Affinity, de los 162.000 perros que fueron abandonados durante el 2020, el 6% fue por cambio de domicilio del dueño. Esto equivale a 9.720 canes.

Por otro lado, la problemática también afecta a los jóvenes que desean emanciparse. Se trata de un sector de la población que ya cuenta con dificultades para hacerlo por el alto precio del alquiler. De esta manera, los jóvenes que poseen mascotas muchas veces se ven obligados a elegir entre dos opciones: dejar al animal con sus padres o alquilar un piso que no se ajuste a sus necesidades.

A esta dificultad se suma otra más: sólo un 38,5% de las viviendas en alquiler publicadas en portales inmobiliarios en donde se admiten animales están amuebladas. Esto significa que, en muchos casos, arrendar una de ellas también supondría invertir dinero extra en mobiliario.

¿Cómo puede solucionarse esta dificultad para alquilar con mascotas?

La dificultad de los inquilinos para alquilar con mascotas sólo puede solucionarse por voluntad de los arrendadores. Recordemos lo dispuesto por el artículo 4.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU): “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados”.

En este sentido, cabe mencionar que el mito de que un perro o un gato van a causar destrozos en una vivienda es fácilmente refutable. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, según su informe de vivienda, menos del 0,01% de los alquileres terminan con una reclamación por desperfectos ocasionados por animales.

De hecho, alquilar un inmueble a personas que tengan mascotas es una opción bastante recomendable. Teniendo en cuenta que cada vez más familias poseen un perro o un gato y que la oferta es poca, será más fácil cerrar un contrato rápidamente al admitir animales. Además, aumentan las probabilidades de que el alquiler sea de larga duración, debido a las dificultades que los arrendatarios tienen para alquilar con mascotas.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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En el sector inmobiliario vender no siempre es la mejor opción a la hora de cambiar de casa. En los últimos tiempos la permuta de viviendas y sus beneficios son cada vez más frecuentes entre aquellos que necesitan un nuevo hogar que se ajuste mejor a sus necesidades o quienes necesitan obtener liquidez.

Ante la posibilidad de permutar un inmueble surgen una serie de interrogantes tales como: ¿De qué se trata y qué aspectos hay que tener en cuenta antes de llevar a cabo una operación de este tipo? ¿Qué documentos se requieren para su realización?

En este post detallamos todas las particularidades de la opción que es cada vez más elegida por personas mayores o familias con hijos que desean cambiar de vivienda. También es muy utilizada por quienes necesitan obtener dinero para cubrir alguna deuda o para darse un gusto. Sin embargo, ¿podemos afirmar que se trata de una operación ventajosa? ¿Qué beneficios implica la permuta de viviendas?

Asimismo, llevaremos adelante una comparación para conocer en qué casos es más beneficiosa una permuta antes que una compraventa convencional.

¿Qué es la permuta de viviendas?

La permuta inmobiliaria es un acuerdo mediante el cual dos propietarios de inmuebles intercambian los mismos. Este tipo de operaciones se encuentran reguladas los artículos 1.538, 1.539, 1.540 y 1.541 del Código Civil español.

En la normativa se define a las permuta de viviendas como un contrato por el cual una persona se obliga a dar una cosa para recibir otra, en este caso, una propiedad.

Aunque podría definirse en términos sencillos como un trueque, suele ser muy difícil que dos propiedades posean el mismo valor. Por esta razón, en la permuta de viviendas la parte cuyo inmueble es más barato tiende a compensar a la otra económicamente hasta igualar ambos montos.

Ahora bien, como cualquier tipo de operación inmobiliaria, la permuta de viviendas demanda el pago de una serie de gastos e impuestos determinados por ley. A continuación, detallamos cada uno de los tributos que forman parte de este tipo de transacciones.

¿Qué gastos e impuestos implica?

Los gastos e impuestos que deben afrontarse por realizar una permuta de viviendas son los siguientes:

  • Gastos de notaría. Este tipo de costes se deben abonar en razón de registrar la escritura pública de la vivienda. Como se trata de una permuta es probable que ambos contratantes lleguen a un acuerdo y paguen en conjunto estos gastos.

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) e Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Hablamos de los tributos que van a recaer sobre ambos inmuebles. Al tratarse de una transacción entre dos particulares no será necesario abonar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

  • Plusvalía municipal o Impuesto sobre el Incremento en el Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Como los dos tributos anteriores, este impuesto también se aplicará a ambos inmuebles. Esto siempre y cuando su precio al momento de la transmisión sea mayor al que tenían cuando los propietarios los adquirieron.

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este tributo se aplicará a cada uno de los propietarios teniendo en cuenta también la diferencia entre el valor de compra del inmueble y el de transmisión. De esta manera deberán pagarlo en caso de que la permuta les signifique un incremento en su patrimonio.

¿Cuáles son los gastos que se suman si se permuta una vivienda hipotecada?

Los gastos e impuestos mencionados anteriormente son los que implican una permuta de viviendas libres de cargas. Cuando se trata del intercambio con una vivienda que se encuentra sujeta a una hipoteca se le deberán sumar gastos extras. Nos referimos a los que están vinculados a la renovación, cancelación o renovación del crédito hipotecario.

Además, existen diversas maneras de resolver los casos en los cuales, ante intercambio de dos inmuebles, una de ellas se encuentre hipotecada. Las posibles resoluciones para obtener más beneficios en la permuta de viviendas pueden ser:

  • La primera opción y la más sencilla es la cancelación del crédito hipotecario antes de realizar el proceso de intercambio.

  • En segundo lugar, y considerando que la primera opción es algo difícil de concretar, es que la parte que se quede con la vivienda hipotecada haga una subrogación del préstamo. Para estos casos, es necesario contar con la aprobación de la entidad bancaria. Por lo tanto, se recomienda que el acuerdo se determine y confirme antes de realizar la transacción. Al realizar este tipo de estrategia, la asunción de la carga crediticia puede dar como resultado un reajuste en el coste de las valoraciones de propiedades permutadas.

  • La parte que se quede con la vivienda con hipoteca, puede optar por solicitar un nuevo crédito que pueda cancelar la anterior.

¿Cuáles son los beneficios de la permuta de viviendas?

Las ventajas de realizar una permuta de viviendas, en lugar de una compraventa convencional, dependen de las necesidades específicas de cada persona. En general, será una opción elegida por aquellos propietarios que necesitan encontrar rápidamente una nueva vivienda o por aquellas que necesiten obtener dinero de manera inmediata.

Por ejemplo, puede ser una elección muy beneficiosa para algunas personas mayores que se encuentren en situación de dependencia o que vivan solas. En este caso tienen la oportunidad de permutar su piso por otro más pequeño, que se encuentre en una zona mejor ubicada o que se adapte mejor a sus necesidades actuales. De esta manera, también cuentan con la ventaja de poder recibir a cambio una compensación económica que les aportará liquidez.

Otro caso en el cual recurrir a la permuta puede ser muy beneficioso es cuando una pareja con hijos no cuenta con suficiente espacio en su vivienda actual y decide intercambiarla por una más grande. De esta forma, sólo deberán agregar la cantidad de dinero que corresponda para compensar al otro propietario.

También se trata de una buena opción para todas aquellas personas que necesiten generar liquidez. Por ejemplo, en el caso de particulares que no pueden hacer frente a un crédito hipotecario y permutan su vivienda por otra de menor valor. De esta manera, pueden recibir una compensación económica a cambio que les ayudará a afrontar sus deudas.

En definitivas, los beneficios de la permuta de viviendas pueden resumirse e los siguientes puntos:

  • Permite el cambio de la vivienda sin tener que llevar adelante el proceso de compraventa.
  • Facilita el realizar la transferencia de propietario sin tener que esperar que la vivienda sea vendida en los tiempos del modo habitual.
  • ·Es posible el ahorro de trámites y gastos.
  • Cualquier tipo de inmueble puede ser permutado. Aún si se encuentra hipotecado.

¿Por qué puede resultar beneficiosa la permuta de un solar por viviendas?

Existe un tipo de permuta inmobiliaria que fue popular durante muchos años y que también puede resultar en una elección muy beneficiosa. Se trata de que el propietario de un solar lo ceda a un constructor a cambio de que, una vez concretada la construcción del edificio, le entregue viviendas terminadas. 

En este caso, el cedente no asume ningún tipo de riesgo durante el proceso constructivo y también queda exento de realizar algún tipo de inversión, ya que no se requiere de financiación por parte de una entidad crediticia. De esta manera, el cesionario dispone, sin necesidad de entregar ninguna suma de dinero a cambio, de un solar para construir una nueva edificación. Es decir, que ambos resultan altamente beneficiados.

Hasta aquí te hemos presentado toda la información sobre los beneficios de realizar una permuta de viviendas. Esperemos que sea una base informativa que pueda aclarar la mayor cantidad de dudas vinculadas a la temática.

Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y la venta o compra de tu inmueble de manera exitosa.

Vende y compra tu inmueble con nosotros

Nuestra agencia se especializa en cada uno de los pasos que se deben realizar para la compraventa de un inmueble o el alquiler de un piso. Entre ellos, tasaciones inmediatas y la gestión de propiedades, como ser: vender, comprar y alquilar. Asimismo, brinda el servicio para tramitar lo que se denomina en España la Golden Visa, una manera de residir en el país mediante inversiones.

Para todo ello, contamos con asesores especializados y con vocación en el mercado nacional e internacional. Por lo que pueden brindarte la mayor seguridad y confianza al momento de elegir vender una vivienda en España.

Nuestra sede principal se encuentra ubicada en Barcelona. Sin embargo, contamos con una red de franquicias que se expanden por todo el territorio español.  

Para garantizar un asesoramiento seguro, confidencial y exitoso los profesionales de la agencia llevan adelante una planificación exhaustiva del paso a paso de la operación de compra y venta. En ella organizamos todo el procedimiento, en el cual nos ocupamos de:

  • Realizar un exhaustivo estudio de mercado
  • Comparar viviendas similares
  • Valorar tu inmueble
  • Gestionar la comunicación con el futuro comprador
  • Consultar cada dato en el Registro de la Propiedad
  • Redactar los respectivos contratos

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“Criptomoneda” es una palabra que se ha vuelto común alrededor del mundo en este último tiempo. Sus usuarios son cada vez más y muchas veces la prefieren por sobre las monedas tradicionales. Sin embargo, las noticias que surgen al respecto suelen ser confusas. Si nos centramos en el sector inmobiliario, tanto propietarios como compradores e inversores presentan dudas respecto de si se puede o no realizar una transacción por un inmueble utilizando esta nueva moneda digital. ¿De qué se tratan las criptomonedas? ¿Es posible vender un apartamento en criptomonedas? En este artículo te lo contamos.

¿Estás pensando en vender tu propiedad? Si bien puedes elegir recurrir a una operación de compraventa inmobiliaria tradicional, en donde el monto obtenido por la venta se percibe en euros, también es probable que quieras explorar algunas otras posibilidades. Tal vez, alguna que, incluso, te permita generar más ganancia a la larga.

La información que circula en internet respecto de las criptomonedas no suele ser siempre clara. Es cuestión de investigar e informarse para saber qué nos conviene más de acuerdo a nuestra situación. Por eso, si quieres vender tu piso y estás buscando alguna alternativa a los canales tradicionales, te contamos todo lo que debes saber acerca de cómo realizar operaciones inmobiliarias con criptomonedas.

¿Qué son las criptomonedas?

Una criptomoneda es un medio digital de intercambio que se sirve de la tecnología de la criptografía para asegurar todas las transacciones. Es decir, que se trata de una moneda digital con la que se pueden realizar operaciones monetarias de todo tipo por la vía virtual, sin tener que manipular dinero físico.

Las criptomonedas utilizan la tecnología blockchain. Este es el sistema, a través del cual operan estas monedas digitales y permite controlar la creación de unidades adicionales y verificar la transferencia de activos. 

Actualmente, en el auge de este medio de intercambio, existen muchos tipos de criptomonedas. Seguramente hayas oído hablar del bitcoin y del ethereum, que son las más conocidas, pero existen muchas más. 

En España, la ley contempla hace tiempo el uso de monedas digitales como una forma lícita de realizar transacciones. Es por esta razón que todos los montos en criptomonedas y los ingresos generados a través de ellas, deben ser informados a Hacienda en cada declaración de la renta.

¿Qué significa blockchain?

Blockchain, como mencionamos, es la tecnología que utilizan las criptomonedas para controlar y verificar todas las transferencias. En inglés, su nombre significa “cadena de bloques” y lo que permite, según Oriol Sabater, CIO de Tecnotramit, es registrar todas las transacciones en una especie de libro mayor contable digital en el cual se registra un ID único llamado HASH, que identifica tanto a quienes envían como a quienes reciben transacciones hechas en criptomonedas.

Según Josué Garcia, IT Manager de LEM Loan eMarket, que también es un experto en la materia, la seguridad de las transacciones en criptomonedas radica en que trabajan con esta arquitectura blockchain. Dicha tecnología es un sistema descentralizado, inmutable y anónimo que no requiere de intermediarios. Esto es precisamente lo que permite que las transacciones sean seguras, ya sean hechas con alguien de confianza o con alguien que no conocemos y se encuentra al otro lado del planeta. García ratifica su idea afirmando que “si todos tenemos la misma información, significa que esa información es verdadera.”

¿Es posible vender un apartamento en criptomonedas?

Ahora bien, ¿qué pasa con las operaciones inmobiliarias? ¿Puedo vender mi piso y recibir criptomonedas a cambio si lo quisiera? La respuesta es sí. Si bien este tipo de transacciones aún no son muy comunes, son posibles. Como mencionamos previamente, la ley española ya lo contempla. 

Cabe destacar que existen incluso inmobiliarias que ya permiten el pago de bienes inmuebles a través de esta tecnología. El único requisito, según Oriol Sabater, es que tanto el comprador como el vendedor estén de acuerdo. Josué García coincide en este punto, pero, de todas maneras, señala que lo indicado, si el comprador cuenta con criptomonedas para adquirir la vivienda, es convertir dicho monto a euros, realizar la equivalencia y luego formalizar los trámites en la Agencia Tributaria.

Obstáculos al vender un piso en criptomonedas

A pesar de que su uso está contemplado por la ley y sólo basta con un acuerdo entre las partes al momento de una compraventa inmobiliaria, uno de los principales obstáculos en el uso de estas monedas digitales es la volatilidad en su valor. 

Para evitar complicaciones, una opción posible es que el propietario y el comprador formalicen un acuerdo ante un notario en el que se comprometen a realizar la conversión de la criptomoneda elegida a euros en un determinado día y a una determinada hora. De esta manera, el valor de la criptomoneda permanecerá estable hasta que ambas partes terminen de concretar la operación inmobiliaria.

¿Es posible alquilar con criptomonedas?

Si aún estás dudando respecto de si vender tu piso o no en criptomonedas, te contamos qué ocurre si lo que buscas es alquilar tu vivienda. Pues, la misma duda que propietarios, compradores e inversores se plantean respecto de las compraventas, también aparece en el alquiler. 

Según Josué García, es totalmente seguro para inquilinos y arrendatarios llevar a cabo un acuerdo de alquiler mediante servicios de conversión de criptomonedas a euros. De hecho, las transacciones en este caso se realizan de la misma manera: como dijimos, las criptomonedas permiten realizar operaciones sin límites geográficos y de manera instantánea a través de Internet. Esto quiere decir que incluso podría realizarse acuerdos de alquiler mediante el intercambio de criptomonedas con inquilinos extranjeros. 

Sin dudas, la tecnología detrás de las criptomonedas ha llegado para quedarse y seguramente es inminente una revolución, no sólo en el sector bancario, sino también en todos los que giran alrededor de él, como por ejemplo, el mercado inmobiliario.

¿Ya tomaste la decisión? ¿Buscas vender tu propiedad? En Oi Real Estate podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

Esperamos que este post haya sido de tu interés y te haya resultado útil. No olvides dejarnos tus comentarios e inquietudes, y de seguirnos en las redes sociales, para mantenerte siempre informado. Te dejamos a continuación otro link que puede resultar de tu interés.

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No siempre hay un único propietario para un bien inmueble. En muchas ocasiones la titularidad se divide en dos partes, e incluso más. Suele ocurrir en los matrimonios pero también cuando fallece una persona y hay varios herederos entre los cuales se reparten sus posesiones. Ahora bien, ¿qué ocurre cuándo uno de esos copropietarios no quiere seguir siéndolo y desea o necesita obtener liquidez? ¿Puede vender su parte del proindiviso? ¿Es una maniobra beneficiosa? En este artículo te lo contamos.

Existe un gran número de compañías en España que se dedican a comprar porcentajes de bienes inmuebles que están en situación de proindiviso. Se trata de una opción a la cual puede ser necesario recurrir cuando se produce un divorcio o se adjudica una herencia y una o más partes quieren vender pero otra u otras no. Pero ¿vender una porción del condominio o proindiviso es la única vía posible cuando se presentan este tipo de conflictos? ¿Se trata de una operación beneficiosa o implica más desventajas que otras opciones?

A continuación te contamos en detalle cuándo hay proindiviso y en qué ocasiones puede ser necesario vender una parte de él. Luego veremos qué pros y contras tiene recurrir a este mecanismo y qué otras posibilidades hay cuándo se desea vender pero el o los otros copropietarios no están de acuerdo.

¿Cuándo hay proindiviso?

El proindiviso, condominio, copropiedad o comunidad de bienes es un concepto jurídico que hace referencia al derecho de propiedad sobre un bien. Ocurre cuando una persona es propietaria de, por ejemplo, una vivienda pero solo de forma parcial, o sea que comparte la titularidad con otras personas. Ninguna de ellas posee la plena propiedad sobre el bien.

Los casos más comunes de proindiviso se dan cuando: 

  • Dos o más personas compran en conjunto un inmueble o una finca.
  • Un matrimonio adquiere un inmueble bajo el régimen de gananciales o se casa bajo esta modalidad y cualquier propiedad pasa a ser de ambos en partes iguales. 
  • Dos o más personas reciben un inmueble en herencia.

El proindiviso se manifiesta en una cuota abstracta sobre el inmueble, que es aquel porcentaje que corresponde a cada persona en la propiedad del bien. Por ejemplo, si hay cuatro copropietarios, cada uno será dueño de un 25% del pleno dominio.

¿Cuándo puede surgir la necesidad de vender una parte del proindiviso?

Vender el pleno dominio de un bien inmueble no es posible cuando uno de los copropietarios está en desacuerdo, ya que debe haber pleno consentimiento de todos ellos para efectuar este tipo de operación. Las situaciones de este tipo más frecuentes suelen ser:

  • Cuando se produce un divorcio, hay bienes inmuebles en común y una parte quiere vender pero la otra no.
  • Cuando se produce una herencia, hay bienes inmuebles adjudicados y una o más partes quieren vender pero otra u otras no.

De esta manera, aquellos copropietarios que estén dispuestos a vender su parte de la vivienda pueden hacerlo a una empresa que compre proindivisos. Estas compañías se dedican exclusivamente a esta cuestión, es decir, a comprar porcentajes de propiedad sobre bienes inmuebles. Se trata de un procedimiento completamente legal, ya que está amparado por el Código Civil.

¿Es conveniente vender parte de un proindiviso?

Vender parte de un proindiviso puede significar la solución a un gran problema, que es el de no llegar a un acuerdo para vender un inmueble cuando hay más de un propietario. Aquellos titulares que sí estén dispuestos a llevar a cabo la transacción podrán lograr su objetivo y desentenderse del tema al vender su parte a una compañía que se especialice en proindivisos.

No obstante, es una opción que implica una gran desventaja: la de vender muy por debajo del valor de mercado que realmente posee una propiedad. ¿Cuánto? Entre un 35% y un 50% menos. 

A partir de esto podemos concluir que antes de recurrir a la venta de una porción del proindiviso es mejor evaluar otras posibilidades. Veamos cuáles son.

¿Qué otras alternativas hay?

Además de la posibilidad de vender una o más partes del proindiviso también se puede proceder a la extinción de condominio o acudir a la justicia e iniciar acciones legales para que un juez ejecute la venta en una subasta pública. ¿Cuál de las dos opciones es la más beneficiosa?

Extinción de condominio

Antes de recurrir a la venta de una porción del proindiviso es importante considerar primero la extinción de condominio. ¿En qué consiste? El copropietario que no desea vender la vivienda puede comprar las partes que están en manos de las otras partes, entregándoles a cambio una compensación económica.

Se trata, sin duda, de la opción más beneficiosa de todas, ya que cada copropietario obtendrá lo que quiere. Uno se quedará con el inmueble y los otros recibirán a cambio el dinero que les corresponde sin sufrir una gran pérdida del valor del bien.

Inicio de acciones legales

Otra manera de resolver un conflicto de este tipo es iniciar acciones legales para que un juez determine la división de la cosa común y luego ejecute la venta del inmueble en una subasta pública. 

Sin embargo, se trata de una opción no muy beneficiosa, ya que seguramente implique también que la vivienda se termine vendiendo a un precio que esté muy por debajo del de mercado.

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Alquilar una vivienda, al igual que el resto de las operaciones que se llevan a cabo en el sector inmobiliario, es un acto sujeto a impuestos. ¿Cuáles son estos tributos? ¿Cuáles les corresponde pagar a los arrendadores y cuáles a los arrendatarios? ¿Cómo, cuándo y dónde deben ser abonados? En este artículo te contamos todo lo que debes saber acerca de los impuestos que se deben pagar por alquilar un piso.

Tanto el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), como el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) gravan al alquiler de bienes inmuebles. Mientras que algunos de estos tributos deben ser abonados por los arrendadores, otros son responsabilidad de los arrendatarios. ¿Cuáles corresponden a cada uno? ¿Cómo es el procedimiento para declarar en cada uno de ellos? ¿Existen exenciones y bonificaciones?

A continuación te mostramos de qué manera se aplican estos impuestos al momento de alquilar un piso, tanto para el propietario de una vivienda arrendada, como para su inquilino. Tendremos en cuenta, para ello, las diferentes disposiciones que fueron modificando la normativa. También te contamos, en cada caso, cómo, cuándo y dónde abonar cada uno de ellos. ¡Sigue leyendo para enterarte todo lo que debes saber acerca de los impuestos que se deben pagar por alquilar un piso!

¿Qué impuestos le corresponde pagar al arrendador por alquilar su piso?

Los impuestos que el propietario o arrendador está obligado a abonar por alquilar un bien inmueble son dos:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Mientras que al primero le corresponderá pagarlo en todos los casos, el segundo solo interviene en algunos alquileres, de tipo comercial específicamente. Veamos de qué manera se aplican ambos.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo de tipo personal, progresivo y directo. Se encarga de gravar el incremento que el patrimonio de una persona física sufrió durante el transcurso de un año.

Está regulado por la Ley 35/2006, del 28 de noviembre y su correspondiente reglamento, aprobado por el Real Decreto 439/2007, del 30 de marzo y es recaudado por el Ministerio de Hacienda en todo el territorio español.

¿Cómo grava al alquiler de vivienda?

Cuando un propietario arrienda su bien inmueble está en obligación de declarar en el IRPF todos los ingresos que reciba por este acuerdo. A ellos se le deducirán luego los gastos derivados del arrendamiento y se le aplicarán las reducciones correspondientes.

Es importante aclarar que todos estos ingresos deben declararse siempre, aún así el arrendatario  no cumpla con el pago de las cuotas de alquiler en tiempo y forma. Sin embargo, ahora veremos que la ley permite deducir como “saldo de dudoso cobro” aquellos montos impagos.

¿Cómo declarar en él?

A la hora de preparar su declaración de la renta, los propietarios que destinan un bien inmueble para alquiler deben seguir los siguientes pasos:

  • Identificar el bien inmueble alquilado
  • Incluir los ingresos del alquiler
  • Deducir gastos

Veamos en detalle de qué se trata cada una de estas instancias.

Identificar el bien inmueble alquilado

Existe en cada formulario de declaración de la renta un apartado específico para incluir los datos de la vivienda arrendada. Allí deben especificarse su dirección exacta y otra información que permita ubicarla correctamente.

Es importante tener en cuenta que, si durante el último año el piso estuvo vacío o fue habitado por el arrendador, será necesario declararlo en otro apartado del formulario. ¿A qué se debe esto? Hacienda cobra un recargo por aquellas viviendas que se encuentran vacías a través de lo que denomina como “imputaciones de renta inmobiliaria”.

Incluir los ingresos del alquiler

El siguiente paso consiste en, nada más y nada menos, declarar cuánto se ha incrementado el patrimonio a través del alquiler del piso. Para ello también existe un apartado específico en el formulario, en donde se indican los ingresos brutos percibidos, es decir, sin aplicar todavía las deducciones correspondientes. Los ingresos que deberán incluirse son:

  • Los montos especificados de las mensualidades de renta percibidas.
  • El importe de todos los bienes cedidos junto a la vivienda, como muebles y electrodomésticos. 
  • Las repercusiones de cualquier tipo hechas al inquilino por obras, servicios, tributos, etc.

Deducir gastos

Finalmente, llega el momento de aplicar las deducciones que permitirán al arrendador tributar un monto menor por el IRPF. Para ello será necesario especificar todos los gastos que produjo el alquiler de la vivienda en el último año. También existe un apartado en el formulario de declaración de la renta destinado específicamente para esto. Serán varias las casillas que el contribuyente deberá llenar.

Es posible deducir todos los siguientes gastos derivados del arrendamiento:

  • Intereses y gastos de financiación por capitales invertidos en la adquisición y mejora de la vivienda. Entre ellos se encuentran los intereses por hipoteca.
  • Intereses y gastos de financiación por enseres cedidos con la vivienda. Entre ellos, los muebles o electrodomésticos.
  • Gastos de conservación y reparación de la vivienda, como pintura y diferentes arreglos a las instalaciones.
  • Impuestos y tasas que graven a la vivienda, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  • Saldos de cobro dudoso.
  • Montos devengados por terceros en concepto de servicios personales, como ​gastos de administración, vigilancia, portería, cuotas de la comunidad de propietarios, etc.
  • Gastos por formalizar el alquiler o por la defensa jurídica de la vivienda.
  • Primas por contratos de seguros.
  • Cuotas por servicios y suministros, siempre y cuando sea el propietario quien los abone.
  • Gastos de amortización del inmueble.
  • Gastos de amortización de bienes muebles que poseen una vida útil mayor a un año y fueron cedidos con la vivienda, como electrodomésticos.

¿En qué consiste la reducción del 60% en este impuesto por alquilar un piso?

Ahora que conocemos qué ingresos por alquilar un piso deben ser tenidos en cuenta a la hora de declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y qué gastos derivados de dicho arrendamiento pueden ser deducidos, es importante mencionar que se aplica una bonificación significativa para los propietarios en estos casos. ¿De qué se trata? 

Una vez obtenida la diferencia entre estos ingresos y estos gastos, si el resultado de la cuenta arroja un rendimiento neto positivo, será posible para los arrendadores acceder a una reducción de un 60% en el pago del IRPF. 

¿Cuándo y dónde se paga?

La declaración de la renta correspondiente al IRPF debe ser presentada dentro del período que Hacienda determina cada año para ello. Puede hacerse en cualquiera de las oficinas que se encuentran distribuidas por toda España. Incluso también puede presentarse la declaración via web o por vía telefónica.

Una vez que dicho organismo evalúa cada declaración le entrega a cada contribuyente un resultado, que puede ser “a pagar” o “a devolver”. Sólo en el primer caso habrá obligación de pagar un monto determinado por este impuesto.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo de tipo indirecto. Se encarga, a rasgos generales, de gravar el consumo. Sin embargo, en el sector inmobiliario, y específicamente en el caso de los alquileres de bienes inmuebles, cumple una función bastante diferente.  

¿Cómo grava al alquiler de vivienda?

Los propietarios de bienes inmuebles deben abonar este impuesto únicamente en dos casos:

  • Cuando la propiedad sea alquilada a empleados de una empresa. 
  • Cuando la propiedad sea alquilada como local de negocio. 

Es decir que el alquiler de vivienda se encuentra, en realidad, exento del IVA.

¿Cuándo y dónde se paga?

Los arrendadores deben abonarlo por única vez, al alquilar su inmueble bajo estas condiciones. El pago debe ser hecho en la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde se encuentra la propiedad. 

¿Corresponde al arrendatario abonar algún impuesto por alquilar un piso?

Hasta la entrada en vigencia del Real Decreto-Ley 7/2019, del 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, los inquilinos estaban en obligación de abonar un único impuesto por arrendar un piso:

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Veamos de qué se trata y qué cambios introdujo la resolución mencionada.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Este tributo es una rama independiente del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Se encarga de gravar, precisamente, las operaciones de transmisión de patrimonio entre personas. Está regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, del 24 de septiembre, y el Real Decreto 828/1995, del 29 de mayo.

Sin embargo, el mencionado Real Decreto-Ley 7/2019, del 1 de marzo determinó que:

Para potenciar el mercado de los arrendamientos urbanos como pieza básica de una política de vivienda orientada por el mandato constitucional consagrado en el artículo 47 de la Constitución, resulta conveniente mejorar la fiscalidad del arrendamiento de viviendas, a fin de facilitar a los ciudadanos las condiciones de acceso a las mismas. En este sentido, se introduce una exención para determinados arrendamientos de vivienda en el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.

¿Qué significa esto?

¿Cómo grava al alquiler de vivienda y de qué se trata la exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) para arrendatarios?

Esta modificación en la normativa implica que, en todos los contratos de alquiler firmados luego del 2 de marzo de 2019, el inquilino ya no debe abonar este impuesto cuando destina la vivienda que alquila a residencia habitual. 

Para ello, se ha añadido el apartado 26 en el artículo 45.I.B) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre. Así fue como quedó el mismo luego de esta nueva resolución:

Artículo 45.

Los beneficios fiscales aplicables en cada caso a las tres modalidades de gravamen a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley serán los siguientes:

B) Estarán exentas:

26. Los arrendamientos de vivienda para uso estable y permanente a los que se refiere el artículo 2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

¿Cómo declarar en él?

Sin embargo, el decreto no elimina la obligación, sólo introduce una exención. De esta manera, los arrendatarios aún deben continuar autoliquidando el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Para ello deben presentar en la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde se encuentra la vivienda arrendada el denominado modelo 600. En él deben marcar la casilla “exento” y luego especificar una cuota a pagar de 0 euros.

En conclusión…

Los impuestos que se deben pagar por alquilar un piso no son demasiados y en todos los casos existen, tanto para arrendador como para arrendatario, importantes exenciones y bonificaciones. De esta manera, podemos afirmar que alquilar una vivienda es una operación sujeta a una baja carga impositiva para los inquilinos, pero también para los propietarios.

Cabe recordar que al alquilar un piso serán únicamente los arrendadores quienes estarán obligados a pagar alguna clase de impuestos. Se trata principalmente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ya que, como hemos visto, el Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) sólo interviene cuando se trata de un alquiler con fines comerciales. En caso de que se trate de una vivienda, solo corresponderá al propietario abonar el IRPF. De todas maneras, es importante recordar también que la reducción para arrendadores respecto a este tributo es importante, ya que se trata de un 60% sobre el valor final.

En cuanto a los arrendatarios, si bien la obligación de tributar en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) continúa vigente, como hemos señalado, la exención es total cuando se trata de un alquiler de vivienda habitual. De esta manera, podríamos afirmar que los inquilinos no están sujetos al pago de ningún impuesto por alquilar un piso.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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La firma de un contrato de alquiler y el consecuente inicio de una relación arrendador-arrendatario implica que a cada una de las partes le corresponderán determinados derechos, pero también ciertas obligaciones hasta que el acuerdo finalice. En este sentido, la normativa vigente intenta mantener siempre la balanza en equilibrio, para que ninguna de las figuras que intervienen se vea excesivamente beneficiada o gravemente perjudicada. ¿Qué derechos y obligaciones le corresponden al propietario en el alquiler de una vivienda y cuáles al inquilino? En este artículo te lo contamos en detalle.

Tanto el propietario como el inquilino cuentan con una serie de derechos en los acuerdos de arrendamiento pero, en ambos casos, a estos también les corresponden ciertas obligaciones. Todos ellos están especificados en el Código Civil español. Pero como el tema que aquí nos interesa es el alquiler de bienes inmuebles, también entran en juego las disposiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

En este post, te explicaremos en detalle cuáles son y en qué consisten los derechos y obligaciones del propietario y el inquilino en un acuerdo de arrendamiento. ¡Sigue leyendo!

¿Qué derechos y obligaciones le corresponden al propietario al alquilar su piso?

Derechos del propietario

Los propietarios tienen derecho a:

  • Solicitar garantías al inquilino antes de firmar el contrato de alquiler.
  • Recibir el pago de la renta en tiempo y forma.
  • Ser consultados antes de realizarse modificaciones o reformas en su vivienda.
  • Ser notificados con anticipación ante una finalización temprana del contrato.
  • Recibir el inmueble en condiciones al terminar el acuerdo.
  • Acceder a una serie de beneficios fiscales.

Derecho a solicitar garantías al firmar el contrato de alquiler

Antes de iniciar la relación arrendador-arrendatario, los propietarios pueden exigir una serie de garantías a los inquilinos. Estas tienen como principal objetivo verificar su nivel de solvencia. La primera de ellas es la fianza, cuya entrega es obligatoria y consiste en el pago de una suma de dinero que luego, si todo marcha bien, es devuelta al arrendatario al finalizar el contrato. En este artículo te contamos con detalle en qué consiste el depósito de la fianza.

También, existe la posibilidad de solicitar al inquilino garantías adicionales. Aunque no son obligatorias, también constituyen un derecho del propietario y pueden servirle para cubrirse frente a todo tipo de eventualidades. Las principales son la solicitud de nóminas o declaraciones de la renta más recientes, un seguro de impago de alquiler, un aval bancario, un depósito, distinto al de la fianza y la presentación de un fiador solidario. En este artículo te mostramos de qué se trata cada una de ellas.

Derecho a recibir el pago de la renta en tiempo y forma

Una vez firmado el contrato de arrendamiento, el principal derecho que tiene el propietario es el de recibir las mensualidades de renta en tiempo y forma. El solo atraso en uno de los pagos ya implica para el arrendador otro derecho, que es el de iniciar acciones legales por morosidad. En este artículo te contamos en detalle cómo proceder legalmente en estos casos y en qué consiste un proceso de desahucio.

Derecho a ser consultado antes de la realización de reformas o modificaciones

Parece evidente, pero no por ello es menos importante aclararlo. Si bien existe la posibilidad para el inquilino de realizar diferentes reformas o modificaciones en la vivienda, el propietario siempre deberá ser consultado antes. No importa si se trata de un cambio pequeño, como pintar una pared, el arrendador tiene derecho a dar su consentimiento o no.

Derecho a ser notificado con tiempo ante una finalización temprana del contrato de alquiler

Es muy común que los inquilinos abandonen la vivienda antes de tiempo, esperando no quedar sujetos a ninguna consecuencia. Sin embargo, si en el contrato figura de forma explícita una penalización económica por desistir anticipadamente del acuerdo, tendrá que cumplir con ella. 

En este sentido, cabe aclarar que el propietario tiene derecho a ser notificado de esta partida temprana al menos con treinta días de anticipación. De lo contrario, el monto a pagar de penalización será mayor para el arrendatario.

Derecho a recibir la vivienda en condiciones al finalizar el contrato

Este punto también parece evidente, pero cabe mencionar que el propietario tiene derecho, una vez que finaliza el contrato de alquiler, a recibir su vivienda en las mismas condiciones en las que la entregó. En caso de que esto no ocurra, podrá reclamar la reparación de los daños ocasionados o una indemnización que cubra dichos perjuicios. También existe la posibilidad de retener al inquilino la fianza que entregó al firmar el contrato.

Derecho a acceder a beneficios fiscales

A la hora de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los propietarios tienen derecho a deducir gastos inherentes al arrendamiento de su vivienda. También, a acceder a una reducción del 60%. En este artículo te contamos en detalle cómo tributa alquilar un piso en el IRPF.

Obligaciones del propietario

Los propietarios tienen la obligación de:

  • Ceder por completo el uso y disfrute de la vivienda.
  • Mantener las condiciones de habitabilidad y eficiencia energética de la misma.

Obligación de ceder por completo el uso y disfrute de la vivienda

La obligación más elemental con la que deben cumplir los propietarios al alquilar su vivienda es la de ceder por completo a los inquilinos el uso y disfrute del bien. Esto se debe a que, ante la ley, mientras dure el contrato, es el arrendatario el verdadero poseedor del bien.

Obligación de mantener las condiciones de habitabilidad y eficiencia energética de la vivienda

No es menos importante mencionar que, para poder alquilar su vivienda, los propietarios deben entregarla a los inquilinos en condiciones de ser habitada. Esto implica que deben solicitar revisiones de profesionales o técnicos especializados para tramitar documentos como la Cédula de Habitabilidad o el Certificado de Eficiencia Energética (CEE). En este artículo te mostramos en detalle de qué se trata dicha cédula. En este otro, todo lo que debes saber sobre el certificado energético.

¿Qué derechos y obligaciones le corresponden al inquilino al alquilar un piso?

Derechos del inquilino

Los inquilinos tienen derecho a:

  • Visitar la vivienda antes de firmar el contrato.
  • Negociar el tiempo de duración del mismo.
  • Tener prioridad para adquirir el inmueble en caso de que el propietario desee venderlo.
  • Transmitir la titularidad a un familiar.
  • Exigir la conservación y el mantenimiento de la propiedad.
  • Acceder a beneficios fiscales.

Derecho a visitar la vivienda antes de firmar el contrato

Antes de firmar un contrato de arrendamiento, los futuros inquilinos deben poder solicitar a los propietarios una visita y un recorrido completo por la vivienda que desean alquilar. Esto les permitirá saber si dicho inmueble se encuentra en condiciones de ser habitado y conocer con qué muebles, electrodomésticos y demás equipamiento cuenta. Es decir para, principalmente, evaluar si se ajusta a sus necesidades. Aprovechar este derecho es fundamental para tomar la mejor decisión.

Derecho a negociar el tiempo de duración del contrato

Todos los inquilinos tienen derecho a determinar, en conjunto con los propietarios, por cuánto se extenderá la duración de su relación. En este sentido, la normativa vigente indica que dichos acuerdos deben prorrogarse por un mínimo de cinco años. Por lo tanto, todos los arrendatarios tienen derecho a acceder a un contrato de alquiler de esta duración. Una vez que se cumple este plazo, si no hay voluntad de renovación a través de una nueva negociación, el contrato se extingue.

Derecho de adquisición preferente

Una de las tantas eventualidades que pueden surgir en un arrendamiento es que los propietarios decidan vender la vivienda en cuestión. En estos casos, los inquilinos cuentan con el derecho de adquisición preferente. ¿Qué significa? Que si desean comprar el inmueble, tienen prioridad por sobre otras personas que estén interesadas.

En este sentido, también cabe mencionar la posibilidad de acceder a un alquiler con opción a compra. Sin embargo, a diferencia de la situación anterior, esta debe pactarse antes de firmar el contrato de alquiler y debe explicitarse en dicho documento. En este artículo te contamos en detalle de qué se trata el alquiler con opción a compra. 

Derecho a transmitir la titularidad

Se trata de un derecho poco conocido por los inquilinos. No obstante, la realidad es que la normativa vigente permite la transmisión de la titularidad de un alquiler, manteniendo las mismas condiciones, entre familiares. Es decir, que un arrendatario puede tranquilamente ceder su lugar en la vivienda alquilada a un allegado. Sí, bajo el mismo contrato que se firmó al inicio del arrendamiento.

Cabe aclarar que, a pesar de ser un derecho totalmente exigible, es también limitado y sujeto a una serie de condiciones. Por lo tanto, será necesario consultar siempre con un asesor legal.

Derecho a exigir la conservación y mantenimiento de la vivienda

Como mencionamos previamente, en los derechos y obligaciones de los propietarios, los inquilinos pueden exigir un adecuado mantenimiento de la vivienda. Esto puede implicar la realización de una serie de obras, reparaciones, modificaciones y mejoras. 

Sin mencionar, en esta misma línea, que antes de firmar el contrato, los inquilinos deben poder exigir a los propietarios la acreditación de la Cédula de Habitabilidad y el Certificado de Eficiencia Energética (CEE), documentos de los que hablamos anteriormente.

Derecho a acceder a beneficios fiscales

Al igual que los propietarios, que cuentan con importantes deducciones y reducciones en el IRPF por arrendar su vivienda, los inquilinos también pueden acceder a ciertos beneficios fiscales.

Existen deducciones para arrendatarios que varían según cada Comunidad Autónoma, por lo tanto, deben consultarse de forma particular en cada región. No existe ningún derecho único de desgravación por alquiler que aplique con iguales condiciones en toda España.

Obligaciones del inquilino

Los inquilinos tienen la obligación de:

  • Realizar el depósito de una fianza al firmar el contrato.
  • Acreditar otras garantías que solicite el propietario.
  • Cumplir en tiempo y forma con el pago de la renta y otros gastos que se comprometió a asumir.
  • Entregar la vivienda en condiciones al finalizar el contrato.

Obligación de realizar el depósito de una fianza al firmar el contrato y acreditar otras garantías

Como mencionamos al enumerar los derechos del propietario, el inquilino tiene entre sus obligaciones la de realizar el depósito de una fianza, la cual consiste en el pago de una suma de dinero que luego, si no se producen inconvenientes, le será devuelta al finalizar el contrato.

Por otro lado, existe la posibilidad de que los propietarios soliciten garantías adicionales. También es obligación de los inquilinos cumplir con ellas. Las principales, como dijimos previamente, son la solicitud de nóminas o declaraciones de la renta más recientes, el seguro de impago de alquiler, el aval bancario, el depósito, distinto al de la fianza y la presentación de un fiador solidario.

Obligación de cumplir en tiempo y forma con el pago de la renta

Así como el principal derecho de los propietarios es el de recibir las mensualidades de renta en tiempo y forma, la principal obligación de los inquilinos es precisamente esta, la de cumplir con dichos pagos en los términos correspondientes. De no ocurrir esto, es posible que los arrendadores inicien acciones legales, lo cual puede derivar en un desalojo para los inquilinos.

Obligación de abonar los gastos que le corresponden

Al firmar el contrato de arrendamiento, es probable que los inquilinos no deban comprometerse únicamente con el pago de la renta todos los meses. También pueden quedar bajo su responsabilidad gastos como los recibos de los servicios o las cuotas de la comunidad de vecinos. El incumplimiento de estos pagos también se considerará como una falta grave. 

Obligación de dejar la vivienda en condiciones al finalizar el contrato

Al derecho de los propietarios de recibir su vivienda en condiciones una vez que finaliza el contrato de arrendamiento, le corresponde esta obligación de los inquilinos de posibilitarlo. Al abandonar el inmueble, deberán dejarlo tal como lo recibieron, pero habiendo contribuido también a su correcto mantenimiento.

Como habrás visto, los derechos y obligaciones del propietario en un acuerdo de arrendamiento son proporcionales a los del inquilino.

Para que la relación arrendador-arrendatario sea amena durante el período de duración del contrato, será indispensable que tanto inquilino como propietario se comprometan a cumplir con sus obligaciones, pero también será importante que hagan valer sus derechos.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Cuando el amor llega a su fin y hay uno o más bienes inmuebles en común es probable que surjan varios conflictos y dudas al respecto. Vender un piso tras un divorcio será más o menos difícil según el grado de acuerdo que haya entre ambas partes. También dependerá del régimen dentro del cual se enmarca el matrimonio en cuestión. En este artículo te ofrecemos una guía completa para que cuentes con toda la información necesaria a la hora de vender una propiedad en ocasión de divorcio.

Vender uno o más bienes inmuebles en común cuando se produce un divorcio o una separación de hecho puede traer varios dolores de cabeza. Hay dos ejes que debemos tener en cuenta para saber cómo proceder ante esta situación. Por un lado, es necesario pensar en cómo está regulada la unión: si la pareja está casada puede tratarse de un matrimonio con separación de bienes o de un matrimonio enmarcado en el régimen de gananciales. Si se trata de dos personas que nunca se casaron, se tratará simplemente de una unión de hecho. Otro factor muy importante es el grado de acuerdo que existe entre ambos cónyuges. Si ambos desean vender la vivienda familiar luego del divorcio o la separación, no habrá mayores problemas. Los conflictos surgen cuando uno de ellos quiere vender y el otro no.

A continuación te contamos cómo proceder en todos estos casos. Es decir, cuando hay acuerdo entre ambas partes y cuando esto no ocurre. Siempre teniendo en cuenta si se trata de un matrimonio con separación de bienes, de un matrimonio de gananciales o de una unión de hecho. También te mostramos qué tributos corresponden a este tipo de operaciones y cuánto le corresponde pagar a cada parte. ¡Sigue leyendo para enterarte de todo lo que necesitas saber para vender un piso en común tras un divorcio o separación!

¿Qué opciones existen a la hora de pensar en qué hacer con un piso en común tras un divorcio?

En primer lugar, es importante mencionar que existen dos posibilidades a la hora de pensar en qué hacer con un bien inmueble en común al producirse un divorcio:

  • Que uno de los cónyuges se quede con la vivienda.
  • Que ambos vendan la vivienda a un tercero o a una empresa de iBuyers.

El procedimiento será diferente dependiendo del régimen en el cual se enmarca el matrimonio y del grado de acuerdo que exista entre ambas partes. En esta ocasión nos centraremos en la segunda opción: la de vender el piso en común tras un divorcio.

¿Cómo vender un piso en común tras un divorcio?

Como mencionamos, vender el bien inmueble en común dependerá del régimen matrimonial y del grado de acuerdo que haya entre los cónyuges. Veamos qué ocurre cuando se trata de un matrimonio con separación de bienes y lo que pasa en un matrimonio de gananciales:

¿Qué ocurre cuando se trata de un matrimonio con separación de bienes?

Si hay acuerdo entre las partes

  • En estos casos es posible vender la vivienda sin realizar ningún tipo de procedimiento legal más que la demanda de divorcio. Esto se debe a que, al inicio de este tipo de matrimonios, ya queda especificado en un contrato cómo se dividirán los bienes en caso de producirse un divorcio.

  • En cambio, si uno de los cónyuges decide quedarse con la vivienda y el otro está de acuerdo, será necesario realizar una extinción de condominio ante un notario para dar por finalizada la copropiedad. Esto implica que aquella parte que se queda con el piso debe compensar económicamente a la otra.

Si no hay acuerdo

  • En estos casos es posible iniciar acciones legales para solicitar la división de la cosa común. El procedimiento debe ser realizado ante un juez y es muy probable que termine con la ejecución de la vivienda en una subasta pública.

  • También existe la posibilidad de que aquel cónyuge interesado venda su parte de la vivienda a una empresa que se dedique a comprar proindivisos. Es importante mencionar que, para realizar esta operación, el inmueble no debe estar sujeto a ninguna hipoteca.

¿Qué ocurre cuando se trata de un matrimonio enmarcado en el régimen de gananciales?

Si hay acuerdo

  • En este caso, al tratarse de un tipo de matrimonio en el cual los bienes se reparten en partes iguales, será necesario realizar un documento ante un notario para disolver el régimen económico y proceder a la repartición. Recién a partir de ese momento será posible para ambas partes vender la vivienda a un tercero. También existe la posibilidad previamente mencionada de que uno de los cónyuges se quede con el inmueble, siempre y cuando compense económicamente al otro.

Si no hay acuerdo

  • Cuando esto ocurre, también deberá recurrirse a la vía judicial. Será un juez quien deberá designar a un perito para que realice la correspondiente disolución del régimen económico y la repartición de bienes. Una vez hecho esto, cualquiera de los cónyuges puede solicitar que la venta se realice a través de una subasta pública.

A continuación veremos en detalle cómo vender un piso en común tras un divorcio cuando existe acuerdo entre los cónyuges, tanto en un matrimonio con separación de bienes como en uno de gananciales. También, qué ocurre cuando la pareja nunca se casó, sino que se trata de una unión de hecho.

El paso a paso para vender un piso en común cuando hay acuerdo entre las partes

Cómo vender cuando se trata de un matrimonio con separación de bienes

En estos casos el procedimiento es bastante sencillo. Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Realizar la demanda de divorcio.
  2. Vender la vivienda de manera convencional.

Como señalamos antes, los acuerdos de separación de bienes implican que, al producirse un divorcio, las partes puedan vender el inmueble sin tener que realizar ningún otro trámite además de presentar la demanda de divorcio. Es decir, a diferencia del régimen de gananciales, que veremos luego, no se requiere realizar ningún tipo de escritura ante un notario. Tampoco es necesario que se le asigne un porcentaje a cada uno porque esto ya fue especificado en el acuerdo prenupcial.

Cómo vender cuando se trata de un matrimonio de gananciales

Los pasos a seguir son estos:

  1. Disolver el régimen económico matrimonial ante un notario.
  2. Repartir los bienes en partes iguales entre ambos cónyuges.
  3. Vender la vivienda a un tercero.

La disolución del régimen es imprescindible para que pueda concretarse el divorcio. Es posible realizar una petición a las partes antes de iniciar el proceso, pero también se puede incluir en el documento de divorcio para formalizar legalmente la separación.

En el acto de liquidación del régimen matrimonial es donde las propiedades se reparten en partes iguales. Es decir que, si existe más de un inmueble en común, una de las partes puede quedarse con la titularidad de la segunda residencia y la otra, con la de la vivienda habitual. En cambio, si los cónyuges sólo poseen una propiedad en común, a cada uno le corresponderá una mitad. 

Una vez finalizado este procedimiento, hay dos opciones posibles: por un lado, que uno de los cónyuges se quede con el 100% de la titularidad de mutuo acuerdo, compensando económicamente al otro respecto al 50% que le corresponde. Por el otro, que ambos vendan la vivienda a un tercero en lo que se conoce como extinción de condominio. En este último caso, puede realizarse un proceso de venta de tipo convencional.

¿Qué ocurre cuando se trata de una unión de hecho?

Cuando la pareja nunca se casó y, por lo tanto, no hay matrimonio de gananciales ni con separación de bienes, el procedimiento es bastante similar. Si ambos adquirieron la vivienda en conjunto, existe una situación de copropiedad en los términos que se establecieron en la escritura de compraventa. Al producirse una separación, las partes cuentan con dos opciones posibles:

  • Vender la vivienda a un tercero de mutuo acuerdo y repartir el dinero obtenido por la venta.
  • Realizar una extinción de condominio y que una de las partes se quede con la vivienda.

A continuación veremos qué pasos se deben seguir cuando no existe un acuerdo entre los cónyuges para vender el piso en común tras un divorcio.

El paso a paso para vender un piso en común cuando NO hay acuerdo entre las partes

En estos casos, cuando uno de los cónyuges desea vender el inmueble en común pero el otro no, también se debe proceder de manera diferente de acuerdo a si se trata de un matrimonio de gananciales, con separación de bienes o de una unión de hecho. Veamos qué hacer en cada ocasión:

Cómo vender cuando se trata de un matrimonio con separación de bienes

Hay dos opciones posibles en estos casos, cuando no existe acuerdo entre los cónyuges para vender la vivienda en común:

  • Que la parte interesada venda su parte a una empresa que se dedique a comprar proindivisos: no es necesario para ello contar con la autorización del otro cónyuge. Sin embargo, hay que tener en cuenta que: la otra parte puede igualar la oferta de la empresa, mediante lo que se conoce como tanteo, o puede anular la operación, a lo cual se lo denomina como retracto, en caso de que la venta se produzca sin su conocimiento. Por otro lado, también hay que mencionar que esta opción implica vender la parte de la vivienda por un monto mucho menor al de su valor de mercado.

  • Que sea necesario iniciar acciones legales: si la opción anterior no parece ser la más conveniente, existe la posibilidad de solicitar la división de la cosa común ante un juez. Será él quien dictaminará la ejecución del inmueble en una subasta pública. Esto también significa vender la vivienda a un precio inferior al de mercado.

Cómo vender cuando se trata de un matrimonio de gananciales

Cuando se trata de este tipo de matrimonio, en donde a ambos cónyuges les corresponde el mismo porcentaje de los bienes en común, los pasos para vender un inmueble cuando no hay acuerdo son los siguientes:

  1. Iniciar un proceso judicial de disolución del régimen económico matrimonial.
  2. Esperar que un juez designe a un perito que se encargue de llevar a cabo este procedimiento. Para ello, deberá elaborar un inventario de bienes y deudas que ambas partes tengan en común y luego adjudicará cada mitad a cada cónyuge.
  3. Solicitar al juez la división de la cosa común, lo que también derivará en la ejecución de la vivienda en una subasta pública. Esto implica, reiteramos, vender el bien a un precio inferior al de su valor de mercado. 

¿Es necesario realizar la liquidación del régimen matrimonial y luego solicitar la acción de división? No siempre. Cuando existe una única vivienda en común, la justicia admite la posibilidad de saltearse los dos primeros pasos para concretar la venta.

¿Qué ocurre cuando se trata de una pareja de hecho?

En estos casos, cuando lo que se produce es una separación y no un divorcio, ya que la pareja nunca se casó, es posible para la parte interesada en vender acudir a una empresa que compre proindivisos. También puede iniciar acciones legales para que un juez realice la división de la cosa común y dictamine la ejecución del bien en una subasta pública. Ambas opciones, como mencionamos previamente, implican vender el inmueble por un precio muy inferior al de su valor de mercado.

Si el matrimonio tiene hijos

Existe una situación más que puede generar dudas. Que sucede si el matrimonio tiene hijos y necesita realizar la venta de la propiedad. Primero que nada, debes saber que esto es posible, pero será necesaria la intervención de un juez. Él será el encargado de indicar de qué manera deberá procederse, si el tutor debe quedarse con la propiedad o será mejor realizar la venta.

Recuerda, que será el juez el encargado de establecer y verificar cual será el mejor destino para los niños. Por otra parte, la contraparte podrá solicitar la venta de la propiedad con el fin de poder solventar la situación económica y también en este caso, el juez evaluará el pedido, aceptando o no dicha solicitud.

Muchas veces, la venta de la vivienda es la mejor opción, ya que de esta manera podrían existir ciertos inconvenientes para quien debe dejar el inmueble. Si existiera una hipoteca sobre la casa, ambas partes deberán continuar afrontándola.

Como vender tú piso rápidamente

Puedes recurrir a un iBuyer

Si lo más importante para ti, en este momento que estás pasando, es el de vender tu casa rápidamente, esta podría ser una solución. Debes saber que las ganancias no serán las mejores, ya que el precio de venta será más bajo que recurriendo a una inmobiliaria. Pero por otro lado, podrás efectuar la venta en un plazo menor a una semana.

Como aclaramos anteriormente, esta opción no es la ideal en caso de que desees tener los mejores beneficios al realizar esta transacción. El precio de la venta, suele ser muy por debajo del habitual y por ello su rápida acción. Como para que puedas hacerte una idea, en una venta tradicional se tarda en promedio un plazo de seis meses.

Este tipo de empresas se dedican a adquirir viviendas a precios más bajos que los habituales del mercado. Luego se encargan de reformarlas y volver a venderlas por un precio más alto, obteniendo así sus ganancias.

Recurre a una inmobiliaria

Las inmobiliarias cuentan con personal capacitado que podrá asesorarte de la mejor manera a la hora de vender tu propiedad. Por este motivo, te recomendamos que puedas acudir a ellos. Los agentes inmobiliarios sabrán realizar el proceso de manera rápida y ayudándote a resolver los inconvenientes que puedan presentarse.

Además, se ocuparán de la parte más importante, gestionar toda la documentación necesaria y obligatoria. También realizarán todos los pasos referidos a la venta de tu propiedad, por ejemplo el de conseguir interesados en comprarla, gestionando visitas, y promocionándola en portales inmobiliarios.

¿Qué impuestos se deben abonar por vender un piso en común tras un divorcio?

En ambas ocasiones, tanto cuando hay acuerdo entre los cónyuges como cuando no lo hay, la venta de una vivienda en común implica el pago de ciertos impuestos. Ellos son:

Para ambos tributos los cónyuges deberán abonar lo que corresponde en proporción al porcentaje de la propiedad que poseen. Es decir, en un matrimonio enmarcado en el régimen de gananciales, el monto a pagar se dividirá en dos partes iguales. En el caso de un matrimonio con separación de bienes los porcentajes a tributar pueden ser desiguales.

¿Estás pensando en vender tu propiedad? En Oi Real Estate podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros! Somos una inmobiliaria de lujo, que cuenta con profesionales idóneos y capacitados para llevar este proceso de forma fácil y brindándote la tranquilidad que mereces.

Esperamos que este post haya sido de tu interés y te haya resultado útil. No olvides dejarnos tus comentarios e inquietudes, y de seguirnos en las redes sociales, para mantenerte siempre informado. Te dejamos a continuación otro link que puede resultar de tu interés.

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En España, el cálculo del valor catastral de un inmueble en cada municipio incluye como referencia una serie de criterios. Estos son, principalmente, el valor del suelo y el valor de construcción en cada uno de los casos. Con la aprobación de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal, el Catastro comenzaría a tener en cuenta otros elementos para fijar sus valores de referencia.

En este sentido, ¿Cuáles son las modificaciones que se introducen con la nueva normativa? ¿De qué se ocupa el Catastro y cómo determina el valor catastral de una vivienda? A continuación despejamos todas estas dudas.

La Cámara de Diputados del Congreso aprobó el 9 de julio de 2021 el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. El anteproyecto de la normativa había sido presentado por el Ministerio de Hacienda en octubre del 2020.

El principal objetivo de la nueva reglamentación es disminuir los niveles de elusión fiscal a través de la modificación de algunas normas tributarias y otro tipo de regulaciones. El proyecto de ley ingresó el 17 de junio al Senado para luego ser aprobado a mitad del año pasado.

¿Cómo afecta la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal al sector inmobiliario?

Las nuevas normas que se establecen con la nueva ley contra la evasión fiscal en España comenzaron a regir a partir de 1 de enero del año 2022. Con influencia en la norma europea aprobada en 2016, el Gobierno español aprobó esta reglamentación como una manera de combatir y prevenir el fraude al fisco; y reformar todas las herramientas de control en el sistema tributario.  

La ley trae con ella diversas consecuencias en el cálculo de varios impuestos y un nuevo valor de referencia catastral para el sector inmobiliario.

En primer lugar, la normativa implicó una modificación en la base imponible de varios impuestos. Entre los que gravan en el ámbito inmobiliario se encuentran el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto a los Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD) y el Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Como medidas más relevantes, cabe destacar que la ley eliminaría beneficios en relación al IRPF en casos de pactos sucesorios y alquileres.

Además, afecta al sistema tributario para no residentes, Haciendas locales, a la Ley General Tributaria y otras normativas como la Ley del Catastro o Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

¿Por qué estos tributos sufrirían un incremento?

En la nueva ley, el Catastro Inmobiliario fija sus valores de referencia inmobiliaria utilizando datos individualizados sobre antigüedad, conservación o precio de compraventa de los inmuebles. Esto es lo que determinará los límites de los montos a pagar por el ISyD, el ITP y el IP. Lo que no ha sufrido modificaciones es la forma de calcular el valor catastral de cada inmueble.

A continuación, detallaremos todos los datos sobre el papel papel que cumple el Catastro en la nueva normativa, qué información se puede consultar en él y cómo calcula el valor catastral de los bienes inmuebles.

También profundizaremos en las modificaciones que conlleva la aplicación de la nueva normativa contra la evasión fiscal .

¿De qué se ocupa el Catastro?

El Catastro es un registro de bienes inmuebles que depende de la Dirección General del Catastro, el cual forma parte del Ministerio de Hacienda. En él deben inscribirse todas las viviendas, locales comerciales, garajes y parcelas de campo que se encuentren dentro del territorio español (excepto en Navarra y el País Vasco, que tienen sus propios registros). Cabe aclarar que esta inscripción es gratuita y obligatoria.

¿Qué información se puede consultar en el Catastro?

El Catastro es un organismo que posee información sobre todos los bienes inmuebles en España. Parte de estos datos son de carácter público, es decir, que cualquier ciudadano puede acceder a ellos. Otros son restringidos, o sea que sólo pueden acceder a ellos el propietario de cada vivienda o un tercero que este autorice.

Información de carácter público

La información sobre bienes inmuebles que se encuentran dentro de España y puede ser consultada por cualquier ciudadano en el sitio web del Catastro se clasifica en tres secciones:

Datos descriptivos de cada inmueble 

  • Referencia catastral. 
  • Dirección donde se encuentra.
  • Clase de inmueble (urbano o rústico).
  • Uso principal que se le brinda (residencial, de almacenamiento o estacionamiento, comercial, cultural, agrario, etc).
  • Superficie construida sobre la parcela.
  • Año de construcción.

Parcela catastral 

En esta sección se muestran, precisamente, los datos de la parcela a la cual pertenece el inmueble. Es decir: 

  • Superficie total. 
  • Porcentaje que representa la construcción respecto del total de la superficie de la parcela. 

Existen casos en los cuales más de un inmueble se encuentra construido dentro de la misma parcela. Puede ocurrir en un edificio de viviendas o uno que combina viviendas, garajes, oficinas, locales comerciales, etc. Por esta razón, es aquí donde también se especifican:

  • Las parcelas que contienen varios inmuebles, es decir, con división horizontal.
  • Las parcelas construidas sin división horizontal.

En el primer caso, cada propiedad posee su propia referencia catastral. En el segundo, cuando se detallan las características de la construcción, se incluyen también los inmuebles que componen la parcela, qué uso se les da, su superficie y las reformas que se les han hecho.

Construcción o tipo de actividad 

La información en esta sección depende de la clase de inmueble que sea y el uso que se les esté dando. Estos podrían ser algunos ejemplos:

  • Vivienda: superficie y elementos comunes. 
  • Parcela agraria: superficie, tipo de cultivo e intensidad de producción.
  • Local comercial: superficie y tipo de actividad comercial

Información restringida a cada propietario

Como mencionamos anteriormente, cualquier ciudadano puede ingresar al sitio web del Catastro y acceder a la información pública sobre cada bien inmueble. ¿Qué ocurre con la información restringida? En estos casos, cada propietario deberá identificarse mediante un certificado digital o la clave correspondiente. Luego, podrá acceder a la sección “Búsqueda de inmuebles por NIF/NIE”, en donde encontrará toda la información necesaria

  • Listado de bienes inmuebles de los cuales es titular.
  • Referencia catastral de cada uno. 
  • Localización geográfica de los inmuebles.
  • Porcentaje de propiedad que posee (lo cual incluye casos de usufructo y nuda propiedad).
  • Valor catastral de los inmuebles.
  • Año de la última actualización del valor catastral.

¿Qué es y cómo se calcula el valor catastral de un inmueble?

Centrémonos en nuestro tema principal: el valor catastral de un inmueble.

Se trata de un valor administrativo que el Catastro asigna a cada inmueble que se encuentra dentro de sus registros. La formula para calcularlo tiene en cuenta una serie de criterios de valoración que dependen del municipio en donde esta propiedad está ubicada.

En este sentido, la relevancia de este valor radica en el papel tributario que el valor catastral cumple, ya que, en función de él se establece el valor a pagar de tributos municipales como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y la Plusvalía Municipal.

Con la aprobación de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal, el monto a pagar por dichos impuestos también tendrá en cuenta algunos criterios del Catastro Inmobiliario. Por lo tanto, la inclusión die las nuevas variables de cálculo provocarán un incremento en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD) y el Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Sin embargo, es importante aclarar que no sería la forma de calcular el valor de referencia catastral lo que sea ha modificado, sino los valores de referencia inmobiliaria.

Elementos que se tienen en cuenta al momento de calcular el valor catastral de un inmueble

Para calcular el valor catastral de un inmueble el Catastro tiene en cuenta, principalmente, el valor del suelo y el valor de la construcción. También considera los siguientes elementos:

  • La localización del inmueble.
  • Su costo de construcción.
  • Su valor de mercado.
  • El valor de su suelo.
  • Su calidad y su antigüedad.
  • Sus características histórico-artísticas.
  • Sus gastos de producción.

¿Cómo puede consultarse el valor catastral de un inmueble?

Existen dos maneras para los propietarios de averiguar cuál es el valor catastral de su inmueble:

En primer lugar, a través del recibo del IBI, en donde se encuentra reflejado explícitamente. En caso de no poseer el recibo a mano, también puede calcularse dividiendo la cantidad abonada de IBI por el porcentaje de este tributo que el ayuntamiento correspondiente aplica en la zona. Esta última información puede ser consultada en el Registro de la Propiedad.

Otra manera es recurrir a la referencia catastral, un código compuesto por veinte dígitos que el Catastro adjudica a cada inmueble al momento de su registro. Esta información también puede encontrarse en el recibo del IBI o en el sitio web del Catastro, ingresando la dirección del inmueble. A partir de esta referencia puede conocerse el valor catastral en el mismo sitio.

Modificaciones del valor catastral de un inmueble a partir de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal

Con la aprobación de la normativa, el Catastro incluirá en el calculo de valor datos individualizados de cada inmueble en relación a su antigüedad, su conservación, su calidad constructiva o su precio de compraventa. De manera tal que se logre definir un nuevo valor de referencia inmobiliaria a partir de valoraciones individualizadas de cada propiedad, lo cual también significará un incremento en el ISyD, el ITP y el IP.

De esta manera, la base imponible de estos tributos pasará de ser el “valor real” de un inmueble a ser su “valor de mercado”, el cual se asimila al valor de referencia que el Catastro tiene en cuenta. Es de suma importancia tener en claro que este valor de referencia es diferente del valor catastral, el cual no ha sido modificado por la ley.

La nueva normativa, entonces, acarrearía un incremento del valor de referencia, ya que hasta ahora, la base imponible de los impuestos mencionados era igual al valor real de un inmueble, el cual, por su parte, era equivalente a su precio de compraventa o a un valor objetivo asignado por cada Comunidad Autónoma.

Hasta aquí hemos detallado todo lo relacionado al valor catastral de un inmueble y las modificaciones introducidas por el Ley Antifraude en su cálculo. Si te ha surgido algún interrogante te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde OI REAL ESTATE te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y la venta o compra de tu inmueble de manera exitosa.

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El alquiler de una vivienda termina de manera definitiva, cuando el arrendatario devuelve las llaves al arrendador. Si bien parece un acto sin importancia, la realidad es que ambas partes deben tomar ciertas medidas en ese momento. ¿Cómo se formaliza la entrega de llaves al finalizar un contrato de alquiler? ¿Por qué es importante hacerlo? ¿Qué debe tener en cuenta el arrendador? ¿A qué debe prestarle atención el arrendatario? En este artículo te lo contaremos.

La entrega de llaves al finalizar el contrato de alquiler de una vivienda se formaliza mediante un documento específico. En él, tanto arrendador como arrendatario, deben dejar constancia de que el inmueble fue devuelto en condiciones. También que no restan deudas por ninguna mensualidad de renta u otros gastos inherentes al alquiler.

En este artículo te contamos cuál es la importancia de firmar este documento y el paso a paso que es necesario seguir antes. ¡Sigue leyendo!

¿En qué consiste la entrega de llaves al finalizar el contrato de alquiler y por qué debe formalizarse con la firma de un documento?

La entrega de las llaves de la vivienda es el último acto que se lleva a cabo para resolver un contrato de alquiler. De esta manera, la posesión del bien inmueble vuelve a manos del propietario y la relación arrendador-arrendatario finaliza. Esta devolución puede darse porque el inquilino desistió del contrato y lo notificó debidamente, como dispone el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) o porque se cumplió el plazo convenido junto con sus correspondientes prórrogas.

Si bien este acto puede realizarse sin ninguna otra formalidad, lo más recomendable es dejarlo asentado de manera fehaciente para evitar futuras discrepancias y conflictos legales entre las partes. ¿Por qué? Aunque la entrega de las llaves de la vivienda pueda ser considerada como una efectiva devolución del bien, existen otras actuaciones que también intervienen en la resolución del contrato. Se trata de: 

  • La devolución de la fianza que el arrendatario entregó al arrendador al firmar el contrato y este último depositó en el organismo público correspondiente. 
  • La reclamación por posibles daños en la vivienda que sean responsabilidad del inquilino.

Esto quiere decir que el arrendador sólo firmará un documento en donde se constate la entrega de llaves por mutuo acuerdo cuando estén dadas las condiciones para devolver la fianza al arrendatario. O sea, cuando no se hayan ocasionado graves perjuicios al inmueble. ¿Qué pasos deben seguirse para firmar dicho documento con seguridad?

El paso a paso antes de firmar la entrega de llaves por finalización del contrato de alquiler

Antes de firmar el documento en donde quede asentado el acuerdo entre arrendador y arrendatario para finalizar la relación y que el inmueble vuelva a manos de su titular es importante que ambas partes se aseguren de que todo está en orden. Sólo de esta manera existirá la seguridad suficiente para que el arrendador devuelva al arrendatario la totalidad de la fianza. Los pasos a seguir por ambos son los siguientes:

Pasos que debe seguir el arrendador

  1. Fijar una fecha en concreto para encontrarse con el arrendatario en la vivienda alquilada con el objeto de llevar a cabo el acto de entrega de llaves.
  2. Una vez llegado este día, proceder a un examen exhaustivo de toda la propiedad para comprobar que se encuentra en buen estado y no hay ningún tipo de daño que sea responsabilidad del inquilino.
  3. Verificar que el pago de todas las mensualidades de renta estén al corriente y que el arrendatario no adeuda ningún monto de dinero por este concepto.
  4. Comprobar que el pago de suministros, como agua o luz, o cualquier otras cantidades que en el contrato figuren como responsabilidad del inquilino también estén al día.

Pasos que debe seguir el arrendatario

  1. Una vez que el arrendador examinó la vivienda, el arrendatario debe tomar la precaución, si se posterga la devolución de la fianza para otro día, de constatar mediante fotografías o testigos de que entregó la vivienda en buenas condiciones. Esto se debe a que, luego de entregadas las llaves, no podrá acreditar el estado del inmueble en el momento de la devolución.
  2. Si bien se trata de un paso que debe hacerse de manera previa a la firma del contrato, vale la pena aclararlo. Es conveniente que, al alquilar la vivienda, el arrendatario la recorra por completo y tome fotografías que den cuenta del estado de la propiedad al iniciar el arrendamiento. De esta manera, luego podrá compararlas con las tomadas el día de la entrega de llaves.

¿Qué deben tener en cuenta arrendador y arrendatario al firmar el documento de entrega de llaves por finalización del contrato de alquiler?

Cuando el arrendador y el arrendatario completaron los pasos que debería seguir cada uno, es momento de firmar el documento en donde se formaliza la entrega de llaves. 

¿Qué debe figurar en él? En principio, que ambas partes dan por resuelto de mutuo acuerdo el contrato de alquiler, haciendo constar que el arrendatario entrega la posesión de la vivienda al arrendador mediante la entrega de las llaves. Es importante que ambos manifiesten aquí que la vivienda se encuentra en perfectas condiciones y que el arrendatario no adeuda ninguna cantidad al arrendador.

Una vez hecha la entrega de llaves, el arrendador también debe proceder a devolver al arrendatario la fianza y otras garantías complementarias que haya exigido al inicio del contrato. Por eso es conveniente que en este documento también se haga constar la devolución de la fianza.

Si necesitas ayuda para alquilar piso, acude a OI REAL ESTATE

¿Deseas colocar tu propiedad en alquiler o, quieres alquilar el mejor piso de la zona? No tienes de qué preocuparte, en OI REAL ESTATE te brindaremos la información que necesitas conocer, para transformarte en el mejor propietario o inquilino. Te invitamos a ingresar a nuestro sitio web, para indicarte los servicios con los que contamos.

Además, te ayudaremos a responder cualquier pregunta que poseas sobre los alquileres y, te acompañaremos en todo lo que requieras. Nuestro deseo es que conozcas el mundo inmobiliario en su totalidad, con el fin de tomar las mejores decisiones para tu proyecto o tu vida. Ser propietario de una vivienda puede ser complicado, pero estamos aquí para ayudarte con lo que necesites.

Si tienes alguna inquietud recuerda que, puedes realizarla en la sección de comentarios que se encuentra debajo de la publicación. También, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer.

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