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Vender la nuda propiedad es una práctica cada vez más habitual. Es que por medio de ella es posible transferir tu vivienda pero seguir viviendo en ella.

En este post te contaremos todo lo que necesitas saber de esta práctica y cómo puedes sacarle el mejor rédito. ¿Nos acompañas?

 

La nuda propiedad

Se trata del derecho de una persona sobre una cosa de la que es propietario, sin embargo, no puede usarla porque ese derecho se encuentra reservado a un tercero, que posee su usufructo.

Al adquirir una vivienda, un coche o cualquier otra cosa, lo más habitual es adquirir lo que se conoce como la plena propiedad o pleno dominio. Esto quiere decir que, el bien es nuestro y podamos hacer uso de él cuando lo deseemos. No obstante, estos dos derechos pueden ser divididos entre la nuda propiedad y el usufructo.

Hace referencia a la propiedad de la vivienda, en otras palabras, a quien es el dueño del bien. Mientras que, el usufructo se refiere al derecho a utilizar la casa en toda su extensión.

¿Qué es el usufructo?

Según el artículo 467 del Código Civil, el usufructo da derecho a disfrutar los bienes ajenos. El titular del usufructo, al que se llama usufructuario, tiene derecho a percibir todos los frutos naturales, industriales y civiles de la cosa (artículo 471).

Puede aparecer el usufructo por diversos motivos:

1. Por herencia: un testador deja la propiedad a una persona y el usufructo a otra o, la ley da la legítima al cónyuge sobre el usufructo de bienes en el caso de la sucesión no testamentaria.

2. Por compraventa: el propietario u otra persona que tenga ya el usufructo puede venderlo. Es decir, que el dueño podrá vender el usufructo y reservarse la propiedad. También, puede suceder al revés. Es decir, que una persona que es propietaria de un bien venda la propiedad, pero se reserve el usufructo.

Según cómo y por qué ha aparecido, el usufructo tiene una duración determinada. Dependerá entonces de su título inicial. Puede ser por un período determinado o condicionada a que suceda algún evento del que no se conoce el momento.

Es posible también que sea vitalicio. Así, el usufructo continuará mientras viva una o varias personas. Este es el caso más frecuente, porque no suelen darse usufructos de duración determinada.

La nuda propiedad y el usufructo: ¿qué diferencias tienen?

La nuda propiedad y el usufructo son derechos distintos. Te enumeraremos algunas de sus diferencias para que todo quede más claro.

  • El nudo propietario es el propietario pero no tiene el uso y disfrute.
  • El usufructuario tiene el uso y disfrute pero no la propiedad.
  • El nudo propietario solo podrá disfrutar de la vivienda cuando termine el usufructo.
  • El nudo propietario no puede alquilar la vivienda, pero sí vender la nuda propiedad a un tercero.
  • El usufructuario puede alquilar la vivienda y obtener una renta. También puede vender el usufructo a un tercero.
  • El usufructuario podrá disfrutar de la vivienda mientras dure su derecho.

Podemos resumir hasta aquí, que aunque el nudo propietario es el dueño de la vivienda, prácticamente no tiene nada. Es por eso que se dice que la nuda propiedad es la “propiedad desnuda”.

¿Es posible comprar solo la nuda propiedad de una vivienda?

La respuesta a esta pregunta es si, se puede comprar la nuda propiedad de una vivienda. Se trata de una opción que por lo general no se tiene en cuenta hasta que te la encuentras al momento de buscar vivienda.

Ventajas de estas transacciones

Comprar la nuda propiedad de la vivienda tiene sus ventajas a comparación del pleno dominio. El principal punto a favor se encuentra en el valor. Es posible obtener grandes rebajas sobre el coste de mercado de la vivienda si únicamente adquieres la nuda propiedad. Para ser precisos, podrás comprar entre un 30% y un 50% más barato. El descuento puede variar dependiendo de las condiciones del usufructo o bien, si se pacta o no un alquiler. A cambio, será necesario esperar para poder utilizar la vivienda.

Esta puede tratarse de una buena opción para comprar una vivienda de segunda mano si dispones de tiempo, no te molesta esperar y lo que más te interesa es el valor. Ten en cuenta que, es fundamental dejar todo bien aclarado en el contrato de compraventa.

Solicitar una hipoteca por la nuda propiedad

Una de las preguntas más frecuentes a la hora de comprar la nuda propiedad de una vivienda es qué sucede con la financiación. Las entidades bancarias conceden hipotecas para comprar la nuda propiedad de la vivienda. Es posible hipotecar la nuda propiedad, sin embargo, no el usufructo. Ten en cuenta que el usufructuario no es el dueño de la vivienda.

Podemos encontrar préstamos hipotecarios para la compra parcial de la vivienda. La diferencia con una hipoteca al uso es que el préstamo solo afecta a la nuda propiedad y eso puede verse reflejado en el coste de tasación de la vivienda en la hipoteca.

En todo caso, los préstamos hipotecarios sobre la nuda propiedad no representan una operación excepcional. Este tipo de compraventa crece a pasos agigantados, a un ritmo del 52% durante los últimos años. Es por esto que las entidades se han habituado a cubrir este tipo de situaciones.

Derechos del nudo propietario

  • Derecho de propiedad: el nudo propietario conserva la propiedad del bien aunque no tenga derecho a su uso y disfrute.
  • Derecho a que se le restituya el uso y disfrute: el nudo propietario recuperará el uso y disfrute del bien una vez se extinga el usufructo, consolidando en su persona el pleno dominio.
  • Derecho de hipotecar la nuda propiedad: el nudo propietario podrá solicitar un préstamo hipotecario sobre la nuda propiedad de un bien inmueble, aunque no disponga de su usufructo.
  • Derecho a realizar obras y mejoras: el nudo propietario puede realizar obras y mejoras en el inmueble usufructuado, siempre y cuando no perjudique con ellas al usufructuario.
  • Derecho a vender la nuda propiedad: el nudo propietario podrá vender la nuda propiedad a un tercero siempre y cuando se respeten los derechos del usufructuario. Aunque cambie el nudo propietario, el usufructuario seguirá disponiendo del uso y disfrute del bien.

Obligaciones del nudo propietario

  • Hacerse cargo de las reparaciones extraordinarias: el nudo propietario debe hacerse cargo del pago de las reparaciones extraordinarias del bien.
  • Hacerse cargo del pago de impuestos y tributos: el nudo propietario es el encargado del pago de todos los impuestos sobre el bien usufructuado, con la única excepción del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
  • Respetar el derecho del usufructuario: el nudo propietario no podrá, en ningún caso, realizar alteraciones en el bien que perjudiquen al usufructuario.
  • Hacerse cargo de los gastos de comunidad: según ha confirmado el Tribunal Supremo, es el nudo propietario el responsable de abonar los gastos de comunidad, y no la persona que disponga del usufructo.
  • Hacerse cargo de la hipoteca: en caso de que al constituirse el usufructo del bien este se encuentra hipotecado, será obligación del nudo propietario afrontar el pago de las cuotas correspondientes.

Nuda Propiedad: La mejor opción para vender si eres jubilado

Te sientes agotado, muy cansado, pero con ganas de experimentar nuevas aventuras. El esfuerzo de años de trabajo ha provocado que tengas una vejez en tu casa, para disfrutar del descanso, de las visitas familiares, un lugar en el que puedas disfrutar de lo que te resta de vida; que puede ser muchísima si se la sabe aprovechar.

No obstante, es común que el dinero que recibas de tu jubilación no sea suficiente para salir a buscar nuevos desafíos y surja el planteamiento de estrategias para obtener dinero. Con él, puedes viajar a dónde quieras, comprarte algo que deseas hace mucho tiempo o solamente darte la posibilidad de tener una mejor calidad de vida.

Si ya pensaste en todas las alternativas que se te vienen a la cabeza y ninguna te propone disfrutar y al mismo tiempo generar ingresos, la nuda propiedad es tu trampolín hacia la victoria.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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La posibilidad de un alquiler de vivienda asequible, es una de las mayores demandas de los últimos tiempos. Esto se debe principalmente, a los altos aumentos que suponen los costes de renta de los arrendamientos y la imposibilidad de hallar piso, producto de la escasa oferta de viviendas disponibles en el mercado inmobiliario. Descubre todo sobre el tema, en el siguiente post.

Adquirir una propiedad no es la opción predilecta por los más jóvenes, ya que buscan arrendamientos que se adapten a sus posibilidades económicas. Como las universidades y trabajos suelen ubicarse cerca de las zonas céntricas, los pisos más demandados se encuentran en estos sitios y no hay oferta suficiente para suplir esta necesidad.

La consecuencia más grave de este acontecimiento es que, los lugares que sí ofrecen lo que el arrendatario promedio necesita, presentan alquileres muy elevados. Esto ha llevado a un aumento exponencial de pisos compartidos y en muchos casos, no es posible afrontar el coste de renta que supone.

Ante estas circunstancias, quienes desean convertirse en inquilinos buscan los precios más bajos en alquileres. Sin embargo, conseguir un alquiler de vivienda asequible es un gran desafío y es por este motivo que, te indicaremos los mejores consejos para hallarlo de manera simple. ¡Sigue leyendo!

El aumento de los precios de renta: Una de las problemáticas de los inquilinos

Tomar la decisión de arrendar un piso es una de las cosas más importantes que se pueden realizar, pero a veces surgen contratiempos que demoran esta situación. Uno de los problemas que más inquietan a los inquilinos, son los precios de la renta del piso que desean alquilar.

El coste suele ser muy alto en Madrid o Barcelona, porque son las ciudades más solicitadas y como los inquilinos necesitan de una vivienda rápidamente, puede ocurrir que se paguen rentas impensadas. Aunque España es grande y cuenta con diferentes posibilidades para el alquiler, en las afueras de las ciudades no se observa una demanda tan grande y se desperdician muchos pisos que están listos para alquilar.

No obstante, el alquiler de vivienda asequible se está desarrollando desde hace unos años y ha ayudado a un sinfín de interesados a encontrar el sitio de sus sueños. Si bien, los precios del alquiler no proponen grandes rebajas, es una forma de contribuir a que los arrendatarios no destinen todos sus ingresos al pago del alquiler.

Alquiler de vivienda asequible: ¿la solución definitiva para terminar con la falta de pisos?

La inestabilidad que propone el mercado inmobiliario, con una demanda que no deja de crecer y una oferta casi nula, han llevado al planteamiento de un alquiler de vivienda asequible. En Madrid se viene implementando el Plan Vive, cuyo objetivo consiste en la construcción de viviendas asequibles.

Como los precios de los pisos que se ofrecen para el alquiler suelen ser altos, esta opción busca que muchos interesados en un piso no se queden sin la posibilidad de disponer de un sitio para vivir. Para adquirir este beneficio, se debe ser mayor de edad, residir en España y no poseer otra vivienda para vivir.

Es una gran alternativa, ante una oferta que no presenta muchas opciones para los inquilinos y donde la renta, puede llegar a tener un coste que supera el 50% de los ingresos. De modo que, es sumamente necesario que se invierta en este tipo de alquileres y que logren alcanzar a los arrendatarios que más lo requieran.

¿Cuál es el número de alquiler de vivienda asequible que necesita España?

De acuerdo a la información que brinda INE, es necesaria la construcción de casi quinientos mil propiedades para ayudar a los inquilinos. Un número que no es menor y que todavía el alquiler de vivienda asequible no ha logrado suplir, lo que supone muchos posibles inquilinos sin piso en donde vivir.

Además, existen diferentes tipos de vivienda asequible según las necesidades y para calcularlo, se debe tener en cuenta el esfuerzo económico que representa para el arrendatario. En el caso que se cuente con un alquiler asequible, el precio es más bajo que el que figura en el mercado y es posible que se destine un 30% al pago de la renta.

Sin embargo, cuando se habla de un alquiler social, los inquilinos no pueden afrontar grandes sumas económicas, por lo que los alquileres suelen tener costes de entre 500 y 600 euros. Esta propuesta es la que logrará terminar con el problema de los precios en las rentas de alquiler y la baja oferta de pisos disponibles.

¿Las viviendas de protección oficial son lo mismo que este tipo de arrendamiento?

Para poder alquilar un piso de vivienda de protección oficial, la propiedad deberá perder su condición de protegida. Este tipo de pisos no se parecen a los alquileres habituales, porque cumplen con una serie de particularidades sobre las dimensiones máximas y los precios límites.

Como el coste de venta es más bajo, el propietario recibe ayuda para llevar a cabo un precio máximo, algo que se debe obedecer para vender o alquilar la propiedad en cuestión. Por otra parte, se podrá alquilar la propiedad transcurridos 10 años, lo que implica una diferencia con las viviendas asequibles.

Las viviendas de alquiler asequible se encuentran dentro de las viviendas de protección oficial, aunque las primeras se realizan con el objetivo primordial de servir como instrumento para que los inquilinos, puedan acceder a un arrendamiento más bajo. Sin embargo, las viviendas de protección oficial se presentan como una ayuda para los propietarios, a la hora de vender o alquilar.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo, nos interesaría conocer si tienes alguna inquietud al respecto o cuál es tu opinión sobre este tema. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” que se encuentra debajo de la publicación.

Además, si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Si alguno de los electrodomésticos deja de funcionar ¿se puede pedir la cancelación del contrato de alquiler? Arrendar puede ser una experiencia maravillosa, pero qué ocurre si no se cumple con lo pautado en el contrato. En este post, te brindaremos toda la información que necesitas conocer sobre uno de los temas que mayores inquietudes genera en el mundo inmobiliario.

Conseguir un lugar para vivir puede ser uno de los deseos más importantes que puede tener una persona, pero muchas veces esto se ve opacado por inconvenientes que surgen en el camino. Deseamos que disfrutes de la mejor experiencia de esta aventura, por eso te indicaremos algunos aspectos que debes conocer.

En el caso de que los electrodomésticos dejaran de funcionar, se encontraran en mal estado al momento de alquilar o se rompieran debido a un mal uso del inquilino. Corresponderían distintas obligaciones y derechos por parte del arrendatario y del arrendador, todas estas cosas se encuentran estipuladas en el contrato de arrendamiento. Si quieres conocer si alguna de estos motivos puede desencadenar en la cancelación del contrato de alquiler. ¡Sigue leyendo!

¿Cómo funcionan los contratos de arrendamiento?

El contrato de arrendamiento de vivienda, es un contrato bilateral en el cual, se generan obligaciones para ambas partes contratantes. Las partes involucradas aceptan el convenio y se comprometen a cumplirlo de manera formal.

El arrendador se compromete a mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad, con una casa apta para el uso. El arrendatario, debe cumplir con la obligación de satisfacer el pago de la renta que figura en el contrato, sin excepciones.

¿Qué datos y cláusulas debe incluir?

Para que un contrato de alquiler pueda cumplir con su principal objetivo, que es el de regular el acuerdo entre propietario e inquilino, haciendo un equilibrio entre los derechos y las obligaciones de ambos, debe contar con ciertas características.

Por un lado, debe identificar de manera correcta a ambas partes implicadas y al inmueble en cuestión. Por el otro, debe dejar en claro todas las condiciones a las que estará sujeta la relación arrendador-arrendatario. De esta manera, mientras más explícito sea el contrato, menos inconvenientes podrán surgir en el futuro. También será más fácil para ambos reclamar ante un incumplimiento. 

En este sentido, es altamente recomendable contar con la participación de un profesional, como un abogado, para que redacte y participe de la firma de dicho documento.

Reparaciones a cargo del propietario

Entre las obligaciones del propietario, se encuentran aquellas reparaciones que se necesitan para el mantenimiento de elementos estructurales o de suministros básicos. Aquí se hace referencia a las reparaciones eléctricas, de calefacción o climatización, suelo, techo y paredes, la sustitución de electrodomésticos, arreglo de cañerías y similares.

La reparación de un electrodoméstico solo corresponde al propietario, si se trata de una avería importante; siempre que no se haya ocasionado por negligencia o mal uso por parte del inquilino.

Reparaciones que debe asumir el inquilino

El arrendatario está obligado a costear las reparaciones que corresponden al uso habitual de la vivienda y que son necesarias para mantenerla en buen estado. Entre ellas, la sustitución de bombillas, reparación de grifos o cisternas, persianas, bisagras y cerraduras, entre otras cosas por el estilo.

El inquilino debe pagar la reparación de cualquier avería que se haya producido por un mal uso o negligencia de su parte; ya que se detalla expresamente en el contrato de alquiler.

¿Puede existir cancelación del contrato de alquiler por incumplimiento a lo acordado?

Si alguna de las partes incumple con lo acordado, se puede apelar al artículo 11 de la ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en el que se indica que:

“El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, si han transcurrido al menos seis meses de habitabilidad en el lugar, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, el arrendatario deba indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir.

Los periodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización”.

Sin embargo, en el artículo 21.1 de la ley, se establece la obligación que pesa sobre el arrendador, debiendo realizar todas las reparaciones que sean necesarias, para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido.

El arrendatario podrá pedir la anulación del contrato por las siguientes causas: “la no realización por parte del arrendador de las reparaciones a las que se refiere el artículo 21 o la perturbación de hecho o de derecho, que realice el arrendador en la utilización de la vivienda”.

¿Cuáles son las condiciones de habitabilidad?

El contrato de arrendamiento, sirve para que se cumplan los derechos y obligaciones que le corresponde a cada parte interviniente en el acuerdo. Pero, no existe en ningún apartado de la ley, una clarificación de las condiciones de habitabilidad.

Se recurre a la jurisprudencia con el objetivo de evaluar si es posible cancelar el contrato de alquiler, ante un inconveniente ocurrido por alguna de las partes que se encuentran en conflicto.

¿Tienes alguna inquietud sobre el tema? ¡Comunícate con Oi Real Estate!

Luego de leer este artículo sobre la cancelación del contrato de alquiler, nos interesaría conocer si tienes alguna inquietud al respecto o cuál es tu opinión sobre este tema. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” que se encuentra debajo de la publicación.

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En un momento en el que el mercado inmobiliario tiene que hacer frente a muchos problemas coyunturales, tenemos que hablar de las previsiones para el 2024. Es que debemos tener presente que son muchos los problemas económicos, que han producido consecuencias en el mercado.

Una de las primeras situaciones que se deben tener en cuenta, tiene que ver con una drástica caída en el último año de los jóvenes de entre 18 y 34 años en el mercado. Durante el año pasado, un 48 por ciento de jóvenes han interactuado de alguna manera en el sector. En lo que va de este año, solo alcanzó el 41 por ciento.

Ahora si comparamos estos valores, con las cifras del mes de agosto del 2022, se llegó al 50 por ciento.

En este post te contaremos todo lo que tienes que saber sobre las previsiones del mercado inmobiliario para el 2024 y los problemas que deberá enfrentar el sector. ¿Nos acompañas?

Modificaciones en la participación de los jóvenes en las previsiones del mercado inmobiliario para el 2024

Según el informe realizado por Fotocasa, sobre la forma en que los jóvenes participan y cómo evoluciona su presencia del sector inmobiliario para el 2024, se ha producido un cambio importante en el último tiempo. Allí se ha registrado una caída drástica respecto al año anterior. Los datos reflejan que, en lo que va del 2023, un 41 por ciento de los jóvenes de entre 18 y 34 años, han interactuado en el mercado de alguna manera. Si lo comparamos con el año anterior, la cifra alcanzaba un 48 por ciento.

Es importante que tengamos en cuenta, que por ejemplo en el mes de agosto del 2022,  esta participación alcanzo un 50 por ciento. Esto sucedió en un momento en el que se había impulsado el arranque del curso académico y laboral, con lo que la búsqueda de un alojamiento propició esta subida.

Pero veamos un detalle un poco más fino sobre estos datos:

  • En el colectivo de jóvenes de entre 18 y 24 años, en el 2022 han tenido una participación del 42 por ciento. En lo que va del 2023, ha descendido al 32 por ciento.
  • Los jóvenes de entre 25 y 34 años, por su parte, han registrado una participación del 51 por ciento en el año anterior y en lo que va del corriente año, llego al 46 por ciento

Otro dato interesante que surge del informe tiene que ver con los compradores no efectivos. Con esto nos referimos a jóvenes que han intentado adquirir una vivienda y no lo han conseguido. Según este informe, en el 2022 había sido de un 22 por ciento, mientras que en el corriente año fue del 16 por ciento.

Respecto al mismo aspecto pero para el alquiler de una vivienda, se ha informado también una baja. En lo que va de este año, ha sido de un 8 por ciento. Durante el año anterior, ha llegado al 13 por ciento. 

Detalles de las previsiones del mercado inmobiliario

A la hora de analizar estos datos, surgen algunas explicaciones ante las previsiones del sector inmobiliario para el 2024. Es que tenemos que tener en claro que si bien los menores de 35 años, continúan siendo un sector muy activo en el mercado, son los que deben enfrentar las mayores dificultades a la hora de acceder a una vivienda. Por otro lado, en este grupo etáreo, explica, es en el que se observa una mayor frustración. Esto tiene que ver con que la mayoría de ellos, tiene que alquilar un inmueble, ya que no tienen posibilidades de adquirir una vivienda.

Para analizar estas cifras registradas por el informe, no podemos dejar de hablar del contexto económico. Es que para poder analizar las previsiones del mercado inmobiliario para el 2024, tenemos que tener claro donde estamos parados en este momento.

La precaria e inestable situación económica, sumado a la inflación y el alto coste de la vida diaria, son algunos de los problemas que tiene que sortear la sociedad a la hora de pedir una hipoteca o comprar una vivienda. Para ello, será necesario ahorrar, y hoy en día es cada vez más difícil, más aún si tenemos en cuenta las subidas en los tipos de interés. Si, por otro lado, analizamos las posibilidades para el arrendamiento, ahí surgen otras complicaciones. Recordemos por un lado, las subidas en los precios de los alquileres. También, las presiones inflacionarias y el endurecimiento en las solicitudes para poder acceder a una renta.

Todas estas situaciones hoy en día limitan mucho las posibilidades de los jóvenes de acceder al mercado inmobiliario. Y son los jóvenes los que más difícil ven sortearlos. 

Algunos datos importantes a tener en cuenta sobre la situación actual

Al realizar una comparación general sobre la participación de los jóvenes dentro del sector inmobiliario, tenemos que dejar en claro que sigue siendo bastante importante. Esto se debe a que el conjunto de la población de nuestro país de más de 18 años, en los últimos 12 meses ha participado en un 28 por ciento.  Debemos tener presente que el mercado, muestra una importante contracción. Por ejemplo, se ha registrado en este grupo etáreo en particular, una bajada de 4 puntos al compararlo con los datos del mismo mes del año anterior al registrar un 32 por ciento. Si, por otro lado cotejamos con los datos del mes de febrero del 2022, la merma ha sido de 4 puntos porcentuales, con un 31 por ciento.

Si realizamos una distinción entre las transacciones para la compraventa y el alquiler, debemos decir que ambos mercados han registrado disminuciones en cuanto a las operaciones. Aunque en el caso de las adquisiciones de vivienda, la caída ha sido mayor. Las previsiones del mercado inmobiliario han registrado que los jóvenes, en febrero del año pasado han tenido un protagonismo del 25 por ciento. Luego, en el mismo mes este año, se informó un descenso a un 20 por ciento.

Al analizar los datos respecto a las rentas, la caída ha sido menos abrupta. En febrero del 2022,  la incidencia de los jóvenes ha sido del 31 por ciento. Luego, en el corriente año, descendió hasta un 28 por ciento.

En Oi Real Estate buscamos constantemente la forma de ayudar a todos nuestros clientes a cumplir sus objetivos y sueños. Contamos con un equipo de profesionales idóneos y capacitados para brindarte una asesoría personalizada. Por ello, si estás pensando en vender tu vivienda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Tenemos más de diez años de experiencia en el mercado inmobiliario y estaremos encantados de trabajar para ti.

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En el último tiempo, ha aumentado el perfil de herederos jóvenes según el informe realizado por Fotocasa Research. Este documento ha especificado que en este momento, el 17 por ciento de la oferta en el mercado de vivienda, proviene de herencias.

Los datos que arroja este informe, demuestran una evolución respecto al perfil del heredero que cuenta con una propiedad para vender o alquilar. Este relevamiento muestra que los jóvenes, entre los 25 y 34 años están más presentes en este mercado. En el año 2020, por ejemplo, este porcentaje alcanzaba un 8 por ciento. Por otro lado, para el 2023, este segmento representa el 15 por ciento.

El hecho de que este colectivo se incremente, puede ser sumamente positivo. Es que tenemos que tener presente que hoy en día, este segmento de la sociedad es el que más problemas tiene para acceder a una propiedad. Por ello, las herencias podrían ser una forma de obtener una solución a este problema.

Pese a esta situación, hay otro punto que debemos tener en cuenta. El impuesto de sucesiones, es un gran problema para los jóvenes. Esto se debe a que muchos de ellos no cuentan con un ahorro que le permita afrontar este tributo, y su situación laboral suele ser precaria.

En este post te contaremos todo lo que debes saber respecto al aumento del perfil de herederos jóvenes y la forma en que se han incorporado en el mercado residencial.. También haremos referencia a los precios de las viviendas en este sector y cómo podría continuar su evolución. ¿Nos acompañas?

El perfil de herederos jóvenes gana terreno en el mercado residencial tanto para la venta como para el alquiler de viviendas

Desde el portal Fotocasa Research han presentado un informe llamado “Análisis de las viviendas heredadas en España”. Mediante este documento ha sido posible conocer algunos detalles sobre los propietarios que han decidido poner en venta sus propiedades o alquilarlas.

El primer datos que debemos establecer, tiene que ver con el aumento del perfil de herederos jóvenes en nuestro mercado residencial. En este momento, el 17 por ciento de la oferta que se encuentra en el sector proviene de herederos que han incorporado sus herencias para vender o alquilar.

Dentro del mercado, el perfil más importante para este tipo de operaciones es de personas mayores de 54 años. Pese a ello, en el último tiempo los jóvenes han aumentado su participación. En primer lugar, debemos aclarar a que nos referimos a jóvenes de entre los 25 y 34 años. En el 2020, este segmento, significaba solo el 8 por ciento, mientras que en este año ha registrado un incremento hasta llegar al 15 por ciento.

Problemas que acarrea el perfil de herederos jóvenes en el sector inmobiliarios

El perfil de heredero que más tiene importancia dentro del sector inmobiliario es de personas mayores de 50 años. Esto se debe principalmente a que la mayor parte de esa población ya es propietario de una vivienda.

El hecho de que el perfil de herederos jóvenes aumente su importancia, es positivo. Esto se debe a que es un sector de la población que tiene más problemas para poder acceder una vivienda. Por lo tanto, muchos de ellos, gracias a las herencias podrían encontrar una solución habitacional.

Pese a ello, tenemos que tener presente que para poder quedarse con esa vivienda, será necesario hacer frente al impuesto de sucesiones. Este será un importante escollo a sortear. Debido principalmente a que la mayoría de ellos no cuenta con dinero disponible, o ahorros que les permita poder abonarlo. A ello, debemos agregar la situación laboral precaria a la que deben hacer frente los jóvenes. De esta forma, muchos de ellos tienen que vender o alquilar la propiedad, por la incapacidad de hacer frente a los gastos necesarios para aceptar una vivienda.

Situación socioeconómica del perfil de herederos

Respecto a este tema, tenemos que tener presente que casi 6 de cada 10 personas que reciben una herencia, que decide vender o alquilar esos inmuebles recibidos, pertenece a un índice socioeconómico elevado. Esto significa que forma parte de una clase alta o media alta. Si a esta fracción le agregamos a la clase media, estaremos haciendo referencia del 90 por ciento de quienes heredan y deciden incorporar estos inmuebles al mercado.

Otro punto a tener en cuenta es que 7 de cada 10 herederos, que deciden incorporar sus viviendas al mercado residencial se encuentra en pareja. De manera más precisa, nos referimos a un 28 por ciento, y con pareja e hijos, un 39 por ciento.

Por otro lado, quienes viven solos, representan en este momento el 16 por ciento, mientras que en el 2020,  significaban el 7 por ciento de este sector.

Respecto a la situación del perfil de herederos en la Comunidad Valenciana, se ha visto reducida al compararla con el 2020. En este momento, quienes incorporan al mercado sus herencias, alcanzan el 9 por ciento, mientras que hace tres años atrás, representaba el 18 por ciento. En Madrid, por otro lado el porcentaje alcanza el 26 por ciento, lo que significa una subida al comparar con el año anterior cuando llegaba al 13 por ciento. 

Cuál es la percepción por parte de los herederos sobre el precio de las viviendas

Otro dato interesante del informe tiene que ver con la forma en que los herederos, que deciden incorporar sus propiedades dentro del mercado inmobiliario, perciben los precios de las propiedades. Un 86 por ciento de ellos, entiende que los valores son altos o muy altos para la compraventa de inmuebles. Respecto a los alquileres, opina lo mismo un 81 por ciento de los consultados.

A la hora de hacer referencia a cómo prevén que los precios podrían continuar evolucionando, más de 6 de cada 10 ofertantes, considera que continuará subiendo. Un 62 por ciento de las personas suponen ello del precio de compraventa. Por otro lado el 64 por ciento supone que continuará incrementando el valor de los alquileres.

En Oi Real Estate buscamos constantemente la forma de ayudar a todos nuestros clientes a cumplir sus objetivos y sueños. Contamos con un equipo de profesionales idóneos y capacitados para brindarte una asesoría personalizada. Por ello, si estás pensando en vender tu vivienda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Tenemos más de diez años de experiencia en el mercado inmobiliario y estaremos encantados de trabajar para ti.

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La ley de vivienda ha traído cambios en el IRPF. Al ser una nueva normativa, ha generado dudas e incertidumbre en la población. Es que en ella se incorporan distintos porcentajes de deducciones para los contribuyentes que cumplan una serie de requisitos.

En este post te contaremos cómo se ha modificado el IRPF en la ley de vivienda. También detallaremos los aspectos que debes tener presente para tu próxima declaración. ¿Nos acompañas?

Primeros puntos a tener en cuenta que aún no están claros sobre el IRPF en la ley de vivienda

Las reducciones del IRPF en la ley de vivienda, generan un poco de incertidumbre en la comunidad. Es que, por un lado, dentro de la Disposición Final Segunda se fija la entrada en vigencia de las nuevas reducciones en los contratos que se hayan celebrado luego de la incorporación de la normativa. La publicación en el Boletín Oficial se ha efectuado el día 26 de mayo.

La duda que se presenta, es el momento en el que la aplicación de estas reducciones comenzará. Esto se debe a que generalmente comienzan a correr en el inicio del año siguiente.

Según ha explicado la Agencia Tributaria mediante una nota informativa, dependerá de si el contrato se ha efectuado antes o después del primero de enero del año que viene. Sin embargo, no es la única interpretación. Por ejemplo, el abogado Pablo Gonzáles Vázquez ha explicado que será necesario una distinción con las transacciones que se efectuaron entre la entrada de vigencia de la normativa y el  inicio del año que viene.

Según Gonzáles Vázquez, los contratos que se hayan firmado antes de la incorporación de la normativa, deberán contar con una reducción del 60 por ciento que se preveía dentro de la regulación anterior. Luego, para los que se hayan realizado entre la entrada en vigencia de la normativa y fin de año tendrán esa misma reducción y a partir del año siguiente, les correspondería las nuevas deducciones. 

La reducción IRPF en la ley de vivienda sobre el alquiler turístico

La reducción en el alquiler del IRPF se establece únicamente para las rentas de viviendas de larga duración. Pese a ello, se ha solicitado en distintas oportunidades la posibilidad de aplicarlo a los arrendamientos turísticos y de temporada.

Respecto a ello, desde Hacienda, han explicado que no será posible. Esto se debe a que lo que se busca con este beneficio es poder aumentar la cantidad de oferta de alquileres y además reducir el coste de ellos.

Al entrar en vigencia la ley de vivienda, hay una nueva polémica. Es que en ella se establece un nuevo concepto de vivienda. Allí no se exige que la vivienda deba satisfacer las necesidades permanentes, por ello, algunos entendidos  explican que esta interpretación no tendría el mismo propósito original para establecer este beneficio.

Pero, veamos más específicamente que dice la ley de vivienda respecto a las definiciones. Allí se establece que en la normativa, siempre y cuando no entren en contradicción con las regulaciones en materia de vivienda de las administraciones competentes y para los efectos de regulación, se entiende a la vivienda como: “un edificio o parte de un edificio de carácter privativo y con destino a residencia y habitación de las personas, que reúne las condiciones mínimas de habitabilidad exigidas legalmente, pudiendo disponer de acceso a espacios y servicios comunes del edificio en el que se ubica, todo ello en conformidad con la legislación aplicable y con la ordenación urbanística y territorial”.

Según explica José María Salcedo, sobre este tema, con este cambio sobre la definición de la vivienda, podría establecerse la reducción para la renta turística y de temporada. Pese a ello aclara, que no necesariamente podrá ser así. Es que si analizamos la finalidad que ha llevado a la incorporación de esta normativa, no se cree que se permita beneficiar esta clase de renta.

Cuáles son las reducciones para los arrendadores

Con la entrada en vigencia de la nueva ley de vivienda, se fijan nuevos cambios para la reducción del IRPF. Estos cambios se incorporaron dentro del artículo 23.2. Allí se fijan beneficios del 90, 70, 60 y 50 por ciento, respecto a los rendimientos del capital inmobiliario, dependiendo de distintos requisitos.

Rebaja del 90 por ciento:

Esta reducción será aplicada cuando se realicen contratos de arrendamiento de viviendas emplazadas dentro de zonas tensionadas. Para que pueda practicarse, deberá reducirse el 5 por ciento de la última renta del contrato anterior, luego de aplicar la cláusula de actualización anual del contrato anterior.

Para el 70 por ciento de la rebaja del IRPF en la ley de vivienda, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

Esta deducción se realizará en dos situaciones distintas. La primera, tiene que ver con que el contribuyente coloque el inmueble en alquiler por primera vez. Además debe estar emplazada en una zona tensionada y su arrendatario debe tener entre 18 y 35 años.

La segunda opción se establece para arrendatarios que sean entidades públicas o sin fines de lucro. Debe destinar la vivienda al alquiler social. Además la renta mensual debe ser menor a la establecida en el programa de ayudas de alquiler en el plan estatal de vivienda. También puede ser obtenida si el inmueble se destina al alojamiento de personas vulnerables económicamente, alcanzados por la Ley 19/2021. 

Reducción del IRPF del 60 y del 50 por ciento

La reducción del 60 por ciento se permitirá en los contribuyentes que hayan realizado rehabilitaciones en la vivienda que hayan concluido en los últimos 2 años anteriores al contrato firmado. Cabe aclarar que estas actuaciones incluirán las rehabilitaciones subvencionadas. También serán consideradas las reconstrucciones de vivienda. Para ello la obra debe superar un coste del 25 por ciento del valor por el que la vivienda haya sido adquirida o del valor del mercado.

Por último, el beneficio del 50 por ciento del IRPF en la ley de vivienda, se podrá aplicar cuando la vivienda se ponga en alquiler y no se puedan considerar ninguno de los otros beneficios.

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En los últimos datos obtenidos respecto a la rentabilidad de vivienda compartida, se ha informado que es mayor al de un alquiler tradicional. Debemos aclarar, que estos datos, como siempre varían dependiendo de la localidad en la que se encuentre el inmueble. Pero el promedio se ha situado en el 9,5 por ciento.

Según se ha podido conocer, las personas que decidan alquiler por ejemplo, habitaciones de su vivienda, obtienen una rentabilidad de casi un 50 por ciento más que colocando la vivienda completa en alquiler.

Este tipo de opción, ha crecido principalmente luego de la incorporación de la nueva ley de vivienda. Es que mediante ella, se busca establecer una limitación para los precios de los alquileres. Esta situación ha llevado a los propietarios a buscar nuevas opciones para obtener rendimientos  mayores con sus propiedades. Y, al parecer, la vivienda compartida es una muy buena opción.

En este artículo te contaremos todo lo que necesitas saber sobre la diferencia de rentabilidad de vivienda compartida, las opciones y localidades donde es una mejor inversión. ¿Nos acompañas?

La rentabilidad en la vivienda compartida

Desde el portal Fotocasa, han presentado un informe en el que evalúan la rentabilidad de la vivienda compartida en nuestro país. Estos datos surgen del análisis de precios del mes de septiembre del corriente año. Mediante él se establece que una propiedad que cuenta con 80 metros cuadrados, puede alcanzar un porcentaje de un 6.2 por ciento. Por otro lado, para la vivienda compartida, llega a un 9.5 por ciento. Por lo cuál, la diferencia entre un tipo de alquiler y el otro ronda un 3.3 por ciento.

Según este documento, la rentabilidad a la hora de alquilar una propiedad por habitaciones puede llegar hasta casi un 50 por ciento más que la renta de la vivienda tradicional.

Tenemos que tener presente que al aprobarse e incorporarse la nueva ley de vivienda, muchos propietarios han decidido volcarse a este tipo de renta. Es que la nueva normativa, establece la limitación de precios, lo que imposibilita que los propietarios puedan fijar los valores. Por ello, se encuentran explorando otras opciones que les permitan obtener rendimientos mayores.

Actualmente, el precio promedio de una habitación para la renta es cercana a los 445 euros. Por otro lado, para las viviendas de alquiler tradicional, el valor promedio alcanza los 900 euros. Teniendo en cuenta estos parámetros, podemos decir que si cuentas con un inmueble con varias habitaciones, podrás obtener mayor rentabilidad colocando el alquiler dentro del régimen de vivienda compartida. Por ello, es una opción que cada vez más propietarios eligen.

Sin embargo, hay otro punto que tenemos que tener en cuenta sobre los inquilinos. Para ellos, es cada vez más difícil poder rentar una vivienda completa, por lo que es más frecuente que busquen este tipo de opciones. Debido a esto, los titulares que decidan incorporarse a este mercado, tendrán bastantes interesados. 

Cuáles son las Comunidades que cuentan con una rentabilidad mayor en la vivienda compartida

A continuación, analizaremos los datos respecto a la rentabilidad de la vivienda compartida en distintas comunidades de nuestro país. Para ello, estableceremos como parámetro la rentabilidad que se obtiene entre una vivienda de 80 metros cuadrados en comparación por una vivienda que cuente con 3 habitaciones.

Rentabilidad de vivienda compartida

Qué sucede en los municipios respecto a la rentabilidad de los alquileres

En los distintos municipios, también se ha registrado una diferencia a favor de la vivienda compartida respecto a la rentabilidad. Tenemos que tener presente que, entre cada una de las localidades, la forma en que se establece la oferta y la demanda juega un papel importante a la hora de fijar los precios.

En el caso de municipios, por ejemplo Pamplona, se ha informado una diferencia del 4 por ciento respecto a las dos opciones de alquiler. Pero veamos un poco más en detalle los datos. Para la renta de viviendas tradicionales, la rentabilidad es del 4,5 por ciento. Para la opción de vivienda compartida, ésta aumenta hasta el 8,5 por ciento.

Cabe aclarar que el cálculo se realiza teniendo como referencia un inmueble de 80 metros cuadrados, que cuente con 3 habitaciones para alquilar.

A continuación detallaremos los municipios que tienen una rentabilidad de vivienda compartida más alta:

  • El primero es L’Hospitalet de Llobregat: allí el alquiler tradicional cuenta con una rentabilidad del 8,9 por ciento. Para la vivienda compartida, alcanza el 9,1 por ciento
  • Alcoy, se sitúa en el segundo puesto con un 7,2 por ciento en el tradicional y 9 por ciento en la compartida
  • Elche, por su parte, cuenta con el 7,1 y el 8 por ciento respectivamente
  • En Murcia capital, es de 6,9 por ciento contra el 9,2 por ciento en la compartida
  • Cartagena cierra esta lista con el 6,9 por ciento de rentabilidad para el alquiler de vivienda tradicional contra el 10 por ciento para el alquiler de habitaciones.

Conclusiones

La imposibilidad de acceder al alquiler de una vivienda ha sido uno de los grandes responsables del aumento de propietarios que deciden colocar una vivienda para alquiler compartido. Es que los altos precios de propiedades para la renta y la nueva ley de vivienda han generado mucha incertidumbre para los titulares de vivienda a la hora de decidir poner sus inmuebles en este mercado.

Esto tiene que ver, por un lado, debido a las limitaciones que se establecen a la hora de fijar un precio. Por el otro, la inseguridad jurídica y el miedo de caer presos de los okupas.

Por ello, cada vez es más la cantidad de personas que deciden optar por la vivienda compartida. Es que la rentabilidad que este tipo de operaciones puede brindar es mejor y los precios son más accesibles para los inquilinos.

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¿Estás por firmar un contrato de alquiler y tienes dudas? ¿Quieres que todo esté como corresponde para evitar problemas futuros? En este post te damos algunos consejos que te darán tranquilidad. No dejes de leerlo!

Antes de firmar el contrato de alquiler, debes visitar el piso o la casa que quieres alquilar. Contacta con el agente inmobiliario o con el propietario para coordinar una visita. Si bien hoy hacemos casi todo a distancia y en la web podrás “caminar” por la zona y ver fotos y videos detallados de la vivienda, evita sorpresas. Debes coordinar una visita y chequear por tí mismo.

No confíes en fotos y descripciones, por bonitas y honestas que parezcan. La sensación que te genera un piso al verlo en persona puede variar de lo que percibas a través de fotos o vídeos. Además, muchos aspectos del estado y contenido del piso constarán en el contrato de alquiler. Debes verificar la exactitud de lo que diga el contrato.

Consejos que debes tener en cuenta al visitar un piso

Humedad

Revisa que no haya manchas de humedad. La humedad en paredes y techos es muy desagradable. Genera malos olores, se ve mal y es muy difícil sacarla. Al mismo tiempo, respirar las esporas de hongos es peligroso para la salud. Especialmente en caso de adultos mayores y niños. Por eso siempre debes revisar que la casa no tenga manchas negras de hongos. Por lo general, se forman en las áreas con una humedad elevada y persistente: en el baño y en la cocina.

Instalaciones

Revisa que el material del piso se encuentre en buen estado. Si eres de caminar descalzo, imagina si pisarías alí. Descarta directamente los pisos de alfombra: no son higiénicos. Revisa también que las ventanas y aberturas cierren correctamente y no vibren con el viento. De lo contrario, podrías encontrarte con dificultades para conciliar el sueño en noches ventosas. Abre y cierra los grifos. Enciende y apaga las luces.

Mobiliario

Aunque hay personas que prefieren viviendas sin amueblar, son muchos los que buscan un piso en alquiler ya amueblado. Hay que tener presente que los muebles hacen más grandes y acogedores los espacios, si se saben elegir bien. En este sentido, lo mejor son muebles básicos y funcionales. Que haya lo necesario para tu estilo de vida, no más. Verifica que haya suficiente espacio para guardar ropa en armarios o clósets.

Deja por escrito los acuerdos

Los contratos de alquiler se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos. La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

Si bien la ley establece ciertos parámetros, derechos y obligaciones mínimas para cada parte, hay determinadas cuestiones que pueden quedar libradas al acuerdo entre las partes. Así lo establece el artículo 4: “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes”. Si las partes pactan que se permite el subarriendo por parte del inquilino, ello debe plasmarse en el contrato.

Por ello es importante que, en el caso de realizar acuerdos permitidos por la ley, estos consten por escrito en el contrato. Si luego de años de alquilar un piso, surge un problema sobre el cual acordaste oralmente algo con la otra parte, será difícil estar seguros de qué se había acordado. Como dice el dicho: “a las palabras se las lleva el viento”. Mejor por escrito.

Lee detenidamente el contrato de alquiler

Tomate el tiempo necesario para leer detenidamente tu contrato de alquiler. Pide al propietario o al agente inmobiliario que te lo envíen con anterioridad por correo electrónico. De esta manera podrás leerlo sin apuro y ante cualquier duda podrás consultar con un agente inmobiliario. No sientas temor ni vergüenza por preguntar todo lo que te genera dudas: cuentas claras mantienen la amistad. Los contratos rigen por un período prolongado, mejor estar seguros.

Contrato de alquiler: Empadronamiento

Si has firmado contrato para mudarte a un municipio en el que no residías hasta ahora, uno de los primeros trámites que debes hacer es registrarte en el padrón municipal. El empadronamiento es el documento que acredita el tiempo de permanencia en territorio español, independientemente de tu nacionalidad o de tu situación legal. Es decir, debes hacerlo si tienes o no residencia (o bien, si la misma se encuentra en trámite). Inscribirse en el padrón acredita que eres vecino del municipio.

Beneficios

El empadronamiento facilita el acceso a determinados derechos, como la asistencia sanitaria pública o la escolarización básica de los menores, y es un requisito para la mayoría de los trámites relacionados con la Ley de Extranjería (reagrupamiento familiar, arraigo social, etc). Seas español, miembro de la Unión Europea o exatranjero, debes realizar el trámite de empadronamiento.

Estudiantes extranjeros

Si eres un estudiante no español y tampoco perteneces a la Comunidad Europea, debes obtener la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero). La TIE es la tarjeta de identificación en la que aparecerá el NIE (Número de Identificación del Extranjero) y toda la información necesaria sobre tu situación como estudiante, como el motivo de la concesión o la fecha de validez. Si eres estudiante extranjero y no realizaste el empadronamiento en el ayuntamiento local, no podrás tramitar y obtener la TIE

Contrato de alquiler: Fianza.

La LAU establece en su artículo 36 las condiciones de la fianza de alquiler que debe entregar el inquilino. La fianza actúa como depósito en garantía para el propietario. Esto es así, porque el propietario podrá usar ese dinero para reparar los desperfectos y deudas que pudiera haber ocasionado el inquilino una vez terminado el contrato de alquiler. La ley determina el monto de fianza en el equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda. Si quieres saber cómo se recupera la fianza de alquiler, en este post, te contamos todo lo que necesitas saber.

Garantías adicionales

En el mismo artículo 36, la LAU establece que “las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico”. Ello se condice con lo indicado en el artículo 4 respecto de que “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes”.

En definitiva, por acuerdo de arrendador y arrendatario, pueden incluirse garantías adicionales a la fianza. Claro está que cuando se incluyen este tipo de cláusulas, son impuestas por el propietario como requisito para dar la vivienda de su propiedad en alquiler. Si quieres saber qué tipo de garantías adicionales son usuales, te invitamos a leer el siguiente post.

lectura recomendada

Lectura recomendada: Garantías para alquilar un piso

Consejos sobre tu contrato de alquiler. ¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?

Si necesitas asesoramiento con tu contrato de alquiler, puedes recurrir a Oi Real Estate, donde ofrecemos un servicio premium en gestión de alquileres.

¿Estás buscando piso, te ayudamos a encontrarlo rápidamente? Si eres propietario y quieres poner tu piso o casa en alquiler, hacemos el inventario, nos encargamos integralmente de la publicación, seleccionamos a los candidatos con base en un estudio de solvencia, estudiamos la documentación y redactamos el contrato conforme la ley actualizada.

Además contamos con firma digital en todo tipo de documentos, nos encargamos de la entrega de llaves y de los cobros y pagos de alquiler. Incluimos un seguro de impago y pintamos de manera gratuita el piso luego de que se marche un inquilino.

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La temporada de verano es uno de los mejores momentos del año para invertir en algunas propiedades y rentarlas a las personas durante sus vacaciones. Sin embargo, es importante conocer en cuáles playas de todo el país es más rentable el alquiler de vivienda y cómo se manejan los precios.

Son muchas las costas que ofrecen un gran atractivo turístico, lo que con lleva a que los inversores de alquileres puedan ganar mucho más dinero. Lo importante es saber cómo se valora el metro cuadrado en este tipo de propiedades vacacionales para tener una idea de dónde es mejor invertir.

¿Por qué invertir en el alquiler de vivienda vacacional?

La principal razón para invertir en una casa vacacional es que se puede tener un lugar seguro al momento de hacer los planes de vacaciones. Sin embargo, el tema del alquiler de vivienda cerca de las playas es diferente, ya que otras personas tienen acceso al inmueble durante un tiempo.

Alquilar estos inmuebles ayuda a generar muchos ingresos en ciertas épocas del año, dependiendo de la zona donde está ubicada la casa y la playa. En el borde geográfico del país hay gran cantidad de playas, pero no todas tienen las características necesarias para ser un buen lugar para invertir.

Un beneficio de tener una propiedad de este tipo en alquiler es que hay muchas personas que prefieren rentar al vacacionar que comprar su casa. Esto sin duda es una buena razón para arriesgarse en el mercado inmobiliario y comenzar a invertir en el área de turismo de forma independiente.

Además, gracias al dinero que se recibe por la renta, se puede tener un mantenimiento constante de la propiedad sin colocar capital propio en obras. Es como una empresa que se sustenta a sí misma, por lo que no representa gastos y también aumenta el valor de las propiedades personales.

Otra ventaja es que se puede invertir en varias playas, ya que no es la vivienda principal, sino una que se considera como segunda vivienda. Es un consejo para inversores que tienen capitales más grandes y se pueden arriesgar a tener casas vacacionales para alquilar en varias partes del país.

Las playas más cotizadas se encuentran comúnmente en zonas del sur del país, ya que las temperaturas son más fuertes durante la temporada de verano. Y cada una tiene un precio distinto con respecto al metro cuadrado, que pueden variar según distintas características propias de la provincia donde están ubicadas.

Las playas más buscadas para el alquiler de vivienda

Andalucía es la Comunidad Autónoma que tiene la mayor cantidad de playas que son muy buscadas para invertir en propiedades para el alquiler de vivienda. Sin embargo, hay otras regiones del país que también son muy cotizadas y que son perfectas para invertir y tener ingresos por renta en vacaciones.

Aquí resaltaremos las más importantes con los precios de las viviendas por metro cuadrado que le correspondan a cada sitio turístico.

Las mejores playas de Andalucía para alquilar

La mejor playa para alquilar es la Playa Torre de Mar, ubicada en Vélez-Málaga, con 1.944 euros por metro cuadrado como precio por la vivienda. Le siguen Mata las cañas en Huelva por 1.202 euros por metro cuadrado, Islantilla con 967 euros y El Zapillo en Almería con 1.359 euros.

El Principado de Asturias y sus hermosas costas

El Principado de Asturias es una región ubicada en el norte y a pesar de que no tiene muchas playas demandadas, sí hay algunas importantes. Entre ellas la que más resalta es la Playa España en el Concejo de Villaviciosa, donde el metro cuadrado por vivienda cuesta unos 1.572 euros.

El alquiler de vivienda en las playas de las Islas Baleares

Aquí resaltamos en primer lugar la Cala Millor, que se encuentra en Manacor y que tiene un costo de unos 1.678 euros por metro cuadrado. También están la Playa Can Picafort en Alcudia con 12,37 euros por metro cuadrado, la Playa de Palma en Palma de Mallorca por 12,14 euros.

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Alquilar casas vacacionales en Canarias

En Puerto del Rosario, Fuerteventura, está la Cala Fuste, una de las mejores playas de las Islas Canarias, alcanzado los 1.223 euros por metro cuadrado. Luego están la Playa Los Cristianos en Tenerife por 9,43 euros, y la Playa Las Canteras en Gran Canaria, por 11,62 euros por metro cuadrado.

Vacacionar en los mares de Cantabria

Cantabria, al igual que Asturias, se encuentra en el norte del país y presenta las mismas características climáticas y naturales por la zona donde está. Sin embargo, aquí resaltamos a la Cala Cotolino en Castro-Urdiales, que alcanza en precio los 2.461 euros por metro cuadrado para invertir en una vivienda.

Cataluña posee hermosas playas para alquilar viviendas

Aquí resaltan la Cala Calafat en L’Amettla de Mar con unos 9,26 euros por metro cuadrado, y la Cala Salionc, por 2.708 euros como precio. También se encuentran la Playa la Mora por 8,57 euros y la Cala la Font, que está ubicada en Salou y cuesta unos 9,26 euros.

Rentar casas vacacionales en la Comunidad Valenciana

En el municipio de Alicante de Asturias está la Playa San Juan y el metro cuadrado por vivienda alcanza los 1.777 euros por metro cuadrado. Está seguida por la Cala de Campoamor por 1.517 euros por metro cuadrado y la Cala de Finestrat que está en Bernidorm, por 1.954 euros.

Región de Murcia, un buen lugar para alquilar en verano

Por último, en la Región de Murcia resaltamos a la Cala Flores en Cartagena, cuyo costo de vivienda por metro cuadrado alcanza los 1.623 euros. También encontramos la Cala Cortina con 8,44 euros y la Playa Isla Plana en Murcia y que puede alcanzar los 8,2 euros por metro cuadrado.

Te invitamos a que dejes tus comentaros abajo y que visites nuestro blog Oi Real Estate para más información relacionada al mercado inmobiliario de España y Europa. También puedes entrar a la nota que dejaremos a continuación, para que aprendas más curiosidades sobre las casas vacacionales y cómo influye su manejo comercial:

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Como inquilino puede que te surjan algunas dudas, en este caso, ¿qué pasaría su tu vivienda alquilada es vendida por el arrendador? En este tipo de situaciones es cuando entran en juego los derechos de adquisición preferente. En este artículo te hablaremos sobre estos derechos.

Derecho de adquisición preferente en caso de venta de la vivienda alquilada

Los derechos de adquisición preferente se encuentran regulados en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, exactamente en el artículo 25.

Los alquileres que se puede amparar bajo esta ley, son aquellos realizados luego del 1 de enero de 1995.

Los derechos que te pueden amparar van a depender de si la venta ya se realizó o no, en este caso opera el derecho de tanteo o el derecho de retracto.

Derecho de tanteo

En este caso el arrendador deberá notificar al inquilino de forma fehaciente la decisión de vender la propiedad. En el documento debe reflejarse el precio y demás condiciones de la venta de la vivienda.

De esta forma el inquilino tendrá 30 días naturales para exigir que se le venda la propiedad por el mismo precio que se le exige a un tercero, como parte de su derecho.

En caso de que el contrato de alquiler tenga fecha antes del 9 de mayo de 1985, el lapso aumentaría a 60 días naturales. Esto se debe a que los contratos efectuados antes de esa fecha se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964.

Derecho de retracto

Con base en el cual el arrendatario podrá subrogarse en lugar del comprador del inmueble, en este caso, de igual forma deberá reintegrarle el precio pagado y los gastos ocasionados.

Este es un derecho que ampara al arrendatario luego de haberse realizado la venta de la vivienda alquilada, el cual se vence después de 30 días naturales.

Este plazo comenzará a contarse desde el día siguiente a que el inquilino reciba la notificación en forma fehaciente, deberá hacer el adquirente al arrendatario, de las condiciones esenciales en que se efectuó la compraventa.

¿Qué ocurre en caso de que al arrendador le subasten la vivienda alquilada en una ejecución hipotecaria?

Este tipo de situaciones, son amparadas por la Ley 4/2013, de 4 de junio, la cual dicta medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas.

En este caso, los derechos del inquilino dependerán de la fecha en la que se haya firmado el contrato de alquiler de la propiedad:

  • Contrato redactado luego de Ley 4/2013: En este caso, se resolvería el contrato con la adjudicación de la vivienda, pero en caso de que esta estuviese inscrita en el Registro de la Propiedad, el inquilino podría ampararse bajo el derecho de retracto.
  • Documento firmado después del 1 de enero de 1995: Si este es el caso, el inquilino podrá continuar en la propiedad hasta que se cumplan los 5 años estipulados de contrato.
  • Contrato redactado antes del 1 de enero de 1995: Los inquilinos pueden ampararse bajo el derecho de retracto.

Debes tener en cuenta que estos casos aplican para viviendas alquiladas, en el caso de alquiler de locales, se deben tomar en cuenta otras leyes.

De igual manera, para conocer los derechos a los que puedes ampararte en caso de tratarse de un alquiler de local o vivienda, debes tener en cuenta:

  • Si el alquiler se trata de una vivienda o un local.
  • Fecha de firma de contrato.
  • Forma de comunicación de la intención de venta, venta realizada o adjudicación judicial.

Luego de conocer estos datos, puedes consultar con un profesional sobre cuales son tus derechos como arrendatario.

¿Te ha sido de utilidad este artículo? Cuéntanos en la sección de comentarios. ¡Nos encanta leerte!

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