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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuál es la situación a la que se ha enfrentado el mercado del alquiler en España en el 2021 y qué es lo que se espera para este 2022. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

La situación del mercado del alquiler en España nos viene mostrando un panorama muy complicado hace ya un tiempo. Sin lugar a dudas, es sabido que la caída del alquiler en España ha marcado el 2021. Por otro lado, se prevé que continuará siendo la principal tendencia en este 2022.

Ya casi nos encontramos a un año de las bajas continuadas que debió sufrir el precio del alquiler en España. Sin lugar a dudas, se trata de la transformación más grande del mercado de las rentas que se ha visto en los últimos años. Hablamos de un claro cambio de rumbo que no se veía desde el año 2015. Esto se debe a que, desde ese momento, el valor de los alquileres fue aumentando de manera progresiva hasta lograr llegar a un aumento del 41% en la tasa acumulativa.

La caída del alquiler en España 2021

Desde inicios del 2021, el alquiler en España ha generado un notable cambio de tendencia con caídas muy marcadas, llegando en ocasiones hasta un -15% interanual en las grandes ciudades como por ejemplo Madrid y Barcelona. De hecho, ha atravesado la bajada más pronunciada de la última década, con un -6,1% interanual en el mes de octubre, esto quiere decir que se trata del mayor descenso registrado desde noviembre de 2011. Esta alteración es ocasionada por la gran caída de la demanda en las zonas céntricas de las ciudades más grandes de España, además del debilitamiento en la participación de las franjas de edad más maduras, que han disminuido significativamente su interacción con el mercado del alquiler. Esto ha generado la moderación y regulación de los precios de manera natural.

¿Qué se prevé para el 2022?

La gran caída del alquiler ha marcado de manera significativa el 2021 y se prevé que continuará siendo de este modo al menos para el inicio de 2022. Esto se debe a que en el mes de febrero se cumplirán doce meses consecutivos de desaceleración del precio del alquiler en España. Sin lugar a dudas, se trata de circunstancia que se verá reflejada en la economía de los ciudadanos y que será de mucha ayuda para mejorar su accesibilidad a la vivienda en las zonas más céntricas luego de muchos años de grandes subidas de precios.

¿A qué se debe la gran falta de viviendas en alquiler en las grandes ciudades de España?

Por otro lado, no podemos dejar de lado que el principal problema que presenta este sector es la falta de vivienda en alquiler. Se trata sin dudas de la mayor responsable de que las zonas más céntricas de las ciudades cuenten con precios elevados y sean consideradas zonas tensionadas. Hoy en día, solo un 24% del parque de viviendas en España se encuentra destinado al alquiler, mientras que el 76% restante se constituye por casa en propiedad. De hecho, la oferta de vivienda en alquiler en España se encuentra muy lejos de la media europea, que se ubica en un 34%.

Lo más probable es que, este gran cambio de los costes del alquiler en España a la baja continúe de este modo siempre que la demanda no logre erigirse fuertemente de nuevo.

¿Es posible revertir esta situación de alguna manera?

Es por estos motivos que, para conseguir que el mercado del alquiler en España logre mantenerse como uno de los pilares esenciales del mercado de la vivienda, es muy necesario que las políticas y medidas que se apliquen a este mercado, logren brindar la seguridad jurídica necesaria a los propietarios, además de protección a los inquilinos de igual modo. Esto significa que resulta fundamental contar con la colaboración público privada, por medio de la cual se lograría ampliar el parque público de vivienda en alquiler en España. Es posible llevarlo a cabo por medio del fomento de la puesta de viviendas en el mercado, además de un incremento en el número de viviendas sociales y asequibles. Se trata de puntos que resultan muy importantes para generar un nuevo escenario estable en el mercado del alquiler en España.

En resumen, sin lugar a dudas esta transformación de los costes del alquiler a la baja lo más probable es que se mantengan mientras la demanda no se erija fuertemente de nuevo. Sin embargo, si deseamos que logre mantenerse bien en el tiempo, resulta un punto fundamental transmitir confianza por parte de la administración pública. Esto se debe principalmente a que se trata de un mercado sumamente volátil de cara a los posibles cambios.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre la situación del mercado del alquiler 2021 y lo que se prevé para el 2022. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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¿Cómo se pueden ver modificados los plazos de vencimiento de los contratos de alquiler por efecto de la pandemia? ¿Qué plazos y condiciones establece la normativa? En este post te lo contamos.

Quizás hayas escuchado que, por efecto de la pandemia, el Gobierno ha sacado una serie de medidas destinadas a proteger a los ciudadanos. Como en muchas partes del mundo, el paro de la actividad comercial y laboral de muchos sectores ha requerido que los gobiernos sancionen normas destinadas a proteger determinadas situaciones. La situación de vivienda en arriendo que viven los inquilinos es una de ellas. Es que con cuarentenas que se abren y se cierran, con menor o mayor severidad, y las olas de contagios, en muchos casos la situación de los inquilinos se ha visto perjudicada. Conseguir nuevo piso de alquiler en un contexto de pocos ingresos y con dificultades para trasladarse, no es tarea fácil. Por eso se ha establecido que los contratos de alquiler puedan prorrogarse más allá de lo establecido por la ley general. En este post te contamos los pormenores.

Ley de Arrendamientos Urbanos

En primer lugar, revisaremos lo que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Esta es la norma que regula todo lo que a alquileres se refiere es la . La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

Duración del contrato de alquiler

A pesar de lo establecido por la Ley de Arrendamientos Urbanos, es habitual creer erróneamente que los contratos de alquiler duran un año. Esto sucede, porque ese es un plazo que suele pactarse comúnmente por acuerdo entre las partes. Conforme lo establecido en la ley, la duración de los contratos de alquiler será libremente pactada por las partes: arrendador y arrendatario (o propietario e inquilino, respectivamente). Sin embargo, la norma sugiere un plazo de duración de cinco años. Indica que, si la duración pactada fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance esa duración. Si el propietario es una persona jurídica, el plazo será de siete años, no cinco. En este punto, la ley favorece al inquilino. Esto es así porque el inquilino no está obligado a prorrogar. Es decir que si eres inquilino tienes la posibilidad de no prorrogar aun en contratos de menos de cinco años de duración. Solo debes dar aviso al propietario con treinta días de antelación.

Contrato de alquiler sin plazo estipulado

En los casos de arrendamientos en los que no se estipuló plazo de duración, se entenderá que fueron celebrados por un año. Nuevamente: esto obliga al propietario a prorrogar anualmente hasta que se cumplan los cinco años. El inquilino en estos casos puede extinguir el contrato al primer año, siempre que dé aviso con treinta días de antelación.

Prórroga tácita

¿Qué pasa cuando se cumplen los cinco años de duración del contrato de alquiler? Si transcurrieron los cinco años de duración y el contrato alcanzó su vencimiento, la parte que no quiera renovarlo deberá notificar su voluntad a la otra. El propietario debe notificar al inquilino con al menos cuatro meses de antelación. El inquilino debe notificar al propietario con al menos dos meses de antelación. Si ninguno realizó la notificación de su voluntad de no renovación, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales. Esta prórroga tácita regirá hasta un máximo de tres años más. Salvo que el inquilino manifieste al propietario, con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.

Real Decreto-ley 11/2020

El Real Decreto-Ley 11/2020, sancionado de 31 de marzo de 2020, adoptó medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la crisis por la Covid-19. Esta norma ha sufrido ampliaciones en sus plazos estipuladas por el Real Decreto-Ley 26/2020 de 7 de julio, el Real Decreto-Ley 30/2020 de 29 de septiembre y el Real Decreto-Ley 2/201 de 26 de enero. En su artículo 2 establece las pautas para la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Si se cumplen los requisitos que señalamos a continuación, la prórroga extraordinaria es obligatoria para el arrendador.

Tipo de contrato de alquiler

En primer lugar, es importante tener presente que esta prórroga extraordinaria aplica únicamente a los contratos de vivienda habitual. Es decir que no aplica a los contratos para uso distinto de vivienda. Los contratos para uso distinto de vivienda son aquellos que se suscriben con fines comerciales o para alquiler de vivienda temporal.

Solicitud previa del arrendatario

Otro requisito para que inexcusables para que opere la prórroga extraordinaria en los contratos de alquiler es la solicitud previa del arrendatario. El arrendatario, o inquilino, deberá solicitar la prórroga de forma fehaciente al arrendador. Esta solicitud deberá realizarse antes de que finalice el período de prórroga obligatoria, prórroga tácita o fecha de vencimiento del arriendo, en su caso, según explicamos previamente. 

Período máximo de prórroga extraordinaria

El mismo artículo del Real Decreto-ley establece que el período máximo por el que se podrá solicitar la prórroga es de seis meses.Ello no obsta que las partes, de común acuerdo o por voluntad del arrendatario, puedan establecer un período menor.

Condiciones del alquiler prorrogado

Una vez solicitada la prórroga extraordinaria y establecido el plazo de la misma, resta aclarar las condiciones en las que seguirá el arriendo. La relación contractual continuará en las mismas condiciones que existían al momento de solicitar la prórroga. Es decir que el inquilino seguirá abonando la misma renta y los mismos suministros que estuvieran a su cargo conforme el contrato de alquiler originalmente suscripto por las partes.

Excepciones a la obligatoriedad de prorrogar

El arrendatario no estará obligado a prorrogar en dos supuestos. Uno es que se hayan fijado otros términos o condiciones por acuerdo entre las partes en el contrato que impidan que el contrato se prorrogue. El otro supuesto es que el arrendador haya comunicado previamente la necesidad de ocupar la vivienda arrendada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. Este último caso está previsto en el artículo 9.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Período para realizar la solicitud

Esta prórroga viene recogida en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 11/2020, que se ha visto ampliada en cuanto al plazo por los Reales Decreto-Ley que hemos citado anteriormente.

Esta prórroga extraordinaria podrá solicitarse para aquellos contratos de alquiler de vivienda con vencimiento previsto entre el 2 de abril de 2020 (entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2020) y el 9 de mayo de 2021 (finalización del Estado de Alarma). Vale aclarar que la fecha de finalización del Estado de Alarma puede ser prorrogada.

Alquiler y prórroga extraordinaria. ¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?

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Comenzó un nuevo año con el mercado de alquileres en alza. ¿Estás por firmar un contrato de alquiler y tienes dudas? ¿Cuál es la duración que establece la ley? ¿Es obligatorio realizar el empadronamiento del contrato? ¿Cómo y dónde se realiza este trámite? ¿Puedo acceder a una ayuda para el alquiler? Lee este post y despejarás todas tus dudas.

Alquiler 2022: Ley de Arrendamientos Urbanos

Lo primero que debes saber es que la norma madre que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

Alquiler 2022: Duración de los contratos

A pesar de lo establecido por la Ley de Arrendamientos Urbanos, es habitual creer erróneamente que los contratos de alquiler duran un año. Conforme lo establecido en el artículo 9° de la ley, la duración de los contratos de alquiler será libremente pactada por las partes. Sin embargo, la norma sugiere un plazo de duración de cinco años. Indica que, si la duración pactada fuera inferior a cinco años, llegado el día del vencimiento, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance esa duración..

Contratos de alquiler sin plazo estipulado

En los casos de arrendamientos en los que no se estipuló plazo de duración, se entenderá que fueron celebrado por un año. Nuevamente, esto obliga al propietario a prorrogar anualmente hasta que se cumplan los cinco años. El inquilino en estos casos puede extinguir el contrato al primer año, siempre que dé aviso con treinta días de antelación.

Prórroga del contrato de arrendamiento

Si transcurrieron los cinco años de duración y el contrato alcanzó su vencimiento, la parte que no quiera renovarlo deberá notificar su voluntad a la otra. El propietario debe notificar al inquilino con al menos cuatro meses de antelación. El inquilino debe notificar al propietario con al menos dos meses de antelación. Si ninguno realizó la notificación de su voluntad de no renovación, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales. Esta prórroga tácita regirá hasta un máximo de tres años más.

Alquiler 2021. Empadronamiento.

Si te has mudado a un municipio en el que no residías hasta ahora, uno de los primeros trámites que debes hacer es registrarte en el padrón municipal. Empadronarse es una obligación y un derecho legal. A continuación, te brindamos la información que necesitas saber.

¿Qué es el empadronamiento?

El empadronamiento es el documento que acredita el tiempo de permanencia en territorio español, independientemente de tu nacionalidad o de tu situación legal. Es decir, es obligatorio hacerlo tengas o no residencia (o bien, si la misma se encuentra en trámite). Inscribirse en el padrón acredita que eres vecino del municipio e impacta en el censo electoral.

Ley de empadronamiento

Debes saber que la norma que regula todo lo que a empadronamiento se refiere es la Resolución de 30 de enero de 2015 de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.

Beneficios y efectos de empadronarse

El empadronamiento facilita el acceso a determinados derechos, como la asistencia sanitaria pública o la escolarización básica de los menores, y es un requisito para la mayoría de los trámites relacionados con la Ley de Extranjería (reagrupamiento familiar, arraigo social, etc).

Cómo empadronarse siendo inquilino

Para inscribirte en el padrón municipal deberás aportar a la administración local correspondiente toda la documentación requerida en cuanto a tus datos personales y al domicilio donde resides. En muchas ciudades de España, este trámite se puede realizar de forma online con un certificado digital.

Documentación necesaria

Para empadronarte, tu comunidad te pedirá  una serie de documentos que acrediten tu identidad y el domicilio donde te quieres inscribir. Si bien cada comunidad puede variar en parte algunos requisitos, te listamos aquellos que suelen exigir: 

  1. DNI o pasaporte, si eres español. Tarjeta de residencia, pasaporte o documento de identidad del país de origen, si perteneces a la Unión Europea, Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein. Tarjeta de residencia o pasaporte, si eres originario del resto de países: 
  2. Contrato de alquiler vigente con una duración mínima de 6 meses. 
  3. Contrato de alquiler prorrogado, en su caso, acompañado de prórroga vigente.

Alquiler 2022:Las ayudas para inquilinos

Si te encuentras con dificultades para pagar la renta, debes saber que el Plan Estatal de Vivienda contempla mecanismos de ayudas para ciudadanos españoles que se encuentren en tu situación. Te contamos de qué se trata.

¿Qué son las ayudas para el alquiler?

Mediante Real Decreto 106, del 9 de marzo de 2018, se reguló el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. El plan establece nueve programas que tienen por objeto otorgar subsidios y subvenciones para la construcción y rehabilitación de edificios, la renovación urbana y rural y la facilitación del acceso a la vivienda en régimen de alquiler mediante el otorgamiento de ayudas directas a inquilinos que transiten dificultades económicas.

¿Quiénes pueden acceder a las ayudas para el alquiler?

La norma establece los requisitos que deben reunir las personas para ser beneficiarios:

  1. Ser titular, en calidad de arrendatario, de un contrato de arrendamiento de vivienda.
  2. La vivienda arrendada debe ser la residencia habitual y permanente del arrendatario.
  3. Los ingresos de las personas que tengan su domicilio en la vivienda arrendada deben ser iguales o inferiores a tres (3) veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). 
  4. El valor de la renta debe ser igual o inferior a 600 euros mensuales.
  5. El solicitante no debe ser propietario o usufructuario de otra vivienda 
  6. El solicitante o las personas de su grupo familiar no deben tener parentesco ni sociedad con el arrendador de la vivienda.

¿Qué porcentaje de la renta cubre la ayuda para el alquiler?

Como norma general, las ayudas cubren hasta un 40% de la renta mensual. Los mayores de 65 años podrán solicitar hasta un 50% de ese valor.

¿Cómo solicito una ayuda para el alquiler?

Debes realizar la solicitud ante tu comunidad autónoma. Si cumples con los requisitos y quieres ser beneficiario, puedes ingresar en este link que contiene los enlaces de cada comunidad autónoma. En muchos casos encontrarás también otros programas de ayudas orientados a minimizar los efectos económicos de la COVID-19.

Alquiler 2022: ¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?

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