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En este post, queremos contarte de qué manera se declara el alquiler de vivienda en el IRPF. Si quieres saber de qué se trata este procedimiento y porque debes conocerlo. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

¿Qué es el IRPF?

En primer lugar, es importante dejar en claro qué es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Se trata de un impuesto que obliga a cada ciudadano a realizar una contribución con el sostenimiento de Estado. Todo esto, en relación a sus ingresos y cuál sea la situación personal de cada individuo.

En el IRPF, los ciudadanos deben abonar por lo que han ganado en un año. Estas ganancias no solo vienen del trabajo realizado. Todo tipo de ingreso obtenido, esto abarca subvenciones, ayudas, rendimientos de productos financieros, entre otros, tienen que ser declarados.

Sin embargo, no solo se tendrán en cuenta los ingresos sino también, la situación personal. Es probable que, dos personas con el mismo volumen de rentas no deban abonar la misma cantidad si sus circunstancias son diferentes. Las circunstancias que pueden influir en el IRPF y hacer que deba pagarse menos son demasiadas. Entre ellas se encuentra: tener familia a cargo, minusvalía, ser mayor de 65 años, entre otros.

Por otro lado, también existen las deducciones. Se trata de gastos realizados que ayudan a reducir la cantidad que se debe pagar. Esto abarca donaciones, aportaciones a planes de pensiones, entre otros.

Deducciones del alquiler

La deducción estatal por alquiler de vivienda fue eliminada en enero de 2015, sin embargo, aún continúa vigente para los contratos que fueron firmados antes del 31 de diciembre de 2014. No obstante, los ingresos obtenidos por el propietario del inmueble sí tributan, esto abarca también a los alquileres de temporada o vacacionales. En el 2021, Hacienda ha enfocado la mirada sobre esto para detectar cualquier posible fraude en el alquiler. Aquí te contaremos de qué manera se declara el alquiler en el IRPF para evitar inconvenientes con el fisco.

¿El alquiler desgrava en la renta 2020?

El propietario debe declarar los ingresos que ha obtenido gracias al alquiler de sus bienes inmuebles como rendimiento del capital inmobiliario. De las rentas que recibe de manera anual, se deben quitar los ciertos gastos deducibles:

  • Los intereses de préstamos relacionados con la compra o mejora del inmueble.
  • Los impuestos como el IBI, la tasa de basura, el alumbrado o el vado.
  • Los gastos de comunidad
  • Los gastos de conservación y reparación del inmueble. Esto no abarca los de mejora o ampliación de la vivienda.
  • La prima del seguro de hogar.
  • La amortización de la vivienda. Se trata de un 3% del valor catastral de construcción.
  • Los gastos de suministros. Esto quiere decir, la luz, agua, gas y teléfono

A la cantidad que se obtiene al restar todos estos gastos a los ingresos por año que proceden de la renta del alquiler, se debe aplicar además una baja del 60% para obtener el rendimiento.

Declaración del alquiler del inquilino

Como hemos mencionado más arriba, la deducción por alquiler de vivienda habitual fue eliminada en la reforma del IRPF desde enero de 2015. Sin embargo, aún se conserva para aquellos inquilinos con contratos que hayan sido firmados previo al 31 de diciembre de 2014 o bien, que cuenten con un nuevo contrato que sustituya a otro que ya había agotado las prórrogas permitidas en la Ley. El inquilino se puede deducir el 10,5% de la renta del alquiler, con un límite de 9040 euros por año en caso de que la base imponible sea igual o menor a 17 707,20 euros. Por otra parte, la base imponible más alta que da derecho a la deducción por alquiler de vivienda es 24 107,20 euros.

Por otro lado, el inquilino también puede beneficiarse de las deducciones autonómicas del alquiler que aún se encuentran vigentes en Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid y Comunidad Valenciana.

¿De qué modo se declara el alquiler vacacional?

Los ingresos que se obtienen gracias a alquilar durante algunos meses al año el inmueble hay que incluirlos de manera obligatoria en la declaración del IRPF. El alquiler vacacional abarca los apartamentos de la playa, las casas rurales o los inmuebles que se alquilan por medio de plataformas online, sin que constituyan una actividad económica.

Al hacer la declaración, es necesario diferenciar el tiempo que el inmueble se encuentra alquilado y cuando se encuentra vacío. Durante el periodo de alquiler, las ganancias obtenidas deben ser declaradas como rendimiento del capital inmobiliario, consiste en restar a los ingresos los gastos deducibles, limitados a los días que el inmueble se encuentra alquilado. Además, es posible deducir la totalidad del gasto de las agencias que gestionan el alquiler o bien, la publicidad realizada para alquilar el inmueble.

El tiempo que el inmueble está vacío se debe declarar como segunda vivienda. De modo que, se calcula el 1,1% del valor catastral de la vivienda o bien, el 2% si se fue revisada antes de 1994. Luego, el resultado debe dividirse en los 12 meses del año. La cantidad que hay que incluir en la declaración es el resultado de multiplicar el valor mensual por los meses que la vivienda se encuentra vacía.

Por ejemplo, en el caso de un inmueble con un valor catastral de 80 000 euros, alquilada durante tres meses al año, el cálculo es: 1,1% de 80 000 = 880

Lo siguiente que debemos hacer es dividir esa cantidad entre los 12 meses del año, es decir, 880:12= 73,3

Por último, debemos multiplicar por los 9 meses que la vivienda se encuentra vacía 73,3 x 9 = 659,7 es la cantidad que será incluida en la declaración y tributa de acuerdo a la escala del impuesto.

A esta renta debemos añadirle la cantidad obtenida cuando la vivienda está alquilada.

Multas de Hacienda por no declarar el alquiler

Es muy importante declarar los ingresos procedentes del alquiler. Ya que de lo contrario, la Agencia Tributaria puede imponer sanciones que pueden ir desde el 50% al 150% de la cantidad no declarada. Esto dependerá del grado con el que se califique la sanción.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre el IRPF del alquiler. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Desde el momento en que la adoptamos, una mascota se convierte en un integrante más de la familia. Si bien cada vez son más los españoles que conviven con animales, también son muy pocos los propietarios que los admiten en los inmuebles que alquilan. ¿Es posible para un arrendador prohibir la inclusión de mascotas en un piso? ¿Qué dice la ley al respecto? ¿Qué porcentaje representan las viviendas en alquiler en donde se admiten animales? ¿Cuáles son las problemáticas que implica esta dificultad para alquilar con mascotas? En este artículo te lo contamos.

A la hora de encontrar una vivienda para alquilar, los dueños de animales cuentan con más dificultades, quizás, que otras personas. Encontrar un piso en donde el arrendador admita la tenencia de mascotas es una tarea difícil en toda España, pero más cuando se busca fuera de las grandes ciudades. ¿Cuál es la solución a esta problemática? ¿Es realmente perjudicial alquilar un inmueble a una persona con mascotas?

A continuación te contamos todo lo que debes saber al respecto. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué dice la ley respecto a la prohibición o no de alquilar con mascotas?

Ninguna normativa española prohíbe expresamente la tenencia de mascotas en una vivienda en alquiler. De hecho, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que es aquella que regula todos los alquileres de bienes inmuebles en España, no hace mención a este asunto. No obstante, cabe mencionar lo que dispone en su artículo 4.2:

Los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados.

Esto significa que todos los propietarios que alquilen sus inmuebles tienen derecho a admitir o no mascotas en ellos, siempre y cuando lo especifiquen previamente en el contrato. De lo contrario, si no existe una cláusula que lo prohíba, cualquier inquilino tendrá derecho a convivir con animales en el piso.

Ahora bien, ¿qué ocurre en la práctica? ¿Qué porcentaje de arrendadores en España está dispuesto a admitir animales en su vivienda? A continuación lo veremos.

¿Qué porcentaje representan los arrendadores que aceptan mascotas al alquilar su vivienda?

Al día de hoy, se registra que en España hay más perros que niños menores de 14 años. Según el último informe del Instituto Nacional de Estadística (INE), son 6.265.153 los ciudadanos dentro de ese rango etario, mientras que los canes empadronados son más de siete millones. De seguir así, se espera que esta tendencia aumente la brecha en los próximos años. 

Sin embargo, la misma contrasta con la cantidad de pisos disponibles para el alquiler que aceptan mascotas, ya que significan alrededor de un 10% de la oferta. Frente a este panorama, las personas que poseen animales, se enfrentan a un gran problema a la hora de alquilar una vivienda, si no cuentan con el beneficio de una propia. 

¿Cuál es la situación en diferentes regiones de España?

Observando la oferta de diferentes portales inmobiliarios nos encontramos con que, en la Comunidad de Madrid, solamente entre un 12,2% y un 15,5% de los propietarios de viviendas en alquiler aceptan inquilinos con mascotas.

Esta tendencia se extiende a toda España y en muchas regiones los porcentajes son aún más bajos que en Madrid. Por ejemplo, en Barcelona, las viviendas en alquiler con admisión de mascotas se encuentra entre un 8,8% y un 10,2%. En el caso de Sevilla, el porcentaje es aún menor: un 8,1% de los inmuebles disponibles para el arrendamiento. 

A rasgos generales, la tendencia en las grandes ciudades se encuentra alrededor del 10%. Mientras tanto, fuera de las áreas urbanas, la oferta de viviendas que permiten la tenencia de animales es de aproximadamente un 5%, una cifra considerablemente menor.

¿Qué problemáticas implica la baja cantidad de viviendas en alquiler donde se aceptan animales? 

El bajo porcentaje de inmuebles en alquiler que aceptan mascotas perjudica, principalmente, a los propios animales. Según un estudio de la Fundación Affinity, de los 162.000 perros que fueron abandonados durante el 2020, el 6% fue por cambio de domicilio del dueño. Esto equivale a 9.720 canes.

Por otro lado, la problemática también afecta a los jóvenes que desean emanciparse. Se trata de un sector de la población que ya cuenta con dificultades para hacerlo por el alto precio del alquiler. De esta manera, los jóvenes que poseen mascotas muchas veces se ven obligados a elegir entre dos opciones: dejar al animal con sus padres o alquilar un piso que no se ajuste a sus necesidades.

A esta dificultad se suma otra más: sólo un 38,5% de las viviendas en alquiler publicadas en portales inmobiliarios en donde se admiten animales están amuebladas. Esto significa que, en muchos casos, arrendar una de ellas también supondría invertir dinero extra en mobiliario.

¿Cómo puede solucionarse esta dificultad para alquilar con mascotas?

La dificultad de los inquilinos para alquilar con mascotas sólo puede solucionarse por voluntad de los arrendadores. Recordemos lo dispuesto por el artículo 4.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU): “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados”.

En este sentido, cabe mencionar que el mito de que un perro o un gato van a causar destrozos en una vivienda es fácilmente refutable. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, según su informe de vivienda, menos del 0,01% de los alquileres terminan con una reclamación por desperfectos ocasionados por animales.

De hecho, alquilar un inmueble a personas que tengan mascotas es una opción bastante recomendable. Teniendo en cuenta que cada vez más familias poseen un perro o un gato y que la oferta es poca, será más fácil cerrar un contrato rápidamente al admitir animales. Además, aumentan las probabilidades de que el alquiler sea de larga duración, debido a las dificultades que los arrendatarios tienen para alquilar con mascotas.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

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Si estás en una relación y te interesa comprar una vivienda, probablemente te has preguntado si es conveniente pedir la hipoteca compartida o por tu cuenta. Aquí te contaremos cuáles son las ventajas e inconvenientes de pedir una hipoteca en pareja.

En estos casos, es normar que aparezcan ciertas dudas. ¿Es conveniente contratar una hipoteca en pareja? ¿Tiene más ventajas que sea una hipoteca de un sólo titular? Si te interesa saber más sobre contratar una hipoteca en pareja, ¡Continúa leyendo el artículo!

Contratar una hipoteca en pareja: ¿Tiene ventajas?

Contratar una hipoteca es un compromiso que nos unirá con el banco por un plazo largo, por lo menos entre 15 y 40 años. Muchas veces es un acuerdo que se puede lograr individualmente pero si estamos en pareja, es bueno evaluar las posibilidades. Conseguir el préstamo hipotecario en solitario o hacerlo con nuestra pareja puede tener diferencias.

¿Qué analizar antes de pedir una hipoteca en pareja?

Al tratarse de una decisión importante, debes tener en cuenta que, si la pides con tu pareja, la cosa se complica porque ambos serán responsables el préstamo y de las consecuencias que acarrea no saldarlo.

Si tienes pensado solicitar una hipoteca compartida, es necesario analizar estos puntos antes de tomar una decisión. Algunas pueden ser duras, pero es importante valorarlas:

¿Es una relación es lo suficientemente estable?

Si bien parece una obviedad, no tiene sentido compartir una hipoteca en pareja si crees que la relación no tiene mucho futuro. Se trata de la formalización de un contrato, con sus correspondientes cláusulas y responsabilidades, vigentes durante los años que dure el plazo de devolución de la deuda. Si la relación termina y uno de los dos decide no abonar su parte, las consecuencias afectarán a ambos por igual.

¿Somos capaces de afrontar una hipoteca?

La entidad bancaria se encargará de valorar si cuentan con un trabajo estable, con una antigüedad de al menos unos dos años y un sueldo suficiente para pagar las cuotas mensuales. Por lo general, se pide que la suma de los ingresos de ambos titulares triplique el importe de las cuotas. Por ejemplo, si las cuotas hipotecarias son de 700 euros mensuales, deberán cobrar un mínimo de 2100 euros netos entre los dos.

¿Qué familia te interesa formar?

Lo ideal es sentarse a hablar sobre su visión de futuro como pareja, si les interesa o no tener hijos. Estas cuestiones son muy importantes para elegir el tipo de vivienda, el lugar, el precio, la cantidad de financiación requerida. Todo esto, impactará en los términos de la hipoteca que vayas a contratar.

¿Qué cantidad de dinero aportará cada uno para la entrada y las cuotas?

Lo más aconsejable es repartir el pago de la hipoteca al 50% y aportar los mismos ahorros para la parte que no financia el banco (entrada y gastos vinculados, como impuestos y notaría, entre otros). No obstante, es probable que tu capacidad económica no coincida con la de tu pareja. En caso de que alguno vaya a pagar un mayor porcentaje de las cuotas o aporte más ahorros para la entrada, eso debería quedar reflejado en el porcentaje de propiedad sobre la vivienda.

¿Puedes afrontar la compra de la vivienda tú solo?

Es posible que uno de los dos prefiera tener una vivienda a su nombre en vez de compartirla. O bien, que uno de los dos tenga una situación económica muy buena, tanto para permitirse pedir la hipoteca por su cuenta. En ese caso, es necesario valorar este escenario y hablarlo con la pareja. 

¿Analizar los escenarios posibles si la relación termina?

En este caso, los cónyuges tienen diferentes opciones, más abajo te lo explicaremos en profundidad. Sin embargo, en resumen las opciones son: vender la casa a un tercero, venderle la propiedad y la hipoteca al cónyuge o bien, una extinción de condominio.

Firma un contrato

Una opción a tener en cuenta es firmar un contrato privado donde queden reflejados los términos que habéis acordado en torno al pago de la hipoteca: cómo será el reparto de las cuotas, cuántos ahorros deberá aportar cada uno o quién se quedará con la vivienda en caso de ruptura. No se trata de lo más habitual, sin embargo, es una manera de evitar problemas a futuro.

El banco prefiere a las parejas para brindar hipotecas

Las entidades financieras suelen ver cómo una ventaja a los postulantes que solicitan un préstamo en pareja. Esto se debe a que, consideran que es más seguro otorgar una hipoteca a dos titulares, lo cual hace menos riesgosa la entrega del capital. El principal motivo que sustenta esta postura es el siguiente:

Los ingresos de dos personas permitirán cancelar la deuda

Cuando son dos los titulares de una hipoteca, la cuota representará una menor carga financiera para los hipotecados. Por otro lado, si uno de los titulares llegara a fallar, el otro puede cubrir su parte. Por ejemplo, puede suceder el imprevisto de que uno de los integrantes de la pareja perdiera su trabajo. En esta difícil situación y hasta que consiga un nuevo empleo, el préstamo se podrá abonar con los ingresos del otro titular. Esto es considerado como un menor riesgo de impago por los analistas bancarios, que verán con mejores ojos otorgar el préstamo a una pareja que a una persona sola.

Por supuesto que esta consideración vale siempre y cuando los dos integrantes de la pareja cuenten con un trabajo estable y buenos ingresos. De esta forma la entidad financiera se asegura de que ambos cuentan con una base sólida para pagar las cuotas mensuales y evitar impagos.

¿Qué ocurre con la hipoteca en pareja en caso de divorcio?

Si bien la hipoteca es un contrato que se firma por un período de tiempo, puede que el amor entre la pareja no acompañe todo el proceso y los titulares opten por separarse. En estos casos, los ex cónyuges tienen la posibilidad de:

Vender la casa a un tercero

De esta forma, tendrán la posibilidad de cancelar la hipoteca y ninguno deberá hacer frente a la deuda.

Vender la propiedad y la hipoteca al cónyuge

Otra opción es que uno de los cónyuges se quede con toda la propiedad y la hipoteca a cambio de pagarle su parte al otro. Esta operación implicará los siguientes gastos:

  • Gastos notariales y registrales.
  • Impuesto a Transmisiones Patrimoniales de la vivienda.

Extinción de condominio

Se trata de la opción más recomendable, ya que lleva una carga fiscal menor que la venta. Cuando se usa esta opción, uno de los cónyuges le cede su propiedad a la otra, a cambio de dinero o del pago de la hipoteca. Aquí únicamente deberán pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados. 

¿Qué ocurre si uno de los integrantes de la pareja no tiene un buen pasar económico?

Siempre que una pareja se presente como candidata a pedir una hipoteca, el banco pasará sus datos al departamento de análisis de riesgos. Si uno de los dos no se encuentra una buena situación económica, es probable que la entidad financiera prefiera aceptar como cliente de su hipoteca, únicamente al integrante de la pareja que tenga un buen trabajo. Esto se debe a que le dará más garantías de que podrá pagar la hipoteca durante el tiempo que dure la hipoteca.

¿Qué posibilidades tengo de acceder a una hipoteca estando soltero?

Es cierto que los bancos pueden preferir conceder hipotecas a dos titulares, sin embargo, esto no se contrapone con que también otorguen préstamos a personas solteras. Si el candidato cuenta con los requisitos necesarios para acceder a una hipoteca, no tendrá problemas para conseguir la financiación para la compra de una vivienda.

Las exigencias de los bancos tienen que ver con el perfil crediticio del solicitante. Los ingresos deberán ser altos, sus ahorros cubrir el 30% del importe de la compraventa, deben contar con la estabilidad laboral que brinda un contrato indefinido de trabajo y la cuota hipotecaria no debe superar el 35% de sus ingresos mensuales.

Mientras más condiciones favorables presente el cliente, más posibilidades de que aprueben la solicitud y conseguir una hipoteca tendrá.

Cómo acceder a los mejores préstamos hipotecarios

Siempre que se presenten postulantes para una hipoteca, tanto una pareja como un individuo, lo ideal será llegar a un buen acuerdo con el banco que asegure las mejores condiciones para el préstamo. Para lograrlo, puede ser de ayuda seguir los siguientes consejos:

  • Analizar diferentes opciones de hipotecas 

De esta forma, tendrás la posibilidad de comparar diferentes ofertas y elegir la que salga más a cuenta.

Por otro lado, hacer este trabajo te permitirá negociar con cada uno de los bancos, mostrándole las propuestas que nos brindan las otras entidades financieras.

  • Leer todas las condiciones de los préstamos

Todos hemos escuchado hablar de la “letra chica” de los acuerdos, es por esto que debemos leer y analizar detenidamente las condiciones de las hipotecas. Una comisión por amortización, por apertura de cuenta o la vinculación con productos asociados puede aumentar significativamente el valor de una hipoteca. Es fundamental tener conocimiento de cada ítem del contrato para poder verificar que lo que se está firmando será conveniente para toda la vida útil del préstamo.

¿Te fue útil esta información? ¡Esperamos que sí! Nos interesa mucho conocer tu opinión, puedes escribirnos en la casilla, debajo del post.

Si necesitas comprar o vender una vivienda, no dudes en contactarnos. Oi Real Estate cuenta con los mejores asesores, a tu disposición.

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A la hora de saber si es mejor comprar o alquilar una casa hay un método que responde la pregunta. Se trata de la Regla BURL. Aquí presentamos sus postulados fundamentales.

Para saber si es mejor alquilar o vender una casa, hay varias fórmulas y métodos que utilizan analistas e inversores del mercado de la compraventa. Pero hay una que resume varios aspectos del mercado y necesidades de inversores en una fórmula: la Regla BURL.

Se trata de las siglas en ingles de “Comprar Utilidad, Alquilar Lujo” (Buy Utility, Rent Luxury)”. Una manera de resumir un conjunto complejo de variantes en dos tipos de decisiones.

¿Alquilar o comprar?

Las finanzas y el patrimonio de cada uno son cuestiones sobre las cuales es difícil tomar decisiones. Por ello siempre es acertado recurrir a la ayuda que los diferentes analistas y expertos ofrecen. En el caso de la vivienda, hay ocasiones en las que se debe optar entre un alquiler y la compra.

También está la cuestión si tomar un préstamo para comprarla o hacerlo utilizando los ahorros propios. Una deuda hipotecaria tiene la desventaja de precisar una relativa austeridad en las finanzas personales. Por el lado de un alquiler, el mayor perjuicio es que no se genera ningún beneficio patrimonial.

Sin embargo, estas dos opciones también tienen puntos a favor. Por el lado del alquiler, se destina parte de ahorros para vivir en una vivienda elegida que ya está construida. Con la compra de una vivienda, claro está, crece el patrimonio más allá de habitarla o no.

Pero existen posibilidades de obtener ventajas, conseguir mejoras en la calidad de vida y generar ahorros. Todos estos aspectos están presentes en la fórmula que plantea la Regla BURL.

La Regla BURL

Una de las fórmulas más utilizadas del mercado inmobiliario de los EEUU es la Regla BURL, que traduce muchas de las necesidades personales y los aspectos del mercado en diferentes contextos.

El agente e inversor inmobiliario Sam Dogen sostiene que la formula BURL es una de las mejores opciones “para evitar arrepentimientos financieros”.

Aquí, la Utilidad se puede resumir en lo esencial y mínimo para vivir en un hogar. Ya sea la cantidad de habitaciones, servicios y accesos a autopistas y carreteras. Se trata de unidades de viviendas con mucho aprovechamiento de los espacios, y con pocas comodidades adicionales.

En cuanto al Lujo, es la dotación de comodidades más allá de lo que se presenta la media de mercado. Y que dan a las viviendas aspectos únicos. La mayor cantidad y amplitud de espacios, más y mejores servicios, ubicaciones privilegiadas, etc.

Es ahí donde ingresa la Regla BURL para mostrar que en algunas ocasiones el coste de vivir en una casa no es solo pagarla a su valor de mercado. Es, además, el ingreso que se pierde por no alquilarla.

Cómo aplicar la Regla BURL

Para dar un ejemplo concreto, una pareja decide reducir el tamaño de su casa de 2.600 m2 (con cuatro habitaciones y tres baños) ya que se da cuenta de que puede alquilarla por 7.500 dólares al mes. De esta forma logra obtener una segunda vivienda, más pequeña pero ubicada en el centro, a un 40% menos de valor que la original. Su casa nueva es adquirida a través de una hipoteca por la que pagan 3.000 dólares.

En esa nueva casa se ajustaba más al presupuesto, por lo que al alquilar su primera casa a unos 7.500 dólares, aumentaron sus ingresos en 4.500 dólares. Es decir que, de acuerdo a lo que plantea la Regla BURL, realizaron la compra de una vivienda para vivir en ella, más básica y que cumplía con sus necesidades. Y pusieron en alquiler el inmueble más grande y lujoso.

Este dispositivo es importante a la hora de tomar las decisiones. En julio pasado, un relevamiento daba cuenta que el promedio del alquiler de la vivienda en los EEUU había subido en un 5,6%. Y las estimaciones para lo que sigue son de una suba en el pecio de la vivienda; por efecto de la inflación, el crecimiento demográfico y la escasa oferta de viviendas del mercado inmobiliario norteamericano.

A la hora de tomar decisiones, existen dos líneas principales de acción. “Si tienes el dinero para el pago inicial de una vivienda de lujo y quieres evitar el despilfarro económico, compra y vive en esta propiedad sólo si estarías dispuesto a pagar su alquiler de mercado”. En cambio, si no se cuenta con el dinero suficiente para la inversión inicial, “puedes estar tranquilo como inquilino sabiendo que estás obteniendo un mejor rendimiento por esta alquilada que comprada”.

Cómo invertir de acuerdo a la Regla BURL

Existe una variante de utilización de la Regla para las inversiones inmobiliarias. Hay una suerte de máxima que siguen los inversores y agentes inmobiliarios: no pagar por una vivienda un valor mayor a 100 veces su precio de alquiler.

Aplicando estos criterios al ejemplo anteriormente citado, un inversor no estaría dispuesto a abonar la vivienda de la pareja por más de 750 mil dólares. Teniendo en cuenta el valor de mercado de la vivienda es de 2,7 millones de dólares, “gastar 7.500 dólares al mes (90.000 dólares al año) es un valor relativamente bueno, ya que se habría necesitado gastar aproximadamente 360 veces el alquiler mensual para comprar esa casa a su precio de mercado”.      

Hay ciudades en las que los costos de venta y alquiler de los inmuebles hacen difícil seguir la Regla BURL: Los Ángeles o Nueva York, por ejemplo, tienen alquileres que superan el millón de dólares al año. En esos casos, se sigue la Regla, pero combinando locaciones de otros estados y ciudades del país.

Como metáfora podemos decir que “un automóvil tradicional te lleva de un lado a otro sin problemas, pero a algunos les gusta conducir autos de alga gama”. Entonces, si seguimos la Regla BURL deberíamos comprar el auto promedio y alquilar el de lujo para los fines de semana.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer cuál es tu opinión acerca de la Regla Burl y su utilización concreta. Puedes compartir tu experiencia con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en la situación de querer conocer los pros y las contras de invertir en estos momentos, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Alquilar una vivienda, al igual que el resto de las operaciones que se llevan a cabo en el sector inmobiliario, es un acto sujeto a impuestos. ¿Cuáles son estos tributos? ¿Cuáles les corresponde pagar a los arrendadores y cuáles a los arrendatarios? ¿Cómo, cuándo y dónde deben ser abonados? En este artículo te contamos todo lo que debes saber acerca de los impuestos que se deben pagar por alquilar un piso.

Tanto el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), como el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) gravan al alquiler de bienes inmuebles. Mientras que algunos de estos tributos deben ser abonados por los arrendadores, otros son responsabilidad de los arrendatarios. ¿Cuáles corresponden a cada uno? ¿Cómo es el procedimiento para declarar en cada uno de ellos? ¿Existen exenciones y bonificaciones?

A continuación te mostramos de qué manera se aplican estos impuestos al momento de alquilar un piso, tanto para el propietario de una vivienda arrendada, como para su inquilino. Tendremos en cuenta, para ello, las diferentes disposiciones que fueron modificando la normativa. También te contamos, en cada caso, cómo, cuándo y dónde abonar cada uno de ellos. ¡Sigue leyendo para enterarte todo lo que debes saber acerca de los impuestos que se deben pagar por alquilar un piso!

¿Qué impuestos le corresponde pagar al arrendador por alquilar su piso?

Los impuestos que el propietario o arrendador está obligado a abonar por alquilar un bien inmueble son dos:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
  • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Mientras que al primero le corresponderá pagarlo en todos los casos, el segundo solo interviene en algunos alquileres, de tipo comercial específicamente. Veamos de qué manera se aplican ambos.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo de tipo personal, progresivo y directo. Se encarga de gravar el incremento que el patrimonio de una persona física sufrió durante el transcurso de un año.

Está regulado por la Ley 35/2006, del 28 de noviembre y su correspondiente reglamento, aprobado por el Real Decreto 439/2007, del 30 de marzo y es recaudado por el Ministerio de Hacienda en todo el territorio español.

¿Cómo grava al alquiler de vivienda?

Cuando un propietario arrienda su bien inmueble está en obligación de declarar en el IRPF todos los ingresos que reciba por este acuerdo. A ellos se le deducirán luego los gastos derivados del arrendamiento y se le aplicarán las reducciones correspondientes.

Es importante aclarar que todos estos ingresos deben declararse siempre, aún así el arrendatario  no cumpla con el pago de las cuotas de alquiler en tiempo y forma. Sin embargo, ahora veremos que la ley permite deducir como “saldo de dudoso cobro” aquellos montos impagos.

¿Cómo declarar en él?

A la hora de preparar su declaración de la renta, los propietarios que destinan un bien inmueble para alquiler deben seguir los siguientes pasos:

  • Identificar el bien inmueble alquilado
  • Incluir los ingresos del alquiler
  • Deducir gastos

Veamos en detalle de qué se trata cada una de estas instancias.

Identificar el bien inmueble alquilado

Existe en cada formulario de declaración de la renta un apartado específico para incluir los datos de la vivienda arrendada. Allí deben especificarse su dirección exacta y otra información que permita ubicarla correctamente.

Es importante tener en cuenta que, si durante el último año el piso estuvo vacío o fue habitado por el arrendador, será necesario declararlo en otro apartado del formulario. ¿A qué se debe esto? Hacienda cobra un recargo por aquellas viviendas que se encuentran vacías a través de lo que denomina como “imputaciones de renta inmobiliaria”.

Incluir los ingresos del alquiler

El siguiente paso consiste en, nada más y nada menos, declarar cuánto se ha incrementado el patrimonio a través del alquiler del piso. Para ello también existe un apartado específico en el formulario, en donde se indican los ingresos brutos percibidos, es decir, sin aplicar todavía las deducciones correspondientes. Los ingresos que deberán incluirse son:

  • Los montos especificados de las mensualidades de renta percibidas.
  • El importe de todos los bienes cedidos junto a la vivienda, como muebles y electrodomésticos. 
  • Las repercusiones de cualquier tipo hechas al inquilino por obras, servicios, tributos, etc.

Deducir gastos

Finalmente, llega el momento de aplicar las deducciones que permitirán al arrendador tributar un monto menor por el IRPF. Para ello será necesario especificar todos los gastos que produjo el alquiler de la vivienda en el último año. También existe un apartado en el formulario de declaración de la renta destinado específicamente para esto. Serán varias las casillas que el contribuyente deberá llenar.

Es posible deducir todos los siguientes gastos derivados del arrendamiento:

  • Intereses y gastos de financiación por capitales invertidos en la adquisición y mejora de la vivienda. Entre ellos se encuentran los intereses por hipoteca.
  • Intereses y gastos de financiación por enseres cedidos con la vivienda. Entre ellos, los muebles o electrodomésticos.
  • Gastos de conservación y reparación de la vivienda, como pintura y diferentes arreglos a las instalaciones.
  • Impuestos y tasas que graven a la vivienda, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
  • Saldos de cobro dudoso.
  • Montos devengados por terceros en concepto de servicios personales, como ​gastos de administración, vigilancia, portería, cuotas de la comunidad de propietarios, etc.
  • Gastos por formalizar el alquiler o por la defensa jurídica de la vivienda.
  • Primas por contratos de seguros.
  • Cuotas por servicios y suministros, siempre y cuando sea el propietario quien los abone.
  • Gastos de amortización del inmueble.
  • Gastos de amortización de bienes muebles que poseen una vida útil mayor a un año y fueron cedidos con la vivienda, como electrodomésticos.

¿En qué consiste la reducción del 60% en este impuesto por alquilar un piso?

Ahora que conocemos qué ingresos por alquilar un piso deben ser tenidos en cuenta a la hora de declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y qué gastos derivados de dicho arrendamiento pueden ser deducidos, es importante mencionar que se aplica una bonificación significativa para los propietarios en estos casos. ¿De qué se trata? 

Una vez obtenida la diferencia entre estos ingresos y estos gastos, si el resultado de la cuenta arroja un rendimiento neto positivo, será posible para los arrendadores acceder a una reducción de un 60% en el pago del IRPF. 

¿Cuándo y dónde se paga?

La declaración de la renta correspondiente al IRPF debe ser presentada dentro del período que Hacienda determina cada año para ello. Puede hacerse en cualquiera de las oficinas que se encuentran distribuidas por toda España. Incluso también puede presentarse la declaración via web o por vía telefónica.

Una vez que dicho organismo evalúa cada declaración le entrega a cada contribuyente un resultado, que puede ser “a pagar” o “a devolver”. Sólo en el primer caso habrá obligación de pagar un monto determinado por este impuesto.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un tributo de tipo indirecto. Se encarga, a rasgos generales, de gravar el consumo. Sin embargo, en el sector inmobiliario, y específicamente en el caso de los alquileres de bienes inmuebles, cumple una función bastante diferente.  

¿Cómo grava al alquiler de vivienda?

Los propietarios de bienes inmuebles deben abonar este impuesto únicamente en dos casos:

  • Cuando la propiedad sea alquilada a empleados de una empresa. 
  • Cuando la propiedad sea alquilada como local de negocio. 

Es decir que el alquiler de vivienda se encuentra, en realidad, exento del IVA.

¿Cuándo y dónde se paga?

Los arrendadores deben abonarlo por única vez, al alquilar su inmueble bajo estas condiciones. El pago debe ser hecho en la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde se encuentra la propiedad. 

¿Corresponde al arrendatario abonar algún impuesto por alquilar un piso?

Hasta la entrada en vigencia del Real Decreto-Ley 7/2019, del 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, los inquilinos estaban en obligación de abonar un único impuesto por arrendar un piso:

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Veamos de qué se trata y qué cambios introdujo la resolución mencionada.

Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Este tributo es una rama independiente del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD). Se encarga de gravar, precisamente, las operaciones de transmisión de patrimonio entre personas. Está regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, del 24 de septiembre, y el Real Decreto 828/1995, del 29 de mayo.

Sin embargo, el mencionado Real Decreto-Ley 7/2019, del 1 de marzo determinó que:

Para potenciar el mercado de los arrendamientos urbanos como pieza básica de una política de vivienda orientada por el mandato constitucional consagrado en el artículo 47 de la Constitución, resulta conveniente mejorar la fiscalidad del arrendamiento de viviendas, a fin de facilitar a los ciudadanos las condiciones de acceso a las mismas. En este sentido, se introduce una exención para determinados arrendamientos de vivienda en el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre.

¿Qué significa esto?

¿Cómo grava al alquiler de vivienda y de qué se trata la exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) para arrendatarios?

Esta modificación en la normativa implica que, en todos los contratos de alquiler firmados luego del 2 de marzo de 2019, el inquilino ya no debe abonar este impuesto cuando destina la vivienda que alquila a residencia habitual. 

Para ello, se ha añadido el apartado 26 en el artículo 45.I.B) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre. Así fue como quedó el mismo luego de esta nueva resolución:

Artículo 45.

Los beneficios fiscales aplicables en cada caso a las tres modalidades de gravamen a que se refiere el artículo 1 de la presente Ley serán los siguientes:

B) Estarán exentas:

26. Los arrendamientos de vivienda para uso estable y permanente a los que se refiere el artículo 2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

¿Cómo declarar en él?

Sin embargo, el decreto no elimina la obligación, sólo introduce una exención. De esta manera, los arrendatarios aún deben continuar autoliquidando el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Para ello deben presentar en la delegación de Hacienda correspondiente a la Comunidad Autónoma en donde se encuentra la vivienda arrendada el denominado modelo 600. En él deben marcar la casilla “exento” y luego especificar una cuota a pagar de 0 euros.

En conclusión…

Los impuestos que se deben pagar por alquilar un piso no son demasiados y en todos los casos existen, tanto para arrendador como para arrendatario, importantes exenciones y bonificaciones. De esta manera, podemos afirmar que alquilar una vivienda es una operación sujeta a una baja carga impositiva para los inquilinos, pero también para los propietarios.

Cabe recordar que al alquilar un piso serán únicamente los arrendadores quienes estarán obligados a pagar alguna clase de impuestos. Se trata principalmente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) ya que, como hemos visto, el Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) sólo interviene cuando se trata de un alquiler con fines comerciales. En caso de que se trate de una vivienda, solo corresponderá al propietario abonar el IRPF. De todas maneras, es importante recordar también que la reducción para arrendadores respecto a este tributo es importante, ya que se trata de un 60% sobre el valor final.

En cuanto a los arrendatarios, si bien la obligación de tributar en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) continúa vigente, como hemos señalado, la exención es total cuando se trata de un alquiler de vivienda habitual. De esta manera, podríamos afirmar que los inquilinos no están sujetos al pago de ningún impuesto por alquilar un piso.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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Elegir el piso ideal para comenzar a planificar una familia forma parte de uno de los momentos clave en el desarrollo de las personas, y un paso fundamental en las parejas. Con el paso del tiempo, la familia va creciendo, las necesidades, las comodidades van cambiando y la búsqueda de una nueva vivienda comienza a ser una prioridad. Llegó el momento de buscar alquiler para familia numerosa.

Si te encuentras atravesando esta situación, desde Oi Real Estate recomendamos seguir los siguientes consejos para que puedas conseguir la vivienda ideal para ti y para cada uno de los integrantes de tu familia.

Consejos clave al buscar alquiler para familia numerosa

Si estas planificando un cambio de vivienda y necesitas comenzar la búsqueda de un alquiler, recuerda siempre tener en cuenta determinados consejos para que tu elección se adapte a la perfección a ti y a tu familia. Ten siempre presente que la comodidad de cada uno de los integrantes de tu grupo familiar ayuda y fortalece las relaciones entre ellos, el buen clima y, sobre todo, la comunicación familiar.

Ayudas estatales

Si cuentas con una familia numerosa y necesitas ayuda económica para alquilar una vivienda el Gobierno brinda una serie de aportes que pueden servirte. Puedes consultar los requisitos del programa 2 del Plan Estatal de Viviendas de ayudas para familias numerosas.

Dónde comenzar a buscar

Al momento en que has decidido cambiar de vivienda, lo primero que has pensado es el lugar al cual te quieres mudar y, al mismo tiempo, cuáles son las mejores zonas para alquilar para familia numerosa.

Este primer paso es determinante, ya que te permitirá encontrar una vivienda que se adapte a tus necesidades de manera rápida. Cuando determinas el lugar de tu próximo hogar comienzas a pensar en los sitios más seguros y confiables para realizar la búsqueda del mismo.

La búsqueda de una vivienda, en la mayoría de los casos, comienza por internet. Las plataformas online de las agencias inmobiliarias se convirtieron en la primera elección al monto de buscar alquileres.

En algunos casos, según el rango de edad de la persona interesada en el arrendamiento de un inmueble, se opta por acudir, en caso de que exista, a las aplicaciones móviles de dicha agencia.

En nuestro caso, te ofrecemos de manera precisa y ordenadas por Comunidades Autónomas cada una de nuestras viviendas. Solo debes adaptar ingresar a la sección de nuestro sitio web “viviendas en alquiler”, colocar tus preferencias en el motor de búsqueda y nosotros hacemos el resto.

Cuales son las variables que debes tener en cuenta

Recuerda que, según como esté conformado tu grupo familiar, cada miembro tendrá sus propios horarios y actividades. Por lo tanto, al buscar dónde alquilar para familia numerosa debes considerar diversas variables:

Ubicación deseada

Lo primero es determinar la o las zonas en las cual nos resulta mas cómodo y beneficioso residir. Esta elección será personalizada según los propios intereses de cada grupo familia, la cantidad de personas que integran la familia y las preferencias entre lo urbano y lo rural.

Dependiendo de cada situación, es importante que analices el tipo de vivienda que tiene en mente en el mercado y cuáles son los precios. Muchas veces puede dar con que la vivienda que más se adapte no se encuentre en la una zona elegida o no se ajuste a tu bolsillo. Por lo tanto, considerar otras zonas como opciones para comparar costes es fundamental.

Servicios esenciales

Esta variable se encuentra en estrecha relación con la anterior. Al mismo tiempo que se estudia las ubicaciones de nuestra futura vivienda también es recomendable estudiar la zona de manera más conjunta. Es decir, debes tener en cuenta:

1) Servicios de comunicación

Cuáles son los soportes de comunicación en la zona, como ser, telefonía móvil, internet wifi, servicio de cable, etc. En los tiempos actuales, el acceso a internet y el alcance resulta fundamental en el caso de tus hijos asistan a clases de manera online, o si debes llevar adelante tu trabajo desde casa.

2) Servicios de transporte

Si no dispones de movilidad propia, debes consideras evaluar las diferentes opciones de trasporte público. También debes considerar esta variable si dispones de tu propia movilidad, pero tus hijos se movilizan de manera independiente.

3) Cercanía a Instituciones Esenciales

Debes tener en cuenta la distancia de tu futura vivienda con hospitales, el colegio de tus hijos, parques, locales comerciales, etc.

Características de la vivienda en alquiler para familia numerosa

Esta variable debe adaptarse a tus propias necesidades y a las de tu familia. Es decir, al momento de buscar una vivienda para alquilar para familia numerosa es necesario, en primer lugar, considerar la cantidad de integrantes. Este dato te guiará en lo que sigue: cuantas habitaciones debe tener, la cantidad de baños, el total de metros cuadrados, etc.

Sin embargo, existen determinadas características esenciales que debe tener una vivienda cualquiera sea el caso:

1) Buen estado de conservación de la propiedad.
2) Que los baños y la cocina se encuentren equipados.
3) Que los suministros básicos se encuentren dados de alta.

¿Estás buscando alquiler para familia numerosa?

Si has llegado hasta aquí puede ser que estés buscando alquiler para familia numerosa. Si es así, desde Oi Real Estate podemos ofrecerte las mejores opciones facilitándote el proceso de arrendamiento. Podemos hacer de este recorrido algo sencillo, cuidadoso y seguro. Para tu mayor comodidad y seguridad contamos con:

Gestión online

Lo que te permite gestionar todo desde un mismo lugar: documentos, incidencias, comunicaciones y servicios. Tendrás todo lo relacionado con tu alquiler al alcance de tu mano.

Usuarios de confianza

Nuestro mayor deseo es que los mejores inquilinos y los mejores propietarios se encuentren y que puedan acceder a todo de manera muy sencilla. En Oi Real Estate lo hacemos de forma natural y agradable. De tú a tú, sin engaños.

Nosotros nos encargamos de todo

No vas a tener que perder tiempo en realizar visitas y gestiones. Sin moverte de tu casa podrás encontrar tu nueva vivienda y realizar todos los trámites.

Hasta aquí los consejos claves que debes seguir si quieres alquilar para familia numerosa. Recuerda que tu comodidad y la de tu familia es lo primordial. Desde Oi Real Estate podemos hacer que este proceso solo sea para disfrutar del comienzo de una nueva etapa. Sin preocupaciones. Nosotros nos encargamos de todo.

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La firma de un contrato de alquiler y el consecuente inicio de una relación arrendador-arrendatario implica que a cada una de las partes le corresponderán determinados derechos, pero también ciertas obligaciones hasta que el acuerdo finalice. En este sentido, la normativa vigente intenta mantener siempre la balanza en equilibrio, para que ninguna de las figuras que intervienen se vea excesivamente beneficiada o gravemente perjudicada. ¿Qué derechos y obligaciones le corresponden al propietario en el alquiler de una vivienda y cuáles al inquilino? En este artículo te lo contamos en detalle.

Tanto el propietario como el inquilino cuentan con una serie de derechos en los acuerdos de arrendamiento pero, en ambos casos, a estos también les corresponden ciertas obligaciones. Todos ellos están especificados en el Código Civil español. Pero como el tema que aquí nos interesa es el alquiler de bienes inmuebles, también entran en juego las disposiciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

En este post, te explicaremos en detalle cuáles son y en qué consisten los derechos y obligaciones del propietario y el inquilino en un acuerdo de arrendamiento. ¡Sigue leyendo!

¿Qué derechos y obligaciones le corresponden al propietario al alquilar su piso?

Derechos del propietario

Los propietarios tienen derecho a:

  • Solicitar garantías al inquilino antes de firmar el contrato de alquiler.
  • Recibir el pago de la renta en tiempo y forma.
  • Ser consultados antes de realizarse modificaciones o reformas en su vivienda.
  • Ser notificados con anticipación ante una finalización temprana del contrato.
  • Recibir el inmueble en condiciones al terminar el acuerdo.
  • Acceder a una serie de beneficios fiscales.

Derecho a solicitar garantías al firmar el contrato de alquiler

Antes de iniciar la relación arrendador-arrendatario, los propietarios pueden exigir una serie de garantías a los inquilinos. Estas tienen como principal objetivo verificar su nivel de solvencia. La primera de ellas es la fianza, cuya entrega es obligatoria y consiste en el pago de una suma de dinero que luego, si todo marcha bien, es devuelta al arrendatario al finalizar el contrato. En este artículo te contamos con detalle en qué consiste el depósito de la fianza.

También, existe la posibilidad de solicitar al inquilino garantías adicionales. Aunque no son obligatorias, también constituyen un derecho del propietario y pueden servirle para cubrirse frente a todo tipo de eventualidades. Las principales son la solicitud de nóminas o declaraciones de la renta más recientes, un seguro de impago de alquiler, un aval bancario, un depósito, distinto al de la fianza y la presentación de un fiador solidario. En este artículo te mostramos de qué se trata cada una de ellas.

Derecho a recibir el pago de la renta en tiempo y forma

Una vez firmado el contrato de arrendamiento, el principal derecho que tiene el propietario es el de recibir las mensualidades de renta en tiempo y forma. El solo atraso en uno de los pagos ya implica para el arrendador otro derecho, que es el de iniciar acciones legales por morosidad. En este artículo te contamos en detalle cómo proceder legalmente en estos casos y en qué consiste un proceso de desahucio.

Derecho a ser consultado antes de la realización de reformas o modificaciones

Parece evidente, pero no por ello es menos importante aclararlo. Si bien existe la posibilidad para el inquilino de realizar diferentes reformas o modificaciones en la vivienda, el propietario siempre deberá ser consultado antes. No importa si se trata de un cambio pequeño, como pintar una pared, el arrendador tiene derecho a dar su consentimiento o no.

Derecho a ser notificado con tiempo ante una finalización temprana del contrato de alquiler

Es muy común que los inquilinos abandonen la vivienda antes de tiempo, esperando no quedar sujetos a ninguna consecuencia. Sin embargo, si en el contrato figura de forma explícita una penalización económica por desistir anticipadamente del acuerdo, tendrá que cumplir con ella. 

En este sentido, cabe aclarar que el propietario tiene derecho a ser notificado de esta partida temprana al menos con treinta días de anticipación. De lo contrario, el monto a pagar de penalización será mayor para el arrendatario.

Derecho a recibir la vivienda en condiciones al finalizar el contrato

Este punto también parece evidente, pero cabe mencionar que el propietario tiene derecho, una vez que finaliza el contrato de alquiler, a recibir su vivienda en las mismas condiciones en las que la entregó. En caso de que esto no ocurra, podrá reclamar la reparación de los daños ocasionados o una indemnización que cubra dichos perjuicios. También existe la posibilidad de retener al inquilino la fianza que entregó al firmar el contrato.

Derecho a acceder a beneficios fiscales

A la hora de tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), los propietarios tienen derecho a deducir gastos inherentes al arrendamiento de su vivienda. También, a acceder a una reducción del 60%. En este artículo te contamos en detalle cómo tributa alquilar un piso en el IRPF.

Obligaciones del propietario

Los propietarios tienen la obligación de:

  • Ceder por completo el uso y disfrute de la vivienda.
  • Mantener las condiciones de habitabilidad y eficiencia energética de la misma.

Obligación de ceder por completo el uso y disfrute de la vivienda

La obligación más elemental con la que deben cumplir los propietarios al alquilar su vivienda es la de ceder por completo a los inquilinos el uso y disfrute del bien. Esto se debe a que, ante la ley, mientras dure el contrato, es el arrendatario el verdadero poseedor del bien.

Obligación de mantener las condiciones de habitabilidad y eficiencia energética de la vivienda

No es menos importante mencionar que, para poder alquilar su vivienda, los propietarios deben entregarla a los inquilinos en condiciones de ser habitada. Esto implica que deben solicitar revisiones de profesionales o técnicos especializados para tramitar documentos como la Cédula de Habitabilidad o el Certificado de Eficiencia Energética (CEE). En este artículo te mostramos en detalle de qué se trata dicha cédula. En este otro, todo lo que debes saber sobre el certificado energético.

¿Qué derechos y obligaciones le corresponden al inquilino al alquilar un piso?

Derechos del inquilino

Los inquilinos tienen derecho a:

  • Visitar la vivienda antes de firmar el contrato.
  • Negociar el tiempo de duración del mismo.
  • Tener prioridad para adquirir el inmueble en caso de que el propietario desee venderlo.
  • Transmitir la titularidad a un familiar.
  • Exigir la conservación y el mantenimiento de la propiedad.
  • Acceder a beneficios fiscales.

Derecho a visitar la vivienda antes de firmar el contrato

Antes de firmar un contrato de arrendamiento, los futuros inquilinos deben poder solicitar a los propietarios una visita y un recorrido completo por la vivienda que desean alquilar. Esto les permitirá saber si dicho inmueble se encuentra en condiciones de ser habitado y conocer con qué muebles, electrodomésticos y demás equipamiento cuenta. Es decir para, principalmente, evaluar si se ajusta a sus necesidades. Aprovechar este derecho es fundamental para tomar la mejor decisión.

Derecho a negociar el tiempo de duración del contrato

Todos los inquilinos tienen derecho a determinar, en conjunto con los propietarios, por cuánto se extenderá la duración de su relación. En este sentido, la normativa vigente indica que dichos acuerdos deben prorrogarse por un mínimo de cinco años. Por lo tanto, todos los arrendatarios tienen derecho a acceder a un contrato de alquiler de esta duración. Una vez que se cumple este plazo, si no hay voluntad de renovación a través de una nueva negociación, el contrato se extingue.

Derecho de adquisición preferente

Una de las tantas eventualidades que pueden surgir en un arrendamiento es que los propietarios decidan vender la vivienda en cuestión. En estos casos, los inquilinos cuentan con el derecho de adquisición preferente. ¿Qué significa? Que si desean comprar el inmueble, tienen prioridad por sobre otras personas que estén interesadas.

En este sentido, también cabe mencionar la posibilidad de acceder a un alquiler con opción a compra. Sin embargo, a diferencia de la situación anterior, esta debe pactarse antes de firmar el contrato de alquiler y debe explicitarse en dicho documento. En este artículo te contamos en detalle de qué se trata el alquiler con opción a compra. 

Derecho a transmitir la titularidad

Se trata de un derecho poco conocido por los inquilinos. No obstante, la realidad es que la normativa vigente permite la transmisión de la titularidad de un alquiler, manteniendo las mismas condiciones, entre familiares. Es decir, que un arrendatario puede tranquilamente ceder su lugar en la vivienda alquilada a un allegado. Sí, bajo el mismo contrato que se firmó al inicio del arrendamiento.

Cabe aclarar que, a pesar de ser un derecho totalmente exigible, es también limitado y sujeto a una serie de condiciones. Por lo tanto, será necesario consultar siempre con un asesor legal.

Derecho a exigir la conservación y mantenimiento de la vivienda

Como mencionamos previamente, en los derechos y obligaciones de los propietarios, los inquilinos pueden exigir un adecuado mantenimiento de la vivienda. Esto puede implicar la realización de una serie de obras, reparaciones, modificaciones y mejoras. 

Sin mencionar, en esta misma línea, que antes de firmar el contrato, los inquilinos deben poder exigir a los propietarios la acreditación de la Cédula de Habitabilidad y el Certificado de Eficiencia Energética (CEE), documentos de los que hablamos anteriormente.

Derecho a acceder a beneficios fiscales

Al igual que los propietarios, que cuentan con importantes deducciones y reducciones en el IRPF por arrendar su vivienda, los inquilinos también pueden acceder a ciertos beneficios fiscales.

Existen deducciones para arrendatarios que varían según cada Comunidad Autónoma, por lo tanto, deben consultarse de forma particular en cada región. No existe ningún derecho único de desgravación por alquiler que aplique con iguales condiciones en toda España.

Obligaciones del inquilino

Los inquilinos tienen la obligación de:

  • Realizar el depósito de una fianza al firmar el contrato.
  • Acreditar otras garantías que solicite el propietario.
  • Cumplir en tiempo y forma con el pago de la renta y otros gastos que se comprometió a asumir.
  • Entregar la vivienda en condiciones al finalizar el contrato.

Obligación de realizar el depósito de una fianza al firmar el contrato y acreditar otras garantías

Como mencionamos al enumerar los derechos del propietario, el inquilino tiene entre sus obligaciones la de realizar el depósito de una fianza, la cual consiste en el pago de una suma de dinero que luego, si no se producen inconvenientes, le será devuelta al finalizar el contrato.

Por otro lado, existe la posibilidad de que los propietarios soliciten garantías adicionales. También es obligación de los inquilinos cumplir con ellas. Las principales, como dijimos previamente, son la solicitud de nóminas o declaraciones de la renta más recientes, el seguro de impago de alquiler, el aval bancario, el depósito, distinto al de la fianza y la presentación de un fiador solidario.

Obligación de cumplir en tiempo y forma con el pago de la renta

Así como el principal derecho de los propietarios es el de recibir las mensualidades de renta en tiempo y forma, la principal obligación de los inquilinos es precisamente esta, la de cumplir con dichos pagos en los términos correspondientes. De no ocurrir esto, es posible que los arrendadores inicien acciones legales, lo cual puede derivar en un desalojo para los inquilinos.

Obligación de abonar los gastos que le corresponden

Al firmar el contrato de arrendamiento, es probable que los inquilinos no deban comprometerse únicamente con el pago de la renta todos los meses. También pueden quedar bajo su responsabilidad gastos como los recibos de los servicios o las cuotas de la comunidad de vecinos. El incumplimiento de estos pagos también se considerará como una falta grave. 

Obligación de dejar la vivienda en condiciones al finalizar el contrato

Al derecho de los propietarios de recibir su vivienda en condiciones una vez que finaliza el contrato de arrendamiento, le corresponde esta obligación de los inquilinos de posibilitarlo. Al abandonar el inmueble, deberán dejarlo tal como lo recibieron, pero habiendo contribuido también a su correcto mantenimiento.

Como habrás visto, los derechos y obligaciones del propietario en un acuerdo de arrendamiento son proporcionales a los del inquilino.

Para que la relación arrendador-arrendatario sea amena durante el período de duración del contrato, será indispensable que tanto inquilino como propietario se comprometan a cumplir con sus obligaciones, pero también será importante que hagan valer sus derechos.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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La firma de un contrato de alquiler es indispensable para regular las relaciones entre propietarios e inquilinos y que todo salga de la mejor manera posible. Sin embargo, es necesario que este documento esté confeccionado de manera correcta y que ambas partes se comprometan a cumplirlo. En este artículo te contamos todo lo que debes saber acerca del contrato de alquiler, desde cómo redactarlo, según lo que prevé la ley, hasta cómo proceder durante su vigencia.

A la hora de alquilar un inmueble propio o de buscar una vivienda para rentar, las dudas que surgen son muchas y variadas. ¿A qué es necesario prestarle atención antes de poner la firma en un contrato de alquiler? ¿Cómo estar seguro de que más adelante no surgirán inconvenientes? En primer lugar, es necesario estar informado al respecto y saber que este tipo de acuerdos están regulados, principalmente, por el Código Civil español. Luego, por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), ya que lo que nos interesa es el alquiler de bienes inmuebles.

A continuación te mostramos qué características tiene un contrato de alquiler y qué datos y cláusulas deben ser incluidas en él. Luego, te contamos todo lo que debes saber respecto a tiempos de duración y prórrogas. Más adelante, también nos ocuparemos de cómo proceder ante un incumplimiento del contrato, entre ellos, un impago de la renta. Por último, te contamos qué modificaciones se introdujeron con la última reforma de la LAU. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué características tiene un contrato de alquiler?

Un contrato de alquiler o contrato de arrendamiento es aquel documento en el cual un propietario y un futuro inquilino formalizan un acuerdo. De esta manera, el primero cede al segundo la utilización y el disfrute de su bien inmueble por un determinado período de tiempo, a cambio de un pago. Se trata de un contrato:

  • Consensual: porque requiere del consentimiento de ambas partes, sin tener que cumplir con más formalidades, salvo la de respetar la ley.
  • Bilateral: porque intervienen únicamente una parte arrendadora y otra arrendataria. Esto no impide que pueda haber más de una persona que sea arrendadora y más de una persona que participe como arrendataria.
  • Temporal: porque el uso y disfrute de la vivienda es transmitido por un período de tiempo determinado.
  • Oneroso: porque implica que el arrendatario deba pagar un monto determinado al arrendador por el uso y disfrute de la vivienda.

¿Qué datos y cláusulas debe incluir?

Para que un contrato de alquiler pueda cumplir con su principal objetivo, que es el de regular el acuerdo entre propietario e inquilino, haciendo un equilibrio entre los derechos y las obligaciones de ambos, debe contar con ciertas características. 

Por un lado, debe identificar de manera correcta a ambas partes implicadas y al inmueble en cuestión. Por el otro, debe dejar en claro todas las condiciones a las que estará sujeta la relación arrendador-arrendatario. De esta manera, mientras más explícito sea el contrato, menos inconvenientes podrán surgir en el futuro. También será más fácil para ambos reclamar ante un incumplimiento. 

En este sentido, es altamente recomendable contar con la participación de un profesional, como un abogado, para que redacte y participe de la firma de dicho documento. Veamos qué datos y qué cláusulas son indispensables en un contrato de alquiler:

Identificación de ambos contratantes

Nombres, apellidos y Documento NacionaI de Identidad (DNI) de cada uno.

Datos de ubicación del bien inmueble

Calle, número, piso, etcétera.

Duración del contrato

En este apartado se debe especificar por cuántos años se extenderá el acuerdo. Cabe aclarar que la LAU establece un período de prórroga obligatoria de cinco años. Es decir que el inquilino puede exigir permanecer en la vivienda por este plazo, aunque el contrato refleje una duración inferior.

Renovación del contrato

Cuando el plazo de duración pactado es inferior a cinco años, la prórroga se produce de forma automática, a menos que el arrendatario manifieste con treinta días de anticipación su voluntad de no renovarlo. La única excepción a esta regla es que el arrendador puede exigir la vivienda para uso personal o de sus familiares cercanos, siempre y cuando esto conste en el contrato y haya transcurrido el primer año del mismo.

Desistimiento del contrato

Es posible para el arrendatario desistir del contrato cuando lo comunique al arrendador con treinta días de anticipación. Para ellos, deben haber transcurrido al menos seis meses desde su firma. Sin embargo, en estos casos el inquilino debe afrontar una penalización económica, cuyo monto debe estar especificado en este apartado.

Subarriendo

El arrendatario puede subarrendar una habitación de la vivienda sólo si lo informa debidamente al arrendador y este otorga su consentimiento. Esta posibilidad también debe ser especificada en el contrato.

Monto de la renta

Debe ser pactado entre ambas partes y puede ser actualizado al cumplirse cada año de contrato. Cabe aclarar que, en ningún caso, el incremento puede ser superior al determinado por el último Índice de Precios al Consumo (IPC) publicado hasta el momento.

Fianza

Se trata de una garantía que el arrendatario debe abonar de manera obligatoria antes de ingresar a la vivienda. El importe de la misma no puede ser superior al de una mensualidad de renta y debe dejarse asentado también en este documento. 

Distribución de gastos

En este apartado debe determinarse quién se encargará de abonar los gastos de la Comunidad, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), las tasas de basura, entre otros. En caso de que no se especifique, todos estos gastos corresponderán al arrendador y el arrendatario sólo deberá ocuparse de los servicios básicos, como agua, gas y energía eléctrica.

Venta

Por último, también debe explicitarse en el contrato que, en caso de que el propietario venda el inmueble, el nuevo comprador deberá respetar los cinco años de duración del contrato que determina la ley.

¿De qué se trata el contrato de alquiler con opción a compra?

Antes de firmar un contrato de alquiler como el que describimos, es importante saber que también existe una opción muy beneficiosa para arrendador y arrendatario que debe tenerse en cuenta antes de confeccionar el documento. ¿De qué se trata?

Redactar y firmar un contrato de alquiler con opción a compra permite al inquilino habitar la vivienda bajo un régimen de arrendamiento durante determinado período de tiempo. Una vez que finaliza este lapso, la persona tiene derecho a adquirir el inmueble por un precio que haya acordado con el propietario. El beneficio radica en que a ese monto se le descuentan, parcial o totalmente, las cuotas de alquiler que el arrendatario haya abonado hasta ese momento.

Para acceder a este tipo de acuerdo será necesario, claramente, firmar un tipo de contrato bastante diferente al que describimos previamente. En este artículo te contamos todo lo que debes saber sobre el alquiler con opción a compra y qué cláusulas se deben incluir en el documento.

¿Qué garantías tiene obligación el inquilino de presentar y qué garantías opcionales puede exigir el propietario para firmar el contrato de alquiler?

Como mencionamos previamente, la fianza es una garantía, que consta de un monto de dinero equivalente al de una mensualidad de renta que el arrendatario debe entregar de manera obligatoria al iniciar el acuerdo. Es obligación también para el arrendador depositar este importe en en la oficina pública que corresponda según cada municipio.

Sin embargo, el propietario también cuenta con el derecho de exigir otras garantías adicionales, que le permitirán cubrirse ante futuros inconvenientes. Se trata de la presentación de nóminas o declaraciones de la renta más recientes, de un seguro de impago de alquiler, de un aval bancario, de un depósito diferente al de la fianza y de un fiador solidario que sea propietario de algún bien inmueble. En este artículo te contamos en detalle de qué se trata cada una de estas garantías.

¿Qué duración puede tener un contrato de alquiler y qué prórrogas pueden aplicarse?

Anteriormente hablamos de cómo la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) determina los plazos mínimos por los que debe prolongarse cada contrato de alquiler celebrado en España. Veamos que ocurre en los acuerdos firmados con una duración inferior a cinco años, de plazo indeterminado o con una duración superior a los cinco años.

Contratos de alquiler inferiores a cinco años

Todos los contratos de alquiler con una duración inferior a cinco años serán forzosamente prorrogados hasta cumplir ese plazo, siempre y cuando el arrendatario lo desee. De lo contrario, puede cancelar la prórroga si avisa con un mes de anticipación al arrendador.

Una vez que dicha prórroga finaliza, la ley establece que es posible volver a extender el plazo, solo que esta vez dependerá de la voluntad del arrendador y será por una duración de tres años en vez de cinco. Cabe aclarar que esta prórroga se efectuará automáticamente si el propietario no expresa al inquilino su voluntad de no renovar con cuatro meses de antelación al vencimiento del contrato.

Contratos de alquiler de duración indeterminada

Cuando un contrato de alquiler no explicite el plazo por el cual se extenderá, la ley considerará para él una duración de un año. De esta manera, se aplicará la misma regla que para el caso anterior. Si el arrendatario lo desea, puede obtener una prórroga de cinco años. Una vez cumplido este plazo y si ambas partes buscan continuar con el acuerdo, este podrá prorrogarse hasta un máximo de tres años.

Contratos de alquiler superiores a cinco años

Por último, aquellos contratos de alquiler en donde se establezca una duración superior a los cinco años determinados por la ley, los mismos deben finalizar en la fecha señalada.

¿Qué ocurre cuando se produce la finalización del contrato de alquiler?

Una vez que se cumple la fecha de extinción del contrato de alquiler y ya se han aplicado todas las prórrogas posibles, el arrendador tiene la obligación de comunicar al arrendatario la resolución del contrato. Si no lo hace en un plazo de quince días desde el momento de la finalización, se da por hecho que hay tácita reconducción.

¿De qué se trata? La tácita reconducción está regulada por el artículo 1581 del Código Civil y permite al inquilino seguir haciendo uso y disfrute de la vivienda, incluso después de superado el período del contrato, de las prórrogas correspondiente y de los quince días posteriores a la finalización del acuerdo sin un aviso del propietario.

¿Qué ocurre cuando alguna de las dos partes no cumple con el contrato?

Las malas prácticas en los acuerdos de alquiler son frecuentes, tanto por parte del propietario, como por parte del inquilino. Sin embargo, muchas de ellas no incumplen únicamente el contrato de alquiler firmado, sino que también violan el Código Civil español o la ya citada Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Entre los incumplimientos más frecuentes por parte del arrendador están:

  • Solicitar más de dos mensualidades como garantía.
  • Impedir la prórroga del contrato de alquiler hasta los cinco años de duración.
  • Disfrazar el alquiler residencial de alquiler turístico.
  • Cometer abusos en el alquiler de viviendas protegidas.

Por su parte, los incumplimientos más cometidos por el inquilino son:

  • No pagar la renta o los gastos correspondientes.
  • Ocasionar daños o no contribuir al mantenimiento de la vivienda.
  • Sustituir el pago del último mes de alquiler por la fianza.
  • Marcharse antes de que finalice el contrato.
  • Incluir a terceros como residentes permanentes en la vivienda.

En este artículo te contamos en profundidad cómo proceder legalmente ante cada una de estas faltas en los acuerdos de arrendamiento. A su vez, en este artículo nos ocupamos específicamente del incumplimiento más común entre inquilinos: el de no pagar la renta en tiempo y forma.

¿Qué modificaciones introdujo la última reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) respecto del contrato de alquiler?

Muchas de las reglamentaciones que fuimos mencionando a lo largo de este artículo fueron introducidas por el Real Decreto-Ley 7/2019, del 1 de marzo, aprobado hace ya más de dos años. Reiteramos alguna de las medidas que implica esta reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y te contamos qué otras se aplican desde ese entonces:

Plazos de prórroga

Se amplió el plazo de prórroga obligatoria de los contratos de alquiler de tres a cinco años. También se amplió la prórroga tácita de uno a tres años, cuando el arrendador y el arrendatario no manifiesten su voluntad de no renovar el contrato.

Incrementos de renta

El incremento de la renta anual pasó a estar ligado al Índice de Precios al Consumo (IPC), no pudiendo superar los montos determinados por el mismo.

Garantías adicionales

Se limitó el monto de las garantías adicionales, no pudiendo superar el equivalente a dos mensualidades de renta, a menos que se trate de contratos de larga duración.

Extinción del contrato

Para extinguir el contrato, una vez transcurridos los cinco años de prórroga, el arrendador debe comunicar al arrendatario su voluntad de no renovarlo con al menos cuatro meses de anticipación. Si es el inquilino quien desea finalizar la relación, debe hacerlo con dos meses de antelación.

Venta

Si el propietario vende la vivienda con un contrato de alquiler vigente, el comprador debe respetar los plazos y condiciones del mismo, esté el inmueble inscrito o no en el Registro de la Propiedad.

Obras de mejora

De haber acuerdo entre propietario e inquilino, será posible realizar obras de mejora en la vivienda sin necesidad de celebrar un nuevo contrato.

Gastos

Los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato quedarán a cargo del arrendador, siempre que este sea una persona jurídica.

¿Estás pensando en alquilar tu propiedad? ¿Buscas una vivienda para arrendar? En Oi Real Estate, podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

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A la hora de buscar un bien inmueble para arrendar, es probable que muchas personas tengan varias dudas acerca de los requisitos con los que deben cumplir o la documentación que deben presentar. También, puede que surjan varios interrogantes respecto a cómo actuar para evitar conflictos con los propietarios o, incluso, para no ser víctimas de estafas. Por esta razón, en esta guía para el inquilino te contamos todo lo que debes tener en cuenta antes de alquilar una vivienda.

Como expertos en el sector inmobiliario, entendemos que informarse es el paso más importante antes de buscar una vivienda para alquilar y firmar un contrato de arrendamiento. Muchas veces los potenciales inquilinos tienen dudas respecto a cómo actuar o miedos en relación a abusos, engaños y estafas. Por eso, conocer ciertas recomendaciones y consejos, pero también algunas disposiciones legales, puede hacer la diferencia.

A continuación te ofrecemos una guía que todo inquilino debe tener en cuenta al alquilar una vivienda. Te contamos qué requisitos debe cumplir y qué documentos presentar al firmar el contrato. También, de qué derechos goza y qué obligaciones le corresponden. Por último, te brindamos algunos consejos para evitar situaciones indeseables. ¡Sigue leyendo!

¿Con qué requisitos debe cumplir un inquilino para alquilar una vivienda?

En primer lugar, es necesario que hablemos de aquellas condiciones que una persona debe reunir para convertirse en arrendataria de un inmueble. Cualquiera que desee alquilar una vivienda y convertirse en inquilino tiene que cumplir con: 

Depósito de una fianza

El futuro inquilino tiene obligación de entregar al propietario de la vivienda una suma de dinero en concepto de fianza. Esta tiene el fin de resguardar al arrendador ante el caso del incumplimiento de ciertas obligaciones dentro del período de duración del contrato. Así lo determina la  Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 en su artículo 36 y es la única garantía de carácter obligatorio para todos los alquileres que se celebran en España.

Estos son dos factores que resultan de gran importancia considerar al momento de realizar el depósito:

  • ¿Qué valor debe tener dicha fianza? No puede tratarse en ningún caso de un monto superior al de una mensualidad de renta.
  • ¿Qué ocurre una vez que el arrendatario la entrega al arrendador? Este último tiene la obligación de depositarla en la Agencia de la Vivienda correspondiente o en un organismo análogo que haya en la Comunidad Autónoma donde se encuentra el inmueble.

Una vez finalizado el contrato, si no se produjo ningún incumplimiento por parte del inquilino, el propietario tiene la obligación de devolverle la totalidad del dinero del deposito de la fianza.

Garantías adicionales que pueda solicitar el propietario

Como mencionamos, el depósito de una fianza es la única garantía de carácter obligatorio en estos casos y su monto no puede ser mayor al de una mensualidad de renta. Sin embargo, debido a que esta puede no llegar a cubrir ciertos incumplimientos, la ley también permite a los propietarios exigir garantías adicionales. Estas son:

  • Seguro de impago de alquiler: es otro monto que tiene como objetivo asegurar al propietario frente a posibles incumplimientos del contrato por parte del inquilino.
  • Aval bancario: se trata de un monto equivalente a varias mensualidades de alquiler que suele quedar inmovilizado durante un tiempo en una cuenta bancaria. Tiene como fin certificar que el inquilino puede afrontar el pago del alquiler. También asegurar al arrendador de que la intención de habitar la vivienda y cumplir con el contrato es real.
  • Depósito: a diferencia de la fianza, este tipo de garantía no es equivalente a una mensualidad de renta, sino que su monto es libremente pactado entre arrendador y arrendatario. Sin embargo, no debe superar el valor equivalente a dos cuotas de alquiler. Al igual que con la fianza, el dinero entregado deberá ser devuelto al inquilino al finalizar el alquiler, siempre y cuando no se haya producido un incumplimiento del contrato.
  • Fiador solidario: implica que una tercera persona, elegida por el inquilino, pueda convertirse en su responsable solidaria si se produce un incumplimiento del contrato.

En este artículo te contamos en profundidad de qué se tratan las garantías adicionales que los propietarios pueden solicitar antes de arrendar un bien inmueble.

¿Qué documentos necesitan presentar los inquilinos para alquilar una vivienda?

Además de estas garantías, que conforman los requisitos para alquilar una vivienda, hay algunos documentos que el inquilino debe presentar al firmar el contrato. Estos son:

Identificación personal

Lo indispensable a la hora de firmar un contrato de alquiler, o cualquier tipo de contrato, es poder acreditar la identidad personal. Por lo tanto, el inquilino debe presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI), en caso de que haya nacido en España, o su Tarjeta de Extranjero y su Número de Identidad de Extranjero (NIE), en caso de que sea oriundo de otro país. Sea cual sea su caso, debe presentar la documentación original pero también una copia.

En definitiva, una vez entregada la fianza y el resto de las garantías adicionales, la identificación personal es el único documento necesario para efectuar el acuerdo. No obstante, muchos propietarios de inmuebles buscan personas que cumplan con determinadas características para arrendarles su piso. Con el fin de saber si el inquilino encaja con el perfil que están buscando pueden llegar a solicitar otro tipo de referencias.

Nóminas de empleo o certificado de estudios

La presentación de las nóminas o declaraciones de la renta más recientes permiten comprobar al propietario que el inquilino recibe ingresos de manera periódica y que estos son suficientes para cumplir con la renta. 

Por otro lado, en caso de que el inquilino estudie en España, un escrito oficial provisto por su centro de estudios puede demostrar al propietario que cuenta con los medios suficientes para sostener el alquiler de un piso. 

Referencias positivas 

Nos referimos a una carta elaborada por un arrendador anterior en donde se brinden buenas referencias del inquilino puede dejar más tranquilo al propietario. También puede tratarse de un certificado de confiabilidad emitido por el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM).

Derechos y obligaciones de los inquilinos al alquilar una vivienda

Una vez que se ha cumplido con todos los requisitos, se ha presentado la documentación necesaria y se ha firmado el contrato de alquiler, comienza la relación arrendador-arrendatario. En esta instancia es importante que conozcas tus derechos como inquilino al alquilar una vivienda, pero también tus obligaciones para evitar futuros inconvenientes y conflictos.

Derechos de los inquilinos al alquilar una vivienda

Todos los inquilinos tienen derecho a:

  • Visitar la vivienda antes de firmar el contrato.
  • Negociar el tiempo de duración del mismo.
  • Tener prioridad para adquirir el inmueble en caso de que el propietario desee venderlo.
  • Transmitir la titularidad a un familiar.
  • Exigir la conservación y el mantenimiento de la propiedad.
  • Acceder a beneficios fiscales.

Obligaciones de los inquilinos al alquilar una vivienda

Los inquilinos tienen la obligación de:

  • Realizar el depósito de una fianza al firmar el contrato.
  • Acreditar otras garantías que solicite el propietario.
  • Cumplir en tiempo y forma con el pago de la renta y otros gastos que se comprometió a asumir.
  • Entregar la vivienda en condiciones al finalizar el contrato.

En este artículo te contamos en detalle en qué consiste cada uno de estos derechos y estas obligaciones. También te mostramos cuáles son aquellos que corresponden a los propietarios.

Consejos que todos los inquilinos deben tener en cuenta antes de alquilar una vivienda

Ahora bien, aún conociendo con qué requisitos es necesario cumplir, qué documentación se debe presentar, de qué derechos se gozan y qué obligaciones corresponden, es probable que un inquilino siga teniendo varias dudas antes de tomar la decisión de alquilar una vivienda. Muchos temen sufrir abusos o estafas por parte de los propietarios, por ejemplo. Por esta razón, a continuación te mostramos otros aspectos que deben tenerse en cuenta antes de dar este paso:

Investigar acerca de los precios de alquiler de viviendas en la zona

Averiguar dentro de qué valores se encuentran los alquileres en una determinada zona puede ayudar a detectar anuncios engañosos o que son lisa y llanamente estafas. Por eso es importante sospechar de aquellas viviendas que se ofrezcan a un precio que esté muy por debajo del valor medio de otros inmuebles de similares características que se encuentran en las cercanías.

Verificar la titularidad de la vivienda en el Registro de la Propiedad antes de alquilar

Muchas veces acudir al Registro Público de la Propiedad para verificar la titularidad sobre la vivienda que se quiere arrendar puede brindar más tranquilidad, ya que permitirá comprobar que quien dice ser el propietario del inmueble realmente lo es. Este trámite es muy sencillo y puede realizarse de manera online. Sólo es necesario solicitar una nota que proporcione información acerca de la situación jurídica de la finca correspondiente. Dicho procedimiento no solo permitirá verificar la titularidad sobre la vivienda, también sí la misma está sujeta a algún tipo de carga.

Formalizar el acuerdo cara a cara con el arrendador

Visitar el piso en cuestión antes de firmar el contrato es indispensable para verificar que todo se ve como en los anuncios y no llevarse desagradables sorpresas luego. Una excusa típica, cuando en realidad se trata de un fraude, es que el arrendador alegue encontrarse en el extranjero y, por esa razón, no puede concertar una visita. Es importante, entonces, prestar atención a este tipo de argumentos y nunca cerrar un acuerdo si no es de manera presencial. Lo mismo ocurre con la celebración del contrato: si no existe la posibilidad de firmarlo con el propietario, debe ser con el administrador de fincas o con la inmobiliaria.

No pagar el alquiler antes de visitar el piso

En la misma línea que el consejo anterior, tampoco se debe, bajo ningún concepto, entregar un adelanto al propietario o arrendador antes de visitar el piso. De hacerlo, puede ocurrir lo que señalamos en el último punto: que la vivienda alquilada en realidad no se encuentre en las mismas condiciones que se muestran en el anuncio o que se trate de un fraude y ni siquiera exista.

Firmar un contrato de alquiler por escrito

Aunque parezca evidente, es importante aclarar que al alquilar una vivienda siempre debe cerrarse el trato por escrito y, en lo posible, con la presencia de un profesional. Un acuerdo de palabra, en caso de que surja algún inconveniente luego, no permite demostrar las condiciones pactadas entre ambas partes ni su incumplimiento. Es por esta razón es imprescindible expresar todos los puntos acordados por las partes implicadas y que cada una de ellas conserve una copia firmada por ambas en todas sus páginas.

Prestar atención al depósito de fianza

Como ya mencionamos anteriormente, la Ley de Arrendamientos Urbanos expresa la obligatoriedad para el inquilino de entregar una fianza al arrendador al inicio del alquiler, pero también que este último la deposite en el organismo público correspondiente. Sin embargo, no faltan los casos en los que los propietarios no cumplen con este paso. Si bien se trata de una falta grave que implica la resolución inmediata del contrato, también podría suponer la pérdida de este depósito para el inquilino y la imposibilidad de acceder a desgravaciones por alquiler. Por esta razón, es importante velar por la fianza y verificar que el arrendador haya cumplido con su obligación de realizar el depósito. 

Además, es importante recordar que la suma de dinero entregada en concepto de fianza no puede, en ningún caso, superar al monto equivalente a tres meses de renta. También es imprescindible conservar el recibo de pago una vez efectuado.

A modo de conlusión, antes de alquilar una vivienda y convertirse en inquilino es importante prestar atención a todas las cuestiones que fuimos describiendo a lo largo de este artículo. Si todas las condiciones del acuerdo de arrendamiento quedan expresadas en el contrato, se las ha revisado y resultan justas, no habrá mayores inconvenientes a la hora de reclamar judicialmente si el propietario incumple algún punto.

Por otro lado, siempre es importante estar atento en los momentos previos a la firma del contrato de alquiler. Visitar la vivienda con anterioridad, verificar que todos sus datos de titularidad y la información sobre cargas esté en orden, entre otras cosas, brindarán la seguridad de estar embarcándose en un buen acuerdo.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información.

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El alquiler de una vivienda termina de manera definitiva, cuando el arrendatario devuelve las llaves al arrendador. Si bien parece un acto sin importancia, la realidad es que ambas partes deben tomar ciertas medidas en ese momento. ¿Cómo se formaliza la entrega de llaves al finalizar un contrato de alquiler? ¿Por qué es importante hacerlo? ¿Qué debe tener en cuenta el arrendador? ¿A qué debe prestarle atención el arrendatario? En este artículo te lo contaremos.

La entrega de llaves al finalizar el contrato de alquiler de una vivienda se formaliza mediante un documento específico. En él, tanto arrendador como arrendatario, deben dejar constancia de que el inmueble fue devuelto en condiciones. También que no restan deudas por ninguna mensualidad de renta u otros gastos inherentes al alquiler.

En este artículo te contamos cuál es la importancia de firmar este documento y el paso a paso que es necesario seguir antes. ¡Sigue leyendo!

¿En qué consiste la entrega de llaves al finalizar el contrato de alquiler y por qué debe formalizarse con la firma de un documento?

La entrega de las llaves de la vivienda es el último acto que se lleva a cabo para resolver un contrato de alquiler. De esta manera, la posesión del bien inmueble vuelve a manos del propietario y la relación arrendador-arrendatario finaliza. Esta devolución puede darse porque el inquilino desistió del contrato y lo notificó debidamente, como dispone el artículo 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) o porque se cumplió el plazo convenido junto con sus correspondientes prórrogas.

Si bien este acto puede realizarse sin ninguna otra formalidad, lo más recomendable es dejarlo asentado de manera fehaciente para evitar futuras discrepancias y conflictos legales entre las partes. ¿Por qué? Aunque la entrega de las llaves de la vivienda pueda ser considerada como una efectiva devolución del bien, existen otras actuaciones que también intervienen en la resolución del contrato. Se trata de: 

  • La devolución de la fianza que el arrendatario entregó al arrendador al firmar el contrato y este último depositó en el organismo público correspondiente. 
  • La reclamación por posibles daños en la vivienda que sean responsabilidad del inquilino.

Esto quiere decir que el arrendador sólo firmará un documento en donde se constate la entrega de llaves por mutuo acuerdo cuando estén dadas las condiciones para devolver la fianza al arrendatario. O sea, cuando no se hayan ocasionado graves perjuicios al inmueble. ¿Qué pasos deben seguirse para firmar dicho documento con seguridad?

El paso a paso antes de firmar la entrega de llaves por finalización del contrato de alquiler

Antes de firmar el documento en donde quede asentado el acuerdo entre arrendador y arrendatario para finalizar la relación y que el inmueble vuelva a manos de su titular es importante que ambas partes se aseguren de que todo está en orden. Sólo de esta manera existirá la seguridad suficiente para que el arrendador devuelva al arrendatario la totalidad de la fianza. Los pasos a seguir por ambos son los siguientes:

Pasos que debe seguir el arrendador

  1. Fijar una fecha en concreto para encontrarse con el arrendatario en la vivienda alquilada con el objeto de llevar a cabo el acto de entrega de llaves.
  2. Una vez llegado este día, proceder a un examen exhaustivo de toda la propiedad para comprobar que se encuentra en buen estado y no hay ningún tipo de daño que sea responsabilidad del inquilino.
  3. Verificar que el pago de todas las mensualidades de renta estén al corriente y que el arrendatario no adeuda ningún monto de dinero por este concepto.
  4. Comprobar que el pago de suministros, como agua o luz, o cualquier otras cantidades que en el contrato figuren como responsabilidad del inquilino también estén al día.

Pasos que debe seguir el arrendatario

  1. Una vez que el arrendador examinó la vivienda, el arrendatario debe tomar la precaución, si se posterga la devolución de la fianza para otro día, de constatar mediante fotografías o testigos de que entregó la vivienda en buenas condiciones. Esto se debe a que, luego de entregadas las llaves, no podrá acreditar el estado del inmueble en el momento de la devolución.
  2. Si bien se trata de un paso que debe hacerse de manera previa a la firma del contrato, vale la pena aclararlo. Es conveniente que, al alquilar la vivienda, el arrendatario la recorra por completo y tome fotografías que den cuenta del estado de la propiedad al iniciar el arrendamiento. De esta manera, luego podrá compararlas con las tomadas el día de la entrega de llaves.

¿Qué deben tener en cuenta arrendador y arrendatario al firmar el documento de entrega de llaves por finalización del contrato de alquiler?

Cuando el arrendador y el arrendatario completaron los pasos que debería seguir cada uno, es momento de firmar el documento en donde se formaliza la entrega de llaves. 

¿Qué debe figurar en él? En principio, que ambas partes dan por resuelto de mutuo acuerdo el contrato de alquiler, haciendo constar que el arrendatario entrega la posesión de la vivienda al arrendador mediante la entrega de las llaves. Es importante que ambos manifiesten aquí que la vivienda se encuentra en perfectas condiciones y que el arrendatario no adeuda ninguna cantidad al arrendador.

Una vez hecha la entrega de llaves, el arrendador también debe proceder a devolver al arrendatario la fianza y otras garantías complementarias que haya exigido al inicio del contrato. Por eso es conveniente que en este documento también se haga constar la devolución de la fianza.

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Además, te ayudaremos a responder cualquier pregunta que poseas sobre los alquileres y, te acompañaremos en todo lo que requieras. Nuestro deseo es que conozcas el mundo inmobiliario en su totalidad, con el fin de tomar las mejores decisiones para tu proyecto o tu vida. Ser propietario de una vivienda puede ser complicado, pero estamos aquí para ayudarte con lo que necesites.

Si tienes alguna inquietud recuerda que, puedes realizarla en la sección de comentarios que se encuentra debajo de la publicación. También, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer.

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