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Es muy frecuente que, al momento de la entrega de llaves, un propietario observe que su inquilino ocasionó diferentes desperfectos a la vivienda arrendada. Cuando esto ocurre, existe la posibilidad de actuar o reclamar de varias maneras. Sin embargo, pueden surgir varias dudas al respecto. ¿Cómo proceder ante los daños ocasionados en un piso al finalizar el alquiler? ¿Es siempre beneficioso reclamar? En este artículo te contamos todo lo que debes saber al respecto.

La fianza que el arrendatario debe entregar al arrendador puede servir para cubrir los costes de reparación por diferentes desperfectos. Sin embargo, esto no siempre es posible. En ese caso, existe la posibilidad de recurrir a la justicia. Para ello también será necesario recolectar una serie de pruebas y reclamar dentro de un tiempo razonable.

A continuación, te contamos cómo deben obrar arrendador y arrendatario respecto al cuidado de una vivienda arrendada. Luego, qué ocurre cuando, al finalizar el alquiler, se comprueba que hay daños en el piso. ¿Qué pasa cuando la fianza no es suficiente para cubrir los gastos? ¿Es siempre beneficioso iniciar acciones legales? ¿Es posible en todos los casos obtener el dinero necesario? ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cuáles son los derechos y obligaciones respecto del cuidado de un piso en alquiler?

El arrendador tiene derecho a:

  • Solicitar una fianza y garantías adicionales que cubran los daños en el piso al finalizar el alquiler: la fianza y las garantías adicionales tienen como principal objetivo verificar el nivel de solvencia del inquilino, aunque también sirven para cubrirse ante eventuales daños. La primera de ellas es de carácter obligatorio al firmar el contrato, mientras que la solicitud de las segundas es opcional. Al finalizar el acuerdo, la fianza, que consta de una suma de dinero que no debe exceder las dos mensualidades de renta, debe ser devuelta al arrendatario. Sin embargo, si el arrendador comprueba que hubo daños en la vivienda puede no devolverla y utilizar ese monto para cubrir los costes de reparación.
  • Recibir el piso en condiciones al finalizar el alquiler: si bien parece evidente, se trata de uno de los principales derechos del arrendador. Una vez que finaliza el contrato de alquiler, debe recibir su vivienda en las mismas condiciones en las que la entregó. En caso de que esto no ocurra, podrá optar por diferentes vías de reclamo y, como mencionamos, podrá también retener la fianza que el arrendatario entregó al iniciar la relación.

Por su parte, el arrendatario tiene la obligación de cumplir con estas dos condiciones: entregar al arrendador la fianza y las garantías adicionales que le solicite al iniciar el alquiler y devolver la vivienda tal como la recibió.

¿Por qué tipo de daños en el piso es posible reclamar al finalizar el alquiler?

Antes de avanzar es importante aclarar qué tipo de daños en el piso al finalizar el alquiler habilitan al arrendador a retener la fianza o reclamar de otra manera. La responsabilidad sobre los desperfectos recaerá sobre el inquilino cuando pueda probarse que fue el culpable directo o indirecto del daño o que actuó con negligencia.

Incluso cuando los daños observados en la vivienda excedan el normal deterioro que corresponde a su uso cotidiano, también corresponderá al inquilino hacerse cargo, ya que se trata de desperfectos que se han producido por un uso anormal del inmueble.

Daños en el piso por los cuales el arrendador no puede reclamar al finalizar el alquiler

En cambio, existen determinadas situaciones en las cuales el arrendador no tiene derecho a retener la fianza para reparar daños ni reclamar por ellos. Se trata de los ocasionados por:

  • Falta de obras de conservación: es obligación del propietario realizar todas las reparaciones y obras de mantenimiento necesarias para garantizar las condiciones de habitabilidad de la vivienda. Por lo tanto, si los daños observados en el piso al finalizar el alquiler tienen que ver con una falta de ellas, no podrá responsabilizar por ello al inquilino.
  • Pequeños daños ocasionados por un uso normal de la vivienda: el arrendador también tiene la obligación de reparar aquellos daños que tengan que ver con un uso normal de la vivienda al finalizar el contrato. Este tipo de desperfectos solo serán responsabilidad del arrendatario dentro del tiempo de duración del acuerdo de alquiler.

¿Cómo proceder cuando se observan daños en el piso al finalizar el alquiler?

Si bien es posible que el arrendador observe daños o desperfectos dentro del tiempo de duración del contrato de alquiler, lo más probable es que los compruebe el día de la entrega de llaves. A continuación veremos en qué consiste esta instancia y qué posibilidades tiene el propietario ante este escenario.

Firmar un documento al finalizar el alquiler en donde el arrendatario reconozca los daños ocasionados en el piso

Cuando el tiempo del contrato y sus correspondientes prórrogas finaliza, el arrendador y el arrendatario firman, idealmente, un documento de finalización del alquiler en donde ambos especifican:

  • Que el arrendatario devuelve las llaves al arrendador y este las acepta.
  • Si el arrendatario debe o no algún monto de dinero al arrendador.
  • Si el arrendador ha observado daños y desperfectos en la vivienda que puedan atribuirse a la acción o inacción del inquilino.
  • Teniendo en cuenta los dos puntos anteriores, si el arrendador devuelve la fianza o no al arrendatario.

Con la firma de este documento, el propietario se asegura la recepción de las llaves y la recuperación de su vivienda de manera fehaciente. Este procedimiento también le permitirá reclamar de manera legítima por los daños que haya observado, ya que el inquilino, al firmar este documento, los estará reconociendo.

¿Qué ocurre cuando el arrendatario se niega a firmar?

Ahora bien, la realidad es que esta situación no es muy frecuente. Por lo general, ningún arrendatario firma un documento en el que acepte que ocasionó un deterioro intencional a la vivienda. En ese caso, será necesario intentar que, como mínimo, firme que ha entregado las llaves al arrendador. 

De no lograr esto, lo mejor será iniciar un proceso de desahucio ante la justicia, ya que, tomar las llaves sin la existencia de ningún documento o testigo, puede significar consecuencias más graves.

No obstante, supongamos que el inquilino accede a firmar este documento. ¿Qué posibilidades tiene el propietario para cubrirse ante los daños y desperfectos ocasionados?

Retener la fianza

Como mencionamos al principio, una de las principales funciones de la fianza es la de cubrir los costes de un eventual daño en la vivienda arrendada. En caso de que, al cumplirse el tiempo del contrato, el propietario y el inquilino firmen un documento de finalización de alquiler en donde quede expreso que hay desperfectos que son responsabilidad del arrendatario, la fianza vuelve a entrar en escena.

Si el arrendador observa daños en la vivienda o en determinados bienes que la componen puede optar por utilizar el monto de la fianza para repararlos en vez de devolverla al inquilino. En muchas ocasiones esta suma de dinero es suficiente para hacer frente a los costes de los arreglos, pero ¿qué ocurre cuando el dinero de la fianza no alcanza para reparar los daños?

Reclamar por vía legal

Cuando el monto de la fianza es insuficiente para reparar los daños que son responsabilidad del inquilino, el propietario debe dirigirse al juzgado correspondiente al domicilio de la vivienda arrendada e iniciar acciones legales.

En este sentido, el arrendador está amparado por los artículos 1.555 y 1.556 del Código Civil para realizar este tipo de solicitud, ya que los mismos indican que el arrendatario debe cuidar el inmueble alquilado con la diligencia necesaria y que si no actúa con la diligencia suficiente, el arrendador podrá reclamar por los perjuicios ocasionados.

¿Cómo probar los daños en el piso al finalizar el alquiler?

Cabe aclarar que es el arrendador quien siempre debe probar la existencia de los daños ocasionados en el piso al finalizar el alquiler y la responsabilidad o culpabilidad del arrendatario. De esta manera, según lo dispuesto por el artículo 217.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), deberá encargarse de buscar y presentar ante el juez las pruebas suficientes para demostrar que los desperfectos son reales y fueron producidos por acción u omisión del inquilino.

Para asegurarse de tener las pruebas suficientes al momento de reclamar judicialmente, es recomendable proceder de la siguiente manera:

  • Acudir al acto de entrega de llaves con uno o dos testigos, preferentemente imparciales, que puedan observar si se ocasionaron daños a la vivienda. Estos pueden ser, por ejemplo, el portero del bloque o el presidente de la comunidad de vecinos.
  • Acudir al acto de entrega de llaves con un notario, especialmente si ya se prevé que van a haber daños en la vivienda. De no ser posible asistir con este profesional dicho día, debe ocurrir lo más pronto que se pueda. Su tarea será la de labrar un Acta Presencial que de fe del estado en que se encuentra el inmueble. También es conveniente realizar en este momento un reportaje fotográfico. De no ser posible, como mínimo deberán tomarse fotos de aquellos desperfectos más grandes o evidentes.
  • Valorar los daños en la vivienda a través de un perito.

Una vez que se han tomado todas estas precauciones y se han recolectado las pruebas suficientes, el arrendador podrá reclamar judicialmente por la reparación de los daños ocasionados en la vivienda. 

¿De qué se trata el nexo causal?

Es importante mencionar que el arrendador no solo deberá poder probar la existencia de los daños, sino también el llamado nexo causal. ¿En qué consiste? 

El nexo causal es aquella relación entre el daño ocasionado a la vivienda y el tiempo transcurrido. De esta manera, la justicia podrá constatar, cuando el arrendador reclame antes del mes o los dos meses siguientes a la finalización de un contrato de alquiler, que los desperfectos fueron ocasionados por el arrendatario saliente y no por otra persona.

Es decir, que si el propietario tarda demasiado tiempo en realizar este reclamo por vía judicial, el nexo causal ya no será tan evidente y será más complicado demostrar la culpabilidad del inquilino. Será importante, en caso de haber tomado la decisión de iniciar acciones legales, hacerlo lo más antes posible.

¿Es posible recuperar el coste económico por los daños en el piso al finalizar el alquiler?

Como hemos visto, no siempre la fianza logra cubrir los costes de los daños ocasionados en un piso al finalizar el alquiler. Es allí cuando el propietario debe recurrir a iniciar acciones legales. Ahora bien, ¿es siempre posible obtener el dinero necesario para realizar las reparaciones correspondientes luego de acudir a la vía judicial?

No siempre. Todo dependerá del nivel de solvencia que posea el inquilino. De esta manera, una vez efectuada la reclamación por daños en una vivienda arrendada, el juez no obligará al inquilino a pagar por el coste de reparación de los daños, sino que lo condenará a ello, que no significa lo mismo.

Ante una condena de este tipo, la justicia no tiene la potestad de obligar a pagar al arrendatario si el mismo no posee el dinero suficiente o bienes embargables que permitan cubrir los gastos. Por lo tanto, nunca una sentencia de un juez, aunque sea a favor del arrendador, garantizará el cobro de los costes de reparación de los daños ocasionados en una vivienda arrendada.

¿Qué significa esto? Que será necesario evaluar cuándo iniciar acciones legales y cuándo no. Proveerse y recolectar las pruebas necesarias para demostrar los desperfectos supone un gran coste para el arrendador. Si no existe la seguridad de que el arrendatario pueda luego hacer frente a la condena del juez, tal vez lo mejor sea no reclamar por vía judicial, ya que puede implicar una pérdida mucho mayor.

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Existen muchos alquileres en los cuales prima la confianza entre arrendador y arrendatario por sobre otras cosas. Si bien no es recomendable, puede ocurrir que en estas ocasiones ambos elijan no firmar un contrato por escrito. Sin embargo, se trata de una opción que puede traer varios inconvenientes en el futuro, debido a la dificultad o, incluso, la imposibilidad de demostrar que este acuerdo existe. ¿Es legal este tipo de arrendamiento? ¿Qué precauciones deben tomar el propietario y el inquilino al alquilar un piso sin un contrato escrito de por medio? En este artículo te lo contamos.

Alquilar un bien inmueble sin firmar un contrato de arrendamiento está dentro de las posibilidades. Sin embargo, ¿es lo mejor? La realidad es que tanto el propietario como el inquilino deberán tomar mayores precauciones que en otros casos. En primer lugar, lo más importante será que ambos puedan demostrar que este acuerdo existe, en caso de que más adelante se genere algún conflicto que termine en la justicia. Luego, la realidad es que existen algunos beneficios en este tipo de arrendamiento, pero no para todas las partes.

A continuación, te contamos cómo está enmarcado por la ley, alquilar un piso sin contrato por escrito y qué medidas deben tomar ambas partes implicadas para resguardarse ante eventualidades. ¡Sigue leyendo!

¿Es legal alquilar un piso sin contrato escrito de por medio?

Alquilar un piso de palabra, sin que el propietario y el arrendatario firmen un contrato de alquiler, es perfectamente legal. Sin embargo, no es para nada recomendable, ya que, la dificultad para demostrar que este acuerdo existe puede traer varios dolores de cabeza y problemas a largo plazo.

En primer lugar, es importante saber que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que regula todos los alquileres de bienes inmuebles en España, prevé este tipo de situaciones. La misma establece que la duración de un contrato verbal de arrendamiento es de un año. Luego de cumplido este plazo, el inquilino puede elegir acceder a una prórroga anual por, al menos, cinco años.

Por eso, en el siguiente apartado te informaremos cuáles son las precauciones que deben tomar, tanto el arrendador como el arrendatario, para este tipo de arrendamiento.

¿Qué precauciones debe tener el arrendador al alquilar su piso sin firmar un contrato?

Cómo puede demostrar el arrendador que está alquilando su inmueble cuando no hay contrato

Lo más importante para el propietario, cuando alquila su piso sin contrato, es que pueda demostrar que el acuerdo existe para resguardarse ante posibles conflictos legales. 

Para poder exponer la existencia de este arrendamiento, sólo hace falta un elemento: el recibo de pago de la renta por parte del inquilino. Por esta razón, es importante que el arrendador exija a la otra parte que abone las mensualidades por transferencia o ingreso en su cuenta bancaria.

¿Qué ocurre si el arrendador no puede demostrar que está alquilando su inmueble?

Si el propietario percibe la renta en efectivo y no puede hacerse de un recibo mes a mes para demostrar la existencia de un acuerdo no podrá, por ejemplo:

  • Demostrar la existencia del contrato de alquiler verbal.
  • Aumentar el monto de la renta al inquilino.
  • Acceder a la exención por alquiler en la declaración de la renta. Esta sería del 100% si el inquilino es menor de 30 años y del 60% si es mayor de 35.

A su vez, el hecho de que el inquilino incluya el alquiler en su declaración de la renta y él no, puede significar futuros conflictos con el Ministerio de Hacienda. Lo más probable es que este organismo le solicite información al respecto, ya sea a través de una declaración paralela o por medio de una inspección.

Sin embargo, el problema más grande para el arrendador puede surgir en caso de que necesite iniciar una demanda de desahucio por falta de pago o que desee recuperar la vivienda para su uso. De esta manera, podemos afirmar que el propietario es, sin dudas, la parte que debe enfrentar más consecuencias en un alquiler sin contrato.

¿Qué precauciones debe tener el arrendatario al alquilar un piso sin firmar un contrato?

Cómo puede demostrar el arrendatario que está alquilando un inmueble cuando no hay contrato

Para el inquilino también es importante poder demostrar que está alquilando una vivienda, aunque no haya un contrato escrito de por medio. El fin es el mismo, resguardarse ante posibles conflictos legales con el propietario.

Para ello también debe asegurarse de abonar todos los meses la renta a través de una transferencia o un ingreso bancario. Así podrá justificar, no sólo la existencia del acuerdo, sino también que cumple con su obligación de pago.

¿Con qué beneficios cuenta el arrendatario al alquilar un piso sin contrato? 

A diferencia del arrendador, que se lleva la peor parte en este tipo de acuerdos, el arrendatario cuenta con algunos beneficios al alquilar un piso sin contrato:

  • Si no existe un recibo que demuestre la existencia del alquiler, el arrendador no podrá aumentarle la renta mensual de alquiler.
  • Tiene derecho al uso y disfrute de la vivienda de forma pacífica, igual de la misma manera que si hubiera un contrato de alquiler por escrito.
  • Puede exigir al arrendador que realice las reparaciones necesarias para mantener las condiciones de habitabilidad del inmueble.
  • Al no existir un documento fehaciente por escrito, el plazo para resolver un conflicto con el arrendador es de seis meses. De esta manera, cuenta con un período de tiempo considerable para evitar un proceso judicial.
  • Como en cualquier alquiler de bienes inmuebles firmado por escrito, cuenta con derecho de adquisición preferente en caso de que el propietario decida vender el piso.

¿Qué desventajas tiene el arrendatario al alquilar un piso sin contrato?

Sin embargo, no todas son ventajas para el inquilino en este tipo de acuerdos. El hecho de que no haya un contrato firmado por escrito no le permitirá deducir el alquiler de la vivienda en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Además, en caso de que el propietario inicie un proceso judicial en su contra, deberá sí o sí acreditar en su defensa justificantes de pago de la renta o, de no contar con ellos, registros de alta en compañías que ofrezcan el suministro de servicios básicos, como agua o luz.

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Las mascotas son un integrante más de la familia y parte importante de nuestras vidas. Sin embargo, en el alquiler de viviendas suelen representar un conflicto entre propietarios e inquilinos. ¿Es posible para un arrendador prohibir la inclusión de animales en su inmueble? ¿Qué dice la ley al respecto? ¿Qué ocurre cuando las mascotas están permitidas pero ocasionan molestias o destrozos? ¿Es beneficioso o perjudicial para los propietarios admitirlas en sus inmuebles arrendados? A continuación, te contamos todo lo que debes tener en cuenta sobre la problemática de las mascotas al alquilar un piso, ya seas propietario o inquilino.

A la hora de alquilar una vivienda, los amantes de los animales cuentan con más dificultades, quizás, que otras personas para hallar sitio para vivir. Encontrar un piso en donde el arrendador admita la tenencia de mascotas puede ser una tarea difícil. Por otro lado, los propietarios que alquilan sus inmuebles suelen manifestar algunos miedos respecto a este asunto. ¿Qué tal si el animal provoca destrozos en mi piso? ¿Qué ocurre si molesta al resto de los vecinos de la comunidad? Por estas razones y más es que muchos suelen incluir en sus contratos de alquiler una cláusula específica en donde prohíben la admisión de mascotas en la vivienda. ¿Cómo conciliar estas dos posiciones?

En el siguiente post, te contamos qué dice la ley respecto a esta problemática, cuáles son los conflictos más comunes con mascotas al alquilar un piso y qué es lo más conveniente para propietarios e inquilinos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué dice la ley respecto a la prohibición o no de mascotas en un piso en alquiler?

La realidad es que ninguna normativa prohíbe expresamente la tenencia de mascotas en una vivienda de alquiler. Es la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) aquella que regula todos los alquileres de bienes inmuebles en España y no hace mención a este asunto. Sin embargo, sí indica en su artículo 4.2 que:

Los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de los implicados.

De esta manera, todos los propietarios de bienes inmuebles en alquiler tienen derecho a no admitir mascotas en ellos, siempre y cuando lo especifiquen previamente en el contrato. De lo contrario, si no hay una cláusula que lo prohíba, todos los inquilinos tendrán derecho a convivir con animales en el piso alquilado.

Ahora bien, ¿qué ocurre cuando el contrato expresa que no se admiten mascotas en el piso, pero el inquilino no cumple? ¿Qué pasa cuando sí están permitidas pero causan perjuicios a la propiedad o a terceros? Descubre las respuestas a estas inquietudes, en el siguiente apartado.

¿Cuáles son las problemáticas más frecuentes respecto a la inclusión de mascotas al alquilar un piso?

Un propietario puede, entonces, optar por permitir animales en el inmueble que alquila o por prohibir su tenencia. Sin embargo, en ambos casos pueden surgir conflictos con el inquilino. ¿Cuáles son los problemas más frecuentes?

  • Que el propietario especifique en el contrato de alquiler la prohibición de mascotas en el piso pero que el inquilino igualmente las incluya en él.
  • Que el propietario sí admita mascotas en el piso, ya que no especifica su prohibición en el contrato de alquiler, pero que estas causen molestias a terceros o daños en la propiedad.

Veamos cómo se debe actuar según la ley en cada uno de estos casos.

¿Qué ocurre si el contrato de alquiler especifica la prohibición de animales pero el inquilino las incluye?

Como mencionamos, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) otorga a propietarios e inquilinos la libertad para acordar en el contrato las condiciones bajo las cuales se llevará adelante el arrendamiento. En este sentido, en el artículo 27.1, también establece que todas las cláusulas que figuren en el documento son terminantemente obligatorias para ambas partes. De esta manera, si alguna de ellas incumple con el contrato, la otra tiene derecho a darlo por finalizado.

Por esta razón, si el arrendatario convive con animales en la vivienda alquilada, mientras que en el contrato se estableció que no estaba permitido, el arrendador podrá solicitar su abandono o desalojo de la propiedad.

¿Qué ocurre si el propietario admite animales pero estas causan molestias a terceros o daños en la propiedad?

Otro escenario posible es que en el contrato firmado, sí se establezca la posibilidad de que el arrendatario conviva con mascotas en el piso alquilado. Sin embargo, puede ocurrir que luego los animales causen, por ejemplo, problemas a la comunidad de vecinos o destrozos en la misma vivienda arrendada. En estos casos, también es posible para el propietario rescindir el contrato, ya que el artículo 27.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) indica que:

El arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por la realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario.

En la práctica, ¿suelen representar las mascotas un gran problema para los propietarios que alquilan su piso?

No existen indicios de que, al permitir mascotas en su vivienda alquilada, los propietarios sufran grandes perjuicios. De hecho, según datos recogidos por la Comunidad de Madrid, las reclamaciones de arrendadores que admiten animales en sus inmuebles son muy bajas: sólo representan un 0,01% de las denuncias.

Teniendo esto en cuenta, es conveniente para los propietarios estudiar cada caso en particular y pactar las cláusulas pertinentes en cada contrato de alquiler. De esta manera, tanto él como el inquilino estarán protegidos ante cualquier conflicto que surja y el acuerdo se llevará adelante en mejores términos.

¿Es conveniente para los propietarios admitir mascotas al alquilar su piso?

Para los propietarios que alquilan sus inmuebles, permitir a los inquilinos convivir con sus mascotas puede ser muy ventajoso. ¿Por qué? A la mayoría de los arrendatarios les cuesta encontrar pisos en donde se permite la inclusión de animales. De esta manera, al ofrecer este beneficio, es probable que más personas se interesen rápidamente en la vivienda. También es factible que esto le asegure al arrendatario conseguir un alquiler de larga duración y posicionarse en un nicho específico del mercado inmobiliario.

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¿Quieres alquilar un piso y no sabes cuáles son las alternativas que existen? Has llegado al lugar indicado para resolver esta cuestión. Es muy probable que te encuentres investigando todas las opciones que existen en diferentes sitios, pero hoy hablaremos acerca de una forma de arrendamiento que no suele ser la más popular: el contrato de alquiler por temporada. Si quieres conocer mayor información sobre el tema, te invitamos a leer el siguiente apartado.

¿Qué es el contrato de alquiler por temporada y para qué sirve?

El contrato de alquiler por temporada es aquel que permite que el inquilino pueda disfrutar de una vivienda durante un periodo determinado durante el año. En este caso, la vivienda no tiene el carácter habitual. Está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) 29/1994, en su art. 3, apartado. 2, pero aquí su disposición será de “uso distinto al de vivienda”, cuya regulación aprecia el Título III. La mayor ventaja respecto a la vivienda es que se rige por la voluntad de ambas partes. Desde allí es que se forma la duración que tendrá el contrato y no existe un plazo mínimo.

Este es el caso del arrendamiento de una vivienda por temporada escolar, verano o traslado laboral. Aquí no se ofrecen servicios complementarios de hostelería como recepción, limpieza. etc. Tampoco se encuentra canalizado en plataformas turísticas de alquiler. Es por ello, que si se dieran estos requisitos, estaríamos ante un apartamento turístico, donde su regulación depende de cada Comunidad Autónoma y no del LAU.

Solamente es un modelo de contrato para alquilar la vivienda de forma exclusiva como alojamiento durante una temporada. Por lo tanto, se constata que el inmueble no puede establecerse como una vivienda habitual ni permanente del inquilino ni de ninguno de sus ocupantes. El arrendamiento sólo será temporal por diversos motivos: laborales, turísticos, académicos, entre otros.

Contrato temporal de arrendamiento

La duración del contrato por temporada

En la duración del contrato debe quedar constancia de la fecha de su entrada en vigor y también de la terminación del contrato. Una vez que transcurra ese lapso de tiempo, el contrato quedará automáticamente resuelto, sin la necesidad de que haya un aviso ni un requerimiento previo.

Dentro de este tipo de contratos también hay que incluir una garantía de pago. Concretamente una garantía arrendaticia que equivale a dos periodos de renta en concepto de fianza legal, según lo establecido en el artículo 36 de la LAU. El Propietario tendrá que depositar la fianza en el organismo u oficina pública correspondiente a la Comunidad Autónoma en la que se encuentra el Inmueble. El importe de la fianza servirá para cubrir desperfectos o daños en la vivienda, además de garantizar el cumplimiento de las obligaciones que asume el inquilino.

Servicios y gastos

De los gastos y servicios relacionados con el inmueble se pueden encargar o bien el inquilino o bien el propietario. Así como lo son la luz, el gas, el agua, el teléfono o internet. Todo dependerá del tipo de estancia del inquilino. Incluso, ambas partes pueden acordar el cambio de titularidad de los suministros.

En cuanto a los gastos de la comunidad y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), es el propietario quién tendrá que afrontar el pago. La famosa tasa de basuras y la tasa por paso de carruajes la puede pagar tanto el propietario como el arrendatario. En el contrato se deberá acordar quién asumirá aquel pago.

¿Qué ocurre con los gastos de reparación y conservación?

El propietario está obligado a hacer las reparaciones necesarias para que la vivienda esté en las condiciones de uso establecido. Aquí se exceptúan aquellas que derivan de la negligencia, culpa o al deterioro ocasionado por el uso ordinario del Inmueble por parte del Inquilino. Éste último es el único responsable de los daños ocasionados como consecuencia del uso normal de la vivienda. De esta manera, el inquilino deberá realizar todas aquellas reparaciones necesarias para el mantenimiento y correcto funcionamiento de los electrodomésticos y/o muebles del Inmueble. Solo en el caso de que los desperfectos hayan sido ocasionados por el inquilino o sus ocupantes. No importa si es por un uso negligente o por el desgaste derivado del uso habitual y diligente de dichos elementos, es responsabilidad del inquilino.

En caso de realizar obras en el inmueble, el propietario puede autorizar o prohibir la construcción de las mismas en su vivienda. Si el propietario prohíbe obras o mejoras en su casa, el inquilino deberá pedir consentimiento por escrito para:

  • La instalación de cualquier mueble, electrodoméstico o aparato de aire acondicionado adherido al Inmueble.
  • La realización de cualquier tipo de alteraciones en las paredes, azulejos y baldosas del Inmueble. Particularmente, cualquier tipo de ranuras u orificios ya sea con herramientas mecánicas o de forma manual.

Causas por las que termina un contrato por temporada

Algunas de las causas por las que se termina el contrato de arrendamiento de temporada son:

  1. La falta de pago de la renta o, en su debido caso, de la falta de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al Inquilino.
  2. La falta de pago del importe de la fianza.
  3. Cuando en el Inmueble se realicen actividades molestas, ya sean, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
  4. El subarriendo, en caso de no producirse en las circunstancias previstas en el presente Contrato.
  5. La realización de daños causados dolosamente en el Inmueble. Sobre todo cuando hay obras no consentidas por el Propietario, ya que el consentimiento de éste es necesario.

Esperamos que este post sobre el modelo de contrato de alquiler por temporada, te haya sido útil. Si tienes algún comentario para hacernos o crees que nos faltó mencionar algo, puedes escribirnos en la casilla debajo del post. ¡Nos interesa mucho tu opinión!

Si estás pensando en alquilar o vender tu propiedad o buscas un lugar para arrendar, con Oi Real Estate podemos brindarte la ayuda y el asesoramiento que necesitas. ¡No dudes en contactarte con nosotros!

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Con el nuevo año se renuevan las expectativas para acceder a la vivienda propia, sobre todo en los más jóvenes. Los índices de inflación y el contexto parecen poco alentadores. Pero como los alquileres van a permanecer altos, muchos hacen cuentas para tomar la mejor decisión, si comprar o alquilar en este 2023.

Entre las expectativas de muchos españoles para este 2023 se encuentra la compra de una vivienda. Aunque el contexto no muestra señales de facilitar el camino, con una inflación todavía alta y la relación entre oferta y demanda atascada. En el año que comienza la subida de precios de la propiedad nueva va a continuar y la vivienda usada también va a seguir revalorizándose. A lo que se agregan los costes de los hipotecarios y las otras opciones de inversión que compiten con el ladrillo por la rentabilidad.

En cuanto a los alquileres, los precios no van a bajar durante 2023, al menos así lo estiman las previsiones. Y aunque el tope del 2% marcado por el gobierno ayuda a que los inquilinos tengan un grado de certidumbre, seguirán siendo altos. Por lo tanto, comprar o alquilar una vivienda es una decisión nada fácil para un año para los españoles.

Las viviendas aumentaron su valor

Durante el año pasado, la compraventa de inmuebles ha tenido un desempeño positivo, sumando casi unas 670.000 operaciones realizadas. Esto equivale a un aumento del 2% respecto de 2021. Y como es de esperar, a toda demanda le ha correspondido una subida en los precios del valor de la vivienda, tanto en la nueva como en la usada.

Los números finales no están disponibles aún, aunque las estimaciones dan cuenta que el valor de la vivienda se ha incrementado en un promedio del 8,8% durante el año. Esto es un precio medio de 1.751 euros por metro cuadrado. Son números por encima de la inflación, ya que el índice Eurostat marcó en diciembre un aumento anual de precios del 5,6% en España y del 9,2% para toda la zona euro.

Un punto importante a la hora de decidir si comprar o alquilar una propiedad es la evolución del valor. Las ciudades capitales encabezaron el alza de precios de las propiedades. Por ejemplo, en Madrid la subida fue del 9,2%. Mientras que también por encima de la inflación se encontraron las viviendas de San Sebastián (aumentaron el 10,8%), Zaragoza (con el 10,9%) y Cádiz, que registró un 9,3% de aumento. Apenas por debajo estuvieron los precios de las viviendas de Las Palmas, con un 8,9% de revalorización. Y por encima del 8% estuvieron las propiedades en Bilbao, Málaga y en Valencia. Por el otro lado, el promedio de aumento de las casas en Barcelona fue del 4,7%.

Los alquileres también incrementaron sus precios

En cuanto al precio de los alquileres, también presentaron una evolución semejante a los valores de venta. Cabe recordar que se trata de la primera opción para quienes no pueden o no se animan a la compra de la vivienda. E incluso por encima de la adquisición para el sector juvenil de la población, que se moviliza de una ciudad a otra por disfrute, estudios o empleo.

De acuerdo a las primeras estimaciones, el año 2022 cerró con un aumento del 8,4% en el valor del alquiler. En promedio nacional, el valor es de 11,40 euros el metro cuadrado por mes. Aunque la evolución de este coste varía de acuerdo a las ciudades en que se encuentra la propiedad. Para poder determinar si conviene comprar o alquilar se debe considerar que de igual modo que la venta, los alquileres siguieron el desarrollo de una coyuntura económica signada por la inflación, subida de hipotecarios y caída de la oferta de nueva vivienda.

En toda la región mediterránea se verificaron aumentos por encima del promedio nacional. Barcelona es donde más se incrementaron los alquileres: nada menos que el 25,7% en el año. Luego le siguieron los aumentos en Alicante (con el 23,4%), Valencia y Málaga apenas por debajo del 21%. Madrid, una de las ciudades con alquileres más altos, tuvo un alza del 11,2%. Mientras que por el lado de Palma de Mallorca y Teruel, los costes por alquilar una vivienda estuvieron cerca del 12% más caro en 2021. En tanto que en San Sebastián, que tiene el segundo alquiler más caro, el aumento experimentado llego por debajo de la inflación: 5,2%.

Lo nuevo: límite a la subida

La medida que ha tomado el gobierno de limitar a un máximo del 2% el precio de los alquileres, podría afectar la rentabilidad de los propietarios. Las suposiciones marcan que podría caer al 4% anual. Si bien es un incentivo para los inquilinos, que da un cierto grado de certidumbre, por el lado de los propietarios podría experimentarse una retracción y así retirar del mercado la oferta.

Lo planteado por el gobierno es que la limitación del 2% tiene como objetivo contener una disparada de precios que afecte a la inflación. Pero no contempla a los nuevos contratos de locación. Por lo tanto, las nuevas propiedades puestas al mercado de alquileres van a estar revalorizadas, ya sea a causa de los niveles de inflación esperados, la falta de oferta o la dinámica económica de la región donde se encuentra. Madrid, Barcelona y las Islas del Mediterráneo van a seguir esta lógica, más allá de las barreras que pretende poner la normativa gubernamental.  

Comprar o alquilar en 2023

Toda vez que se debe tomar tal decisión es necesario tener muchos factores en cuenta para, luego sí, inclinarse por comprar o alquilar la vivienda. El contexto va continuar dando señales poco alentadoras. Inflación, hipotecarios altos, los ahorros de las familias resentidos por la suba de precios y el aplacamiento de los ingresos, una guerra que lleva casi un año. Además, hay alternativas de inversión que dejan una rentabilidad nada despreciable, como los soberanos, a la espera de mejores opciones futuras de compra.

De acuerdo a estimaciones oficiales de Banco Central Europeo, el precio de la vivienda en la zona euro puede caer hasta un 9% durante el periodo 2023-2023. En tanto que analistas locales prevén una desaceleración o estabilización del precio. Y hay quienes hasta pronostican bajas del 2% al 3% para el mismo periodo.

Con la oferta de vivienda nueva estancada y la revalorización de la de segunda mano, pareciera que lo conveniente sería alquilar hasta que los precios evolucionen a la baja. Hay quienes se deciden a tomar la opción de compra antes que una nueva escalada inflacionaria dispare los precios y deteriore su poder adquisitivo. En definitiva, comprar o alquilar una vivienda es una decisión personal, pero que depende cada vez más del contexto.

Hasta aquí algunos aspectos que debes tener en cuenta a la hora de decidir si comprar o alquilar en este 2023 una vivienda. ¡No dudes en contactar a Oi Real Estate para asesoramiento!

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Durante el 2022, el mercado inmobiliario tuvo muchas fluctuaciones. Pasó de estar pujante por la reactivación general de la economía, a mantener un impulso basado en ahorros pero mirando de reojo la subida en los tipos de interés y el encarecimiento general de la oferta. Superado el verano, se habló más de políticas públicas de vivienda que de promotores privados y en los últimos meses, ya se empezaba a vaticinar un nuevo año con expectativas moderadas. ¿Quieres comprar una casa en 2023? En la nota de hoy te contamos los primeros diagnósticos y deseos que asoman para los próximos doce meses.

Las proyecciones para este año

Con el Euríbor en alza, los tipos que no bajan, la insuficiente oferta de obra nueva y los alquileres a los que vienen marcándole un máximo, ningún conocedor del mercado se expone a decir que espera una caída en los precios de la vivienda. En rigor, la mejor expectativa apunta a que el mercado se estabilice, aunque por ahora el desequilibrio entre la oferta y la demanda puede indicar subidas de entre el 2 y el 4%, al menos en la obra nueva. Así lo indican desde la Asociación de Promotores Constructores de España (APCEspaña), que es la organización estatal representativa de los intereses del sector empresarial promotor y constructor. Claro que el de la obra nueva es un sector especial dentro del mercado inmobiliario, con una dinámica específica que difiere en algunos aspectos al de la vivienda “usada”.

Para el sector de la vivienda de segunda mano las proyecciones son un poco más benevolentes, si las pensamos desde el punto de vista del comprador. Allí, aunque los diagnósticos son aún cautos, se cree que de haber haber algún porcentual en baja, será relativamente leve.

Lo que ninguna tasadora, asociación o especialista cree es que vaya a dejar de presionar la demanda. Particularmente en las grandes ciudades y áreas metropolitanas, la necesidad de un techo -sea como inversión, o para escapar del creciente alquiler-, seguirá siendo una variable a contener durante 2023. No obstante, las dificultades para acceder a la vivienda harán que caiga, según estimaciones del sector, casi un 10% la cantidad de operaciones ocurridas en 2022. Concretamente, a las 640.000 registradas por Solvia el año pasado, esta firma de servicios inmobiliarios calcula que la cifra descenderá un 9,4%. De esta manera, para varias plataformas especializadas, las operaciones en los próximos doce meses llegará a rondar el medio millón.

Si quieres comprar una casa en 2023…

Hay mercados que ya preparan su oferta. A los desarrollos inmobiliarios patrocinados por políticas públicas en diversas CC.AA., los especialistas en el sector asoman propuestas con ciertos factores en común. En particular, la tendencia será a promover construcciones en ciudades centrales, en donde la demanda es aún mucho más alta que la oferta y por ende las viviendas nuevas, aún con sus precios en alza, pueden llegar a encontrar rápidamente un propietario.

Otra de las opciones apunta a aprovechar al máximo sitios en la costa, en los que el mercado es menos vulnerable a las incidencias externas y más dependiente a lo que la misma zona tiene para ofrecer. En este sentido desde el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria en Alicante, remarcan que las expectativas aún son altas para el mercado regional por el interés en viviendas de la costa.

Cierto es que sus diagnósticos no difieren tanto de lo anteriormente mencionado, ya que esperan un descenso de las compraventas y una leve subida de precios. No obstante, aseguran que “Alicante es un mercado que sufre menos las oscilaciones debido al gran poder de atracción de la costa y a la importante demanda de vivienda por extranjeros, que sigue siendo muy fuerte. Además, la importante subida de los tipos de interés que afecta a otros mercados tiene aquí un efecto menor, ya que la mitad de las ventas en Alicante son al contado, y no les afecta la evolución del Euribor” (Inmodiario).

Estas previsiones se suman a los atractivos naturales que tiene la zona, características que resultan seductoras en especial para los inversores del norte de Europa. Conseguir una vivienda donde el frío no es un problema (ni en gastos, ni en comodidad), es una gran opción para jóvenes de otros países que pueden optar por el teletrabajo.

Comprar antes que alquilar

Con el mercado de la compraventa ralentizado, el sector se vuelve expectante respecto de hasta dónde llegarán las subidas en las principales variables para alquilar. El diagnóstico general indica que los precios tenderán al alza por la presión que ejercerá la demanda, antes que por el ajuste de precio que puedan hacer los propietarios. Al no estar equilibrada la dinámica del mercado, escapa a las predicciones el relevo de las intenciones que los dueños tienen sobre su capital. Igualmente, a no ser que la economía se encamine hacia una importante recesión, no se esperan cambios drásticos en lo que ya fue tendencia en 2022. Este potencial estancamiento en las operaciones de alquiler es algo que preocupa a los inmobilliarios y por ello son aún fuertes los reclamos para movilizar incentivos fiscales que dinamicen el sector.

Si tu próximo proyecto es comprar una casa en 2023, atiende diariamente las novedades y no dudes en acercarte a nuestras oficinas. Sigue leyendo toda la información disponible en cuanto a compraventa y alquileres de viviendas en el blog de Oi Real Estate. Y no te olvides: si buscas propiedad, tenemos un equipo especializado dispuesto a ayudarte.

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Hoy en día al comprar para alquilar una vivienda en España no solo significa que se está haciendo una inversión inmobiliaria; también es una oportunidad para ganar dinero si se destina para tal fin.

España es un país muy popular para comprar una propiedad para alquilar. Sin embargo, es importante tener en cuenta que los propietarios de propiedades con el propósito de estancias turísticas (a corto plazo) y alquileres a largo plazo deberán enfrentar una serie de trámites legales y gestiones relacionados con la adquisición y posterior alquiler de la vivienda.

Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU)

 La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es la que regula los alquileres en España, específicamente aquellos que se refieren al alquiler de una propiedad destinada como vivienda permanente del inquilino.

Tras la última modificación de la ley, en marzo de 2019, la duración mínima de un contrato de alquiler es de cinco años si se trata de un arrendamiento entre personas naturales, en el caso de personas jurídicas es de siete años. Después de este período, el contrato de alquiler puede extenderse por otros tres años si ninguna de las partes renuncia a la extensión.

Una vez transcurrido este plazo, los inquilinos que no deseen continuar con el contrato solo tienen que avisar al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación. El propietario debe dar cuatro meses de aviso.

Si, por cualquier motivo, el inquilino desea rescindir su contrato de arrendamiento, puede hacerlo después de que hayan transcurrido al menos seis meses en el contrato inicial, siempre que se notifique al propietario con al menos treinta días de anticipación.

Por otro lado, el arrendador no podrá recuperar la vivienda hasta que haya transcurrido el primer año del contrato, y siempre que el arrendador informe al arrendatario de que necesita la vivienda alquilada para utilizarla como vivienda permanente para sí o para sus familiares.

Entonces, si estás pensando comprar una vivienda para alquilar, como inversión, debes tener en cuenta que no podrás hacer uso personal de ella por lo menos en un año, así que debes pensar muy bien si realmente no la necesitarás en el corto o mediano plazo.

Ventajas y Desventajas de comprar para alquilar una vivienda

Los Pros

  • Ya sea que estés comprando una casa para alquilar a inquilinos a largo plazo o como un alquiler de vacaciones a corto plazo, un alquiler supone un beneficio monetario fijo en el que puedes confiar como parte de tu planificación financiera a largo plazo.

  • Hay un riesgo financiero mucho menor al decidir invertir en propiedades que en muchos otros tipos de oportunidades de inversión.  

  • Piensa en los impuestos. Los ciudadanos que alquilan propiedades a largo plazo y son residentes fiscales en España pueden solicitar una reducción del 60 por ciento en sus declaraciones de impuestos.
  • El flujo de efectivo neto obtenido por el alquiler después de los gastos puede complementar tus ingresos de jubilación u otras metas financieras.
  • El alquiler cobrado debería compensar la hipoteca, los costos de reparación y los gastos para administrar la casa.
  • Los bienes raíces no son tan volátiles como el mercado de valores y, a menudo, reaccionan de manera opuesta al mercado, lo que lo ayuda a diversificarse.

Los contras

  • La falta de pago por parte del inquilino es una posibilidad, lo que puede requerir que el propietario presente una petición de desalojo que puede acarrear gastos adicionales.

  • Muchos propietarios de viviendas no consideran los costos adicionales involucrados en la compra de una propiedad bajo la condición de compra para alquilar: debes responsabilizarte del mantenimiento y los cargos por servicios.

Alquilar o no alquilar

Para empezar, debemos recordar que el mercado está en una situación favorable y en alza en en los actuales momentos. Invertir en vivienda siempre será una opción, segura, líquida y rentable, que se mantiene en el tiempo y cualquier gasto en el que se haya incurrido, es recuperable en unos pocos años.

Por otra parte, la demanda de alquiler ha aumentado. Se ha determinado que los jóvenes que buscan vivienda prefieren alquilar antes que comprar un piso, por ser más rápido y asequible. Además que se han aligerado los trámites y papeleo legales.

En términos de inversión, y como dijimos anteriormente, invertir en inmuebles es menos volátil que el mercado de valores y, a menudo, reaccionan de manera opuesta al mercado, lo que lo ayuda a diversificarse.

Consejos a tomar en cuenta al comprar para alquilar una vivienda

  • Pasar por todo este proceso puede ser difícil sin asesoramiento legal profesional. Contratar a un asesor inmobiliario te ahorrará cualquier posible malentendido o contratiempo.
  • Asegúrate de que no haya deudas pendientes con la propiedad antes de adquirirla.
  • Verifica la propiedad obteniendo una copia de las escrituras de la casa.
  • Comprueba que todos los permisos y trámites legales estén al día.
  • Obtén el valor catastral del inmueble, para que puedas conocer la carga tributaria.
  • Verifica el Registro de la Propiedad para asegurarte de que la propiedad está legalmente registrada.
  • La ubicación es importante para garantizar un ingreso por alquiler. Comprueba antes de comprar para alquilar una vivienda, la rentabilidad y los costes asociados al alquiler y mantenimiento de la vivienda.
  • Instala un sistema de alarma. Esto evitará que ocupen tu casa cuando no está alquilada.

Entonces, ¿es rentable comprar para alquilar una vivienda?

 La respuesta a esta pregunta va más allá de la cuestión de los impuestos y la ley. En gran medida, depende del tipo de inversión que estés buscando y del objetivo final de tus actividades de inversión (es decir, ¿por qué necesita el dinero?).

En primer lugar, para determinar la rentabilidad de un alquiler, hay que estar claro que esta depende tanto del valor del inmueble como su ubicación.

El cálculo de la rentabilidad de un alquiler puede ser un poco complejo, aunque cada vivienda es distinta, se puede utilizar la siguiente fórmula, para tener un aproximado de la rentabilidad real:

100 x (ingreso anual por alquiler – costes de mantenimiento) / Valor del inmueble = Rendimiento bruto anual

Por ejemplo, suponiendo que tenemos un inmueble por un valor de 200.000 Euros y a su vez tenemos unos costes de mantenimiento anuales (comunidad, IBI,etc.) de 750 Euros y lo alquilamos a 800 Euros mensuales (9.600 Euros anuales), el rendimiento anual sería del 4,43% por el alquiler de la vivienda.

100 x (9.600 – 750) / 200.000 = 4,43%

Pasos a seguir al comprar para alquilar una vivienda

Paso 1 – Pon tus finanzas en orden. Ahora es el momento de hablar con un asesor financiero para decidir cuánto dinero invertir y el tipo de rendimientos a obtener. También habla con un asesor inmobiliario para conseguir la mejor oferta (o hipoteca en principio) para cuando encuentres la propiedad adecuada.

Paso 2 – Encuentra una propiedad y acepta la oferta. Esto podría tomar un tiempo, así que no desesperes y aguarda unos buenos meses para el proceso.

Paso 3 – Contrata un seguro. Junto con el seguro de edificios, querrás protegerte contra costos inesperados como lesiones a los inquilinos, daños y pérdida de alquiler.

Paso 4 – Encuentra inquilinos. Puede ser a través de una agencia o encontrar los inquilinos de forma privada. La opción correcta dependerá de qué tan involucrado quieras estar. Pero recuerda: incluso si eliges a mano a tus propios inquilinos y ya los conoces bien, siempre es bueno redactar un contrato legalmente vinculante. ¡Las amistades han terminado en mucho menos que un piso!

Paso 5 – Comprar para alquilar una vivienda es una inversión práctica. Recuerda que deberás seguir revisando tu hipoteca cuando expire el acuerdo actual y realizar cualquier mantenimiento necesario en la propiedad.

En conclusión, si quieres proteger tus finanzas comprar una casa para alquilar puede ser una excelente opción de crear una entrada mensual de dinero, además de ser una inversión segura a futuro y sin riesgos.

Esperamos que este artículo te haya ayudado si estás interesado en comprar para alquilar una vivienda. Nos encantaría saber tu opinión, puedes dejarnos un mensaje en los comentarios.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Si eres propietario y quieres saber cómo reformar un piso de alquiler para aumentar su precio, no tienes de qué preocuparte. En este post, te brindaremos la información que necesitas conocer y en poco tiempo, descubrirás cómo sacarle el mejor provecho a la vivienda arrendada. Con estas reformas tu piso de alquiler podrá aumentar su valor hasta un 60%. Te invitamos a leer el siguiente artículo para que el 2023, sea tu mejor año como arrendador.

Los expertos del sector inmobiliario afirman que un inmueble reformado es capaz de potenciar su valor entre un 10% y un 15%. No obstante, si optamos por las reformas adecuadas, un piso de alquiler puede llegar a aumentar el precio de la vivienda hasta un 60%.

Eso quiere decir que, si tu vivienda en alquiler te genera ingresos mensuales, por ejemplo de 700 euros, puedes realizar ciertas reformas que te permitirán alcanzar que la renta se encuentre cerca de los 1000 euros. Esta posibilidad es muy acertada, en un momento en el que el mercado inmobiliario no se encuentra en la posición ideal y muchos caseros desisten de alquilar sus viviendas.

Por ese motivo, se realizan nuevas propuestas para que los propietarios logren continuar con sus arrendamientos y persigan mejores beneficios económicos. Si quieres conocer qué es lo que se requiere para reformar un piso de alquiler, solo tienes que leer los siguientes apartados que te brindarán toda la información necesaria.

¿Cómo reformar un piso de alquiler para potenciar su rentabilidad?

Aquí te contaremos cuáles son las reformas que te permitirán revalorizar tu inmueble al momento de ponerlo en alquiler. Por otro lado, también te contamos de qué manera puedes encontrar nuevas oportunidades de inversión en ladrillo.

Puntos básicos para reformar un piso de alquiler

Existen ciertas reformas que resultan fundamentales si lo que nos interesa es aumentar el valor de nuestro piso de alquiler. Pon atención y toma nota.

Cambio de suelo y puertas

Un punto de gran importancia es el aspecto de la vivienda. Es necesario que el piso se vea lo más renovado posible. Para conseguirlo, por lo general, el cambio más notable pasa por modificar el suelo, siempre que el que incluye la vivienda actualmente resulte antiguo. Así como también es importante cambiar las puertas.

Lo más común es instalar suelos de parqué y puertas de madera blanca. De este modo, podrás lograr que la vivienda se vea sumamente moderna, ya que se trata de lo que solemos ver en las construcciones de obra nueva.

Por otra parte, no es necesario mencionar que una mano de pintura a la vivienda nunca está de más. Se trata de otro punto fundamental para conseguir que la casa se vea limpia y cuidada, ideal para entrar a vivir.

La importancia de una cocina moderna

Sin lugar a dudas, las cocinas antiguas quitan muchos puntos al momento de valorar cuál será el coste de una vivienda de alquiler. Es por este motivo que, otra idea para reformar un piso de alquiler es darle un estilo simple pero actualizado a la cocina. Esto puede ser de gran ayuda para aumentar el precio del inmueble de manera considerable. Además, no será necesario gastar demasiado dinero. Lo más aconsejable es optar por instalar una nueva encimera, cambiar la grifería y los frentes de los muebles.

Eficiencia energética

Además, si los electrodomésticos con los que cuenta la vivienda son demasiado antiguos, cambiarlos es una gran idea. Ten en cuenta que los nuevos electrodomésticos deben permitir disminuir el consumo de energía, se trata de un punto muy valorado por los futuros inquilinos.

De hecho, considerar realizar mejoras en la eficiencia energética es una gran idea. Lo ideal es invertir en domótica para lograr potenciar el valor de la vivienda en alquiler.

Renovar el cuarto de baño

Realizando una simple reforma en el cuarto baño puedes darle un estilo sumamente diferente en caso de que se vea algo desfasado. Lo más aconsejable es cambiar la grifería, colocar un plato de ducha, cambiar o bien, pintar las baldosas y cambiar el mobiliario por algo más moderno. Con eso será suficiente para contar con un cuarto de baño completamente renovado y con un gran poder estético. Sin lugar a dudas, mejorará el aspecto general de tu piso de alquiler.

Reformar la terraza

A la hora de reformar un piso de alquiler, las terrazas no pueden ser dejadas de lado. Hoy en día, la terraza representa uno de los aspectos más importantes al momento de seleccionar una vivienda. Es por este motivo que, si tu piso cuenta con una es fundamental cuidar mucho su aspecto para hacerla más llamativa y atraer a los potenciales inquilinos.

Lo ideal es transformar la terraza en una extensión de la vivienda y no únicamente como un espacio donde almacenar trastos o colgar la ropa. Para sacarle el mayor provecho al espacio al aire libre de la vivienda puedes instalar un suelo renovado, pintar las paredes y despejar toda la superficie que sea posible para su disfrute.

Crea un vestidor en el dormitorio principal

Si tu piso cuenta con una habitación demasiado pequeña en la que ya no cabe un armario o un escritorio si colocas una cama, tenemos una solución perfecta para ti. Es posible aprovechar cada centímetro para transformarla en el vestidor del dormitorio principal. Se trata de una idea increíble para reformar un piso de alquiler, ya que atraerá demasiado a los futuros inquilinos y hará más sencilla su decisión.

Por otro lado, ten en cuenta que si tienes pensado poner tu piso en alquiler amueblado, lo ideal es optar por un mobiliario moderno y lo más minimalista posible.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre estas ideas para reformar un piso de alquiler y aumentar su valor. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Alquilar una vivienda supone la realización de una serie de trámites. Aunque no son tantos como los que implica una compra, la mayoría de ellos son igual de importantes. ¿Qué ocurre específicamente con el empadronamiento? ¿Es obligatorio hacerlo al convertirse en inquilino? ¿Cómo se tramita? En este artículo te contamos todo lo que debes saber con respecto al empadronamiento en un alquiler de bienes inmuebles. 

Todas aquellas personas que se muden a otro municipio o vengan a España desde el exterior para alquilar una vivienda deben realizar el trámite de empadronamiento. ¿En qué consiste? ¿Cuáles son los pasos necesarios para realizarlo? ¿Qué documentación se requiere? A continuación te lo contamos.

¿Qué es el empadronamiento?

El empadronamiento es un trámite mediante el cual se acredita el tiempo de permanencia de una persona en territorio español, independientemente de su nacionalidad o de su situación legal. Es decir que se debe realizarlo aunque se tenga residencia o no (también si la misma se encuentra en trámite). Inscribirse en el padrón sirve también para acreditar que se es vecino de determinado municipio.

¿Es obligatorio realizar el trámite de empadronamiento al convertirse en inquilino?

El empadronamiento no solo es una obligación para los habitantes de cada municipio, sino que también es un derecho ineludible. A través de él, las autoridades pueden acreditar el domicilio de cada persona para así actualizar correctamente las estadísticas o el censo electoral. También es un requisito para la mayoría de los trámites relacionados con la Ley de Extranjería (reagrupamiento familiar, arraigo social, etc).

No obstante, lo más importante con respecto a este trámite son los beneficios que implica: el empadronamiento facilita el acceso a determinados derechos, como la asistencia sanitaria pública o la escolarización básica de los menores.

Pero, ¿es obligatorio realizar el trámite al convertirse en inquilino de un piso? Si la persona ya se había empadronado previamente y se muda dentro del mismo municipio no tendrá que volver hacerlo. En cambio, si se muda a otro o si proviene del exterior, sí será necesario que se empadrone.

Cómo empadronarse siendo inquilino

Para inscribirse en el padrón municipal es necesario aportar a la administración local toda la documentación que detallaremos a continuación. La misma permite comprobar los datos personales del solicitante y el domicilio en donde reside.

En muchas ciudades españolas el trámite puede realizarse de manera online con un certificado digital. En Barcelona o Valencia, por ejemplo, es posible hacerlo en la sede virtual de sus respectivos ayuntamientos. Por el contrario, para empadronarse en Madrid, es necesario pedir una cita y asistir presencialmente a las Oficinas de Atención a la Ciudadanía – Línea Madrid.

¿Qué documentación se necesita para realizar el empadronamiento?

Para empadronarse es necesario solicitar una serie de documentos que acrediten la identidad y el domicilio del solicitante. Como aquí detallaremos los requisitos básicos, recomendamos averiguar cuál es la documentación exigida en el municipio donde se quiere realizar el trámite, ya que pueden variar según cada región.

Documentación que permita comprobar la identidad de la persona

  • Ciudadanos españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
  • Extranjeros provenientes de la Unión Europea, Suiza, Noruega, Islandia o Liechtenstein: tarjeta de residencia, pasaporte o documento de identidad del país de origen. En caso de aportar Certificado NIE, debe ir acompañado igualmente del pasaporte o el documento de identidad.
  • Extranjeros provenientes de otros países: tarjeta de residencia o pasaporte. 

Documentación relacionada con la vivienda alquilada

  • Contrato de alquiler vigente, no indefinido, con una duración mínima de seis meses. Si es de vigencia inicial inferior a seis meses, tendrá que ser un contrato prorrogado por encima de este plazo y la prórroga deberá constar de manera explícita.
  • Contrato de alquiler prorrogado acompañado de la prórroga vigente.

¿Cómo empadronarse si no se cuenta con la documentación relacionada con la vivienda alquilada?

Si el solicitante no cuenta con un contrato de alquiler vigente o prorrogado su situación deberá enmarcarse en alguna de las siguientes para poder realizar el trámite:

  1. Tener un contrato de alquiler no vigente, pero prorrogable. La cláusula de prórroga tendrá que constar de manera explícita.
  2. Contar con un contrato indefinido, siempre que hayan transcurrido cuatro años o más desde su entrada en vigor.
  3. Poseer un contrato indefinido con documento de subrogación por plazo también indefinido, siempre que hayan transcurrido cuatro años o más desde la entrada en vigor de la subrogación.

En todos estos casos la persona deberá aportar alguno de los siguientes documentos junto con el contrato de alquiler:

  • Último recibo de alquiler que se haya abonado (no puede tener una antigüedad superior a dos meses) en donde consten todos los datos necesarios sobre el alquiler.
  • Último recibo o justificante bancario que se haya abonado por los suministros (luz, agua o gas) y que esté a nombre del arrendatario (no puede tener una antigüedad superior a tres meses). En él deberá constar la misma codificación del domicilio especificada en el contrato de alquiler. No se aceptan recibos de telefonía móvil o internet.
  • Transferencia bancaria en donde consten los datos necesarios para identificar el alquiler.

¿Por qué empadronarse es importante para los estudiantes extranjeros?

Aquellos estudiantes que no son españoles ni ciudadanos de la Comunidad Europea deben tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) para permanecer en el país por más de seis meses. La TIE es la identificación en donde figura el Número de Identificación del Extranjero (NIE) y toda la información sobre la situación de la persona como estudiante.

Para tramitar esta tarjeta es obligatorio empadronarse primero en el municipio donde se vaya a residir. Una vez realizado el empadronamiento, el estudiante deberá dirigirse a la Comisaría de Policía u Oficina de Extranjeros para solicitar su TIE.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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Estar viviendo de alquiler en una vivienda y que, de un momento para el otro, el propietario decida venderla, a pesar de que falta para que termine el contrato, es una situación de lo más frecuente. ¿Tendré que abandonar el piso y buscar otro lugar para vivir? ¿Tendré la posibilidad de comprarlo yo? ¿Podré quedarme viviendo aquí aunque la venta se concrete? Estas son solo algunas de las preguntas que surgen por parte de los inquilinos en estos casos. Lo más importante es, antes que nada, guardar la calma. En este artículo te contamos todas las opciones que tiene un inquilino cuando el propietario quiere vender el piso alquilado.

Cuando el propietario de un piso alquilado notifica al inquilino su deseo de venderlo, existen dos caminos posibles. Por un lado, está la opción de que el arrendatario lo compre él mismo. Sin embargo, no siempre quiere o puede optar por esta vía. La otra opción es que la venta se concrete. En ese caso, todo dependerá de si el inmueble y el contrato de arrendamiento están inscritos o no en el Registro Público de la Propiedad. ¿Cuáles son todos los derechos y opciones que tiene el arrendatario a su disposición en cada uno de estos escenarios?

A continuación te contamos todo lo que debes saber si eres inquilino y el propietario del piso alquilado tomó la decisión de vender. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Es posible para un propietario vender un piso alquilado si quiere?

Sí, el propietario de un bien inmueble puede decidir venderlo en cualquier momento, a pesar de que haya un contrato de arrendamiento vigente y un inquilino se encuentre viviendo en ella. 

Si bien actualmente, y desde el año 2019, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) prevé que todos los contratos de alquiler en España deben prorrogarse obligatoriamente por cinco años, a menos que el arrendatario se oponga, si al propietario le surge la necesidad o el deseo de poner a la venta la vivienda, la normativa también supone que puede hacerlo.

No obstante, los inquilinos cuentan con varios derechos y pueden servirse de una serie de recursos en estos casos. Es muy probable que ante esta situación se hagan preguntas como: ¿Tendré que irme del piso? ¿Podré comprarlo yo? ¿Podré quedarme viviendo aquí aunque haya un nuevo dueño? A continuación las respondemos todas.

¿Puede el inquilino comprar el piso alquilado si el propietario quiere vender?

Sí, el inquilino no solo puede comprar la vivienda que alquila en caso de que el propietario elija ponerla a la venta, sino que tiene prioridad por sobre otros posibles compradores. Por eso, el arrendador debe notificarle su decisión con anticipación. Veamos de qué se tratan el derecho de adquisición preferente, el derecho de tanteo y el derecho de retracto:

¿De qué se tratan el derecho de adquisición preferente, el derecho de tanteo y el derecho de retracto?

  • Derecho de adquisición preferente: así es como denomina la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en su artículo 25 al derecho con el que cuenta el inquilino de comprar la vivienda que arrienda, teniendo prioridad sobre terceros. Esto, siempre y cuando no se especifique lo contrario en el contrato de alquiler firmado.
  • Derecho de tanteo: se trata del derecho que el inquilino posee de que el propietario le haga llegar una notificación avisando que desea vender la vivienda arrendada. Esta debe incluir el precio y las condiciones de la venta para que pueda decidir si quiere comprarla. Si el inquilino está interesado, dispone de treinta días naturales para ejercer su derecho de adquisición preferente. 
  • Derecho de retracto: si el propietario no cumple con el derecho de tanteo del inquilino y si este último está interesado en comprar el piso, podrá ejercer este derecho. El mismo le concede un plazo de un mes para quedarse con la vivienda y sustituir a un posible comprador. La única condición es que pueda asumir económicamente la adquisición.

¿Qué ocurre cuando el inquilino no quiere o no puede comprar al propietario el piso alquilado?

En caso de que el inquilino no ejerza su derecho de adquisición preferente sobre la vivienda arrendada, ya sea porque no lo desea o por una imposibilidad económica, igualmente puede mantener su condición de arrendatario. ¿Cómo? ¿Es posible en todos los casos?

Todo depende de si la vivienda y el contrato de alquiler están inscritos en el Registro Público de la Propiedad o no. Veamos cuáles son los escenarios posibles:

Si el piso y el contrato de alquiler están inscritos en el Registro de la Propiedad

Inscribir un bien inmueble en el Registro Público de la Propiedad no solo es frecuente sino que también es lo más recomendable. Por lo tanto, es probable que el propietario de la vivienda arrendada lo haya hecho. Si bien también existe la posibilidad de registrar en este organismo un contrato de alquiler, no es lo más habitual, aunque también sea recomendable.

No obstante, si ambas condiciones se cumplen, el comprador que adquiera el piso alquilado deberá subrogarse obligatoriamente en el contrato de arrendamiento vigente y el inquilino podrá seguir viviendo allí hasta la finalización del mismo. Así lo establece el artículo 14.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).

Si el piso está inscrito en el Registro de la Propiedad pero el contrato de alquiler no

En este caso, la situación cambia radicalmente. Si el inmueble fue inscrito en el Registro de la Propiedad pero el contrato de alquiler no, al producirse la venta, el mismo quedará extinguido y el inquilino deberá abandonar el piso sin posibilidad de acceder a ningún tipo de indemnización. Es por esta razón que es tan importante registrar dicho documento en este organismo público.

Si el piso no está inscrito en el Registro de la Propiedad

Si bien no es lo más frecuente, en caso de que el inmueble no haya sido inscrito en el Registro de la Propiedad, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) se sirve del artículo 1571 del Código Civil para regular esta situación. El mismo establece que “el comprador de una finca arrendada tiene derecho a que termine el arriendo vigente al verificarse la venta”

¿Qué implica esto? Que el nuevo dueño de la vivienda tendrá derecho a finalizar el contrato de alquiler vigente, salvo que en las condiciones de la venta se haya incluido una cláusula en donde se acuerde respetarlo.

Cuando se produzca esta situación y el nuevo propietario le notifique al inquilino que debe abandonar el piso, este último deberá hacerlo. Sin embargo, a diferencia del caso anterior, dispondrá de un plazo de tres meses para hacerlo y tendrá derecho a solicitar al anterior dueño una indemnización por daños y perjuicios.

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