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A la hora de aceptar o rechazar una herencia, son varios los puntos que tendrás que tener en cuenta. Si bien puedes considerarla como una fuente de ingresos, ya que sería posible poner la propiedad para la renta o incluso si decides venderla, puede que no sea todo color de rosa.

Debes tener presente que al aceptarla, deberás afrontar los gastos que conlleva. Es posible que sean varios herederos, e incluso algunos de ellos decidan rechazar la herencia, lo que aumentará los tributos correspondientes.

Por ello, para que no tomes una decisión de la que puedas arrepentirte te contaremos todo lo que tienes que tener en cuenta para tomar la mejor decisión al aceptar o rechazar una herencia. ¿Nos acompañas?

Cuáles son los puntos que tengo que conocer para decidir aceptar o rechazar una herencia

A continuación te detallaremos los dos principales aspectos a los que tienes que prestar atención antes de decidir aceptar o rechazar una herencia.

La cantidad de personas heredarán la propiedad, una de las razones que pueden llevarte a rechazar una herencia

La cantidad de personas que deberán aceptar o rechazar la herencia, es uno de los condicionantes principales para poder saber los gastos que tendrás que afrontar. Pero esto no es todo. El hecho de que puedan ser más de una persona, implicará que cada una de ellas recibirá un porcentaje de la propiedad. En el caso de que seas único heredero, significará que deberás aceptar o rechazar el 100 por ciento de ella, y pagar la totalidad de los impuestos correspondientes.

Que sean varios herederos, podría ser una gran complicación. Principalmente, porque será necesario que todos lleguen a un acuerdo respecto al destino que ella tendrá. Es posible que alguno de ellos, no quieran vender la propiedad, o que quieras quedarte como único propietario. En este caso, existe la posibilidad de que se realice la venta de la porción de la vivienda al heredero que esta interesado en ella. Para ello, se abonara a cada uno de los nuevos propietarios el valor correspondiente.

Pero, ¿que sucede si no hay acuerdo entre los herederos, por ejemplo para la venta de ella? En este caso, sería posible solicitar la partición judicial de la herencia y se realizará una subasta pública de la propiedad.

Tributos que deberás abonar si decides aceptar la herencia

El segundo punto que debes tener presente a la hora de aceptar o rechazar una herencia tiene que ver con los tributos que deberás afrontar para poder hacerlo.  Uno de ellos tiene que ver con el Impuesto de Sucesiones. Éste es el que grava los bienes que forman parte del patrimonio de la persona fallecida.

El cálculo se realiza de manera progresiva, por lo que, cuanto más cuantiosa es la herencia, mayor será la cantidad de dinero que será preciso abonar.

Debemos aclarar que existen importantes diferencias en los porcentajes y pagos dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se lleve adelante la transmisión de la herencia. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, se permite una bonificación del 99 por ciento, sobre este tributo.

En el lado opuesto de la vereda, se encuentran otras regiones como las de Navarra, donde no se aplican ningún tipo de bonificaciones sobre este tributo. Hay otras en las que los beneficios rondan el 33 y el 100 por ciento.

Si la herencia, tiene varios beneficiarios, debes saber que el pago del tributo deberá repartirse en la proporción correspondiente a la titularidad que en ella se confiera. Si, por el contrario, fueras el único nuevo propietario, tendrás que pagar la totalidad.

Es posible vender una vivienda heredada para no tener que rechazarla

Si tienes dudas respecto a aceptar o rechazar una herencia, piensa que es posible que puedas aceptarla, y luego vender la propiedad. Esta es otra de las opciones, por las que muchos beneficiarios suelen optar. Es que de esta manera, es posible obtener dinero de la operación.

Si es que estás pensando en efectuar esta transferencia, tenemos que comentarte algunos detalles que deberás tener en cuenta a la hora de hacerlo.

Lo primero que mencionaremos, tiene que ver con los tributos que deberás pagar. El IRPF es uno de ellos, que tiene que ver con la ganancia patrimonial.  Para ello deberás realizar la declaración sobre el tributo al año siguiente de la transacción. Para el ejercicio 2022, los valores actualizados son:

BaseTipo impositivo
De 0 a 12.449 euros19 por ciento
Desde 12.450 hasta 20.199 euros24 por ciento
Desde 20.200 hasta 35.199 euros30 por ciento
Desde 35.200 hasta 59.999 euros37 por ciento
Desde 60.000 hasta 299.999 euros45 por ciento
Más de 300.000 euros47 por ciento

Recuerda que es posible que quedes exento de realizar el pago por este impuesto en los siguientes casos:

  • Si realizarás una reinversión para una vivienda habitual
  • En el caso de que sea una dación de pago
  • Cuando el vendedor, tiene más de 65 años y la propiedad a transferir es  la vivienda habitual de ella
  • Si el que transfirió la vivienda es mayor de 65 años y utilizara la ganancia para solicitar una renta vitalicia.

El otro impuesto que deberás pagar, es el correspondiente a la plusvalía. Este tributo, tiene que ver únicamente con el valor del terreno en el que se encuentra emplazada la vivienda. Para poder saber el monto correspondiente, será necesario que accedas al valor catastral. También necesitarás conocer la cantidad de años en los que haya sido propietario.

El último tributo, es el del IBI, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. El mismo debe pagarse de manera anual y corresponde a la municipalidad en el que se encuentra emplazada la vivienda. Es posible que solo debas pagar el monto correspondiente a la cantidad de meses en las que hayas habitado la vivienda, teniendo el nuevo propietario que abonar la parte proporcional.

Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad. Dejamos a continuación otro artículo que puede ser de tu interés:

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Heredar una vivienda debe ser de las operaciones más costosas en España. Sobre todo, si se trata de varias personas implicadas en la sucesión del inmueble. Cuando es así, los gastos de una herencia son diversos. Es decir, si existen deudas, las mismas deberán ser canceladas y deberán liquidarse y abonar una serie de tributos.

¿Cómo solventar los gastos de una herencia mediante la venda de la vivienda heredad?

El proceso de heredar tiene una serie de complejidades tanto emocionales, económicas y legales. Mayor aún si se trata de una sucesión en la que participan varias personas. En muchos casos, una herencia demanda tener que afrontar diversos gastos para poder dejar todo en regla. Hablamos de las cargas vinculadas a la notaría y al Registro de la propiedad. A lo que se le suma el pago del impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal. No obstante, no son los únicos. Es probable que existan deudas pertenecientes a la persona fallecida que terminan encareciendo todo el proceso sucesorio.

Cuando esto ocurre, en reiteradas oportunidades sucede que los beneficiarios no pueden solventar los costes del proceso. Ante estas situaciones, expertos en la temática proponen que el inmueble sea vendido para poder hacer frente a los gastos de una herencia con su ganancia.

A continuación, te detallamos cuales son las principales recomendaciones para poder llevar adelante un proceso exitoso y que no demande un alto nivel de gasto.

Solicitar una prórroga para el pago de impuesto y vender la vivienda

En muchos casos, al momento de recibir una herencia sus herederos se preguntan si existe la posibilidad de utilizar parte de ese dinero para cancelar los gastos de la misma. La respuesta es positiva. No obstante, no resulta ser un proceso completamente sencillo y puede tornarse algo complejo.

En primer lugar, debido a que las entidades bancarias acostumbran a bloquear las cuentas a nombre de la persona fallecida. De esta manera, la mantienen es dicho estado hasta que se presente la escritura que certifique la aceptación y reparto de la herencia y la liquidación de los impuestos correspondientes. Por lo tanto, si dentro de la masa hereditaria hay una vivienda, una solución posible es venderla para poder solventar los gastos de la herencia.

El interrogante que surge en caso es que algunos tributos deben ser pagados antes de concretar la operación de venta. Hablamos del impuesto a las sucesiones y la plusvalía municipal. Por lo tanto, resulta imposible pagarlos con el dinero que resulte de la operación.

En este sentido, la posibilidad que se presenta es la solicitud de una prórroga para la presentación de dichos tributos. Cuando se trata de herencias, el aplazamiento es de unos seis meses, plazo que puede ser prorrogado por idéntico periodo. Así, el o los herederos dispondrán de un tiempo para inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad y posteriormente venderla.

Solventar los gastos de una herencia con la petición de un fraccionamiento de pago

Por otra parte, existe una alternativa más que complementa la anterior. Nos referimos a la solicitud de un fraccionamiento de pago. En este sentido, cada contribuyente puede pedir fraccionar la deuda impositiva a partir del momento en la cual la misma sea exigible. Dicha fracción se solicitan sin ningún tipo de garantía cuando se trate de deudas por debajo de los 30.000 euros. Para poder realizar esta solicitud, los herederos de la vivienda deberán presentar una certificación que acredite que no pueden solventar el pago total.

Por tanto, vender el inmueble para cubrir los gastos de la herencia continúa siendo una opción viable para no tener que cubrir las deudas con el patrimonio propio de los herederos. No obstante, es importante tener presente que la venta deberá realizarse dentro del plazo de prorroga que se ha solicitado para el pago de los impuestos correspondientes. Es decir, en un año como mucho.

En este sentido, siempre es recomendable solicitar el asesoramiento legal y profesional de una agencia inmobiliaria con la finalidad de evitar retraso en todo el proceso de compraventa y así reducir al mínimo este tiempo.

Otro punto a considerar, es que los gastos derivados de la aceptación de una sucesión por fallecimiento pueden resultar restrictivos. El pago a notarios, abogados, impuestos devengados pueden hacer que se busque rechazar lo heredado. Ante estos casos, existen tipos de créditos que pueden servir como ayuda para la aceptación de la herencia.

Ahora, considerando las dos alternativas posibles para solventar los gastos de una herencia te detallamos de que se trata aceptar la sucesión y cuál es el coste de ello.

¿Es posible el financiamiento de los gastos de una herencia?

Diversas entidades bancarias y financieras suelen ofrecer opciones para la financiación de los gastos de una herencia. De esta manera, según la situación financiera de que se trate en cada caso y el monto de dinero que se requiera es posible solicitar dos tipos de financiación:

Un crédito al consumo

  • Son créditos de carácter genéricos. La finalidad de los mismos tiene a pagar los gastos devengados de una sucesión por fallecimiento.
  • No requieren de avales ni garantías para su solicitud.
  • El coste medio es de un 7,5% TAE según lo establecido por el Banco de España
  • Este tipo de crédito pueden ser pedidos cuando el perfil financiero de los herederos es bueno y el monto a solventar no es muy grande.

Un crédito con garantía hipotecaria  

  • Son créditos de carácter genéricos. Su finalidad es la de aceptar una herencia.
  • Las entidades financieras solicitan una vivienda. Esta podrá ser la vivienda heredada en los casos en que todos los herederos firmen el consentimiento.
  • Su coste medio del 10% TAE según el Banco de España.
  • Este tipo de crédito pueden ser pedidos cuando el perfil financiero de los herederos no es muy bueno y el monto a solventar no es muy grande.

¿Cómo pagar los gastos de una herencia con los bienes de la persona fallecida?

Otra de las maneras de solventar los gastos de una herencia es con el dinero propio de la misma. Sin embargo, en la mayoría de los casos, el banco de la cuenta del fallecido suele establecer ciertas trabajar para solicitar los fondos de la misma.

Vayamos a un ejemplo. Una de las posibilidades es que nos soliciten información o documentación adicional para poder llevar adelante una revisión. Es decir, que el departamento legal de la entidad bancaria corrobore la relación. Este tipo de procedimiento puede atrasar todo el proceso. Ante estos casos, se recomienda presenta los requisitos correspondientes y luego insistir. Esto debido a que es legal solicitar los fondos del causante para poder solventar los gastos.

¿Cuál es el aceptar una herencia?

Llegado el momento de recibir una herencia, uno de sus pasos es su aceptación. Este trámite puede variar según las variables que se presenten. Es decir, la existencia o no de un testamento, la cantidad de bienes que forman parte de la masa hereditaria, si hay o no conformidad entre los herederos, el notario, el abogado, etc. Por lo tanto, el coste de aceptación de una herencia también puede variar, por lo que establecer un precio exacto resulta complejo.

Una aproximación de lo que puede llevar aceptar una sucesión por fallecimiento suele rondar entre os 7000 y 8000 euros. Sin embargo, en muchos casos algunas pueden ser tramitadas a partir de los 2000 y otras que podrían superar o llegar a los 15000.

¿Qué plazo existe para aceptar una herencia?

En España no existe ningún tipo de normativa o legislación que determine el tiempo máximo para que los herederos de una herencia la acepten. No obstante, si lo llevamos a la práctica legal del procedimiento, el plazo máximo que se considera o se asume para la aceptación o rechazo de la sucesión es de unos 30 años aproximadamente.

El Código Civil lo que si determina es que personas interesadas en la herencia soliciten a los herederos que realicen su manifestación al respecto. Estos terceros, en su gran mayoría se trata de acreedores, no podrán realizar dicha petición hasta transcurrido nueve días desde el fallecimiento.

Por otra parte, como hemos mencionado anteriormente en las alternativas para solventar los gastos de una herencia, es importante considerar los plazos para liquidar tributos. Como se sabe, tanto el impuesto de sucesiones como la plusvalía municipal se deben liquidar dentro de los seis meses con una prórroga de hasta 12 meses. Estos tiempos dependerán de cada caso y según el momento en el cual se solicite el aplazamiento.

¿Quiénes se encuentran obligados a aceptar una herencia?

En este punto, es de gran importancia entender el carácter jurídico de una herencia. Se trata de un derecho y no de una obligación. Por lo tanto, ninguno de sus herederos se encuentra en la obligación de aceptar o rechazar lo heredado. Se trata de una decisión netamente personal.

Al momento de aceptar la herencia se accede tanto a los bienes como a las obligaciones, es decir, las deudas. Lo mismo sucede cuando se decide optar por el rechazo de la misma.

A su vez, es posible aceptar una herencia a beneficio de inventario. Esto se trata de que los herederos podrán recibir los bienes una vez que se paguen y liquiden todas las obligaciones/deudas del fallecido.

Algo diferente ocurre con el funeral. En este caso, los miembros de la familia de la persona fallecida tienen la obligación de solventar los costos de su velatorio.

¿Cómo proceder si la persona fallecida tiene prestamos por saldar?

Como hemos mencionado, al aceptar o rechazar una herencia con dicha acción se está aceptando o rechazando bienes y deudas del fallecido. Por lo tanto, si el fallecido disponía préstamos bancarios con pagos vigentes será responsabilidad y obligación de los herederos liquidarlos.

En estas circunstancias, se recomienda consultar de qué tipo de créditos se trata y si el fallecido contaba con algún tipo de seguro de vida. En este caso, con dicho dinero se podría solventar los gastos ante su muerte. Por lo tanto, la aseguradora será la encargada de reembolsar el monto correspondiente al préstamos a la entidad bancaria.

Hasta aquí te hemos contamos y detallado las principales alternativas para solventar los gastos de una herencia mediante la venta de una vivienda parte de la masa hereditaria. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde OI REAL ESTATE te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y la venta de tu inmueble de manera exitosa.

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En diferentes artículos nos hemos detenido en detallar de qué se trata una herencia, cuales son sus herederos, qué es y mo se gestiona un testamento. Además, te hemos contado cómo se reparte y de qué manera puede una persona aceptar o no su condición de heredero. En esta oportunidad nos detendremos en explicar cómo se gestiona una herencia con menores de edad.

Cuando una persona fallece, en una gran cantidad de casos, alguno de sus herederos no cumple con la mayoría de edad. Por lo tanto, para que el menor pueda hacer uso de su derecho debe llevarse adelante un proceso legal determinado para que una persona mayor pueda ejecutar la operación en su nombre. Esto se debe, a que la capacidad de un menor de heredar se encuentra disminuida por su grado de madurez en relación a este tipo de procedimientos legales.

Si quieres saber todo sobre la herencia y el testamento solo debes hacer clic aquí.

En herencias con menores de edad ¿Quiénes tiene la representación legal del menor?

Como dijimos, una herencia con un menor de edad requiere de un procedimiento en paralelo para poder realizar la repartición correcta de la misma. Ante estos casos, el menor deberá ser representado por una persona, la cual dispondrá de la capacidad para gestionar la sucesión.  

En regla general, la representación legar de menores es de lo padres en el caso de que ambos estén con vida. Para los casos de fallecimiento de uno de ellos, quien ostente la patria potestad del menor será el padre en vida. En estos casos, serán quienes podrán aceptar la herencia con menores de edad en su nombre. Sucede que la aceptación es comprendida como el acto menos perjudicial para los intereses de la persona menor al aceptar siempre a beneficio de inventario. Es decir, siempre y cuando la sucesión no implique la generación de deudas para el menor.  

En los casos en los cuales se desea rechazar la herencia como representante de un menor de edad será necesario solicitar una autorización judicial. A menos que el menor tenga 16 años. En estos casos, el mismo puede realizar una escritura pública en un notario.

Si ambos padres del menor han fallecido ¿Cómo continúa el trámite?

Ante la posibilidad de fallecimiento de los padres cuando sus hijos son menores de edad, estos tienen como alternativa establecer en el testamento quien será el tutor legal de sus hijos. Cuando esto suceda, la persona designada por testamento será quien tendrá el derecho de representar y administrar el patrimonio de la herencia con menores de edad.  

Siempre se recomienda a los padres que dejen como representantes de sus hijos a personas de gran confianza, considerando que será quien pueda acceder a todos los bienes heredados por los menores. A su vez, se recomienda nombrar personas alternativas por si ocurriese que dicha persona no se encuentre en condiciones o no quiera adjudicarse el cargo y responsabilidad.

Este tipo de cuestiones son de las que refuerzan la creencia de la importancia de la realización de un testamento donde se declaren las últimas voluntades del causante. A su vez, es de general recomendación que previo a la realización y a la elección de algún tipo de representación para el menor, se considere acudir a un abogado especialista en Derecho Hereditario.

En aquellas situaciones en los cuales los padres no hayan designado ningún representante legal se debería considerar el Artículo 234 del Código Civil español. El mismo el orden con el cual se designará el tutor:

  • Primer grado: Al designado por el propio tutelado, conforme al párrafo segundo del artículo 223 del mismo cuerpo legal.

  • Segundo Grado: Al cónyuge que conviva con el tutelado.

  • Tercer Grado: A los padres.

  • Cuarto grado: A la persona o personas designadas por éstos en sus disposiciones de última voluntad.

  • Quinto Grado: Al descendiente, ascendiente o hermano que designe el juez.

Además, de manera excepcional, el juez podrá modificar el orden de los grados de tutela en los casos en que el beneficio del menor así lo exigiere.

Lectura recomendada: conocer el paso a paso de como tramitar una herencia sin testamento.

Ante el fallecimiento de uno de los padres divorciados ¿de qué manera se gestiona la tutela en la herencia con menores de edad?

Otras de las situaciones que se tornan frecuentes en la actualidad es la cantidad de divorcios en los juzgados de familia. Cada vez se hace más habitual que haya, durante el proceso de separación legal, la presencia en el medio de hijos.

En el caso de que falleciese uno de los progenitores y no exista testamento, le corresponderá la patria potestad al otro progenitor de manera directa. Por lo tanto, será quien velará por los derechos del menor hasta que alcance la mayoría de edad, es decir, sus 18 años. Ante la posibilidad de conflictos de interés diversos, se recomienda siempre la realización, nuevamente, de un testamento en la que se explicite una persona, aparte del otro progenitor, como responsable del menor. Es una forma muy práctica de evitar problemas entre la persona responsable, es decir el progenitor con vida, y el menor que hereda.

¿En que circunstancias se pueden producir conflictos de intereses?

Una de las posibles causas en las cuales pueden surgir conflictos entre un progenitor y el menor en una herencia cuando el primero de ellos, es decir, el viudo o la viuda se otorguen determinados bienes en el pago de su usufructo o legado. En este caso se estaría en presencia de un conflicto de intereses, ya que el progenitor vivo podría alterar el modo de valoración de los bienes para su beneficio. En consecuencia, estaría perjudicando a la persona menor de edad. Para resolución se deberá acudir a un defensor judicial que pueda representar los intereses que le corresponden al menor.

Es preciso destacar que en lo casos en los cuales la legitima del menor sea respetada, no se producirán conflictos de intereses.

Por lo tanto, como mencionamos anteriormente, el modo de evitar cualquier tipo de inconveniente o conflicto es acudir a un asesoramiento legal que se especialice en derecho de herencias con menores de edad.  

Si te has quedado con alguna duda sobre la herencia con menores de edad puedes dejarnos tu comentario. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Como sabemos lo grande que el tema de la herencia, te recomendamos seguir indagando en nuestros artículos anteriores. Por ejemplo en el siguiente te contamos con detalle cuáles son los trámites que debes hacer si eres heredero:

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Desde Oi Real Estate sabemos que el proceso que demanda heredar no es sencillo. Así como se heredan los bienes de una persona fallecida, también se heredan sus deudas y obligaciones. En este post te contamos el paso a paso de cómo renunciar a una herencia si crees que es la opción más conveniente.

Las herencias, en muchas ocasiones, pueden ser procesos complejos por diferentes factores. Como por ejemplo, cuando no existe testamento o en los casos en los que no se conocen bien cuáles son los pasos a seguir. Asimismo, cuando no se sabe bien quienes son los herederos, ó que tipos de bienes deben ser repartidos y cómo, etc.

¿Qué implica aceptar una herencia?

Una herencia es aquella acción, regulada jurídicamente, a través de la cual se realiza la sucesión de bienes, derechos y obligaciones de una persona a otras ante su fallecimiento. Aquellas personas capaces de heredar son considerados herederos. Las mismas pueden ser tanto personas físicas como jurídicas.

Como su misma definición lo establece, heredar no solo implica recibir bienes de diferente índole. Al aceptar una herencia también se están aceptando cada una de las cargas y deudas que integren la sucesión. Saber cuáles son puede evitarte complicaciones a futuro.

Lectura recomendada: Herencia y testamento

En el ámbito jurídico se habla de repudiar una herencia cuando una persona rechaza su derecho como heredero. Esta decisión es tomada por un gran número de personas. Por ejemplo, en el año 2017 en la comunidad de Andalucía se registraron aproximadamente 19 renuncias a herencias diariamente. Esto desemboca en diversos interrogantes, como ser el motivo por el cual renunciar a una herencia y cómo hacerlo.

Expertos en la materia explican que el motivo principal, en la mayoría de los rechazos de herencias, tiene que ver con la posibilidad de que impliquen más deudas que beneficios. Si bien no es el único, se posiciona como el primero ya que nadie quiere recibir cargas que impliquen, posiblemente, algún tipo de deterioro económico.

Sin embargo, también suelen rechazarse herencia por liberalidad. A que nos referimos, a casos como, por ejemplo, donde un hermano repudia su parte para otorgarle el total del beneficio al otro por cuestiones patrimoniales. Es decir, quien más tiene rechaza y transfiere su derecho a quien menos patrimonio, en ese momento, dispone.

Por lo tanto, para conocer si es conveniente aceptar o repudiar una herencia la normativa establece el derecho deliberar. En este sentido, se trata del proceso de examinación del estado en el que se encuentra la herencia antes de tomar alguna decisión. Es decir, existe un tiempo determinado para evaluar y valorar si la sucesión de determinado patrimonio puede o no general deudas futuras.

¿Cuáles son las formas de aceptar una herencia?

Antes de tomar la decisión de rechazar una herencia es necesario conocer, de antemano, las maneras de aceptarlas. Hablamos de dos vías.

En un primer caso, se trata de una vía implica que el patrimonio del heredero junto al patrimonio heredado se funde en uno solo. Es decir, si una persona tiene un patrimonio de 100 mil euros y adeuda 20 mil, y hereda 100 mil con cargas de 300 mil, en el caso de la aceptación el patrimonio final será de 200 mil y una deuda de 320. Por lo tanto, no resultará un ben negocio aceptar la sucesión.

La otra vía se trata del beneficio de inventario. Esto significa que las deudas que puedan heredarse pueden pagarse con el mismo patrimonio que se heredan sin que se intervengan en el patrimonio propio de la persona que hereda. Por lo tanto, es una manera anticipada de protección ante posibles acreedores desconocidos.

Una vez consideradas ambas formas de aceptar una herencia, pasemos a su posible renuncia.

A priori, te recomendamos leer el siguiente artículo para conocer el paso a paso de como es el proceso de partición de una herencia.

¿De qué manera renunciar a una herencia?

Como te hemos adelantado, una herencia no aplica solo recibir beneficio. Sino también, puede resultar que la mayor herencia sean deudas. Por lo tanto, luego de tomar la decisión de renunciar a una herencia se debe certificar ante notario dicha acción. Otra de las opciones es realizarla mediante la vía judicial.

La aceptación de una herencia se considera desde el mismo momento en que el causante de la misma fallece. Esto quiere decir que, aceptar o rechazar la sucesión del patrimonio de una persona fallecida sucede justo cuando la misma muere, más allá del tiempo que pueda pasar entre el deceso y las acciones legales.

En este sentido, para negarse a recibir una herencia bastará con presentarse ante notario y certificar la renuncia. No obstante, pueden existir factores extras, según la particularidad de cada sucesión. En esta oportunidad, nos centramos en el Derecho Común que rige como norma en toda España. Sin embargo, algunas comunidades autónomas poseen derechos propios que pueden ajustarse a diversos aspectos. Algunas de ellas son Cataluña, Aragón, Navarra y Galicia.

Uno de dichos aspectos tiene que ver con lo que se considera aceptación tácita. Es decir, si una persona con derecho a heredar no se presenta ante un notario para aceptarla, pero lleva adelante actos que suponen una actitud de adueñarse de los bienes y obligaciones, la aceptación está dada.

¿Se puede heredar sin una constancia de ello?

La respuesta es negativa, ya que cualquier persona que forme parte de los herederos de una sucesión debe ser anoticiado de que se está llevando adelante el proceso. Para poder hacerlo, debe ante todo certificar que forma parte de la familia del causante, a menos que existe un testamento que lo haga. En caso de no existir testamento, se debe acreditar que no existen otras personas con derecho a esa herencia. Es lo que se denomina declaración de herederos, Por lo tanto, además de certificar ser heredero forzoso, se deberá presentar dos testigos que lo acrediten.

Para finalizar, según el artículo 1005 del Código Civil Español, al fallecer una persona y los herederos no se presenten a la sucesión, un notario puede llevar adelante la petición a los causahabientes la aceptación o el rechazo de la misma. En el caso de que los mismos no se presenten dentro de los 30 días hábiles posteriores, el notario interpretará que la ausencia implica una aceptación de la herencia.

Hasta aquí todo lo referido a cómo renunciar a una herencia. Si te has quedado con alguna duda puedes dejarnos tu comentario. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad con la mejor información.

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