Al momento de arrendar un piso, suelen surgir muchas dudas relacionadas con los suministros en el alquiler. ¿Quién debe pagarlos? ¿A nombre de quién estarán las facturas? ¿Qué ocurre si el inquilino no las paga? Estas son algunas de las preguntas más frecuentes, por eso, decidimos escribir este artículo para responderlas y que termines los últimos meses del año, con la mejor información. ¡Toma nota!

Cuando se toma la decisión de colocar un piso en alquiler, los propietarios saben que se enfrentarán a muchos desafíos. Pero existe una forma de evitar inconvenientes y contratiempos indeseados, que es obtener toda la información necesaria, ante posibles circunstancias que pudieran desarrollarse. Uno de los problemas habituales es la falta de pago de los suministros en el alquiler, y es por eso que en este post deseamos brindarte todas las herramientas para que descubras, cuál es la mejor manera de gestionarlo.

La Ley de Arrendamientos Urbanos es clara sobre este tema. En su artículo 20, establece que la obligación de pagar los suministros será siempre del inquilino, cuando existan contadores individuales. No obstante, esta obligación es respecto del propietario y no de la empresa prestadora de los servicios. El responsable frente a esta última, será siempre el titular del contrato correspondiente.

Frente a esta situación surge una de las dudas más frecuentes: ¿qué es mejor, tener los servicios a nombre del inquilino o del propietario? Si quieres conocer la respuesta a esta pregunta y a todas las que se relacionan con los suministros en el alquiler, no tienes de qué preocuparte. En este post, contestarás todas tus inquietudes. ¡Sigue leyendo!

Los suministros en el alquiler a nombre del inquilino

Efectivamente, siempre es más conveniente que los contratos de suministros estén a nombre del inquilino. Y, aunque esto representa tanto un riesgo como un beneficio, será mejor que analicemos todas las variables.

Para empezar, debes saber que, al estar los suministros del alquiler a nombre del inquilino, te ahorrarás ciertos problemas en el futuro que evaluaremos a continuación.

Demanda por coacción

Que el inquilino deje de pagar los suministros es una situación mucho más habitual de lo que quisiéramos. Lo que ocurre en estos casos es que el propietario del inmueble tiene la obligación de facilitarle al inquilino el “goce pacífico” de la vivienda. Entonces, imaginemos el siguiente escenario:

Si el propietario es el titular de los contratos de suministros y el inquilino deja de pagarle el importe correspondiente a los consumos de luz, agua o gas, la empresa comercializadora interrumpirá la prestación de dichos servicios. Es decir que el inquilino se quedará sin electricidad, por ejemplo. Frente a esta situación, el arrendador podría denunciar al arrendatario por coacciones que lo privaron del acceso a los servicios básicos. Esto podría sancionarse con penas de seis meses a tres años o multas de doce a veinticuatro meses.

Por lo tanto, la mejor manera de evitar esta demanda es poniendo los suministros a nombre del inquilino. En este caso, si él deja de pagarlos, la responsabilidad no será nunca del propietario y, por lo tanto, no podrá ser denunciado por coacciones.

Control de la deuda frente al impago de los suministros en el alquiler

Como te decíamos antes, que el inquilino deje de pagar los suministros es bastante habitual. Pero debes saber que el riesgo sobre la cuantía de la deuda no es el mismo si el contrato está a nombre del propietario. Esto se debe a que, al ser el arrendador el titular del contrato, no podrá permitir el corte de los suministros y, en consecuencia, deberá pagar los servicios a la empresa correspondiente independientemente de que el inquilino no le pague su parte. De esta manera, el propietario continuará abonando los servicios durante meses, hasta que finalmente pueda recuperar su vivienda a través de un proceso de desahucio.

Por el contrario, si el contrato está a nombre del inquilino, van a transcurrir tan solo algunos meses hasta que los servicios se interrumpan por impago. Y aunque probablemente sea el propietario quien tenga que pagar los cargos de reconexión, la deuda no será tan importante como en el primer caso planteado.

En definitiva, cuando el es el propietario el titular de los contratos de suministros, si el inquilino deja de pagar las facturas, la situación puede desembocar en una demanda para recuperar la propiedad. En este caso, el arrendador asume la deuda con las empresas de servicios. No obstante, hay que agregar que el juez suele condenar a los inquilinos a pagar esta cuantía, pero, en la mayoría de los casos, son insolventes.

En cambio, si el titular del contrato de suministros es el inquilino, cuando deja de pagar los servicios, estos se interrumpen luego de unos pocos meses. El arrendador, entonces, no estará tan a gusto de permanecer en la vivienda sin disponer de agua, luz o gas. Por lo tanto, será más fácil llegar a un acuerdo entre las partes.

¿Qué pasa si el inquilino da de baja los servicios?

Hasta aquí hemos repasado los motivos por los cuales es mejor que los suministros en el alquiler estén a nombre del inquilino. Sin embargo, también existe una desventaja: que el inquilino tiene potestad para dar de baja los servicios cuando quiera.

Sin embargo, este riesgo se puede reducir con una cláusula especial en el contrato de alquiler que establezca que el arrendatario obliga al arrendador a cambiar la titularidad de los suministros una vez que el inmueble haya sido restituido. Esta operación podría realizarse a favor del propietario o del futuro inquilino del inmueble. Incluso, podría pactarse una penalización económica en caso de incumplimiento.

Los seguros de impago: otra alternativa para evitar inconvenientes

Los seguros de impago del alquiler son una forma de protección frente a inquilinos morosos que no pagan la renta correspondiente. De esta manera, el seguro cubre el pago de los alquileres adeudados hasta un número de mensualidades establecidos en la póliza. Además, será la empresa aseguradora quien se encargará de reclamarle al inquilino las cuotas impagas, antes de que exista una sentencia de desahucio o una condena por impago.

Sin embargo, esta no es la única cobertura que establecen. En los últimos tiempos, se ha observado que algunos seguros han incorporado coberturas que refieren a los suministros en el alquiler. Es decir que, si el inquilino deja de pagarlos, el seguro se hará cargo de ellos hasta un importe específico establecido en la póliza correspondiente. Aun así, sigue siendo conveniente que sea el propietario el titular de los contratos.

Así que ya lo sabes, surgen nuevas maneras para estar a salvo de posibles inconvenientes que pudieran desatarse con los inquilinos. Si bien, su principal responsabilidad es estar al corriente con el pago de sus rentas, cada vez es más frecuente la presencia de inquilinos morosos y puede ser de una gran ayuda solicitar seguros de impago del alquiler.

Gestión inmobiliaria de los suministros en el alquiler: Podemos ayudarte

Ser propietario puede ser muy difícil en ocasiones, pero si no quieres más presiones y buscas soluciones prácticas a este inconveniente, puedes dejar la gestión del alquiler de tu inmueble en manos de profesionales. En Oi Real Estate te aseguramos la elección a conciencia de los inquilinos y el estudio de su solvencia para minimizar los riesgos. Pero también gestionamos todos los suministros y nos encargamos de realizar la contratación de los seguros por impago.

Pero no solo eso, también nos ocupamos de todos los trámites: publicamos tu inmueble en internet, organizamos las visitas, redactamos y gestionamos los contratos y te asesoramos de forma continua y personalizada, entre muchas otras cosas.

Si quieres alquilar tu piso y olvidarte de las preocupaciones, ¡no dudes en comunicarte con nosotros! Estaremos encantados de ayudarte.

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