Preguntarnos si nos corresponde o no presentar la declaración de la renta este año es muy frecuente. Si bien, en términos jurídicos, todos los contribuyentes españoles están obligados a tributar en el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), en la práctica hay unas cuantas excepciones. En este artículo te contamos todo lo que debes saber acerca de esta Renta 2021-2022 y quiénes están exceptuados de tributar en el IRPF.
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¿Debo hacer mi declaración de la renta este año? ¿Estoy obligado a tributar en el IRPF? La Agencia Tributaria inauguró el plazo de presentación de este impuesto el pasado 6 de abril, poniendo como fecha límite el día 30 de junio. Es por eso que muchos españoles se hacen preguntas de este estilo por estos días.
La clave está en no esperar hasta último momento. La anticipación puede ahorrarte imprevistos y evitarte lo peor: los recargos y multas que se aplican a las personas que no presentan la declaración de la renta dentro de los plazos estipulados. Por eso, a continuación compartimos contigo toda la información necesaria para que puedas saber si estás obligado o no a tributar en el IRPF. ¡Sigue leyendo para enterarte!
En este artículo encontrarás:
¿Quiénes están exceptuados del IRPF en esta Renta 2021-2022?
En principio, todos los contribuyentes están obligados a hacer su declaración en la renta. La Ley de IRPF, en su artículo 8, señala que son contribuyentes todas “las personas físicas que tengan su residencia habitual en territorio español”, como también “las personas físicas que tuviesen su residencia habitual en el extranjero por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de esta Ley“.
Si nos guiamos por este fragmento de la ley, todos deberíamos preparar nuestra declaración de la renta para antes del próximo 30 de junio. A priori, todo trabajador, pensionista y básicamente cualquier persona que perciba algún tipo de renta en territorio español o en el extranjero, debe tributar por el IRPF y realizar su correspondiente declaración. Sin embargo, esto en la práctica no ocurre, ya que existen varias salvedades que eximen a varios contribuyentes de esta obligación.
La obligatoriedad a la hora de tributar por el IRPF depende, principalmente de la cuantía de los ingresos de la persona en cuestión, de su procedencia y de las deducciones que se le practiquen. En este sentido, la Agencia Tributaria publica todos los años un manual práctico de Renta en el cual explica con claridad quiénes deben realizar dicha declaración, utilizando información fácil de comprender, e incluso, ejemplos concretos.
Casos en los cuales sí hay obligación de presentar la declaración de la renta
A continuación te mostramos cuáles son los casos concretos de contribuyentes que están obligados por Hacienda a tributar en el IRPF. No estarás exceptuado si:
- Tienes derecho a deducciones por inversión en vivienda.
- Posees derecho a deducciones por cuenta ahorro-empresa doble imposición internacional.
- Realizaste aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad.
- Realizaste aportaciones a planes de pensiones.
- Hiciste aportaciones a planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social.
- Hiciste aportaciones a planes de previsión social empresarial.
- Realizaste aportaciones a seguros de dependencia.
- Fuiste beneficiado con deducciones por maternidad, nacimiento o adopción.
Sin embargo, el hecho de que te encuentres dentro de alguna de estas categorías, no implica necesariamente que tengas que pagar a Hacienda. Esto dependerá del resultado que obtengas al declarar tu renta, que puede ser negativo o positivo.
Siguen siendo los ingresos el principal factor que determina quiénes están obligados y quiénes exceptuados de tributar el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas. Es importante tener cuenta la información que marcan las tablas del IRPF.
Límites de ingresos para quienes están exceptuados del IRPF en esta Renta 2021-2022
Entonces, si en la práctica no todos estamos obligados a hacer nuestra declaración de la renta, y si esa obligatoriedad depende mayoritariamente del nivel de ingresos de cada persona, ¿hasta cuánto puedes ganar sin tener que declarar en el IRPF?
Los contribuyentes que hayan percibido rentas inferiores a 22.000 euros brutos anuales, por parte de un solo pagador, son quienes están exentos de tributar. La realidad es que, pueden hacer la declaración de su renta si lo desean pero, lo más probable es que obtengan un resultado “a devolver” de su declaración. Es decir que, podrán cobrar parte de lo que adelantaron a Hacienda a través de retenciones de IRPF.
Sin embargo, hay algunas excepciones a esta regla general. Los trabajadores que hayan percibido renta por parte de más de un pagador en el último año son la primera. En estos casos, por más que la persona no supere los 22.000 euros de renta, si obtiene más de 1.500 euros por parte del segundo pagador y obtiene más de 14.000 euros por todo el ejercicio, estará seguramente obligada a declarar.
Este límite de 14.000 euros para estar exceptuado de tributar también se aplica a los siguientes tipos de ingresos:
- Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
- Contratos en los cuales el pagador de los rendimientos del trabajo no está obligado a retener.
- Rendimientos íntegros de trabajo sujetos a un tipo fijo de retención.
ERTE
El Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) es una medida de flexibilización laboral que habilita a las empresas a reducir o a suspender contratos de trabajo. ¿Qué pasa si, trabajando para mi empresa he cobrado las ayudas del ERTE? ¿Estoy obligado a declarar? No necesariamente, pero es muy probable que sí.
La realidad es que los ERTE se computan como un rendimiento de trabajo más, al igual que tu salario. Por lo tanto, para Hacienda, constituyen un pagador más. Es por eso que, deberás hacer tu declaración de la renta si:
- Has cobrado más de 14.000 euros en todo el ejercicio y más de 1.500 euros por parte del Servicio Público de Empleo Estatal en concepto del ERTE (suponiendo que el SEPE sea el segundo pagador).
- Has cobrado más de 22.000 euros y menos de 1.500 euros del Servicio Público de Empleo Estatal en concepto del ERTE.
Otros ingresos que determinan quiénes están exceptuados del IRPF en esta Renta 2021-2022
Si bien tendemos a pensar en nuestro salario cuando pensamos en lo percibido, no es la única fuente de ingresos que poseemos. Para la renta, cualquier monto que ingrese en nuestra cuenta corriente es importante. Es por eso que Hacienda tiene también en cuenta el dinero percibido por inversiones, por rendimientos del capital mobiliario o inmobiliario o por ganancias patrimoniales.
De esta forma, la Agencia Tributaria también se ocupa de los inversores, de quienes cuentan con un patrimonio que les genera grandes ingresos o de quienes obtienen renta por el alquiler de una o más viviendas. A continuación te contamos todo lo que debes saber si te encuentras en alguna de esas situaciones.
Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales
Si sólo has obtenido ingresos por rendimientos del capital mobiliario en el último año, incluyendo intereses de cuentas corrientes, no estás obligado a declarar si no has superado los 1.600 euros. En caso contrario, sí.
Se tendrán también en cuenta las ganancias patrimoniales, incluyendo premios en concursos, juegos o reembolso de fondos de inversión.
Tanto estos rendimientos del capital mobiliario como las ganancias patrimoniales deberán haber estado sometidas a retención o ingreso a cuenta del IRPF para formar parte del cálculo.
Rentas inmobiliarias
En el caso de las rentas inmobiliarias, el límite de ingresos anuales que prevé Hacienda es de 1.000 euros anuales.
Estarás exento de declarar si sólo has obtenido ingresos del trabajo, del capital, de actividades económicas y ganancias patrimoniales cuando la suma de todas no supere los 1.000 euros y las pérdidas patrimoniales no excedan los 500 euros. Esta regla no se aplicará si tu intención es beneficiarte de la deducción por vivienda habitual o de la deducción por cuenta ahorro empresa o por doble imposición internacional.
Autónomos
¿Qué ocurre si soy trabajador autónomo? ¿Debo hacer mi declaración de la renta? Si te encuentras dado de alta como autónomo, tu declaración de la renta será algo diferente, también tu obligación de presentar el IRPF.
Sólo por el hecho de realizar una actividad económica, estarás obligado a declarar, siempre y cuando, los ingresos por ella superen los 1.000 euros. De esta manera, si has obtenido ingresos superiores a esta suma con tu trabajo como autónomo, deberás hacer la declaración de la renta como cualquier trabajador por cuenta propia.
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