Consumidores, entidades bancarias e inclusos accionistas están más pendientes que nunca de las resoluciones judiciales. No solo por la reciente sentencia del impuesto de las hipotecas, sino también por la futura resolución sobre el IRPH. Diversos frentes y reclamaciones de las hipotecas que marcarán el futuro de los nuevos préstamos.

Nuevamente, el prestigio de la banca vuelve a estar en manos de la justicia. No solo de la española sino también de la europea.

Por un lado, el Tribunal Supremo (TS) tomará una decisión definitiva sobre quién pagará el controvertido impuesto de las hipotecas. El banco o el cliente. No tanto de cara al futuro, sino especialmente con carácter retroactivo.

Y por el otro, el Tribunal de Justicia de la Unión europea (TJUE) se posicionará definitivamente sobre el uso del IRPH en las hipotecas en España. En contra del criterio del propio Tribunal Supremo.

Dos sentencias que pueden marcar un antes y un después para el sistema financiera español. Y que de una manera u otra tienen un fuerte impacto sobre la economía. Tanto por el peso específico de la banca como por el encarecimiento de las futuras hipotecas si la sentencia es muy dura.

¡De una manera u otra esperemos que el cliente no acabe pagando los platos rotos en la reclamaciones de las hipotecas!“, señala Luis Gualtieri. En relación al posible encarecimiento del crédito.

Pendientes de la resolución sobre el AJD

Finalmente, la sala tercera del Tribunal Supremo tomará una decisión definitiva sobre la última sentencia del impuesto de las hipotecas (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados) el próximo día 5 noviembre.

Con este anuncio, el presidente del TS Carlos Lesmes asegura que la nueva sentencia. “La sentencia núm. 1505/2018 es firme y no susceptible de revisión (…) en relación con las partes en litigio y respecto a la anulación del artículo 68, párrafo segundo, del Reglamento del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados“, según sus palabras.

Por ello, el propio Tribunal Supremo reafirma su respeto a la sentencia del pasado 16 de octubre de 2018. Considerándola firme sobre el caso concreto al que se refería. Mientras que la nueva sentencia del 5 de noviembre determinará su alcance. Tanto a partir de ahora como con carácter retroactivo.

Banca y clientes a la espera de una decisión millonaria sobre las reclamaciones de las hipotecas

Lesmes defiende el trabajo de los seis magistrados del Tribunal Supremo que firmaron esta última sentencia. Calificando su actuación de “leal, independiente y profesional“.

En ese sentido, la decisión de Lesmes de convocar el pleno el día 5 ha sido tomada esta misma mañana. Tras reunirse con los integrantes del tribunal contencioso administrativo que emitieron la sentencia. Además de Luis María Díez-Picazo, presidente de la sala tercera del TS. Mientras que la sentencia definitiva la emitirá el plenario de esta sala. Que está integrado por un total de 31 jueces.

Dando así ‘carpetazo’ a la polémica tributaria sobre las reclamaciones de las hipotecas. Un asunto que estalló el pasado jueves, señalando a los bancos como interesados en la contratación del producto. Y, con ello, obligándoles a pagar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD).

Rectificando una sentencia del mismo TS y generando muchas dudas sobre los efectos retroactivos en el gravamen.

Reclamaciones de las hipotecas con IRPH

En tanto no se cierra este asunto, un buen número de clientes sigue pendiente de una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En este caso, la resolución podría dar la razón a quienes piden la nulidad de las hipotecas con IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). Al considerar esta como una condición abusiva.

De momento, los informes previos de los letrados avalan esta teoría. Siempre que los préstamos se hayan “comercializado sin la transparencia debida”. Es decir, cuando no se hayan realizado simulaciones con los dos tipos de referencia del momento, el euríbor y el IRPH. Porque debe ser el propio cliente quien elija la opción más adecuada.

En ese sentido, el TJUE ha sido interpelado para dilucidar si una sentencia del TS del 14 de diciembre de 2017 en la que se exime a las cláusulas IRPH de falta de transparencia, se ajusta al derecho comunitario.

El TJUE puede invalidar el uso de la cláusula IRPH por falta de transparencia

De ser así, la banca acabaría recibiendo un nuevo varapalo. Y una oleada de demandas volvería a caer sobre las entidades financieras. Ya que se estima que el IRPH llegó a afectar a 1,3 millones de hipotecas.

Una indemnización que aún faltaría determinar. Dado que, en caso de nulidad del IRPH, deberá ser el juez quien exhorte a las partes a buscar un nuevo índice para calcular la devolución de lo cobrado de más.

Sin duda, y a falta de la nueva Ley Hipotecaria, el consumidor está viendo reforzados sus derechos“, apunta Luis Gualtieri. “Solo esperamos que con el nuevo marco jurídico, el acceso al crédito venga marcado por la transparencia“, finaliza el CEO de la agencia inmobiliaria Oi Realtor.

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