Ser propietario de una vivienda implica afrontar una serie de gastos por reparaciones, mantenimiento u otras razones. Ahora bien, la situación cambia ligeramente cuando la propiedad se encuentra dentro de un edificio en donde hay espacios comunes con otras viviendas. En esos casos habrá que hacer frente a algunos gastos que se acordarán entre todos los propietarios. ¿Cuáles son los tipos de gastos a pagar en una comunidad de vecinos y de qué se tratan las derramas? ¿Es obligatorio pagarlas siempre? ¿Qué ocurre con ellas en un alquiler? ¿Las paga el propietario o el inquilino? En este artículo te lo contamos.

Las derramas son gastos que se pagan ocasionalmente al pertenecer a una comunidad de vecinos. Se trata de cuotas que se acuerdan entre todos los propietarios del edificio cuando surge la necesidad de realizar alguna obra de mantenimiento que no fue prevista dentro de los gastos ordinarios. También cuando es necesario hacer frente a algún proceso judicial o indemnizar a alguno de los vecinos integrantes de la comunidad. Sin embargo, el hecho de que se trate de gastos extraordinarios suele traer conflictos, ya que no siempre se dispone del dinero para afrontarlos.

A continuación, conocerás qué es una comunidad de vecinos y qué gastos se deben pagar al pertenecer a una. Luego, descubrirásde qué son las derramas, cuándo es posible negarse a abonarlas y qué ocurre con ellas en el alquiler de un piso. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Qué es una comunidad de vecinos?

Las comunidades de vecinos son aquellas conformadas por dueños de viviendas que se encuentran dentro de un edificio cuyo régimen jurídico corresponde a la división horizontal. Es bajo esta denominación que los propietarios se inscriben en el Registro de la Propiedad y a partir de allí adquieren una serie de derechos y obligaciones que están regulados por la Ley de Propiedad Horizontal.

Pero ¿con qué fin se conforma una comunidad de vecinos? Una vez inscrito en el Registro, este ente se encarga de gestionar los gastos ineludibles que conllevan el uso y el mantenimiento de un edificio. La cuantía de estos costes será mayor o menor dependiendo del equipamiento con el que cuente el inmueble. De esta manera en un edificio que dispone de ascensor, piscina y jardín la comunidad deberá hacer frente a más gastos que en otro que no posee estos elementos.

¿Cuáles son los gastos a pagar en una comunidad de vecinos?

Dentro de los gastos que debe afrontar una comunidad de vecinos existen dos tipos diferentes de aportaciones. En primer lugar se encuentran los gastos ordinarios, luego los gastos extraordinarios o derramas, que son los que más nos interesan en este artículo. Veamos de qué se tratan ambos.

Gastos ordinarios

Los gastos ordinarios son aquellos costes fijos inherentes al uso y mantenimiento general del edificio. ¿Cuáles pueden enmarcarse dentro de esta categoría? Por ejemplo:

  • Suministros comunitarios (luz y agua).
  • Gastos de mantenimiento (limpieza, portería, administración, etc).
  • Póliza de seguro que cubra posibles daños de los sectores comunitarios de la finca.

Gastos extraordinarios o derramas

Los gastos extraordinarios en una comunidad de vecinos, también llamados derramas, son los que más nos interesan aquí. Estos son de carácter recaudador y se originan por todas aquellas necesidades que no son ordinarias. ¿Qué gastos pueden denominarse derramas? Por ejemplo:

  • Obras de rehabilitación del edificio.
  • Gastos judiciales de reclamación a uno o varios propietarios por incumplimiento de alguna de sus obligaciones.
  • Gastos de indemnización a un propietario afectado por algún perjuicio cometido por la comunidad.

Cabe mencionar que el pago de las derramas depende mucho de la situación económica de cada comunidad de vecinos. Por ejemplo, existen algunas que disponen de fondos suficientes para realizar obras de rehabilitación sin necesidad de recaudar dinero extra. Se trata de comunidades que por lo general tienen índices de morosidad muy bajos.

Por otro lado existen otras comunidades con una situación económica más complicada y en donde hay altos índices de morosidad. En ellas sí será indispensable recaudar dinero en concepto de derramas para afrontar determinados gastos extraordinarios. Incluso, en algunos casos, habrá que iniciar procedimientos judiciales a propietarios morosos.

¿Cuándo es posible negarse a pagar las derramas en una comunidad de vecinos?

Las derramas son gastos extraordinarios que los miembros de una comunidad de vecinos deben asumir para hacer frente a reformas o imprevistos. Dado que están fuera del presupuesto ordinario, muchas veces los propietarios pueden encontrarse con que no tienen el dinero disponible para cumplir con ellas. ¿Qué ocurre en estos casos? ¿Es posible negarse a abonar una derrama?

Cuando se trata de reformas estrictamente necesarias para la conservación del inmueble, los propietarios están siempre obligados a contribuir. En caso de no hacerlo, la comunidad puede reclamarle el pago por vía judicial. 

En caso de que se trate de gastos no tan necesarios o que van en contra de algún derecho reconocido en los estatutos, los vecinos podrán votar en contra o exponer su desacuerdo. De esta manera, pueden impugnar la derrama a pagar en el juzgado correspondiente. No obstante, hasta que un juez dicte una sentencia al respecto y si la derrama fue acordada por la mayoría de propietarios que establece la ley, todos deberán abonarla.

¿Qué ocurre cuando se trata de reformas que no tienen que ver con la conservación, seguridad, accesibilidad o habitabilidad del inmueble? Para estos casos la Ley de Propiedad Horizontal establece que, si la derrama excede el importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, los propietarios no estarán obligados a abonarla ni se les modificará su cuota de gastos ordinarios. Por otro lado, si un vecino desea “participar de las ventajas de la innovación, deberá abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal”. 

¿Quién debe pagar las derramas en un alquiler?

Los gastos ordinarios en una comunidad de vecinos suelen ser asumidos por el propietario en la mayoría de los alquileres. Sin embargo, la ley permite que se llegue a otro tipo de acuerdo con el inquilino. 

¿Qué ocurre con los gastos extraordinarios? Las derramas deben ser afrontadas siempre por los propietarios y nunca por los inquilinos, sin excepción.

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