El futuro de las famosas Sicav está en serio peligro ante un posible cambio regulatorio que alterará su fiscalidad ventajosa. ¿Serán las socimis su alternativa inversora?
Durante años, las Sicav (Sociedades de Inversión de Capital Variable) han sido una de las fórmulas de inversión más utilizadas por las grandes fortunas. Su secreto está en un doble motivo.
Por un lado, una bajísima carga tributaria. Estas sociedades permiten pagar sólo un 1% sobre los beneficios obtenidos. Cantidad muy inferior a la que se pagaría normalmente por el pago del Impuesto de Sociedades del 25%.
Y en segundo lugar, por el control prácticamente absoluto que ejerce el accionista mayoritario. Se trata de sociedades con un patrimonio mínimo, constituidas por no menos de 100 personas. Lo cual no impide que el mayor participante encuentre a 99 personas que asuman una participación mínima en calidad de fiduciarios.
Un argumento que dejaría a las Sicav fuera de la definición de inversiones de carácter colectivo establecido por las Directivas Europeas, por su carácter cerrado y sus limitaciones en la admisión de nuevos inversores.
Sin embargo, el golpe definitivo a las Sicav podría llegar con un nuevo tratamiento fiscal ligado a la última formación de Gobierno.
Cambio en la regulación de las Sicav
Actualmente, las Sicav no pasan por su mejor momento. Muchas de ellas están en pérdidas y sus propietarios llevan meses buscando como librarse de la previsible pérdida de sus ventajas fiscales.
El acuerdo de Gobierno firmado en agosto, entre el Partido Popular y Ciudadanos, incluye devolver el control fiscal de las Sicav a la agencia Tributaria. Una modificación legal que puede acabar formando parte de la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado, tan esperado por el sector inmobiliario.
El cambio en sí, plantea dos novedades. En primer lugar, la mencionada devolución a la AEAT del control de las Sicavs. Y en segundo, obligar a que todo accionista de una Sicav controle como mínimo un 0,55% de su patrimonio total.
Alternativas buscadas a las Sicav
Ante este posible cambio legal, decenas de Sicav han optado por fusionarse con fondos de inversión, disolverse o directamente renunciar a su régimen societario.
La fusión con fondos se ha ralentizado tras la resolución de la consulta V2932-16 por parte de la Dirección General de Tributos. El organismo solo admite aplicar el ‘diferimiento fiscal’ en traspasos a los accionistas de la Sicav si estos pueden ser considerados como participantes del fondo y la operación societaria responde a una razón económica.
De no ser así, se deberá gravar a los inversores por sus plusvalías. En tipos que van del 19% al 23%. Motivo más que suficiente para que muchos asesores hayan recomendado detener el proceso de fusiones con fondos. Como mínimo hasta que no se haga oficial la nueva tributación.
Otra posibilidad es la de disolver la Sicav. También existe la posibilidad de transformarla en sociedad anónima. Ambos casos conllevan la liquidación de todos o la mayoría de los activos de la Sicav que tributan al 1%.
Al convertirse en sociedad, los activos pasan a tributar al 25% que corresponde al Impuesto de Sociedades. Y la sociedad queda ‘vacía’ e incapacitada para generar beneficios.
Finalmente, algunos accionistas prefieren que la sociedad siga dedicándose a la inversión en valores de tipo mobiliario. Esta última fórmula permite seguir comprado bonos y acciones mientras se tributa al tipo del Impuesto de Sociedades. Perdiendo aquel ventajoso 1% que popularizaron las Sicav.
Las socimis como alternativa inversora
Sin duda, las Socimis (Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario) han sido las impulsoras de la reciente recuperación del mercado inmobiliario.
Adaptando a España los populares vehículos de inversión inmobiliaria (REIT), disponen de un capital mínimo de cinco millones de euros y cotizan en mercados regulares u otros sistemas de negociación.
Su gran ventaja es una fiscalidad atractiva a cambio de distribuir los beneficios obtenidos por rentas de alquiler o venta de activos inmobiliarios.
Disponen de una tributación del 19% sobre el Impuesto sobre Sociedades. Además de diversas exenciones fiscales, facilitan la captación de capital internacional. Aun así, limitan al 70% la financiación externa y mantienen en cartera sus activos por al menos 7 años.
Una fórmula de futuro que huye de la especulación y acerca al pequeño inversor al mercado inmobiliario.