Cada paso que conlleva la tramitación de una sucesión de bienes demanda tiempo y, sobre todo, angustia. Al mismo tiempo, implica el pago de una serie de impuestos, certificaciones, y documentaciones de diferente índole. En el siguiente artículo te vamos a contar todo sobre la plusvalía de una herencia y en que comunidades se encuentran más bonificada.

Este impuesto es conocido normativamente como Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Cada comunidad autónoma tiene cedida la administración del mismo por lo que va a depender de cada ayuntamiento el tipo general del gravamen y las bonificaciones según cada caso en particular.   

¿Qué es la plusvalía municipal?

Oficialmente denominado Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), la plusvalía es un tributo de carácter directo que se encuentra regulado por el ayuntamiento de cada comunidad.

La plusvalía municipal se encuentra reglamentada por la Ley Reguladora de las Hacienda Locales. La normativa específica, en su artículo 104, lo siguiente:

“El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana es un tributo directo que grava el incremento de valor que experimenten dichos terrenos y se ponga de manifiesto a consecuencia de la transmisión de la propiedad de los terrenos por cualquier título o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos.”

¿Qué es lo que grava este impuesto?

La plusvalía municipal tributa sobre procesos que se traten de intercambios o acuerdos entre dos o más partes por un bien. En esta oportunidad sobre el intercambio de terrenos.  

Por lo tanto, se deberá tributar la plusvalía municipal en cualquier caso de compraventa de un inmueble, la sucesión de una propiedad por herencia, legado o donación. Asimismo, grava sobre aquellos casos en los que existe algún tipo de despojo forzoso o el traspaso de un bien por subasta.

Te recomendamos leer la siguiente nota para conocer el paso a paso de cómo tramitar una herencia.

Ahora… ¿de qué se trata la plusvalía de una herencia?

Cuando se habla de herencia, se habla de sucesión de bienes, deberes y obligaciones de una persona que fallece a otras. Por lo tanto, cuando hablamos de heredar también nos referimos a pago de impuestos. Uno de ellos corresponde a la plusvalía de una herencia.

Se trata del gravamen que los herederos deben pagar para recibir el patrimonio en sucesión, junto al Impuesto de Sucesiones.

La plusvalía de una herencia debe abonarse solo en aquellas transmisiones de bienes por fallecimiento en las cuales se identifiquen viviendas.

¿Cómo se calcula?

El pago de la plusvalía de una herencia está cedido, como hemos mencionado, al ayuntamiento de cada Comunidad Autónoma. Por lo tanto, el porcentaje a pagar por el impuesto variará de cuidad en cuidad.

El cálculo del tributo es igual a la norma que rige a nivel estatal. Es decir, como en cualquier bien, en una herencia el objetivo del impuesto es gravar lo que ha aumentado el valor del suelo desde su compra hasta la sucesión a los herederos.

En este sentido, para llevar adelante el cálculo de la plusvalía de una herencia se toma como base imponible el valor catastral del suelo. Este tributo solo puede ser tasado durante 20 años. Pasado dicho período, el coste a pagar por el impuesto no varía.

Fórmula para calcular la plusvalía de una herencia

La fórmula que se debe aplicar para poder hacer el cálculo de la cuota íntegra de plusvalía de una herencia es la siguiente:

Cuota tributaria: (Base imponible) x (Tipo impositivo de la Comunidad Autónoma)

Paso a paso para calcular la cuota íntegra del impuesta

Para llevar adelante el cálculo de la plusvalía, es necesario tener en cuenta los siguientes factores:

Tiempo de posesión de la vivienda

Primero, se debe considerarse el tiempo en que el inmueble estuvo en posición de quién lo transite. Nos referimos al período transcurrido entre la adquisición y la transmisión.

 Coeficiente de incremento

En este paso lo que se identificará será el coeficiente de incremento que es necesario aplicar a la plusvalía. Este gravamen al encontrarse cedido a los ayuntamientos, cada uno de ellos dispondrá de sus propias tablas del coeficiente de incremento. Sin embargo, como mencionamos anteriormente, no podrán superar los siguientes niveles.

Plusvalía de una herencia
Tipo impositivo a aplicar al valor catastral

Luego, se deberá llevar adelante el cálculo del valor el valor del terreno al momento de la transmisión. Es decir, el valor catastral del suelo detallado en el recibo de Impuesto de Bienes Inmuebles y en el registro de catastros de viviendas.

Por último, se deberá aplicar el tipo impositivo correspondiente. En este paso a paso interviene cada ayuntamiento en particular, ya que el porcentaje de incremento lo establece cada municipio. Dicho porcentaje se obtiene mediante la multiplicación de los años trascurridos desde la compra de la propiedad hasta el momento de la herencia, por un coeficiente establecido por cada ayuntamiento. Es importante considerar que existen, por norma general, límites máximos vinculados al porcentaje del tipo impositivo.

EJEMPLO de cómo calcular la plusvalía de una herencia

Para llevar adelante el siguiente ejercicio, supondremos, para ser precisos, que la vivienda heredada se encuentra ubicada en la ciudad de Barcelona. Sin embargo, pueden ingresar al sitio web del ayuntamiento que te interese para consultar el tipo impositivo de este impuesto.

Supongamos que la propiedad heredada fue comprada en el año 2008 y la sucesión por mortis causa se realiza en el año 2018. Esto quiere decir que la vivienda en transmisión tiene una posesión de 10 años.  

Por lo tanto, el primer que realizaremos cálculo será el siguiente:

Multiplicar los 10 años de posesión x 3,5% correspondiente al coeficiente de incremento correspondiente = 35%. Hablamos del porcentaje a aplicar al valor catastral, es decir, el coeficiente multiplicador.

Luego de conocer el porcentaje a aplicarle al valor catastral, en nuestro caso del 35%, supongamos que la propiedad a heredad en Barcelona tiene un valor catastral de 85000€. Por tanto, debemos calcular la base imponible del impuesto.

El segundo cálculo sería:

85.000€ (valor catastral) x 35% (coeficiente multiplicador): 29750€ (Base imponible).

Al valor de la base imponible lo debemos multiplicar por el tipo impositivo de la ciudad de Barcelona, 30%. Este valor, en esta comunidad nunca varía. Sin embargo, no en todas las comunidades es fijo. De esta manera, obtendremos la cuota tributaria.

Entonces deberemos realizar:

29750€ (Base imponible) x 30% (tipo impositivo de Barcelona) = 8925€ (Cuota Tributaria).

¿Cuáles son las bonificaciones en la plusvalía de una herencia?

Además del coeficiente de incremento establecido por cada ayuntamiento, el porcentaje que afecta de manera directa a los contribuyentes del impuesto son las bonificaciones que la municipalidad de cada municipio aplica. Este tipo de porcentaje está cedido de manera directa a cada ayuntamiento, por lo tanto, no existe un lista exacta y puntal de cada uno.  Para ellos, cada contribuyente deberá consultar en el municipio propio donde se ha recibido la herencia.

Asimismo, te presentamos cuales y cómo son las bonificaciones en las ciudades del territorio español más pobladas.

Madrid

Tiene una bonificación de la plusvalía municipal de hasta el 95% en función del valor catastral. En los suelos con valores superiores a 138.000 euros se bonificará el 40%. Para aquellos suelos de entre 100.000 € y 138.000 € el 70% y los que valgan entre 60.000 € y 100.000 € el 85%. Por último, en los suelos donde su valor es inferior a 60.000 € la bonificación de la plusvalía en de una herencia es del 95%.

Barcelona

En el caso de la ciudad de Barcelona, en aquellos casos en las cuales las herencias se traten de las viviendas habituales de los fallecidos, los ascendientes, descendientes y los conyugues podrán solicitar la bonificación de la plusvalía de una 95%.

Valencia

En la cuidad valenciana la bonificación del 95% será en aquellos casos en los cuales el valor catastral del suelo sea inferior a 12.020,24 €. Cuando el valor del suelo sea superior a dicho monto y no supere los 18.030,36 € se bonificará en el pago de la plusvalía de una herencia el 50%. Por último, en los valores catastrales mayores a los 18.30,36 € el beneficio fiscal será del 25%.

Sevilla

En todos los suelos que tengan un valor catastral superior a 50.000 € no dispondrán de ningún tipo de bonificación. En los valores de suelos registrados entre 20.001 € y 50.000 € se descontará el 30%. Para los valores catastrales entre 10.001 € y 20.000 € el beneficio fiscal será del 50%. Por último, cuando se trate de valores iguales o inferiores a 10.000 la bonificación será casi total. Es decir, del 95%.

Zaragoza

En esta ciudad se bonificará el 95% de la plusvalía de una herencia cuando se trate de la vivienda habitual de la persona fallecida. Así como también, cuando se trate de terrenos parte de la actividad de una empresa individual habitual, personal y directa del fallecido.

Además, si el inmueble adicional dispone de valor catastral por debajo de los 150.000 € el descuento será del 50%.

Málaga

En el caso de la ciudad de Málaga los suelos con valores superiores a 225.000 € disponen de una bonificación del 25%. En los casos que el valor ronde entre 200.000,01 € y 250.000 € el beneficio se extiende al 50% de su bonificación. Cuando se trate de suelos entre 150.000,01 € y 200.000 € el descuento de la plusvalía es del 70%.  Por último, las bonificaciones más altas con para los valores catastrales en 100.000 € y 150.000 €, con el 80%, y para los inferiores a 100.000 €, con el 95%.

Murcia

En el caso de la ciudad de Murcia la bonificación en la plusvalía de una herencia es de un 95%.

Palma de Mallorca

En esta localidad los suelos que tengan un cote de entre 150.000,01 € y 200.000 € dispondrán de una bonificación del 25%. A los suelos con valores catastrales de entre 125.000,01 € y 150.000 € se les descontará un 50% en el total a abonar por el impuesto.  Si los valores rondan entre 100.000,01 € y 125.000 € el beneficio fiscal será del 75%. Y, por último, si infieren a los100.000 € será del 95%.

Las Palmas de Gran Canaria

En el caso particular de Gran Canaria se bonificará un 10% de la cuota íntegra para el pago de la plusvalía de una herencia a favor descendientes y adoptados.

Bilbao

Por último, en el caso de la ciudad de Bilbao la bonificación de la plusvalía de una herencia será del 33% para padres, madres, hijos y conyugues.

Para conocer todo acerca de como funciona la plusvalía municipal a nivel general te recomendamos leer el siguiente artículo.

Esperamos te haya sido de utilidad el artículo sobre la plusvalía de una herencia. Si te has quedado con alguna duda puedes dejaros tu comentario al final de la nota. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad con la mejor información.

Si necesitas comprar o vender una vivienda puedes contar con nosotros, poniéndote en contacto de manera directa. Nuestra agencia cuenta con los mejores profesionales del mercado inmobiliario y una trayectoria de más de 10 años realizando operaciones de compraventa de propiedades del lujo en España.

Oi Real Estate

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Escribe un comentario

A %d blogueros les gusta esto: