¿Tienes que realizar pequeñas reparaciones en tu piso de alquiler y no sabes si te corresponde a ti como inquilino pagarlas? Tu contrato de arrendamientos y la Ley de Arrendamientos Urbanos nos ayudarán a definir qué reparaciones corresponden al propietario y cuáles al inquilino. Lee este post y despeja tus dudas.

Al momento de mudarte a un nuevo piso de alquiler todo parece claro y maravilloso. Solo pones atención en el precio de la renta, en la ubicación del piso y en su estado general. Las instalaciones y los electrodomésticos andan a la perfección, o así parece ser. Pero transcurrido un tiempo empiezan a surgir ciertos desperfectos.

Una llave se traba a veces en la cerradura. Te das cuenta de que si la mueves de determinada manera, abre. Un grifo gotea: un poco al principio y luego bastante más. Lo solucionas poniendo una esponja o un paño absorbente debajo para que el goteo te deje dormir de noche. La correa de la persiana no trabaja correctamente y tienes que usar un taco de madera para apuntalar y dejar entrar la luz. Un enchufe larga un chispazo y deja de funcionar. De un día a otro, la descarga del váter decide dejar de funcionar y empiezas a accionarla manualmente.

Cuando te das cuenta, vives en un verdadero caos y tu pareja ya no quiere quedarse a pasar la noche. Entonces decides que hay que hacer los arreglos. Pero, ¿a quién le corresponde correr con esos costes? ¿A ti o al propietario? En este post te damos la respuesta.

Ley de Arrendamientos Urbanos

Lo primero que debes saber es que la norma madre que regula todo lo que a alquileres se refiere es la Ley de Arrendamientos Urbanos. La última modificación de esta ley fue sancionada el 6 de marzo de 2019 y establece condiciones más favorables para el inquilino que la ley anterior. La nueva Ley de Arrendamientos Urbanos elevó la duración de los contratos de alquiler de tres a cinco años. Se elevó la prórroga tácita de uno a tres años. Asimismo, se estableció una actualización obligatoria de la renta sujeta a la indexación del IPC. Anteriormente, la actualización de la renta estaba sujeta al pacto de las partes o, en su ausencia, al índice de garantía de competitividad.

Conservación y obras de mejora

La Ley de Arrendamientos Urbanos establece todo lo referido a las obras o tareas de conservación que puedan o deban realizarse en tu piso de alquiler. Encontrarás lo definido respecto a obras de mejora en el capítulo IV “De los derechos y obligaciones de las partes”. Este capítulo comprende los artículos 21 a 25 de la ley.

Conservación del piso de alquiler en condiciones de habitabilidad

La ley establece, en el primer inciso de su artículo 21, quién está obligado a conservar el piso en condiciones de habitabilidad. Textualmente dice que “el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido…”.

Aclaramos que conservar el piso en condiciones de habitabilidad no es lo mismo que realizar pequeñas reparaciones. Aquí se trata de obras de conservación relevantes o necesarias para que, justamente, el piso sea habitable. Es importante que sepas que este tipo de tareas de conservación no da derecho al arrendador a elevar por ello la renta. Por ejemplo, si el propietario decide renovar la instalación eléctrica porque la que tiene el piso es muy vieja, esos costes corren por su cuenta. Lo mismo si quiere realizar el servicio técnico o el cambio de un electrodoméstico.

En el único caso en que este tipo de tareas recae sobre el inquilino es cuando el deterioro a reparar es imputable a él (el inquilino) o a personas de su casa (familia, invitados).

Pequeñas reparaciones

El mismo artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece en su inciso 4 que “las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario”. Es decir que los costes de las pequeñas reparaciones corren por cuenta del inquilino.

Se entiende por “pequeñas reparaciones” a los gastos ordinarios debidos al desgaste natural que genera el uso ordinario de la vivienda. Son reparaciones que no se consideran indispensables para que el piso siga cumpliendo su condición de habitabilidad para el inquilino. A este tipo de reparaciones se las suele llamar “obras menores” y por lo general los costes no son altos. Son reparaciones que incluso puedes hacer tú si te das maña con las herramientas. (Solo ten cuidado de no empeorar la situación y que te termine saliendo más caro).

Pequeñas reparaciones en el contrato de alquiler

Como habrás notado, el texto de la ley es bien escueto respecto de la temática “pequeñas reparaciones”. No da un listado de reparaciones que puedan considerarse pequeñas ni siquiera de manera no taxativa. Es por ello que en muchos casos las partes dejan por escrito en el contrato de alquiler qué tipo de obras corresponden a cada una.

Esto es una buena manera de dejar claro y previsto el tema a futuro. Por otro lado, cumple absolutamente con el espíritu y la letra de la Ley de Arrendamiento Urbanos, que es su artículo 4 establece que “los arrendamientos de vivienda se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinados por la voluntad de las partes”. Siempre que se respeten las obligaciones generales establecidas por la misma ley, claro está.

Ejemplos de pequeñas reparaciones

Todas las situaciones que se enumeraron al principio de este posteo se consideran, en general, pequeñas reparaciones:

  • Cambio de correa de una persiana.
  • Arreglo de grifos que gotean.
  • Arreglo de botón de descarga o flotador del inodoro.
  • Arreglo de cerraduras o picaportes.
  • Arreglo de enchufes o llaves de luz.
  • Arreglo de portalámparas.
  • Arreglo o destapación del desagüe del baño, del lavadero o de la cocina.

La lista no es taxativa, pero sirve para que te des una idea. Ante la duda, el sentido común debería servir para darnos cuenta. Pero, como dice el dicho: “El sentido común es el menos común de los sentidos”.

Piso de alquiler: Pequeñas reparaciones y fianza

Recuerda que la fianza sirve, entre otras cosas, para que el propietario repare los desperfectos que pudiste ocasionar como inquilino. Antes de entregar las llaves repara todo lo que sabes que debe ser reparado. El propietario notará cualquier desperfecto y para saldar los costes usará la fianza. Al finalizar el contrato de alquiler, el piso debe de ser devuelto en el mismo estado en el que se alquiló. Si hay que realizar pequeños arreglos del tipo que enumeramos en el ejemplo del comienzo de este post (grifos goteantes, enchufes rotos, persianas trancadas, cerraduras trabadas y demás), arréglalos antes de entregar el piso.

Piso de alquiler y pequeñas reparaciones: ¿Tienes dudas? ¿Necesitas ayuda?

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