329 Resultados

cargas de una vivienda

Buscar

A la hora de buscar un bien inmueble para arrendar, es probable que muchas personas tengan varias dudas acerca de los requisitos con los que deben cumplir o la documentación que deben presentar. También, puede que surjan varios interrogantes respecto a cómo actuar para evitar conflictos con los propietarios o, incluso, para no ser víctimas de estafas. Por esta razón, en esta guía para el inquilino te contamos todo lo que debes tener en cuenta antes de alquilar una vivienda.

Como expertos en el sector inmobiliario, entendemos que informarse es el paso más importante antes de buscar una vivienda para alquilar y firmar un contrato de arrendamiento. Muchas veces los potenciales inquilinos tienen dudas respecto a cómo actuar o miedos en relación a abusos, engaños y estafas. Por eso, conocer ciertas recomendaciones y consejos, pero también algunas disposiciones legales, puede hacer la diferencia.

A continuación te ofrecemos una guía que todo inquilino debe tener en cuenta al alquilar una vivienda. Te contamos qué requisitos debe cumplir y qué documentos presentar al firmar el contrato. También, de qué derechos goza y qué obligaciones le corresponden. Por último, te brindamos algunos consejos para evitar situaciones indeseables. ¡Sigue leyendo!

¿Con qué requisitos debe cumplir un inquilino para alquilar una vivienda?

En primer lugar, es necesario que hablemos de aquellas condiciones que una persona debe reunir para convertirse en arrendataria de un inmueble. Cualquiera que desee alquilar una vivienda y convertirse en inquilino tiene que cumplir con: 

Depósito de una fianza

El futuro inquilino tiene obligación de entregar al propietario de la vivienda una suma de dinero en concepto de fianza. Esta tiene el fin de resguardar al arrendador ante el caso del incumplimiento de ciertas obligaciones dentro del período de duración del contrato. Así lo determina la  Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 en su artículo 36 y es la única garantía de carácter obligatorio para todos los alquileres que se celebran en España.

Estos son dos factores que resultan de gran importancia considerar al momento de realizar el depósito:

  • ¿Qué valor debe tener dicha fianza? No puede tratarse en ningún caso de un monto superior al de una mensualidad de renta.
  • ¿Qué ocurre una vez que el arrendatario la entrega al arrendador? Este último tiene la obligación de depositarla en la Agencia de la Vivienda correspondiente o en un organismo análogo que haya en la Comunidad Autónoma donde se encuentra el inmueble.

Una vez finalizado el contrato, si no se produjo ningún incumplimiento por parte del inquilino, el propietario tiene la obligación de devolverle la totalidad del dinero del deposito de la fianza.

Garantías adicionales que pueda solicitar el propietario

Como mencionamos, el depósito de una fianza es la única garantía de carácter obligatorio en estos casos y su monto no puede ser mayor al de una mensualidad de renta. Sin embargo, debido a que esta puede no llegar a cubrir ciertos incumplimientos, la ley también permite a los propietarios exigir garantías adicionales. Estas son:

  • Seguro de impago de alquiler: es otro monto que tiene como objetivo asegurar al propietario frente a posibles incumplimientos del contrato por parte del inquilino.
  • Aval bancario: se trata de un monto equivalente a varias mensualidades de alquiler que suele quedar inmovilizado durante un tiempo en una cuenta bancaria. Tiene como fin certificar que el inquilino puede afrontar el pago del alquiler. También asegurar al arrendador de que la intención de habitar la vivienda y cumplir con el contrato es real.
  • Depósito: a diferencia de la fianza, este tipo de garantía no es equivalente a una mensualidad de renta, sino que su monto es libremente pactado entre arrendador y arrendatario. Sin embargo, no debe superar el valor equivalente a dos cuotas de alquiler. Al igual que con la fianza, el dinero entregado deberá ser devuelto al inquilino al finalizar el alquiler, siempre y cuando no se haya producido un incumplimiento del contrato.
  • Fiador solidario: implica que una tercera persona, elegida por el inquilino, pueda convertirse en su responsable solidaria si se produce un incumplimiento del contrato.

En este artículo te contamos en profundidad de qué se tratan las garantías adicionales que los propietarios pueden solicitar antes de arrendar un bien inmueble.

¿Qué documentos necesitan presentar los inquilinos para alquilar una vivienda?

Además de estas garantías, que conforman los requisitos para alquilar una vivienda, hay algunos documentos que el inquilino debe presentar al firmar el contrato. Estos son:

Identificación personal

Lo indispensable a la hora de firmar un contrato de alquiler, o cualquier tipo de contrato, es poder acreditar la identidad personal. Por lo tanto, el inquilino debe presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI), en caso de que haya nacido en España, o su Tarjeta de Extranjero y su Número de Identidad de Extranjero (NIE), en caso de que sea oriundo de otro país. Sea cual sea su caso, debe presentar la documentación original pero también una copia.

En definitiva, una vez entregada la fianza y el resto de las garantías adicionales, la identificación personal es el único documento necesario para efectuar el acuerdo. No obstante, muchos propietarios de inmuebles buscan personas que cumplan con determinadas características para arrendarles su piso. Con el fin de saber si el inquilino encaja con el perfil que están buscando pueden llegar a solicitar otro tipo de referencias.

Nóminas de empleo o certificado de estudios

La presentación de las nóminas o declaraciones de la renta más recientes permiten comprobar al propietario que el inquilino recibe ingresos de manera periódica y que estos son suficientes para cumplir con la renta. 

Por otro lado, en caso de que el inquilino estudie en España, un escrito oficial provisto por su centro de estudios puede demostrar al propietario que cuenta con los medios suficientes para sostener el alquiler de un piso. 

Referencias positivas 

Nos referimos a una carta elaborada por un arrendador anterior en donde se brinden buenas referencias del inquilino puede dejar más tranquilo al propietario. También puede tratarse de un certificado de confiabilidad emitido por el Fichero de Inquilinos Morosos (FIM).

Derechos y obligaciones de los inquilinos al alquilar una vivienda

Una vez que se ha cumplido con todos los requisitos, se ha presentado la documentación necesaria y se ha firmado el contrato de alquiler, comienza la relación arrendador-arrendatario. En esta instancia es importante que conozcas tus derechos como inquilino al alquilar una vivienda, pero también tus obligaciones para evitar futuros inconvenientes y conflictos.

Derechos de los inquilinos al alquilar una vivienda

Todos los inquilinos tienen derecho a:

  • Visitar la vivienda antes de firmar el contrato.
  • Negociar el tiempo de duración del mismo.
  • Tener prioridad para adquirir el inmueble en caso de que el propietario desee venderlo.
  • Transmitir la titularidad a un familiar.
  • Exigir la conservación y el mantenimiento de la propiedad.
  • Acceder a beneficios fiscales.

Obligaciones de los inquilinos al alquilar una vivienda

Los inquilinos tienen la obligación de:

  • Realizar el depósito de una fianza al firmar el contrato.
  • Acreditar otras garantías que solicite el propietario.
  • Cumplir en tiempo y forma con el pago de la renta y otros gastos que se comprometió a asumir.
  • Entregar la vivienda en condiciones al finalizar el contrato.

En este artículo te contamos en detalle en qué consiste cada uno de estos derechos y estas obligaciones. También te mostramos cuáles son aquellos que corresponden a los propietarios.

Consejos que todos los inquilinos deben tener en cuenta antes de alquilar una vivienda

Ahora bien, aún conociendo con qué requisitos es necesario cumplir, qué documentación se debe presentar, de qué derechos se gozan y qué obligaciones corresponden, es probable que un inquilino siga teniendo varias dudas antes de tomar la decisión de alquilar una vivienda. Muchos temen sufrir abusos o estafas por parte de los propietarios, por ejemplo. Por esta razón, a continuación te mostramos otros aspectos que deben tenerse en cuenta antes de dar este paso:

Investigar acerca de los precios de alquiler de viviendas en la zona

Averiguar dentro de qué valores se encuentran los alquileres en una determinada zona puede ayudar a detectar anuncios engañosos o que son lisa y llanamente estafas. Por eso es importante sospechar de aquellas viviendas que se ofrezcan a un precio que esté muy por debajo del valor medio de otros inmuebles de similares características que se encuentran en las cercanías.

Verificar la titularidad de la vivienda en el Registro de la Propiedad antes de alquilar

Muchas veces acudir al Registro Público de la Propiedad para verificar la titularidad sobre la vivienda que se quiere arrendar puede brindar más tranquilidad, ya que permitirá comprobar que quien dice ser el propietario del inmueble realmente lo es. Este trámite es muy sencillo y puede realizarse de manera online. Sólo es necesario solicitar una nota que proporcione información acerca de la situación jurídica de la finca correspondiente. Dicho procedimiento no solo permitirá verificar la titularidad sobre la vivienda, también sí la misma está sujeta a algún tipo de carga.

Formalizar el acuerdo cara a cara con el arrendador

Visitar el piso en cuestión antes de firmar el contrato es indispensable para verificar que todo se ve como en los anuncios y no llevarse desagradables sorpresas luego. Una excusa típica, cuando en realidad se trata de un fraude, es que el arrendador alegue encontrarse en el extranjero y, por esa razón, no puede concertar una visita. Es importante, entonces, prestar atención a este tipo de argumentos y nunca cerrar un acuerdo si no es de manera presencial. Lo mismo ocurre con la celebración del contrato: si no existe la posibilidad de firmarlo con el propietario, debe ser con el administrador de fincas o con la inmobiliaria.

No pagar el alquiler antes de visitar el piso

En la misma línea que el consejo anterior, tampoco se debe, bajo ningún concepto, entregar un adelanto al propietario o arrendador antes de visitar el piso. De hacerlo, puede ocurrir lo que señalamos en el último punto: que la vivienda alquilada en realidad no se encuentre en las mismas condiciones que se muestran en el anuncio o que se trate de un fraude y ni siquiera exista.

Firmar un contrato de alquiler por escrito

Aunque parezca evidente, es importante aclarar que al alquilar una vivienda siempre debe cerrarse el trato por escrito y, en lo posible, con la presencia de un profesional. Un acuerdo de palabra, en caso de que surja algún inconveniente luego, no permite demostrar las condiciones pactadas entre ambas partes ni su incumplimiento. Es por esta razón es imprescindible expresar todos los puntos acordados por las partes implicadas y que cada una de ellas conserve una copia firmada por ambas en todas sus páginas.

Prestar atención al depósito de fianza

Como ya mencionamos anteriormente, la Ley de Arrendamientos Urbanos expresa la obligatoriedad para el inquilino de entregar una fianza al arrendador al inicio del alquiler, pero también que este último la deposite en el organismo público correspondiente. Sin embargo, no faltan los casos en los que los propietarios no cumplen con este paso. Si bien se trata de una falta grave que implica la resolución inmediata del contrato, también podría suponer la pérdida de este depósito para el inquilino y la imposibilidad de acceder a desgravaciones por alquiler. Por esta razón, es importante velar por la fianza y verificar que el arrendador haya cumplido con su obligación de realizar el depósito. 

Además, es importante recordar que la suma de dinero entregada en concepto de fianza no puede, en ningún caso, superar al monto equivalente a tres meses de renta. También es imprescindible conservar el recibo de pago una vez efectuado.

A modo de conlusión, antes de alquilar una vivienda y convertirse en inquilino es importante prestar atención a todas las cuestiones que fuimos describiendo a lo largo de este artículo. Si todas las condiciones del acuerdo de arrendamiento quedan expresadas en el contrato, se las ha revisado y resultan justas, no habrá mayores inconvenientes a la hora de reclamar judicialmente si el propietario incumple algún punto.

Por otro lado, siempre es importante estar atento en los momentos previos a la firma del contrato de alquiler. Visitar la vivienda con anterioridad, verificar que todos sus datos de titularidad y la información sobre cargas esté en orden, entre otras cosas, brindarán la seguridad de estar embarcándose en un buen acuerdo.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información.

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Oi Real Estate

Varios factores se combinan para hacer de este momento el ideal para llevar adelante la reforma de una vivienda. Pero es preciso primero tener en cuenta todas las acciones necesarias. En este punto entran a jugar las ayudas y subvenciones económicas.

La opción de compra de una vivienda usada tiene varios puntos a favor. En principio, el precio no solo es menor al de un inmueble a estrenar, sino que se puede alcanzar mejores acuerdos en la transacción.

Aunque hay ocasiones que los bajos precios traen consigo una cantidad de reparaciones que terminan por aumentar en gran medida el coste inicial. Además, claro está, están las remodelaciones oportunas para adaptar los espacios a las necesidades de quienes adquirieron la vivienda.

Reforma de una vivienda

Cuando se adquiere una vivienda de segunda mano, se deben realizar todo tipo de trabajos. Las primeras actuaciones son aquellas que se encuentran a la vista. Entre ellas podemos mencionar las tareas en fachadas, pisos, tejados y paredes; accesos, patios y jardines; cambiar las aberturas y toda clase de reparaciones estéticas que aportan a la nueva identidad del hogar.

Pero hay aspectos que no se encuentran a la vista y que pueden complicar los trabajos de remodelación. E incluso pueden hacer peligrar el uso que se le quiere dar a los ambientes. Por ejemplo si las instalaciones eléctricas pueden resistir el nuevo consumo energético; si la red de desagües y cloacas no colapsaran con el nuevo uso; si los sistemas de climatización son suficientes; y otras cuestiones que van a determinar que el desembolso de dinero esté o no dentro de las previsiones. 

Reformas estructurales

Sin dudas, las mayores erogaciones de dinero se las llevan aquellas reformas que no están a la vista pero que resultan estructurales para la vivienda rehabilitada. Por caso, el de la fontanería no solo es un trabajo engorroso, sino que se necesita romper pisos, quitar coberturas y luego recién comenzar las tareas. Lo mismo el sistema eléctrico y la climatización.

Por contrario, aquellas reformas que afectan los espacios al aire libre, como patios, jardines o terrazas, son relativamente más accesibles y rápidos de realizar. Por ello hay ocasiones en las que, además de tener en cuenta el orden de las prioridades, es preciso saber qué trabajos implican llevarlas a cabo.

Encarar la reforma de una vivienda no solo conlleva disponer del dinero necesario, sino una cantidad de aspectos que sin orden ni previsión no se pueden encarar. Lo primero es tener a mano profesionales con experiencia para dirigir las actuaciones. Una vez alcanzado el proyecto final de reacondicionamiento, una empresa constructora debe encarar los trabajos.

Además de dinero para costear materiales y trabajos -lo cual puede conllevar tiempo en trámites administrativos-, se necesita un planeamiento que contemple cada uno de los contratiempos que pueden llegar a surgir. De ese modo, los plazos se pueden ajustar a lo programado. Esta es la mejor manera de contar con la vivienda tal y cual como se había planeado.

Reformas eléctricas

El coste de la energía eléctrica está en alza. Y con la guerra en Ucrania, la situación energética en Europa no parece que vaya a mejorar en el corto y mediano plazo. Por eso una de las reformas que se deben encarar en primer término son aquellas referidas a la provisión y distribución eléctrica de la vivienda adquirida.

De acuerdo a los informes que proporciona el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, la cantidad de edificios residenciales existentes en el país alcanzan los 5,5 millones. Y un total de 9,7 millones viviendas que se construyeron antes de la implementación de la normativa que regula las condiciones que deben cumplir los edificios en cuanto a lo térmico, y que data del año 1980.

Un punto a favor es la puesta en marcha de una serie de ayudas públicas para llevar adelante este tipo de trabajos. Una de ellas es el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que se hace efectivo a través de los fondos Next Generation. Con estos fondos, el gobierno planea invertir un total de 6.820 millones de euros, que están destinados a brindar ayuda para dueños de casas y comunidad de propietarios. La intención final de esta ayuda es bajar los niveles de consumo energético.

Para acceder a este tipo de ayudas, es necesario contar con un Certificado Energético. Con este trámite se debe justificar ante las autoridades el ahorro energético que se alcanzará con las obras. Y no solo se trata de ayudas para la vivienda habitual, sino que también alcanzan a aquellas que se están en alquiler.

Ayudas públicas y deducción del IRPF

Existen ayudas públicas que se pueden aplicar para el caso de la reforma de una vivienda usada. Se trata de una iniciativa del Ministerio de Fomento, mediante el cual el Gobierno subvenciona el coste hasta el 100% de obras de rehabilitación en barrios, edificios y viviendas que ayuden a minimizar el impacto en el medio ambiente.

En lo que hace a los montos de la ayuda, si bien está estipulado que para las viviendas unifamiliares será de 12.000 euros, para las comunidades de propietarios es de 8000 euros por vivienda. En el caso de los edificios, la subvención irá a parar a la comunidad, con un mínimo del 40% de la inversión y un máximo del 100% del coste de la actuación.

Todas estas obras y trabajos quedan al margen de la aplicación de las obligaciones fiscales. Esto quiere decir que no están alcanzadas por el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF).

La deducción efectiva de las cargas fiscales está en relación con el ahorro energético que produzcan las rehabilitaciones. Es así que aquellas viviendas que recorten hasta un 7% el consumo en climatización, la quita impositiva puede alcanzar el 20%; es decir hasta 5.000 euros al año.

En un escalón más alto de ahorro, a aquellas viviendas que logren hasta un 20% de merma en las energías no renovables se le deducirían hasta el 30% del impuesto, lo que representa unos 7.500 euros anuales. Y para aquellos casos de edificios residenciales que permitan una mejora ambiental, la reducción puede llegar hasta el 60% de las cargas, con un tope de 15.000 euros al año.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer cuál es tu opinión acerca de la reforma de una vivienda. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en la situación de querer invertir en estos momentos, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

Si este artículo te ha resultado interesante, te invitamos a continuar leyendo:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Pasar de tener un contrato de alquiler a la compra de una vivienda es un proyecto deseable para todo aquel que busque tener un techo propio sin renunciar a un porcentaje de los ingresos mensuales por tiempo indefinido. Lamentablemente, la posibilidad de alquilar y ahorrar a la misma vez, no está al alcance de todos. La inestabilidad económica que deviene del aumento de precios y modifica las cuentas domésticas, sumada a la restricción de préstamos hipotecarios, tampoco facilitan el panorama. Sin embargo, muchas veces la necesidad de vender un piso y la urgencia de comprarlo suman voluntades y abren camino a otras posibilidades. En la nota de hoy te contamos qué se debe tener en cuenta al coordinar entre dueño e inquilino un contrato para pasar del alquiler a la compra de un piso.

El primer paso es tener una buena relación entre las partes

Tanto para quien alquila como para el dueño de la propiedad, es siempre un gran valor tener una buena relación en donde se respete tanto la vivienda como los derechos y obligaciones de cada parte. Pero muchas de estas cuestiones exceden las formalidades del contrato, al toparse con situaciones que normalmente no quedan “negro sobre blanco”. Una de las más usuales tiene que ver con quién se hace cargo de un arreglo, o los usos de espacios comunes en un edificio. El punto central aquí es establecer, más que un contrato, una relación de confianza y cordialidad que permita luego un acuerdo o negociación sobre cualquier tipo de incidencia.

Las buenas relaciones entre inquilino y propietario pueden, con el tiempo y dadas las necesidades de cada uno, derivar en buenos negocios para las partes. En ese marco la ya no tan común idea de proponer comprar un piso que se está alquilando, puede ser muy beneficioso. Para ello suelen utilizarse, en parte, las cuotas pagadas mensualmente, y así resultar una operación rentable en los contextos económicos que nos toca atravesar.

Qué significa pasar del alquiler a la compra de un piso

En términos generales esta idea consiste en hacer un nuevo tipo de contrato, con lo cual deberá contar con la asesoría legal y administrativa correspondiente. De esta manera, el documento reflejará el compromiso entre las partes de vender la propiedad en un precio estipulado y un tiempo concreto. Lo ideal es que ese acuerdo derive de la necesidad y conveniencia de los firmantes, antes que como una “oferta” a priori del propietario. Esto es básicamente porque en este tipo de contratos la mayor responsabilidad recae sobre el dueño, mientras que el comprador tiene la posibilidad de ejercer o no su opción de compra en las condiciones pactadas.

Considerando esto, el establecer un contrato de compra a futuro que deviene de un alquiler es una gran alternativa en los casos en que:

– El inquilino quiere comprar, pero necesita tener la certeza de que se le “reservará” la vivienda, hasta tanto acomode sus finanzas y garantice el pago;

– El propietario quiere deshacerse del inmueble pero no tiene urgancia en recibir todo el dinero junto, aunque sí de recibirlo de manera constante, o en determinada divisa o condiciones.

El mismo interés pero la propiedad es una sola

Los puntos mencionados dan cuenta de lo esencial que es que converjan los intereses del inquilino con los del propietario. Dadas las condiciones, lo habitual es pactar, como parte de la venta, que cierta cantidad de las rentas sea incluido en el valor del piso. Esto implica, por un lado, que el propietario accede a la venta pero a un inquilino del que puede asegurarse que continuará con el arrendamiento. La complejidad aquí surge porque, de alguna manera, se vende “por partes”, un capital que es entero e indivisible en estas condiciones. Es decir, que no se trata de repartir una herencia ni compartir una casa, sino de trasladar la titularidad de una propiedad de una persona a otra.

Lo que varía en este caso, respecto de una venta habitual es que los plazos se vuelven más laxos. Sin embargo, esto no debe ser un impedimento, sino un llamado de atención para que todo el proceso garantice transparencia y seguridad para ambas partes. De allí que, lógicamentee, la segunda recomendación sea dirigirse a profesionales que puedan asesorarles al respecto, y notarios de confianza que puedan redactar y conservar perfectamente el contrato.

Los costes de pasar de un contrato de alquiler al de compra o venta

Hay en todo el proceso una posible modificación del rol del propietario en cuanto a su responsabilidad frente a Hacienda. Concretamente, para el organismo público no es lo mismo que el contribuyente esté percibiendo una ganancia en base a un capital que alquila a que si busca deshacerse de él. Y por supuesto, está luego la modificación de la titularidad y con ello, el traslado de las responsabilidades impositivas de una persona a la otra.

Sobre el primer caso existe un coste fiscal de la opción de compra, si se acuerda como parte del contrato el pago de una “prima”. Esto significaría que se exige un pago diferencial a cambio de dar la posibilidad al arrendatario de comprar en las condiciones pactadas dentro de un tiempo concreto. Por ese importe “extra” el fisco infiere que el arrendador percibe una ganancia patrimonial y eso impacta directamente a su base imponible del IRPF. Esto, sumado a lo que se tributa por beneficiarse de los rendimientos del capital inmobiliario.

Ahora bien, una vez que el inquilino accede a la opción de compra, el proceso adquiere las mismas cargas que cualquier compraventa. Dicho en otras palabras, las partes la declararán como parte de su balanza patrimonial, sea negativa o positiva, y tributarán en base a ello.

Por todo esto es indispensable que queden bien claros los términos del contrato, en especial los plazos en los que se espera que se cumplan tanto los pagos como los cambios de titularidad y el proceso final de venta. Para ello, inisitimos, recuerde siempre consultar con profesionales en el tema que puedan asesorarlo para obtener un buen acuerdo, pero sobre todo, seguro y transparente.

Lo invitamos a leer más sobre estos temas en el artículo “Compra o alquiler de un piso: ¿Qué es mejor?”:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Con la aprobación de la nueva Ordenanza 6/2022, a partir de junio en el ayuntamiento de Madrid se pusieron en marcha muevas modalidades que simplifican las actuaciones en viviendas.

El Ayuntamiento de Madrid ha puesto en marcha la nueva Ordenanza 6/2022 que tiene por objetivo facilitar el acceso a las actuaciones en viviendas. La Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas fue aprobada en mayo y su vigencia es a partir del 17 de junio pasado.

La reducción en las cargas administrativas es una gran ventaja de la normativa. Pero el hecho más destacable es la figura de la Declaración Responsable como herramienta que se iguala con la Licencia de Primera Ocupación.

Declaración Responsable

Se trata de un documento mediante el cual los interesados en iniciar una obra o modificación aseguran cumplir con los requisitos exigidos por la Ordenanza Reguladora de Obras y Actividades. De esta manera, la Declaración Responsable permite acceder al reconocimiento del derecho a realizar una obra o iniciar una actividad.

Daniel Cuervo, Director General de la Asociación de Promotores Inmobiliarios de Madrid, sostiene que “en el caso de la sustitución de la licencia de primera ocupación por la Declaración Responsable, se establece que la ejecución del proyecto se ha ajustado al proyecto presentado y aprobado por el Ayuntamiento de Madrid”.

Para el titular de ASPRIMA, es aspecto positivo de la figura de Declaración Responsable es que “se trata de una herramienta que puede sustituir plenamente y en todos sus derechos a la licencia de primera ocupación”.

En los hechos, la Declaración Responsable debe ser presentada por el promotor. Éste debe, además, dar cuenta de cada una de las certificaciones y documentos que indica la ley. Y es precisamente el promotor quien debe responsabilizarse de hacer cumplir la actuación en la vivienda tal como lo indica el proyecto aprobado por las autoridades del Ayuntamiento.

Más sobre la nueva Ordenanza 6/2022

Hay varios aspectos de la nueva Ordenanza 6/2022 que también están en dirección de hacer más ágiles y menos costosos las actuaciones en vivienda. Desde el Estudio de Abogados Ashurst realizaron una investigación pormenorizada de la Ordenanza. Y encontraron varios aspectos que la hacen ventajosa. Las conclusiones son que:

– Introduce el Régimen de la Licencia Básica, lo que le da mayor dinámica al procedimiento tanto de una obra que arranca de cero, como de una restauración o sustitución. Las solicitudes de licencias básicas tienen un plazo máximo de un mes. Y los únicos aspectos que serán revisados son los correspondientes a la estructura esencial de las construcciones.

– El Informe de Viabilidad Urbanística permite que los interesados puedan conocer la viabilidad de una actuación previamente a la solicitud del título. También puede ser utilizado para conocer los informes sectoriales preceptivos.

– La nueva ordenanza reduce los casos en que se pide un informe preceptivo para la protección de incendios; y también para el caso de aquellos casos que se pueda requerir un permiso de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico-Artístico y Natural.

– También le otorga a las Entidades Colaboradoras Urbanísticas la capacidad de incluir el uso residencial. El límite para tal potestad es cuando las actuaciones se realicen o involucren el patrimonio público. Y el Ayuntamiento se reserva el poder de vetar las decisiones que tomen las ECUs.

– Para el caso de obras de menor envergadura, no se deberá dar lugar a Intervención Urbanística por ejemplo para el caso de refacciones en los interiores, renovación de las instalaciones, etc.

– Regula todo lo concerniente a las licencias para actividades temporales, colocándolas estrictamente en el ámbito del Ayuntamiento. Y dejándolas por fuera del alcance de las ECUs.

Regulación de la Declaración Responsable

Ya se ha visto como la Declaración Responsable tiene un rol principal en la nueva Ordenanza 6/2022. Es por ello que la normativa realiza una especificación detallada de la reglamentación y puesta en marcha de las declaraciones responsables.

A partir de la Ordenanza son más los tipos de actuaciones que deben someterse a la Declaración Responsable. Abarca, incluso, a la primera ocupación y funcionamiento. Por caso se crean los Planes de Inspección Urbanística, en los que se incluyen las ECUs con posibilidad de intervenir en el proceso

En efecto, las declaraciones responsables tienen un carácter vinculante ante el Ayuntamiento madrileño. Ya lo eran los informes de viabilidad y los certificados de adecuación (que extendían las ECUs).

Se incorpora también la obligatoriedad de informar al finalizar la actuación. Esto, cómo requisito para acceder a la potestad de comprobación. De lo contrario, toda actuación puede ser considerada ineficaz.

Por último, si la presentación no cuenta con un tiempo estimado de los trabajos, la Ordenanza 6/2022 dicta los plazos para la concreción de las actuaciones. Aunque también acelera y simplifica la comprobación una vez finalizada. En este caso, también pueden tener lugar en la comprobación las Entidades Colaboradoras Urbanísticas.

Infracciones a la nueva Ordenanza 6/2022

La nueva Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas, que ya se conoce popularmente como Ordenanza 6/2022 viene a ocupar en partes el lugar de las anteriores. Por el lado de la Ordenanza de Terminación de Licencias Urbanísticas de 2004, la reemplaza plenamente. Y en el caso de la de Apertura de Actividades Económicas (del año 2014), la reemplaza en varios aspectos.

Cabe recordar, que al tratarse de una Ordenanza municipal, solo se encuentra vigente en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid. Aquellas actuaciones que estaban abarcadas por los regímenes anteriores pueden ser enmarcadas en el nuevo; que, de hecho, es lo que varias constructoras y promotores recomiendan.

En el caso de encontrarse infracciones, lo previsto es que las actuaciones en dichos inmuebles solo pueden realizarse con una Licencia Urbanística. Aquí la Declaración responsable es de utilidad solo para el caso en que dicha infracción ya haya sido declarada y, por ende, figure en el registro de Propiedad del Ayuntamiento.

De encontrarse la actuación en carácter de Ineficiencia, la normativa prevé una sanción que consiste en la imposibilidad de presentar nuevas declaraciones. En tal caso, la sanción puede extenderse por un plazo de hasta un año.

Luego de leer este artículo, nos interesaría mucho conocer cuál es tu opinión acerca de la nueva ordenanza 6/2022 que rige en Madrid. Puedes compartirla con nosotros desde la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en la situación de querer invertir en estos momentos, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

Oi Real Estate

Te invitamos a continuar leyendo:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte si existe la posibilidad de rehipotecar la vivienda cuando ya fue pagada. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Si un cliente requiere financiación, rehipotecar su casa puede tratarse de una buena solución para obtenerlo.

A pesar de que parezca que se encuentra demasiado lejos, la realidad es que el momento siempre llega. Nos referimos al momento de cancelar el préstamo hipotecario cuando terminas de pagar tu vivienda. El usuario salda la deuda con la entidad bancaria y queda libre de cargas.

No obstante, es posible que en algunas ocasiones necesite contar con cierta cantidad de dinero, esto puede ser para realizar una reforma en casa, para comprar un vehículo, o bien, para hacer frente a algún gasto imprevisto. Aquí te explicaremos cómo hacer para conseguirlo.

¿Cuáles son nuestras opciones para que la entidad bancaria nos conceda dinero extra?

En primer lugar, es necesario resaltar que existe la posibilidad de solicitar un préstamo al uso. Sin embargo, dependiendo del importe que se requiera, es probable que el interés resulte demasiado elevado. Por otra parte, si dicho usuario cuenta con una vivienda a su nombre habrá más vías por las que obtener la liquidez necesaria.

Ampliar el capital del préstamo hipotecario nos dará la posibilidad de obtener dinero extra

Si tienes un préstamo hipotecario vigente, ampliar el capital es una opción de lo más interesante. La entidad bancaria se encargará de estudiar el perfil para asegurarse de que su cliente sea capaz de hacer frente a esa operación. Una vez que se hayan establecido las condiciones, llevará a cabo una novación hipotecaria para proporcionar una mayor financiación al usuario.

Debido a que los préstamos al uso, por lo general, tienen intereses más alto, para obtener financiación lo más aconsejable es ampliar el capital del préstamo hipotecario.

Las hipotecas tradicionales cuentan con una menor cantidad de intereses que los préstamos. Esto quiere decir que, se acabará abonando una menor cantidad de dinero con esta opción. No obstante, es necesario tener en cuenta que esta operación implicará una serie de gastos para llevarla a cabo.

Cancelar la financiación vigente y solicitar otra

Por otro lado, existe la opción de rehipotecar. Se trata de cancelar la financiación vigente y solicitar una nueva con otras condiciones, por ejemplo, obtener un mayor capital. Del mismo modo que sucede con la novación, rehipotecar implica una serie de costes, ya que habrá que amortizar de manera anticipada un préstamo hipotecario y abrir una nueva.

¿Es mejor ampliar el capital de la hipoteca vigente o rehipotecar la vivienda?

En este caso lo que debe analizar el cliente son los costes de cada una de las opciones. Es cierto que contratar un préstamo hipotecario desde cero por lo general acarrea más costes, ya que la novación consiste tan solo en modificar el producto original.

No obstante, si ya tienes la hipoteca pagada, ¿Es posible llevar a cabo una rehipoteca? Cuando se termina de abonar una vivienda, el préstamo hipotecario se extingue. Esto significa que, no se trataría de rehipotecar, sería más bien solicitar una hipoteca al uso. La finalidad de este producto suele tratarse de adquirir un inmueble, en otras palabras, no cabría la posibilidad de solicitarlo si se tiene otro objetivo. Si bien es cierto que podemos obtener préstamos hipotecarios para reformas, como mínimo siempre debe estar la adquisición de una casa.

En resumen, al terminar de abonar una vivienda, el préstamo hipotecario se extingue. Es por este motivo que, no se puede rehipotecar, se debe solicitar una nueva hipoteca al uso.

Hipoteca para segunda residencia

No obstante, dependiendo de los objetivos de cada persona, es probable que se trate de una alternativa a estudiar. Es posible solicitar un préstamo hipotecario para una segunda residencia y ampliarla para obtener capital para otro tipo de menesteres. Esto se debería hablar con la entidad bancaria para definir las condiciones del producto.

Esto puede ser una solución, sin embargo es necesario estar dispuesto a abonar el precio. Una hipoteca para segunda residencia implica una menor financiación de base y, si se busca ampliar se exigirán más condiciones. Esto puede incluir comisiones o productos vinculados por ejemplo, tarjetas, seguros o, incluso, una alarma.

Por lo tanto, rehipotecar un inmueble no implica volver a hipotecarse nuevamente, sino que contar con una ya vigente. Las personas que no se encuentren en esa situación deberán optar por otro tipo de fórmulas como, por ejemplo, los préstamos.

El inmueble como garantía, una manera de obtener financiación extra

Si bien con la hipoteca finalizada la rehipoteca o la novación no es posible, la realidad es que contar con una vivienda en propiedad nos da la posibilidad de tener mayor flexibilidad al momento de solicitar un préstamo.

Si se requieren grandes cantidades de dinero, puedes encontrar productos financieros en los que es posible poner la casa como garantía. Esto, por su lado, representa un gran riesgo, ya que en caso de impago el cliente respondería a la deuda con dicha propiedad.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre rehipotecar la vivienda si ya fue pagada. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte cuáles son los ingresos anuales que requieres para afrontar el pago de la hipoteca sin inconvenientes. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Al momento de realizar la compra de una casa, existe una gran cantidad de factores que debemos tener en cuenta. Entre ellos, se encuentran los ahorros disponibles con los que contamos, los ingresos anuales de la familia, el valor del inmueble que se tiene intención de comprar, el descuento que se pueda llegar a obtener o las condiciones hipotecarias. Para poner un ejemplo, San Sebastián se trata de la capital con el desequilibrio más grande entre los actuales ingresos medios de los hogares que se ubica en unos 45 031 euros/año aproximadamente, y la ganancia teórica necesaria, que se trata de unos 62 891 euros/año, para poder abonar la cuota hipotecaria de una casa tipo piso por 437 000 euros, el valor medio de la oferta en la ciudad en el marketplace inmobiliario del sur de Europa.

Ingresos anuales familiares

Para comprenderlo, realizaremos un análisis del mercado de la vivienda por capitales de provincia en el último trimestre considerando el valor medio de los pisos en ese periodo. Además, llevaremos a cabo un estudio en el que definimos cuáles son los ingresos anuales familiares que se requieren para comprar un inmueble. Serán calculados a partir de un préstamo hipotecario a tipo fijo al 1,19% a 30 años, aportando el 20% del valor de la vivienda como entrada, considerando también el descuento de negociación por zonas, y conservando el criterio de los principales organismos económicos que aconsejan destinar, como mucho, un tercio de los ingresos a los gastos destinados a la hipoteca.

Por detrás de San Sebastián se ubican, Palma, Barcelona, Madrid y Bilbao. En cada una de ellas, es necesario que cada hogar ingrese más que actualmente para lograr acceder a una hipoteca que no represente grandes cargas.

Palma

En Palma, los ingresos medios por hogar hoy en día se sitúan en 45 000 euros anuales. Sin lugar a dudas, tampoco resultan suficientes para hacer frente un préstamo hipotecario con soltura para costear un piso comprado por 345 000 euros de media. El salario por hogar teórico subiría a 49 463 euros por año, se trata de un desequilibrio más bajo que en San Sebastián.

Barcelona

Por su lado, en Barcelona, la diferencia entre el salario teórico y el real crece nuevamente para lograr costear todo lo vinculado con una vivienda de 329 000 euros. Mientras, los ingresos reales por familia son de 38 413 euros al año, deberían escalar a unos 47 413 euros anuales para que sea posible destinar un tercio de ellos a la hipoteca.

Madrid

Madrid cuenta con un desequilibrio más bajo, si bien todavía no es suficiente con unos ingresos anuales medios de 42 824 euros para acceder con mejor solvencia un piso a un valor medio de 302 000 euros. El ingreso teórico por año debería ascender hasta unos 44 122 euros. No es tan lejano como el de San Sebastián, Palma y Barcelona.

Bilbao

Con Bilbao finalizamos este análisis de las capitales con los desequilibrios ingresos/gastos vivienda más amplios. En Bilbao, el ingreso medio por familia llega a los 34 824 euros al año. Por otro lado, los cálculos para que la cuota hipotecaria sea asequible nos indican que debería ascender hasta los 40 004 euros anuales para una vivienda mediana de 280 000 euros.

¿Dónde es más accesible hacer frente a la hipoteca?

Entre los lugares donde es más accesible pagar el préstamo hipotecario sobre la vivienda se encuentran Valencia, Málaga o Sevilla.

En las demás capitales de provincia, el pago de la cuota mensual hipotecaria de la vivienda implica un gasto bastante más equilibrado, en algunos casos más que otros. Sin embargo, siempre respetando la idea de destinar un tercio de los ingresos al pago de los gastos de la vivienda, y con los criterios aplicados para el cálculo de la cuota hipotecaria.

Mercados inmobiliarios importantes

En los mercados inmobiliarios más importantes como Málaga con unos 36 857 euros anuales, Valencia con 34 536 euros/año o Sevilla con 33 550 euros al año, las ganancias medias actuales de las familias son capaces de hacer frente al pago del préstamo hipotecario para la compra de un piso al precio medio de 198 000 euros, 191 000 euros o 175 000 euros, respectivamente. El cálculo teórico de los ingresos por vivienda en estas capitales para afrontar la hipoteca sería: Málaga a 28 841 euros/año, Valencia con 27 533 euros/año o Sevilla con 33 550 euros/año.

Ingresos anuales más bajos

Algunas capitales como Ávila, Huelva o Lleida son ciudades donde se requieren unos ingresos anuales menores para lograr hacer frente al pago del préstamo hipotecario si un hogar tuviera que hacer frente a la compra de un inmueble al precio medio ofertado hoy en día. Con los ingresos medios actuales por hogar de 26 478 euros anuales en Ávila, 23 873 euros anuales en Huelva y 23 660 euros anuales en Lleida, es suficiente para comprar un piso mediano de 100 000 euros, 99 000 euros, y 103 000 euros, respectivamente. Podrían asumir la cuota hipotecaria sin problemas. Ya que el saldo teórico en cada una de ellas sería de 13 918 euros anuales, 14 251 euros anuales y 14 366 euros anuales.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión los ingresos anuales que se requieren para hacer frente a la hipoteca sin inconvenientes. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Desde Oi Real Estate queremos contarte si es posible acceder a un préstamo hipotecario que te permita adquirir una plaza de parking además de la vivienda. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

Si estás pensando en solicitar una hipoteca para comprar una vivienda y te interesa saber si se puede incluir una plaza de parking, este artículo es para ti. Pon atención y toma nota.

Comprar un bien inmueble implica, en la mayoría de los casos, un importante desembolso de dinero. Muchas personas no cuentan con dicha cantidad de dinero, es por este motivo que, optan por solicitar un préstamo hipotecario. De hecho, en España, se calcula que 3 de cada 4 compradores se deciden por contratar hipoteca. En el mes de febrero, según las últimas cifras aportadas por el Instituto Nacional de Estadística, se concedieron un total de 36 537 préstamos hipotecarios.

Ahora, si quieres saber qué pasos debes seguir para incluir en el préstamo hipotecario una plaza de parking adicional, en el siguiente artículo te contaremos todo lo que debes saber al respecto.

Solicitar un préstamo hipotecario que incluya la plaza de parking

Si bien es cierto que en los últimos 15 años se ha dado un descenso en el precio de los garajes, del año 2020 al 2021, el precio sufrió un aumento del 3,4%.

Es por este motivo que, una gran cantidad de personas que se buscan comprar una vivienda por lo general, prefieren incluir en el préstamo hipotecario la plaza de garaje. Sin embargo, la realidad es que los motivos por los que esta adquisición no se haga de manera conjunta pueden ser muy variados, por ejemplo, que el edificio no tenga garaje o no cuente con plazas que se encuentren a la venta.

Un préstamo hipotecario implica una deuda con la entidad bancaria y tener un bien inmueble con cargas. En otras palabras, si solicitas una hipoteca para la vivienda y otra para una plaza de garaje, tendrás dos inmuebles con cargas. Es por esto que, lo ideal es tener la menor cantidad de hipotecas que sea posible o que, si cuentas con la cantidad de dinero que cuesta el parking, lo abones y de este modo, figurará libre de cargas.

Comprar una casa de obra nueva con plaza de garaje

Cuando se adquiere una vivienda de obra nueva, es importante decidir cuál es el número de plazas de garaje que se pueden llegar a requerir, ya que la ley no grava del mismo modo la compra de una plaza de parking si se realiza de manera conjunta que si la plaza de garaje se compra luego. El IVA que se debe abonar en los pisos de obra nueva es del 10%, un número que, sin lugar a dudas, afecta también a los garajes y anexos que se encuentren en el mismo edificio y se transmitan de forma conjunta.

No obstante, si se adquieren más de dos plazas de garaje, no se deberá abonar el 10% sino el 21% del IVA. Es por este motivo que, lo más aconsejable es que quienes vayan a comprar una vivienda de obra nueva, adquieran dos plazas de garaje a pesar de que tengan que vender una luego.

Un préstamo hipotecario para la compra de una vivienda de segunda mano con garaje

En algunos casos, es posible que la hipoteca que te concedan por la vivienda sea más alta que el 80% y puedas abonar con ella la plaza de garaje sin tener que solicitar un préstamo. De esta forma, el dinero que reste de la hipoteca que no sea destinado a la vivienda podrás destinarlo a la plaza de garaje y así obtendrás un inmueble que figure libre de cargas y no está en deuda con la entidad bancaria.

Ante la situación de que debas solicitar un préstamo hipotecario para la vivienda y el garaje, tendrás que pedir una hipoteca conjunta, y los dos inmuebles contarían con cargas hasta que se liquidara la misma.

¿Es posible solicitar una hipoteca conjunta para la casa y el garaje?

En el caso de que el inmueble y el garaje cuenten con un número de finca y referencia catastral distinto, se podrán comprar en la misma escritura. Lo único que tendrías que hacer es repartir el precio global entre la casa y la plaza de parking, y tener mucho cuidado de que la suma de los dos valores no sea mayor al valor fiscal mínimo. Esto se debe a que, si el valor de tasación es menor que el de compraventa, la entidad bancaria ofrecerá una cantidad más baja. Luego, será decisión de la entidad bancaria hipotecar uno de los bienes inmuebles o los dos, dependiendo de los recursos económicos del solicitante para evitar que uno de ellos sea muy elevado y el otro se quede corto y sea necesaria una complementaria.

Sin embargo, si tienes alguna duda específica sobre contratar un préstamo hipotecario para vivienda y plaza de garaje, lo más aconsejable es que consultes con el banco y también, con el notario. Sin lugar a dudas, ellos te podrán dar una respuesta más personalizada que logre adaptarse mejor a tus circunstancias.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre solicitar una hipoteca que incluya la compra de una plaza de parking además de la vivienda. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

También podría interesarte:

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

Concretar la compra de una casa es un paso muy importante en la vida de las personas, sobre todo por la inversión que se necesita. Antes de lograrlo, hay muchas cosas que estudiar y, si es tu caso, es necesario que consideres cada consejo para hacerlo correctamente.

Recuerda que el lugar que escojas será tu hogar y, si tienes una familia, es más importante que tomes en cuenta la comodidad de todos. Hacerlo te ayudará a contar con un espacio agradable en el que vas a vivir y que te encantará desde el primer momento.

¡Sigue con nosotros para saber más!

Consejos antes de concretar la compra de una casa

Hay muchos detalles y preguntas por hacer a los propietarios en todo momento, cualquier duda puede ser crucial para tu decisión final. Para que nada quede fuera de lo que debes revisar, toma en cuenta estas características para que la propiedad sea lo que realmente necesitas:

Metros útiles de la casa

Es común que en los anuncios de las viviendas se encuentren los metros construidos y a los que los propietarios tienen derechos. En las especificaciones, se encuentran representados los metros de la superficie de la casa sin que se incluyan los tabiques, instalaciones o conductos.

Todos los espacios de una casa son realmente útiles, pero en la infraestructura se tienen ambientes que son más resaltantes. Así, se puede considerar más útil la sala de estar que un revestimiento de alguna pared. Lo realmente útil es lo que se puede aprovechar de un espacio, no que las divisiones sean gruesas porque se puede perder mucho de él.

La compra de una casa: prestar atención a la fontanería y electricidad

Antes de cerrar la compra de una casa, hay que tener en cuenta el estado de las instalaciones de fontanería y electricidad. Cuando no se encuentran en el estado óptimo, puede que la inversión tenga que ser mayor ante la necesidad de reparaciones o cambios.

Hay que recordar que, por más grande que sea una casa, necesita las mejores instalaciones de fontanería y electricidad para que sea habitable.

La ITE y el IEE

La Inspección Técnica de Edificación (ITE)  y el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) son procesos que te ayudarán en la verificación de muchas garantías. Aunque la vivienda no se encuentre en un edificio, es indispensable que haya pasado por estas inspecciones.

Con ellas no solo tendrás la seguridad de que la casa se encuentra en buen estado, también evitarás cualquier tipo de multa en el futuro.

La orientación

La orientación de las viviendas al este tienen una vista del sol desde que amanece hasta el mediodía, permitiendo que ahorres energía. Esta es una excelente oportunidad al comprar una vivienda para invertir en la que quieras implementar energía renovable, por ejemplo.

ambientes de una casa

Las cargas

La nota simple es un documento en el que se indica la titularidad de la casa y su situación jurídica. Aquí es posible visualizar las cargas de una vivienda si las tuviera, como sus hipotecas, embargos, entre otros.

Parking y espacios traseros

En caso que esta información no esté especificada en la Nota simple, debes preguntar si son espacios incluidos en la compra. Un lugar en el garaje y en el trasero son de gran ayuda, siendo una característica que puede llevarte a concretar la compra.

Áreas comunes y servicios disponibles

Si vas a invertir en un edificio, las áreas comunes y los servicios tienen ciertos reglamentos para ser utilizados. En caso de que las limitaciones sean demasiadas, posiblemente te desaliente a comprar la vivienda. También te puedes informar sobre cuáles son las futuras renovaciones de estos servicios y cuáles se encuentran en proyecto para tu beneficio. 

Recibos de pagos pendientes

Hay posibilidades de encontrar recibos sin pagar, como lo es el IBI u otros impuestos. Debes tener la seguridad de que la casa se encuentre libre de estos y otros pagos para una mayor seguridad de inversión.

Calefacción

La calefacción de una casa es uno de los puntos más importantes a verificar antes de la operación. Es recomendable que preguntes el tipo de calefacción de la vivienda y podrás tener cálculos del consumo que normalmente tendrás.

Eficiencia energética

Esto se encuentra respaldado por un certificado que el propietario se encuentra obligado a entregar. Es un documento en el que se da un cálculo completo del consumo eléctrico general encontrado en condiciones normales de la vivienda.

Forma de pago

Es importante que conozcas los métodos de pago disponibles para la compra de la casa que quieres adquirir. Según tu situación económica y lo que disponga el vendedor podrás optar por varias opciones.

Vecinos

Si comprarás en algún edificio, consulta cuántos vecinos tendrás por piso y cómo son, para así ahorrarte problemas en el futuro.

Ampliaciones disponibles

Aunque tener la vivienda es una decisión completamente tuya, infórmate sobre las limitaciones de las obras referentes a las ampliaciones que se pueden hacer. Esto puede estar permitido en algunos casos y en otros no, por lo que es algo muy particular.

Seguridad

Consulta cómo se maneja la seguridad en la zona, pregunta si se han dado robos recientes y cómo se manejan estos casos cuando ocurren. Recuerda que tu integridad y la de tu familia es importante, no hagas una compra en barrios donde puedes tener más problemas que beneficios.

Con estos consejos, podrás cubrir todos los detalles que se puedan presentar en tu proceso de compra. Evita siempre hacer inversiones erróneas y no te dejes llevar sólo por los detalles superficiales que puedan tener un inmueble¡ Hay muchos puntos por evaluar antes de decidir!

Desde Oi Real Estate podemos ayudarte en todo este proceso, ¡Cuéntanos lo que necesitas! ¡Nos encanta ayudarte y darte las herramientas que estás buscando!

También te puede interesar:

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas

El nuevo valor de referencia inmobiliario del Catastro entró en vigencia el 1° de enero de 2022. Desde ese entonces, es la base imponible de tributos como el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que grava la compra de vivienda de segunda mano. A pocos meses de su implementación, estas valoraciones ya están causando conflictos con los contribuyentes. ¿Cómo afecta negativamente el valor de referencia del Catastro a la subasta de vivienda? ¿Qué opciones tienen los adjudicatarios para evitar la tributación conforme a este valor? En este artículo te lo contamos.

El Ministerio de Hacienda presentó a finales del 2020 un anteproyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal. El principal objetivo de esta iniciativa era disminuir la elusión fiscal a través de la modificación de determinadas normas tributarias. La propuesta fue debatida y aprobada en la Cámara de Diputados y el Senado, en donde consiguió su aprobación final. Finalmente, la ley fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 11 de julio, momento desde el cual se encuentra vigente. Sin embargo, el nuevo valor de referencia inmobiliario del Catastro con sus correspondientes valoraciones de viviendas entró en vigencia recién el 1° de enero de 2022.

Si bien han transcurrido apenas cinco meses, las valoraciones realizadas a partir del régimen de valor de referencia del Catastro ya están provocando dolores de cabeza en los contribuyentes. ¿Qué ocurre con aquellos que eligen la modalidad de la subasta para adquirir una vivienda a menor precio? ¿Cómo se ven afectados por estas nuevas valoraciones? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿En qué consiste el nuevo valor de referencia del Catastro?

La Ley 11/2021 de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, aprobada en julio del año pasado, introdujo modificaciones en el cálculo de la base imponible de algunos tributos. Si bien la normativa fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en ese momento, estos cambios entraron en vigencia recién el 1° de enero de 2022.

A partir de estas disposiciones, ya no es el valor real de un inmueble el que determina las bases imponibles del Impuesto sobre el Patrimonio (IP), el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), sino su valor de mercado. 

Este valor de mercado se determina ahora a partir del valor de referencia inmobiliario fijado por la Dirección General del Catastro, que puede averiguarse aquí. De esta manera, cada año que transcurra, el organismo fijará un nuevo valor de forma simultánea para todos los municipios.

La medida ya está afectando de manera negativa a quienes compran una vivienda en España, debido a que, en muchas ocasiones, los contribuyentes están pagando mucho más de lo esperado por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que grava la compra de bienes inmuebles de segunda mano. Uno de estos casos es el de la subasta de vivienda.

¿Cómo está afectando el valor de referencia del Catastro a la subasta de vivienda?

La subasta de vivienda siempre ha sido una buena alternativa para quienes desean adquirir un inmueble a un precio más bajo que lo común. Los postores de este tipo de propiedades, ya sean públicas, notariales, judiciales o administrativas, suelen adjudicárselas con un descuento de entre el 15 y el 20%. 

Sin embargo, la entrada en vigencia del nuevo valor de referencia ha cambiado las reglas del juego: desde el 1° de enero de 2022 los contribuyentes ya no tributan por el precio de adjudicación de la vivienda, sino por esta nueva valoración, que suele ser muy superior al importe que realmente se pagó. La única excepción es que el precio abonado sea superior al valor fijado por el Catastro, lo cual es altamente improbable.

Desde la Dirección General de Tributos, dependiente del Ministerio de Hacienda, han declarado que “en las transmisiones de bienes inmuebles realizadas mediante subasta pública, notarial, judicial o administrativa, la base imponible será el valor de referencia del inmueble en la fecha de devengo del impuesto, salvo que el valor de adquisición del bien inmueble, el valor declarado por los interesados, o ambos sean superiores a su valor de referencia, en cuyo caso se tomará como base imponible la mayor de estas magnitudes”.

Cómo evitar esta valoración al convertirse en adjudicatario de una vivienda subastada

Comprar una vivienda que no posea valor de referencia

La Dirección General de Tributos hace una excepción cuando el inmueble adquirido en una subasta no posee un valor de referencia asignado por el Catastro. En caso de que esta valoración no exista o que no pueda ser certificada por el organismo, se tomará el precio pagado por la vivienda, además de las cargas correspondientes. 

valor de referencia catastro subasta

De esta manera, aquellas personas que logren adjudicarse una propiedad que no posea valor de referencia se verán muy beneficiados. Aparte de tributar menos se librarán de recibir una comprobación de valores por parte de Hacienda.

Impugnar el valor de referencia

En caso de que la vivienda adjudicada sí posea un valor de referencia asignado, la única manera de tributar conforme a su valor de adquisición en la subasta pública es impugnarlo. Para impugnar este valor de referencia deben ser los propios contribuyentes quienes aporten las pruebas para justificar que dicho valor es superior al de mercado.

Para lograr este objetivo cuentan con dos opciones: 

  • Declarar conforme al valor de referencia asignado por el Catastro y luego solicitar la rectificación de la autoliquidación y la devolución de ingresos indebidos. 
  • Declarar conforme al valor de adquisición en subasta y recurrir cualquier liquidación que la Administración envíe imponiendo el valor de referencia del Catastro. No obstante, se corre el riesgo de ser sancionado por declarar una base imponible inferior a la correspondiente.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

Oi Real Estate

También puede interesarte:

agente inmobiliario Alquilar alquilar piso Alquiler alquileres Barcelona comprar Comprar piso comprar vivienda Compraventa consejos contrato de alquiler Decoración decoración de interiores diseño Diseño de interior España Euríbor Featured Hipotecas Hipotecas variables Hoteles Impuestos Inquilinos interiorismo inversiones Inversión inmobiliaria inversores invertir Madrid marketing inmobiliario mercado hipotecario mercado inmobiliario Oficinas Oi Real Estate Oi Realtor Propietarios préstamo hipotecario Sostenibilidad Tendencias Tendencias de decoración vender Vender piso vivienda Viviendas

Si estás por adquirir una vivienda debes conocer cuál es la información que te brindará el vendedor o la inmobiliaria con la que realices la operación. La Ley 18/2007 de Cataluña, se basa en el derecho a la vivienda y la protección de los futuros propietarios. En ella se establecen las obligaciones respecto a quienes intervienen en servicios inmobiliarios. Aquí te contamos de qué se trata esta normativa y cómo puede beneficiarte. Sigue leyendo!

Ley 18/2007 de Cataluña: ¿de qué se trata?

Esta Ley obliga a promotores, administradores de fincas, propietarios y todos aquellos que posean derechos para vender, alquilar o ceder títulos en Cataluña a regirse según ella. Se prohíbe además la realización de publicidad ilegal y establece pautas que regulan esta práctica.

Las publicidades deben ser veraces y objetivas. No pueden ocultar información o contener información falaz que conlleve consecuencias económicas a alguno de los interesados en la transacción. El objetivo principal es el de asegurar la transparencia en las transferencias de inmuebles. Para ello se toman los estándares de integración, la honradez de los tratos y la buena fe contractual.

Se busca que cuando se realice una oferta de propiedades para la venta se cuente con la información necesaria y suficiente para conocer las condiciones de los bienes a comercializar.

Es importante recalcar que en caso del incumplimiento de esta normativa, está prevista una infracción cuyo monto se estima entre 3000 y 9000 Euros. Esta situación no afectará en ningún caso al contrato que se haya establecido de compraventa.

Ley 18/2007 de Cataluña: Información que debe brindarse sobre un bien en venta

  • La Ley 18/2007 exige que la transacción de compraventa debe ser realizada por un profesional. También plantea que debe identificarse el profesional que interviene en la operación.
  • Es necesario que se especifique la superficie con la que cuenta la propiedad, tanto de la vivienda como de los anexos con los que cuenta. Considerando anexos a trasteros o plazas de estacionamiento.
  • Se entregará la inscripción registral. En ella deben constar las cargas y gravámenes del bien en cuestión, por ejemplo si cuenta con alguna hipoteca o inquilinos.
  • Detallará también el precio total por la compraventa. Deben estar declarados los gastos que correspondan al comprador y los impuestos que pertenecen a la vivienda.
  • En caso de ser un proyecto de construcción, debe constar en el documento los plazos en los cuales se realizará, tanto de inicio de obra como de la entrega de las mismas.

Ley 18/2007 Cataluña: Documentación requerida

  • Se describirán las características de la vivienda detallando el tipo de materiales empleados, la orientación principal, si cuenta con aislamiento térmico y acústico y con eficiencia energética. La cédula de habitabilidad contiene información de alguna de estas condiciones físicas.
  •  Detallarán también los servicios con los que cuenta la vivienda. No solo los referidos a la propiedad en cuestión, sino los que puedan ser comunes con otros departamentos.
  • En caso de ser una vivienda proyectada, es importante informar de la licencia de obras, que será entregada al nuevo propietario una vez finalizada la construcción.
  • De ser una vivienda que ya haya sido transmitida con anterioridad, se establece en la ley la obligatoriedad de informar acerca de la cantidad de años que posee el edificio.
  • Se agregará también la identificación registral de la propiedad. En esta documentación constarán las cargas y gravámenes, los impuestos que sean comunes al edificio, que deberá comenzar a afrontar el nuevo propietario y las afectaciones fiscales del bien,
  • Se informará también si el propietario anterior dejo algún impuesto o gasto impago.
  • Debe quedar documentado de qué forma se realizará la transmisión de la propiedad. Quedando establecido de qué forma se realizará el pago y cuáles son los plazos que se establecen para ello. Deberá a su vez aclararse si existirá un pago inicial o intereses que puedan luego devengarse.

Cuál es el contenido de la ley?

  • La ley establece la forma en la que los agentes públicos, privados y sociales que se vean involucrados en el sector correspondiente a la vivienda deben regirse y comportarse, enunciando sus derechos y obligaciones.
  • Precisa cuales son las políticas de vivienda, como se instrumentará la planificación y como se proyecta su ampliación.
  • Establece de qué forma se garantizará la calidad y accesibilidad de las propiedades y como asegurar la conservación y rehabilitación.
  • Para asegurar que los consumidores y los usuarios se encuentren protegidos, se determinan medidas de transparencia para con el mercado inmobiliario.
  • Se expresan  los deberes, derechos y criterios que deberán respetarse referidos a la promoción, construcción, administración y transacción de viviendas.
  • La ley hace hincapié en indicar el régimen jurídico y como se llevará adelante la adjudicación, gestión y control de viviendas que cuenten con protección oficial. Además  establece la regulación que debe utilizarse en otros casos en los que pueda ser necesaria la protección de una propiedad.

¿Qué es el libro del edificio?

Este documento es de suma importancia, porque en él consta la información de la vida de la propiedad. Allí se dará constancia de todas las instalaciones con las que cuenta el bien, además de los servicios, y materiales, estableciendo tanto la calidad como la garantía con la que cuentan los mismos. También se declararán en este libro quienes fueron los responsables de la edificación y la calidad con la que fue construida.

El libro  contará también con las autorizaciones correspondientes al uso y ocupación, además de la información necesaria acerca de las condiciones de instalaciones que se permiten en la propiedad.

Otro punto que se detallará tiene que ver con el mantenimiento y conservación de la propiedad, las cuales deben ajustarse a las normativas vigentes.

Se detallarán además todas aquellas limitaciones que puedan existir en el uso de la vivienda.

Debe constar también, cualquier mejora que se haya realizado en las viviendas, y las mismas tienen que estar adaptadas a las exigencias tecnológicas y de confort establecidas. Cualquier actuación que pueda modificar la propiedad debe además garantizar la sostenibilidad, innovación, cohesión social y eco eficiencia, deberá encontrarse plasmada en esta documentación.

Esperamos que este post te haya resultado interesante y útil. Esperamos que puedas dejarnos un comentario o tus dudas para seguir acompañándote. Te dejamos a continuación otro post que puede llegar a ser de tu interés.

Oi Real Estate

agente inmobiliario
Alquilar
alquilar piso
Alquiler
alquileres
Barcelona
comprar
Comprar piso
comprar vivienda
Compraventa
consejos
contrato de alquiler
Decoración
decoración de interiores
diseño
Diseño de interior
España
Euríbor
Featured
Hipotecas
Hipotecas variables
Hoteles
Impuestos
Inquilinos
interiorismo
inversiones
Inversión inmobiliaria
inversores
invertir
Madrid
marketing inmobiliario
mercado hipotecario
mercado inmobiliario
Oficinas
Oi Real Estate
Oi Realtor
Propietarios
préstamo hipotecario
Sostenibilidad
Tendencias
Tendencias de decoración
vender
Vender piso
vivienda
Viviendas