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escritura de compraventa

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Durante el proceso de compraventa, hay una serie de contratos que deberás firmar. Algunos de ellos son optativo y otros obligatorios. Desde Oi Real Estate, como expertos inmobiliarios, queremos brindarte toda la información que necesitas para que estos trámites te resulten más sencillos. Toma nota!

El contrato como compromiso

Al vender una vivienda, es tanta la cantidad de documentación que necesitamos reunir y firmar que puede ocurrir que pasemos por alto algún paso importante.

Cada vez que firmamos un documento, este conlleva una serie de vinculaciones que debemos conocer como propietarios. En ese sentido, podemos considerar distintos tipos de contratos:

A continuación, te explicamos en qué consiste cada uno de los contratos del proceso de compraventa de tu propiedad y las consecuencias que ellos tienen.

Contrato de reserva

¿En qué consiste?

El contrato privado de reserva es uno de los dos acuerdos previos que pueden firmarse antes de cerrar una compraventa inmobiliaria. Además de incluir todas las condiciones acordadas por ambas partes implicadas para llevar adelante la compraventa, implica la entrega, por parte del comprador, de un monto de dinero en concepto de señal que “reserva la vivienda”. De esta manera, él se asegura de que la vivienda será quitada del mercado y no seguirá siendo mostrada a otros interesados. Por su parte, al vendedor le permite confirmar que la intención y el compromiso de compra son reales.

¿Cómo está regulado por la ley?

De los cuatro documentos que describiremos en este artículo, este es el único que no está regulado por ninguna normativa. Podemos afirmar que esta es una de las contras que tiene el contrato de reserva, ya que, el hecho de que ninguna ley establezca condiciones para él, implica poca seguridad jurídica para ambos firmantes.

Esto también implica que no puede ser rescindido únicamente con el pago de una indemnización, como sí ocurre con algunos contratos de arras. Sólo es posible desistir de él si se especificó una penalización en alguna de sus cláusulas. De lo contrario, será necesario acudir a la justicia.

¿Qué cláusulas debe contener?

Como mencionamos, el contrato de reserva ya debe contener todas las condiciones bajo las cuales se llevará a cabo la compraventa. Por lo tanto, las cláusulas con las que debe contar son:

  • Datos personales de ambas partes: deben indicarse sus nombres y sus números de DNI del vendedor y el comprador.
  • Datos e información del inmueble: deben indicarse su referencia catastral, su domicilio completo y su superficie. También debe especificarse aquí si posee otros anexos, como un garaje o un trastero.
  • Precio del inmueble: en esta cláusula debe indicarse cuál es el valor total de la vivienda.
  • Importe de la señal entregada: al no estar regulado por la ley, no existe un monto fijo a entregar en un contrato de reserva. Siempre depende del acuerdo al que lleguen cada vendedor y cada comprador. No obstante, esta suma suele ser de entre un 1% y un 5% sobre el valor total de la vivienda.
  • Forma de pago: aquí se establece cómo pagará el comprador lo que resta del importe de la compraventa. 
  • El reparto de gastos: en esta cláusula debe indicarse cómo se distribuirán los gastos inherentes al proceso de compraventa entre el vendedor y el comprador.
  • Fecha de firma del contrato de compraventa o la escritura pública: aquí debe establecerse un día límite para concretar la transacción.
  • Cláusula de rescisión: aquí es donde deben determinarse las penalizaciones en caso de que alguna de las partes quiera rescindir el contrato. Es de carácter opcional, la realidad es que no es habitual en los contratos de reserva.

¿Cuándo conviene firmarlo?

Sin dudas conviene recurrir a la firma de un contrato de reserva cuando el comprador se encuentra en plena seguridad de que va a adquirir la vivienda que le interesa. Este documento, al no implicar por sí mismo una forma de rescindirlo, le asegurará que el vendedor no se arrepentirá del trato.

¿Qué es un contrato de exclusiva?

Solo tendrás que firmar este tipo de contrato si decides confiar la venta de tu vivienda a una agencia inmobiliaria.

Si bien es un documento muy simple, tiene una gran importancia dentro del proceso de compraventa. En él se especifican los términos del pacto de venta con la inmobiliaria. Por ejemplo, los honorarios a percibir, el precio de salida del inmueble y los plazos, entre otros.

Las agencias inmobiliarias tienen por norma disponer de un modelo de contrato de exclusividad inmobiliaria. Este puede ser un modelo estandarizado, redactado por el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, o bien un formato que adapta las cláusulas a las circunstancias.

Las principales ventajas de firmar un contrato de exclusividad de venta son:

-Los honorarios de la agencia quedarán claramente determinados en el contrato que se firme.

-El vendedor se sentirá más protegido, puesto que se regularizarán en el contrato de exclusividad comercial todos los puntos importantes y, así, no se dejará nada al azar.

-El plazo de duración de los contratos de exclusividad de venta suele ser de un año, prorrogable por períodos idénticos. También es posible establecer períodos más cortos y sin prórroga. Así, el vendedor tendrá la garantía de poder cambiar de agencia dentro de plazos prudenciales, con el fin de agilizar la venta de su inmueble.

– También es importante su firma, ya que, si hubiera actuaciones fraudulentas por cualquiera de las partes, la otra se encontrará más protegida.

¿Por qué firmar un contrato de arras?

¿En qué consiste?

El contrato de arras es el otro de los dos acuerdos previos que pueden firmarse antes de cerrar una compraventa inmobiliaria. También incluye todas las condiciones para llevar adelante la operación e implica la entrega de una señal para “reservar” la vivienda. Su objetivo es el mismo que el del contrato de reserva, es decir, el de asegurarle al comprador que la vivienda será quitada del mercado y no seguirá siendo mostrada a otras personas. También el de confirmarle al vendedor que la intención y el compromiso de compra son reales.

Los contratos de arras se dividen en tres tipos y se diferencian, esencialmente, en que algunos pueden ser rescindidos afrontando una penalización económica, mientras que otros no.

  • Penitenciales: admite la posibilidad de desistir de él mediante una penalización económica, utilizando la señal entregada como indemnización.
  • Confirmatorias: no admite la posibilidad de desistir de él mediante una carga económica. En caso de arrepentimiento, será necesario acudir a la justicia, ya que la señal no puede ser utilizada como indemnización.
  • Penales: no determina de manera explícita la posibilidad de desistir de él. Sin embargo, la entrega de la señal sí funciona como indemnización en caso de arrepentimiento.

¿Cómo está regulado por la ley?

A diferencia del contrato privado de reserva, el de arras sí está contemplado por la ley. Es el Código Civil aquel que lo regula, en donde cada tipo está regulado por diferentes artículos, que hacen referencia, específicamente, a las penalizaciones que deberán asumirse por no cumplirlo:

¿Qué cláusulas debe contener?

Al tratarse de un documento que cumple con los mismos objetivos que el contrato privado de reserva, la información que debe especificarse en él es muy similar a la que figura en el acuerdo previo que describimos previamente:

  • Datos personales de ambas partes: deben indicarse sus nombres y sus números de DNI del vendedor y el comprador.
  • Datos e información del inmueble: deben indicarse su referencia catastral, su domicilio completo y su superficie. También debe especificarse aquí si posee otros anexos, como un garaje o un trastero.
  • Precio del inmueble: en esta cláusula debe indicarse cuál es el valor total de la vivienda.
  • Importe de la señal entregada: al no estar regulado por la ley, no existe un monto fijo a entregar en un contrato de reserva. Siempre depende del acuerdo al que lleguen cada vendedor y cada comprador. No obstante, esta suma suele ser de entre un 1% y un 5% sobre el valor total de la vivienda.
  • Forma de pago: aquí se establece cómo pagará el comprador lo que resta del importe de la compraventa. 
  • El reparto de gastos: en esta cláusula debe indicarse cómo se distribuirán los gastos inherentes al proceso de compraventa entre el vendedor y el comprador.
  • Fecha de firma del contrato de compraventa o la escritura pública: aquí debe establecerse un día límite para concretar la transacción.
  • Cláusula de rescisión: aquí es donde deben determinarse las penalizaciones en caso de que alguna de las partes quiera rescindir el contrato. En el contrato de arras penitenciales será la pérdida de la señal o la devolución del dinero por duplicado. Cuando se trate de un arras confirmatorias, será el inicio de acciones legales. En el de arras penales serán ambas.

¿Cuándo conviene firmarlo?

También es recomendable firmarlo únicamente cuando ambas partes estén seguras de querer concretar la compraventa. De no existir esta seguridad y producirse un arrepentimiento, deberán afrontarse penalizaciones, en el caso del arras penitenciales, o consecuencias legales, cuando se firma un arras confirmatorias o penales.

¿Para qué sirve el contrato de compraventa y cuándo debe realizarse?

¿En qué consiste?

El contrato privado de compraventa es aquel mediante el cual uno de los firmantes está obligado a entregar una cosa determinada y el otro a entregar un precio cierto por ese objeto. Es decir, que suele celebrarse en transacciones de todo tipo de bienes, no solo inmuebles. En este caso, servirá para concretar la transacción de la vivienda en cuestión.

Se trata de un acuerdo de naturaleza bilateral, ya que es celebrado entre comprador y vendedor. También es consensual, ya que se requiere del consentimiento de estas dos partes para llevarlo adelante. Aunque puede celebrarse de manera privada y sin que intervenga ninguna otra persona o entidad, siempre se recomienda contar con el asesoramiento de un profesional para que luego no surjan inconvenientes.

¿Cómo está regulado por la ley?

Este tipo de acuerdo está regulado por el título IV del Código Civil, que comprende desde el artículo 1445 al artículo 1456

¿Qué cláusulas debe contener?

  • Datos personales de ambas partes: deben indicarse sus nombres y sus números de DNI del vendedor y el comprador.
  • Datos e información del inmueble: deben indicarse su referencia catastral, su domicilio completo y su superficie. También debe especificarse aquí si posee otros anexos, como un garaje o un trastero.
  • Verificación de la titularidad sobre el inmueble: esta puede acreditarse mediante la presentación del título de propiedad o de una nota simple de la vivienda.
  • Precio del inmueble: en esta cláusula debe indicarse cuál es el valor total de la vivienda.
  • Fecha de entrega del inmueble: aquí debe especificarse qué día el vendedor le entregará definitivamente la vivienda al comprador.
  • Reparto de impuestos y gastos: en esta cláusula debe indicarse cómo se distribuirán los gastos inherentes al proceso de compraventa y los impuestos correspondientes entre el vendedor y el comprador.
  • Cláusula de penalización: aquí es donde deben determinarse las penalizaciones en caso de que alguna de las partes incumpla el contrato. En el caso del vendedor, la falta más común es que no cumpla con la entrega del inmueble en el día establecido. En el caso del comprador, que no cumpla con el o los pagos en las fechas acordadas.

¿Cuándo conviene firmarlo?

La firma de un contrato privado de compraventa puede ser útil para dejar en claro las condiciones de la transacción. No obstante, no siempre es necesario celebrar uno. Firmar un contrato de arras o un contrato de reserva y luego firmar una escritura pública de compraventa es posible. Por lo tanto, muchas veces vendedor y comprador pueden elegir saltearse este tipo de documento.

Sin embargo, es importante analizar todas las opciones disponibles. Muchas veces no será conveniente para ambas partes firmar un contrato de reserva o un contrato de arras, por las penalizaciones que implican. En ese caso, vendedor y comprador pueden querer celebrar un contrato de compraventa para concretar la transacción, o bien, como paso previo a la firma de la escritura.

Escritura pública de compraventa

¿En qué consiste?

La escritura pública de compraventa es el documento que vendedor y comprador firman ante un notario para formalizar la compraventa de un inmueble. Se caracteriza por ser fehaciente, ya que prueba y da fe de que ambas partes están de acuerdo con todas las condiciones dentro de las cuales se lleva a cabo la compraventa y que ambos poseen voluntad de cumplir con lo firmado.

También implica que el inmueble pueda inscribirse en el Registro Público de la Propiedad, lo cual brinda una serie de ventajas:

  • Garantiza la titularidad sobre la vivienda, lo cual permite que el o los propietarios sean las únicas personas que puedan adquirir derechos sobre él.
  • Confirma la identidad del vendedor, lo cual significa protección ante posibles estafas.
  • Implica seguridad en caso de que un tercero reclame la vivienda.
  • Brinda protección ante acreedores de deudas anteriores a la compra y permite averiguar si la vivienda posee alguna carga pendiente.
  • Permite el acceso a una hipoteca, lo cual no es posible cuando la vivienda no está registrada.

¿Cómo está regulada por la ley?

La escritura pública de compraventa está regulada por los artículos 1.279 1.280 del Código Civil.

¿Qué cláusulas debe contener?

  • Fehaciencia: afirma la voluntad de ambas partes para concretar la transacción y cumplir con sus condiciones.
  • Cargas que pesan sobre el inmueble: deben especificarse las deudas o hipotecas a las que está sujeta el inmueble.
  • Último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): a través de este se justifica que el pago de dicho tributo se encuentra al día.
  • Certificado de las cuotas de comunidad: también sirve para justificar que las mismas se encuentran al día.
  • Disposiciones legales y obligaciones fiscales: aquí se especifica cuáles se derivan de la compraventa.
  • Reparto de gastos: en esta cláusula debe indicarse cómo se distribuirán los gastos inherentes al proceso de compraventa entre el vendedor y el comprador.
  • Liquidación de gastos notariales: estos incluyen la base de aplicación de los aranceles, el número de arancel aplicado y los honorarios correspondientes.
  • Comprobación de medios de pago: aquí debe especificarse cómo y cuándo se ha efectuado el pago por el inmueble.

¿Cuándo conviene firmarla?

Ni el contrato privado de compraventa ni la escritura pública son contratos obligatorios al vender un piso. Sin embargo, firmar una escritura pública, o bien, elevar a escritura pública un contrato de compraventa es más que conveniente, tanto para el comprador como para el vendedor. Si bien el contrato de compraventa está regulado por el Código Civil, el hecho de que pueda celebrarse de manera privada no implica demasiada seguridad jurídica. En cambio, la escritura brindará a la operación estatus público y permitirá a las partes acceder a los beneficios que implica inscribir una vivienda en el Registro Público de la Propiedad.

¿Por qué vender tu propiedad con Oi Real Estate?

Oi Real Estate es la primera inmobiliaria de lujo de Barcelona. Nuestra misión es asesorarte y darte el mejor servicio con total vocación y responsabilidad.

Nos avalan más de diez años de experiencia en el mercado inmobiliario y hemos intermediado miles de ventas a lo largo de nuestra historia. Además, nos encargamos de todos los trámites relacionados con la venta del inmueble para que tú no tengas que preocuparte por nada.

Si quieres conocer más sobre estos temas, puedes seguir leyendo el siguiente artículo:

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Desde Oi Real Estate queremos contarte cuál es el valor mínimo para escriturar una vivienda. Continúa leyendo el artículo para saber más.

valor mínimo para escriturar

Una práctica muy habitual dentro del mundo inmobiliario es la escrituración a un precio menor o mayor del que realmente vale la propiedad. Esto se hace, creyendo que por medio de esta maniobra se podrán evitar obligaciones impositivas. Se trata de un procedimiento para nada conveniente, de hecho, puede llevar al propietario a pagar una mayor cantidad de dinero cuando desee poner a la venta su propiedad.

Hay una fórmula matemática que se conforma con diferentes variables para realizar el cálculo del valor mínimo con el que se debe escriturar una vivienda. Este debe coincidir con el índice establecido por los diferentes ayuntamientos. En el siguiente artículo te contaremos cómo se calcula y cuáles son los valores a los que debes escriturar tu propiedad.

Valor mínimo para escriturar: ¿por qué los compradores modifican el precio real de la vivienda?

Muchas personas, al comprar un inmueble pone una cifra más baja o superior al valor oficial. Esto se debe a que este valor implicará una serie de obligaciones con Hacienda y otras entidades al abonar más o menos dinero. Según el monto que conste en los papeles de propiedad de la vivienda, los costes impositivos serán distintos.

Sin embargo, debes tener mucho cuidado. Estar mal asesorado en estos temas puede traer grandes inconvenientes.

¿Por qué se escritura a un precio más bajo?

Escriturar por debajo del precio de venta es una costumbre muy arraigada por la cual los compradores piensan que podrán pagar una menor cantidad de impuestos. Esto redundaría en un rédito económico que no será tal, ya que lo que se puede ahorrar al firmar la escritura a un valor inferior se perderá en los siguientes años en el caso de que se tenga intención de vender esa propiedad. Esto ocurre porque se deberá abonar un impuesto extra por esa plusvalía.

¿Qué consecuencias trae escriturar a un valor inferior al oficial?

En caso de que Hacienda investigue y descubra una escrituración llevada a cabo a menor precio que el de venta, estarás en problemas. Ya que cuenta con el derecho de imponer multas y sanciones al propietario, además de los intereses que corresponden a la falta de pago real.

Fórmula para calcular el valor mínimo de escritura

Para calcular el valor de escrituración de una propiedad será necesario multiplicar el Valor Catastral por un Coeficiente Multiplicador de Variación Catastral. Este último se obtiene con la siguiente fórmula:

CMVC= CVMI/(RM x CAVC)

CMVC: se trata del coeficiente por el que se debe multiplicar el valor catastral actualizado para obtener el valor real del bien inmueble.

CVMI: es el coeficiente de variación del mercado inmobiliario.

RM: se trata del coeficiente de referencia al mercado.

CAVC: es el coeficiente de actualización del valor catastral.

Es importante tener en cuenta que estos índices son calculados por cada municipio. En otras palabras, habrá que prestar atención a no escriturar por debajo del valor mínimo establecido al multiplicar el valor catastral por el coeficiente multiplicador que tenga el municipio donde se encuentre la vivienda.

¿Qué es el valor catastral?

El valor catastral nos da la valoración objetiva de un inmueble a partir de ciertos datos, por ejemplo, la ubicación de la vivienda, los metros cuadrados de construcción o los metros del terreno. Para calcularlo, se tiene en cuenta el valor en el Catastro del suelo y el de la construcción. 

Este valor, generalmente, se revisa cada año, en función de la evolución de la zona y de los valores. En los últimos años Hacienda y los ayuntamientos optaron por aumentar la periodicidad de sus revisiones. Esto se debe a que, el periodo de actualización media llegó a ubicarse en 21 años en 2013, con un 48% de los inmuebles con valoraciones previas a 2002.

Es importante no confundir el valor catastral con el valor de referencia de los inmuebles que ha comenzado a tener efectos el 1 de enero de 2022.

Actualización del valor catastral 2022

El valor catastral no tiene, necesariamente, que cambiar en todos los municipios todos los años. Por ejemplo, en 2020 grandes capitales como Madrid o Barcelona no registraron cambios en el catastro. No obstante, en Valencia se acordó una subida del 3% y en Sevilla del 2%, debido a que la variación dependió del año en el que actualizaron el catastro por última vez.

En los Presupuestos Generales del Estado de 2022 se contempla la actualización de los valores catastrales de hasta 825 000 inmuebles

¿Qué riesgos implica escriturar por el valor mínimo y no por el valor real de venta?

La escritura es un documento donde figuran los datos del propietario del bien inmueble en el cual aparecen los derechos y obligaciones que adquiere o hereda un inmueble. Para cubrirla es necesario establecer un valor mínimo, que puede variar dependiendo de los criterios estatales de las diferentes Comunidades y Ayuntamientos. Algunos de los costes que deben incluirse en la escrituración son:

  • Impuestos asociados a la compraventa

Este  coste variará según la Comunidad Autónoma en la que se lleve a cabo, por lo general, cuesta entre el 6 por ciento y el 12 por ciento del valor de la propiedad inmueble. 

  • Costes del Notario y gastos registrales

Estos tienen relación con los gastos asociados a la oficina notarial que hayamos elegido

Los coeficientes para aplicar a una escritura de compra venta también tendrán que ver con el año de la compraventa, así como del valor catastral que figura en el Impuesto de Bienes Inmuebles o IBI.

La importancia de poner información fehaciente en la escritura

Engañar con estos datos es muy peligroso, ya que se corre riesgo de que Hacienda imponga una sanción al dueño de una propiedad cuya escritura tenga un valor distinto al que debería tener. 

Estos valores mínimos son para evitar el fraude y los engaños con las ventas de las propiedades. Si se escritura a un valor distinto de lo que en realidad cuesta la vivienda el propietario deberá pagar una cantidad diferente de impuestos. Es por este motivo que las oficinas públicas se encargan de analizar el valor de las escrituras, de este modo se aseguran la valía real de las propiedades.

No resulta extraño que un inversor compre una propiedad con la escritura por debajo de su precio estipulado y después de pagar todos los impuestos Hacienda le solicite un pago de sus obligaciones fiscales.

¿Por qué escriturar por el valor de venta?

Es fundamental consultar las tablas de coeficientes para abonar lo que determina la entidad que regula el coeficiente multiplicador encargado de determinar el valor de la escritura. Esto puede parecer difícil, sine embargo no lo es para profesionales como inmobiliarias que se dedican constantemente a comprar y vender, tramitando a diario con clientes este tipo de documentos. En caso de duda, es aconsejable consultar a un experto y no poner un valor de escritura que no sea acorde con el que resultaría del cálculo del coeficiente multiplicador.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho conocer cuál es tu opinión sobre el valor mínimo para escriturar una propiedad. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Comprar una casa exige la firma de diversos documentos cuyo objetivo es garantizar la correcta transmisión legal del bien. Como esta operación se realiza en distintas instancias y tiene características propias según el tipo de vivienda (si es nueva o de segunda mano), también los tiempos y documentos pueden variar algo. En ese marco, hacer un contrato de compraventa es una opción para dejar asentado que las partes acuerdan la transmisión de una casa.

En la nota de hoy te proponemos revisar la importancia de este documento específico, su función dentro de la operación global de compraventa y el modo de confeccionarlo de forma correcta.

Ventajas y limitaciones de hacer un contrato de compraventa

Para comprar una casa no es obligatorio hacer antes un contrato de compraventa. Sin embargo es muy recomendable realizarlo dado que otorga ventajas significativas para la tranquilidad de las partes firmantes. La primera de ellas es que en este documento habitualmente se explicitan los derechos y obligaciones que afectan a los compradores y los vendedores. De esta manera, se garantiza un orden en cuanto a los pasos que deben cumplir uno y otro para que toda la operación sea exitosa. Además, siempre que las cláusulas que contenga no sean ilegales, las partes estarán obligadas a cumplirlas. Caso contrario cualquiera de ellas tendrá derecho de rescindir el contrato, en tanto exista una cláusula que lo permita.

Por otra parte, es importante recordar que éste es un documento de carácter privado, por lo que solamente representa un acuerdo de condiciones de compraventa pero en ese mismo ámbito. Esto significa que dicha rúbrica es legal y suficiente para las partes firmantes pero insuficiente para realizar determinados trámites públicos. Específicamente, no podrá usarse el contrato de compraventa para solicitar una hipoteca al banco ni para inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad. Para esto último, en efecto, se requiere contar con la escritura pública definitiva firmada ante un notario. Esta última limitación no desmerece las ventajas de firmar un documento donde, básicamente, se dejan claras todas las condiciones de una compra que en general es onerosa y lleva bastante tiempo.

Aún tratándose de un trámite tan relevante que otorga orden y tranquilidad a los firmantes, suelen surgir algunas dudas al respecto. Repasemos entonces qué información debe ser incluida en este tipo de contratos y qué hay que conocer para confeccionarlos.

Lo que debes saber antes de hacer un contrato de compraventa

  • La existencia del contrato de arras

Un contrato de arras es un adelanto económico otorgado por los compradores a los vendedores y que funciona como una seña de reserva respecto de la propiedad implicada en la compraventa. En este tipo de contratos se explicitan los datos necesarios para la compraventa del inmueble, las condiciones de la transacción y la fecha límite para la entrega de la escritura. Es una forma de asegurar la inversión ya que previene un posible arrepentimiento de las partes antes de hacer la escritura pública ante notario. Frecuentemente se firma antes de formalizar el contrato de compraventa y por ende debe figurar como abonado en este último.

  • Deudas del inmueble

Otro aspecto esencial antes de firmar un contrato de compraventa es conocer si el inmueble está libre de deudas y cargas. Esto implica averiguar si está hipotecado o embargado, o en proceso de subasta judicial, entre otras situaciones posibles.

Las deudas pendientes también pueden incluir aquellas vinculadas a los suministros de la vivienda, que deben estar saldadas hasta la fecha de la firma. De no ser así, los compradores “heredan” la gestión de lo que debe hacerse con esos servicios impagos. Para evitar esto, lo mejor es realizar la consulta sobre su existencia a través de una nota simple en el Registro de la Propiedad. Allí el organismo detallará toda la información acerca del inmueble: descripción, titularidad y cargas, principalmente.

El detalle de la propiedad y la titularidad

  • Las características del inmueble

Una vez reservada la compra por el contrato de arras y aseguradas las condiciones en que se recibe la propiedad (deudas), es importante enfocarse en los datos de la propiedad y su titularidad. Aunque parezca una obviedad, vale aclarar que en la confección de un contrato de compraventa debe figurar el detalle de la vivienda, básicamente en cuanto a su ubicación, superficie (datos catastrales) y las características del inmueble.

  • Los datos de las partes firmantes

De manera similar, es indispensable conocer certeramente a quién o quiénes pertenecen la propiedad. En el documento esto se detalla con nombre completo de las partes firmantes, su DNI y su dirección habitual.

Si se trata de un bien ganancial o un inmueble heredado, deberán firmar todos los propietarios o herederos. En este último caso deberá tenerse en cuenta que deben contar con el Impuesto de Sucesiones abonado.

Si la venta es a través de una firma promotora, la rúbrica en el contrato de compraventa la pondrá su representante legal.

Posibles Gastos del inmueble

  • Gastos comunes de la vivienda

Un dato que suele escaparse a las averiguaciones previas necesarias antes de hacer un contrato de compraventa tiene que ver con los gastos comunes del inmueble. En este sentido y para evitar sorpresas, se sugiere contatar cuáles son los gastos de la comunidad de propietarios, que también deberán estar abonados.

  • Gastos de la transacción

El otro tipo de gastos que atañen a la transmisión de una vivienda en esta instancia son los gastos e impuestos derivados de su compra. Los mismos variarán en función de si compramos una de segunda mano o una de obra nueva, y de la comunidad autónoma en la que se encuentre. Por ello es importante dejar asentado en el contrato quién se encargará de abonar los gastos de la compraventa, especificando modalidades de pago y tiempos.

Fecha de entrega del inmueble y vigencia del contrato

Finalmente es importante remarcar que al hacer un contrato de compraventa se debe establecer un periodo de vigencia, que habitualmente es superior a los dos meses. Esto se especifica en función de facilitar la formalización de la hipoteca y el resto de gestiones, así como dejar constancia de cuándo el vendedor debe abandonar el inmueble.

Si te han interesado estos temas puedes seguir leyendo más notas relacionadas en la sección de noticias de nuestro blog. No olvides suscribirte al canal de Oi Real Estate y conocer todas las novedades del mercado inmobiliario.

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Alcanzar la vivienda propia es uno de los objetivos más anhelados por cualquier familia. Y escriturarla no es un tema menor. Desde OI REAL ESTATE te contaremos qué información debe consignarse en ese documento y cómo debe ser la escritura notarial para que nadie pueda empañar tu momento de gloria.

Para realizar la compraventa de una vivienda, que luego servirá como inversión o futuro hogar, es importante que todos los documentos estén en regla, y así evitar futuros inconvenientes. De corroborar esta información se encarga el notario, quien garantizará que toda la operación se encuentra bajo reglamento. Claro que hay algunas cuestiones que conviene saber de antemano.

¿Qué información debe constar en una escritura notarial?

  • Es imprescindible que el profesional dé fe de que tanto el comprador como el vendedor son aptos para realizar esta transacción. Para ello, lo primero que hará el notario es asegurarse de que el titular del bien sea quien está realizando la venta.
  • La escritura notarial debe contar con información del inmueble. Se detallará la superficie que cubre y los límites de la propiedad. Recabará información acerca de los gastos que le corresponden de comunidad, y si se encuentra inscripta en el registro. También revisará la referencia y certificación catastral, para constatar que no se adeuden gastos o impuestos. Si se constata que se encuentran deudas, serán incorporadas al certificado. Lo mismo ocurre con el impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  • En caso de que el vendedor haya solicitado una hipoteca o tenga un embargo sobre el bien, el notario dará cuenta de ello para que, antes de realizar la transacción, pueda ser cancelada o subrogada. También deberá corroborar el título del vendedor y el ahorro de energía de la casa con el certificado que corresponde, el cual quedará a nombre del nuevo titular.
  • En la escritura notarial de venta, se declarará el precio que se ha convenido así como la forma de pago que se utilizará. Debe aclararse si la transacción fue realizada por medio de transferencia, cheque o efectivo. En caso de que ambas partes convengan el aplazamiento del pago, es importante dejar asentados los plazos en los que se abonarán los mismos para evitar inconvenientes a futuro.
  • El notario también debe advertir a las partes sobre la obligación que tendrán respecto  del fisco y los impuestos que deberán costear.
  • Por último, debe dejar asentado en la escritura si alguno de los participantes en la compra venta cuenta con alguna ventaja fiscal, por su edad o sus ingresos, para que esta situación sea reconocida por Hacienda.

¿Cuáles son las obligaciones de un notario?

  • Debe constatar, como hemos dicho antes que todos los que participen en la transacción sean quienes dicen ser. Esto significa corroborar la identidad de cada uno.
  • También debe dar fé  de que se encuentran capacitados legalmente para realizar la compraventa, especialmente si alguna de las partes ha elegido un representante.
  • Se cerciorará además de que todos los participantes estén dando un consentimiento real y libre a la hora de realizar la compraventa, sin ningún tipo de presión u obligación para ello que pueda invalidarla.
  • Es importante que pueda otorgar a la transacción el marco de legalidad necesaria. Ejercerá un juicio de legalidad, con ello se califica la escritura dentro de todos los requisitos estipula la Ley.
  • Debe redactar y conformar el documento.
  • Debe leerles el documento a las partes antes de que se firme. De esta forma se informa fehacientemente a las partes sobre todo lo que expresa en el documento, y se asegura de que entiendan todas las consecuencias jurídicas que dicho acuerdo implican. Debe también aconsejarlos y explicarles los medios jurídicos que tienen en sus manos para el logro de las metas que buscan alcanzar. El notario debe asistir principalmente a quien se encuentra en la posición más débil, buscando cumplir una función equilibradora.

Qué es una escritura notarial

Son instrumentos públicos en los cuales el notario debe comprobar hechos, situaciones o cosas que hayan ocurrido en su presencia. Por medio de ellos, se le confiere al documento carácter de auténtico y dotado de toda legalidad, dejando asentada la compraventa de una propiedad.

El Notario realizará las actas en las que se consignará la venta, firmando las partes involucradas y deberá signar y rubricar las mismas.  Si alguno no pudiera o supiera firmar, el notario dejara constancia de este hecho.  Si un profesional notarial interviene en este tipo de documentos, no hará falta la participación adicional de un testigo. Solo será necesario que pueda dar fe del interés legítimo de las partes en la transacción.

¿Cuáles son los efectos de los documentos Notariales?

  • Este tipo de documentos son Instrumentos que poseen fe pública, por lo que son reconocidos como elementos de prueba
  • Se considera que su contenido es verídico e íntegro, ya que son confeccionados según las leyes regulatorias del territorio nacional.
  • Solo podrán ser dejados sin efecto por medio de jueces o tribunales.
  • Constituye un título ejecutivo

Algunas clases de documentos notariales:

  • Escrituras públicas: son aquellas en las que se declara la voluntad de los participantes en aquellos actos en que debe existir el consentimiento de las partes y en cualquier tipo de contrato
  • Actas de presencia: En ellas se deja constancia de la veracidad del hecho que se labra en el acta
  • Remisión de documento por correo: se deja constancia del envío de documentos, debiendo el notario tener que comprobar el documento que se envía, teniendo que dejar  en la carta constancia de participación del profesional.
  • Actas de notificación y requerimiento: informan a la persona que recibe la misma, una decisión o información. El requerimiento será para intimar a quien la recibe a adoptar una actitud determinada.
  • Acta de exhibición de documentos o cosas: En ellas se utilizarán fotografías, fotocopias, certificación o planos que puedan ayudar en la descripción por ejemplo de un objeto en particular
  • Actas de referencia: Escribirá de la manera más fidedigna posible las declaraciones que fueron solicitadas, y debe informar al declarante que esa documentación tendrá un valor jurídico en caso de ser necesario.

Esperamos que este post sobre escrituras notariales te haya resultado interesante. Puedes dejarnos un comentario o sugerencia en la casilla debajo del post. Te dejamos a continuación otro artículo que puede llegar a ser de tu interés:

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Desde Oi Real Estate queremos contarte si es posible que la entidad bancaria imponga al notario en un proceso de compraventa de vivienda. Continúa leyendo el artículo para enterarte.

En el año 2021 fueron transmitidas en España más de medio millón de viviendas. En una gran cantidad de estas transmisiones el comprador requirió financiación bancaria. Tanto en forma de préstamo personal o bien por medio de la opción más habitual, es decir, un préstamo hipotecario. Si te estas preguntando si la entidad bancaria Impuso el notario en esas operaciones, la realidad es que no.

La figura del notario

En primer lugar, resulta necesario dejar en claro de qué se encarga la figura del notario. Cuando hablamos de notario nos referimos un funcionario público del Estado. Su función es proporcionar a los ciudadanos la seguridad jurídica que promete la Constitución en su artículo 9º en el ámbito del tráfico jurídico extrajudicial. Se trata de un profesional del Derecho que ejerce en régimen de competencia. Puedes elegir al notario que prefieras y éste debe asesorarte imparcialmente y prestarte el servicio notarial que le solicites.

Con una importante preparación, el notario es un profesional cercano e imparcial que te brindará ayuda y asesoramiento. Además, debe garantizarte que tu contrato o negocio, se encuentren ajustados a la legalidad. El notario representa la garantía de legitimidad y seguridad para los particulares y también, para el Estado.

Libre elección del notario

La libre elección de notario se encuentra recogida en el artículo 126 del Reglamento Notarial. De dicho artículo, podemos resaltar que en su segundo párrafo afirma que “[…] en los supuestos de contratación bancaria el derecho de elección corresponderá al adquirente o cliente de aquellas […]”

Luego de la publicación de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (en adelante LCCI) se regula por Ley el principio de libre elección de notario en todas las operaciones que se encuentren incluidas en su ámbito de aplicación. Dicho principio, es considerado como un derecho del prestatario persona física que tenga la consideración de consumidor. Entendiendo por tal la persona física que actúe con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.

El artículo 15 de la LCCI en su apartado primero afirma que el prestatario deberá comparecer ante el notario elegido por él a efectos de obtener el asesoramiento previsto en la Ley de manera presencial.

¿Cómo debe actuar la entidad bancaria?

Todo esto quiere decir que, la entidad bancaria no tendrá la posibilidad de imponer el notario en el proceso de compra de una vivienda que lleva incluida la financiación bancaria. Por otro lado, entre las obligaciones que le exige al banco la LCCI, se encuentra también la de informar al prestatario sobre su derecho a elegir el notario que le preste dicho asesoramiento de manera totalmente libre y entregar además, con el resto de la documentación prevenida en la Ley, un documento que recoja dicha advertencia.

Luego, el notario tendrá que asegurarse de que el prestatario fue debidamente informado sobre su derecho a la libre elección por parte de la entidad financiera. Para todo ello el notario deberá reunirse a solas con la persona que tenga interés en contratar el préstamo hipotecario. Dicho encuentro, deberá llevarse a cabo dentro de los diez días previos a la autorización y firma del contrato hipotecario.

¿Qué ocurre con los gastos de notaría?

Es probable que, el prestatario piense que si la elección de notario corre por su cuenta lo mismo sucedería con los gastos de notaría. La realidad es que, si bien la LCCI impone los gastos de otorgamiento de la escritura pública del préstamo hipotecario al prestamista y las copias a la parte que las solicite, agregando en la Disposición Adicional 8ª la obligación del notario de remitir telemáticamente al prestatario, sin coste, la copia simple de la escritura. Esto quiere decir que, no tendría que pagar ningún tipo de gasto en la notaría vinculado con la escritura de hipoteca. Ten en cuenta que, esto exceptúa cualquier otra copia que solicitase diferente a esa copia simple electrónica.

En lo que refiere a los gastos por el otorgamiento de la escritura de compraventa de la vivienda, al comprador que luego contrata un préstamo hipotecario, deberá ocuparse de pagar una u otra cantidad. Esto variará dependiendo de cuál sea acuerdo al que han llegado con la parte vendedora.

Acordar que el vendedor afronte los gastos

También, puede existir la situación de haber acordado con el vendedor del inmueble en cuestión que fuese él quien se hiciese cargo de los gastos de otorgamiento de la escritura de compraventa de vivienda. Por ende, debería elegir, al tratarse de su derecho, un notario diferente al que el comprador hubiese designado para el asesoramiento y otorgamiento de la escritura del préstamo hipotecario.

No se trata de una situación muy común. Sin embargo, recurriendo al otorgamiento de un poder o bien, un mandato verbal que prácticamente se ratificaría de inmediato, sería posible otorgarse en el mismo día y con un corto margen de tiempo. Todo esto, gracias al envío telemático por medio de la plataforma notarial SIGNO. La escritura de compraventa de vivienda en una notaría que haya sido seleccionada por el vendedor que asume sus gastos y la del préstamo hipotecario en otra notaría elegida libremente por el comprador, sin que ni el vendedor ni la entidad bancaria pudiese imponer el notario en esta escritura de hipoteca.

Luego de leer este artículo, nos interesa mucho saber qué opinas sobre la libre elección de notario en el proceso de compraventa de vivienda. Si te interesa compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso ¡Te esperamos!

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Son muchas las cuestiones a las que hay que prestar atención antes y después de comprar una nueva vivienda. Una de ellas es la titularidad de los servicios de luz, gas y agua, que es importante actualizar para que no siga siendo adjudicada al dueño anterior. ¿Cómo se deben realizar estos trámites en cada caso? ¿Son gratuitos o implican algún tipo de coste? ¿Quién debe afrontar los gastos por el cambio de titularidad de los suministros? ¿El vendedor o el comprador? En este artículo te lo contamos.

La importancia de realizar el cambio de titularidad de los suministros al adquirir una vivienda radica en que al transferirla, se deja sin responsabilidad al anterior propietario. De esta manera, se evitan posibles conflictos legales. Por otro lado, también nos aseguramos de que no se nos adjudiquen deudas del antiguo dueño. Ahora bien, ya sabemos que se trata de un trámite que beneficia a ambas partes pero, ¿cuál de los dos debe afrontar estos costes? ¿El vendedor o el comprador? A continuación te lo contamos. ¡Sigue leyendo para enterarte!

¿Cómo realizar el cambio de titularidad de los suministros tras una compraventa?

Existen diferentes vías para llevar a cabo el trámite de cambio de titularidad de un suministro. El mismo puede realizarse de manera presencial o telemática. Debido a su practicidad y al avance del COVID-19, esta última opción es la más aconsejable y también la más elegida. 

Antes de comenzar es importante pensar en ciertas cuestiones y tomar algunas decisiones. Por ejemplo, es posible que queramos cambiar de compañía proveedora de uno o más suministros. En ese caso, debemos evaluar cuál o cuáles serán. También es recomendable que conozcamos el nivel de eficiencia energética de la vivienda y la potencia en watios con la que cuenta. De esta manera, será más fácil adaptar las condiciones del inmueble a nuestras necesidades, en el caso de los suministros de gas y agua.

A continuación veremos cómo proceder para cambiar la titularidad de cada uno de los servicios y qué costes hay que afrontar en cada caso.

¿Cómo realizar el cambio de titularidad del suministro de luz?

Como mencionamos previamente, al cambiar la titularidad del suministro de luz es posible solicitar modificaciones en nuestro plan y en nuestra tarifa. Antes de iniciar el trámite, es importante realizar una estimación del consumo energético de la vivienda adquirida. El mismo debe calcularse en función de los aparatos eléctricos de los que dispongamos, que pueden variar considerablemente de los que utilizaba el dueño anterior.

Luego, para finalmente cambiar la titularidad, será necesario comunicarse de forma online o telefónica o presentarse en una oficina de la comercializadora. Habrá que aportar los siguientes datos: nombres y números de DNI del anterior y el nuevo titular, nivel de potencia contratada, dirección exacta de la vivienda, número de cuenta bancaria (en caso de querer domiciliar los recibos), número de contrato y Código Unificado del Punto de Suministro (CUPS).

¿Qué precio tiene?

El cambio de titularidad del suministro de luz es un trámite completamente gratuito. Sin embargo, existen otras gestiones asociadas que pueden realizarse en el mismo momento y que sí poseen costes adicionales. Por ejemplo:

  • Actualización del Boletín Eléctrico: suele costar entre 100 y 150 euros y debe realizarse cada veinte años. Para conocer la antigüedad del documento en la vivienda adquirida se puede consultar a la misma distribuidora.
  • Modificación del nivel de potencia eléctrica: antes de realizar un cambio de estas características es recomendable calcular la cantidad de energía que vamos a necesitar. Aumentarla cuesta alrededor de 60 euros por kilovatio (kW) y reducirla, alrededor de 21 euros.
  • Modificación de tarifa: se trata de un trámite gratuito a menos que exista algún tipo de permanencia con la distribuidora o que se haga un cambio a una tarifa DHA (con discriminación horaria).
  • Cambio de compañía eléctrica: también es un trámite sin cargo siempre que no exista algún tipo de permanencia con la empresa. De existir esta, será necesario abonar una penalización.

gastos cambio titularidad suministros

¿Cómo realizar el cambio de titularidad del suministro de gas?

En el caso del suministro de gas, es conveniente tomar algunas precauciones extra antes de iniciar el trámite de cambio de titularidad. En primer lugar, debemos asegurarnos de que la instalación se encuentra en buenas condiciones para prevenir posibles accidentes. Luego, es importante verificar que no quedan facturas pendientes de pago, ya que, si las hay, una vez asumida la titularidad la compañía nos hará responsable de esa deuda.

Una vez completados los pasos anteriores, habrá que contactarse de manera online o telefónica, o bien, asistir a una oficina de la compañía para cambiar la titularidad del servicio. Los datos que deberemos aportar son los siguientes: nombres y números de DNI del anterior y el nuevo titular, tarifa de acceso al gas, Código Unificado del Punto de Suministro (CUPS) y número de cuenta bancaria (en caso de querer domiciliar el pago.

¿Qué precio tiene?

Ninguno de los trámites relacionados con el suministro de gas conlleva un coste para el nuevo o el anterior titular, es completamente gratuito.

¿Cómo realizar el cambio de titularidad del suministro de agua?

Al igual que en el caso anterior, antes de iniciar el trámite de cambio de titularidad es necesario revisar en qué condiciones se encuentra la instalación, ya que puede requerir de mejoras o el contador puede no estar funcionando correctamente. 

Una vez realizadas estas verificaciones, el siguiente paso es el mismo que en los trámites descritos anteriormente: contactarse o asistir presencialmente a una oficina de la compañía. Sin embargo, en este caso, además de aportar datos como los nombres y números de DNI del nuevo y el antiguo titular, la dirección de la vivienda, el CUPS, el número de tarifa y el número de cuenta bancaria, también será necesario entregar un impreso donde figuren: la lectura del contador, las escrituras del inmueble y una fotocopia del NIF o el NIE de todos los firmantes.

¿Qué precio tiene?

En este caso, el coste del trámite de cambio de titularidad varía en función de cada ciudad. En la mayoría de ellas se debe abonar una fianza de entre 50 y 100 euros para cubrir futuros impagos, que será devuelta al finalizar el contrato.

El monto a pagar también dependerá del tamaño del equipo de medición, es decir, será mayor mientras más grande sea el contador.

¿Quién debe pagar los gastos de cambio de titularidad de los suministros? ¿El vendedor o el comprador?

En la mayoría de los casos es el comprador y nuevo titular de una vivienda quien se hace cargo de los gastos asociados al cambio de titularidad de los suministros de luz, gas y agua. No obstante, es posible llegar a un acuerdo de otro tipo con el vendedor, ya que se trata de un trámite que interesa a ambas partes y puede evitar futuros conflictos.

Luego de haber leído este post nos interesa muchísimo conocer tu opinión. Si quieres compartirla con nosotros, puedes hacerlo en la sección “Comentarios” de nuestro Blog.

Si te encuentras en una situación que no puedes resolver por tu cuenta, no dudes en acudir a Oi Real Estate. Un equipo de profesionales estará a tu disposición y te ayudará en todo el proceso. ¡Te esperamos!

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El proceso de compra de inmuebles en toda España demanda una serie de estrategias que permitirán llegar al objetivo de manera exitosa y en el menos tiempo posible. Por ello, si has decidido comprar una casa, sea nueva o de segunda mano estas en el post adecuado. Si después de un tiempo buscando logras encuentra tu vivienda ideal, el paso siguiente es conocer detalladamente los métodos de pago en una compraventa.

Desde Oi Real Estate queremos brindarte la información necesaria para que conozcas que formas de pago dispones para la compra de tu futuro hogar. ¡Sigue Leyendo!

¿Cuáles son los principales consejos para encontrar tu vivienda ideal?

Para conocer con detenimiento cuales son los diversos métodos de pago en una compraventa de una vivienda, creemos fundamental detallar los pasos que implica el proceso. No obstante, es necesario recomendarte, desde un comienzo, la importancia de conocer bien que es lo que quieres y que necesitas para encontrar la propiedad que mejor se adapte a tus deseos y a tus recursos. Con este punto resuelto, los pasos a seguir serán:

Buscar y elegir la vivienda

Se trata de uno de los pasos más importantes y que, en muchas ocasiones, no se considera como tal. Dar con la vivienda ideal depende de muchos factores y requiere que conozcamos diversos puntos esenciales en torno a la mismas. Uno de ellos es la decisión de optar o no con la ayuda y asesoramiento legal de una agencia inmobiliaria. Para los casos en los cuales la respuesta se afirmativa, solo se deberán detallar cuales son las preferencias de comprado, cual es el monto económico que se puede invertir, etc.

Para los casos en los cuales la búsqueda y el proceso será por cuenta propia se deberá:

  • Comparar viviendas y elegir una de ella según el presupuesto que se disponga

  • Conocer la situación legal de la posible vivienda a adquirir

  • Visitar y examinar el inmueble

  • Reunir los requisitos necesarios para llevar adelante la compraventa

  • Liquidar los impuestos correspondientes

Firma del contrato de arras y compraventa

Uno de los primeros pasos a realizar una vez elegida la vivienda que deseas comprar, es la redacción del contrato de arras. Este tipo de documento tiene la función de reserva para que el vendedor garantice la venta. Además, por medio de este tipo de contrato el comprador entrega una cantidad de dinero consensuada con el propietario de la vivienda hasta tener a disposición la totalidad del precio de venta.

Este tipo de contrato es un preacuerdo que funciona como una garantía hasta llegar el momento de llevar adelante la firma del contrato de compraventa. Por su parte, este ultimo se llevar acabo una vez tenido todo el dinero para adquirir el inmueble.

Por tanto, una vez que hayas logrado juntar el monto total del costo de la vivienda (con todos los gastos e impuesto que eso implica), es hora de que realices el pago. Como hemos mencionado en un principio, existen diferentes métodos. A continuación, te describimos cada uno de ellos.

metodos de pago de una compraventa

¿Cuáles son los métodos de pago en una compraventa?

En términos generales, el crédito hipotecario es considerado la manera más habitual de financiar la comprar de una vivienda. A lo largo del año 2021, el Instituto Nacional de Estadísticas registró un total de 565,523 inscripciones de compraventa. Sobre ese total, un gran porcentaje de compradores eligieron la hipoteca para lograr la adquisición.

El bajo interés en créditos en esta época continúa favoreciendo esta tendencia. Sin embargo, no siempre se es posible el acceso a uno por las diversas condiciones que solicitan los bancos. Si este es tu caso, no te preocupes, existen otros tipos de financiación para llevar adelante la compraventa de tu vivienda.

Una de las obligaciones que debe llevar a cabo el notario al momento de firmar la escritura pública es solicitar cuáles serán los métodos de pago en la compraventa. Esto se encuentra estipulado en la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales, sancionada en el años 2010.

Además de especificar cada forma de pago, es importante en la firma de la escritura incorporar las justificaciones pertinentes de cada uno de ellos que se hagan del comprador al vendedor, incluido si hay varios vendedores en la operación.

Formas de pago más habituales

Transferencia bancaria

Esta forma de pago es la operación convencional de trasferencia de dinero de una cuenta a otra para comprar la vivienda. Si esta es tu situación, significa que dispones del monto total para realizar la compraventa. Te recomendamos leer la siguiente nota referida a la compra de contado de una propiedad.

Domiciliación bancaria

Es una orden de carácter permanente para que una entidad bancaria realice el pago de un monto de dinero en periodos regulares. En la compra de una vivienda, el comprador solicita a su banco que deposite en la cuenta del vendedor, de manera periódica, el total pactado en la firma. Esta opción resulta ser de las más cómodas para ambas partes.

Cheque nominativo bancario

Este tipo de cheque es aquel en el cual consta de manera detallada quien será el cobrador del mismo. En las operaciones de compraventa suele ser el método más común y el más aconsejable.

Al momento de llevar a cabo la escritura pública se realiza la entrega de este tipo de cheque. Posteriormente, la única persona que puede cobrarlo, como mencionamos, es la personas física o jurídica que figura en él. Si el vendedor necesita que otra persona pueda cobrar el dinero el cheque debe ser nominativo a la orden.

¿Cuáles son los métodos de pago menos recomendados?

En apartados anteriores, te hemos mencionado las mejores opciones y métodos de pagos para la compraventa de una vivienda. No obstante, no son los únicos. Existen otras posibilidades que son posibles pero no son las más recomendables.

  • Cheque cruzado: es una forma de pago no tan habitual en la actualidad. Se considera al cheque como cruzado porque requiere que el emisor trace dos rayas paralelas que cruzan el cheque de manera vertical. Por tanto, este tipo de cheques no pueden ser cobrados en efectivo, por lo que debe ser depositado en una cuenta bancaria. Si se determina una entidad bancaria, el cheque solo puede ser cobrado en dicha institución. En estas ocasiones, se denomina cheque cruzado especial. Es un método para identificar a la persona que lo cobrara.

  • Cheque al portador: este tipo de cheque no es de gran recomendación porque se desconoce el nombre y el apellido de la persona a la que va dirigido. Esto implica que puede ser cobrado por cualquier individuo que lo tenga en posesión. Es decir, quien recibe el cheque puede presentarlo al banco y cobrarlo, como así también entregárselo a otra persona, sin necesidad de endosarlo. A través de este medio de pago el vendedor está capacitado para retirar la cantidad de dinero de la cuenta de quién se lo entregó, el comprador.

  • Órdenes de Movimientos de Fondos: se trata de transferencias bancarias más rápidas que las ordinarias, por lo general utilizadas en casos de urgencia. En este sentido, el comprador deposita en la cuenta del vendedor el monto de la firma el mismo día de la operación. Por el carácter inmediato de la transición, este tipo de gestiones tienen comisiones más elevadas que una trasferencia normal.

¿Qué otras métodos de pago existen en la compraventa?

Además de todas las maneras recomendable y no que hemos enumerado anteriormente, existen otras formas de pago que pueden resultar alternativas cuando no se cuenta con la seguridad de tener el dinero en un determinado periodo. Algunas de ellas son de larga tradición, como ser el alquiler con opción de compra, y otros tienen un origen y utilidad algo más recientes, como ser las criptomonedas.

Alquiler con opción de compra

Este es un método de pago en la compraventa al cual puede recurrirse como alternativa a una hipoteca. Si no te encuentras en la posibilidad de adquirir un crédito bancario, una opción es alquilar el inmueble hasta ahorrar el dinero suficiente para comprarlo. En estas circunstancias se realiza la firma del contrato de alquiler con posibilidad de compra.

El mecanismo de esta forma de pago es el siguiente: quien alquila el inmueble abona una cantidad terminada de dinero por el arrendamiento mensual, como en cualquier caso de alquiler habitual. La diferencia en este tipo de acuerdo recae en que, pasado un tiempo, según lo acordado en la firma entre las partes, el inquilino tiene derecho a comprar la vivienda.

Este método de pago permite que la persona que se encuentra alquilando la vivienda, pueda ir ahorrado el monto total que representa la compra de la misma. En este sentido, cada mensualidad es descontada del precio fijado en el contrato.

Pago aplazado

Se trata de forma de pago en la cual el comprador de la vivienda puede recurrir al vendedor como financiador de la operación. Este método resulta una excelente alternativa ya que ambas partes pueden salir beneficiadas.

El pago aplazado es posible a través de una condición resolutoria. Esto significa la firma de un contrato privado entre las partes donde se acuerda la forma de pago. Sin embargo, la compraventa solo se formalizará una vez que el comprador de la vivienda cumpla con los requisitos pactados.

Sin el contrato privado no se cumple, la vivienda volverá a manos del anterior propietario devolviendo lo abonado hasta ese momento por el comprador, menos aquel monto descontado a modo de penalización.

Criptomonedas

Por último, un método de pago novedoso es el que se realiza a través de Criptomonedas.

Se trata de un activo de carácter digital. Para garantizar su titularidad y así asegurar la confidencialidad e integridad de las transacciones se emplea un cifrado criptográfico. A su vez, este sistema es utilizado para poder evitar que otra persona pueda acceder a la información personal de una cuenta y copiarla. Es decir, el sistema criptográfico controla la creación de unidades adicionales.

Este tipo de procedimientos son de real y vital importancia ya que se trata de monedas que no existen de manera física, solo se almacenan en una cartera digital.

Respecto al valor de las criptomonedas, el mismo fluctúa en relación a la oferta, la demanda y el tipo de compromiso que asumen los usuarios. El valor de las monedas se origina debido a la ausencia de los mecanismos eficaces que no permiten su manipulación, como sucede en los mercados tradicionales.

¿Cómo funcionan las criptomonedas?

Este tipo de monedas tienes una serie de características que la diferencian de manera concreta con el sistema tradicional. En este sentido, no existe una regulación ni un control oficial por parte de una institución. A su vez, se trata de un sistema que no requiere de ningún tipo de intermediarios para que las transacciones sean realizadas.

Para que el intercambio de dinero se utiliza una base de datos descentralizada para poder controlarlo. A dicha base se la reconoce como blockchain o registro contable. Esto es porque las criptomonedas no tienen ningún tipo de respaldo por parte de un banco central o algún tipo de autoridad política. Así como tampoco se encuentran aseguradas por mecanismos de protección para el cliente provenientes de entidades como el Fondo de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de Inversores.

Otra de las grandes diferencias con los sistemas de pago tradicionales, y una de las más importantes, está en la parte operativa de este tipo de moneda. Nos referimos es que en este sistema una vez realizada la transacción con criptomonedas es imposible su devolución. Por lo tanto, al transferir por una compra o por la venta de un activo de manera digital no se podrá cancelar la operación.  Esto se debe a que el blockchain y su funcionamiento no permiten el borrado de datos. La única manera de revertir una transacción es realizando la operación contraria.

¿Cuáles son los tipos de criptomonedas?

Luego de la llegada de la pandemia, todo lo vinculado al mundo virtual adquirido un valor que ha logrado atraer la atención de grandes inversores, alejándolos de los mercados clásicos.

Al tratarse de un mercado diverso, cualquier conocedor del sistema de blockchain puede registrar su criptodivisa. No obstante, conocer como hacerlo no significa que se encuentre asegurado el éxito de la misma.

En la actualidad, las monedas virtuales o las criptomonedas pueden ser reducidas a 15 tipos, aunque se calcula de que pueden existir más de 10.000 monedas digitales creadas. Las que forman parte de la lista corta son las que tienen suficientes operaciones como para lograr gran liquidez, uso y popularidad. Las mismas son:

  1. Bitcoin (BTC)
  2. Ethereum, Ether (ETH) …
  3. Dogecoin (DOGE) …
  4. Binance Coin (BNB) …
  5. Ripple (XRP) …
  6. NEO. …
  7. Cardano (ADA) …
  8. Litecoin (LTC)
  9. BitBay
  10. Polkadot (DOT)
  11. IOTA (MIOTA)
  12. Stellar (XLM)
  13. Chainlink (LINK)
  14. Monero (XMR)
  15. Tether (USDT)

Hasta aquí te hemos contado cada uno de los métodos de pago en la compraventa. Si te has quedado con alguna duda, te invitamos a que nos dejes tu comentario al finalizar el artículo. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

Si te encuentras en algún tipo de situación que requiera asesoramiento legal y profesional puedes ponerte en contacto con nosotros. Nuestros asesores te brindarán la mejor información, con la mayor confidencialidad y la venta de tu inmueble de manera exitosa.
Si por el contrario estas pensando en comprar un vivienda a través de hipoteca, te recomendamos leer la siguiente nota.

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Desde Oi Real Estate sabemos que comprar o vender una propiedad es uno de los pasos más importantes en la vida de cualquier persona. Y también que demanda, además de una gran inversión y tiempo, un proceso que muchas veces puede resultar algo complejo. Por tanto, queremos brindarte la información precisa sobre uno de sus pasos. En esta oportunidad, te detallamos los puntos claves que debes considerar para llevar adelante la firma del contrato de compraventa de una vivienda.

Por lo tanto, si estás pensando en la compra de tu casa propia o en la venta de un inmueble, te encuentras en el post indicado.

¿Qué es el contrato de compraventa de una vivienda?

Se trata del documento que certifica que una persona (vendedora) entrega un inmueble a otra (compradora) a cambio de una cantidad de dinero acordada.  Por lo tanto, el contrato de compraventa de una vivienda tendrá carácter bilateral (acuerdo entre dos partes) y regulador (establece derechos y obligaciones de las partes).  

El Código Civil español establece en el Título IV que por el contrato de compra y venta uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente”.

Asimismo, en los casos en los cuales se entregase el inmueble a cambio de una parte en dinero y otro por otro bien mueble o inmueble estaríamos en presencia de un contrato por la intención manifiesta de los contratantes. Y, en aquellos acuerdos en los cuales el valor de bien mueble o inmueble excede al del dinero se tratará de una permuta.

Para llevar adelante la firma de un contrato de esta índole, es necesario que ambas partes tengan la capacidad real y suficiente para poder cumplir con lo acordado y las propias obligaciones. Un punto importante a considerar es que acuerdo contractual se cumple por voluntad propia de las partes. Por lo tanto, resulta fundamental que se declare de manera concreta el consentimiento de la trasmisión de la propiedad a cambio de un precio determinado.

Contrato de Compraventa de vivienda

Pasos para firmar un contrato de compraventa de vivienda

Al momento de llevar adelante la venta de una vivienda, la firma del contrato de compraventa significará la escritura de la sucesión. Es decir, es el comprobante que la operación está siendo exitosa. De esta manera, se evitan futuros incidentes.

En este sentido, luego de conseguir el futuro comprador, se deben realizar una serie de pasos para llevar adelante la firma del contrato de compraventa de una vivienda. Los mismos son los siguientes:

Confirmar cual es la situación jurídica de la vivinda

Luego de la búsqueda de la vivienda que mejor se adapte a tus necesidades y economía y de haber dado con ella, debes corroborar algunos puntos claves para conocer si todo está en regla. Nos referimos a cuestiones como:

  • ¿Quién tiene la titularidad de la vivienda? ¿Cuántos propietarios tiene?

  • ¿Cuál es el estado en el que se encuentra la propiedad?

La manera de poder consultar todo acerca del estado de la propiedad es mediante la solicitud de una nota simple en el Registro de la Propiedad. De manera sintética, es el documento que te brindará la información precisa sobre la vivienda. De esta manera, en el caso de que algo no se ajuste a lo pactado puedas reclamárselo al vendedor de manera inmediata.

En el caso, luego de obtener los datos de la vivienda, todo se encuentra en orden el vendedor y tú pueden llevar adelante la realización del contrato de compraventa.

Corroborar normas de urbanización para fincas o terrenos

Si lo que se está transfiriendo mediante un contrato de compraventa es una finca o un terreno se deberá certificar que el mismo cumple con determinados requisitos de urbanización. Este paso se deberá llevar acabo en el ayuntamiento en el cual se encuentre la parcela a la venta. Es decir, se deberá corroborar si está en suelo urbano o rural, su es posible que se urbanice o no. Así como en el caso de viviendas, en estas situaciones también se deberá descartar que no existen tributos por liquidar.

Además, se recomienda asegurarse de que la superficie de la parcela sea exactamente la misma que figura en el Registro. Es una forma de evitar futuros inconvenientes con los propietarios de terrenos vecinos.

Firma de un precontrato

Una vez confirmado que la vivienda se encuentra en condiciones aptas para ser transferida es posible llevar adelante un precontrato. Sobre todo en los casos en los que se requiere la contratación de un crédito hipotecario.

La función de este tipo de documento recae en asegurar la operación de compraventa y no es obligatorio, pero si de gran utilidad para las agencias y los vendedores particulares para concretar la operación.

Es conocido de manera general como contrato de arras. En él se pacta una seña a cuenta del precio total de la venta. Es decir, el comprador entrega una parte del valor total del inmueble. Si el comprador no cumple con su parte perderá la seña entregada. Por su parte, si el vendedor no cumple con sus obligaciones deberá devolver el monto recibido de manera doble.  

En el precontrato debes prestar mucha atención ya que, en norma general, las partes quedan obligadas a la realización del contrato de compraventa definitivo.  Por tanto, si decides llevar adelante la compra de una casa determinada debes estar completamente seguro de ello. Además, si planeas comprar la vivienda mediante un crédito hipotecario debes asegurarte que cumples con los requisitos necesarios y que la propiedad está habilitada para obtener dicha financiación. Así como el vendedor deberá asegurarse que lo pactado cumple con sus expectativas de venta.

Firma del contrato de compraventa de vivienda

Después de haber pactado con tu vendedor el precio final de la vivienda y, posiblemente, haber entregado una señal mediante un precontrato de arras, llega el momento de la firma del contrato de compraventa.

Como dijimos, en él se deberá detallar, de manera rigurosa, el objeto de la operación, sus características, las cláusulas correspondientes, los derechos y obligaciones de las partes, y la firma de ambas.

Por lo general, se realiza en la oficina de un abogado competente o de la gestoría que lleva adelante la operación, en caso de ser así. Todas las partes que integren el proceso de compraventa deben presentarse con identificación para llevar adelante la firma. Una vez realizado y firmado el contrato, todas las partes se quedan con una versión original del contrato.

Luego, se debe llevar adelante el acto de escritura pública ante un notario para poder inscribir la propiedad en el registro. En caso de viviendas de segunda mano, cambiar la titularidad de la propiedad.

Ya entregada la vivienda deben pagarse los impuestos de la propia compra. Nos referimos al IVA, si se trata de un inmueble nuevo, o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, si a propiedad es usada.

Con las facturas que acrediten la liquidación de cada tributo, junto a las copias simples de la escritura, se procederá a inscribir la compra en el registro. En los casos en los cuales se detecten vicios luego de recibir la vivienda, el comprador podrá reclamarlos cuando se den las siguientes circunstancias:

  • Si es una vivienda usada en un lapso de 6 meses.

  • Si la vivienda es de primera mano en un plazo de entre 1 y 10 años según el problema existente.

¿Qué datos integran al contrato?

Cuando se firma un contrato de compraventa de una vivienda es de suma importancia atender a los diferentes datos que lo integran. Es un punto clave para lograr evitar conflictos legales que puedan llegar a provocar la pérdida de la vivienda.

En este sentido, nos referimos a las cláusulas de la compraventa que integran el contrato. Las mismas funcionas como condiciones estrictas a cumplir que se refieren a diferentes aspectos del acuerdo. Como ser la información personal de las partes, el valor del acuerdo, la fecha de entrega de la vivienda, las cargas de la misma, etc.

A continuación, te detallamos las principales cláusulas que no pueden pasar desapercibidas antes de firmar el contrato de compraventa de tu vivienda.

Información de las partes involucradas

La información personal de las personas que se encuentran involucradas en la operación es central y pueden identificarse varias situaciones.

A modo de datos personales de las partes nos referimos a:

  • Nombres y apellidos completos,
  • Número de identificación,
  • Domicilio,
  • Número de contacto

Y en cuanto a los posibles casos que pueden suceder nos referimos a:

  • Si la propiedad es un bien ganancial deben firmar ambos cónyuges.
  • En caso de que la operación este siendo realizada por una agencia inmobiliaria, suele firmar el contrato el representante legal de la misma.
  • Si el propietario del inmueble ha fallecido, los herederos deberán firmar el contrato. En estos casos, deberán tener al pendiente y en regla la documentación que acredite la sucesión y el pago del impuesto correspondiente.

Precio acordado

En esta cláusula se detalla todo lo vinculado a los valores acordados entre las partes. Es decir, el precio negociado final, el monto mensual a abonar, costos extras y los intereses. Estos datos se deben incluir de manera desglosada y clara. En este punto, como comprador tienes que estar completamente de acuerdo con cada uno de los puntos explicitados.

Además, debe incluirse una cláusula ante posibles costos extras que puedan presentarse una vez recibido el inmueble. Es decir, se detallarán las garantías de refacciones o la sustitución de materiales en caso de que surjan problemas ocultos no detectados previo a la firma del contrato.

En la descripción de las formas de pago, el total acordado, debe incluirse, además, si se ha realizado un contrato de arras y el valor entregado por el mismo. Por último, se debe incluir una cláusula en caso de una posible recisión del contrato de compraventa de vivienda.

Especificación del contrato de arras:

Cláusula de recisión:

Descarga un modelo de contrato de compraventa

Luego de completar el siguiente formulario podrás descargarte en forma gratuita un modelo de contrato de compraventa

    Cláusula de multas y penalizaciones

    Se trata de aquellas cláusulas vinculadas con el pago en tiempo y forma en relación a lo acordado. Si bien adelantar el pago de una hipoteca en el caso de dispones con anterioridad a la fecha de pago el dinero es muy práctico, muchas veces las entidades financieras cobran intereses ante estas situaciones. Es decir, ante la modificación del calendario de pagos acordado.

    Por lo tanto, cuando lleves adelante la lectura final del contrato de compraventa te resultará de gran ayuda prestar atención a esta cláusula. En este sentido, debes asegurarte de la existencia o no de intereses o penalizaciones en caso de querer abonar por adelantado.

    Otra recomendación para evitar algún tipo de multas, es revisar el apartado de permisos de edificación. Se trata de identificar si en el contrato figura la posibilidad de sumarle metros de construcción a la vivienda.

    Gastos de la operación y cargas de la vivienda

    Como mencionamos anteriormente, es fundamental reconocer si la propiedad que vamos a adjudicar dispone de cargas. Por lo general, la más reconocida es la carga por hipoteca. En este caso, debes infórmate las posibles soluciones, ya sea solicitando al vendedor que cancele la deuda, subrogando el crédito o cancelando la deuda en el mismo momento en que se realiza la operación de compraventa.

    Como ya te hemos recomendado, puede solicitar a nota simple para conocer dicha información.

    En el contrato aparecerá dicha cláusula de la siguiente manera:

    Por la parte de los gastos, se deben tener en cuenta dos partes. Por un lado, los gastos vinculados a la comunidad de propietarios. En el caso de existir deudas con la comunidad, una vez realizada la operación es el comprador quien deberá asumir el pago de las mismas. Por tanto, es de suma importancia remarcar en el contrato la no existencia de deudas, o que, en caso de existir, serán devengas por el vendedor previo a la fecha de compraventa acordada.

    Y, en segundo lugar, los gastos propios de la compraventa son:

    • Plusvalía Municipal.
    • Escritura pública en la notaría.
    • Inscripción en el Registro de la Propiedad.
    • Gestoría, en el caso de ser necesario.
    • Otros gastos e impuestos

    En estos casos, en el contrato debe estar aclarado de manera concreta y clara que gastos corresponde a cada una de las partes.

    Te recomendamos leer este paso a paso de como comprar una vivienda en España.

    Esperamos te hay sido de gran utilidad esta guía actualizada acerca del contrato de compraventa de una vivienda. Si te has quedado con algún pregunta, duda o inquietud puedes dejarnos tu comentario. Desde Oi Real Estate te responderemos a la brevedad.

    Además, si estas pensando en comprar o vender tu casa podemos acompañarte, sabemos cómo hacerlo. Puedes ponerte en contacto de manera directa y te acompañaremos en todo el proceso.

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    Si debes firmar un contrato de arras en Madrid para comprar una casa, en este artículo de Oi Real Estate te contamos todo lo que debes saber acerca de este acuerdo previo a la firma del contrato de compraventa.  

    ¿Por qué puede requerirse un contrato de arras en Madrid para comprar una casa?

    Madrid es una ciudad cosmopolita, la capital de España y su ciudad más grande y más poblada. Cuenta con una variada oferta en materia educativa, cultural, gastronómica, recreativa y laboral. Además, se encuentra entre las ciudades españolas con mayor turismo interno y externo. Por esto, adquirir una propiedad en Madrid puede ser una gran decisión en términos de inversión inmobiliaria.

    Si estás pensando en comprar una casa en Madrid o estás a punto de formalizar la compra de la misma, contar con información relativa al proceso de compraventa de un inmueble siempre es de gran ayuda. Por diversos motivos puede ocurrir que la firma del contrato de compraventa se demore o que, por alguna razón, optes por retrasar su firma. A su vez, puede suceder que hayas encontrado la casa ideal y quieras asegurarte de que será tuya. En este caso, el contrato de arras puede ser la mejor opción dado que se trata de uno de los acuerdos previos a la firma del contrato de compraventa. Si tú o el vendedor deciden recurrir a él, es importante que conozcas cómo debe estar conformado y las condiciones a que está sujeto ya que su incumplimiento puede acarrear penalizaciones. En este sentido, contar con información acerca de este contrato te permitirá tomar los recaudos necesarios antes de la redacción y firma del mismo.

    Información esencial para realizar una operación de compraventa utilizando el contrato de arras en Madrid

    ¿Qué es un contrato de arras?

    Se trata de un documento, más específicamente, un contrato privado, previo y opcional que se celebra entre el vendedor de un inmueble y su potencial comprador. Mediante el mismo, ambas partes se comprometen a concretar la compraventa. Una vez firmado por las partes interesadas, el propietario está en obligación de entregar la vivienda al comprador. Además no podrá continuar exhibiendo el inmueble a otros interesados. El comprador, por su parte, se compromete en su intención  de adquirir el inmueble, reservando el derecho sobre la compra a cambio de un monto de dinero como señal. Todo esto debe realizarse según las condiciones acordadas en la redacción del contrato.

    Las características más importantes de este contrato son:

    • Es opcional. Una compraventa inmobiliaria puede realizarse sin la firma de este contrato. En este sentido, es un acuerdo opcional no obligatorio. Sin embargo, recurrir a él puede ser de gran utilidad. Al incluir los términos pactados para efectuar la transacción es utilizado, en general, por el notario para confeccionar la escritura de compraventa. Además, otorga a ambas parte seguridad jurídica. Al vendedor le aporta la seguridad de que la venta se llevará a cabo mediante el pago de la señal. Al comprador, por su lado, le permite asegurarse de que el inmueble será suyo.
    • Es privado. Se trata de un acuerdo de libre pacto y de libre redacción. Esto implica que no requiere para su confección de la presencia de un profesional.
    • Es previo. Se trata de un acuerdo previo a la firma del contrato de compraventa. Este se firma en una instancia más avanzada del proceso y permite cerrar la transacción, efectivizando la compraventa inmobiliaria.

    Diferencias con el contrato de reserva

    Se trata, en ambos casos, de acuerdos previos a la concreción de una compraventa. También cumplen la misma función de reservar y retirar del mercado una vivienda a través del pago de una señal.

    Sin embargo, también se diferencian. En este sentido, el contrato de reserva no se halla regulado por el Código Civil como lo está el contrato de arras. Debido a esto el contrato de reserva reviste menor seguridad jurídica. Por otra parte, no puede rescindirse únicamente con el pago de una indemnización, como sucede con algunos tipos de contratos de arras. Sólo es admisible desistir de él si esto fue especificado en alguna de sus cláusulas. En caso contrario deberá intervenir la justicia.

    ¿Cuál es el contenido de un contrato de arras?

    Debe incluir todas las condiciones pactadas por ambas partes en el momento de la negociación. Además, contiene las penalizaciones que deberán asumir cada uno de no cumplir con lo pactado y la especificación del monto de dinero que el comprador entregará al vendedor en concepto de señal.

    Por otra parte, al plasmar las condiciones de la futura transferencia, recoge información que posteriormente figurará en el contrato de compraventa.

    Las cláusulas que debe incluir todo contrato de arras en Madrid

    A la información relativa a obligaciones y derechos que figura en un contrato en términos de condiciones y disposiciones legales se la conoce como cláusula. Si bien existen cláusulas específicas para los distintos contratos de arras hay algunas comunes a todos ellos. Las cláusulas que debe incluir todo contrato de arras son:

    • Los datos personales de ambas partes.
    • Los datos del inmueble.
    • El precio final de compraventa.
    • La fecha de la firma.
    • El monto de la señal.
    • La distribución de gastos.
    • La cláusula de penalización: cambia según se trate de un contrato de arras penitenciales, confirmatorias o penales.

    contrato de arras en Madrid

    Aspectos legales a tener en cuenta al optar por un contrato de arras 

    Tipos de contrato de arras que pueden firmarse para comprar una casa

    Existen tres tipos de contratos de arras: penitenciales, confirmatorias y penales. A continuación describimos en qué consisten cada uno.

    El contrato de arras se haya regulado por el Código Civil español, correspondiéndole a cada tipo de arras diferentes artículos. Estos especifican las diferentes penalizaciones a las que deberán someterse las partes de no cumplir lo pactado.

    El hecho de que se trate de un contrato contemplado en la ley implica seguridad jurídica para los vendedores y compradores de bienes inmuebles que decidan firmar uno.

    Arras penitenciales

    En este tipo las penalizaciones en caso de arrepentimiento deben estar explicitadas. El monto que el comprador paga como señal funciona como indemnización. Si el vendedor desiste del compromiso asumido deberá devolver a la otra parte la suma, entregada como señal, por duplicado. Si el arrepentido es el comprador, el monto que abonó será retenido por la otra parte. Lo que se debe destacar es que se admite la posibilidad de arrepentimiento, aunque sujeta a la penalización correspondiente.

    Arras confirmatorias

    A diferencia del anterior, no admite la posibilidad de desistir de él mediante una penalización económica. Esto se debe a que las penalizaciones no son establecidas con claridad. En el caso que se produzca un incumplimiento, la parte afectada puede reclamar la concreción de la compraventa o una indemnización por daños y perjuicios. Lo importante en este caso es que la parte perjudicada deberá, siempre, recurrir a la justicia.

    Arras penales

    En este caso si bien no se explicita la posibilidad de desistir del contrato, la señal de reserva sí funciona como indemnización en caso de arrepentimiento. Sin embargo, las penalizaciones que establece no se refieren únicamente a la señal. Debido a esto, además de la retención o devolución del dinero por duplicado, puede exigirse también la concreción de la compraventa.

    Consejos relativos a la elección del tipo de contrato de arras para la compra de una casa

    Lo recomendable en cuanto a la elección del  tipo de arras a la hora de comprar una casa es tener en cuenta la seguridad en relación a la concreción de la compraventa. En este sentido, lo aconsejable es recurrir a las arras penitenciales cuando no exista seguridad plena respecto a la compra. Esto se debe a que, en caso de arrepentimiento, las arras confirmatorias puede acarrear consecuencias legales. Las penales, por su parte, también pueden implicar penalizaciones más allá de la retención del monto señal.

    ¿Tiene un costo para el comprador firmar un contrato de arras en Madrid?

    El único coste que el contrato de arras tiene para el comprador es el pago de la señal. Aunque este monto podría pensarse como un adelanto dado que el mismo se descuenta del valor total del inmueble.

    En el caso de que se opte por contratar a un profesional para redactarlo o una agencia inmobiliaria se ocupe de ello, el gasto correrá por cuenta del vendedor.

     ¿Cuál es el monto que debe entregar el comprador como señal si se firma un contrato de arras?

    Debido a que se trata de un contrato privado, la ley no fija el monto que el comprador debe entregar para reservar la casa. Sin embargo, en este tipo de acuerdos la señal suele ser siempre de un 10% sobre el valor de venta del inmueble, aunque puede variar según lo que se pacte en cada caso particular. Como dijimos anteriormente, en general, al concretar la transacción esta suma de dinero se descuenta del valor total de la propiedad.

     La importancia de que un profesional redacte el contrato de arras

    Si bien el contrato de arras, al ser un acuerdo de libre pacto y libre redacción,  no requiere de un profesional para ser confeccionado, lo recomendable es contar con la ayuda de uno. De lo contrario será imprescindible prestar mucha atención a la hora de formularlo. Esto se debe a que se precisa conocer a fondo cada tipo de contrato, las cláusulas que deben contener, etc. Contar con un profesional experimentado que se ocupe de la redacción del contrato puede significar un ahorro de tiempo y otorgar la seguridad de que no habrá errores u omisiones que puedan generar inconvenientes futuros.

    Si te ha interesado el tema y quieres conocer más te recomendamos leer el siguiente artículo:

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    Llevar adelante cualquier operación vinculada a la vivienda siempre implica una decisión importante para cualquier persona. La compraventa inmobiliaria sin dudas es la más trascendental. Es un proceso que requiere de una ejecución precisa y de contar con cada paso documentado de manera correcta. De esta manera, es posible otorgarle seguridad tanto al vendedor como al comprador.

    Cuando una persona se decide por una casa, un apartamento o un local comercial, el acuerdo entre ambas partes comienza con el pago de una “reserva”. Es decir, el vendedor retira su inmueble del mercado para continuar con el proceso con el futuro nuevo propietario.

    Desde Oi Real Estate recomendamos que se tenga en cuenta una serie de factores al momento de decidir vender o comprar una propiedad. Es una buena forma de evitar inconvenientes futuro. Por eso, en este artículo enumeramos las 12 preguntas más frecuentes acerca del proceso de compraventa inmobiliaria.

    ¿Cuáles son los derechos y las obligaciones de las partes en un contrato de reserva en la compraventa inmobiliaria?

    Como mencionamos en nuestra introducción, la reserva es el primer paso en la compraventa inmobiliaria de cualquier bien inmueble. Por lo tanto, es aceptada de manera formal por ambas partes. En esta etapa de la operación se establecen las pautas, derechos y obligaciones que incluye un contrato privado entre comprador y vendedor. Es decir, es como la antesala previa a la firma del contrato de compraventa o de la escritura para la trasferencia del dominio del bien de una persona a otra.

    Por parte de vendedor, el mismo se compromete a venderle la propiedad a la persona que pago la reserva del inmueble. Y, por parte del comprador, en esta etapa se compromete a pagar la totalidad de lo pactado en los tiempos y formas que establezca el vendedor.   

    ¿Qué sucede si una de las partes decide cancelar la reserva?

    Cancelar una reserva de una compraventa inmobiliaria tiene consecuencias. La parte que toma la decisión de desistir del compromiso asumido deberá indemnizar a la parte que queda.

    Por lo tanto, si el futuro comprador decide dar marcha atrás con el pre acuerdo de compra perderá el derecho de compra del inmueble y a su vez, el pago realizado como garantía será la indemnización para el vendedor. Es decir, perderá lo que hay invertido al asumir el compromiso.  

    Por su parte, si es el vendedor quien decide terminar con el acuerdo comenzado en el pago de una reserva deberá devolver lo entregado. A su vez, a esa suma de dinero se le sumara la misma cantidad en carácter de indemnización para el comprador.

    ¿Es obligatorio el contrato de compraventa inmobiliaria?

    Al celebrarse la venta y la compra de un bien inmueble se establecen una serie de pautas y condiciones entre las partes involucradas. Esta operación puede realizarse de manera particular y de palabra, o de manera particular o mediante agente inmobiliario con la firma de un contrato de compraventa.

    En el último caso, el contrato de compraventa adquirirá la condición de obligatorio a efectos legales según lo que establece el artículo 127 del Código Civil.

    Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez”. 

    Artículo 127, Código Civil Español.

    Te recomendamos la siguiente nota para conocer con detalle todo acerca de un contrato de compraventa.

    ¿Cuáles son los impuestos se deben pagar al comprar una propiedad?

    Estos son los impuestos que se deberán pagar luego de comprar una vivienda:

    IVA

    Se trata del Impuesto sobre el Valor Añadido y es de carácter indirecto. Lo que grava el IVA es el consumo de bienes y servicios de toda la población. El tipo impositivo es del 10% cuando se trata de viviendas y el 21% cuando hablamos de la compra de locales comerciales o terrenos.

    El IVA es un tributo que aplica a nivel nacional. Por lo tanto, el porcentaje a gravar será el mismo en todas las comunidades autónomas.  Las únicas regiones que quedan por fuera de este tributo impositivo es las Islas Canarias, donde el IVA es del 6,5%.

    En los casos de que exista un deposito antes de cerrar la venta, este monto también estará sujeto al IVA que será aplicado en el monto de saldar la compra. Asimismo, el IVA grava sobre la compra de viviendas o propiedades de primera mano, es decir, nuevas.

    Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

    El IAJD aplica sobre todos los documentos notariales, mercantiles y administrativos que se encuentran vinculados a la operación de la compraventa. Asimismo, aplica sobre el trámite que implica la inscripción del inmueble en el Registro de la Propiedad.

    El IAJD es un tributo que se encuentra cedido a cada Comunidad Autónoma. Por lo tanto, el tipo impositivo dependerá de la regulación de cada una de ellas.

    Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales

    El tipo impositivo se basará en las condiciones del inmueble. Es decir, si la propiedad es nueva o usada. En el caso de las viviendas o inmuebles de segunda mano el ITP será de un 10%. Y, en el caso de una propiedad de primera mano, se deberá agregarle, a ese 10%, un 1,5% de carácter adicional en función del registro de la misma. Si la persona que lleva adelante la compraventa inmobiliaria es menor de 32 años, el 10% del ITP se reduce a la mitad. Es decir, solo se deberá pagar el 5% respecto a este tributo.

    ¿Cuáles son los impuestos se deben pagar al vender una propiedad?

    Así como la compra de una propiedad está sujeta a determinados gravámenes, la venta también.

    En este caso, se tratan de diversos impuestos que deberá asumir el vendedor. Dos de ellos serán abonados previo a la transacción. Y el restante, deberá ser liquidado en el momento defirmar la compraventa inmobiliaria. Este último puede ser compartido con el comprador.

    Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas

    El IRPF se paga al año de realizada la venta de la propiedad. Esto se debe a que cada año calendario es obligatorio reflejar al momento de la declaración de la renta lo que se ha generado durante el periodo impositivo anterior.

    Plusvalía municipal 

    Este impuesto es de carácter municipal y grava el valor del suelo a lo largo del tiempo. Es decir, desde el momento en que se adquiere el inmueble hasta el día de la venta. La plusvalía municipal se paga en un lapso de 30 días luego de concretar la venta de la propiedad. Siempre es recomendable verificar en cada Ayuntamiento el periodo que tiene el vendedor para liquidar la plusvalía. Esto debido a que es un impuesto cedido.

    Impuesto sobre bienes inmuebles

    El IBI se abona cada año solo por tener la titularidad de la propiedad. Sin embargo, al vender el inmueble el importa a pagar por dicho periodo puede ser compartido con el nuevo propietario. Esta división se realiza en relación al tiempo de posesión del inmueble de cada parte.

    Para conocer como calcular en IBI al vender una propiedad haz clic aquí.

    ¿Cómo conocer las posibles cargas de una vivienda antes de la compraventa inmobiliaria?

    Cuando se decide realizar la compraventa de un inmueble es de gran importancia que sepas si la propiedad que deseas adquirir tiene cargas. Es decir, si tiene algún tipo de pago pendiente. Pueden ser de hipotecas, de impuestos, cuotas de la comunidad de propietarios, etc. Recuerda que, una vez asumida la titularidad de la vivienda, dichas cargas pasarán a ser tuyas.

    Si a la compraventa inmobiliaria la realizas con un agente inmobiliario, sus profesionales se asegurarán de esta etapa. Sin embargo, si decides comprar de manera particular puede conocer las cargas de una vivienda mediante:

    1) Nota simple.

    2) Libre deudas en la Comunidad de Propietarios.

    3) Recibos y pago de Impuestos actualizados.

    ¿Qué ocurre cuándo una propiedad se encuentra embargada?

    En los casos que se quiera comprar una propiedad embargada el proceso de compraventa inmobiliaria no podrá llevarse a cabo hasta que el embargo sea levantado. Esto solo puede suceder mediante una orden judicial o mediante la caducación de la inscripción del embargo. Siempre y cuando el juez a cargo no la renueve.

    ¿Es posible la compraventa de una propiedad sin cédula de habitabilidad?

     Cuando hablamos de cédula de habitabilidad no referimos al documento que acredita que una propiedad cumple con cada una de los requisitos de higiene y salud para ser habitada. Este tipo de cédula juega un rol fundamental a la hora de llevar adelante el proceso de compraventa de una vivienda. Al momento de la instalación de los servicios básicos del hogar las instituciones competentes te solicitarán el documento para poder registrar el pedido.

    Sin embargo, respondiendo la pregunta: si, es posible comprar una propiedad que no disponga de la cédula de habitabilidad, pero no es lo que se recomienda ni aconseja. ¿A qué se debe? Al simple hecho que, en un caso de inspección, ante la ausencia de la certificación de que la vivienda puede ser habitada el nuevo propietario podrá recibir una sanción importante al considerarse una acción ilegal.

    Compraventa-inmobiliaria

    ¿Es posible inscribir en el Registro de la Propiedad una propiedad que ha sido heredada luego del proceso de compraventa?

    Gracias a la derogación del Artículo 28 de la Ley Hipotecaria, a partir del 3 de septiembre de 2021, no existe ninguna cláusula que prohíba cambiar la titularidad de una vivienda heredada luego de su venta. Esto se debe, a que ya no es necesario esperar dos años luego de la sucesión del inmueble como heredero no forzoso ante la posible existencia de un heredero legítimo. Por lo tanto, no existen riesgo de devolución si se desea comprar una vivienda heredada por parte de un heredero ilegítimo. Lo que se debe tener en consideración es que la derogación rige para las operaciones que se realicen luego de la fecha indicada y no se conoce aún con exactitud la retroactividad de la norma.

    ¿Es importante la escritura de la compraventa?

    Una vez que se gayan realizado cada uno de los pasos para la transacción de la propiedad en venta llega el momento de inscribirla en el registro. Por lo tanto, se deberá previamente realizar la escritura pública. Se trata del documento de carácter público que certifica todo lo que se ha pactado a lo largo de la negociación. No se trata de una acción obligatoria, pero si de suma importancia y sumamente recomendable.

    ¿Es obligatorio inscribir la propiedad en el Registro luego de su compra?

    En España la inscripción de una propiedad en el Registro no es un trámite obligatorio. Sin embargo, es sumamente recomendable ya que brinda protección a quien detenta su titularidad. En este sentido, la inscripción es voluntaria y le otorga seguridad jurídica a:

    1) Cada uno de los documentos vinculados a la adquisición de un inmueble en el proceso de compraventa del mismo.

    2) Todos los derechos reales que recaen sobre la propiedad que se inscribe. En consecuencia, luego de inscribir la propiedad, todos sus derechos pasan a ser parte de la protección de los Tribunales.

    Por otra parte, esta acción facilita su posterior trasmisión en caso de querer venderla. A su vez, posibilita la adquisición de una financiación a menor valor, si las comparamos con aquellas que no lo están.

    ¿Cómo inscribir la propiedad luego de la compraventa inmobiliaria?

    Si el nuevo propietario decide inscribir su nueva propiedad deberá considerar una serie de pasos de carácter fundamental. Una vez realizada la operación, se asegurará, como mencionamos, la protección legal y jurídica del inmueble.

    El proceso para inscribir el inmueble es sencillo y se resume en los cuatro simples pasos:

    1. Conseguir la copia de la Escritura: Este trámite se realiza en la notaría donde firmaste junto al vendedor la compraventa de la propiedad.
    2. Realizar la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD): Este tributo varía según la Comunidad Autónoma en la que te encuentres.
    3. Abonar la Plusvalía Municipal
    4. Presentarte en el Registro de la Propiedad: Con la documentación previa cumplimentada ( copia de escritura, autoliquidación de IATPJD y comprobante de pago de Plusvalía Municipal) es posible hacer el registro del inmueble. Este trámite también puede hacerse vía telemática.

    Una vez realizados los pasos anteriores, la inscripción de la propiedad se llevara a cabo dentro de los 15 días posteriores a la solicitud de la misma. En caso de que se presente alguna irregularidad, se notificará cual es el motivo que impide inscribir el inmueble dentro del mismo plazo.

    Estas son las 12 preguntas más frecuentes relacionas a la compraventa inmobiliaria. Si te has quedado con alguna duda, puedes dejarnos tu comentario al final del artículo. ¡Te responderemos a la brevedad!

    Si estás pensando en comprar o vender una propiedad, contamos con los mejores asesores en el mercado inmobiliario. Somos una empresa con más de 10 años en la compraventa de viviendas de lujo en España y podemos acompañarte en todo el proceso. ¡No dudes en contactarnos!

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