El Real Decreto-ley 11/2022 se ha convertido en un gran problema para los propietarios de viviendas en alquiler. En especial, la cláusula que prohíbe realizar actualizaciones que superen el 2% de aumentos. Si eres arrendador y quieres reclamar al Estado por el límite del 2% a la subida del alquiler; te invitamos a leer el siguiente post para que descubras, si existe la posibilidad de llevar a cabo esta acción.

Las medidas que estableció el gobierno para traer calma ante la inflación y los problemas bélicos, fueron centrales para el 2022. De esta manera, muchas personas que se sentían asfixiadas o presionadas a nivel financiero pudieron hacerle frente a la situación, algunos de los beneficiados que se reconocen en esta categoría son los inquilinos.

Pero esa solución que se suponía temporal y por el término de seis meses, se prolongó hasta el punto de hacerse extensiva, hasta fin de año del 2023. La prohibición de realizar actualizaciones en la renta por encima del 2%, ha provocado una gran incertidumbre económica en los arrendadores.

El principal problema radica en que, el gobierno no ha dispuesto ningún tipo de compensación para quienes son propietarios de viviendas en alquiler. Por eso, si quieres conocer sobre la existencia de algún tipo de procedimiento para reclamar al Estado, por el límite del 2% a la subida del alquiler. ¡Sigue leyendo!

¿Los propietarios pueden reclamar al Estado por el límite del 2% a la subida del alquiler?

En los últimos meses de 2022, muchos de los arrendadores con pisos en alquiler tuvieron que tomar la decisión de terminar con los arrendamientos. Esta situación se produce, luego de que se prolongara la prohibición de realizar actualizaciones de renta que, superaran el 2%.

Ante este panorama devastador para el propietario y su economía, surgieron muchas estrategias para generar ganancias que pudieran revertir esta problemática. Así como algunos propietarios optaron por salir del mundo de los alquileres, otros se volcaron hacia la compraventa obteniendo muy buenos resultados.

Sin embargo, quienes siguen permaneciendo como propietarios de pisos en alquiler desean encontrar algún tipo de compensación, por el dinero perdido. Esta situación es posible, por eso si quieres conocer cómo reclamar al Estado por el límite del 2% a la subida del alquiler, puedes leer el siguiente apartado que lo explica en profundidad.

¿Cómo se puede realizar el reclamo?

El gobierno asumió una gran responsabilidad al intentar detener la crisis económica, pero dejó de lado a un sector muy importante, como lo son los dueños de propiedades en alquiler. La limitación de realizar actualizaciones por encima del 2%, consiguió que muchos propietarios se encontraran frente la espada y la pared.

¿Qué organismo ha diseñado una solución al asunto?

La Asociación de Propietarios de Vivienda en Alquiler (Asval) ha propuesto un formulario para reclamar al Estado por el límite del 2% a la subida del alquiler. Con él, se busca encontrar una solución ante las perdidas monetarias que se han vivido, producto del Real Decreto-ley 11/2022.

¿Cuáles son los datos que se necesitan para completar el formulario?

Si un arrendador quiere llenar esta solicitud, debe tener en cuenta los siguientes puntos:

  • Datos del remitente
  • Domicilio de notificación
  • Datos del reclamante

Una vez que se haya completado este formulario, el propietario estará más cerca de hacer justicia por este motivo. Si bien, no existe garantía de que pueda cumplirse el objetivo, con el aumento de demandas sobre este tema, se podrá conseguir una respuesta o solución a esta problemática que, perjudica a muchos caseros con viviendas arrendadas.

¿Qué se debe colocar a la hora de reclamar al Estado, por el límite del 2% a la subida del alquiler?

Cuando se completan los puntos relacionados con la documentación, se debe establecer con precisión hacia donde apunta el reclamo al Estado, por el límite del 2% a la subida del alquiler. Por lo tanto, se debe indicar cuál es el objeto de la reclamación y la cantidad monetaria que se desea obtener.

¿Cómo debe ser la cuantía?

La cuantía tiene que ser certera, esto quiere decir que no puede ser mayor al daño que se dice haber sufrido. Tampoco, se podrá iniciar un reclamo adelantando lo que ocurrirá en un futuro cercano. El propietario que inicia este tipo de procedimientos debe demostrar que ha sufrido daños reales y no previsiones.

¿Quiénes pueden realizar este reclamo?

Solo podrán llevar a cabo este reclamo, los propietarios que cuenten con contratos de arrendamientos, en donde se establezca como cláusula que las actualizaciones de la renta se realizarán de acuerdo al índice de precios al consumo (IPC). Si esta cláusula se encuentra ausente, no se podrá iniciar el reclamo.

¿Cómo se sabe cuánto se debe reclamar de cuantía?

Para conocer este dato, se debe realizar un cálculo sencillo. Los propietarios que reclaman al Estado tienen que calcular la diferencia que hay entre el importe que obtenían anteriormente y el que se implementaría, si las actualizaciones se hicieran según lo indica IPC y lo que, efectivamente han conseguido con el límite impuesto del 2% a la subida de la renta. Con los datos claros, será más fácil lograr ese reclamo solicitado.

Reclamo por el límite del 2% a la subida del alquiler: ¿Hasta cuándo se puede completar el formulario?

El reclamo por el límite del 2% a la subida del alquiler es, un mecanismo que se pedía desde hace tiempo y muy necesario para los propietarios que han manifestado problemas económicos, por las medidas dispuestas por el gobierno. ASVAL tomó cartas en el asunto y se ha propuesto para solucionar este conflicto.

Es importante tener en claro la normativa vigente y realizar una copia del DNI, a la hora de completar el formulario del reclamo. Además, se deberá presentar una copia del contrato de alquiler, los comprobantes de pago y los diálogos que se realizaron entre arrendador y arrendatario para definir las actualizaciones de renta.

Los propietarios podrán enviar su reclamo hasta el 31 de enero del año presente, por medio de una casilla de correo. La dirección en la que se reciben las consultas es secretaria@asval.com. Así que ya lo sabes, si has sufrido daños y perjuicios por este asunto, puedes iniciar un reclamo para encontrar una recompensación por parte del Estado.

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