Cuadrar las nuevas cuentas catalanas obligará a una reforma tributaria, sobre todo en vivienda y patrimonio. Detalles de la futura fiscalidad de Cataluña que empiezan a desvelarse.

¿Qué cambios en la fiscalidad de Cataluña aportarán 180 millones a las arcas autonómicas?

La necesidad de un acuerdo en la aprobación de los Presupuestos de la Generalitat para 2017 ha obligado a esforzarse al ejecutivo catalán con medidas cargadas de polémica en materia tributaria.

El acuerdo parece que llega finalmente en aspectos como la eliminación de algunas deducciones y el incremento de determinados impuestos. Cambios con los que se espera recaudar hasta 180 millones de euros para las arcas autonómicas.

Los tres ejes fundamentales de la reforma modificarán: el tramo autonómico del IRPF, el Impuestos de Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre el Patrimonio.

Cambios en el Impuesto de la Renta

Una de las medidas más comentadas será la eliminación de parte de las deducciones por compra de vivienda habitual.

El cambio hará que todos aquellos contribuyentes con una base imponible superior a 30.000 euros y que tengan más de 32 años, dejen de beneficiarse de la deducción por vivienda habitual del 1,5% (incluida en el tramo autonómico del impuesto).

En la actualidad disfrutan de esta deducción todos aquellos contribuyentes que compraron con anterioridad a julio de 2011. Un total de 866.000 propietarios según la Renta 2014.

Tras la modificación, hasta 250.000 personas que invirtieron en una vivienda habitual perderán este derecho. A pesar de ello, se mantendrá la deducción autonómica del 7,5% por compras anteriores a 2011 y la deducción estatal del 7,5% si la vivienda se compró antes de 2013.

La futura fiscalidad de Cataluña que empiezan a desvelarse
La futura fiscalidad de Cataluña que empiezan a desvelarse afecta a IRPF y Patrimonio

Impuestos turísticos y de vivienda

La conocida como ‘tasa turística’ también sufrirá modificaciones para controlar la proliferación de la vivienda vacacional.

Se les aplicará un impuesto de hasta 2,25 euros por noche que abonará el operador de gestión del alquiler, esté o no regulada la vivienda. Los cruceristas también deberán pagar un impuesto por cortas estancias que hasta ahora no existía, a razón de cada viajero (0,65 euros por estancias de menos de 12 horas y 2,25 euros por superiores).

Mientras que el impuesto a los pisos vacíos establecerá un mínimo exento a partir de los 350m2 con el objetivo de cargar especialmente a las viviendas en manos de entidades bancarias.

Carga tributaria a las grandes fortunas

Cataluña seguirá contando con un impuesto inspirado en el de la Diputación Foral de Guipúzcoa sobre grandes fortunas. Aumentado su carga tributaria del 10% al 11% en la venta de inmuebles por valor de más un millón de euros.

Un tributo que va acompañado del que carga la venta de oro o aeronaves y que pasa del 4% al 5%.

Finalmente, se apunta a cambios en el Impuesto sobre el Patrimonio dentro de una futura Ley de Medidas Fiscales y Financieras. La modificación de este tributo penalizará únicamente a los activos no productivos que son propiedad de empresas y no de grandes fortunas.

Un gravamen sobre viviendas, vehículos de alta gama o yates que tributarán por propiedades, y que hasta ahora podían deducirse por Sociedades, Patrimonio e incluso IVA, eludiendo su tributación.

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