El Tribunal Supremo da la razón al cliente de la banca y contradice a las entidades, en la reclamación sobre los impuestos de las hipotecas.
En una nueva sentencia, el alto tribunal ha decidido que son los bancos y no los clientes quienes deben hacerse cargo del pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en la firma de créditos hipotecarios.
De esta manera, el Supremo modifica su propia jurisprudencia. De hecho, en febrero de este año ya señaló que eran particulares y empresas quienes tenían que asumir el gravamen.
El Supremo establece ahora que es la entidad bancaria la única interesada en inscribir la operación y elevarla en escritura pública. Dado que sin este trámite no podría hacer negocio con del préstamo.
El alto tribunal reinterpreta así el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD). Concluyendo que el sujeto pasivo de dicho impuesto es la entidad bancaria y no el propio cliente.
El revés de los impuestos de las hipotecas
Esta última sentencia supone la anulación de un artículo del reglamento del impuesto. Donde se establecía que el cliente es sujeto pasivo, por contradecir la ley. Concretamente, se trata del artículo 68.2 de dicho reglamento, que fue aprobado por el Real Decreto 828/1995.
Los tribunales españoles ya habían declarado abusivas anteriormente las cláusulas hipotecarias en que se obligaba al cliente al pago de notaría y registro. Así como el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
De hecho, ciertos municipios ya comienzan a aplicar este criterio y determinados bancos ya asumen esa parte del gasto en la firma de las hipotecas.
La cuantía media que se abona por este tributo se sitúa entre los 2.000 y los 3.000 euros. Cantidad que corresponden al tipo general del gravamen y sus respectivas exenciones o reducciones. en función de cada comunidad autónoma. Pudiendo oscilar entre el 0,5% al 1,5%.
“Una excelente noticia para aquellos que ya compraron“, añade Luis Gualtieri de la agencia inmobiliaria Oi Realtor. “Aunque todavía queda por ver si los futuros clientes no acabarán pagando las consecuencias con mayores comisiones de apertura, etc..“.
¿Cómo pedir la devolución a la Agencia Tributaria?
En opinión de técnicos de Hacienda (Gestha), aquellos contribuyentes que hayan formalizado una hipoteca en los últimos 4 años pueden pedir la devolución de ingresos indebidos a la agencia Tributaria. Además de los intereses de demora. Una forma de sortear el paso por los juzgados.
Al ser un gravamen cedido a las CCAA, conviene dirigirse a la hacienda autonómica correspondiente y solicitar dicha devolución.
Para recuperar las cantidades abonadas conviene:
1.-Buscar la documentación; desde la escritura de la hipotecas a las facturas (notario, registro, tasación y gestoría). Además del pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
2.-Redactar un escrito de reclamación destinado al banco correspondiente. Requiriendo a la entidad adecuada ya que puede haberse fusionado en los últimos años.
3.-Analizar detalladamente la respuesta recibida desde el banco, especialmente si existe una oferta para negociar.
4.-Controlar los plazos para la resolución del proceso de reclamación, dado que la entidad dispone de un plazo máximo de dos meses para resolver la reclamación
5.-Presentar una demanda en el juzgado especializado en caso de ver desatendida la solicitud
Pérdidas millonarias para el sector bancario
¿A cuánto puede ascender el coste?
Según la agencia de calificación Moody’s, el impacto para las entidades puede oscilar entre los 3.500 y 4.000 millones de euros.
¿Cuántas personas podrían reclamar?
Las asociaciones de consumidores Adicae y Asufin estiman que 8 millones de usuarios podrían presentar reclamaciones a su banco.
¿Qué se puede llegar a reclamar?
Según Legálitas, los clientes podrían reclamar todos los gastos de formalización de la hipoteca. Aunque las entidades ya han manifestado su decisión. A partir de ahora no repercutirán los impuestos de las hipotecas en el clientes. Sin embargo, las operaciones ya formalizadas deberán ser reclamadas judicialmente.