¿Dejar en herencia los bienes o realizar donaciones en vida? ¿Cuál de las dos opciones es más ventajosa Tanto la herencia como la donación en vida tiene ventajas y desventajas, veremos cuales:

La herencia y el testamento

Una herencia es un acto jurídico que consiste en la transmisión de los bienes, deberes y derechos de una persona fallecida a otra.

El requisito principal de la herencia es que exista testamento. Así, el testamento es el documento que establece quienes son los herederos y que parte del patrimonio le corresponde a cada uno. Hay que tener en cuenta que el testador en vida no pagará ningún impuesto por la realización de esta transmisión patrimonial.

En el caso que no haya testamento aplica la figura jurídica de la herencia legítima que hace referencia a los que son herederos forzosos (art. 807 del Código Civil).

La donación: efecto en vida

La donación en vida es una alternativa a la herencia a la hora de traspasar bienes a terceros. El Código Civil español la define como “un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”

Esta opción es recomendable si se pretende proporcionar de forma inmediata una ayuda económica o bien inmueble al beneficiario.

Es importante resaltar, que es necesaria la aceptación del donatario para que la donación produzca sus efectos.

Ventajas y desventajas de la donación en vida

VENTAJAS:

  •  Harás feliz a la persona que recibe la donación: y también obtendrás una satisfacción personal
  • Es muy frecuente que surjan problemas a la hora de repartir los bienes entre los herederos: con la donación en vida evitarÁs discusiones futuras.
  • Puedes reservarte la facultad de disponer de lo donado:  en ningún caso el donante puede recuperar la propiedad de lo donado, solo podrá disponer en favor de un tercero. Eso sí, al morir el donante el donatario pasarÁ a ser titular pleno, libre y definitivo de lo donado.
  • Puede hacerse un pacto de reversión: en este caso el donante puede establecer el derecho de volver a adquirir lo donado, lo que tendrá lugar cuando finalice el plazo o se cumplA la condición establecida.
  • Donación con reserva de usufructo: esto se da cuando el donante trasmite la nuda propiedad pero se reserva el derecho de usufructo. Al morir el donante se consolida el pleno dominio,
  • La donación se puede revocar: en algunos casos conforme el art. 648 de nuestro Código Civil.

DESVENTAJAS:

  • Es fundamental estar seguro que el objeto de la donación no se va a necesitar en el futuro, pues como regla general, lo que se dona se pierda, es decir, sale del patrimonio del donante.
  • La donación cuesta dinero tanto para EL donante como para el donatario. Así, el donatario tendrá que hacer frente al pago del Impuesto sobre sucesiones y donaciones.

Si te interesó este tema y quieres seguir conociendo sobre el mundo inmobiliario, te invitamos a leer el siguiente artículo de Oi Real Estate:

Oi Real Estate

Escribe un comentario

A %d blogueros les gusta esto: