¿Quieres conocer la mejor información sobre noticias inmobiliarias? Te encuentras en el lugar adecuado. En OI REAL ESTATE, te brindaremos lo que tienes que saber al respecto y hoy, hablaremos acerca del freno para la ley de alquiler asequible a okupas. Te invitamos a leer el siguiente post.

España es uno de los países que presenta mayor cantidad de viviendas ocupadas, por este motivo se implementó a principio de año en Cataluña la Ley 1/2022, que obligaba a los grandes propietarios a ofrecer un alquiler social a sus okupas. Debían cumplir con este deber, las personas jurídicas que tuvieran la titularidad de más de 10 viviendas o, personas físicas que contaran con más de 15 propiedades a su nombre.

La entrada en vigencia de esta normativa provocó muchos inconvenientes para los propietarios, impidiendo que las demandas por desahucio se llevaran adelante y, ofreciendo a los inquilinos de las viviendas un alquiler social. Sin embargo, esta situación se ha modificado y el Tribunal Constitucional ha puesto un freno para la ley de alquiler asequible a okupas. ¿Quieres saber de qué manera? ¡Sigue leyendo!

¿En qué consiste la ley de alquiler asequible a okupas?

La ley de alquiler asequible a okupas es la 1/2022, obtuvo mayoría en febrero del presente año y entró en vigor el 8 de marzo en Cataluña. Esta normativa exige la obligatoriedad por parte de los propietarios que posean muchas viviendas en alquiler, de ofrecer un alquiler social para los inquilinos que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

De esta manera, la ley permite que muchas personas que no tienen los recursos necesarios para pagar los grandes alquileres que se piden en esta zona y, que se convirtieron en okupas, cuenten con un lugar para vivir. Los propietarios están obligados a terminar con los juicios de desalojo y, brindar un sitio para los ocupantes de las viviendas.

Se amplía a 7 años la cesión de propiedades que se encuentren vacías desde hace más de dos años y, los contratos de alquiler asequible a okupas deben renovarse sin excepción, mientras los inquilinos se encuentren excluidos de residencia. Las demandas por desahucio no podrán implementarse; sin antes ofrecer a los okupas un alquiler social.

¿Cuáles son los cambios que implementa?

La ley propone la paralización de demandas por desahucio, las cuales se incrementaron ante la ocupación masiva de personas que no tienen lugares para vivir y, deciden tomar las propiedades que se encuentran vacías. Los propietarios están obligados a ofrecer un alquiler social a los okupas, para terminar con los desalojos.

Con esta normativa, se amplían los contratos de alquiler social y, se establece un límite de 5 años para las personas físicas, 7 si se trata de personas jurídicas y, 12 si el titular de la vivienda es un banco. En todos los casos, se establecerá un control para las ofertas de alquiler social; así como también, se realizará un registro de los propietarios.

Los propietarios que se encuentran en condiciones de cumplir con la ley, deberán poseer más de 10 viviendas a su nombre. El registro de propietarios, servirá para que se le obligue a aquellos que no respetan las condiciones propuestas y, se les realicen las sanciones correspondientes. Se dispondrá de un mes para registrarse e, indicar las propiedades con las que se cuenta.

¿Cuáles son las consecuencias que provoca su implementación?

El sector inmobiliario se ha visto revolucionado con la ley de alquiler asequible a okupas, que impone la obligatoriedad de brindar un alquiler a los ocupantes de sus viviendas. Muchos propietarios indican que el gobierno catalán plantea la ocupación, como una instancia válida y alientan su accionar.

Por eso, el freno para la ley de alquiler asequible a okupas permite recuperar la seguridad que, los propietarios necesitan para alquilar sus viviendas. Porque, la implementación hacía que los dueños de propiedades, se sintieran indefensos y, sin posibilidades de accionar ante una ocupación; que no solo debía celebrarse si no ofrecer un alquiler social.

Con la nulidad de esta normativa, vuelven a ponerse en marcha aquellos procedimientos de desalojo que se habían prohibido. A su vez, se dan por finalizadas las demandas iniciadas hacia los propietarios de viviendas, que no estaban de acuerdo con el alquiler social impuesto y, querían recuperar sus propiedades ocupadas.

¿Por qué se ha declarado como inconstitucional la ley de alquiler asequible a okupas?

La ley de alquiler asequible a okupas ha dado un giro inesperado, declarándose como inconstitucional según el Tribunal Constitucional. Se ha establecido que hubo exceso de competencias, por lo que se ha decidido anular la ley y, todo lo que esto implementaba para los okupas.

Con esta nulidad, se ha vulnerado el poder que tiene el Estado para establecer las bases contractuales y, para determinar los procedimientos judiciales como autoridad máxima en la materia. De este modo, se rechaza todo lo que establecía la ley declarada como inconstitucional y, también finalizan las demandas iniciadas contra los propietarios.

Además, se concluye con la inseguridad jurídica que prohibía a inversores y propietarios a, utilizar la vivienda con otros fines que no fueran los de habitabilidad. Lo que permitía que miles de personas que se encontraban en Cataluña, buscaran una vivienda y la ocuparan; imposibilitando la disposición de la misma a sus dueños.

Si tienes alguna inquietud, recuerda que puedes realizarla en la sección de comentarios que se encuentra debajo de la publicación. Además, nos gustaría conocer tu opinión sobre la nota que acabas de leer, sobre el freno para la ley de alquiler asequible a okupas y, nos gustaría conocer si tienes alguna pregunta respecto a este tema.

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