Aquí te contaremos todo lo que debes saber sobre el contrato de alquiler. Continúa leyendo el artículo para enterarte.
En este artículo encontrarás:
La fianza es un importe de dinero que el inquilino debe abonar en el momento de la constitución del contrato de alquiler. A través de ella, el arrendatario pretende garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, que son las siguientes:
- Pagar mensualmente el importe del alquiler pactado en el contrato.
- Responsabilizarse del cuidado y la conservación del inmueble arrendado.
- Restituir la propiedad a su dueño cuando finalice la relación contractual.
Si el inquilino incumple con cualquiera de estas obligaciones, el propietario podrá retener la fianza en su totalidad o de manera parcial. Veamos un ejemplo:
Supongamos que tú eres propietario y el inquilino no te ha pagado la renta durante un mes. Llegado el momento de la finalización del contrato, podrás descontarle de la fianza el importe correspondiente al monto adeudado.
Ahora bien, tanto propietarios como inquilinos suelen tener numerosas inquietudes que queremos resolver. Por esos, decidimos enumerar los mitos y las verdades que rodean a la fianza en el contrato de alquiler.
El importe de la fianza es igual a un mes de renta
La fianza es obligatoria y está regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos. Allí se establece que el importe de la misma en el caso del alquiler de una vivienda es igual a un mes de renta. Aunque también se aclara que podrán pedirse garantías adicionales, lo que supondría la duplicación del importe mencionado.
A la fianza no la guarda el propietario
En el imaginario popular suele pensarse que es el propietario quien guarda la fianza, pero esto es un error. En efecto, cada Comunidad Autónoma establece un organismo para ingresarla. En Madrid, por ejemplo, se deberá depositar en la Agencia de Vivienda Social.
La fianza se le devolverá al inquilino dentro de los treinta días posteriores a la finalización del contrato
Si el inquilino cumplió con todas sus obligaciones, el propietario deberá devolverle el importe de la fianza en un plazo máximo de treinta días desde la restitución del inmueble. Si seste plazo no se respeta, el propietario será penalizado con intereses, siempre y cuando no existan desperfectos en la vivienda ni cualquier otra causa que justifique la retención.
Si no te devuelven la fianza, puedes reclamarlo
La devolución de la fianza es un tema polémico, pues suele generar muchos conflictos entre inquilinos y propietarios. Pero, si vencido el plazo, el arrendador no realiza la devolución ni la justifica, se podrá reclamar por dos medios :
La primera es a través de un burofax donde se solicite amablemente la restitución correspondiente.
La segunda, es iniciar un juicio ordinario o uno monitorio.
En definitiva, la fianza es uno de los puntos más importantes del contrato de alquiler y, en ocasiones, genera problemas. Por eso, la mejor manera de llevar adelante la operación sin mayores inconvenientes es a través del asesoramiento inmobiliario.
En Oi Real Estate estamos dispuestos a ayudarte. ¿Qué esperas para contactarnos?
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