En ocasiones nos preguntan si es compatible cobrar la prestación por desempleo proveniente de un ERTE y darse de alta como trabajador por cuenta propia para emprender un negocio. La respuesta es que sí, son compatibles. Pero existen algunos requisitos que deberás tener en cuenta. ¡En este artículo te contamos cuáles son!
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Este año en España casi 3,4 millones de trabajadores se vieron afectados por un Expediente de Regulación Temporal del Empleo (ERTE) . Si bien hacia finales de septiembre esta cantidad se había reducido de forma considerable, las nuevas medidas adoptadas por el gobierno de España trajeron una consecuencia clara: miles de trabajadores volverán a cobrar la prestación por desempleo.
Estas consecuencias son lógicas si consideramos que, durante el nuevo estado de alarma, los bares solo pueden vender comida para llevar. Y las tiendas pueden permanecer abiertas, pero con su aforo reducido al 30%. Todo esto hace que el volumen de trabajo baje y, en consecuencia, las empresas requieren de menos trabajadores activos.
Sin embargo, no todos saben que en esta situación se puede encontrar una oportunidad. Porque mientras recibes tu prestación por desempleo puedes iniciar un emprendimiento por cuenta propia.
Compatibilidad entre la prestación por desempleo y el régimen de autónomos
En algunas circunstancias específicas, cobrar la prestación por desempleo y registrarse como autónomo en España son compatibles. Esto significa que mientras te encuentras afectado por un ERTE, puedes emprender un negocio por cuenta propia. Y, durante un tiempo máximo de 270 días, continuarás cobrando la prestación correspondiente.
En definitiva, puedes aprovechar este tiempo como un impulso para desarrollar tu propio negocio. Para ello, será mejor que evaluemos bajo qué circunstancias es posible darse de alta como autónomo y continuar cobrando la prestación por desempleo.
¿Cuándo es compatible estar en ERTE y trabajar por cuenta propia?
Según se informa en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), si estás percibiendo una prestación por desempleo de nivel contributivo y te das de alta como trabajador por cuenta propia, podrás seguir cobrando la prestación durante un tiempo máximo de 270 días. Pero para lograrlo deberás solicitar la compatibilidad en un plazo improrrogable de quince días, contando desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
También se podrá aplicar la compatibilidad a quienes estén percibiendo la prestación por desempleo y se incorporen como socios de sociedades laborales de nueva creación o socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociadas a nueva creación, siempre que estén encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social correspondiente.
“Todos aquellos trabajadores que se acojan a esta compatibilidad, percibirán el 100% de la cuantía de la prestación por desempleo con el descuento del IRPF, en su caso, y sin deducción de la cotización de la Seguridad Social”, agregan desde el SEPE.
Exclusiones de la compatibilidad entre el ERTE y el régimen de autónomos
Sin embargo, existen algunas situaciones en las cuales no será compatible el cobro de la prestación por desempleo y el trabajo por cuenta propia. Veamos cuáles son.
- Quienes inicien la actividad sin darse de alta como trabajadores por cuenta propia, no cobrarán la prestación por desempleo.
- Cuando el profesional pretenda adherirse a una actividad autónoma, cooperativa o Sociedad Laboral ya creada, tampoco serán compatibles.
- Quienes se den de alta como autónomos para incorporarse como socio a una sociedad mercantil, no podrán continuar recibiendo la prestación por desempleo.
- Tampoco será posible cuando la última alta de la Seguridad Social haya sido como autónomo. Ni cuando se haya utilizado esta modalidad en los dos años anteriores al inicio de la nueva actividad por cuenta propia.
- Por último, tampoco será viable recibir la prestación por desempleo en los casos donde se firme un contrato para trabajar por cuenta propia con una empresa para la cual se haya trabajado por cuenta ajena.
Estar en paro y ser autónomo también son compatibles
Esta situación en España es mucho más común de lo que te imaginas. Pues estar en el paro y emprender una actividad por cuenta propia está contemplado en la legislación. Independientemente de que la prestación no provenga de un ERTE sino de una extinción total de la relación laboral.
Las condiciones y los requisitos son exactamente los mismos que te hemos mencionado anteriormente. Solo que el tiempo máximo de compatibilidad sería de 270 días o menos en el caso de que tu derecho al paro caducara antes.
Negocios rentables donde emprender en el 2020
Ahora bien, muchos de los emprendimientos o las inversiones que antes eran rentables, ahora ya no lo son tanto. Por eso, si vas a utilizar el tiempo de compatibilidad entre el ERTE y el régimen de autónomos, te damos algunas ideas para que puedas montar tu propio negocio.
Franquicias inmobiliarias
Las franquicias inmobiliarias son una opción rentable y requieren de una inversión relativamente baja. Además, aún en estas circunstancias, los cimientos del mercado inmobiliario siguen siendo firmes y confiables.
Si bien a través de una franquicia podrías crear tu propia fuente de empleo, los beneficios radican en que:
- Te adosarías a un modelo de negocio que ya está funcionando.
- Te beneficiarías de una cartera de clientes existente.
- Tendrías acceso a una red de inversores interesados en las áreas geográficas específicas.
- Te respaldaría una marca que ya cuenta con prestigio y posicionamiento en la red.
Si quieres saber más sobre las franquicias, puedes leer este post: Negocios rentables 2020. Pero, además, te recordamos que en Oi Realtor tenemos un plan de expansión de las franquicias de podría interesarte.
Tiendas de venta online
Las circunstancias indican que recién en mayo lograríamos controlar la pandemia. Por eso, desarrollar tu propio negocio a través de la venta online es también una buena manera de aprovechar el tiempo.
El objeto de venta podría ser cualquiera, siempre y cuando exista un mercado específico interesado en él. Pero eso sí, si te animas a emprender este tipo de negocio deberás saber que el crecimiento será más lento. Pues, tendrás que trabajar en posicionar tu marca para poder atraer clientes.
Tiendas de alimentos
Emprender con una tienda de alimentos es otra opción viable. De hecho, son una de las pocas que no han sufrido graves consecuencias tras la pandemia y el confinamiento. Sin embargo, para su apertura deberán realizarse inspecciones y trámites burocráticos que aseguren las condiciones de seguridad e higiene de las instalaciones.
Cabe destacar que la opción más rentable de las tres es la apertura de una franquicia inmobiliaria. Esto se debe a que la tasa de retorno de la inversión será más beneficiosa y el riesgo asumido al abrir una franquicia será menor. Sin embargo, la mejor opción siempre estará determinada por tus posibilidades económicas.
Las últimas medidas asumidas por el gobierno nos permiten ver que tanto las tiendas como los bares continuarán con restricciones hasta mayo del próximo año. Esto significa que probablemente muchos trabajadores continuarán afectados por el ERTE. Sin embargo, ahora que dispones de esta información, podrás hacerte autónomo y continuar cobrando tu prestación para crear tu propio negocio.
¿Tienes más inquietudes? Puedes contactarte con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte.
2 Comentarios
Hola! En el caso de que esté en ERTE y quiera realizar el alta como autónomo, ¿sería compatible con la tarifa plana si nunca me he dado de alta?
Gracias!
Buenas tardes, Álvaro. Te recomendamos que consultes tu caso particular en la página web del SEPE. Te dejamos el link a continuación.
https://www.sepe.es/HomeSepe
¡Muchas gracias por tu comentario!